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s Punto 5 del programa CX/LAC 10/17/8 Octubre 2010 PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS COMITÉ COORDINADOR FAO/OMS PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE 17ª reunión Acapulco, México, 8 - 12 de noviembre de 2010 SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE ALIMENTOS, ESTRUCTURAS NACIONALES RELACIONADAS AL TRABAJO DEL CODEX Y PARTICIPACIÓN DE LOS CONSUMIDORES EN EL ESTABLECIMIENTO DE NORMAS ALIMENTARIAS Observaciones recibidas de: Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Panamá y Paraguay 1. SITUACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE ALIMENTOS (i) Estructura y organización de los servicios oficiales responsables del control de los alimentos BOLIVIA Las instituciones encargadas del control de la inocuidad de los alimentos en Bolivia son: 1) Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras – Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG) En su estructura central y a nivel reglamentario el SENASAG cuenta con tres unidades técnicas específicas que abarcan el control zoosanitario, fitosanitario y de inocuidad alimentaria competencias delegadas por ley de la República, e instancias de coordinar el cumplimiento de la inocuidad alimentaria en toda la cadena productiva desde la granja hasta la mesa. la unidad nacional de inocuidad alimentaria cuenta con cinco áreas específicas bajo su dependencia incluido personal de apoyo Área Nacional de Registro y Certificación, Área Nacional de Inspección y Control Área Nacional de Laboratorios de Análisis de Alimentos y Residuos Área Nacional de Seguimiento y Control del Programa Nacional de Inocuidad Alimentaria Sistema Nacional de Producción y Certificación Ecológica Estas instancias son las encargadas de elaborar, consensuar y reglamentar todas las disposiciones referentes a inocuidad alimentarIa, tales como registro de empresas y mataderos, importaciones y exportaciones de alimentos, análisis de riesgo, control de bpas, appcc, acreditación de laboratorios, programas de control de residuos, programas de aseguramiento de la inocuidad en varias cadenas de riesgo, trazabilidad en cadenas priorizadas, certificación de productos orgánicos, relaciones internacionales en el marco del acuerdo de medidas sanitarias y fitosanitarias, entre otras. A nivel operativo y de ejecución, el SENASAG cuenta con 9 jefaturas distritales que abarcan todo el territorio nacional en su ámbito departamental y provincial. en cada uno de estos ámbitos se encuentra una unidad de inocuidad alimentaria, en algunos casos apoyados con infraestructura y logística. Actualmente el SENASAG ha certificado su sistema de gestión de calidad conforme a la Norma ISO 9001:2008 en el proceso de emisión de certificados de exportación en el área de sanidad animal, sanidad vegetal e inocuidad alimentaria en las distritales de La Paz, Cochabamba, Santa Cruz y Beni orientada a efectivizar la gestión interna a través de la mejora continua de sus recursos y el servicio de atención al usuario.

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s Punto 5 del programa CX/LAC 10/17/8 Octubre 2010

PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS

COMITÉ COORDINADOR FAO/OMS PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

17ª reunión Acapulco, México, 8 - 12 de noviembre de 2010

SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE ALIMENTOS, ESTRUCTURAS NACIONALES RELACIONADAS AL TRABAJO DEL CODEX Y

PARTICIPACIÓN DE LOS CONSUMIDORES EN EL ESTABLECIMIENTO DE NORMAS ALIMENTARIAS

Observaciones recibidas de: Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Panamá y Paraguay

1. SITUACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE ALIMENTOS

(i) Estructura y organización de los servicios oficiales responsables del control de los alimentos

BOLIVIA

Las instituciones encargadas del control de la inocuidad de los alimentos en Bolivia son:

1) Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras – Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG)

En su estructura central y a nivel reglamentario el SENASAG cuenta con tres unidades técnicas específicas que abarcan el control zoosanitario, fitosanitario y de inocuidad alimentaria competencias delegadas por ley de la República, e instancias de coordinar el cumplimiento de la inocuidad alimentaria en toda la cadena productiva desde la granja hasta la mesa. la unidad nacional de inocuidad alimentaria cuenta con cinco áreas específicas bajo su dependencia incluido personal de apoyo

− Área Nacional de Registro y Certificación,

− Área Nacional de Inspección y Control

− Área Nacional de Laboratorios de Análisis de Alimentos y Residuos

− Área Nacional de Seguimiento y Control del Programa Nacional de Inocuidad Alimentaria

− Sistema Nacional de Producción y Certificación Ecológica

Estas instancias son las encargadas de elaborar, consensuar y reglamentar todas las disposiciones referentes a inocuidad alimentarIa, tales como registro de empresas y mataderos, importaciones y exportaciones de alimentos, análisis de riesgo, control de bpas, appcc, acreditación de laboratorios, programas de control de residuos, programas de aseguramiento de la inocuidad en varias cadenas de riesgo, trazabilidad en cadenas priorizadas, certificación de productos orgánicos, relaciones internacionales en el marco del acuerdo de medidas sanitarias y fitosanitarias, entre otras.

A nivel operativo y de ejecución, el SENASAG cuenta con 9 jefaturas distritales que abarcan todo el territorio nacional en su ámbito departamental y provincial. en cada uno de estos ámbitos se encuentra una unidad de inocuidad alimentaria, en algunos casos apoyados con infraestructura y logística.

Actualmente el SENASAG ha certificado su sistema de gestión de calidad conforme a la Norma ISO 9001:2008 en el proceso de emisión de certificados de exportación en el área de sanidad animal, sanidad vegetal e inocuidad alimentaria en las distritales de La Paz, Cochabamba, Santa Cruz y Beni orientada a efectivizar la gestión interna a través de la mejora continua de sus recursos y el servicio de atención al usuario.

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2) Ministerio de Salud y Deportes

Conforme a la Ley LOE, establece que el Ministerio de Salud y Deportes regula, planifica, conduce y vigila el cumplimiento y primacía de las normas relativas a la Salud Pública, así mismo debe garantizar la salud de la población a través de su promoción y prevención de enfermedades; en función de estos aspectos el Ministerio de Salud y Deportes establece que a través de su Unidad de Vigilancia y Control de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos (UVCCIA) dependiente del Instituto Nacional de Laboratorios de Salud (INLASA) tiene como uno de sus objetivos primordiales proteger la salud de la población contra riesgos que implican los alimentos contaminados, adulterados o de escasa calidad e inocuidad, además de los fraudes del comercio, evitando enfermedades de origen alimentario y proporcionando alimentos seguros y fortificados de acuerdo a las regulaciones en salud.

A través de esta Unidad es que se constituyen las Unidades de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria en los Servicios Departamentales de Salud (SEDES), las cuales se encargan de llevar adelante las siguientes actividades:

− Organización y manejo del sistema para el Registro Sanitario.

− Elaboración y actualización de la base de datos de las industrias de alimentos y resultados de laboratorios.

− Toma de muestras y control de las contramuestras.

− Inspección a las industrias para la otorgación del Número de Registro Sanitario (Pre inspección, Inspección, Post Inspección)

− Elaboración e interpretaciones de Resultados de Laboratorio.

− Desarrollo e impartición de cursos de capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura destinados a los manipuladores de las Industrias de Alimentos.

− Participación en los Comités Técnicos correspondientes a los temas que se manejan en lo que se refiere a la elaboración de normas bolivianas.

− Apoyo en la planificación y coordinación de las actividades de vigilancia dirigida.

Considerando que el apoyo de los laboratorios es importante para el desarrollo del control de alimentos, el Ministerio de Salud y Deportes ha creado y coordina a través del Instituto Nacional de Laboratorios de Salud (INLASA), la red oficial de laboratorios de análisis de alimentos (RELOAA) reconocidos como tales mediante R.M Nº 136 de fecha 28 de marzo de 2003 y cuyo objetivo prioritario es apoyar el control y la vigilancia alimentaria por su impacto en la salud de la población. Esta red está reconocida mediante Resolución Administrativa N|° 037/2003 de 22 de mayo de 2003 por el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG).

Así mismo, coadyuvando a una de las políticas que tiene el Gobierno que es la “Desnutrición 0”, se llevan adelante los controles a las diferentes industrias que proveen el Paquete del Subsidio Familiar, es una prestación social en la que se benefician las gestantes a partir del 5° mes de embarazo, dotándoles de alimentos. Y coadyuvando al los Municipios al control del Desayuno Escolar.

BRASIL

a) En Brasil, los organismos responsables de controlar los alimentos son el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Suministro de Alimentos (Secretaría de Salud Animal y Vegetal – SDA) y el Ministerio de Salubridad (Agencia Nacional de Supervisión Sanitaria).

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Suministro de Alimentos

Se puede consultar la estructura general del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Suministro de Alimentos (MAPA) e información sobre sus divisiones, sectores y funcionarios en su sitio Web, en la dirección: http://www.agricultura.gov.br y https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2007-2010/2010/Decreto/D7127.htm#art6

El organismo del MAPA responsable del control de los alimentos es la Secretaría de la Salud Animal y Vegetal (SDA), cuya estructura se definió en el Reglamento adoptado el 4 de marzo de 2010. El SDA consta de seis departamentos: el Departamento de Inspección de Productos Animales (DIPOA), el Departamento de Inspección de Productos Vegetales (DIPOV), el Departamento de Inspección e Insumos de Ganadería (DFIP), el Departamento de Insumos Agrícolas (DFIA), el Departamento de Salud Animal (DSA) y el Departamento de Salud Vegetal (DSV), Coordinación de Contaminantes y Control de Residuos (CCRC) and Coordinación de Bioseguridad (CBIO)

Ministerio de Sanidad/Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria

La Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) se creó de conformidad con la Ley 9782 del 26 de enero de 1999. Opera de acuerdo con un régimen de autogobierno especial, esto es, como un organismo normativo con independencia administrativa, autonomía financiera y continuidad del personal de gestión durante el período de su mandato.

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Dentro de la estructura de la administración pública federal, la Agencia está vinculada con el Ministerio de Sanidad. El objetivo institucional de ANVISA es proteger la salud pública mediante el control sanitario de la producción y la comercialización de productos y servicios bajo supervisión sanitaria, incluidos los entornos, procesos, insumos y tecnologías asociados.

La Agencia es responsable del control sanitario en los puertos, los aeropuertos y las fronteras, y actúa como enlace con el Ministerio de Asuntos Exteriores, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Suministro de Alimentos, el Ministerio de Desarrollo, Industria y Comercio Internacional, los laboratorios de investigación y análisis, los círculos académicos y las instituciones extranjeras en lo que respecta a cuestiones internacionales relacionadas con la vigilancia sanitaria.

ANVISA coordina las actividades del Sistema Nacional de Vigilancia Sanitaria (SNVS). Sus acciones se acoplan perfectamente a las de los gobiernos locales y estatales en lo que concierne al sistema de sanidad público universal (SUS) de Brasil. Más específicamente, la Agencia:

• Coordina, supervisa y controla las actividades de registro, información, inspección y control de riesgo mediante el establecimiento de normas y directrices, y promoviendo la organización adecuada de los procedimientos técnicos y administrativos para garantizar la supervisión sanitaria de alimentos, bebidas, agua embotellada, ingestión, empaque, aditivos en los alimentos, contaminantes y residuos de drogas veterinarias, así como residuos de pesticidas en los alimentos.;

• Motiva la investigación científica en la supervisión sanitaria:

• Promueve la capacitación del personal encargado de la supervisión sanitaria en programas como el HACCP y las Buenas Prácticas de Manufactura;

• Fomenta la expansión de la red pública de laboratorios sanitarios para cumplir con la demanda de análisis de los alimentos;

• Estimula la acreditación de los servicios de laboratorio para la supervisión sanitaria a nivel federal, estatal y municipal;

• Estimula y promueve la adopción de métodos científicos de análisis de riesgo en las acciones de supervisión sanitaria por parte del personal del Sistema Nacional de Supervisión Sanitaria;

• Apoya las acciones de supervisión de seguridad en los alimentos en puertos, aeropuertos, fronteras y puntos aduanales;

• Ayuda a preparar y armonizar las normas que se van a acordar en los foros internacionales incluyendo el Codex y MERCOSUR;

• Participa en actividades técnicas para la incorporación de normas acordadas internacionalmente dentro de la legislación nacional;

• Coordina actividades para la evaluación de productos químicos específicos tales como aditivos y contaminantes, así como ingredientes activos de drogas veterinarias y residuos de pesticidas.

• Fortalece las acciones de control descentralizadas del Estado y Gobiernos Municipales en el Sistema Universal Brasileño de Salud Pública;

• Da prioridad a la inspección en la producción industrial de alimentos, con la adopción de Buenas Prácticas de Manufactura y el HACCP;

• Participa activamente en Comités Técnicos nacionales e internacionales que trabajan en las normas y directrices de seguridad en los alimentos.

• Coordina a los Grupos Técnicos Brasileños para los siguientes Comités:

Etiquetado de Alimentos, Nutrición y Alimentos para Usos de Dieta Especial, Grasas y Aceites, Aditivos en Alimentos, Agua Mineral Natural, Productos de Cacao y Chocolate, Contaminantes en los Alimentos, Salud de los Alimentos, Métodos de Análisis y Muestreo.

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COLOMBIA

ORGANIZACIÓN SISTEMA NACIONAL COLOMBIANO DE MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS - MSF

MPS MCITMAVDTMADR

INVIMA SIC

S. ICA

Política Nacional

Autoridades Nacionales

Entes

Regionales

ICA

ETS AAS. Ag

Apoyo Científico CORPOICA CI, Universidades

Comisión Intersectorial MSFSecretaría Técnica: DNP 

IDEAM

GTT

INS

Coordinación Internacional

OMC OIE CIPF CODEX

FUNCIONES COMISIÓN INTERSECTORIAL DE MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS - MSF

De acuerdo a lo establecido en el Decreto 2833 de 2006 en su Artículo 4º. Serán funciones de la Comisión Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, las siguientes:

a) Armonizar las políticas de los distintos Ministerios y demás entidades que forman parte del Sistema de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias;

b) Orientar la formulación de políticas y planes nacionales sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, mediante la concertación de lineamientos de interés común para los distintos Ministerios y Entidades Nacionales;

c) Apoyar la coordinación para el desarrollo e implementación de medidas sanitarias y fitosanitarias;

d) Promover estrategias de adecuación, articulación y fortalecimiento institucional del Sistema Nacional de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y sus Entidades;

e) Concertar las estrategias de participación del país en los diferentes foros regionales y multilaterales, relacionados con Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y en los organismos internacionales de referencia;

f) Promover la cooperación entre el sector público, el sector privado y los organismos internacionales a través de las entidades encargadas de su ejecución, en relación con las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, orientados al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias;

g) Hacer recomendaciones sobre proyectos de normas relacionados con Medidas Sanitarias y Fitosanitarias que deba expedir el Gobierno Nacional;

h) Considerar los asuntos sanitarios que sean sometidos a su estudio por los interesados o por la Secretaría Técnica de la Comisión;

i) Las demás funciones que sean propias de la naturaleza de coordinación y orientación de su actividad;

j) Adoptar su propio reglamento interno dentro del mes siguiente a la creación de la presente Comisión.

Artículo 6º. Serán funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión MSF:

a) Apoyar técnicamente a la Comisión Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias para el cumplimiento de sus funciones;

b) Hacer seguimiento a las decisiones de la Comisión Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias;

c) Ejercer la Secretaría de la Comisión Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, convocando las reuniones y preparando el orden del día y las actas correspondientes;

d) Preparar los documentos técnicos necesarios para ser considerados por la Comisión Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, en cumplimiento de sus funciones;

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e) Presentar a consideración de la Comisión Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, por solicitud de los interesados o por iniciativa propia, aquellos asuntos pertinentes al cumplimiento de sus funciones;

f ) Ejercer la coordinación de los Comités técnicos que se requieran;

g) Todas las demás que le sean solicitadas por la Comisión Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias afines a su actividad.

FUNCIONES MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

- Definir políticas, planes, programas y procedimientos para la prevención, detección e intervención de los riesgos para la salud y la generación de factores protectores que conlleven un mejoramiento de la calidad de vida y promuevan la salud.

- Establecer estrategias para prevenir, detectar e intervenir los riesgos que conducen a lesiones y enfermedades de origen común, ambientales y psicosociales que afectan a las personas o a las comunidades.

- Establecer y determinar los factores de riesgo que inciden en la salud y la calidad de vida.

- Desarrollar las políticas, los programas y los proyectos tendientes a la protección de la salud para prevenir, detectar e intervenir los riesgos del ambiente, físicos, químicos y de consumo que afectan la salud y la calidad de vida.

- Coordinar y orientar el Sistema de Vigilancia en salud pública y de control de enfermedades de obligatorio registro.

- Emitir concepto toxicólogo sobre clasificación toxicóloga y evaluación del riesgo de toxicidad de los productos que vayan a ser utilizados en el país.

- Coordinar, evaluar y controlar las acciones que en materia de vigilancia sanitaria y control de calidad ejecute el INVIMA.

FUNCIONES ENTIDADES TERRITORIALES DE SALUD

- Adoptar, difundir, implantar y ejecutar la política de salud pública formulada por la Nación.

- Garantizar la financiación y la prestación de los servicios de laboratorio de salud pública directamente o por contratación.

- Dirigir y controlar dentro de su jurisdicción el Sistema de Vigilancia en Salud Pública.

- Ejecutar las acciones de inspección, vigilancia y control de los factores de riesgo del ambiente que afectan la salud humana, durante la comercialización de alimentos.

FUNCIONES DE LOS LABORATORIOS DE REFERENCIA

El Instituto Nacional de Salud -INS y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA, ejercerán conjuntamente la coordinación de la Red Nacional de Laboratorios y además, de las competencias propias asignadas por ley, cumplirán las siguientes funciones:

• Asesorar y apoyar técnicamente al Ministerio de la Protección Social en la formulación de políticas, normas y directrices relacionadas con la Red Nacional de Laboratorios, de acuerdo con las competencias a su cargo.

• Ejecutar las políticas, programas, planes y proyectos definidos por el Ministerio de la Protección Social para la Red Nacional de Laboratorios.

• Mantener actualizado el diagnóstico organizacional y de capacidad de oferta de la Red Nacional de Laboratorios.

• Realizar alianzas estratégicas con entidades del orden nacional e internacional, que permitan fortalecer la Red Nacional de Laboratorios del país.

• Implementar el sistema de gestión adoptado por el Ministerio de la Protección Social para el funcionamiento de la Red Nacional de Laboratorios.

• Desarrollar las acciones que garanticen la eficiente operación del Sistema de Vigilancia en Salud Pública acorde con los lineamientos que defina el Ministerio de la Protección Social en relación con el componente de laboratorio.

• Diseñar e implementar el Sistema de Información para la Red Nacional de Laboratorios de acuerdo con los lineamientos del Ministerio de la Protección Social.

• Diseñar, validar e implementar un sistema de monitoreo y evaluación que garantice un control eficiente y eficaz de la gestión de la Red Nacional de Laboratorios acorde con los Lineamientos del Ministerio de la Protección Social.

• Realizar según sus competencias, las pruebas de laboratorio de alta complejidad para la vigilancia en salud pública, así como las pruebas para la vigilancia y control sanitario.

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• Apoyar al Ministerio de la Protección Social en el desarrollo de las políticas de vigilancia e investigación de los efectos en salud asociados a las actividades de otros sectores, en tanto éstas puedan afectar la salud humana.

• Propender por el cumplimiento de estándares de calidad tendientes a la acreditación de sus procesos técnicos, científicos y administrativos.

• Definir los estándares de calidad para la autorización de las instituciones o laboratorios que ofrezcan la realización de análisis propios de los laboratorios de salud pública.

• Supervisar el cumplimiento de los estándares de calidad a los laboratorios e instituciones que soliciten autorización para realizar análisis de interés en salud pública,

• Definir, vigilar y controlar el cumplimiento de estándares de calidad que deben cumplir los laboratorios de salud pública departamentales y del distrito capital.

• Vigilar la calidad de los exámenes de laboratorio de interés en salud pública desarrollados por los laboratorios de salud pública departamentales y del distrito capital.

• Participar en programas de evaluación externa del desempeño con instituciones nacionales e internacionales.

• Aplicar las normas de bioseguridad en los procedimientos de laboratorio incluyendo la remisión, transporte y conservación de muestras e insumos, así como establecer el plan integral de gestión para el manejo de residuos, de acuerdo con la normatividad vigente.

• Realizar la validación de reactivos, pruebas diagnósticas y de técnicas y procedimientos analíticos, acorde con sus competencias y según la normatividad vigente.

• Apoyar y promover la realización de investigaciones en salud y en biomedicina según las necesidades del país y directrices dadas por el Ministerio de la Protección Social.

• Proponer y divulgar las normas científicas y técnicas que sean aplicables para el fortalecimiento de la Red.

• Promover y realizar actividades de capacitación en temas de laboratorio que fortalezcan la gestión de la Red Nacional de Laboratorios prioritariamente para las instituciones del sector público.

• Desarrollar, aplicar y transferir ciencia y tecnología en las áreas de su competencia.

• Prestar asesoría y asistencia técnica a los laboratorios de salud pública en aspectos relacionados con sus competencias.

FUNCIONES DE LAS DIRECCIONES ENTIDADES TERRITORIALES DE SALUD - LABORARORIOS

Las direcciones territoriales de salud asumirán la dirección y coordinación de la red de laboratorios en el ámbito departamental o distrital, para lo cual deberán cumplir con las siguientes funciones:

• Establecer mecanismos para organizar y controlar el funcionamiento de la Red en su jurisdicción.

• Adoptar las políticas nacionales de la Red Nacional de Laboratorios.

• Establecer los objetivos, metas y estrategias de la red a nivel departamental o distrital.

• Adoptar, difundir e implementar el sistema de información para la Red Nacional de Laboratorios establecido por el nivel nacional.

• Adoptar e implementar en su jurisdicción el sistema de monitoreo y evaluación de la Red Nacional de Laboratorios acorde con los lineamientos del Ministerio de la Protección Social.

• Verificar el cumplimiento de los estándares de calidad de los laboratorios autorizados para la realización de exámenes de interés en salud pública que operen en su jurisdicción.

• Mantener el diagnóstico actualizado de la oferta de laboratorios públicos y privados, así como de laboratorios de otros sectores con presencia en su jurisdicción y que tengan relación con la salud pública.

• Organizar y orientar la aplicación de procedimientos para la remisión de muestras y recepción de resultados.

• Desarrollar las acciones que garanticen la eficiente operación del Sistema de Vigilancia en Salud Pública acorde con los lineamientos que para el componente de laboratorio defina el Ministerio de la Protección Social.

• Brindar asistencia técnica a los laboratorios de su área de influencia en temas relacionados con las líneas estratégicas para el eficaz funcionamiento de la Red, con prioridad en las instituciones del sector público.

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• Promover y realizar actividades de capacitación en temas de interés para los integrantes de la red según las necesidades.

• Garantizar la infraestructura y el talento humano necesario para el manejo de la información del Laboratorio de Salud Pública y en general de la Red de Laboratorios en su jurisdicción.

• 13. Propiciar alianzas estratégicas que favorezcan la articulación intersectorial en su jurisdicción para garantizar la integración funcional de los actores de la Red en consonancia con los lineamientos definidos por la Comisión Nacional intersectorial.

