dagni saavedra

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Page 1: Dagni Saavedra

PETITORIO: SOLICITO EL PAGO DE REINTEGRO

DE SUBSIDIO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO

POR EL FALLECIMIENTO DE MI SEÑORA MADRE

DE ACUERDO A LEY.

SEÑOR: DIRECTOR DE LA UNIDAD EJECUTORA Nº 305 – EDUCACIÓN LAMAS:

DAGNI SAAVEDRA PANDURO, identificada con DNI Nº

00901927, con domicilio real en el jirón Chiclayo Nº 301-

Lamas, ante usted me presento y expongo:

I. PETITORIO.-

Que, amparada en la Ley Nº 24029 y su Reglamento Artículo 222º, Ley Nº 25212, Decreto Supremo 19-

90-ED vengo a SOLICITARLE EL REINTEGRO AL PAGO DE SUBSIDIO POR LUTO, GASTOS

DE SEPELIO Y DEVENGADOS pago que se me otorgo conforme a la Resolución Subregión Nº 2430

de fecha 30 de noviembre del año 2000,por el fallecimiento de mi señor padre que en vida fue

EQUILIO SAAVEDRA VELA, fallecido el día 10 de noviembre del 2000 y como consecuencia se me

abono por luto la suma de DOSCIENTOS VEINTIDOS Y 40/100 (222.40) equivalente a dos

remuneraciones totales permanente, petición que debe ser resuelta, teniendo en consideración lo

contenido en la Resolución de Sala Plena Nº 01-2011-SERVIR/TSC y los fundamentos de hecho y de

derecho que seguidamente expongo:

II. FUNDAMENTOS DE HECHOS.-

El subsidio por luto y sepelio ante el fallecimiento del docente o de su familiar directo, que el artículo

51º y de la Ley Nº 24029 y el artículo 219º y 221º del Reglamento dice: EL SUBSIDIO POR LUTO SE

OTORGA AL PROFESOR ACTIVO O PENSIONISTA, POR EL FALLECIMIENTO DE SU

CÓNYUGE, HIJOS Y PADRES. DICHO SUBSIDIO SERA DE DOS REMUNERACIONES O

PENSIONES TOTALES que le corresponde al del fallecimiento y artículo 222º EL SUBSIDIO POR

GASTOS DE SEPELIO DEL PROFESOR ACTIVO O PENSIONISTA será EQUIVALENTE A DOS

REMUNERACIONES TOTALES y se otorga a quien acredite haber sufragado los gastos pertinentes de

su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 19-90-ED.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2010-ED, se estableció las funciones del Tribunal del Servicio

Civil. Ultima instancia administrativa del Sector Publico que resuelva los recursos de apelación

interpuesto por los administrados; además tiene la potestad de emitir Precedentes Administrativos de

Observancia Obligatoria, como es la contenida en la Resolución de Sala Plena Nº

01-2011-SERVIR/TSC, publicada el 18 de junio del presente, en el Diario Oficial “El Peruano”,

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disponiendo que se aplique la Remuneración Total para el cálculo de subsidios, bonificaciones

especiales y asignaciones por servicio al Estado. RAZÓN LEGAL, que obliga a vuestra administración

a pagar al suscrito el reintegro del subsidio por luto y gastos de sepelio que vengo a reclamar.

Que, en conclusión debe vuestro Despacho disponer el PAGO DE REINTEGRO en un monto que

responde las DOS REMUNERACIONES TOTALES, por cada uno de los conceptos, implican

responsabilidad administrativa y abuso de autoridad.

III. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA.-

Amparo la pretensión en lo dispuesto por el numeral 20 del Artículo 2º de la Constitución Política

concordante con el Articulo 106 de la Ley Nº 27444 “Ley de Procedimiento Administrativo General” en

los artículos 24º y 26º de la precitada Carta Magna; y en las normas, ya invocadas de la Ley y

Reglamento del Profesorado Ley nº 24029, Ley Nº 252212, D.S. 19-90 ED, Ley 27584, Ley 27783 Ley

de Bases de la Descentralización, Decreto Legislativo Nº 276, D.S. Nº 005-90 PCM, R.S. Nº 304-2002-

ED, D.S. 90-ED, D.S. 051-91-PCM.

Y el reconocimiento de adeudos por ejercicios presupuestales fenecidos, conforme a la Ley Nº 27684 y

el Art. Nº 70 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y previas las

deducciones de la bonificación percibidas, conforme al porcentaje otorgado por la Remuneración Total

Permanente y sujetándose al trámite correspondiente.

IV. MEDIOS PROBATORIOS.-

Considérese los siguientes medios probatorios y anexos:

1.- Copia legible de mi DNI

2.- Copia fotostática de la Resolución Directoral Subregión Nº 2430.

3.- Copia de Boleta de Pago.

POR TODO LO EXPUESTO:

Solicito a Usted señor Director ordene a quien corresponda el otorgarme el reintegro solicitado

en los términos y plazos de Ley.

Lamas, 29 de enero del 2015.

___________________________DAGNI SAAVEDRA PANDURO

DNI Nº 00901927