de recursos humanos de la escuela la jurisprudencia hacia...

19
/deDiegoyAsociados @jdediego ar.linkedin.com/in/juliandediego Av. Belgrano 990 piso 9º (C1092AAW) Buenos Aires, Argentina. Te.: (54-11) 4121-1100 Fax: (54-11) 4121-1101 http://www.dediego.com.ar [email protected] Julián A. de Diego Director del Posgrado en Conducción de Recursos Humanos de la Escuela de Negocios de la UCA Septiembre 2014 10mo. Congreso Regional de Recursos Humanos " Los cambios en la legislación y en la jurisprudencia hacia un nuevo Modelo Sindical" Profesor Titular Ordinario de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de las carreras de grado y posgrado de la Facultad de Derecho y de la Facultad de Ciencias Económicas de la Pontificia Universidad Católica Argentina

Upload: trandang

Post on 04-Nov-2018

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

/deDiegoyAsociados@jdediego ar.linkedin.com/in/juliandediego

Av. Belgrano 990 piso 9º (C1092AAW) Buenos Aires, Argentina.Te.: (54-11) 4121-1100 Fax: (54-11) 4121-1101

http://www.dediego.com.ar [email protected]

Julián A. de Diego

Director del Posgrado en Conducción de Recursos Humanos de la Escuela

de Negocios de la UCA

Septiembre 2014

10mo. Congreso Regional de

Recursos Humanos

" Los cambios en la legislación y en

la jurisprudencia hacia un nuevo

Modelo Sindical"

Profesor Titular Ordinario de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de las carrerasde grado y posgrado de la Facultad de Derecho y de la Facultad de Ciencias Económicas de

la Pontificia Universidad Católica Argentina

Relaciones Individualesdel Trabajo

• Igualdad, Inclusión, Diversidad.

• Equidad, buena fe, colaboración.

• Orden público, irrenunciabilidad, progresidad.

• Ambiente laboral amigable y distendido.

• Calidad de vida en el trabajo y fuera de él, y mecanismos de flexibilización.

Efectos Pre-contactuales yPos-Contractuales

Una empresa debe indemnizar a una persona que padece HIV por haber incurrido en una conducta de abiertadiscriminación en la etapa de selección de personal, pues se acreditó que la hizo transitar por un proceso de variasetapas que culminó en la realización de un análisis preocupacional a través del cual tomó conocimiento de su estadode salud, luego del cual decidió no contratarla.

Corresponde condenar a la empleadora a que reintegre a la trabajadora la obra social que le fuera interrumpidacon motivo del despido del que fue víctima, pues, los certificados médicos acreditan la verosimilitud del derechorespecto a que la actora padece HIV, máxime teniendo en cuenta los principios enunciados en el Pacto Internacionalde Derechos Económicos, Sociales y Culturales, tendientes al disfrute del más alto nivel de salud

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala III • 31/07/2012 • A.A.M. c. Espumas del Plata SRL • •La Ley Online • AR/JUR/42168/2012

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I • 30/10/2012 • D,C,A. c. Sownnw Fitness Wear SRL s/ Daños y perjuicios • • La Ley 22/1/2013,3 • La Ley 2013 A 210

Correo Electrónico

Privado

Emisor

Internet Contenido

(texto)

Tercero

empleador

Destinatario

Copias

Visible

Invisible

Tercero

Copiado

Código Penal (Ley 26.388) Artículo 153: Será reprimido con prisión de quince (15) días a seis (6) meses el que abriere o accediere

indebidamente a una comunicación electrónica, una carta, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra

naturaleza, que no le esté dirigido; o se apoderare indebidamente de una comunicación electrónica, una carta, un pliego, un

despacho u otro papel privado, aunque no esté cerrado; o indebidamente suprimiere o desviare de su destino una correspondencia

o una comunicación electrónica que no le esté dirigida. En la misma pena incurrirá el que indebidamente interceptare o captare

comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones provenientes de cualquier sistema de carácter privado o de acceso restringido.

La pena será de prisión de un (1) mes a un (1) año, si el autor además comunicare a otro o publicare el contenido de la carta,

escrito, despacho o comunicación electrónica. Si el hecho lo cometiere un funcionario público que abusare de sus funciones, sufrirá

además, inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena.

ReglamentaciónCorreo

electrónico /

Internet

Herramienta de

trabajo

Sanciones por

incumplimiento

Especificaciones

Equipos

Programas

Contenidos

Consultas

Uso exclusivo para el trabajo o funciones

Prohibición de uso personal

Autorización para controlar o revisar contenidos

Disciplinarias

Despido

Horarios de disponibilidad

Códigos de ética

Políticas

Art.153 bis del Código Penal (Ley 26.388) Será reprimido con prisión de quince (15) días a se is (6) meses, si no resultare un delito

más severamente penado, el que a sabiendas accediere por cualquier medio, sin la debida autorización o excediendo la que posea,

a un sistema o dato informático de acceso restringido.