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS - INVIMA

A partir de la expedición de la Ley 1122 de 2007, las competencias de la vigilancia y control de alimentos fueron reorganizadas, así:

Al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Alimentos - INVIMA, como autoridad sanitaria nacional, le corresponde:

1. La evaluación de factores de riesgo y expedición de medidas sanitarias relacionadas con alimentos y materias primas para la fabricación de los mismos, la competencia exclusiva de la inspección, vigilancia y control de la producción y procesamiento de alimentos, de las plantas de beneficio de animales, de los centros de acopio de leche y de las plantas de procesamiento de leche y sus derivados así como del transporte asociado a estas actividades.

2. La competencia exclusiva de la inspección, vigilancia y control en la inocuidad en la importación y exportación de alimentos y materias primas para la producción de los mismos, en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

A las entidades territoriales de salud de los departamentos, distritos y a los municipios de categorías 1, 2, 3 y especial, les corresponde:

1. La vigilancia y control sanitario de la distribución y comercialización de alimentos y de los establecimientos gastronómicos, así como, del transporte asociado a dichas actividades.

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Alimentos - INVIMA es un establecimiento público del orden nacional, de carácter científico y tecnológico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de la Protección Social y perteneciente al Sistema de Salud, cuya misión es garantizar la Salud Pública en Colombia, ejerciendo inspección, vigilancia y control sanitario de carácter técnico científico sobre los asuntos de su competencia.

En el Decreto 1290 de 1994 del Ministerio de Salud están definidas las funciones del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Alimentos - INVIMA, así:

1. Controlar y vigilar la calidad y seguridad de los productos establecidos en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes, durante todas las actividades asociadas con su producción, importación, comercialización y consumo.

2. Adelantar los estudios básicos requeridos, de acuerdo con su competencia, y proponer al Ministerio de Salud las bases técnicas que este requiera, para la formulación de políticas y normas, en materia de control de calidad y vigilancia sanitaria de los productos mencionados en el artículo 245 de la ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes.

3. Proponer, desarrollar, divulgar y actualizar las normas científicas y técnicas que sean aplicables en los procedimientos de inspección, vigilancia, control, evaluación y sanción, y en la expedición de licencias y registros sanitarios.

4. Coordinar la elaboración de normas de calidad con otras entidades especializadas en esta materia, de acuerdo con la competencia que les otorgue la ley.

5. Expedir las licencias sanitarias de funcionamiento y los registros sanitarios, así como la renovación, ampliación, modificación y cancelación de los mismos, cuando le corresponda, de conformidad con la reglamentación que sobre el particular expida el Gobierno Nacional con fundamento en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993; los registros y licencias así expedidos no podrán tener una vigencia superior a la señalada por el Gobierno Nacional en desarrollo de la facultad establecida en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993.

6. Delegar en algunos entes territoriales la expedición de las licencias sanitarias de funcionamiento y de los registros sanitarios, así como la renovación, ampliación modificación, cancelación y otras novedades referidas a los mismos, de conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional con fundamento en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993.

7. Establecer las directrices operativas y los procedimientos de operación técnica a ejecutarse, en las materias relacionadas en este Decreto.

8. Capacitar, actualizar, asesorar y controlar a las entidades territoriales en la correcta aplicación de normas y procedimientos previstos en materia de vigilancia sanitaria y control de calidad, de los productos establecidos en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes.

9. Promover, apoyar y acreditar instituciones para la realización de evaluaciones farmacéuticas y técnicas, así como laboratorios de control de calidad, asesorarlos y controlar su operación de acuerdo con las normas vigentes, sin perjuicio de lo que en materia de control deban adelantar las entidades territoriales.

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10. Efectuar las pruebas de laboratorio que considere de mayor complejidad a los productos estipulados en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes; desarrollar, montar y divulgar nuevas técnicas de análisis y ejercer funciones como laboratorio nacional de referencia.

11. Organizar, dirigir y controlar la red nacional de laboratorios referida a los productos estipulados en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes y promover su desarrollo y tecnificación.

12. Dirigir, coordinar y controlar el diseño, operación y actualización del sistema de información referido a las licencias y registros sanitarios en todo el país.

13. Resolver los conflictos que se presenten en desarrollo de las evaluaciones farmacéutica y técnica y en la expedición, ampliación, renovación, modificación y cancelación de licencias, registros sanitarios o de otras novedades asociadas, entre los solicitantes y las instituciones acreditadas y delegadas.

14. Impulsar y dirigir en todo el país las funciones públicas de control de calidad, vigilancia sanitaria y de vigilancia epidemiológica de resultados y efectos adversos de los productos de su competencia.

15. Identificar y evaluar las infracciones a las normas sanitarias y procedimientos establecidos y adelantar las investigaciones que sean del caso, aplicar las medidas de seguridad sanitaria de ley y las sanciones que sean de su competencia, de conformidad con la Ley 9 de 1979 y remitir a otras autoridades los demás casos que les correspondan.

16. Proponer medidas de carácter general para promover la aplicación de las buenas prácticas de manufactura en la elaboración de los productos establecidos en el artículo 245de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes, así como en su transporte, almacenamiento y en las demás actividades propias de su comercialización.

17. Participar y colaborar con la industria y el sector privado en general, en los aspectos de capacitación, actualización asesoría técnica e intercambio de experiencias e innovaciones tecnológicas.

18. Adelantar, cuando se considere conveniente, las visitas de inspección y control a los establecimientos productores y comercializadores de los productos establecidos en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes, sin perjuicio de lo que en estas materias deban adelantar las entidades territoriales.

19. Autorizar la publicidad que se dirija a promover la comercialización y consumo de los productos establecidos en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9 de 1.979 y sus Decretos Reglamentarios y en las demás normas que se expidan para el efecto. El INVIMA podrá autorizar de manera general y previa, toda la publicidad que se ajuste a los criterios generales que para el efecto disponga.

20. Identificar, proponer y colaborar con las entidades competentes, en la investigación básica, investigación aplicada y epidemiológica de las áreas de su competencia.

21. Realizar actividades permanentes de información y coordinación con los productores y comercializadores y de educación sanitaria con los consumidores, expendedores y la población en general, sobre cuidados en el manejo y uso de los productos cuya vigilancia le otorga la ley al Instituto.

NOTA: Los productos a los cuales hace referencia el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 son los siguientes: medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivo de diagnóstico, productos de aseo, higiene y limpieza, los plaguicidas de uso doméstico y aquellos que recomiende la Comisión Revisora.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1122 de 2007, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Alimentos - INVIMA conformó nueve Grupos de Trabajo Territorial que cobijan diferentes departamentos, a fin de dar cobertura en el territorio nacional para la vigilancia y control de alimentos, incluyendo la inspección sanitaria en sitios de primera barrera para importación y exportación de alimentos. La distribución es la siguiente:

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Las actividades de inspección, vigilancia y control en los establecimientos fabricantes de alimentos, se desarrollan teniendo en cuenta un enfoque de riesgo, por lo tanto se consideran factores como el tipo de productos que elabora el establecimiento (alto o bajo riesgo), concepto sanitario del lugar de fabricación, reportes analíticos de los productos elaborados, si existe una vinculación con una Enfermedad Trasmitida por Alimentos (ETA), entre otros.

En el caso de las plantas de beneficio animal, en los establecimientos de considerables volúmenes de producción y con actividad exportadora, se realiza inspección permanente a través de los médicos veterinarios del Instituto.

Dado que tanto el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Alimentos - INVIMA como las Entidades Territoriales de Salud, tienen competencias definidas en el control de sanitario de alimentos, se fomentan las actividades de cooperación y retroalimentación a fin de comunicar los hallazgos en las etapas competencia de las entidades, para así contar con una cobertura de toda la cadena productiva.

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO - ICA

Esta estructura se encuentra conformada por un Consejo Directivo, el cual preside el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, seguido del director del Departamento Nacional de Planeación, un representante del Consejo del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología Agropecuaria, un representante de la Presidencia de la República, el presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia, el presidente de la Federación Colombiana de Ganaderos y un representante de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos.

El ICA cuenta con veintisiete (27) Gerencias Seccionales en distintos departamentos, las cuales ejercen su representación en el área de su jurisdicción. El Instituto dispone 128 oficinas locales en sendos municipio, 25 centros de diagnóstico animal, 26 puestos de control para el movimiento interno de animales, y 16 puestos locales de control en puestos fronterizos, en terminales fluviales, marítimos, aeropuertos, para el control de importaciones y exportaciones. En cuanto a los productos de acuicultura, entre otros temas, el ICA ejecuta el control sanitario a nivel de granjas y sitios de producción o cultivo, en cuanto a técnicas y prácticas empleadas explotaciones, así como sobre los insumos agropecuarios allí utilizados.

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Estructura organizacional del ICA

INTEGRACIÓN INVIMA – ICA

La integración de las dos entidades está definida por las competencias que han sido asignadas a cada una de ellas en materia de inspección, vigilancia y control de los productos alimenticios provenientes de la producción primaria, recorriendo toda la cadena de transformación, distribución, comercialización y consumo final por parte de la población. Los dos institutos el Instituto Colombiano Agropecuario ICA como el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, se integraron con el propósito de formular y diseñar el Plan Nacional de Vigilancia y control de Residuos de Medicamentos y Contaminantes Químicos y están interactuando con la siguiente estructura.

Flujograma Plan Nacional de Vigilancia y control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Contaminantes Químicos en alimentos de origen animal ICA-INVIMA

Flujograma Plan Nacional de Vigilancia y control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Contaminantes Químicos en alimentos de origen animal ICA-INVIMA

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COSTA RICA

En Costa Rica, las competencias institucionales en materia de control e inocuidad de alimentos, descansan directamente en los Ministerios de Salud, Agricultura y Ganadería, Economía Industria y Comercio y Comex, y dentro de éstos algunas dependencias específicas. Los entes oficiales directamente relacionados con el tema de inocuidad son:

Ministerio de Salud.

En la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 y sus reformas, Ley General de Salud, se contempla el tema de la calidad sanitaria, desde diferentes ópticas. Así dentro del articulado se señala:

• Que toda persona que se ocupe en producir alimentos, deberá hacerlo en condiciones ambientales sanitarias y empleando técnicas de defensa o conservación aprobadas por la autoridad de salud, a fin de evitar, principalmente, la contaminación de tales productos y su peligrosidad debida a la presencia de residuos tóxicos proveniente de su tratamiento con plaguicidas u otros sistemas de defensa o conservación. (Artículo 213).

• Los propietarios, administradores, encargados y responsables de establecimientos de alimentos deberán permitir a cualquier hora la entrada de los funcionarios de salud, debidamente identificados, para realizar las inspecciones a fin de controlar el estado higiénico y sanitario del local; el estado de salud e higiene del personal y las condiciones en que se realizan las distintas operaciones. Deberán, asimismo, permitir la toma de muestras necesarias para establecer la identidad, calidad y estado de los alimentos o productos alimenticios con derecho a exigir del funcionario el correspondiente recibo y la contra muestra cuando fuere procedente.

• Quedando sujetos a estas disposiciones, en los mismos términos, las personas que transporten alimentos en cuanto a sus vehículos y lugares de almacenamiento transitorio. (Artículo 238)

De igual manera, en la sección III del capitulo III de la Ley Nº 5395 Ley General de Salud, se regula el registro, deberes y restricciones en material de alimentos.

INCIENSA: El Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA) es una institución pública, adscrita al Despacho de la Ministra(o) de Salud, responsable de:

• Prevenir y controlar problemas prioritarios en salud pública, mediante el desarrollo de sistemas de vigilancia epidemiológica basados en laboratorios y centros nacionales de referencia (CNR).

• Ejecutar investigaciones en salud pública para generar conocimiento que apoye la toma de decisiones oportunas y eficaces.

• Transferir el conocimiento generado mediante procesos de enseñanza y comunicación.

Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

En la Ley Nº 7064 del 9 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria que contempla en el Título III la Ley Orgánica del MAG, se establece la creación del Sector Agropecuario como una instancia institucional idónea para la dirección, planificación, coordinación, ejecución, control y evaluación de las actividades públicas, como apoyo al desarrollo agropecuario nacional. (Artículo 29), por lo que sus competencias específicas en el tema del control o inspección de producto y de la verificación de la calidad de algunos de los órganos que conforman el sector agropecuario debe ser visto según las Leyes: la General del Servicio Nacional de Salud Animal, y la de Protección Fitosanitaria y la Orgánica del Consejo Nacional de Producción, por medio de estos tres entes.

Servicio Nacional de Salud Animal -SENASA:

En la Ley Nº 8495 de 6 de abril del 2006, Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, Artículo 6 se establece que el SENASA, entre otras, tendrá las siguientes competencias:

“b) Administrar, planificar, dirigir y tomar las medidas veterinarias o sanitarias pertinentes sobre el control de la seguridad e inocuidad de los productos y subproductos de origen animal, en las etapas de captura, producción, industrialización y comercialización, considerando aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y otros contaminantes químicos, biológicos o de origen biotecnológico.

Establecer y hacer cumplir las regulaciones de control de calidad, monitoreo, registro, importación, desalmacenamiento, control sanitario de la producción nacional, almacenamiento, transporte, redestino, tránsito, comercialización, medios de transporte, retención y decomiso, y el uso de medicamentos veterinarios, sustancias peligrosas, material genético, material biotecnológico, agentes patógenos de origen animal, aditivos alimentarios y alimentos para animales domésticos, acuáticos, silvestres u otros.”

Dirección Laboratorio Nacional de Servicios Veterinarios (LANASEVE). Esta Dirección se encarga de brindar el apoyo de laboratorio necesario para el resto de los órganos que ejecutan, analizan o evalúan acciones en salud animal y salud pública veterinaria: constatación de calidad de medicamentos veterinarios, apoyo diagnóstico, oficialización de laboratorios, determinación de inocuidad y residuos en alimentos.

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Departamento Diagnóstico Veterinario: le corresponde apoyar el diagnóstico clínico y epidemiológico de las diferentes enfermedades que se encuentran bajo programa nacional, de interés en el intercambio comercial o las que determine la Dirección, mediante la utilización de diferentes pruebas inmunológicas, bacteriológicas, virológicas, parasicológicas y moleculares.

Departamento de Inocuidad de Alimentos tiene las siguientes funciones:

a. Realización de los análisis microbiológicos de los productos y subproductos de origen animal y vegetal y frutas para la determinación de la presencia de residuos de plaguicidas, de medicamentos veterinarios y microorganismos patógenos de importancia en la Salud Pública.

b. Efectuar los análisis de frescura y características organolépticas de los productos de origen animal con fines de exportación, importación y consumo nacional y verificar el cumplimiento del Programa de Reducción de Patógenos/ HACCP.

c. Mantener el control de calidad de los medios de cultivo preparados por la Unidad de Medios de Cultivo de la Sección Servicios Generales, así como el análisis microbiológico del agua destilada utilizada para la preparación de estos medios.

d. Realizar análisis fisicoquímicos y microbiológicos para determinar la calidad del agua, que se usa en la industria de alimentos.

e. Diseñar, dirigir e implementar la investigación de nuevos métodos de análisis químicos o microbiológicos requeridos.

f. Verificar los resultados de análisis de residuos e informar de posibles violaciones a los límites máximos.

g. Emitir los resultados de los análisis realizados.

h. Velar por la obtención oportuna y el mantenimiento adecuado de los reactivos, materiales y equipo necesario para las pruebas de laboratorio.

i. Implementar, controlar y mejorar el sistema de calidad del Departamento en coordinación con la Unidad de Gestión de Calidad.

Departamento Control de Insumos Veterinarios: tiene a su cargo, la verificación de la calidad de los medicamentos de uso veterinario alimentos para animales y constatar que la fórmula cuali-cuantitativa declarada en el etiquetado coincida con los resultados obtenidos en el laboratorio mediante los análisis correspondientes.

Dirección de Cuarentena Animal. Esta Dirección se encarga de verificar las exportaciones e importaciones y tránsito de animales, productos y subproductos con criterio veterinario en los diferentes puestos de ingreso y salida del país; en amparo a los tratados, convenios y las leyes vigentes, generando así una barrera que limita la propagación de agentes causales de enfermedades.

Unidad de Certificados Veterinarios de Operación: tiene la función de autorizar, suspender o desautorizar el funcionamiento de los establecimientos indicados en el artículo 56 de la Ley Nº 8495, de conformidad con los criterios sanitarios definidos en ese sentido.

Departamento de vigilancia y control veterinario: tiene a su cargo, inspeccionar y fiscalizar productos y establecimientos donde se elaboren, procesen, almacenen, distribuyan y comercialicen alimentos de origen animal para el consumo humano, alimentos para animales, medicamentos veterinarios y productos afines, de conformidad con los lineamientos emanados por la Dirección General y las Direcciones Nacionales.

Servicio Fitosanitario del Estado - SFE:

En la Ley Nº 7664 de 8 de abril de 1997, Ley de Protección Fitosanitaria y su Reglamento el tema de la calidad está referido básicamente a la calidad fitosanitaria de los vegetales o la sanidad de los vegetales, para lograr que estos productos no contengan plagas o enfermedades de interés cuarentenario. Asimismo, la potestad del SFE de velar por la calidad de las sustancias químicas, biológicas o afines y sus equipos de aplicación que se utilicen en el país para combatir dichas plagas.

En cuanto a las funciones y obligaciones, Artículo 5, el SFE tendrá las siguientes funciones:

a. Velar por la protección sanitaria de los vegetales.

b. Controlar las sustancias químicas, biológicas o afines para uso agrícola, en lo que compete a su inscripción, importación, exportación, calidad, tolerancia, residuos, dosificaciones, efectividad, toxicidad, presentación al público, conservación, manejo, comercio, condiciones generales de uso, seguridad y precauciones en el transporte, almacenamiento, eliminación de envases y residuos de tales sustancias; asimismo, controlar los equipos necesarios para aplicarlas y cualquier otra actividad inherente a esta materia.

c. Regular, en el área de la fitoprotección, la importación, exportación, investigación, experimentación, movilización, multiplicación, producción industrial, comercialización y el uso de materiales transgénicos y otros organismos genéticamente modificados para uso agrícola o sus productos.

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Dependencias del SFE relacionadas en forma más directa con el tema de la inocuidad de alimentos

Programa de Registro de Agricultura Orgánica: Ejecuta las acciones referidas al proceso de acreditación y registro en la Agricultura Orgánica que se establecen en la legislación vigente; asimismo propone alternativas técnicas y fitosanitarias que permitan mantener la exportación de productos vegetales orgánicos y sostenibles.

Programa de Biotecnología: regula el área de la fitoprotección, la importación, exportación, investigación, experimentación, movilización, multiplicación, producción industrial, comercialización y el uso de materiales transgénicos y otros organismos genéticamente modificados para uso agrícola o sus productos.

Vigilancia y Control de Plagas: se encarga de vigilar y controlar las plagas no cuarentenarias y las reglamentadas, para evitar su diseminación dentro del territorio nacional. Además realiza los monitoreos correspondientes para detectar oportunamente el ingreso de plagas exóticas.

Insumos Agrícolas: se encarga del registro, control y fiscalización de todas las sustancias químicas, biológicas o afines y los equipos de aplicación para uso agrícola.

Cuarentena Vegetal: se encarga del control fitosanitario en la importación, o ingreso en tránsito internacional, por el territorio nacional de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados.

Laboratorios: es el responsable de realizar los análisis pertinentes para determinar la calidad de los bioplaguicidas, agroquímicos, residuos de plaguicidas en vegetales, suelo y agua; así como el diagnóstico fitosanitario.

Exportaciones: se encarga de controlar la exportación de las plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados de conformidad con la legislación nacional e internacional vigente en materia fitosanitaria.

Consejo Nacional de Producción- CNP:

Según la Ley Nº 2035 del 17 de julio de 1956, Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción, articulo 5 el CNP, tendrá la siguiente función en el tema de inocuidad de los alimentos:

• Promover la reglamentación de todo tipo de mercados para vender productos de origen agropecuario de consumo popular, y promover o fiscalizar el establecimiento de mercados, por medio de organizaciones de productores agropecuarios, asociaciones de desarrollo comunal o cooperativas que cuenten con la infraestructura mínima necesaria. Para cumplir con este fin, dispondrá de la colaboración de las instituciones involucradas.

Ley 2035, Ley Orgánica de Consejo Nacional de Producción. Según el Artículo 5, para cumplir sus fines, el Consejo Nacional de Producción tendrá como actividades ordinarias las siguientes:

… i) Coordinar, con otros entes públicos u organizaciones privadas, la certificación de calidad de productos agropecuarios y la metrología industrial…”

… j) Promover la reglamentación de todo tipo de mercados para vender productos de origen agropecuario de consumo popular, y promover o fiscalizar el establecimiento de mercados por medio de organizaciones de productores agropecuarios asociaciones de desarrollo comunal o cooperativas que cuenten con la infraestructura mínima necesaria. Para cumplir con este fin, dispondrá de la colaboración de las instituciones involucradas…”

Ley 8533, Regulación de las Ferias del Agricultor le establece al CNP como otras funciones: “…ARTÍCULO 10.-

e) Capacitar a los participantes en las ferias, en aspectos propios de mercadeo, agroindustria, manejo poscosecha, inocuidad de alimentos, calidad agrícola y buenas prácticas agrícolas, entre otros.

f) Promover el mejoramiento de las condiciones de infraestructura de las ferias del agricultor.

g) Fiscalizar el desempeño de los integrantes del Programa Nacional de Ferias del Agricultor, en al ámbito de mercadeo, agroindustria, manejo poscosecha, inocuidad de alimentos, calidad agrícola y buenas prácticas agrícolas. En esta materia, las directrices del CNP serán vinculantes para los integrantes del Programa.

h) Verificar, en coordinación con los demás entes competentes en la materia, que se cumplan las normas establecidas para la comercialización de productos en las ferias del agricultor, en aspectos como inocuidad, manejo poscosecha, calidad agrícola y buenas prácticas agrícolas, entre otros.”

INCOPESCA adscrito al MAG.

Debe promover el desarrollo pesquero y acuícola. Para ello regula, protege y administra los recursos marinos y acuícolas, propiciando un aprovechamiento sostenible como contribución al desarrollo económico del país.

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La Ley de Pesca y Acuicultura No. 8436 designa al INCOPESCA como la autoridad ejecutora de esta ley y del Plan de Desarrollo Pesquero y Acuícola que dicte el Poder Ejecutivo, sin perjuicio de las atribuciones otorgadas por ley a otras instituciones del Estado, las cuales necesariamente deberán coordinar con este Instituto lo referente al sector pesquero y de acuicultura.

Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), tiene competencias en materia de alimentos, en:

− Es el ente rector en materia de protección al consumidor de conformidad con la Ley Nº 7472 sobre Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, bajo lo cual le corresponde la verificación en el mercado nacional del cumplimiento de reglamentos técnicos de calidad de los sectores productivos bajo su tutela y del etiquetado de productos.

− Asimismo, por medio de la Ley Nº 8279 del Sistema Nacional para la Calidad, el MEIC preside el Consejo Nacional para la Calidad; la elaboración de normas, armoniza reglamentos técnicos con la normativa internacional y capacita al sector productivo y consumidor en su aplicación.

