democratización de la universidad

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DEMOCRATIZACIÓN UNIVERSITARIA: aspectos jurídicos y políticos de la socialización del poder y la gestión al interior de las comunidades educativas Federación de Estudiantes Universidad de Tarapacá - 2015 1

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Democratización de la Universidad, Análisis del marco regulatorio vigente en Chile y en particular el D.F.L. Nº 150 que crea la Universidad de Tarapacá.

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Page 1: Democratización de la Universidad

DEMOCRATIZACIÓN UNIVERSITARIA:

aspectos jurídicos y políticos de la

socialización del poder y la gestión al

interior de las comunidades

educativas

Federación de Estudiantes Universidad de Tarapacá - 2015

1

Page 2: Democratización de la Universidad

Democratización 2

Las universidades deben ser y tener un sentido público.

Formación de ciudadanos activamente involucrados en el destino de su

propia comunidad, ciudad o país.

Esta dimensión política de la vida, en formación y también simbólica,

establece el tipo de profesionales que se entregan a la sociedad y, por tanto, el modelo de sociedad que se pretende construir .

La democracia universitaria no debe agotarse en lo formal sino aspirar a

lo sustancial.

Reconocimiento legal a los derechos universitarios

Debido proceso institucional

POLÍTICA

Page 3: Democratización de la Universidad

La Universidad y su sentido público 3

Tres modelos históricos de universidad:

1. Universidad Napoleónica

2. Universidad-Comunidad

3. Universidad profesionalizante y de mercado

El fin de las universidades no es solamente tratar el conocimiento en un sentido

especulativo, sino también examinar críticamente sus condiciones de posibilidad en

atención a las demandas de la sociedad

Responder qué modelo de sociedad aspiramos no es una cuestión únicamente

técnica, sino política.

De este modo, entendiendo que un estudiante o un funcionario está en igualdad de

condiciones que un académico de tener una visión acerca de qué es lo bueno para

la sociedad, no se justifica la exclusión de los primeros en decisiones de esta

naturaleza bajo pretexto de carecer de conocimientos técnicos.

Page 4: Democratización de la Universidad

Universidad y Sociedad 4

Comunidades educativas

Comunidades productivas

Comunidades territoriales

Comunidades funcionales

Page 5: Democratización de la Universidad

Normas Jurídicas aplicables

Art. 19 Nº 11 Constitución Política Establece el principio de la Libertad de Enseñanza

D.F.L. Nº 1 de 1980 del MINEDUC Regula la creación de nuevas universidades, privadas

D.F.L. Nº 5 de 1980 del MINEDUC Regula la creación de Institutos Profesionales no universitarios

D.F.L. Nº 24 de 1980 del MINEDUC Regula la formación de Centros de Formación Técnica

D.F.L. Nº 150 de 1981 del MINEDUC Crea Universidad de Tarapacá y fija sus estatutos

D.F.L. Nº 2 de 2009 del MINEDUC Sistematiza la LGE con las normas no derogadas de la LOCE

Ley 19.305 de 1994 Modifica estatutos de Universidades. Elección de Rector

1

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Page 6: Democratización de la Universidad

Jerarquía de las Normas

Tratados Internacionales

Constitución Política de la República

Leyes (orgánicas y ordinaria)

Normas con rango de ley (DS y DFL)

Reglamentos

Contratos o Convenios Colectivos

Contrato individual de trabajo

Eficacia

6

Origen

Page 7: Democratización de la Universidad

Gobierno Universitario: alcance

Gestión

Universitaria

Elección de

autoridades

universitarias

Mecanismo de

elección de

autoridades

colegiadas y

unipersonales

Definición de políticas

internas: académicas,

administrativas,

laborales y financieras

7

Page 8: Democratización de la Universidad

Normativa sobre gobierno universitario (1)

D.F.L. 2 antes de la

modificación

Art. 56. Los estatutos de las universidades deberán

contemplar en todo caso, lo siguiente:

e) Disposiciones que establezcan la estructura de la entidad,

quiénes la integrarán, sus atribuciones y duración de los

respectivos cargos. La forma de gobierno de la nueva

entidad deberá excluir la participación con derecho a voto

de los alumnos y de los funcionarios administrativos, tanto en

los órganos encargados de la gestión y dirección de ella,

como en la elección de las autoridades unipersonales o

colegiadas;

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Universidades:

Art. 56, letra e)

Institutos Profesionales:

Art. 67, letra e)

Centros de Formación

Técnica:

Art. 75, letra e)

Page 9: Democratización de la Universidad

Normativa sobre gobierno universitario (2)

D.F.L. 2 modificado Art. 56. Los estatutos de las universidades deberán

contemplar en todo caso, lo siguiente:

f) Que ninguna normativa interna ni ningún acto ni contrato

entre la universidad y sus estudiantes o personal académico

y no académico contenga disposiciones que prohíban, limiten

u obstaculicen la libre organización de éstos;

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Universidades:

Art. 56, letra f)

Institutos Profesionales:

Art. 67, letra f)

Centros de Formación

Técnica:

Art. 75, letra f) Modificación fecha a través de la Ley 20.843, publicada

en el Diario Oficial el día 18 de Junio de 2015

Page 10: Democratización de la Universidad

Observaciones a la modificación

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La técnica legislativa ocupada se denomina “legislación en negativo”, esto es, se eliminan trabas u obstáculos a la democratización pero no se establece un modelo de gobierno universitario (legislación en positivo)

Aún cuando se legisle en positivo, cabe tener presente que la autonomía universitaria entra en contradicción con un mandato legal donde se especifique un modelo de gobierno determinado.

