decreto 124 del 26 de enero de 2016 plan anticorrupcion (1)

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  • 7/25/2019 Decreto 124 Del 26 de Enero de 2016 Plan Anticorrupcion (1)

    1/4

    ;

    Lo .

    1

    .

    . . . . .

    c,

    DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE

    LA

    PRESIDENCIA DE LA R E P O I : 7 M I B ~ t ' r e ~ f I t & - I I ' ' O i 9 y _ . , . , ... . , .

    6 ENE 2016

    Por

    el

    cual se sustituye

    el

    Ttulo 4 de la Parte 1 del Libro 2

    de

    Decreto

    1081

    de 2015,

    relativo

    al

    "Plan Anticorrupcin

    y

    de Atencin

    al

    Ciudadano".

    EL PRESIDENTE

    DE

    LA

    REPBLICA DE COLOMBIA,

    en ejercicio de sus facultades constitucionales

    y

    legales, en especial de las que le

    confiere el artculo 189 numeral

    11

    de la Constitucin Poltica, en concordancia con los

    artculos 73

    y

    76 de la Ley 1474 de 2011,

    y

    CONSIDERANDO:

    Que en virtud de lo previsto en el artculo 73 de la Ley 1474 de 201 1, las entidades del

    orden nacional, departamental y municipal debern elaborar anualmente una estrategia

    de lucha contra la corrupcin

    y

    de atencin

    al

    ciudadano, sealando que le corresponde

    al Programa Presidencial de Modernizacin, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la

    Corrupcin establecer una metodologa para disear

    y

    hacerle seguimiento a

    la

    citada

    estrategia.

    Que

    el

    decreto 4637 de

    2011

    suprimi

    el

    Programa Presidencia! de Modernizacin,

    Eficiencia, Transparencia

    y

    Lucha contra

    la

    Corrupcin

    y

    cre en el Departamento

    Administrativo de la Presidencia de la Repblica la Secretara de Transparencia,

    dependencia que asumi

    la

    competencia antes sealada.

    Que ei decreto 1081 de 2015, "Por medio de! cual se expide el Decreto Reglamentario

    nico del Sector Presidencia de la Repblica", compil el decreto 2641 de 2012,

    reglamentario de los artculos

    73 y

    76 de

    la

    ley 1474 de 2011, mediante

    el

    cual

    se

    estableci como metodologa para disear

    y \'"acer

    seguimiento a dicha estrategia

    la

    establecida en el Plan Anticorrupcin y de Atencin al Ciudadano contenida en el

    documento "Estrategias para

    la

    Construccin del Plan Anticorrupcin y de Atencin

    al

    Ciudadano".

    Que la citada metodologa en el ao 2015 fue objeto de revisin y actualizacin, entre

    otros aspectos,

    se le

    incorporaron las acciones de transparencia

    y

    acceso a

    la

    informacin pblica y se actualizaron las directrices para disear y hacer seguimiento al

    Mapa de Riesgos de Corrupcin.

    Que

    el

    Plan Anticorrupcin

    y

    de Atencin

    al

    Ciudadano que deben publicar las

    entidades a ms tardar el

    31

    de enero de cada ao

    se

    debe elaborar siguiendo la nueva

  • 7/25/2019 Decreto 124 Del 26 de Enero de 2016 Plan Anticorrupcion (1)

    2/4

    DECRETO NUMERO .. , . \ .

    1

    l

    de 2016

    HOJA No. 2

    -

    . ; . ~ , .

    2

    f

    Continuacin del Decreto "Por el cual se sustituye el Ttulo 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081

    de 2015, relativo al "Plan Anticorrupcin y de Atencin al Ciudadano".

    metodologa, por lo cual se requiere adoptarla y establecer un plazo para la elaboracin

    de dichos planes para el presente ao.

    DECRETA:

    Artculo

    1.

    Sustityase el ttulo 4 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1081 de 2015, el

    cual quedar as1:

    "Ttulo

    Plan Anticorrupcin y de Atencin al Ciudadano

    Artculo 2.1.4.1. Estrategias de lucha contra la corrupc on y de Atencin al

    Ciudadano. Selense como metodologa para disear y hacer seguimiento a

    la

    estrategia de lucha contra la corrupcin y de atencin al ciudadano de que trata el

    artculo 73 de la Ley 1474 de 2011, la establecida en el Plan Anticorrupcin y de

    Atencin al Ciudadano contenida en el documento "Estrategias para la Construccin

    del Plan Anticorrupcin y de Atencin

    al

    Ciudadano- Versin 2".

    Artculo

    2.1.4.2. Mapa de Riesgos de

    Corrupcin

    .

    Selense como metodologa para

    disear y hacer seguimiento al Mapa de Riesgo

    de

    Corrupcin de que trata el artculo

    73 de

    la

    Ley 1474 de 2011, la estab!ecida en el documento "Gua para

    la

    Gestin del

    Riesgo de Corrupcin".

    Artculo 2.1.4.3 Estndares para las entidades pblicas.

    Selense como

    estndares que las entidades pblicas deben seguir para dar cumplimiento a lo

    establecido en el artculo 76 de la Ley 1474 de 2011, os contenidos en el documento de

    "Estrategias para la Construccin de! Plan Anticorrupcin

    y

    de Atencin al Ciudadano

    Versin 2".