− Bajo esa misma Ley, se crea la Secretaría y Punto de Contacto del Codex adscrito de este Ministerio, quienes son los encargados de coordinar todo el proceso de participar el país en los foros del Codex.

Ministerio de Comercio Exterior.

Competencias (funciones, atribuciones) con su fundamento legal.

La misión del Ministerio de Comercio Exterior (en adelante COMEX) es promover, facilitar y consolidar la inserción de Costa Rica en la economía internacional, como una política orientada a fomentar el crecimiento económico del país, y con ello, las condiciones de vida de los costarricenses.

Mediante la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica, Ley No. 7638, se estableció, entre otras, las siguientes competencias de COMEX:

− Definir y dirigir la política comercial externa y de inversión extranjera, para lo cual se establece la coordinación con los Ministerios y entidades públicas que tengan competencia legal sobre la producción y comercialización de bienes y la prestación de servicios en el país.

− Dirigir las negociaciones comerciales y suscribir tratados internacionales sobre estas materias.

− Representar al país en la Organización Mundial del Comercio (en adelante OMC) y en los demás foros comerciales internacionales donde se discutan tratados, convenios y, en general, temas de comercio e inversión.

− Adicionalmente, el mandato legal de COMEX se establece en la Ley para las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, Ley No. 8056 del 21 de diciembre de 2000. Mediante esta Ley se establece la Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales

REPUBLICA DOMINICANA

Responsables:

Departamento de Control de Riesgos en Alimentos y Bebidas en la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) y la Dirección General de Epidemiología (DIGEPI) pertenecientes al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSP).

Departamento de Inocuidad Agroalimentaria (DIA), perteneciente al Ministerio de Agricultura.

Dirección General Ganadera (DIGEGA), a través del Departamento de Sanidad Animal, perteneciente al Ministerio de Agricultura.

Dirección General de Normas y Sistemas de Calidad (DIGENOR), perteneciente al Ministerio de Industría y Comercio.

PANAMA

• Ministerio de Salud (MINSA) a través del Departamento de Protección de Alimentos (DEPA) responsable de la salud pública con competencia sobre producción nacional y exportación de alimentos para consumo humano.

• Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) a través de las Direcciones Nacionales de Salud Animal, Sanidad Vegetal y Cuarentena Agropecuaria con competencia sobre producción nacional y exportaciones de animales vivos, plantas, alimentos para consumo animal, material genético, medicamentos de uso veterinario y plaguicidas de uso agrícola.

• Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) responsable por proteger la salud pública y el patrimonio animal y vegetal con competencia sobre importación de alimentos para consumo humano y animal.

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• Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) responsable de la verificación de características de calidad y etiquetado de los alimentos.

• Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) a través de la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial (DGNTI), Organismo Nacional de Normalización.

PARAGUAY

Sanidad Vegetal: SENAVE-Servicio Nacional de Sanidad Vegetal y de Semillas

Sanidad Animal: SENACSA-Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Animal

Inocuidad: Ministerio de Salud Pública a través del INAN-Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición

(ii) Legislación y reglamentos sobre inocuidad y calidad de los alimentos

BOLIVIA

El Proyecto de la Ley de Alimentos esta en proceso de aprobación en el Poder del Legislativo.

1) Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras – Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG)

Cuenta con las disposiciones legales que reglamentan los procedimientos de control, en el ámbito zoosanitario, fitosanitario y de inocuidad alimentaria. La página web del SENASAG (www.senasag.gov.bo).

La base legal del SENASAG en materia de control de inocuidad alimentaria es la siguiente:

• Ley 2061 de fecha 16 de marzo de 2000, mediante la cual se crea el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, como órgano desconcentrado del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, que entre sus competencias establece, el control y la garantía de la inocuidad de los alimentos en los tramos productivos y de procesamiento que correspondan al sector agropecuario.

• El Decreto Supremo 25729 de fecha 07 de abril de 2000, que aprueba la reglamentación de la ley de creación del SENASAG y establece las atribuciones en materia de alimento�

√ conducir las actividades relacionadas a la inocuidad alimentaria en el ámbito nacional.

√ conducir el registro de las industrias procesadoras de alimentos agropecuarios.

√ autorizar y certificar el funcionamiento de establecimientos agropecuarios y plantas industrializadoras de productos agropecuarios en materia sanitaria e inocuidad alimentaria.

√ emitir las certificaciones sanitarias de importación y exportación correspondientes.

√ administrar la prestación de servicios para lograr su misión institucional.

√ reglamentar los requisitos sanitarios para la importación de animales, vegetales, productos y subproductos de origen agropecuario, forestal e insumos agropecuarios.

√ elaborar la normativa sobre inocuidad de los alimentos así como la reglamentación técnica de la calidad de los alimentos en coordinación con otras instituciones.

√ reglamentar los procedimientos para la fiscalización, control y seguimiento para la inocuidad alimentaria en los tramos productivos y de procesamiento del sector agropecuario.

√ reglamentar el decomiso, la destrucción, retorno o disposición final de animales, vegetales, productos, subproductos de origen agropecuario, forestal e insumos agropecuarios.

√ reglamentar la importación, uso y otras actividades que se realicen con organismos vivos modificados genéticamente (ogm), en coordinación con otros organismos nacionales relacionados con esta materia.

√ reglamentar el sistema de acreditación de servicios dentro el marco de la ley 2061.

√ promover la armonización y equivalencia de normas internacionales y medidas sanitarias y fitosanitarias.

√ establecer programas de capacitación en sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria.

√ participar en negociaciones técnicas con organismos internacionales en temas de su competencia, bajo la coordinación del ministerio de relaciones exteriores y culto.

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√ gestionar asistencia técnica y financiera para fortalecer la sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria en el país.

√ coordinar con instituciones públicas y privadas, las acciones pertinentes para el cumplimiento de su misión institucional.

√ suscribir con instituciones nacionales, públicas y privadas convenios y contratos.

√ ejercer las demás atribuciones que permitan el cumplimiento de su misión institucional.

√ conducir el programa nacional de inocuidad de alimentos en coordinación con el ministerio de salud y previsión social y los gobiernos municipales.

√ establecer mecanismos de relación permanente con la comisión nacional del codex alimentario.

• el Decreto Supremo 26590 establece que aduana nacional debe exigir previa desaduanización el permiso sanitario de importación otorgado por el SENASAG para los productos cuya fiscalización sanitaria es competencia de esta institución, entre los que se encuentran los alimentos y bebidas destinadas a consumo humano.

• el Decreto Supremo 26510 designa al SENASAG en coordinación con los municipios, el control del etiquetado de alimentos pre-envasados.

• Decreto Supremo 28147 que designa al SENASAG como autoridad competente en el registro de las importadoras y exportadores de alimentos en cualquier tipo de categoría.

• Resolución Multiministerial nº 002 de 19 de enero de 2006 que designan al Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG), como autoridad nacional competente del sistema nacional de control de la producción ecológica en la República de Bolivia.

• Diversas resoluciones administrativas del SENASAG sobre: requisitos sanitarios para la elaboración, transporte, almacenamiento y fraccionamiento de alimentos y bebidas destinadas a consumo humano, mataderos, procedimiento para el control sanitario de las importaciones, registro sanitario, control de etiquetado, certificación para exportación, certificación y control de appcc, control de BPAS, APPCC, acreditación de laboratorios, programas de control de residuos, programas de aseguramiento de la inocuidad en varias cadenas de riesgo, trazabilidad en cadenas priorizadas, certificación de productos orgánicos, entre otras.

2) MINISTERIO DE SALUD Y DEPORTES

Decreto Ley Nº 15629, Código de Salud que establece que el Ministerio de Salud es el ente encargado de velar por la salud de la población en todo el territorio Nacional, Título Preliminar, Capítulo Único, Art. 3 dice: “corresponde al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, la definición de la política nacional de salud, la formación, planificación, control y coordinación de todas las actividades en todo el territorio Nacional, en Instituciones públicas y privadas sin excepción alguna. Lo cual indica que ninguna otra institución puede ejercer el rol y funciones del Ministerio de Salud “.

Decreto Ley Nº 15629, Código de Salud en sus artículos 53,55 y 56 establece que la autoridad de Salud elaborará, fiscalizará y controlará la aplicación del Reglamento Alimentario Nacional, el que determinará todo lo concerniente a las condiciones que deben cumplir los alimentos destinados al consumo humano y las correspondientes a las industrias que fabriquen, fraccionen, depositen, distribuyan y expendan dichos productos y que con el propósito de cumplir con las disposiciones claramente establecidas, el Ministerio de Salud y Deportes, debe optimizar las funciones y facultades para el cabal cumplimiento.

Decreto Supremo Nº 05190 pone en vigencia y ejecución el Reglamento Sanitario de Alimentos y Bebidas, para el control sanitario de Alimentos y Bebidas de consumo público.

Art.1: El presente reglamento fija las normas sanitarias mínimas sobre inspección de alimentos líquidos o sólidos, destinados a la nutrición del organismo humano; de los licores que se produzcan, importen, expendan o consuman en el país y, de todo otra sustancia que haga parte o se use en la preparación o composición de las mismas; así mismo, prescribe la producción, fabricación, registro, almacenamiento, venta e importación de los alimentos y bebidas que se consumen en el País.

Resolución Ministerial Nº 687, autoriza la transferencia del Programa de Control Inocuidad Alimentaria de la Dirección del Desarrollo de Servicios de Salud a la Unidad de Vigilancia y Control de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos (UVCCIA) del Instituto Nacional de Laboratorios de Salud (INLASA), cuyo objetivo primordial es Proteger la salud de la población contra riesgos que implican los alimentos contaminados, adulterados o de escasa calidad e inocuidad, además de los fraudes del comercio, evitando enfermedades de origen alimentario y proporcionando alimentos seguros y fortificados de acuerdo a las regulaciones en salud.

Resolución Ministerial Nº 0301 aprueba el Programa Nacional de Vigilancia y Control de la Inocuidad de los Alimentos (PRONVIA) que debe aplicarse en todo el territorio de Bolivia mediante programas específicos de cada región y las actividades y estrategias de control y vigilancia de la inocuidad y fortificación alimentaria serán coordinadas a nivel Nacional, Departamental y Municipal.

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Bajo esta normativa, el Ministerio de Salud y Deportes, a través de su Unidad de Vigilancia y Control de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos del INLASA, cuenta con 10 Unidades de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria distribuidas en los diferentes departamentos quienes garantizan el cumplimiento de las disposiciones emanadas por el Ministerio de Salud y Deportes bajo el D.S 25233.

Resolución Ministerial Nº 136 establece que el Ministerio de Salud y Deportes ha creado y coordina a través del Instituto Nacional de Laboratorios de Salud (INLASA), la Red Oficial de Laboratorios de Análisis de Alimentos (RELOAA).

Resolución N° 0713, establece que se debe fortalecer, uniformar a nivel nacional las diferentes estructuras departamentales de las Unidades de Inocuidad Alimentaria; implementar un programa de Capacitación permanente y un sistema de información que establezca una comunicación fluida y eficiente.

Resolución Ministerial 0952, aprobar los manuales de procedimiento para la obtención del Registro Sanitario y el Manual de Organización y Funciones de la UVCCIA.

BRASIL

Legislación sobre alimentos del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Suministro de Alimentos

La legislación sobre alimentos del MAPA puede consultarse en el sitio Web siguiente:

SISLEG – Sistema Legislativo Agrícola Federal

Sitio Web: http://extranet.agricultura.gov.br/sislegis/loginAction.do?method=exibirTela

AGROFIT – Base de datos en línea que permite acceder a información sobre el uso correcto y seguro de pesticidas con fines de protección de las plantas, con información y directrices sobre la utilización, la dosificación, el cultivo, el método de aplicación y el período de retiro como ayuda para los productores, los consumidores y otras partes interesadas.

Sitio Web: http://extranet.agricultura.gov.br/agrofit_cons/principal_agrofit_cons

MINISTERIO DE SANIDAD/AGENCIA NACIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA

Todas las normas de seguridad y calidad de los alimentos de Anvisa son enviadas para consulta pública con la finalidad de mejorar la eficiencia y transparencia en los procesos regulatorios. Las consultas y sus fechas límite son publicadas en el Diario Oficial, mientras que los anteproyectos de norma son puestas a disposición en el sitio web de la Agencia. Los comentarios y sugerencia a los anteproyectos se analizan y resumen en un reporte emitido a aquellos que toman las decisiones. Todas las partes interesadas son informadas de la decisión final y sobre cómo se han incorporado o se han tomado en cuenta los comentarios.

Toda la legislación y normalización de la seguridad y calidad de los alimentos está disponible en el sitio web de Anvisa: http://portal.anvisa.gov.br/wps/portal/anvisa/home/alimentos.

COLOMBIA

LEYES

− Ley 09 de 1979. Por el cual se dictan medidas sanitarias.

1986

− Ley 30 de 1986. Bebidas alcohólicas Art. 16.

1990

− Ley 40 de 1990 Por la cual se dictan normas para la protección y desarrollo de la producción de la panela y se establece la cuota de fomento panelero.

1994

− Ley 124 de 1994. Por la cual se prohíbe el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad y se dictan otras disposiciones.

1995

− Ley 232 de 1995. Por medio de la cual se dictan normas para el funcionamiento de los establecimientos comerciales.

DECRETOS

1950

− Dec. 1250 de 1950. Por el cual se reglamenta la fabricación de cervezas.

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1982

− Dec. 2278 de 1982. Por el cual se reglamenta parcialmente el Titulo V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne.

1983

− Dec. 2106 de 1983. Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a identidad, clasificación, uso, procesamiento, importación, transporte y comercialización de aditivos para alimentos.

− Dec. 2162 de 1983. Por el cual se reglamenta parcialmente el título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto a producción, procesamiento, transporte y expendio de los productos cárnicos procesados.

− Dec. 3192 de 1983. Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación, envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional.

1984

- Dec. 561 de 1984. Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto a captura, procesamiento, transporte y expendio de los productos de la pesca.

- Dec. 1601 de 1984 Sanidad portuaria.

1988

- Dec. 2333 de 1988. Por el cual se reglamentan parcialmente los títulos V y VI de la Ley 09 de 1979. En lo referente a la importación y veta de alimentos, bebidas alcohólicas y cosméticos en la Intendencia especial de San Andrés y Providencia, Islas y en la comisaría del Amazonas.

1991

- Dec. 2742 de 1991. Por la cual se reglamenta parcialmente el título V y VI de la ley 9 de 1979 en lo referente a la importación y venta de medicamentos y bebidas alcohólicas, cosméticos y similares.

- Dec. 1036 de 1991. Por el cual se subroga el Capitulo I del Título I del Decreto 2278 de Agosto 2 de 1982.

1993

- Dec. 761 de 1993. Por la cual se modifica parcialmente el Decreto 3192 del 21 de noviembre de 1983.

1994

- Dec. 365 de 1994. Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3192 de 1983 y se dictan otras disposiciones sobre la materia. Bebidas alcohólicas.

1996

- Dec. 547 de 1996. Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979 en cuanto a la expedición del Registro Sanitario y a las condiciones Sanitarias de Producción, Empaque y Comercialización, al control de la sal para consumo humano y se dictan otras disposiciones sobre la materia.

- Dec. 1944 de 1996. Por el cual se reglamenta la fortificación de la harina de trigo y se establecen las condiciones de comercialización, rotulado, vigilancia y control.

- Dec. 2311 de 1996 Modifica parcialmente el Decreto 3192 de 1983 relacionado con los grados en bebidas alcohólicas.

1997

- Dec. 3075 de 1997. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979 y se dictan otras disposiciones sobre regulación de todas las actividades que puedan generar factores de riesgo para el consumo de alimentos.

- Dec. 2131 de 1997. Por el cual se dictan disposiciones sobre productos cárnicos procesados.

1998

- Dec. 977 de 1998. Por el cual se crea el comité nacional de Codex Alimentarius y se fijan sus funciones

- Dec. 698 de 1998 por el cual se modifican los artículos 23 y 24 del decreto 547 de 1996 (pigmentación y rotulado de la sal para consuma animal y para usos industriales)

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2000

- Dec 612 de 2000. Por el cual se reglamenta parcialmente el régimen de registros sanitarios automáticos o inmediatos y se dictan otras disposiciones.

- Dec. 1615 de 2000. Por el cual se derogan el decreto 1324 del 13 de Julio de 1998 y el decreto 1330 del 22 de julio de 1999. Azúcar

2002

- Dec. 60 de 2002. Por el cual se promueve la aplicación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico - Haccp en las fábricas de alimentos y se reglamenta el proceso de certificación.

- Dec. 1270 de 2002. Por el cual se adiciona un literal al artículo 50 del Decreto 3075 de 1997.

2003

- Dec. 205 de 2003. Por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica y las funciones del Ministerio de la Protección Social y se dictan otras disposiciones.

- Dec. 1175 de 2003. Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 3075 de 1997.

2004

- Dec. 4003 de 2004. Por el cual se establece el procedimiento administrativo para la elaboración, adopción y aplicación de reglamentos técnicos, medidas sanitarias y fitosanitarias en el ámbito agroalimentario.

- Dec. 2350 de 2004. por el cual se establecen medidas de salud pública para la prevención y vigilancia, de las enfermedades causadas por priones, prioritariamente de la variante de la enfermedad de Creutzfeldt-Jakob (vCJ)

2005

- Dec. 4444 de 2005. Por el cual se reglamenta el régimen de permiso sanitario para la fabricación y venta de alimentos elaborados por microempresarios.

- Dec. 4525 de 2005. Por el cual se reglamenta la Ley 740 de 2002. Organismos Vivos Modificados, OVM.

- Dec. 4764 de 2005. Por el cual se modifica el literal c) del artículo 41 del Decreto 3075 de 1997 “por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 9ª de 1979 y se dictan otras disposiciones.

2006

- Dec. 616 de 2006. Por el cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos que debe cumplir la leche para el consumo humano que se obtenga, procese, envase, transporte, comercialice, expenda, importe o exporte en el país.

- Dec. 1828 de 2006. Por el cual se crea la Comisión Nacional Intersectorial para la Coordinación y Orientación Superior del sacrificio de porcinos.

- Dec. 2323 de 2006. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 9ª de 1979 en relación con la Red Nacional de Laboratorios y se dictan otras disposiciones.

- Dec. 2833 de 2006. Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Medidas sanitarias y Fitosanitarias.

- Dec. 2838 de 2006. Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 616 de 2006 y se dictan otras disposiciones.

- Dec. 3249 de 2006. Por el cual se reglamenta la fabricación, comercialización, envase, rotulado o etiquetado, régimen de registro sanitario, de control de calidad, de vigilancia sanitaria y control sanitario de los suplementos dietarios, se dictan otras disposiciones y se deroga el decreto 3636 de 2005.

- Dec. 3518 de 2006. por el cual se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y se dictan otras disposiciones. D.O. 46.417 del 10 de octubre de 2006.

- Dec. 3755 de 2006. Por el cual se autoriza y se definen las condiciones para la importación de carne de origen bovino y sus productos procedente de Estados Unidos.

- Dec. 3752 de 2006. Por el cual se modifica el Decreto 2350 del 26 de julio de 2004 y se dictan otras disposiciones.

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2007

- Dec. 1500 de 2007. Por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos destinados para el consumo humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deban cumplir en su producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o exportación.

- Dec. 1575 de 2007. Por el cual se establece el sistema para la protección y control de la calidad del agua para consumo humano.

- Dec. 3515 de 2007. Por medio de la cual se dictan unas disposiciones sanitarias para la importación y venta de Bebidas Alcohólicas en el Puerto Libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y su introducción al resto del territorio nacional.

2008

- Dec. 2490 de 2008. Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los establecimientos dedicados al procesamiento, envase, transporte, expendio, importación, exportación y comercialización de caracoles con destino al consumo humano. D.O 47.065 del 9 de julio de 2008.

- Dec. 2965 de 2008. Modificación Decreto 1500 de 2007.

- Dec. 3411 de 2008. Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2838 de 2006, modificado parcialmente por el Decreto 2964 de 2008 y se dictan otras disposiciones. Leche cruda.

- Dec. 4064 de 2008. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1011 de 2006 y se adoptan otras disposiciones" MAVDT – Caracoles.

2009

- Dec. 2380 de 2009. Por el cual se modifican los Decretos 1500 de 2007 y 2965 de 2008 y se dictan otras disposiciones.

- Dec. 3525 de 2009. Vacas locas Canadá.

- Dec. 4131 de 2009. Modificación Decreto 1500 de 1997, modificado por los Decretos 2965 de 2008 y Decreto 2380 de 2009.

- Dec. 4974 de 2009. Modificación Decreto 1500 de 2007.

2010

- Dec. 1673 de 2010. Por el cual se modifica el artículo 50 del decreto 616 de 2006.

RESOLUCIONES

1964

- Res. 126 de 1964. Por la cual se dictan normas sobre la elaboración y control de Grasas y Aceites Comestibles para consumo humano.

1976

- Res. 1287 de 1976. Por la cual se dictan normas sobre Grasas y Aceites Comestibles.

- Res. 4135 de 1976. Por la cual se expiden normas sobre alimentos procesados de base vegetal para uso infantil.

1983

- Res. 05912 de 1983. Por la cual se establecen mecanismos para ejercer el control sanitario, a establecimientos que se dedican al empaque de alimentos y algunos productos alimenticios, que se encuentran bajo régimen de excepción.

1984

- Res. 11488 de 1984. Por la cual se dictan normas en lo referente a procesamiento, composición, requisitos y comercialización de los alimentos infantiles, de los alimentos o bebidas enriquecidos y de los alimentos o bebidas de uso dietético.

- Res. 14712 de 1984. Por la cual se reglamenta lo relacionado con producción, procesamiento, transporte, almacenamiento y comercialización de vegetales como frutas y hortalizas elaboradas.

- Res. 15789 de 1984. Por la cual se reglamenta las características organolépticas, fisicoquímicas y microbiológicas de las mermeladas y las jaleas.

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- Res. 15790 de 1984. Por la cual se establecen las características organolépticas, fisicoquímicas y Microbiológicas de los derivados del tomate.

- Res. 17855 de 1984. Por la cual se establece la recomendación diaria de consumo de Calorías y Nutrientes.

1985

- Res. 10593 de 1985. Colorantes en alimentos.

- Res. 13402 de 1985. Por la cual se adiciona la Resolución 10593 de 16 de Julio de 1985, que regula el uso de los colorantes en los alimentos para consumo humano.

- Res. 16078 de 1985. Por la cual se reglamentan los requisitos de funcionamiento de los Laboratorios de Control de Calidad de Alimentos.

- Res. 17882 de 1985. Por la cual se adoptan normas para la aplicación del Título V de la Ley 09 de 1979, sobre alimentos en lo relacionado con Mayonesa, su elaboración, conservación y comercialización.

- Res. 19021 de 1985. Por la cual se dictan normas para la aplicación del Título V de la Ley 09 de 1979 sobre alimentos en lo concerniente a la Mostaza, su elaboración, conservación y comercialización.

- Res. 19304 de 1985. Por la cual se dictan normas sobre elaboración y control de grasas y aceites comestibles para consumo humano.

1986

- Res. 2310 de 1986. Por la cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a procesamiento, composición, requisitos, transporte y comercialización de los derivados lácteos.

