derecho

4
1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 123 apartado A: ARTÍCULO 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley. El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán: A. Entre los obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos y, de una manera general, todo contrato de trabajo: Se alude a los trabajadores del sector privado, sus derechos, obligaciones y su régimen jurídico. La jornada máxima de urna es de 8 horas mientras que la nocturna será de 7 horas. Horas extras por cada hora extra trabajada, se le da al trabajador un 100% más de remuneración fija, sin embargo se prohíbe que esto pase las 3 horas diarias y las 3 veces por semana. Día de descanso, se prevé que será 1 día por cada 6 de trabajo cuando menos. El Apartado A prevé vacaciones que especifica no podrán ser menores de 20 días al año. LEY FEDERAL DE TRABAJO. ARTÍCULO 20 . Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le de origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un

Upload: faby-pal

Post on 24-Sep-2015

213 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

descripcion articulos mencionan ley trabajo

TRANSCRIPT

Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos Artculo 123 apartado A: ARTCULO 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente til; al efecto, se promovern la creacin de empleos y la organizacin social para el trabajo, conforme a la ley. El Congreso de la Unin, sin contravenir a las bases siguientes, deber expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirn:A. Entre los obreros, jornaleros, empleados, domsticos, artesanos y, de una manera general, todo contrato de trabajo: Se alude a los trabajadores del sector privado, sus derechos, obligaciones y su rgimen jurdico.La jornada mxima de urna es de 8 horas mientras que la nocturna ser de 7 horas.Horas extras por cada hora extra trabajada, se le da al trabajador un 100% ms de remuneracin fija, sin embargo se prohbe que esto pase las 3 horas diarias y las 3 veces por semana.Da de descanso, se prev que ser 1 da por cada 6 de trabajo cuando menos.El Apartado A prev vacaciones que especifica no podrn ser menores de 20 das al ao.LEY FEDERAL DE TRABAJO. ARTCULO 20. Se entiende por relacin de trabajo, cualquiera que sea el acto que le de origen, la prestacin de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominacin, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. La prestacin de un trabajo a que se refiere el prrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos.

ARTCULO 25. El escrito en que consten las condiciones de trabajo deber contener: nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador y del patrn; si la relacin de trabajo es por obra o tiempo determinado o tiempo indeterminado; el servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinaran con la mayor precisin posible; el lugar o los lugares donde debe prestarse el trabajo; la duracin de la jornada; la forma y el monto del salario; el da y el lugar de pago del salario; la indicacin de que el trabajador ser capacitado o adiestrado en los trminos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta ley y otras condiciones de trabajo, tales como das de descanso, vacaciones y dems que convengan el trabajador y el patrn.ARTCULO 58. Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador est a disposicin del patrn para prestar su trabajo.ARTCULO 154. Los patrones estarn obligados a preferir en igualdad de circunstancias a los trabajadores mexicanos respecto de quienes no lo sean, a quienes les hayan servido satisfactoriamente por mayor tiempo, a quienes no teniendo ninguna otra fuente de ingreso econmico tengan a su cargo una familia y a los sindicalizados respecto de quienes no lo estn.ARTCULO 162. Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigedad, de conformidad con las normas siguientes: la prima de antigedad consistir en el importe de doce das de salario, por cada ao de servicios, la prima de antigedad se pagara a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince aos de servicios, por lo menos. La prima de antigedad a que se refiere este artculo se cubrir a los trabajadores o a sus beneficiarios, independientemente de cualquier otra prestacin que les corresponda.ARTCULO 486. Para determinar las indemnizaciones a que se refiere este ttulo, si el salario que percibe el trabajador excede del doble del salario mnimo del rea geogrfica de aplicacin a que corresponda el lugar de prestacin del trabajo, se considerara esa cantidad como salario mximo. Si el trabajo se presta en lugares de diferentes reas geogrficas de aplicacin, el salario mximo ser el doble del promedio de los salarios mnimos respectivos.

Conclusiones:*Desacuerdo a lo mencionado en la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley Federal del Trabajo; los habitantes tienen mucho apoyo con respecto al trabajo, ya que de acuerdo a la ley se les debe pagar por el prstamo de sus servicios; as como contar con ciertas prestaciones que le permitirn al trabajador estar bien para dar un mejor rendimiento, como lo son: contrato, salario, vacaciones, aguinaldo, prima de antigedad, seguro social, etc. Bibliografa: Constitucin Poltica de Los Estados Unidos Mexicanos.Ley Federal del Trabajo 2014.