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  • 8/13/2019 Deber de investigar del Estado

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    LECTURA COMPLEMENTARIA

    Peritaje de Juan Montenegro, mdico Peritaje de Carlos Martn Beristain,

    licenciado en medicina y ciruga, especialista

    en atencin a vctimas de tortura, de

    violaciones de derechos humanos y de otras

    formas de violencia

    Reside en la ciudad de Guayaquil. Trabaja en el

    servicio de medicina legal de esa ciudad, como

    Jefe del Departamento de Medicina Legal. Se

    encarga de realizar experticias mdico legales,

    tanto por lesiones fsicas, agresiones contra la

    libertad sexual, valoraciones psiquitricas y

    autopsias mdico legales solicitadas por la

    autoridad correspondiente.

    El 19 de septiembre de 1997 atendi al seor

    Tibi por requerimiento del Juez Dcimo Octavo

    de lo Penal del Guayas, contenido en una

    peticin formal del 18 de septiembre delmismo ao, en la que se le ordenaba practicar

    un minucioso y exhaustivo reconocimiento

    mdico legal del detenido cuyo resultado deba

    ser remitido a la brevedad posible. Esa peticin

    fue motivada por una solicitud escrita por el

    abogado defensor del seor Tibi, en la que se

    expresaba que ste se encontraba mal de salud

    y requera autorizacin judicial para ser

    trasladado a una clnica particular. Por ello, el

    juez emiti la orden para que el serviciomdico legal de la Polica Nacional en

    Guayaquil realizara una valoracin y

    determinara si realmente necesitaba ser

    trasladado a una sala de salud. En el examen

    determin que el seor Tibi presentaba

    lesiones en las extremidades superiores,

    Evalu la tortura a la que fue sometido el

    seor Tibi y sus respectivas consecuencias

    fsicas y psicolgicas. Analiz los informes de

    los exmenes mdicos realizados a aqul

    durante su detencin y aqullos practicadosluego de su liberacin. En los primeros

    informes mdicos correspondientes al perodo

    de detencin del seor Daniel Tibi no hay una

    clara definicin de la tipologa de las lesiones

    que aparecen en la piel de ste. Las lesiones

    son denominadas de forma inespecfica y

    genrica en trminos mdicos. Tampoco hay

    una determinacin de las posibles causas de

    dichas lesiones. El informe realizado durante

    la detencin de la presunta vctima por una

    dermatloga contratada por la Embajada

    francesa en el Ecuador fue ms detallado y

    tuvo un seguimiento. Asimismo, el seor Tibi

    fue examinado por un otorrinolaringlogo y

    por un traumatlogo despus de su

    excarcelacin que describe las lesiones de dos

    hernias discales en la zona lumbar. Existe un

    conjunto de informes que se hicieron durante

    el perodo posterior al que el seor Tibi

    recuper su llibertad, todos esos informes

    estn hechos en Francia por diferentes

    expertos o jefes clnicos de hospitales.

    Los informes mdicos legales deberan tener

    datos sobre la situacin general del paciente.

    En el caso del seor Tibi faltaron una

    anamnesis, un interrogatorio respecto a si

    haba tenido problemas en el sistema msculo

    esqueltico, en el aparato digestivo,

    respiratorio, neurolgico, as como una

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    inferiores, en el trax, y que tena una

    asimetra facial izquierda por compresin de un

    hueso del macizo facial. Al encontrar lesiones

    escoriativas que se acompaaban de procesos

    inflamatorios e infecciosos diseminadas en

    extremidades superiores e inferiores y en el

    trax, que estaban infectadas y tenan material

    purulento, recomend que stas fueran

    tratadas por un dermatlogo. Las zonas

    escoriativas pueden ser producidas por

    cualquier trauma o friccin de un rascado, y se

    acompaaban por un proceso infeccioso. Las

    mltiples zonas escoriativas se encontraban

    diseminadas en las regiones torxicas anterior

    y posterior, y en los miembros superiores e

    inferiores. No recuerda su nmero exacto. Las

    describi como de medio centmetro

    aproximadamente, pero haba algunas ms

    grandes que otras y de coloracin rojiza

    pintando para caf, porque casi todas

    estaban afectadas por un proceso infeccioso.