1988

- Res. 9553 de 1988. Por la cual se establece la identificación a los empaques y envases de la sal para el consumo humano

- Res. 14985 de 1988. Por la cual se autoriza el uso de enzimas y de la pimaricina en productos cárnicos.

1989

- Res. 1804 de 1989. Por la cual se modifica la Resolución 2310 de 1986 que reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente al procesamiento, composición, requisitos, transporte y comercialización de los derivados lácteos.

- Res. 11961 de 1989. Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2310 de 1986 de las clases de leche fermentada.

1990

- Res. 0222 de 1990. Por la cual se declaran aptos los equinos como animales abasto público en el territorio nacional.

1991

- Res. 1618 de 1991. Por la cual se modifica la Resolución 11488 de 1984 en cuanto hace relación al aspartame como edulcorante artificial.

- Res. 4124 de 1991. Por la cual se reglamenta el Título V Alimentos, de la Ley 09 de 1979, en cuanto concierne a los ANTIOXIDANTES que se pueden utilizar en alimentos.

- Res. 4125 de 1991. por la cual se reglamenta el Título V Alimentos, de la Ley 02 de 1979, en cuanto concierne a los CONSERVANTES que se pueden utilizar en alimentos.

- Res. 4126 de 1991. Por la cual se reglamenta el Título V Alimentos, de la Ley 09 de 1979, en cuanto concierne a los ACIDULANTES, ALCALINIZANTES, REGULADORES DE PH DE LA ACIDEZ utilizados en los alimentos.

- Res. 4241 de 1991. Por la cual se definen las características de las especies o condimentos vegetales y se dictan normas sanitarias y de calidad de estos productos y de sus mezclas.

- Res. 4393 de 1991. Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979, Título V en lo referente a la fabricación, empaque y comercialización de pastas alimenticias.

- Res. 4397 de 1991. Por la cual se fija el contenido máximo de oxígeno en los envases de leche en polvo adicionada de gas inerte.

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- Res. 7992 de 1991. Por la cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979 en lo relacionado con la elaboración conservación y comercialización de jugos, concentrados, néctares, pulpas, pulpas azucaradas y refrescos de frutas.

- Res. 12186 de 1991. Por la cual se fijan las condiciones para los procesos de obtención, envasado y comercialización de agua potable tratada con destino al consumo humano.

1992

- Res. 5213 de 1992. Por la cual se establece una delegación de los vistos buenos en los registros de importación a los productos alimenticios elaborados o procesados en el exterior.

1993

- Res. 604 de 1993. Por la cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto a las condiciones sanitarias de las ventas de alimentos en la vía pública.

1994

- Res. 2229 de 1994. Por la cual se dictan normas referentes a la composición, requisitos y comercialización de las bebidas hidratantes energéticas para deportistas.

- Res. 982 de 1994. Por la cual se adoptan unas medidas en materia sanitaria (Bebidas alcohólicas)

- Res. 1082 de 1994. Por la cual se aclara el contenido y alcance de la Resolución 982 del 23 de febrero de 1994 y se dictan otras disposiciones sobre la materia (Bebidas alcohólicas)

1996

- Res. 02826 de 1996. Por la cual se hace una adición al artículo 46 de la Resolución 2310 de 1986 y el artículo 3 de la Resolución 1804 de 1989. (Que las Resoluciones anteriores no contemplan el uso de aditivos como emulsificantes, estabilizantes y gelificantes en quesos frescos y fundidos con bajo contenido de grasa).

- Res. 00580 de 1996. Por la cual se modifica el parágrafo 1ª de la Resolución 10593 de 1985. (Uso de tartrazina).

1998

- Res. 00730 de 1998. Por la cual se adopta el Sistema de Análisis de Riesgos y Puntos Críticos de Control – HACCP – en los productos pesqueros y acuícolas para el consumo humano de exportación e importación.

- Res. 4547 de 1998. Por la cual se definen los exámenes de laboratorio en alimentos, bebidas, medicamentos, cosméticos, insumos para la salud y productos varios de interés en salud publica, que deben realizar los laboratorios de salud pública departamental y distrital, los laboratorios clínicos y los laboratorios de citohistopatologia.

2001

- Res. 1893 de 2001. Por el cual se establece el régimen sanitario para la utilización de incentivos en contacto con el alimento en los productos alimenticios.

2002

- Res. 1528 de 2002. Por la cual se adopta una medida de carácter sanitario. (Bromato de potasio)

- Res. 402 de 2002 Por la cual se establecen los requisitos para la comercialización de las aves beneficiadas enteras, despresadas y/o deshuesadas que se sometan a la técnica de marinado.

- Res. 129 de 2003. Por la cual se deroga parcialmente la Resolución número 17882 de 1985. Mayonesa

2004

- Res. 4175 de 2004. Por la cual se deroga modifica la R. 02 de 2003. Funciones del Grupo de Salud Ambiental

- Res. 2505 de 2004. Por la cual Por la cual se reglamentan las condiciones que deben cumplir los vehículos para transportar carne, pescado o alimentos fácilmente corruptibles.

2005

- Res. 5109 de 2005. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.

- Res. 1419 de 2005. Por la cual se deroga el artículo 88 de la Resolución número 11488 de 1984. Sacarina.

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2006

- Res. 337 de 2006. Por la cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos que deben cumplir las sardinas en conserva que se fabriquen, importen o exporten para el consumo humano.

- Res. 779 de 2006. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir en la producción y comercialización de la panela para consumo humano y se dictan otras disposiciones.

2007

- Res. 148 de 2007. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos que debe cumplir el atún en conserva y las preparaciones de atún que se fabriquen, importen o exporten para el consumo humano. D.O. 46.528 del 31 de enero de 2007.

- Res. 227 de 2007. Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre la convocatoria, funcionamiento y sesiones del Comité Técnico Nacional de Bioseguridad para los organismos vivos modificados OVM.

- Res. 228 de 2007. Por la cual se establece el procedimiento para la inscripción de fábricas de productos de la pesca y acuicultura para la exportación a la Unión Europea. D.O. 46.535 del 7 de febrero de 2007.

- Resolución 2905 de 2007 “Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios y de inocuidad de la carne y productos cárnicos comestibles de las especies bovina y bufalina destinados para el consumo humano y las disposiciones para su beneficio, desposte, almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación y exportación”

- Resolución 2906 de 2007 “Por la cual se establecen los Límites Máximos de residuos de Plaguicidas -LMR- en alimentos para consumo humano y en piensos o forrajes” DO. 46.735 DEL 29 DE AGOSTO DE 2007.

- Resolución 2997 de 2007 “Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los lactosueros en polvo, como materia prima de alimentos para consumo humano y se dictan otras disposiciones”

- Resolución 4282 de 2007 “Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios y de inocuidad de la carne y productos cárnicos comestibles de la especie porcina destinados para el consumo humano y las disposiciones para su beneficio, desposte, almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación y exportación”

- Resolución 4287 de 2007 “Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios y de inocuidad de la carne y productos cárnicos comestibles de las aves de corral destinadas para el consumo humano y las disposiciones para su beneficio, desprese, almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación y exportación”

2008

- Res. 288 de 2008. Rotulado nutricional.

- Res. 775 de 2008. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las fábricas que procesen, envasen, transporten, expendan, almacenen, importen, exporten y comercialicen vinagre para consumo humano.

- Res. 776 de 2008. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos que deben cumplir los productos de la pesca, en particular los pescados, moluscos y crustáceos para consumo humano.

- Res. 3462 de 2008. Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 9º y el artículo 15 de la Resolución 779 de 2006 y se dictan otras disposiciones. Panela

- Res. 3659 de 2008. Por la cual se establecen los criterios del Plan de Racionalización de Plantas de Beneficio Animal

- Res. 3675 de 2008. Por la cual se dicta una medida de emergencia que prohíbe la importación de leche, productos lácteos y de otros productos, cuya composición sea a base de leche, producidos en la República Popular China contaminados con melamina.

- Res. 4278 de 2008. Por la cual se modifica el artículo 36 de la Resolución 288 de 2008 y se dictan otras disposiciones

2009

- Res. 715 de 2009. Por la cual se modifica el artículo 6º de la Resolución 2997 de 2007. D.O. 47.302 del 25 de marzo de 2009. Lactosueros.

- Res. 1320 de 2009. Por la cual se modifica el artículo 36 de la Resolución 288 de 2008, modificado por la Resolución 9278 de 2008.

- Res. 2606 de 2009. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos que deben cumplir los aditivos alimentarios que se fabriquen, procesen, envasen, almacenen, transporten, expendan, importen, exporten, comercialicen y se empleen en la elaboración de alimentos para consumo humano en el territorio nacional. D.O. 47.431 de agosto de 2009.

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24

- Res. 3544 de 2009. Por la cual se modifican los artículos 11 y 13 de la Resolución 779 de 2006. DO. 47.486 Septiembre 28 de 2009. (Panela).

- Res. 4150 de 2009. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos que deben cumplir las bebidas energizantes para consumo humano. D.O. 47.522 del 3 de noviembre de 2009. No la he enviado a las ETS.

- Res. 4772 de 2009. Modificación de la Resolución 3659 de 2008. Mataderos.

2010

− Res. 1031 de 2010. Por la cual se modifica el artículo 6º de la Resolución 2997 de 2007 modificado por el artículo 1º de la Resolución 715 de 2009. D.O. 47662 del 25 de marzo de 2010.

− Res. 1057 de 2010. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que debe cumplir la miel de abejas para consumo humano. D.O. 47662 del 25 de marzo de 2010.

− Res. 1707 de 2010. Por la cual se modifica el literal c del artículo 5° de la Resolución 2997 de 2007.

− Res. 2195 de 2010. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos que se deben cumplir durante el proceso térmico de alimentos envasados herméticamente de baja acidez y acidificados, que se fabriquen, transporten, expendan, distribuyan, importen, exporten y comercialicen para el consumo humano. D.O. 47.744

− Res. 3009 de 2010. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios y de inocuidad de la carne proveniente del orden Crocodylia destinada para el consumo humano y las disposiciones para su beneficio, desposte, almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación. D.O. 47.798 del 11 de agosto11 de 2010.

Así mismo, en Colombia se cuenta con un Código Sanitario que es la Ley 09 de 1979 del cual se desprende la reglamentación sanitaria actual, a través de Decretos y Resoluciones que son expedidos por las entidades competentes en el tema como son el Ministerio de la Protección Social y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

En el tema de alimentos se cuenta con reglamentos de orden trasversal como son el Decreto 3075 de 1997 en el que se establecen las Buenas Prácticas de Manufactura – BPM, la Resolución 5109 de 2005 para etiquetado general de alimentos envasados, la Resolución 288 de 2008 para rotulado nutricional, entre otros. Por otra parte, se cuenta con reglamentación específica por producto, en la que se mencionan aspectos químicos, microbiológicos y tecnológicos propios del proceso productivo.

Teniendo en cuenta lo mencionado, la reglamentación actual para alimentos puede ser consultada en la página Web del INVIMA en la dirección http://web.invima.gov.co/portal/faces/index.jsp?id=1303.

La legislación nacional vigente actualmente en el país, que tiene relación directa con el Plan Nacional de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Contaminantes Químicos es la siguiente:

MARCOS DE POLÍTICA

CONPES 3375 DE 2005

Política Nacional de sanidad agropecuaria e inocuidad de alimentos para el Sistema de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, del Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES.

CONPES 3376 DE 2005

Política Sanitaria y de Inocuidad para las Cadenas Cárnica y Láctea Bovina 2006-2010, del Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES.

CONPES 3458/2007

Política Nacional de sanidad e inocuidad para la cadena porcícola.

CONPES 3458/2007

Política Nacional de sanidad e inocuidad para la cadena avícola.

CONPES 3514/2008

Política Nacional fitosanitaria y de inocuidad para las cadenas de frutas y de otros vegetales.

CONPES 3676/2010

Política Sanitaria y de Inocuidad para las Cadenas Láctea Y Cárnica.

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OTRAS DISPOSICIONES SOBRE INOCUIDAD Y CALIDAD DE LOS ALIMENTOS

Resolución ICA 1326/1981

Disposiciones para la utilización y comercialización de productos antimicrobianos de uso veterinario, entre ellas la no asociación de sustancias bactericidas con bacteriostáticas, la no aceptación de mezclas de antimicrobianos y vitaminas y la prohibición del uso de cloranfenicol.

Ley 100 de 1993

Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones.

Resolución ICA 1966/1984

Reglamenta el uso de productos o sustancias antimicrobianas como promotores de crecimiento o mejoradores de la eficiencia alimenticia. No se aceptan como promotores de crecimiento o mejoradores de la eficiencia alimenticia los productos o sustancias antimicrobianas que se utilicen con fines terapéuticos en Medicina Humana. En una misma especie animal, no se aceptan como promotores de crecimiento o mejoradores de la eficiencia alimenticia, aquellos productos o sustancias antimicrobianas que se utilicen con fines terapéuticos en dicha especie.

Ley 101 de 1993 de Desarrollo Agrícola y Pesquero

El ICA es la entidad responsable de minimizar los riesgos sanitarios, alimentarios y ambientales provenientes de la utilización de los medicamentos veterinarios y otras sustancias químicas en salud y producción animal.

Decreto 1840 de 1994

El ICA tiene la responsabilidad de ejercer vigilancia sobre los riesgos sanitarios, biológicos y químicos, para la producción agropecuaria y facilitar mediante controles técnicos y la emisión de certificados, la comercialización de sus productos y el acceso de productos de origen animal y vegetal a los mercados internacionales.

El ICA, coordinará con los Ministerios de Salud Pública y del Ambiente, las medidas de seguridad relacionadas con el manejo y uso de los insumos agropecuarios de alto riesgo, con los niveles de residuos tóxicos en alimentos de origen animal o vegetal, con las enfermedades zoonóticas y con los niveles permisibles de residuos tóxicos en alimentos de origen vegetal y animal.

Resolución ICA 1082/1995

Prohíbe el uso y comercialización de la Furazolidona, la Nitrofurazona y la Furaltadona para uso animal.

Resolución ICA 1056/1996

Control técnico de productos veterinarios, registro de medicamentos veterinarios y alimentos medicados para animales.

Resolución ICA 1023/1997

Registro de establecimientos que comercializan medicamentos veterinarios o plaguicidas agrícolas. Comercialización restringida (bajo fórmula del Médico Veterinario) de algunos medicamentos (hormonas, anabólicos, antimicrobianos, analgésicos, tranquilizantes, anestésicos, relajantes musculares y otros medicamentos) de control oficial.

Resolución ICA 1098/2000

Registro de productores de piensos o alimentos balanceados por autoconsumo.

Resolución ICA 00991/2001

Prohíbe el uso de harinas de carne, de sangre, de hueso (vaporizadas), de carne y hueso y de despojos de mamíferos para la alimentación de rumiantes.

Resolución ICA 961/2003

Prohíbe la administración oral y uso de la Violeta de Genciana en los animales.

Resolución ICA 991/2004

Prohíbe el uso y comercialización del Dimetridazol para uso animal.

Ley 914 de 2004

Por la cual se crea el Sistema Nacional de Identificación e Información del Ganado Bovino

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Resolución ICA 2341/2007

Por la cual se reglamentan las condiciones sanitarias y de inocuidad en la producción primaria de ganado bovino y bufalino destinado al sacrificio para consumo humano.

Resolución ICA 2640/2007

Por la cual se reglamentan las condiciones sanitarias y de inocuidad en la producción primaria de ganado porcino destinado al sacrificio para consumo humano.

Decreto 4765 de 2008

El ICA a través de la Dirección Técnica de Inocuidad e Insumos Veterinarios tendrá dentro de sus funciones: mantener un sistema de comunicación con las autoridades sanitarias responsables de los otros eslabones de la cadena alimentaria con el fin de establecer acciones de mejoramiento de la inocuidad. Coordinar con la dependencia correspondiente el uso de estrategias de comunicación del riesgo para mejorar las prácticas asociadas al mejoramiento de la inocuidad. Coordinar la realización de acciones conjuntas con los productores, comercializadores, exportadores, importadores y otras autoridades, dirigidas a garantizar la inocuidad de los productos de origen animal. Ejercer el control técnico-científico para la obtención de productos inocuos en las cadenas agroalimentarias de producción animal primaria, para prevenir riesgos biológicos y químicos que puedan afectar la salud humana, animal y contribuir a la seguridad alimentaria.

Resolución ICA 3585/2008

Por la cual se establece el sistema de inspección, evaluación y certificación oficial de la producción primaria de leche, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo II del Título I del Decreto 616 de 2006.

De otra parte, se cuentan con Normas Técnicas Colombianas sobre calidad de productos elaboradas, con participación de todas las partes interesadas, por el Organismo Nacional de Normalización - ICONTEC.

COSTA RICA

Costa Rica cuenta con un marco jurídico sólido para el control de la calidad e inocuidad de los alimentos, en resumen contamos con varias disposiciones legales de diferente rango:

- Constitución de la República: Art.46.

- Tratado Internacionales específicos: 3.

- Leyes: 7 especiales y 2 indirectas.

- Reglamentos: 73 aprox., RT alimentos 122.

- Decretos Ejecutivos: 198 aprox.(38).

- Otro tipo de disposiciones (directrices, resoluciones):2.

A continuación se presentan un extracto de la principal legislación nacional:

Constitución Política: El legislador mediante el Artículo 46 consagró el derecho de los consumidores y usuarios a:

- la protección de su salud, ambiente, seguridad e intereses económicos;

- recibir información adecuada y veraz; y

- a un trato equitativo; siendo esta la razón por la cual al Estado costarricense le corresponde el resguardo de dichos derechos.

- Ley de Aprobación de los Acuerdos de la Ronda de Uruguay, N° 7475: bajo está ley se ratifican todos los acuerdos de la Ronda Uruguay incluidos los de Obstáculos Técnicos al Comercio y de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.

- Ejecución de los Acuerdos de la Ronda de Uruguay y de Negociaciones Comerciales Multilaterales, N° 7473: Con está Ley se establecen las competencias de las instituciones públicas vinculadas a los Acuerdos de la Ronda de Uruguay.

- Ley General de Salud, N° 5395 y la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, Nº 5412: que dan las competencias al Ministerio de Salud comentadas en la parte anterior.

- Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria que contempla en el Título III la Ley Orgánica del MAG, Nº 7064: que dan las competencias al MAG comentadas en la parte anterior.

- Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, Nº 8495: que dan las competencias al SENASA comentadas en la parte anterior.

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- Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y su Reglamento: que dan las competencias al SFE comentadas en la parte anterior.

- Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción, Nº 2035 y la Ley Nº 8533 de Regulación de Ferias del Agricultor que dan las competencias al CNP comentadas en la parte anterior.

- Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Nº 6054: que dan las competencias al MEIC comentadas en la parte anterior.

- Ley del Sistema Nacional de la Calidad, N° 8279 y Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, N° 7472: que dan las competencias al MEIC comentadas en la parte anterior.

- Reglamento para la Verificación Conjunta del Cumplimiento de los Reglamentos Técnicos, Decreto Ejecutivo Nº 34129-MEIC-MAG-S: El objetivo del reglamento es optimizar los recursos del Estado para vigilar el cumplimiento de la legislación y los reglamentos técnicos conexos para garantizar a los habitantes de la República el acceso a alimentos y productos para el consumo humano que cuenten con las medidas sanitarias y fitosanitarias seguras para el consumo. La optimización de los recursos del Estado se hará, dotando de investidura a los funcionarios de las diferentes dependencias competentes de los Ministerios de Economía, Industria y Comercio, Agricultura y Ganadería, Salud y Consejo Nacional de la Producción, de manera que se brinden apoyo entre sí, en la inspección, muestreo y verificación de los productos y subproductos alimenticios y agropecuarios que se comercialicen en el país; a través de la ejecución de un programa permanente de verificación conjunta.

- Política Nacional de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Ejecutivo Nº 35960-S-MAG-MEIC-COMEX: tiene como propósito definir y establecer explícitamente los lineamientos generales a seguir en materia de inocuidad de los alimentos con el objeto de garantizar la inocuidad de los alimentos producidos, elaborados y comercializados en el país, a efecto de asegurar una protección de la salud de las personas y de los derechos de los consumidores, además de favorecer el desarrollo competitivo, la producción y exportación de alimentos inocuos.

- Creación del Departamento del Codex dentro de la estructura organizativa del MEIC, Decreto Ejecutivo Nº35966-MEIC: establece entre sus funciones las siguientes: -Asesorar a los entes estatales sobre los temas relacionados con la calidad e inocuidad de los alimentos bajo el marco de su competencia; -Impulsar apoyar en la coordinación para la elaboración de proyectos de normas Codex sobre la base de estándares de calidad de nuestros productos de exportación; -Recopilar, ordenar y sistematizar el ordenamiento jurídico que existe en materia de alimentos y así como el que se pretenda promulgar en el país, con el fin de que los sectores y países interesados en el comercio tengan acceso a ellos y pueden emitir sus observaciones.

REPUBLICA DOMINICANA

La Ley 42-01 del Ministerio de Salud Pública (MISP). La Ley 40-30 de Sanidad Animal. La Ley 602 que crea la DIGENOR. Ley 358-05 de PROCONSUMIDOR y sus reglamentos de aplicación. El Reglamento 244-10 que establece los LMR de residuos de plaguicidas para alimentos destinados en producción de

alimentos. Resolución 18 que crea el Departamento de Inocuidad Agroalimentaria (DIA). La Resolución 25 que modifica la estructura del (DIA). La Ley 311 del 1968, sobre plaguicidas en general.

PANAMA

• Código Sanitario (Ley 66) de 10 de noviembre de 1947

• Decreto Ejecutivo 256 de 13 de junio de 1962 por el cual se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Alimentos y Bebidas.

• Decreto Ejecutivo 352 de 10 de octubre de 2001 y Decreto Ejecutivo No. 81 de 31 de marzo de 2003 por el cual se regula la obligatoriedad del HACCP y sus Programas de Prerrequisitos.

• Título II de la Ley 23 de 15 de julio de 1997 Disposiciones sobre Normalización Técnica, Evaluación de la Conformidad, Acreditación, Certificación de Calidad, Metrología y Conversión al Sistema Internacional de Unidades.

• Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 por el cual se crea la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos y los Resueltos AUPSA-DINAN mediante el cual se emiten los requisitos de importación.

• Ley 45 del 31 de octubre del 2007 Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia

• Ley 47 de 9 de julio de 1996 Ley de Sanidad Vegetal

• Título I de la Ley 23 de 15 de julio de 1997 Disposiciones sobre Salud Animal

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PARAGUAY

El Art. Nº 72 de la Constitución Nacional, instituye al Estado la responsabilidad por el control de calidad de los productos alimenticios en las etapas de producción, importación y comercialización.

La Ley Nº 836/80, Código Sanitario, artículos 162, 163, 164, 175.

La Ley Nº 2459/04, de creación del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas, SENAVE

La Ley Nº 2426/04, de creación del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal, SENACSA

Resolución SG Nº 246/96, de creación del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición, INAN

Resolución SENAVE N° 177/09: Por la cual se Crea la Dirección de Calidad e Inocuidad de Productos Vegetales como Dependencia de la Dirección General Técnica, dentro de la estructura orgánica del SENAVE.