“Gimenez, Patricia D c/ Blockbuster Argentina”CNAyTr Sala X 26-06-2009

Declaró remunerativas las prestaciones no remunerativas del Acuerdo entra la Fed. de Emp. de Comercio y la Cámara Argentinade Comercio, homologadas por el Ministerio de Trabajo, a los fines del cálculo de horas extras – SAC – vacaciones – preaviso – ind.por antigüedad (art. 245 LCT)

“Perez, Anibal c/ Disco”CSJN 01-09-2009

Aplica conv. 95 OIT a los mismos efectos que “Gimenez” por los vales almuerzo y alimentarios. Son base de cálculo de SAC –vacaciones – preaviso – ind. por antigüedad (art. 245 LCT)

“Gonzalez, Batista c/ Polimat SA”CSJN – 19-05-2010

Declaró inconstitucionales los decretos 1273/02, 2641/02 y 905/03 del poder Ejecutivo que deben incluirse en el cómputo del SAC –preaviso – y la indemnización por antigüedad (art. 245 LCT)

Prestaciones remunerativas

“Proyectos en el Parlamento”

“Diaz P.V. c/ Cervecería y Maltería Quilmes”CSJN 04-06-2013

Las pretaciones no remunerativas, aún las homologadas por el MT, son inconstitucionales y en fraude de la LCT

“Vizzoti” CSJN 2004 Tendencia hacia el 100%

Fallos relevantes

Fallo CSJN Exención del Impuesto a las GananciasMaternidad – Ind. agravada

Tutela Sindical – Ind. por tutela De Lorenzo, Amalia B C/ DGI CSJN 17/06/2009

La indemnización por maternidad fue exento del Impuesto a las GananciasCuevas, Luis Miguel c/ AFIP-DGI CSJN 30/11/2010

Exención respecto de la indemnización por Tutela Sindical

“Ganancia” son los rendimientos, rentas o enriquecimientos susceptibles de unaperiodicidad que implique la permanencia de la fuente que los produce y su habilitación.

IMPUESTO A LAS GANACIASSobre la indemnización por despido

Fallo CFCAF Sala IV “Ediciones B” (23/03/2010)En la indemnización por despido en exceso de los topes legales

están exento de Impuesto a las Ganancias 4ta. Categoría

Fallo CNAp Tr Sala II “Bertolini, Agustín c/T s/Dif. de Salarios” (20/12/2012)Ordenó la devolución al trabajador de la retención

del Impuesto a las Ganancias de la “Gratificación por Cese”

Implementación del pago por vía del pago acordado en sede judicial, previa homologación del juezcon expresa indicación de que el total abonado no esta gravado por el impuesto a las ganancias

Fallo “Negri, Fernando Horacio c/ AFIP/DGI CSJN (15/07/2014)En la gratificación por despido virtud de una extinción de común acuerdo por el art. 241 – no es

Ganancia imponible conforme el art. 2º Ley Impuesto a las Ganancias

Relaciones Colectivas del Trabajo

•Segmentación, conflictos intersindicales, encuadramiento, lucha por la captura de afiliados;

• Crisis del modelo sindical del unicato, camino hacia la pluralidad sindical;

•Cuestionamiento de los trabajadores de la representatividad sindical, los metrodelegados vs. UTA, la Unión Informática, el nuevo Sindicato de Personal Jerárquico de Comercio;

• Democracia Sindical dudosa, monarquías hereditarias, dudas sobre la transparencia en los actos electorales;

•Libertad sindical individual: afiliarse, no afiliarse, desafiliarse. cuota solidaria?, contribuciones especiales?;

• Libertad sindical colectiva, crear sindicatos libres y democráticos con el único requisito de la simple inscripción en el registro especial. Entidades simplemente inscriptas. Elegir y ser elegido. Participar de la vida internadel gremio.

“ATE c/ Ministerio de Trabajo”CSJN 11/11/2008

1. El sistema de Unidad Sindical discrimina en forma arbitraria a los sindicatos meramente inscriptos privilegiando a los sindicatos con personería gremial.

2. Ambos gremios tienen en consecuencia los mismos derechos y deberes.

3. Dos o mas gremios pueden coexistir dentro de una misma empresa y hasta dentro de un mismo ámbitoo actividad.

Unidad y Pluralidad Sindical

“Rossi c/ Estado Nacional”CSJN 09/12/2009

“ATE s/ Acc. de Inconstitucionalidad”CSJN 18/06/2013

“Recurso de Hecho: Sindicato Trabajadores de la Industria de la Alimentación y Otro c/Gate Gourmet .S.A. s/Acción de Amparo”

CSJN 5 - Nov. 2013 – XLVII S.1092

Encuadramiento Convencional

Impugnación del acuerdo celebrado por Sindicato de Camioneros con Gate Gourmet S.A., por el que se pacta aplicar el CCT 40/89 a los trabajadores de transporte y de logística.

