denuncias por asaltos al comercio

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Denuncias por asaltos al comercio"La Comisin Permanente de Coordinacin del Sistema de Justicia Penal podra tener un aprovechamiento muy superior al conocido hasta ahora...."La angustiosa situacin expresada a "El Mercurio" por representantes de empresas comerciales vctimas reiteradas de violentos asaltos en malls ha encontrado eco tanto en el Ministerio Pblico como en el Ministerio de Justicia. El fiscal nacional dispuso prontamente investigar lo que no lo haba sido antes, y el titular y el subsecretario del segundo se reunieron este jueves con los afectados, quienes, comprensiblemente, pidieron medidas ms concretas y reaccin ms rpida contra los delincuentes. El ministro Jos Antonio Gmez les ofreci ser "nexo" con el Ministerio Pblico, "para que exista una relacin ms directa en esta lgica de bandas delictivas que probablemente estn actuando", y anunci que al da siguiente se reunira con los fiscales jefes metropolitanos "para transmitirles esta informacin" y pedirles "que se puedan reunir con cada uno (de los empresarios victimizados), por sector jurisdiccional".El Ministerio de Justicia, encargado "esencialmente de relacionar al Poder Ejecutivo con el Poder Judicial", no tiene atribuciones respecto del Ministerio Pblico, constitucionalmente autnomo, y, por tanto, el ministro no puede impartir rdenes a los fiscales. Sin embargo, una actuacin oficiosa como nexo para transmitir inquietudes ciudadanas parece plenamente atendible.En todo caso, dicho ministro s tiene atribuciones amplias (Ley N 20.534, de 2011) en el marco de la Comisin Permanente de Coordinacin del Sistema de Justicia Penal. Este rgano tiene por objetivo "procurar el fortalecimiento y buen funcionamiento del sistema procesal penal a travs de proposiciones tcnicas que faciliten su desarrollo, seguimiento y evaluacin, as como la accin mancomunada de las instituciones en ella representadas". La integran el ministro de Justicia, que la preside; el presidente de la Corte Suprema, el fiscal nacional, el defensor nacional, el presidente del Colegio de Abogados, el general director de Carabineros, el director general de la Polica de Investigaciones y el subsecretario de Justicia. La ley dispone que sesione en forma ordinaria, convocada por su presidente, cada dos meses, en los primeros 15 das del mes correspondiente. Las sesiones extraordinarias sern convocadas por su presidente, o por este a solicitud de dos de sus miembros.Existe, pues, la instancia institucional para la coordinacin entre todos los rganos estatales competentes. De ella, con plena informacin y evaluacin de los mximos niveles respectivos, bien podran emanar acuerdos de gestin y administrativos conducentes a enfrentar los problemas de seguridad pblica como el aqu comentado. Aun ms, de ella podran emanar tambin ideas para mejoramientos legislativos en toda el rea de seguridad, y el Ejecutivo podra obtener insumos valiosos para perfeccionar las polticas pblicas al respecto. Sus integrantes podran darle un aprovechamiento muy superior al conocido hasta ahora.