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Derecho de los Negocios Bienes y Derechos Reales Integrantes: Jazmín Pérez Gómez Gabriela Zazil González Chicas Liliana González Villanueva Francisco Javier Pérez UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO

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Page 1: Derecho

Derecho de los Negocios

Bienes y Derechos RealesIntegrantes:Jazmín Pérez GómezGabriela Zazil González ChicasLiliana González Villanueva Francisco Javier Pérez

UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO

Page 2: Derecho

Un bien es una cosa material o inmaterial susceptible de producir algún beneficio de carácter patrimonial.

Desde el punto de vista jurídico un bien va a ser todo aquello que sea objeto de apropiación y que no se encuentre excluido del comercio ya sea por su Naturaleza o por disposición de la ley.

CONCEPTO DE BIEN Y SU CLASIFICACIÓN

Page 3: Derecho

Para poder fijar ciertas reglas y organizar modalidades jurídicas distintas, se clasifican los bienes en diferentes grupos:

Inmuebles y mueblesInmuebles: serán aquellos que nopuedan transportarse de un ladoa otro sin alterar su esencia o sustancia, su fijeza es lo que les da dicha característica:Por naturaleza-imposible trasladarlos.Por su destino-accesorios importantes.Por su objeto-todo lo que el legislador haya considerado como inmueble. Artículo 750º CC

Page 4: Derecho

En atención a quien pertenecenDominio privado: goces del estadoDominio públicoBienes de uso común: edificios de secretariasPropios: bienes embargables Divisibles/No divisiblesPor disposición de la ley- reglamento de construcción que establece que los predios deben tener 7m de frente, por lo que no se puede dividir o fragmentar.Por el fin que se le de: finalidad que se le de al bien. Principales y AccesorioLey da las reglas, que varían, para considerar a personaprincipal y a otro accesorio.

Page 5: Derecho

Consumibles/No consumibles:

Consumibles se transforman de maneraradical o se pierden jurídicamente hablando.No consumibles son los que se pueden utilizarde manera permanente sin que se desgaste.

Fungibles/No fungibles:

Fungibles es cuando puede ser sustituido por otro, es lo que se produce en masa, dinero u acciones.No fungibles no puede ser sustituido el por otro por no haber entre sí una equivalencia.

Perecederos/No perecederos:Se deterioran por el simple con el tiempo, o no lo hacen.

Page 6: Derecho

Mostrencos/Vacantes:Mostrencos son los bienes muebles abandonados y cuyo dueño se ignora.Vacantes son los que no tienen dueño cierto o conocido.

Presentes/Futuros: Bienes presentes se transmite la propiedad por efectos del contrato.

Bienes futuros se transmite hasta que el bien exista y se notifique al adquirente de su existencia.

Page 7: Derecho

•DERECHO DE LOS NEGOCIOS

EL DERECHO REAL

Page 8: Derecho

¿EN QUE CONSISTE EL DERECHO REAL?

El Derecho Real es un derecho absoluto, de contenido patrimonial, cuyas normas substancialmente de orden público.

Page 9: Derecho

¿COMO SE CLASIFICAN LOS DERECHOS

REALES?

PROPIEDAD: Poder directo o inmediato sobre un objeto o bien en si titularidad.

POSESIÓN: Determinada situación de hecho. significa el control físico o material de una cosa.

USO: Son aquellos bienes, pertenecientes al activo que se utilizan durante la actividad cotidiana.

USUFRUCTO: Es el derecho real a disfrutar completamente una cosa ajena, sin alterar su modo de ser, sobré bienes inmuebles.

Page 10: Derecho

HABITACIÓN: Derecho real consiste en la facultad de ocupar en casa ajena las piezas necesarias para sí y las personas de su familia.

SERVIDUMBRES: Es la denominación de un tipo de derecho real que limita el dominio de un predio fundo sirviente en favor de las necesidades de otro llamado fundo denominarte perteneciente a otra persona.

PRENDA: Concepto de prenda como garantía real de un crédito(no se inscribe, cantidad menor).

HIPOTECA: De garantía y de realización de valor que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (pago de préstamo o crédito), sobre un bien o inmueble.

Page 11: Derecho

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO REAL.

Page 12: Derecho

Inmediatividad.Uso y goce de las cosas de manera inmediata. Sin

necesidad de acto de terceros.

Absolutividad.Carecen de un sujeto pasivo concreto, y generan un

deber general de respeto y reconocimiento frente a toda la comunidad.

Page 13: Derecho

Es de contenido Patrimonial.Es susceptible de formar parte del patrimonio de su

titular, junto con los derechos de obligación. Solo importa aquello que sea susceptible de valoración económica.

Pueden ser titulares tanto personasfísicas como jurídicas (morales).

Page 14: Derecho

En los derechos reales se ejercita y se hace efectivo erga omnes.(El sujeto activo es el titular, quien ejerce sus derechos sobre la cosa, y la colectividad actuaría como sujeto pasivo al verse obligado a no perturbar las potestades que el titular ejerce sobre la cosa).

El derecho real se extingue

Cuando perece la cosa sobre que recae.

Page 15: Derecho

Derecho de preferencia:Derecho que un acreedor tiene en primer lugar a favor de

otros

Derecho de persecución: Es el que le otorga al titular el derecho de perseguir

judicialmente la cosa donde quiera que se encuentre, y sin importar las manos que la tengan.

Page 16: Derecho

Derecho de preferencia.

Hipotecado

Inmueble

Acreedor 1

Acreedor 2

Acreedor 3

Acreedor 4

Acreedor 5

A favor de

Remate

Acreedor 1

Pago:

Acreedor 2

Acreedor 3

Acreedor 4

Acreedor 5

Page 17: Derecho

PROPIEDAD

PROPIEDAD

Page 18: Derecho

Poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley.

Derecho de goce y disposición que una persona tiene sobre bienes determinados, de acuerdo con lo permitido por las leyes, y sin perjuicio de tercero.

DEFINICIÓN.

Page 19: Derecho

IUS FRUENDI.Derecho de disfrutar.Aprovechar y disponer los frutos o productos que genere el bien.

IUS UTENDI.Derecho de usar.Siempre y cuando esas conductas no violen preceptos legales ya establecidos o causen lesiones a los derechos de otros propietarios.

FACULTADES O DERECHOS DE LA PROPIEDAD.

IUS DISPONENDI.Derecho de disponer.Venderla, donarla y, en general, desligarse de su derecho de propiedad y dárselo a otra persona.

IUS ABUTEBDI.Derecho de abusar.Dañarla, destruirla.