Resolución SENAVE Nº 668/09: Que amplía las funciones de la Dirección de Calidad e Inocuidad de Productos Vegetales del SENAVE

Resolución SENAVE Nº 490/09: Que establece el Reglamento Técnico de Calidad e Inocuidad del Tomate (Lycopersicum esculentum L.)

Resolución SENAVE Nº 516/09: Por la cual se Aprueba la Guía básica de Buenas Prácticas Agrícolas para productos vegetales.

Resolución SENAVE Nº 102/10: Por la cual se crea el Registro Nacional de Aplicadores de Agroquímicos en el marco de la implementación de las Buenas Prácticas Agrícolas para productos vegetales.

Resolución SENAVE N° 031/10: Por la cual se crea el Registro Nacional de Implementadores de Buenas Prácticas Agrícolas para productos vegetales.

Resolución SENAVE N° 015/10: Por la cual se prohíbe la mezcla de granos comerciales de sésamo con semillas tratadas con agroquímicos y se dispone la fiscalización de los lugares de comercialización de sésamo en todo el territorio nacional.

Resolución SENAVE N° 016/10: Por la cual se aprueba el reglamento técnico para la determinación de la calidad e inocuidad del sésamo con fines de certificación y se establece la obligatoriedad de contar con los resultados analíticos correspondientes para la emisión de certificados fitosanitarios.

Resolución SENAVE N° 101/10: por la cual se aprueba los Requisitos para el Registro de Personas Físicas o Jurídicas Prestadoras de Servicios de Muestreo de Granos Comerciales de Sésamo con Fines Analíticos y Prestadoras de Servicios Laboratoriales en el Marco de la Resolución N° 16/10.

La Municipalidad se basa en Ordenanzas para la fiscalización de la inocuidad y calidad de los alimentos:

La Ord.Nº154/00 BPM, Ord. Nº 267/05 control a vendedores en la vía pública, Ord.Nº 27/02 controla productos naturales. La Ley Nº838/26 y Ley Nº 881/81 que faculta a la Municipalidad a realizar control de calidad a productos alimenticios importados que ingresan al país por diferentes puertos de la Capital.

LEY 2426/04 Crea el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal.

Art. 7: Elaborar, coordinar, ejecutar y fiscalizar la política nacional de sanidad animal, calidad e inocuidad de productos y subproductos de origen animal.

LEY 1146/66 Fija normas para faenamiento y comercialización de carnes destinadas al consumo de la población.

Resolución MAG 47/71: Reglamento de inspección de carnes y subproductos, construcción e ingeniería sanitaria de establecimientos frigorificos y mataderos.

RESOL. SENACSA 689/06 Establece requisitos higiénico- sanitarios en establecimientos faenadores, elaboradores y/o procesadores de alimentos de origen animal.

RESOL. SENACSA 1656/06 Obligatoriedad de implementar HACCP para establecimientos faenadores y elaboradores.

RESOL. SENACSA No 1974/07 Revisión del manual de procedimiento de Buenas Prácticas de Manufactura en la producción y manipulación de carnes frescas.

(iii) Establecimiento de acuerdos de equivalencia o de otros tipos de acuerdos de facilitación del comercio con otros gobiernos

BOLIVIA

Bolivia no ha establecido ningún acuerdo de equivalencia.

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En relación a acuerdos para la facilitación del comercio, el SENASAG a través de protocolos bilaterales a establecido los siguientes acuerdos:

País Producto Objeto del protocolo

Perú Productos lácteos y cárnicos

Las Autoridades Sanitarias de Bolivia en función a la normativa andina implementan un sistema de monitoreo que garantice la Sanidad Animal e Inocuidad de estos productos, de tal manera que el certificado sanitario de origen es aceptado por las autoridades sanitarias del Perú como garantía del cumplimiento.

Argentina Carne bovina Las Autoridades Sanitarias de Bolivia reconocen a los establecimientos, autorizados por la Autoridad Competente de Argentina, para exportar este producto a Bolivia.

Argentina Banano La Autoridad Sanitaria Argentina reconoce la implementación del sistema de certificación de Buenas Prácticas Agrícolas, supervisada por la Autoridad Competente de Bolivia

Es oportuno mencionar que actualmente se exportan diversos alimentos, en base a las normativas del Codex Alimentarius.

BRASIL

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Suministro de Alimentos

1 Programa de trabajo entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de Argentina y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Suministro de Alimentos de la República Federativa del Brasil para determinar la equivalencia de los sistemas de control y salud vegetal.

2 Ajuste complementario al tratado de amistad y cooperación sobre requisitos sanitarios y mecanismos de comercio del pescado y productos pesqueros establecido entre Brasil y Ecuador.

3 Memorando de acuerdo para la promoción del comercio y la inversión entre el Gobierno de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República del Ecuador.

4 Memorando de acuerdo entre la República Federativa del Brasil y Noruega sobre pautas técnicas, higiénicas y sanitarias para el comercio bilateral en pesca, acuicultura y sus derivados.

5 Protocolo entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Suministro de Alimentos de la República Federativa del Brasil y la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena de la República Popular China sobre cuarentenas y condiciones veterinarias y sanitarias del cerdo procesado térmicamente que se exporta de la República Popular China a la República Federativa del Brasil.

6 Memorando de acuerdo entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Suministro de Alimentos de la República Federativa del Brasil y la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena de la República Popular China en el ámbito de la seguridad sanitaria y fitosanitaria de los productos alimentarios.

Ministerio de Sanidad/Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria

En 1999 la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) de Brasil y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) de Argentina firmaron un acuerdo sobre la circulación de los productos alimentarios.

Este acuerdo tiene por objetivo simplificar los procedimientos para el control sanitario de los alimentos que no requieren registrarse y que se comercializan entre los dos países. Los dos organismos gubernamentales emiten un certificado de cumplimiento por requerimiento de la industria alimentaria. La certificación se presenta en los puertos, los aeropuertos y los puestos fronterizos.

COLOMBIA

A partir de la expedición de la Ley 1122 de 2007, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA se consolida como Autoridad Sanitaria nacional en materia de inocuidad de los alimentos. De acuerdo a esto, el Instituto tiene la responsabilidad de representar a Colombia ante los organismos de referencia internacional y las autoridades sanitarias homologas de terceros países, con el objeto de avanzar en los procesos de admisibilidad sanitaria orientados a lograr el acceso de nuestros productos en mercados internacionales.

En ese sentido, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Alimentos - INVIMA, como actor importante en las negociaciones internacionales que el país desarrolla en el marco de la política nacional de comercio exterior, ha orientado esfuerzos con el ánimo de fortalecer las relaciones con las autoridades sanitarias homólogas de terceros países y de esta manera facilitar el comercio bilateral de alimentos.

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Si bien Colombia cuenta con un sistema sanitario oficial de Inspección, Vigilancia y Control en la producción, importación y exportación de alimentos, en la actualidad el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Alimentos - INVIMA como máxima autoridad sanitaria en materia de inocuidad, no ha emprendido proyectos relacionados con la solicitud de “equivalencia sanitaria” con sistemas de inspección de terceros países.

Sin embargo, Colombia a través del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Alimentos - INVIMA ha participado de diversas herramientas cuyo objetivo es facilitar el intercambio de alimentos y lograr que los procesos de admisibilidad sanitaria para exportación avancen de manera exitosa. Como ejemplo de ello podemos encontrar las siguientes:

1. Acuerdos de libre comercio.

a. Acuerdos Vigentes: Colombia – Chile

Colombia – El Salvador, Guatemala y Honduras

Grupo de los Tres (México, Colombia y Venezuela)

2. Protocolos de entendimiento sanitario: El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Alimentos - INVIMA ha firmado protocolos de entendimiento sanitario con la Federación de Rusia para la exportación de carne de las especies bovina y aves de corral, leche y derivados lácteos y productos de la pesca.

− De otra parte, se contempla el Acuerdo de Reconocimiento de Certificación de Producto a través de la Decisión 506 de la Comunidad Andina de Naciones.

COSTA RICA

Dado el alto costo para los países en desarrollo que tiene la aprobación y control de un acuerdo de equivalencia u otro tipo de acuerdo, se han emitido una serie de reglamentos técnicos de la región centroamericana, de la cual Costa Rica forma parte en su negociación para facilitar el comercio de productos dentro de la región. En materia de legislación alimentaría nuestro país participa en las negociaciones de Unión Aduanera Centroamericana, en la cual se logró armonizar varios reglamentos en materia de alimentos, los cuales son:

- RTCA 67.01.31:07 RTCA Reglamento Técnico Centroamericano para la Inscripción Sanitaria de Alimentos.

- RTCA 67.01.33:06 Reglamento Técnico Centroamericano para Industria de Alimentos y Bebidas Procesados. Buenas Prácticas de Manufactura. Principios Generales.

- RTCA 67.01.30:06 Reglamento Técnico Centroamericano para Alimentos Procesados. Procedimiento para otorgar la Licencia Sanitaria a fábricas y bodegas.

- RTCA 67.01.31:06 Reglamento Técnico Centroamericano para Alimentos Procesados. Procedimiento para otorgar el Registro Sanitario y la Inscripción Sanitaria.

- RTCA 67.01.32:06 Reglamento Técnico Centroamericano para Requisitos para la Importación de Alimentos. Procesados con fines de exhibición y degustación.

- Resolución 37-99(COMIECO XIII), Aprobación del Reglamento de Normalización, Metrología y Procedimientos de Autorización y del Reglamento de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, del 17 de setiembre de 1999, Decreto No. 28222-MEIC-COMEX del 30 de setiembre de 1999, publicado en la Gaceta No. 223 del 17 de noviembre de 1999. Anexo 1. Anexo 2.

Asimismo, nuestro país cuenta con un sistema de equivalencia en carne de bovinos con Estados Unidos de América y en materia fitosanitaria, según el artículo 4 del acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio, se aceptan como equivalentes las medidas sanitarias o fitosanitarias las medidas que demuestren objetivamente que logren un nivel adecuado de protección sanitaria o fitosanitaria del miembro importador. En el caso de Costa Rica se toma como equivalente el tratamiento de embalaje de madera de Chile.

REPUBLICA DOMINICANA

En base al Tratado de Libre Comercio de Centroamérica y República Dominicana con los Estados Unidos (DR-CAFTA), firmado por la República Dominicana el 5 de agosto de 2004 y puesto en vigencia por los Estados Unidos desde el 1 de marzo de 2006, se estableció un acuerdo de Equivalencia con los Estados Unidos, para favorecer la importación de alimentos desde los Estados Unidos a República Dominicana.

(El 19 de junio de 2008, se envió a la OMC, la notificación de reconocimiento de equivalencia, NEQVDOM1, mediante la cual la Secretaría de Estado de Agricultura reconoce el sistema de inspección del servicio de inocuidad e inspección de alimentos (Food Safety Inspection Service - FSIS) del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, a efectos de la importación al territorio nacional de productos y subproductos de la especie bovina, porcina y avícola como equivalente al sistema de inspección de la República Dominicana para estos productos. )

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PANAMA

o Proceso de Incorporación al Subsistema de Integración Económica Centroamericano (SIECA)

o Reconocimiento de la DGSANCO al Sistema de Inspección de Productos Pesqueros del Ministerio de Salud

o Reconocimiento de equivalencia del sistema de inspección y certificación de alimentos de los Estados Unidos (exceptuando productores pesqueros).

O Reconocimiento de equivalencia del sistema de inspección y certificación de alimentos de Canadá para un grupo de alimentos específicos (productos cárnicos de origen bovino y porcino)

o Reconocimiento de equivalencia del sistema de inspección y certificación de alimentos de España para un grupo de alimentos específicos (productos cárnicos de origen porcino, cocido, curado y ahumado)

o Reconocimiento de equivalencia del sistema de inspección y certificación de alimentos de Holanda para un grupo de alimentos específicos (productos lácteos de origen bovino)

o Reconocimiento de equivalencia del sistema de inspección y certificación de alimentos de Dinamarca para un grupo de alimentos específicos (productos lácteos de origen bovino)

o Protocolo de reconocimiento del sistema de inspección y certificación del Perú para papas frescas (en proceso)

o Protocolo de reconocimiento del sistema de inspección y certificación de Chile para carozos y pomáceas frescas

o Protocolo de reconocimiento del sistema de inspección y certificación de Colombia para frutas y vegetales frescos.

PARAGUAY

En cuanto al SENAVE, se ha desarrollado un Acuerdo Marco con la República Argentina para la implementación del “Sistema de Mitigación de Riesgo en Cultivos de Cucurbitáceas, en el Departamento de Concepción”.

El SENACSA, ha sido solicitado equivalencia para el programa de reducción de patógenos en carnes rojas a la FSIS de los EEUU.

(iv) Actividades para incrementar la sensibilización sobre la inocuidad y calidad de los alimentos entre los consumidores y otros grupos específicos

BOLIVIA

1) Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras – Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG)

A nivel nacional, el SENASAG tiene desarrollado las siguientes actividades para lograr la sensibilización sobre Inocuidad Alimentaria entre los consumidores y productores:

- Se han llevado a cabo cursos de capacitación en BPMs, HACCP dirigido a empresas procesadoras de alimentos así como a asociaciones de las mismas a nivel nacional.

- Se han realizado cursos de capacitación en BPAs, dirigido a sectores de la cadena primaria.

- Se han desarrollado cursos de capacitación sobre la Reglamentación Oficial de etiquetado de alimentos preenvasados, dirigido a productores y autoridades municipales.

- Se han desarrollado diferentes campañas de difusión a los consumidores a través de documentos impresos (folletos, trípticos, etc), así como por diferentes medios de comunicación.

- Se realizaron talleres de capacitación y difusión en Higiene de los alimentos dirigido a consumidores.

3) Ministerio de Salud y Deportes

Actualmente, el Ministerio de Salud y Deportes, a través de sus Unidades viene desarrollando los Programas de Vigilancia dirigida.

En determinadas épocas del año, donde se consume mayor cantidad de alimentos, se organiza la vigilancia en coordinación con otras Instituciones involucradas en la parte alimentaria, en este tipo de actividades participa el Gobierno Municipal, Organismo de Control del Ministerio de Salud y Deportes y el departamento del Consumidor y derechos del Usuario. En este tipo de vigilancias se establece en las siguientes etapas:

a) Información y comunicación a la población sobre las actividades en las que está iniciando

b) Capacitación sobre manipulación y normativa sobre el alimento correspondiente

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c) Muestreo y análisis sobre los parámetros de riesgo

d) Difusión a la población sobre el estado de los alimentos.

- En coordinación con los Gobiernos Municipales de los diferentes departamentos del país, se organiza capacitaciones sobre Buenas Prácticas de Manufactura dirigidos a todos los vendedores de los mercados.

- Considerando uno de los aspectos de importancia que es la educación y sensibilización a la población, se organiza ferias de alimentos, donde la población tiene la oportunidad de conocer las industrias de alimentos que están registradas, informar sobre la importancia de las Buenas Prácticas de Manufactura e Higiene y sobre la importancia del etiquetado.

- Asesoramiento a los grupos específicos de industrias de alimentos, en lo que se refiere a control de los procesos y mejoramiento de los mismos, en especial a la pequeña industria alimentaria.

BRASIL

MAPA

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Suministro de Alimentos desarrolla actividades diversas para garantizar la calidad y la inocuidad de los alimentos, de las que pueden destacarse las siguientes:

1) certificación de la producción orgánica de alimentos;

2) supervisión de pesticidas;

3) supervisión de productos para uso veterinario;

4) supervisión de insumos para el forraje;

5) inspección de productos sanitarios e industriales, derivados y productos derivados de origen animal;

6) certificación del origen y el movimiento de los insumos y productos agrícolas y rastreo;

7) control del fraude y de la ocultación del origen de los productos agrícolas;

8) determinación de calidad y clasificación de los productos animales;

9) inspección de bebidas, vinagre, café y otros productos de origen vegetal;

10) supervisión de las actividades con organismos modificados genéticamente;

11) control de calidad para garantizar la conformidad, la seguridad y la inocuidad de los productos de origen animal;

12) control de calidad para garantizar la conformidad, la seguridad y la inocuidad de los productos de origen vegetal;

13) control de contaminantes y residuos en las hortalizas y sus productos;

14) normalización y clasificación de los productos vegetales.

ANVISA

Como coordinadora del Sistema Nacional de Vigilancia Sanitaria, Anvisa es responsable, entre otras cosas, de preparar y publicar los materiales de comunicación para los consumidores y grupos específicos, como manuales, carteles, carpetas y libros relacionados con el ámbito alimentario.

Algunos ejemplos de estas publicaciones son: buenas prácticas alimentarias, orientación para los consumidores y sobre el etiquetado de alimentos, comercialización de pescado en salazón y pescado seco en salazón, traducción de textos del Comité del Codex Alimentarius sobre Higiene de los Alimentos y la traducción de las 5 claves para alimentos más inocuos. Estos textos están disponibles en el sitio Anvisa: http://portal.anvisa.gov.br/wps/portal/anvisa/home/alimentos

COLOMBIA

SECRETARIA GENERAL COMITÉ NACIONAL DEL CODEX ALIMENTARIUS

Como parte de sus constantes esfuerzos por mejorar la calidad de vida de los colombianos, el Comité Nacional del Codex ha fomentado las investigaciones y debates científicos relacionados con los alimentos, mediante el desarrollo de diferentes eventos y seminarios sobre el Codex Alimentarius, entre ellos los siguientes:

1. Seminario Internacional “El Codex Alimentarius en la Inocuidad de la Industria de Alimentos: Aditivos, Contaminantes y Antimicrobianos”, el cual, se llevo a cabo el jueves 22 de abril del 2010.

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Objetivos

- Dar a conocer los avances en la seguridad de los aditivos alimentarios así como en el manejo de los contaminantes y de la resistencia a los antimicrobianos en la inocuidad y el comercio de los alimentos en el Marco del Codex Alimentarius.

- Difundir y fortalecer la importancia de las actividades y funciones del Comité Nacional del Codex en su rol de órgano asesor del Gobierno Nacional en el estudio de las políticas y normas sobre alimentos.

2. Charlas informativas sobre la estructura del Comité Nacional del Codex y operatividad de los diferentes Subcomités Técnicos Nacionales del Codex.

3. Diseño y elaboración de la Cartilla informativa del Comité Nacional del Codex – Colombia.

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS - INVIMA

Actualmente se cuenta con un proceso de capacitación y asistencia técnica, el cual va dirigido a usuarios externos del Instituto como a entidades de vigilancia y control, que pretende brindar información sobre los requisitos sanitarios en el sector de alimentos.

También se cuenta con una agenda gremial, cuyo objetivo es conocer las necesidades de orden sanitario de un sector en particular, a fin de impulsar este segmento en términos de inocuidad y calidad, a través del establecimiento de la necesidad de un reglamento nuevo o actualizado, capacitación para el industrial, actividades de vigilancia y control por situaciones especificas, entre otros.

Por otra parte, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA ha publicado diferentes documentos como son el ABC de la Panela, ABC de la Carne y el ABC de Alimentos Derivados de Organismos Genéticamente Modificados - OGM, que sirven de guía tanto para los fabricantes de este tipo de alimentos como para los consumidores.

Otro mecanismo empleado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA, es la publicación en su página Web www.invima.gov.co (como método de comunicación del riesgo a la comunidad) de comunicados de prensa y alertas, en los que se brinda información y orientación frente a diferentes situaciones sanitarias.

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO – ICA

Dentro de las actividades para mejorar la sensibilización en la inocuidad y calidad de los alimentos en la producción primaria, el Ica viene adelantando eventos de transferencia de tecnología a través la metodología Escuelas de Campo para Ganaderos (ECAS), metodología de educación no formal usada en la formación de capacidades en los adultos, basada en experiencias vivenciales de aprendizaje y que permite la apropiación de las Buenas Prácticas Ganaderas tanto para productores ganaderos como técnicos de campo encargados de los programas de extensión rural a través de la comprensión de los referentes normativos sanitarios y de inocuidad.

METODOLOGÍAS ESCUELAS  DE CAMPO

ECAS 2009 LUGAR FECHA CAPACITADOS

BOVINOS CARNE MONTERIA (CORDOBA) FEBRERO 30 TÉCNICOS FEDEGAN Y SINIGAN

BOVINOS CARNE MONTERIA (CORDOBA) ABRIL 30 PRODUCTORES

BOVINOS CARNE VALEDUPAR (CESAR) JUNIO 30 PRODUCTORES

BOVINOS LECHE FACATATIVA (C/MARCA) JULIO 30 PRODUCTORES

BOVINOS LECHE CIUDAD BOLIVAR (C/MARCA) AGOSTO 25  PRODUCTORES

TOTAL CAPACITADOS: 145

ECAS 2009 LUGAR FECHA CAPACITADOS

PORCINAS MOSQUERA (C/MARCA) MARZO 20 TÉCNICOS

PORCINAS TIBIRITA (C/MARCA) JUNIO 18 PORCICULTORES

PORCINAS BARRANQUILLA (ATLÁNTICO) NOVIEMBRE 19 PORCICULTORES

PORCINAS NEIVA (HUILA) NOVIEMBRE 21 PORCICULTORES

PORCINAS MONTERIA (CORDOBA) DICIEMBRE 20 PORCICULTORES

TOTAL CAPACITADOS: 98

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METODOLOGÍAS ESCUELAS  DE CAMPO

ECAS 2010 LUGAR FECHA CAPACITADOS

PORCINAS DON MATIAS (ANTIOQUIA) MARZO 20 TÉCNICOS AGROCERDOS

TOTAL CAPACITADOS: 20

ECAS 2010 LUGAR FECHA CAPACITADOS

BOVINOS CARNE GIRARDOT (C/MARCA) MARZO 21 TÉCNICOS ASOCEBÚ

BOVINOS CARNE GUATAVITA (C/MARACA) ABRIL 24 PRODUCTORES

BOVINOS CARNE LA DORADA(CESAR) ABRIL 19 PRODUCTORES

BOVINOS LECHE SAN PEDRO (ANTIQUIA) JULIO 30 PRODUCTORES

BOVINOS LECHE GIRADOT (C/MARCA) AGOSTO 25  PRODUCTORES

BUFALINOS LECHE MONTERIA (CORDOBA) SEPTIEMBRE 16 TÉCNICOS Y PRODUCTORES 

TOTAL CAPACITADOS: 135

- Publicaciones de folletos y cartillas informativas sobre el ámbito y alcance de de las resoluciones de buenas prácticas

ganaderas (2340) y buenas practicas porcinas (2641), así como la socializaciones del decreto ley 616. - Actualmente se encuentran certificados 140 predios en buenas prácticas ganaderas y en buenas prácticas porcícolas. - En cuanto a BPA (Buenas Prácticas Agrícolas), se inician actividades de socialización a los productores en los departamentos

de Boyacá y Cundinamarca. - Proyecto COLCIENCIAS determinación de los efectos en la salud y el medio ambiente por el uso de plaguicidas en el cultivo

de tomate en zonas productoras de Colombia en el marco de un sistema productivo sostenible.-departamento de Caldas-municipio de la Merced).

- Talleres encaminados a sensibilizar la producción e inocuidad agrícola (ANDI, SAC, SENA, ICA). - Preparación de un Plan Nacional de Residuos en alimentos de origen vegetal en la producción primaria. MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

- El MADR adelantó 8 jornadas para incentivar el consumo de frutas y hortalizas frescas con la campaña “5 al día”.