    Artculo

    2.1.4.4

    Anexo.

    Los documentos "Estrategias para

    la

    Construccin del Plan

    Anticorrupcin y de Atencin al Ciudadano - Versin 2" y "Gua para la Gestin del

    Riesgo de C o r r u p c i n ~ ~ hacen parte integral del presente decreto.

    Artculo 2.1.4.5. Verificacin del cumplimiento .

    La mxima autoridad de

    la

    entidad u

    organismo velar de forma directa porque se implementen debidamente las

    disposiciones contenidas n los documentos de "Estrategias para la Construccin del

    Plan Anticorrupcin y de Atencin al Ciudadano - Versin 2" y "Guia para la Gestin del

    Riesgo de Corrupcin': La consolidacin del Plan Anticorrupcin

    y

    de Atencin al

    Ciudadano y del Mapa de Riesgos de Corrupcin estar a cargo de

    la

    Oficina de

    Planeacin

    de

    las entidades o quien haga sus veces, quienes adems servirn de

    facilitadores para todo el proceso de elaboracin del mismo.

    Artculo 2.1.4.6. Mecanismos de seguimfento al

    cumplimiento

    y monitoreo.

    El

    mecanismo de seguimiento al cumplimiento de las orientaciones y obligaciones

    derivadas de los mencionados documentos; estar a cargo de las oficinas de control

    interno, para lo cual se publicar en

    a

    pgina web de

    la

    respectiva entidad, las

    actividades realizadas, de acuerdo con los parmetros establecidos.

  • 7/25/2019 Decreto 124 Del 26 de Enero de 2016 Plan Anticorrupcion (1)

    3/4

    DECRETO NUMERO

    de 2016 HOJA No. 3

    . 1 Ud j ~ ; 2

    Continuacin del Decreto "Por el cual se sustituye

    el

    Ttulo 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081

    de 2015, relativo al "Plan Anticorrupcin y de Atencin

    al

    Ciudadano".

    Por su parte, el monitoreo estar a cargo del Jefe de Planeacin o quien haga sus

    veces y del responsable de cada uno de los componentes del Plan Anticorrupcin y de

    Atencin al Ciudadano.

    Artculo 2.1.4.7. Publicacin de los anexos. Los documentos de "Estrategias para la

    Construccin del Plan Anticorrupcin y de Atencin al Ciudadano - Versin 2" y de

    "Gua para la Gestin del Riesgo de Corrupcin" sern publicados para su consulta en

    las pginas web del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repblica,

    del Departamento Nacional de Planeacin y de! Departamento Administrativo de la

    Funcin Pblica".

    Artculo 2.1.4.8. Publicacin del Plan Anticorrupcin y de Atencin al Ciudadano y Mapa

    de riesgos de corrupcin. Las entidades

    del orden nacional, departamental

    y

    municipal debern elaborar

    y publicar

    el Plan

    Anticorrupcin y

    de Atencin al

    Ciudadano y

    el

    Mapa

    de Riesgos

    en

    el

    enlace

    de

    Transparencia y acceso a la

    informacin

    del

    sitio

    web de cada entidad a ms

    tardar

    el 31 de enero de

    cada

    ao.

    Pargrafo Transitorio. Para el ao 2016, las entidades tendrn hasta el

    31

    de marzo

    para elaborar

    y publicar el Plan Anticorrupcin y de Atencin al Ciudadano Vel Mapa de

    Riesgos de Corrupcin segn los lineamientos contenidos en los documentos

    "Estrategias para

    la

    Construccin del Plan Anticorrupcin y de Atencin al Ciudadano

    Versin 2" y en la "Gua para

    la

    Gestin del Riesgo de Corrupcin."

    Las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional debern integrar el Plan

    Anticorrupcin y de Atencin al Ciudadano y

    el

    Mapa de Riesgos de Corrupcin

    actualizados al Plan de Accin Anual de que trata el Modelo Integrado de Planeacin y

    Gestin.

    Artculo

    2.1.4.9.

    Actualizacin. La Secretara de Transparencia del Departamento

    Administrativo de la Presidencia de Repblica actualizar las metodologas

    y

    estndares de que tratan los articulas 73 y 76 de la Ley 1474 de 2011, cuando a ello

    hubiere lugar".

    Artculo 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacin.

    PUBLQUESE,

    y

    CMPLASE.

    Dado en Bogot, D C., a

    , , 0 ' l .

    .

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    .' (O

    2

    ... . . ; : : : N ~ ~ 2016

    0

    ~ { j )

    ~

    o

    I ~

    0.

    LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMIN!STRATiVO

    DE LA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA,

    1

    ttQJoVvelouJ n l 0 /:

    MARIA

    LORENA G U T ~ O T R O

  • 7/25/2019 Decreto 124 Del 26 de Enero de 2016 Plan Anticorrupcion (1)

    4/4

    de

    2 16

    N 4

    Continuacin del Decreto Por el cual se sustituye el Titulo 4 de

    la

    Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de

    2015, relativo al

    Plan Anticorrupcin

    y

    de Atencin al Ciudadano .

    EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO

    NACIONAL IN,

    GAVIRiA MUOZ

    LA DIRECTORA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

    E

    LA FUNCiN PBLICA,