El acuerdo es nulo y corresponde seguir el procedimiento de encuadramiento de la Ley 23.551

Declara la nulidad del fallo de la Sala III de la CNApTr y dispone que se dicte un nuevo fallo. No se pronuncia sobre la cuestión de fondo

Falla a favor del Sindicato de Camioneroscon serias deficiencias procesales

JNTr Nº 54

Fallo: declaró la nulidad del acuerdo entre Sind. de Camioneros y Gate Gourmet.Se debe seguir procedimiento de encuadramiento.

CNApTr Sala III

CSJN

CNApTr Sala VIII

CSJNRecurso de queja del Sindicato de Camioneros. Rechazo in limine del recurso. Confirma fallo Sala VIII CNApTr

“Alvarez, Maximiliano c/ Cencosud”CSJN 07/12/2011

Resuelve:Ordena la reincorporación de 6 empleados jerárquicos que integran la CD del Sindicato de Personal Jerárquicode Empleados de Comercio y el pago de todos los salarios caídos”Por la minoría:Proponen no reincorporar a los 6 empleados y pagar la indemnización de los arts. 178/182 del despido por causade maternidad (Lorenzetti, Highton de Nolasco, Argibay)

Aplican la ley 23.592 Aplican la ley 23.592desechan la ley 23.551 y los fallos ATE c/ MTSS y Rossi c/ Estado Nacional

Reinstalación

Otros casos de reinstalación• Discriminación a los activistas gremiales.• Casos de enfermedades terminales (HIV).• Mobbing y acoso: Opción de reinstalación / indemnizaciones por daños y perjuicios.• Discriminación por sexo o género: salarios / beneficios / carrera profesional.•Discriminación por carrera interna en la empresa / por razones estéticas / por excesode peso/ por falta de peso / otros.

Aumentos SalarialesESTIMADOS DE LA ERA “K”

750%

1700%

700%

850%

1100%

1400%

1800%

1200%

1600%

0

2

4

6

8

10

12

14

16

18

20

INFLACION ERA

"K"

SMVM ($3600) PROFESIONALES

FUERA DE

CONVENIO

PROFESIONALES

TECNICOS

MINIMO CCT PROMEDIO CCT MAXIMO CCT EJECUTIVOS

(MIN)

EJECUTIVOS

(MAX)

ProyeccionesInflación - Aumentos salariales

Hugo Moyano

(Camioneros)

25%

Pablo Micheli

CTA Disidente

8% 3%

Hugo Yasky

CTA Oficialista

Grupos Radicalizados

PST – PO – Bauen

Zanon – Brukman

1%

Luis Barrionuevo

Gastronómicos

(Grupo Azul y

Blanco)

Antonio Calo

(UOM)

3% 60%

CGT 1

CGT 2

CGT 4

CGT 3

CGT 5

Guillermo Pereyra

(Petroleros)

Abel Frutos

(Panaderos)

Amadeo Genta

(Municipales)

Sergio Palazzo

(Bancarios)

Gerónimo Venegas

(UATRE)

Julio Piumato

(Judiciales)

Carlos Tomada

(Ministro de

Trabajo)

Mauricio Macri

(Jefe de

Gobierno)

Daniel Scioli

(Gobernador Prov.

de Bs As.)

Andrés Rodriguez

(UPCN)H. Daer

(Sanidad)

Gerardo Martínez

(UOCRA)R. Pignanelli

(SMATA)

José L. Lingieri

(AySA)

Fernández

(UTA)

Omar Viviani

(Taxistas)

Armando Cavalieri

(Comercio)

C. West Ocampo

(Sanidad)Rodolfo Daer

(Alimentación)

Garcia Ortiz

(ASIMRA)

J.M. de la Sota

(Gob. Prov.

Córdoba)

Francisco de

Narváez

Sergio Massa

(Intendente de

Tigre)

?

?

?

Omar Plaini

(Canillitas)

Candidato

de

FPV?

R. Peidro - S. Agliano

AAPMRA

22%

29% 26%

Candidato

de

FPV

?

CGT

Unificada

(comité ejecutivo)

Antonio Calo

CGT

(UOM)

Hugo Moyano

CGT

(Camioneros)

Presidente de la

Nación 2015

Luis Barrionuevo

Celeste y Blanca

(Gastronómicos)

Pablo Micheli

CTA Disidente

Hugo Yasky

CTA OficialistaSec.

General

Sec.

Ejecutivo

Vocal Vocal

?

Vocal

?

29% 22% 26%

Mensaje a los Jóvenes Estudiantes y Profesionales

Estudiar, especializarse y buscar una forma divertida de mantenerse actualizados

Un idioma, además del propio es un valor clave. Si no es inglés, portugués o chino, un idioma heredado de la familia

Busquen un mentor, tutor o padrino que los aconseje – los oriente – y que los ayude en a pensar

Líderes de sí mismosRefuercen la confianza en sí mismos. El liderazgo es un valor innato que en todos

puede aflorar y reforzarse.

/deDiegoyAsociados@jdediego ar.linkedin.com/in/juliandediego

@jdediego

(54-11) 4121-1100

/deDiegoyAsociados

ar.linkedin.com/in/juliandediego

de.diego.com.ar