- En 2010 el MADR desarrollará contenidos en Video Clips y un comercial de 1 minuto acerca de la importancia del consumo de productos limpios.

CONFEDERACIÓN COLOMBIANA DE CONSUMIDORES

- La Confederación Colombiana de Consumidores, recomienda que de manera conjunta con el Comité Nacional del Codex, se elabore un programa de información a los consumidores sobre la calidad e inocuidad que deben poseer los alimentos que se expenden para consumo humano. El consumidor en general desconoce, por falta de información, el derecho que tiene para exigir la idoneidad, la calidad y la inocuidad de los productos alimenticios que consume.

COSTA RICA

Para incrementar la sensibilización entre los consumidores y otros grupos específicos sobre inocuidad y calidad, en Costa Rica se han realizado desde el año 2006 una serie de actividades entre las que citamos:

- Marzo 26 y 27 de octubre de 2006 – Seminario Nacional sobre Rastreabilidad de Productos Alimenticios.

- 31 de octubre y 1 de noviembre de 2007– Taller práctico sobre preparación de alimentos de calidad en condiciones inocuas, en San Carlos.

- 13 de marzo de 2008 – Taller de Coordinación de los Subcomités Nacionales del Codex.

- 5 y 6 de junio de 2008 – Seminario Centroamericano sobre Contaminantes en los Alimentos.

- 20 de agosto de 2008 – Seminario sobre Inocuidad de los Alimentos en Zonas Turísticas, en Guanacaste.

- 2 y 16 Marzo de 2009 – Capacitación sobre Etiquetado de alimentos preenvasados.

- Octubre del 2009 - Trabajo en grupos intersectoriales para diagnosticar el sistema del control de los alimentos.

- 5 y 6 Diciembre 2009 – Taller del Sistema Nacional para la Inocuidad de los Alimentos.

- 22 abril 2010 – Conferencia de prensa para la firma de la Política Nacional de Inocuidad de los Alimentos.

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- 29 abril 2010 – Seminario del Codex Alimentarius y la importancia de una política de inocuidad.

- 27 de mayo 2010 - Capacitación en el uso del Sistema Digital del Codex.

- 3 de junio de 2010 - Lanzamiento del Sistema Digital del Codex.

Se han hecho varios programas radiales para dar a conocer que es el Codex y los beneficios que le ha dado al país.

Se ha capacitado con charlas de inducción a funcionarios públicos y privados sobre el funcionamiento del Codex en el país, además se han dado charlas a instituciones específicas y cabe destacar que para el año 2009 se capacitaron a más de 400 personas en diversos temas del Codex.

En este mismo sentido en el país existen programas de capacitación con el objeto de sensibilizar a la población en el tema, a continuación señalamos algunos:

o A través Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) se cuenta con un Programa educativo en inocuidad para niños de 8-11 años, que cuenta con un Manual entrenamiento para profesores, además demostración de experimentos y actividades y un video interactivo.

o El Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) cuenta con programas educativos en inocuidad alimentaria, como son; Inspección de Inocuidad Alimentaría “IAPM 157” y Gestor/a de de Inocuidad.

o El Consejo Nacional de la producción (CNP) se capacita a las agro empresas en temas concernientes a la Gestión de Calidad e Inocuidad de los productos agropecuarios, así como de los sistemas normativos, forma profesionales, jefes de planta, gerentes o personal de planta de la agro empresa como impulsor y conocedor de Sistemas Integrales de Calidad e Inocuidad en su empresa. Además cuenta con una “Guía de Procedimientos, Requisitos y Especificaciones para la Aplicación y Certificación de Buenas Practicas Agrícolas en los Procesos de Producción de Frutas y Hortalizas Frescas”.

o El Consejo Nacional de Producción (CNP)está trabajando en el desarrollo de un Proyecto presentado por FAO que tiene como objetivo Mejorar la competitividad de las Ferias del Agricultor, mediante el desarrollo de capacidades que permitan cumplir con las normas sobre la calidad e inocuidad alimentaria, infraestructura y comercialización, como forma de expresión social, cultural y comercial de los habitantes de la zona de influencia del proyecto.

o El Servicio Fitosanitario del Estado cuenta con los siguientes manuales:

− Manual de BPA de la producción de piña y curso sobre BPA en piña,

− En Tomate: Se creó y se dispone de un video de la norma de calidad de tomate para consumo en fresco, lo cual ayuda a clasificar y manejar el producto eficientemente y más inocuo, favoreciendo, tanto al productor como al comercializad.

− En arroz: Asistencia técnica al productor en Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), Manejo de Alta Productividad (MAP) y Manejo Integrado del Cultivo. Control de calidad de arroz nacional e importado y la ejecución de proyectos de investigación poscosecha en temas diversos, por ejemplo en el grado de pilado vs tiempo de pilado.

o El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) establece el “Sello SENASA de Sanidad y Calidad”, como instrumento para propiciar el reconocimiento por parte de esta Autoridad, de aquellos actores productivos en las etapas de producción, industrialización y comercialización que se encuentran comprometidos con el cumplimiento de la normativa general emitida en materia de sanidad, calidad, gestión ambiental y procesos de mejora continua.

o El Consejo Técnico Consultivo Nacional de Salud Animal (CONASA), es un consejo consultivo-asesor del SENASA, conformado principalmente por el sector privado, que .

REPUBLICA DOMINICANA

El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), que es la instancia oficial para la protección de los consumidores dominicanos, realiza varios tipos de actividades que dan como resultado la sensibilización de proveedores y consumidores en relación a la inocuidad y calidad de los alimentos.

El Departamento de Inspección y Vigilancia cuenta con un grupo de Promotores de Buenas Prácticas Comerciales (BPC) que diariamente visitan los establecimientos minoristas (colmados); entre sus funciones está la de asesorar a los empresarios y sus empleados en la aplicación de las Buenas Prácticas de Higiene, a fin de que los alimentos que expenden sean almacenados y manipulados adecuadamente. El programa ha dado resultados tangibles, ya que se le da seguimiento al reporte de no conformidades que se hace de cada establecimiento, a fin de documentar el progreso en las condiciones higiénicas de la oferta de alimentos.

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Asimismo se tiene una División de Inspección de Productos y Control de Calidad cuya función principal es realizar actividades de inspección y verificación de las condiciones de higiene y calidad, tanto de los establecimientos como de los alimentos comercializados en el país; estas actividades se realizan en base a denuncias y/o de manera oficiosa; los resultados de estas acciones han sido satisfactorios ya que las no conformidades encontradas en las inspecciones han generado la toma de acciones correctivas que evidencian mejoras en los establecimientos visitados a la fecha, a los que se le continua monitoreando periódicamente.

La Dirección Ejecutiva aprovecha sus intervenciones en los medios de comunicación para aconsejar a la población sobre las prácticas higiénicas y nutricionales adecuadas en relación al consumo de alimentos.

Ejecución del Proyecto Regional FAO TCP/LR/3213.

Actividades de Capacitación y Promoción. Edición de manuales.

PANAMA

o El Departamento de Protección de Alimentos del Ministerio de Salud cuenta con una escuela de Manipuladores de Alimentos

o Los representantes de las instituciones de control de los alimentos ante el Comité Nacional del Codex dentro de su participación en actividades, seminarios y reuniones que participan sensibilizan sobre la importancia en los temas Codex sobre inocuidad y calidad de los alimentos.

o Dentro del Ministerio de Desarrollo Agropecuario en la Dirección Nacional de Sanidad Vegetal cuenta con una sección de Inocuidad de Alimentos y un Departamento de Agroquímicos.

o Programas de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco Tours) temas de interés a los consumidores y charlas a los puntos de distribución y fabricantes de alimentos sobre normativas existentes.

o Apoyo en la formación de estudiantes universitarios y educación media en el conocimiento de los mecanismos existentes para el control de a inocuidad de los alimentos (Análisis de los laboratorios) por parte de las universidades.

PARAGUAY

El Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición realiza charlas informativas con representantes de industrias de alimentos de modo a resaltar la importancia de la implementación de las Buenas Prácticas de Fabricación en todo el proceso de elaboración de alimentos de modo que al consumidor final llegue un producto inocuo y de calidad. En este sentido se recalca a las empresas la necesidad de conocer las reglamentaciones en el área de alimentos con el fin de facilitar la producción y el comercio de alimentos que cumplan con lo establecido en las reglamentaciones nacionales e internacionales en las cuales se basan las autoridades encargadas del control de alimentos velando por la seguridad alimentaria.

Asimismo el INAN acompaña a las diferentes actividades emprendidas por el Ministerio de Industria y Comercio - Dirección de Defensa del Consumidor, relacionadas con campañas de sensibilización resaltando la importancia de la inocuidad y calidad de los alimentos.

Desarrollo de programas de capacitación a productores, empresas, responsables técnicos en el ámbito de las Buenas Prácticas Agrícolas (BPAs) y LMRs.

Se realizan programas para control : de patios de comidas, cocinas de mercados zonales, cantinas de centros educativos, locales que elaboran y expenden alimentos y en caso de Brotes de ETA se investiga y se controla los locales donde se produjo la intoxicación con relevamientos de datos de los síntomas de las personas afectadas. Cada programa va acompañado con análisis laboratoriales.

(v) Otras informaciones de interés

BRASIL

Promover el mejoramiento de la gestión y apoyar la descentralización de actividades dentro del sistema nacional de supervisión sanitaria, anvisa promueve cursos relacionados con la legislación recientemente publicada, así como las buenas prácticas de manufactura farmacéutica y gestión de riesgos en los alimentos. El desarrollo de capacidades también es reforzado gracias a la participación en congresos relacionados con la microbiología, micotoxinas, toxicología, análisis de los alimentos, control y prevención del mal de chagas a través de transmisión oral, además de inspecciones conjuntas con las autoridades locales de supervisión sanitaria.

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COLOMBIA

• Fortalecimiento del grupo que atiende el Punto de Contacto con la Organización Mundial del Comercio-OMC para los acuerdos sobre Obstáculos Técnicos al Comercio-OTC y Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias-MSF. Fortalecimiento del grupo que atiende el Punto de Contacto para el Acuerdo MSF. El grupo anterior es de gran importancia porque en él se inicia el proceso de análisis de notificaciones de los proyectos de MSF, así como de reglamentos técnicos que los Países Miembros de la OMC proyectan establecer y que se pueden convertir en obstáculos técnicos innecesarios al comercio.

• Adecuación y fortalecimiento institucional del Sistema MSF Nacional: Fortalecimiento y desarrollo de sistemas de información. El Ministerio de Comercio Industria y Turismo, quien tiene bajo su responsabilidad el sistema de información para los acuerdos sobre OTC y MSF de la OMC, de conformidad con el documento CONPES 3446 sobre “Lineamientos para una Política Nacional de la Calidad del 30 de Octubre de 2006, logro poner en funcionamiento el sistema de información nacional de alerta exportadora sobre reglamentos técnicos, que es el sistema de notificación para consulta nacional e internacional de medidas sanitarias permitiendo un desarrollo eficiente para la participación del país en las consultas internacionales que en materia MSF se proponen.

• Los gremios del sector realizan jornadas de campo con miras a que los productores agrícolas sigan las recomendaciones técnicas de uso de los plaguicidas.

• El Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA desarrolla un programa de implementación de Buenas Practicas Agricolas, con el fin de fortalecer el tema de la inocuidad alimentaria.

COSTA RICA

Se ha solicitado incorporar en el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno, el establecimiento de un Sistema Nacional de Inocuidad de los Alimentos basado en el modelo de consenso intersectorial. Entre sus acciones estratégicas se encuentran:

o Contar con un Sistema de Inocuidad de los Alimentos integral y eficiente. o Se cuenta con un plan de acción consensuado a nivel nacional, conocido y aprobado por el Consejo Nacional para la Calidad

(CONAC) en la sesión ordinaria Nº 002-2009 del 10 de diciembre del 2009. o Se cuenta con el Decreto de la Política Nacional de Inocuidad de los Alimentos. o Disponer de una gestión de control nacional de alimentos coordinada, que incluya las funciones de liderazgo y las estructuras

administrativas existentes, o Modernizar el marco regulador vigente, a fin de solventar traslapes, vacíos, o excesos de regulación e implementar las

propuestas de mejora. o Fortalecer la inspección y verificación de alimentos de una manera más robusta y coordinada entre las instituciones

competentes. o Fortalecer la capacidad instalada de los laboratorios acreditados y además desarrollar la infraestructura necesaria. o Implementar un sistema de información con indicadores de inocuidad y campañas educativas. A nivel latinoamericano la Oficina Regional de la FAO para América Latina y el Caribe acordó apoyar financieramente a los países de la región ante la necesidad de fortalecer y definir una política de inocuidad a nivel de instancias públicas y privadas en los países de la región. Costa Rica mediante la firma de una carta de entendimiento se adhirió a dicho proyecto regional sobre inocuidad de los alimentos con la FAO denominado “Fortalecimiento de los Sistemas Nacionales del Control de los Alimentos”.

REPUBLICA DOMINICANA

Existe un ente de coordinación interinstitucional como el Comité Nacional del Codex Alimentarius (CONCA).

Comité Nacional de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (CNMSF).

Red Dominicana de Laboratorios de Alimentos (RELAD).

PANAMA

Se cuenta con el desarrollo de un Proyecto interinstitucional sobre Monitoreo rápido de residuos de plaguicidas en frutas y vegetales de consumo nacional dirigido a los consumidores y a la implementación de Buenas Prácticas Agrícolas con el apoyo del gobierno de Taiwan (MITET).

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PARAGUAY

Actualmente el INAN se halla abocado a fortalecer la sensibilización sobre la inocuidad y seguridad alimentaria a los consumidores en el interior del país realizando charlas informativas.

Creación del Sistema Paraguayo de Inocuidad Alimentaria (SIPAIA), coordinado por el IICA en la cual se tiene como objetivo establecer las competencias de las instituciones públicas, nacionales y municipales, con miras a precautelar la salud pública y facilitar el comercio de alimentos inocuos, con las capacidades institucionales para atender integralmente la cadena alimentaria.

(vi) Experiencias positivas o deficiencias identificadas en el sistema nacional de control de alimentos

BOLIVIA

Experiencias Negativas

Hasta la fecha no se ha podido determinar las competencias relativas a la otorgación del Registro Sanitario que tanto SENASAG como Ministerio de Salud y Deportes otorgan a las empresas. Lo que ocasiona una dualidad de funciones entre estas dos organizaciones, obligando en muchos casos a productores y comercializadores a optar por los dos registros incurriendo a un doble gasto.

Experiencia positiva

Las vigilancias dirigidas que se organizan, mejoran, impulsan y concientizan no sólo a la población sino a los productores de alimentos, ya que se tiene establecido las siguientes fases:

a) Información y comunicación a la población sobre las actividades en las que está iniciando

b) Capacitación sobre manipulación y normativa sobre el alimento correspondiente

c) Muestreo y análisis sobre los parámetros de riesgo

d) Difusión a la población sobre el estado de los alimentos.

Esto ayuda de sobremanera ya que permite que los productores adquieran conciencia sobre la importancia de elaborar requisitos en base a la normativa correspondiente, a la población para que conozca los productos que están autorizados y sus implicancias sobre la salud y los Organismos de Control para llevar adelante un control más minucioso y continuo.

BRASIL

Experiencias positivas:

Reconocer la necesidad de una coordinación más cercana entre el gobierno, la industria alimenticia, la comunidad científica, y la sociedad civil organizada. Anvisa creó la Cámara Sectorial de Alimentos (CSA), un organismo consultivo que juega un papel clave en garantizar la transparencia e integración de los procedimientos para controlar la producción de alimentos. La CSA tiene un calendario anual de reuniones regulares, y sus miembros pueden convenir reuniones especiales como lo consideren necesario. Al formular la agenda de la CSA se incluyen los puntos propuestos por los miembros; actualmente, los puntos que han Ganado terreno son aquellos donde hay clara división entre los participantes involucrados, o los problemas sanitarios cuya solución requiere la acción conjunta por parte de los sectores social, productivo y de gobierno.

Otra experiencia positiva es la desregularización del registro alimentario. La desregularización del registro ayuda a reducir la carga de trabajo excesiva de actividades para el control del mercadeo.

Dentro de la supervisión sanitaria de los alimentos, la consolidación de un modelo de gestión enfocado en el resultado necesariamente abarca la incorporación de herramientas que proporcionan evidencias científicas como un paso ordinario en el proceso para la toma de decisiones. Las herramientas recomendadas internacionalmente incluyen Revisiones Sistemáticas, Meta-Análisis y Análisis de Riesgos. Para cumplir estos requisitos, Anvisa, en cooperación con la Organización Panamericana de la Salud (PAHO, por sus siglas en inglés), capacitó, durante el periodo de 2008 y 2009, a todos los organismos de supervisión sanitaria de cada Estado y sus laboratorios sanitarios públicos. Además, para mejorar las prácticas sanitarias y la búsqueda de la eficiencia de las medidas de intervención, se organizaron talleres sobre Gestión del Riesgo y Comunicación de Riesgo en los Alimentos. Como resultado, se prepararon las guías para la Gestión de Riesgos de Salud en los Alimentos, disponibles en:

http://portal.anvisa.gov.br/wps/portal/anvisa/home/alimentos.

Deficiencias: la coordinación del sistema nacional de supervisión sanitaria (snss) es una tarea desafiante, considerando el tamaño del país, su diversidad socio-económica, y los hábitos diversos de la población, así como las prácticas culturales. Además, las autoridades competentes están buscando mejorar la capacidad analítica de los laboratorios oficiales.

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COLOMBIA

Experiencias positivas

• Modelo conceptual, técnico y operativo para la vigilancia en salud pública y vigilancia sanitaria de los alimentos, en el marco de Medias Sanitarias y Fitosanitarias – MSF.

• Diseño del Sistema de información de Alimentos.

• El Instituto Colombiano Agropecuario-ICA realiza muestreos anuales en total 4 al año con el fin de verificar la calidad de los alimentos concentrados comercializados así como de los medicamentos.

• Desarrollo de proyectos de investigación encaminados a la implementación de las BPA, con la responsabilidad de varias entidades. proyecto: Determinación de los efectos en la salud y el medio ambiente por el uso de plaguicidas en el cultivo de tomate en zonas productoras de Colombia en el marco de un sistema productivo sostenible.

• Proyecto UE-CAN-FAT Etiquetado y Vigilancia del Mercado (Incluye la elaboración de la guía del mercado, sistema de información de alimentos y proyecto de reglamento técnico sobre rotulado de alimentos).

• Implementación del sistema de información del Punto de Contacto de la OMC.

• Creación de la Comisión Nacional Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias – MSF:

En el año 2005 el Gobierno Nacional a través de los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo, Agricultura, Protección Social, Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en conjunto con sus entidades adscritas y bajo la coordinación del Departamento Nacional de Planeación, estableció la Política Nacional para organizar el Sistema de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias -MSF, con el fin de garantizar la inocuidad y sanidad de los productos agroalimentarios que se producen en el país y dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo MSF y algunos apartes del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC.

Esta Política que establece el marco general del Sistema MSF se encuentra en el documento Conpes 3375 de 2005 y de la misma se han venido derivando otras políticas sanitarias para diferentes cadenas (carne bovina y leche, frutas y vegetales, porcícola, avícola), actualmente está en proceso de aprobación la correspondiente a los laboratorios del sistema.

Los lineamientos generales contienen estrategias dirigidas al cumplimiento del mandato de la OMC que determina que los sistemas MSF nacionales deben estar basados en Análisis de Riesgos, para lo cual las acciones que se han venido desarrollando a lo largo de estos años están dirigidas a: adecuación y fortalecimiento institucional de las entidades involucradas, mejoramiento de la capacidad operativa, técnica y científica, gestión de la admisibilidad sanitaria a nivel internacional, y plan de transición.

Con el fin de integrar el Sistema MSF, a través de la armonización de las políticas sectoriales pertinentes, y coordinar las acciones correspondientes entre los ministerios y entidades involucradas, se propuso en el Conpes 3375 el establecimiento de la Comisión Nacional Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, que estará integrada por los Ministros de Agricultura y Desarrollo Rural; Protección Social; Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Comercio, Industria y Turismo, y por el Departamento Nacional de Planeación, el cual ejercerá la Secretaría Técnica del mismo a través de la Dirección de Desarrollo Rural Sostenible. Esta Comisión fue creada mediante el decreto 2833 de 2006.

Adicionalmente y en cumplimiento de lo establecido en la Política, se creó un Comité Técnico MSF que está conformado por varias Direcciones Técnicas de los Ministerios y se reúnen esporádicamente para tratar temas específicos que requieran rápida intervención.

• Creación de la Unidad de Evaluación de Riesgo para la Inocuidad de los Alimentos (UERIA) en el Instituto Nacional de Salud y su participación en el Comité Nacional del Codex Alimentarius. En 2009, se creó la UERIA como un grupo técnico – científico encargado de realizar las evaluaciones de riesgo relacionadas con la inocuidad de los alimentos en el País, con el propósito de que sean utilizadas como soporte para el desarrollo del Sistema de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) del País y la expedición de las medidas pertinentes. La UERIA participa actualmente en el CNC apoyando el Subcomité de Higiene de los Alimentos y Grupo de Acción Intergubernamental Especial del Codex sobre la Resistencia a los Antimicrobianos. Actualmente desarrolla tres estudios de evaluación de riesgo en: Listeria monocytogenes en queso fresco, Staphylococcus aureus coagulasa positiva en alimentos preparados para consumo humano y leche cruda.

• Desarrollo del Proyecto de cooperación UE/Col “Asistencia Técnica al Comercio Exterior en Colombia”. El proyecto busca ayudar para que las exportaciones colombianas cumplan con los requisitos internacionales exigidos para el ingreso a otros mercados, a través del fortalecimiento de las capacidades de las instituciones publicas del sistema de comercio exterior y el sector privado, para que adopten mejores practicas para cumplir con requisitos internacionales de exportación, así como contar con una institucionalidad adecuada y unos funcionarios capacitados en l utilización de los principales instrumentos que facilitan los flujos comerciales entre Colombia y el resto del mundo.

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Este Proyecto está estructurado para el cumplimiento de dos resultados principales. Uno de ellos está orientado a reducir el impacto de las barreras arancelarias sobre las exportaciones colombianas, a través de actividades de asistencia técnica, mejorarando la capacidad técnica institucional que apoya al sector productivo y en especial a las Mipymes en el cumplimiento de los requisitos técnicos para exportar. En esta medida, se han identificado cuatro áreas claves en las cuales se implementarán acciones:

• Se complementarán las acciones en análisis de riesgo diseñadas por el Gobierno de Colombia para el cumplimiento de las medidas sanitarias y fitosanitarias con el fin de mejorar el estatus sanitario de la producción agroalimentaria de exportación del país.

• Se fortalecerá la capacidad analítica y metrológica a nivel nacional, con el objetivo de buscar reconocimiento internacional de las pruebas y mediciones que se realizan en el país, lo que redundará en menores costos para las empresas exportadoras.