Así y todo, los actores de la comunidad universitaria debiesen tener una garantía concreta, aunque general, de un modelo de gobierno por lo que la existencia de una ley que determina el mecanismo de elección de rector debiese ser derogada

Page 11: Democratización de la Universidad

Modelos de Gobierno Universitario 11

Elección de autoridades

restringida a

determinados

estamentos

Consultas sobre

políticas universitarias

restrinida y/o no

vinculante

Definición de Misión,

Visión y Objetivos por

autoridades técnicas.

Elección de autoridades por

todos los estamentos (fórmula

paritaria o de porcentaje

ponderado)

Definición de políticas

universitarias sujeta a

votación (fórmula paritaria o de

porcentaje ponderado)

Definición de perfil de

egreso y vinculación el

medio mediante mecanismos

participativos y vinculantes

Estos modelos son propuestas hipotéticas y ejemplificantes, no descripciones absolutas. Los

elementos de uno u otro modelo pueden intercalarse o matizarse.

GOBIERNO

UNIVERSITARIO

TUTELADO

CO-GOBIERNO

TRIESTAMENTAL

CO-GESTIÓN

TRIESTAMENTAL

Definición de políticas

universitarias mediante

mecanismos ponderados de

participación

Elección de autoridades

triestamental restringida a

ciertas específicas

Creación de comisiones

temáticas consultivas

ACLARACIÓN

Page 12: Democratización de la Universidad

D.F.L. 2 y las universidades estatales

Las universidades existentes al 31 de diciembre de 1980 eran, o universidades

estatales, o universidades de propiedad privada reconocidas por ley.

Artículo 109 del D.F.L. Nº 2 “…) las universidades existentes al 31 de diciembre de 1980 y las universidades e institutos profesionales

que se derivaron de ellas y las sucesoras de algunas de ellas, mantendrán su carácter de tales y

conservarán su plena autonomía.”

12

Artículo 54 del D.F.L. Nº 150 “Nº 2: Para todos los efectos legales, la Universidad de Tarapacá será la sucesora y continuadora legal del

Instituto Profesional de Arica en el dominio de todos los bienes señalados en el inciso anterior, y en todos los

convenios o contratos que dicho Instituto Profesional hubiese celebrado.”

La interpretación de que las universidades anteriores a 1980 (y sus respectivas sucesoras),

no se regían por el D.F.L. Nº 2 en materia de gobierno universitario, permitió la existencia

de experiencias de democracia triestamental en la UCH (Senado Universitario) y USACH.

Discusión superada conforme la modificación reciente al D.F.L. Nº 2

Page 13: Democratización de la Universidad

Elección de Rector en universidades

creadas o reconocidas por ley

Se rige por la Ley Nº 19.305 del año 1994, que vino a terminar con la

institución de los rectores designados (en épocas de la dictadura militar)

¿Quiénes votan? Profesores de las 3 más altas jerarquías de

la universidad, con al menos un año de

antigüedad.

¿Se puede extender a otros estamentos? Solo a otros profesores, que no pertenezcan

a las mencionadas jerarquías, siempre que

cumplan el requisito de antigüedad

Nombramiento Presidente de la República

Duración en el cargo 4 años, con la posibilidad de ser reelegido

13

La Ley Nº 19.305 modificó, por mandato expreso de su articulado, tanto el D.F.L.

Nº 150 como los demás D.F.L. que crearon otras universidades, aunque

exclusivamente en lo referido a la elección de rectores.

Page 14: Democratización de la Universidad

Normas del D.F.L. 150

Art. 4 Nº 1, letra a) Proponer al Presidente de la República la terna para el

nombramiento del Rector.

Art. 4 Nº 1, letra m) Aprobar la estructura orgánica de la Universidad y sus

modificaciones.

Art. 4 Nº 1, letra o) Proponer al Gobierno de la República las

modificaciones y reformas a este

Estatuto.

ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA Art. 4 Nº 1 del D.F.L. Nº 150

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El artículo Art. 4 Nº 2 del D.F.L. establece que las atribuciones de las letras m

deben ejercerse a proposición del rector y previo informe del Consejo Académico.

Page 15: Democratización de la Universidad

La Universidad y sus trabajadores 15

El sentido de mercado de una universidad no es solo cobrar aranceles

También involucra la concepción de una universidad como una empresa y

no como unidad educativa con sentido público.

SUBCONTRATACIÓN

EXTERNALIZACIÓN

PRECARIZACIÓN

PARTICIPACIÓN

DEMOCRACIA SUSTANCIAL

Page 16: Democratización de la Universidad

¿Qué hacer?

Vías de

Hecho

Vías de

Derecho

COMBINAR ESTRATÉGICAMENTE

1. Movilización Social

2. Diálogo con las autoridades

3. Alianzas con estamento

funcionario y/o académico

4. Visibilización y contacto con

la comunidad

1. Conformación de claustros

triestamentales

democráticos y vinculantes

2. Modificar el D.F.L. 150

3. Eliminar traba legal de

elección de Rector

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