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  • Diapositiva 1
  • Departamento de Trabajo Federal Departamento de Trabajo Federal Oficina de Normas Obrero-Patronales (OLMS)
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  • OLMS es responsable para Administrar algunas provisiones de la Ley de Notificacin y Divulgacin Obrero-Patronal de 1959, (Labor-Management Reporting and Disclosure Act of 1959, as Amended (LMRDA)) y Oficina de Normas Obrero-Patronales
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  • CSRA - Administrar provisiones de la Ley de Reforma de la Administracin Pblica (Civil Service Reform Act CSRA), el Acta de Responsabilidad del Gobierno y el Acta de Servicio Extranjero relacionado a las normas de conducta de las uniones de empleados federales. Oficina de Normas Obrero-Patronales
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  • La Ley (LMRDA) fue promulgada por el Congreso para asegurar normas bsicas de democracia y responsabilidad fiscales en organizaciones laborables que representan empleados en industrias privadas.
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  • Oficina de Normas Obrero-Patronales OLMS tiene cuatro funciones: 1.Divulgacin Pblica de Informes Uniones tienen que someter un informe financiero a OLMS cada a o. Patronos, consultantes de relaciones laborables, oficiales e empleados de uniones y compaas de fianzas estn obligados a someter reportes bajos algunas circunstancias. La mayora de los reportes estn disponibles por el Internet: www.union-reports.dol.gov
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  • Oficina de Norma's Obrero-Patronales 2. Auditorias de Cumplimiento OLMS audita la contabilidad conocido por sus siglas en ingles (CAP) para determinar si las uniones (sindicatos) estn cumpliendo con la Ley. CAP permite que OLMS pueda proveer asistencia a los oficiales de uniones para ayudar a corregir problemas y ayudar a prevenir violaciones en el futuro.
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  • Oficina de Normas Obrero-Patronales 3.Investigaciones OLMS conduce investigaciones para determinar si violaciones del LMRDA han ocurrido. Investigaciones son iniciadas basadas en diferentes razones como: quejas de socios del sindicato informacin revelada por OLMS resultando del reviso de informes sometidos informacin revelada durante auditorias de cumplimiento informacin obtenida de otras agencias del gobierno.
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  • Oficina de Normas Obrero-Patronales Investigaciones Investigaciones pueden envolver situaciones civiles como la eleccin de oficiales de uniones o situaciones criminales como el desfalco de fondos de uniones. 4. Educacin y Asistencia OLMS tiene un programa activo para promover conformacin (cumplimiento voluntario) voluntaria con la LMRDA. OLMS (le) informa oficiales de uniones y otros afectados por la Ley de sus responsabilidades y ayuda a los socios a ejercir (ejercer) sus derechos bajo la LMRDA.
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  • Oficina de Normas Obrero-Patronales OLMS Publica y distribuye folletos explicativos que discuten como cumplir voluntariamente con la LMRDA. Conduce seminarios y talleres sobre la Ley en general y sobre reas especficas como procedimientos de elecciones o como llenar formas y reportes. Folletos para asistencia y otros materiales estn disponibles por la Internet: http://www.olms.dol.gov
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  • Oficina de Normas Obrero-Patronales The Labor-Management Reporting and Disclosure Act of 1959 (LMRDA) La Ley de Notificacin y Divulgacin Obrero-Patronal
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  • Titulo I Carta de Derechos de los Miembros del Sindicato Los miembros de los sindicatos tienen igualdad de derechos a - Nombrar candidatos para los puestos del mismo Votar en las elecciones sindicales Participar en las reuniones del sindicato Reunirse con otros miembros y expresar cualquier opinin
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  • Titulo I Carta de Derechos de los Miembros del Sindicato Los sindicatos solo pueden imponer tarifas y elevar las cuotas de afiliacin solamente por el proceso democrtico. Los sindicatos deben permitirles a los miembros una audiencia justa e imparcial cuando haya acusaciones en su contra.
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  • Titulo I Carta de Derechos de los Miembros del Sindicato Los sindicatos deben informar a sus miembros sobre las disposiciones de la Ley LMRDA. Los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados tienen derecho a recibir y examinar los acuerdos de negociacin colectiva.
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  • Titulo II Requisitos de Notificacin Los sindicatos deben presentar informes ante la OLMS incluyendo copias de su constitucin, sus estatutos y sus estados financieros anuales. -- Reporte de Informacin, Forma LM-1 Tiene que ser sometida dentro de los 90 das despus de estar sujetos bajo los reglamentos del LMRDA -- Informes Financieros Anuales, Formas LM-2/3/4 Tienen que ser sometidos 90 das despus de finalizar el ano fiscal
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  • Los oficiales y empleados de los sindicatos deben declarar todos los prstamos, regalos, beneficios que reciban de las empresas cuyos empleados representan el sindicato y las empresas que tratan con el sindicato, as como de ciertos intereses financieros que puedan tener en las mismas. Informe de Oficiales y Empleados del Sindicato Forma LM-30 Tiene que ser sometida dentro de 90 das de finalizar el ao fiscal de la persona sometiendo el informe Titulo II Requisitos de Notificacin
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  • Empresarios y consultores de relaciones laborales que realizan ciertas actividades para influir en las actividades sindicales de los empleados o que le proveen informacin a los patronos tienen que rendir el informe LM-30).