• Se definirán e implementarán medidas para entrenar a las instituciones técnicas nacionales y al sector empresarial en especial a las Mipymes en el cumplimiento de requisitos técnicos al comercio tales como etiquetado, envasado, sellos y otros procedimientos exigidos por los mercados internacionales. En términos generales se fortalecerá el subsistema nacional de la calidad con el objetivo de mejorar los servicios que este ofrece al sector productivo y a las Mipymes.

• Se implementarán medidas para mejorar la responsabilidad social organizacional por parte de las empresas con particular énfasis en las Mipymes, con el objetivo de evitar que asuntos ambientales y/o laborales puedan convertirse en barreras técnicas al comercio.

− Se considera como experiencia positiva la Acreditación en el 2010 de los Laboratorios de Fisicoquímico de Alimentos y Bebidas y de Microbiología de Alimentos del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA, bajo la norma técnica de calidad NTC ISO/IEC 17025: 2005 de “requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración”. Desde estos Laboratorios se lideran las actividades nacionales de control de inocuidad mediante el análisis de alimentos y bebidas alcohólicas de interés en salud pública.

A continuación se describen las metodologías acreditadas: Laboratorio de Microbiología de Alimentos.

Laboratorio de Microbiología de Alimentos

PRODUCTO O MATERIAL A ENSAYAR

TIPO DE ENSAYO, PROPIEDADES MEDIBLES, RANGO DE MEDIDA

NORMA TÉCNICA O ESPECIFICACIÓN UTILIZADA

Alimentos Recuento de Microorganismos aerobios mesófilos.

Rango de lectura de 30 a 300 Unidades Formadoras de Colonia (UFC/ml o UFC/g)

ISO 4833:2003 (E) Microbiology of food and animal feeding stuffs – Horizontal method for the enumeration of microorganisms – Colony – count technique at 30º C

Carnes y derivados cárnicos, huevo, pollo

Detección de Listeria Monocytogenes en carnes y derivados cárnicos, huevos, pollo

Food Drug Administration – BAM 2003

Alimentos Detección de Listeria Monocytogenes en Alimentos

US FDA – CFSAN BAM – Bacteriological Analytical Manual on line April 2003 Chapter 10 – Listeria monocytogenes.

Alimentos Recuento de Estafilococo coagulasa positiva

EN ISO 6888 – 1: 1999 Microbiology of food and animal feeding stuffs-Horizontal method for the enumeration of coagulase – positive staphylococci (Staphylococcus aureus and other species) Part. 1: Technique using Baird – Parker agar medium

Alimentos Recuento de Bacillus cereus. ISO 7932 : 2004 (E) Microbilogy of Food and animal stuffs – Horizontal method for the enumeration of presumptive Bacillus – Colony – Count Technique at 30º C

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Laboratorio Fisicoquímico de Alimentos y Bebidas

PRODUCTO O MATERIAL A ENSAYAR

TIPO DE ENSAYO, PROPIEDADES MEDIBLES,

RANGO DE MEDIDA

NORMA TÉCNICA O ESPECIFICACIÓN

UTILIZADA

Análisis por HPLC.

Determinación de conservantes (ácido sórbico y benzoico) en jugos.

Determinación de plaguicidas organoclorados en productos de la pesca y agricultura (camarón) con contenido graso menor del 2%

Análisis fisicoquímico de productos cárnicos.

Determinación de nitrógeno total.

Análisis fisicoquímico de harina de trigo fortificada.

determinación de hierro

Análisis fisicoquímico de productos de la pesca determinación de histamina en atún.

Análisis por PHLC: Determinación de cafeína en bebidas energizantes

Cromatografía líquida de alta eficiencia absorbancia rango de medida 0.0 a 2000 mg/kg

Cromatografía de gases-microcaptura electrónica rango de medida 0.0002-0.002 – 0.051 mg/kg

Volumetría % de nitrógeno total

rango de medida: 0.8–8.0%

Espectrofotometría- UV visible absorbancia rango de medida: 0.0 a 200.0 mg/kg

Fluorometría fluorescencia rango de medida: 0.0 a 150 mg/kg

Cromatografía líquida de alta eficiencia absorbancia rango de medida: 0.0 - 500 mg/L

J. Assoc. Off. Anal. Chem. (VOL 68, Nº 3, 1985)

U .S. Food and Drug Administration, Pesticide Analytical Manual,

Vol 1, 3er Ed, Section 303 E1, C1 (1994)

AOAC 981.10 18ª. Edición 2005

AOAC 994.02. 18ª. Edición 2005

AOAC 977.13 Edición 2005

AOAC 979.08 Edición 2005

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA, se ha preocupado por fortalecer tecnológica y científicamente al Laboratorio de Alimentos, de tal forma que se han adquirido equipos instrumentales de tecnología de punta para análisis de Residuos Químicos y Contaminantes en Alimentos, apuntando al control en materia de inocuidad alimentaria, de tal forma que se responda a las necesidades nacionales e internacionales.

Por otra parte, con la expedición de la Ley 1122 de 2007 se consolida el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA como la única la autoridad sanitaria para la inspección de la producción de alimentos, incluida aquella que se realiza para importación y exportación de alimentos y la habilitación de establecimientos autorizados para exportar a Colombia carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos, logrando que la comunidad internacional incluidas las diferentes autoridades sanitarias, reconozcan el papel del Instituto en la verificación de la inocuidad de los alimentos. Así mismo, esto ha permitido la construcción de las primeras estadísticas nacionales frente a la Inspección, Vigilancia y Control de la fabricación de alimentos.

En la pagina Web del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, www.invima.gov.co en la dirección http://web.invima.gov.co/portal/documents/portal/documents/root/PORTAL%20IVC/SABA/Copia%20de%20CONSOLIDADO%20ESTABLECIMIENTOS%20AUTORZADOS%20P%2006092010%20(2).pdf , se puede consultar el listado de establecimientos habilitados para exportar a Colombia carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos

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Deficiencias identificadas

• Falta de capacitación en algunas técnicas de laboratorios.

• Falta de articulación entre los sistemas de información de las entidades que conforman del Sistema Nacional de Control de Alimentos.

• Carencia de mecanismos de coordinación entre los actores del sistema MSF.

• Baja participación de los consumidores y de la academia en los temas del Codex Alimentarius.

• Falta de capacitación en puertos.

• Entre las dificultades que se han detectado con relación a la legislación colombiana es la vigencia de reglamentos que requieren actualización frente a los avances de la industria y de las disposiciones sanitarias internacionales.

No obstante, con la expedición del Conpes 3375 de 2005, se estableció como política la necesidad de la actualización de la base normativa MSF (Medidas Sanitarias y Fitosanitarias), implicando una evaluación de la normatividad existente y la priorización de las necesidades reglamentarias.

• Otra de las dificultades que se observan, es la capacidad de los Laboratorios de las Entidades Territoriales de Salud realizar análisis de baja complejidad en alimentos y bebidas alcohólicas, de modo que en casos que se requiera dirimir una determinada situación, se acuda al Laboratorio Nacional de Referencia del INVIMA.

• Fallas en la integración de los sistemas de información de las diferentes entidades involucradas en el Sistema Nacional de Control de alimentos.

• Dificultades en la coordinación entre las diferentes instituciones que hacen parte del sistema nacional de control de los alimentos.

COSTA RICA

Dentro del sistema nacional del control de alimentos se han realizado en los últimos diez años una serie de diagnósticos al sistema nacional de control de alimentos en los que se coincidió en una serie de aspectos positivos y deficiencias, entre las principales se tiene:

Fortalezas:

• Existe acuerdo del Consejo Nacional para la Calidad de apoyar el Desarrollo del SNIA.

• Liderazgo del Comité Nacional del Codex en el fortalecimiento de un proceso coordinado para la elaboración de las normas internacionales de alimentos y para la coordinación del proyecto SNIA.

• Hay programas estructurados e infraestructura (CITA, INA, CÁMARAS, empresas privadas, Universidades, etc.).

• Colaboración de instituciones en temas específicos, ejemplos: RILAA, convenios de delegación de funciones.

• Participación conjunta y coordinada en las Negociaciones Regionales de Unión Aduanera Centroamericana (COMEX, MS, MAG, MEIC).

• Proceso de elaboración y actualización de reglamentos técnicos integrado y coordinado a través del ORT.

• Existe recurso humano interesado y capacitado en el tema de IA, que puede potenciarse mediante una mejor coordinación.

• Existen mecanismos para la recaudación de fondos que podrían canalizarse para fortalecer los programas de inocuidad.

• Esfuerzos individuales de mejora en vigilancia del mercado interno (MEIC, SENASA, CNP, SALUD).

• Existencia de Áreas Rectoras de Salud en todo el territorio nacional, lo que podría facilitar el control de la inocuidad de los alimentos y la vigilancia de ETA. Así como de oficinas regionales de los dependencias del MAG que actúan en todo el país.

• Marco Legal actual posee instancias de coordinación:

a) Comisión Ministerial de Inocuidad de los Alimentos (MS Y MAG).

b) Comisión de coordinación Interinstitucional.

c) Comisión de Verificación Conjunta de RT.

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Debilidades:

• No existe una política explícita sobre IA que oriente y dirija el accionar de las entidades competentes.

• Carencia de instancia coordinadora de los esfuerzos de IA (de entes competentes) y de una instancia gerencial que de seguimiento a las actividades de coordinación.

• Ausencia de un sistema de información que integre y estandarice la información sobre IA y alertas de ETAs.

• Baja articulación de esfuerzos en la verificación y control de los alimentos, que genera duplicación de esfuerzos y vacíos.

• Ausencia de estrategia de comunicación y educación sobre IA.

• Marco jurídico contiene competencias concurrentes (traslapes), está des-actualizado y desarticulado en ciertas áreas.

• Escasa asignación de presupuesto específico y poca disponibilidad de recursos humanos y materiales para el trabajo en la gestión del control de alimentos.

• Las regulaciones no se emiten con base en el análisis de riesgo, una debilidad importante considerando que los países desarrollados aplican la herramienta regularmente en los procesos de normalización.

• La fiscalización del cumplimiento de la normativa existente es débil, principalmente a nivel de los alimentos importados y los producidos localmente que se destinan a consumo nacional. Otro escenario se da con los productos de exportación que son estrictamente inspeccionados con el propósito de cumplir con las demandas y normas de los mercados de destino.

• Dificultad para acceder a los servicios de análisis de alimentos e inexistencia de laboratorios propios.

Necesidades detectadas:

• Necesidad de que las instituciones se apoyen entre sí, en la inspección, muestreo y verificación de los productos y subproductos alimenticios y agropecuarios que se comercialicen en el país; a través de la ejecución de un programa permanente de verificación conjunta.

• Mejorar las inspecciones, muestreo y verificaciones, para que se realicen en los mercados, establecimientos comerciales, plazas, ferias del agricultor, centros de acopio o de empaque, territorio aduanero y en medios de transporte con el fin de verificar el cumplimiento del MJ en temas de calidad e inocuidad.

• Un programa de capacitación permanente a todos los actores sobre el marco regulatorio sobre la inocuidad de los alimentos.

• No hay una base de datos nacional que incluya información sobre la inocuidad de los alimentos (legislación, listado de los órganos competentes, evaluaciones de riesgo, alertas, enfermedades transmitidas, entre otra información importante para la toma de decisiones y para el consumidor).

• En la mayoría de los RT no se establece claramente quién va a realizar qué en la implementación.

• En términos generales pareciera que los representantes de las instituciones a cargo de la verificación conjunta no han entendido las ventajas o beneficios de actuar coordinadamente, desperdiciándose así recursos y la oportunidad de imponer sanciones más efectivas ante los incumplimientos.

• Baja cobertura de verificación.

• Falta un concepto país en el tema de inspección y control de los alimentos (se realizan verificaciones individuales).

• Existe necesidad de revisar los RT para determinar la conveniencia desde el punto del consumidor que la base para establecer sea el 100% de calidad.

Acceso a agua y saneamiento.

Al ser el tema del acceso al agua y el saneamiento de las mismas un tema importante en la producción, industrialización, comercialización de alimentos, queríamos resaltar que Costa Rica ha logrado avances considerables en los últimos años en la ampliación del acceso a mejores fuentes de abastecimiento de agua. Según el Laboratorio Nacional de Aguas (Mora, 2007), en 2007 el 98,3% de la población tenía acceso a agua destinada al consumo humano54 (el 94,3% directamente en sus hogares), lo que supone una de las tasas más altas de la región de América Latina y el Caribe55. Aproximadamente el 99% de la población urbana y el 96% de la población rural tienen una conexión directa a la red de abastecimiento de agua (Según OMS/UNICEF (2008) el porcentaje de la población urbana y rural con una conexión directa a mejores fuentes de abastecimiento de agua en la región de América Latina y el Caribe es del 97 y el 73%, respectivamente).

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Los datos estadísticos más recientes demuestran también que se ha producido un avance importante respecto al abastecimiento de agua potable56, con un aumento del promedio nacional desde el 50% en 1991 a un promedio estimado en el 82% en 2007 (Mora, 2007). En 2007, había 2.259 acueductos en Costa Rica, de los cuales 1.227 proporcionaban agua potable a más de 3,5 millones de personas. Por otra parte, 1.032 acueductos suministraban en esa fecha agua no potable a casi 700.000 personas, es decir, el 16,5% de la población.

También el país ha logrado importantes avances en el ámbito del saneamiento. Aproximadamente el 98% de la población rural y urbana tiene acceso a mejores servicios de saneamiento.

En 2006, el promedio de personas con acceso a mejores fuentes de abastecimiento de agua en la región de América Latina y el Caribe era del 92%.

Se cuenta con un Reglamento para la calidad del agua potable que establece las condiciones físico-químicas para poder ser ingerida sin poner en peligro la salud del usuario.

Otros aspectos a reconocer como positivos.

Según el Índice de Comportamiento Ambiental 2008, Costa Rica ocupa el quinto lugar en el mundo con respecto a la protección del medio ambiente. Los avances conseguidos en la protección y gestión de los recursos naturales, incluidas la creación de parques nacionales y la reforestación de zonas dedicadas anteriormente a la agricultura, también han incidido de modo positivo en la protección de las aguas de superficie y las aguas subterráneas. De igual manera se han logrado avances considerables en el aumento del acceso al agua y al saneamiento mejorado. Los resultados obtenidos colocan al país entre los países más avanzados de la región de América Latina y el Caribe. Gracias a esos esfuerzos, es espera poder reducir a la mitad, el porcentaje de personas que carecen de acceso a agua potable y servicios básicos de saneamiento, para el año 2015.

REPUBLICA DOMINICANA

Positivo

La comunicación interinstitucional, la Red de Laboratorios Dominicanos, la elaboración de anteproyectos y reglamentos para actualización del reglamento vigente para el control de los alimentos, reglamento 528-01.

El anteproyecto Dominicano del Sistema de Calidad (SIDOCAL). La integración del sector privado y consumidores.

Deficiencia

No hay una política de inocuidad. No hay un ente ejecutivo de coordinación de los sectores gubernamentales que trabajan con la inocuidad de los

alimentos. . No tenemos la inspección basada en análisis de riegos. Falta de inspectores capacitados en el área. La no acreditación de los laboratorios en ISO 17025.

Experiencias positivas:

Existen experiencias de preinspección en frutas y vegetales frescas de exportación.

La 230, 1era. Revisión 2009, cacao y productos derivados del cacao, cacao en grano.

Requisitos que se usa a nivel regional.

Limitaciones

¿Existen algunas limitaciones en la elaboración o aplicación de la legislación y/o reglamento?

Falta la voluntad política por desconocimiento del impacto de la ETA en la economía y la salud.

Necesidades identificadas

Certificación de los laboratorios en ISO 17025 Capacitación en inspección basada en el riesgo y microbiología pura. Elaboración de una política de inocuidad nacional.

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LIMITACIONES EN RELACIÓN A LA DISPONIBILIDAD DE LABORATORIOS

No se cuenta con laboratorios certificados para la realización de pruebas o análisis validados, asimismo no se dispone de técnicas para la realización de pruebas especiales tales como determinación de dioxinas y furanos en alimentos, análisis de residuos de hormonas en carnes, pruebas de radiactividad en alimentos y agua, entre otros. De igual modo, aunque el país cuenta con los equipos para análisis de residuos de plaguicidas en frutas y vegetales, todavía estas pruebas no se están realizando.

Se requiere además, la adecuación de los laboratorios, tanto de sus instalaciones, del personal técnico, equipos, técnicas, así como de sus sistemas o programas de gestión de calidad.

LIMITACIONES EN RELACIÓN A LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN

En los servicios de inspección debe mejorarse las competencias y capacitación requeridas para este personal, así como modificarse el perfil de los inspectores y/o auditores, de modo que además del aspecto profesional, debe considerarse las habilidades y sobre todo, los valores de dicho personal.

Existen debilidades en las actividades de inspección de las diferentes instituciones responsables de la aplicación de las regulaciones vigentes.

PANAMA

EXPERIENCIAS POSITIVAS:

- Capacitación a través del Ministerio de Salud (DEPA) mediante seminarios de aseguramiento de la calidad (BPM, HACCP) a las cadenas agroalimentarias de exportación.

- Automatización de los servicios de información por parte de la AUPSA y del MIDA para la importación y uso de herramientas tecnológicas en línea.

- Apoyo a los estudiantes universitarios para el desarrollo de sus investigaciones por las autoridades de control de alimentos.

- Los Laboratorios han implementado análisis de grasas trans y vitaminas

Limitaciones:

- La falta de laboratorios acreditados

- La vigilancia en las ETAS

- Necesidad de Implementación de la Red de Laboratorios

- Certificación de los Sistemas de Inspección

PARAGUAY

Los organismos de Inspección de las instituciones oficiales responsables del Control de Alimentos no funcionan en red, sino que operan conforme sus ámbitos de competencia.

El INAN como institución rectora en el área de alimentos ha logrado la Acreditación como Organismo de Inspección según la Norma ISO17020 como asi también el Laboratorio del INAN ha acreditado según la NornaISO17025 .En este sentido, los productos nacionales a ser exportados aumentaran su credibilidad en el mercado internacional y el reconocimiento del INAN como autoridad sanitaria en el control de alimentos se vera fortalecido.

Asimismo se resalta que la institución esta trabajando activamente con el Ministerio de Industria y Comercio en la formalización de las empresas que facilitara el control de los alimentos comercializados en el país.

Como limitación para el proceso efectivo de la actividad de control de alimentos se menciona la poca disponibilidad de Recursos Humanos y otros recursos sean financieros o de equipamientos que dificultan la optimización de la actividad a ser realizada. Se considera importante incentivar el intercambio de experiencia entre países en el área de control de alimentos para aplicar las experiencias positivas en el país.

Cabe resaltar también como una deficiencia, la carencia en nuestra legislación nacional de un “Codigo Alimentario Paraguayo”, que sirva como herramienta básica para mejorar el control de alimentos, teniendo en cuenta que una legislación alimentaria completa y actualizada se constituye en un instrumento fundamental dentro un sistema de control de alimentos.

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(vii) Necesidades identificadas en creación de capacidad para fortalecer el sistema nacional de control de alimentos

BOLIVIA

− Creación de capacidades laboratoriales para la detección de residuos de plaguicidas y residuos de medicamentos veterinarios en alimentos.

− Creación de capacidades para la implementación de un sistema de red de alerta interno y externo.

− Creación de capacidades para la implementación de un sistema de análisis de riesgo en base a las directrices del Codex Alimentarius.

− Fortalecimiento de las capacidades para la detección de otros contaminantes en alimentos (micotoxinas, metales pesados)

− Fortalecimiento en la mejora de los sistemas de aseguramiento de calidad de los resultados analíticos en los laboratorios oficiales.

− Fortalecimiento de las capacidades de inspección y certificación del sistema actual de control y fiscalización de la ia

− Fortalecimiento de capacidades para la implementación de sistemas de aseguramiento de la IA (APPCC)

BRASIL

Los laboratorios son componentes esenciales de un sistema de control de alimentos. Considerando que los laboratorios son costosos en lo que se refiere al mantenimiento y operación, particularmente en países grandes, es necesario ampliar la inversión y planeación para lograr mejores resultados. Así mismo, es importante garantizar mejores calificaciones para los analistas y su acceso al equipo y suministros adecuados.

Otras necesidades de capacidad por parte de Anvisa son:

El incremento de la apreciación y conocimiento sobre la seguridad de los alimentos y problemas de calidad entre los consumidores y sus organizaciones, y el mejoramiento de la capacidad para integrar la ciencia y los procesos para la toma de decisiones.

COLOMBIA

- Capacitación en sistemas de inspección

- Capacitación en inspecciones basadas en el riesgo.

- Interlaboratorios con otras instituciones, con las que se puedan retroalimentar las experiencias en la implementación de metodologías.

- Capacitaciones en Inspección Basada en el Riesgo, Determinación de LMR y Contaminantes, Análisis del Riesgo, Vigilancia Epidemiológica, Toxicología de Alimentos.

- Fortalecimiento de la capacidad de los profesionales para el análisis de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.

- Fortalecimiento de la capacidad técnica del país para generar datos científicos.

- Necesidad de fortalecer a las entidades de control con mayor recurso humano, capacitado y con experiencia en las actividades a desarrollar en reglamentación, inspección y diagnóstico.

- Fortalecimiento de la capacidad analítica en la determinación de agentes contaminantes (plaguicidas, medicamentos, microorganismos) en producción primaria y alimento transformado.

- Capacitación en el tema de la participación de mesas de negociación de los acuerdos MSF.

- Capacitación en el establecimiento de LMR de plaguicidas y de residuos de medicamentos veterinarios.

- Fortalecimiento de la capacidad analítica para la determinación de residuos de plaguicidas y de evaluación de agentes patógenos en alimentos.

- Hace falta fortalecer la participación de los consumidores y la academia en los trabajos del Comité Nacional del Codex.

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COSTA RICA

Se han identificado las siguientes necesidades:

Aún no se cuenta con un inventario detallado de la capacidad instalada para un sistema de control de alimentos, pero sí está realizando una investigación que profundiza en cada uno de los temas de un sistema de control de alimentos como lo son, capacidad de análisis de laboratorios, inspección y verificación en el mercado, gestión en materia de alimentos y marco regulatorio.

Por esta razón a fin de fortalecer el sistema nacional del control y de la inocuidad de los alimentos se planteó como proyecto: Desarrollar un Sistema de Información de Inocuidad de los Alimentos, a fin de establecer un sistema digital que articule la información existente de cada una de las instituciones competentes sobre inocuidad de los alimentos. En el que contenga información nacional actualizada sobre brotes de enfermedades transmitidas por alimentos y muertes ocasionadas por las mismas, donde se cuente con los datos estadísticos que le permitan al país mejorar la gestión del control de los alimentos.

REPUBLICA DOMINICANA

Asistencia técnica en programas actualizados de inspección, así como programas para reforzar la capacitación del personal involucrado en las diferentes actividades de regulación e inspección, así como en programas para la certificación de .laboratorios de ensayo y de calibración de equipos de control y de medición.

PANAMA

Formación de capacidades en análisis de riesgo.

PARAGUAY

Armonizar la normativa de las instituciones competentes en el área de Inocuidad de Alimentos.

Se precisaría para la elaboración del “Código Alimentario Paraguayo” asistencia técnica, capacitación en mecanismos de control de alimentos.