    No encontr lesiones con quemaduras o con

    electricidad. De haber sido informado de que

    esas lesiones eran producto de actos de

    tortura, lo habra comunicado a la autoridad

    que solicit la valoracin, pero no recuerda que

    el seor Daniel Tibi le hubiera informado sobre

    ello; por el contrario, le coment que que la

    lesin que presentaba en la regin malar fue

    producida por un compaero de celda y que las

    lesiones que tena en la piel eran producto del

    clima y de la presencia de insectos de la zona.

    No puede afirmar ni negar que las lesiones que

    presentaba el seor Daniel Tibi fueron

    causadas por tortura. El examen que realiz al

    seor Tibi dur entre veinte y veinticinco

    minutos. Us los medios tcnicos necesarios

    para hacer un examen general: un tensimetro

    y un estetoscopio. El policlnico del centro de

    rehabilitacin no cuenta con tecnologa de

    punta para realizar exmenes.

    valoracin sobre el posible origen de esas

    lesiones, y la forma de prevenir estas

    situaciones.

    Realiz una entrevista clnica al seor Tibi y

    revis testimonios de algunas personas

    referidas al caso. En la entrevista que

    mantuvo con la presunta vctima pudo

    constatar que narra coherentemente las

    circunstancias y los hechos. No hay una

    exageracin en su relato respecto a la posible

    continuidad de las sesiones de tortura o las

    diferentes lesiones que muestra; no las

    atribuye todas a condiciones de maltrato sino

    a otro tipo de situaciones que tambin vivi

    durante su detencin.

    Como resultado de su evaluacin, pudoconcluir que hay un perodo entre los meses de

    febrero y abril de 1996 en los que el seor Tibi

    aparece con una serie de lesiones bastante

    graves, como el hundimiento del malar

    izquierdo, la prdida de parte de las piezas

    dentales de la arcada superior y una

    desviacin del tabique nasal. Asimismo, de la

    revisin mdica que realiz al seor Tibi,

    fotografi e identific al menos cinco lesiones

    que corresponden a quemaduras de cigarrillo.

    Hay muchas otras lesiones que no podra decira ciencia cierta si corresponden o no a

    quemaduras de cigarrillo. El seor Tibi tuvo

    una prdida aadida en el odo izquierdo para

    las frecuencias agudas y, en ausencia de otros

    factores de riesgo, muestra de una manera

    muy significativa que las consecuencias en ese

    odo tienen que ver con el impacto traumtico.

    Las sumersiones en agua como mtodo de

    tortura producen una sensacin de asfixia muy

    angustiante, no deja lesiones fsicas, salvo

    algunas lesiones en un tipo muy reducido,

    como por ejemplo por maniobras de presin

    sobre el cuello, y unas pequeas hemorragias

    en la esclertica del ojo. Los choques

    elctricos en los testculos son una agresin

    muy importante en una zona muy sensible del

    cuerpo.

    Los mdicos del servicio penitenciario

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    En medicina, ningn examen que se haga para

    determinar la gravedad de una persona tiene

    que ser extenso; mientras ms simple[,]

    concreto y rpido sea, se salva esa vida. No

    podemos arriesgar en hacer un informe

    extenso [de] la vida del paciente. El centro

    de detencin no cuenta con aparatos tcnicos

    para determinar la presencia de una lcera.

    Sin embargo, no consider necesario pedir el

    traslado del seor Daniel Tibi a un centro de

    salud donde pudieran practicrsele los

    exmenes necesarios, debido a que ste no le

    manifest que tuviera una lcera estomacal.

    El informe sobre el seor Tibi y la evaluacinposterior fueron enviados al juez de la causa el

    mismo da en que se practic el examen. No

    dio ninguna recomendacin ni tratamiento

    mdico a los procesos inflamatorios e

    infecciosos, debido a que los mdicos forenses

    no pueden realizar ese gnero de acciones,

    sino slo informar a quien lo solicita. Las

    nicas recomendaciones que hizo en aquella

    ocasin, fueron que el seor Tibi fuera

    atendido por dos mdicos especialistas, uno endermatologa y el otro en traumatologa.