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  • Titulo II Requisitos de Notificacin Informe de Empresarios, Forma LM-10 Tiene que ser sometida dentro de los 90 das del final del ao fiscal de la compaa Tiene que ser firmada por el presidente y tesorero u oficiales principales correspondientes
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  • Titulo II Requisitos de Notificacin Reporte de Acuerdo y Actividades, Forma LM-20 Sometida por cualquier persona quien, como participante directo o indirecto a cualquier acuerdo o arreglo con un patrono, se compromete a una actividad para persuadir a los empleados a ejercer o no ejercer, o en la manera que puedan ejercer), su derecho de organizar y negociar colectivamente con representantes de su seleccin.
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  • Titulo II Requisitos de Notificacin Reporte de Acuerdo y Actividades, Informe LM-20 Tiene que ser sometida dentro de los 30 das despus de haber entrado en el acuerdo o arreglo. Las personas responsables por firmar el formulario son el presidente y tesorero u oficiales principales correspondiente, o propietarios o persona ejecutando dicha actividades. Cada individuo requerido a firmar el formulario es personalmente responsable de toda informacin o declaracin que tenga conocimiento de que la misma sea falsa y de someter el mismo.
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  • Titulo II Requisitos de Notificacin Reporte de Recibos y Desembolsos, Forma LM-21 El reporte es requerido ser sometido por cada persona que halla sometido el reporte de Acuerdo y Actividades, Forma LM-20, si algn pago fue hecho o recibido durante el ao fiscal como resultado de dicho acuerdo o arreglo que requiere la LM-20.
  • Diapositiva 21
  • Titulo II Requisitos de Notificacin Reporte de Recibos y Desembolsos, Forma LM-21 La LM-21 tiene que ser sometida dentro de 90 das despus del ao fiscal de la persona. La LM-21 tiene que ser firmada por el presidente y tesorero u oficiales principales correspondientes de la empresa, o si es un propietario independiente, por la persona ejecutando las actividades.
  • Diapositiva 22
  • Titulo II Requisitos de Notificacin Los reportes y documentos sometidos a OLMS son informacin publica y cualquier persona puede examinar u obtener copias en las oficinas de OLMS. Reportes financieros anuales de sindicatos, reportes de empresarias y consultantes y reportes de oficiales y empleados de sindicatos tambin estn disponibles para revisar o copiar a travs de la Internet: http://union-reports.dol.gov
  • Diapositiva 23
  • Titulo II Requisitos de Notificacin Quienes sometan los informes deben mantener los expedientes necesarios para verificar su contenido por lo menos hasta cinco aos despues de su presentacion. Los sindicatos deben poner dichos informes a disponibilidad de sus miembros y permitirles examinarlos con causa justificada.
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  • Titulo IV Elecciones Impone requisitos mnimos que los sindicatos deben seguir incluyendo el tiempo mximo entre elecciones Establece procedimientos que los miembros deben seguir para presentar una querella de la eleccin al sindicato y a la Secretaria del Trabajo Federal
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  • Titulo V Garantas para las Organizaciones Sindicales El personal directivo del sindicato tiene el deber de administrar los fondos y la propiedad del sindicato nicamente para bien del mismo, de acuerdo a su constitucin y sus estatutos. Todo miembro del personal directivo del sindicato que se apodere de fondos u otros bienes del sindicato comete un delito federal que conlleva una multa o pena de crcel.
  • Diapositiva 26
  • Titulo V Garantas para las Organizaciones Sindicales Los miembros del personal directivo que tengan a su cargo la administracin de los fondos o propiedad del sindicato debern cubrir una fianza de cumplimiento que ofrezca proteccin contra perdidas por su causa. Un sindicato no deber tener prestamos pendientes con ningn empleado o personal directivo del mismo que exceda $2,000.
  • Diapositiva 27
  • Titulo V Garantas para las Organizaciones Sindicales Las personas sentenciadas por ciertos delitos no pueden ser miembros del personal directivo ni empleados del sindicato hasta 13 aos despus de la sentencia o de la finalizacin de su periodo de prisin.
  • Diapositiva 28
  • Un sindicato o un miembro de su personal directivo no puede multar, expulsar o suspender a un miembro, o castigarlo de otra forma por ejercer sus derechos en virtud de la LMRDA. Nadie puede hacer uso de la fuerza, o amenazar con hacerlo, o actuar de forma violenta contra un miembro de un sindicato para impedirle ejercer sus derechos en virtud de la LMRDA. Titulo VI Varias Disposiciones