    Consider necesaria la valoracin por parte de

    un traumatlogo en relacin con los problemas

    del seor Tibi en su extremidad inferior

    izquierda. No consider necesaria la valoracin

    por parte de un neurlogo, porque no existan

    problemas o patologas neurolgicas latentes.

    No estim que fueran severas las lesiones en el

    hueso malar izquierdo y en el ojo y el pmulo,

    por considerar que se trataba de una asimetra

    facial, una deformidad.

    Las causas que mencion con respecto a las

    lesiones que presentaba el seor Tibi y que

    constan en el informe, fueron que la asimetra

    realizaron el primer examen mdico al seor

    Tibi seis meses despus de sufrir las lesiones

    ms evidentes y graves, lo que evidenci que

    no hubo un seguimiento mnimo en ese

    perodo del estado de salud de la presunta

    vctima. Las lesiones que presentaba el seor

    Tibi eran visibles y era obvio que requeran

    atencin mdica. La falta de tratamiento

    mdico adecuado para las lesiones tienen un

    impacto grande en el proceso de recuperacin.

    El dolor fsico causado al seor Tibi por la

    molestia del hundimiento malar pudo durar

    hasta la recuperacin quirrgica del hueso y el

    tabique nasal. Los otros dolores asociados a

    las quemaduras de cigarrillos y a las otras

    lesiones fsicas pudieron tardar en curar de

    dos a cuatro meses con un tratamiento conantibiticos y mucho ms sin tratamiento. Las

    limitaciones fsicas actuales del seor Tibi ms

    evidentes son sus problemas lumbares y de

    movilidad recurrente de las dos hernias

    discales. Tiene una hepatitis C y la existencia

    del linfoma tipo B. El seor Tibi requiere que

    se de seguimiento mdico a estas

    enfermedades.

    Daniel Tibi mostr una disminucin progresiva

    de la sintomatologa que present durante elperodo de detencin, caracterizada por una

    reaccin de estrs agudo. En la actualidad

    sigue mostrando cambios frecuentes en el

    humor, problemas como la irritabilidad, y falta

    de control de las situaciones de agresividad

    que anteriormente confrontaba en la vida

    cotidiana. Estas manifestaciones

    corresponden a un cambio de personalidad

    duradero, que es un tipo de problema de salud

    mental que forma parte de la Clasificacin

    Internacional de Enfermedades de la Salud.

    [Corte Interamericana de Derechos Humanos,

    Caso Tibi Vs.Ecuador, Sentencia de 07 de

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    facial izquierda fue producida por la accin

    traumtica de un objeto contundente duro y

    que las lesiones descritas en el trax y en las

    extremidades eran de carcter dermatolgico.

    El objeto contundente duro pudo ser un

    elemento con peso que impact en la

    superficie corporal, o tambin pudo ser que la

    superficie corporal se hubiese impactado en

    una superficie inanimada. No pudo determinar

    qu caus los problemas dermatolgicos; pero

    por referencia consider que podan haber sido

    producidas por insectos.

    No conoci a profundidad el Protocolo de

    Estambul, Manual de Naciones Unidas para la

    investigacin y documentacin de la tortura yotros tratos o penas crueles inhumanas o

    degradantes. Tampoco conoca los exmenes

    mdicos anteriores realizados al seor Daniel

    Tibi ni de su historia mdica, ni realiz ningn

    estudio psicolgico o psiquitrico, ya que el

    juez no le pidi valorar si haba sido torturado,

    sino simplemente le requiri una valoracin

    mdico legal para determinar si poda ser

    trasladado a una casa de salud.

    Durante los veinticuatro aos que trabaj

    como mdico forense de la polica y diecinueve

    como forense del servicio mdico legal, nunca

    ha denunciado la existencia de lesiones

    producidas por tortura, dado que es el juez

    quin determina esto con la pericia que los

    mdicos aporten y con las recomendaciones

    que formulen. En su desempeo profesional

    nunca ha tenido la oportunidad o se ha visto

    obligado a denunciar casos de tortura en el

    centro de detencin, debido a que por la

    naturaleza de sus funciones slo acta cuando

    la autoridad requiere la prctica devaloraciones.

    septiembre de 2004 (Excepciones Preliminares,

    Fondo, Reparaciones y Costas)]