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2. PUNTO DE CONTACTO DEL CODEX, COMITÉ NACIONAL DEL CODEX Y OTRAS ESTRUCTURAS NACIONALES RELACIONADAS AL TRABAJO DEL CODEX

(i) Actividades del Punto de Contacto del Codex incluida información sobre el cambio de dirección del punto focal

BOLIVIA

El Punto de Contacto en Bolivia desde la creación del Comité Nacional del Codex en 1997 es el Instituto Boliviano de Normalización y Calidad – IBNORCA.

El trabajo se mantiene en el marco de sus atribuciones elaborando normas técnicas de carácter voluntario tomando como referencia la normativa internacional Codex.

Además continúa con su trabajo de conformación de comités técnicos para la revisión de la documentación Codex en estudio, siendo el responsable de difundir toda la información entre los sectores involucrados y conjuntamente ellos elaborar las posiciones nacionales.

Si bien la estructura del Punto de Contacto no ha sido modificada y las competencias se mantienen en relación a la última reunión del CCLAC, el trabajo se ha incrementado en cuanto a elaboración de normas y la participación del Codex tal como se describe más adelante.

BRASIL

Punto de Contacto del Codex Nacional y otras estructuras nacionales para asuntos relacionados con el Codex

ACTIVIDADES DEL PUNTO DE CONTACTO DEL CODEX Y DEL COMITÉ NACIONAL DEL CODEX

El Comité Nacional del Codex de Brasil, CCAB, se estableció en 1980 mediante la Resolución CONMETRO 01/80. Sus principales obligaciones son representar al país y defender los intereses nacionales en los Comités del Codex y promover el uso de Normas del Codex como referencia básica para el anteproyecto y actualización de la legislación nacional y regulaciones en los alimentos. El CCAB tiene 15 miembros que representan los sectores relacionados con la alimentación: el Gobierno, la industria, consumidores y las instituciones académicas. Es coordinada y servida por el Instituto Nacional de Metrología, Normalización y Calidad en la Industria (Inmetro).

El Comité Nacional comprende un arreglo de los Grupos Técnicos que supervisan el trabajo de los Comités del Codex individuales y que son coordinados por los miembros del CCAB. Estos grupos están abiertos a todos los sectores con un interés en el tema que se encuentra bajo análisis. Desde octubre del 2010, el CCAB ha mantenido 258 sesiones regulares y más de 74 sesiones extraordinarias, sirviendo principalmente para supervisar el trabajo de los Comités del Codex de relevancia principal para Brasil. Desde la 16ª Sesión del CCLAC en 2008, la actividad del CCAB relacionada con el Codex ha tomado la forma de respuestas a circulares, el anteproyecto de los documentos y la presentación de la posición de Brasil en las reuniones. Brasil ha atendido todas las reuniones de los Comités del Codex, las Fuerzas de Tarea y los Grupos de Trabajo mantenidos durante este periodo.

Además de sus actividades de rutina, el Comité Nacional mantiene un taller anual durante el mes de diciembre, para evaluar su desempeño, con la participación de todos los miembros de los Grupos Técnicos. El CCAB también está promoviendo anualmente un curso acerca del Codex, con el fin de mejorar la participación de los miembros de los Grupos Técnicos en el trabajo de la Comisión. El CCAB continuamente está publicando sus actividades del Codex a través de presentaciones durante los cursos de la industria alimenticia, conferencias y talleres, y ha establecido un sitio Web dedicado:

CCAB/INMETRO - <http://www.inmetro.gov.br/qualidade/comites/ccab.asp>

El sitio lleva la siguiente información:

Estructura y funcionamiento del programa del Codex; Estructura y funcionamiento del CCAB; Calendario de las reuniones del Codex y del CCAB; Lista de normas del Codex; Lista de circulares que se encuentran bajo discusión en los Comités del Codex; Noticias.

La información de contacto del CCAB es la siguiente:

CCAB coordinación - INMETRO W3 Norte - Quadra 511, Bloco B, 4.º Andar 70750-527 - Brasília – DF - Brasil Tel: (55 61) 340-2211, 347-7882 Fax: (55 61) 347-3284 correo electrónico <[email protected]>

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COLOMBIA

− Desempeñar la función de enlace entre la Secretaria del Codex y Colombia − Coordinar todas las actividades pertinentes del Codex dentro de sus propios países. − Recibir todos los textos definitivos del Codex (normas, códigos de prácticas, directrices y otros textos consultivos), así como los

documentos de trabajo de las reuniones del Codex y asegurar que se distribuyan a todas las personas interesadas de los propios países.

− Enviar observaciones sobre los documentos del Codex o propuestas a la Comisión del Codex Alimentarius o sus órganos auxiliares y/o a la Secretaría del Codex.

− Trabajar en estrecha cooperación con los comités nacionales del Codex, en los países dpnde se hayan establecido dichos comités. El punto de contacto del Codex desempeña la función de punto de enlace con la industria alimentaria, los consumidores, los comerciantes y demás partes interesadas, para asegurar que el gobierno reciba una variedad apropiada de asesoramiento sobre políticas y cuestiones técnicas en los que pueda basar sus decisiones sobre las cuestiones planteadas en el contexto de los trabajos del Codex.

− Servir de cause para el intercambio de información y la coordinación de actividades con otros Miembros del Codex. − Recibir invitaciones para las reuniones del Codex y comunicar a los presidentes competentes y a la Secretaria del Codex los

nombres de los participantes de sus países. − Constituir una biblioteca con los textos definitivos del Codex. − Promover las actividades del Codex en sus países.

Dirección electrónica Punto de Contacto Colombia: [email protected]

COSTA RICA

La Sra. Isabel Cristina Araya Badilla es la Directora de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Apartado Postal 10216, 1000 San José, Costa Rica. Edificio IFAM, Moravia.

Teléfono 1: (506) 2236 2538 Teléfono 2: (506) 2235-2700 extensión 203. Fax: (506) 2297 1439

E-mail 1: [email protected] E-mail 2: [email protected]

Entre las actividades que desempeña la Sra. Araya como Punto de Contacto se encuentran:

o Presidir el Comité Nacional del Codex.

o Ejecutar todas las labores propias del Punto de contacto y que se encuentran estipuladas en el Reglamento Interno y el que modifica la estructura de la Dirección creando el Departamento del Codex.

o Ser punto de enlace entre la industria alimentaria, los consumidores, comerciantes y demás partes interesadas para asegurar que el gobierno reciba una variedad apropiada de asesoramientos sobre políticas y cuestiones técnicas en los que puedan basar sus decisiones en las cuestiones planteadas en el contexto de los trabajos del Codex.

o Actuar como enlace oficial de comunicación entre el Secretariado del Codex en Roma y las diferentes presidencias de los comités internacionales y su contraparte nacional, a efecto de que el país pueda pronunciarse en relación con los diferentes temas que le son consultados

o Dirigir la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica nacional lo ha favorecido la armonización de la legislación nacional con las normas del Codex Alimentarius aumentando el porcentaje de armonización con las normas del Codex y todo esto ha propiciado una buena interrelación con las instituciones competentes.

Como Directora de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica:

o Definir prioridades y dar seguimiento a las metas establecidas mediante la formulación del Plan Operativo Anual de su Dirección de conformidad y en cumplimiento de las políticas institucionales.

o Asesorar a las autoridades superiores en materia de su competencia, mediante el estudio y análisis de las normas y leyes que regulan su actividad.

o Coordinar y evaluar los resultados de las políticas y programas bajo su responsabilidad, desarrollando diversas actividades que cuantifiquen el impacto de los mismos para el alcance de los objetivos institucionales y nacionales.

o Desarrollar, aprobar y ejecutar planes de acción de su Dirección, elaborando propuestas, ejecutando las acciones y evaluándolas, a fin de apoyar la modernización del sector productivo nacional.

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REPUBLICA DOMINICANA

El Punto de Contacto del Codex Alimentarius en la República Dominicana es:

Dra. Matilde Vásquez Cabral, Subsecretaria de Estado de Salud en Nutrición, Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSP)

Dirección: Ave. Héctor Homero Hernández esq. Ave. Tiradentes, ensanche La Fe. Santo Domingo, D.N.

Email: [email protected],

o [email protected] y

o [email protected].

Tel.: +809-541-0382

Y +809-541-3121 ext. 2381 al 2385.

fax : + 809-541-0382 y 809-547-2946

Web: www.sespas.gov.do

PANAMA

El Punto de Contacto Codex: Dirección General de Normas y Tecnología Industrial (DGNTI), Organismo Nacional de Normalización, del Ministerio de Comercio e Industrias, y la DGNTI, es la Secretaría Ejecutiva del Comité Nacional del Codex.

PARAGUAY

Recibir y difundir los documentos del Codex, recabar y analizar conjuntamente con el Comité Nacional todas las informaciones acerca de las Directrices, Principios y Normas del Codex.

Punto de Contacto

Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología. INTN

Lic. Mario Leiva Enrique. Director General.

Avda. Artigas 3973 y Gral Roa/ C.C. 967

Teléf: 595 21 290 160 Fax: 595 21 290 873

e- mail: [email protected],

[email protected] / [email protected]

(ii) Estructura, composición y funcionamiento del Comité Nacional del Codex (o estructura similar o equivalente) o planes para su creación

BOLIVIA

En Bolivia las actividades desarrolladas del Codex Alimentarius se realizan a través del Comité Nacional del Codex Alimentarius – CNCA, creado mediante Decreto Supremo n° 24645 del 14 de junio de 1997.

Entre los objetivos del CNCA se encuentran los siguientes:

• constituirse en una instancia de proposición de políticas y normas de alimentos

• formar parte del Comité del Codex Alimentarius internacional para dar cumplimiento a sus finalidades a nivel nacional

• facilitar el cumplimiento de los propósitos de los programas de la FAO/ OMS sobre Normas Alimentarias a nivel nacional.

El CNCA esta conformado por las siguientes instituciones:

• Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (como presidencia)

• Ministerio de Salud y Deportes

• Ministerio de Medio Ambiente y Aguas

• Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto

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• Ministerio de Desarrollo Producción y Economía Plural

• Ministerio de Economía y Finanzas

• Aduana Nacional de Bolivia

• Cámara Nacional de Industrias (como vicepresidente)

• Cámara Nacional de Comercio (como vocal)

• Cámara Nacional de Exportadores de Bolivia

• Confederación Agropecuaria

• Representación FAO (organización invitada)

• Representación OPS/OMS (organización invitada)

• Representación IICA (organización invitada)

• Gobiernos municipales de La Paz y El Alto (organización invitada)

• Universidad Mayor de San Andrés (UMSA)

• Universidad Mayor de San Simón (UMSS) (organización invitada)

• Escuela Industrial Superior Pedro Domingo Murillo (organización invitada)

• AIS CODEDCO (organización de defensa del consumidor invitada)

• SEDECO (organización de defensa del consumidor invitada)

• Instituto Nacional de Laboratorios en Salud - INLASA (en representación de la Red de Laboratorios Oficiales e Análisis de Alimentos (RELOAA) Red Nacional de Laboratorios de Control de Alimentos

• Instituto Boliviano de Normalización y Calidad – IBNORCA (como Secretaría Ejecutiva y Punto de Contacto del Codex)

Las funciones y atribuciones del CNCA se mantienen desde su creación sin embargo de igual forma el CNCA durante esta temporada ha incrementado sus esfuerzos en las siguientes áreas:

• Capacitación de los miembros del CNCA para la mejor comprensión de las actividades del Codex Alimentarius

• Difusión de las actividades del CNCA entre los sectores interesados a través de seminarios

• Apoyo a los comités técnicos que elaboran las posiciones nacionales

BRASIL

No existe una actualización de la estructura y operación del Comité Nacional del Codex de Brasil. El único cambio es en la composición. Ha cambiado la representación de la ONG de los consumidores.

COLOMBIA

Mediante el Decreto 977 de 1998 se crea el Comité Nacional del Codex Alimentarius (CNC), como órgano consultivo del Gobierno Nacional para la formulación de políticas sobre reglamentación alimentaria. El CNC es un organismo técnico multidisciplinario interinstitucional, de carácter permanente, encargado de considerar normas y mecanismos para proteger la salud de los consumidores y para facilitar el comercio de los alimentos.

OBJETIVO

Órgano consultivo del Gobierno Nacional para la formulación de las políticas del país en relación con los procesos de normalización y análisis de principios y procedimientos que se puedan adelantar en la Comisión mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius y sus órganos auxiliares.

MIEMBROS DEL CNC

Ministerio de Comercio Industria y Turismo. – MCIT

Ministerio de la Protección Social – MPS

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural – MADR

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Ministerio de Relaciones Exteriores – MRE

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA

Instituto Colombiano Agropecuario – ICA

Superintendencia de Industria y Comercio – SIC

Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación – ICONTEC

Delegado de los Gremios de la Producción – ANDI

Representante de las Asociaciones de Consumidores - CH...C.

ENTIDADES DE APOYO DEL CNC

Instituto Nacional de Salud – INS

Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA

ILSI-NORANDINO

Departamento Nacional de Planeación – DNP

Horticultura Moderna Internacional

FUNCIONES

1. Asesorar al Gobierno en el estudio de las políticas y planes sobre normas alimentarias y los análisis de principios y procedimientos que puedan adelantar la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius, su Comité Ejecutivo y sus Órganos Auxiliares.

2. Asesorar al Gobierno Nacional en el estudio y la coordinación de la participación de Colombia en las sesiones y reuniones que convoquen la Comisión Mixta FAO/ OMS del Codex Alimentarius, su Comité Ejecutivo y sus órganos Auxiliares.

3. Asesorar al Gobierno Nacional en el estudio de los proyectos de normas que a nivel mundial o regional propongan la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius, su Comité ejecutivo y sus órganos auxiliares.

4. Examinar y proponer al Gobierno Nacional los mecanismos y medidas para una adecuada difusión y aplicación en el país de las normas alimentarias adoptadas por la comisión mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius.

5. Proponer la revisión de las normas del Codex Alimentarius cuando sea el caso.

6. Presentar ante la Comisión Mixta FAO/OMS las propuestas de normas Codex, que surjan nacionalmente. En todo caso el proceso de normalización nacional, debe efectuarse siguiendo los lineamientos establecidos para la normalización en el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología en coordinación con las entidades competentes.

7. Preparar el programa Anual de actividades y enviarlo a los interesados para su conocimiento e inclusión de la parte pertinente. Dentro del programa anual de normalización.

8. Asesorar al Gobierno en el estudio de las disposiciones nacionales que deban expedirse sobre la materia.

Presidencia y Secretaria General

Presidencia

Director de Regulación – Ministerio de Comercio Industria y Turismo.

6067676 Ext. 1347 o 1440

Secretaria General

Dirección de Regulación – Ministerio de Comercio Industria y Turismo

6067676 Ext. 1205

[email protected]

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Funciones

El Ministerio de Comercio Industria y Turismo a través del Director de Regulación ejerce la Presidencia y Secretaria General del Comité, mediante las cuales, coordina las actividades tendientes a desarrollar una gestión eficiente del Comité Nacional del Codex, entre ellas se encuentran las siguientes: Coordinar las reuniones del Comité; promover el desarrollo de las actividades que competen al Comité y gestionar los recursos indispensables para su ejecución y seguimiento; Proveer la información necesaria para desarrollar la agenda de la próxima reunión del Comité; Tener a disposición los textos definitivos del Codex (normas, códigos de prácticas, directrices y otros textos consultivos), así como los documentos de trabajo de las reuniones del Comité.

Secretaria Técnica y Punto de Contacto

Dirección de Salud Pública – Ministerio de la Protección Social

3305000 Ext. 1266

[email protected]

Funciones

El Ministerio de La Protección Social ejerce la Secretaria Técnica del Comité a nivel nacional con el cumplimiento de varias funciones, entre ellas, la de apoyar al CNC en la gestión técnica de los diversos temas que se analizan; así mismo actúa como Punto de Contacto desempeñando la función de enlace entre la Secretaria del Codex en Roma y Colombia, recibiendo todos los textos definitivos del Codex (normas, códigos de prácticas, directrices y otros textos consultivos), así como los documentos de trabajo de las reuniones del Codex y enviando las observaciones de país sobre los documentos del Codex o propuestas a la Comisión del Codex Alimentarius o sus órganos auxiliares y/o a la Secretaría del Codex.

Subcomités Técnicos Nacionales

Los subcomités tienen por objeto llevar a cabo las labores técnicas necesarias para dar la debida atención y seguimiento a los proyectos y documentos emitidos o generados en el seno del Codex Alimentarius, de importancia para el país.

Asimismo, los subcomités desempeñan un papel activo, procurando la proposición ante el Comité Nacional de aquellos posibles proyectos o anteproyectos de normas que el país requiera y que podrían ser sometidas a conocimiento de los respectivos Comités del Codex Alimentarius.

Funciones

Realizan las reuniones de trabajo y consultas que estimen convenientes, incluyendo investigación científica, con el fin de lograr dictámenes técnicos que sustenten las propuestas y observaciones sobre los proyectos de normas generados en el Comité del Codex Respectivo.

Realizan y consensuar entre los diferentes sectores que conforman el subcomité, las propuestas de las observaciones del país a los documentos del Comité correspondiente, y preparar la propuesta de respuesta para conocimiento y aprobación del Comité Nacional y posterior definición de la posición país.

Participar en las reuniones internacionales del Codex, cuando así lo avale el Comité Nacional y los recursos presupuestarios lo permitan.

Subcomités de Asuntos Generales Organismo Coordinador Principios Generales Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Javier Muñoz Ibarra Tel. 6067676 Ext. 1205 Email: [email protected]

Higiene de los Alimentos Ministerio de la Protección Social Blanca Cristina Olarte Tel. 3305000 Ext. 1266

Email: [email protected] Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales Ministerio de la Protección Social

Liliana Peñaloza Tel. 3305000 Ext. 1419 Email: [email protected]

Biotecnología Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos

Javier David Castellanos Tel. 4227371 Ext. 1852 Email: [email protected]

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Subcomités de Asuntos Generales Organismo Coordinador Aditivos Alimentarios Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y

Alimentos Myriam Rivera tel. 3151970

Email: mriverar@invima Contaminantes de los Alimentos Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y

Alimentos Pedro Torres Tel. 3151970

Email: [email protected] Métodos de Análisis y Toma de Muestras Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y

Alimentos Angélica Salas Tel. 2207700 Ext. 1221

Email: [email protected] Sistemas de Inspección y Certificación de Importaciones y

Exportaciones en Alimentos Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y

Alimentos María Claudia Jiménez Tel. 2948700 Ext. 3922

Email: [email protected] Etiquetado de los Alimentos Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y

Alimentos Julio Vanegas Tel. 2948700 Ext. 3924

Email: [email protected] Residuos de Medicamentos Veterinarios Instituto Colombiano Agropecuario

Mc Allister Tafur Tel. 2324715 Email: Mc [email protected]

Residuos de Plaguicidas Instituto Colombiano Agropecuario Rene Castro Tel. 4227363

Email: [email protected] y

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos

Yesid García Tel. 3151970 Email: [email protected]

Subcomités de Productos Organismo Coordinador Frutas y Hortalizas Elaboradas Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación

Luz Dary Santamaría Tel. 6078888 Ext. 1886 Email: [email protected]

Frutas y Hortalizas Frescas Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación Ricardo Munar Tel. 6078888 Ext. 1442

Email: [email protected] Leche y Productos Lácteos Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación

Sandra Herrera Tel. 6078888 Ext. 1447 Email: [email protected]

Grasas y Aceites Ministerio de la Protección Social Claudia Moreno Tel.: 3305000 Ext. 1263

Email: [email protected]

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Subcomités de Productos Organismo Coordinador Pescado y Productos Pesqueros Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Luis Enrique Alvarez Ruiz Tel.: 3341199 Ext. 182 Email: [email protected]

Azúcares Ministerio de Comercio Industria y Turismo Javier Muñoz Ibarra Tel. 6067676 Ext. 1205

Email: [email protected]

Grupos de Acción Especiales Organismo Coordinador Resistencia a los Antimicrobianos Instituto Nacional de Salud

Jacqueline Espinosa Tel. 2207700 Ext. 1432 Email: [email protected]

COSTA RICA

El Comité Nacional del Codex está conformado por:

o El representante del MEIC, que lo preside. o 7 Representantes del sector público (2 Ministerio de Salud, 2 Ministerio de Agricultura y Ganadería, 1 Comercio Exterior, 1

Consejo Nacional de Producción y 1 representante de la Secretaría del ORT) o 4 Representantes del sector privado (1 Cámara Costarricense de la Industria Alimentaria, 1 Cámara de Comercio de Costa

Rica, 1 Cámara de Exportadores de Costa Rica, 1 Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria). o 1 Representante del sector académico (Centro Nacional de Ciencia y Tecnología de Alimentos/Universidad de Costa Rica) o 1 Representante de los consumidores (Fenasco) o 2 Observadores (FAO, OPS/OMS) Sus principales funciones son:

o Asesorar a los entes estatales en las prioridades sobre la calidad e inocuidad de los alimentos. o Promover el desarrollo de normas internacionales con base en las características de los productos nacionales. o Recomendar la adopción o modificación de las normas internacionales en esta materia. o Revisar y aprobar las observaciones, comentarios y posiciones emitidas por el país ante los Comités Internacionales y la

Comisión del Codex Alimentarius. La Secretaría Técnica, está adscrita al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, dentro de la estructura de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, concretamente dentro del Departamento de Codex, apoya al Punto de contacto en la labor de ser enlace de comunicación entre el Secretariado del Codex en Roma y las diferentes presidencias de los comités internacionales y su contraparte nacional, a efecto de que el país pueda pronunciarse en relación con los diferentes temas que son consultados entre los miembros del Codex. Entre otras funciones de interés se encuentra:

o Canalizar y dar seguimiento a la información recibida del Secretariado del Codex y enviada a los Subcomités Nacionales respectivos.

o Previa aprobación del punto de contacto o con sus instrucciones:

- Remitir el documento de propuesta de posición país al Comité Nacional del Codex para su respectivo aval y estudio, luego enviarlo al Secretariado del Codex ubicado en Roma, Italia.

- Remitir al Coordinador de cada Subcomité, los documentos de la agenda de la reunión para su estudio y formulación de observaciones.

- Remitir cartas circulares para atender solicitudes de respuesta u observaciones. - Una vez que el Subcomité remita el documento con las observaciones o posición país a la Secretaría Técnica del Codex, ésta

debe remitir dicho documento al Comité Nacional del Codex para su respectivo aval y estudio, para luego enviarlo al Secretariado del Codex ubicado en Roma, Italia.

- Enviar observaciones sobre los documentos del Codex o propuestas a la Comisión del Codex Alimentarius o a sus órganos auxiliares y/o al Secretariado del Codex.

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Actualmente, existen 15 subcomités activos en el país y dos sub-grupos de acción. La coordinación de cada Subcomité recae en representantes de instituciones públicas o en empresas del sector privado, los cuales a su vez deben coordinar el trabajo con representantes del sector público, privado, la academia y las organizaciones de los consumidores y mantener una estrecha comunicación con la Secretaría Técnica del Comité Nacional. Dentro de cada subcomité se designa a un coordinador de acuerdo a su idoneidad para el manejo del tema, el cual puede ser del sector público, privado o bien la academia.

Los actuales Subcomités activos están coordinados de la siguiente manera:

Coordina Ministerio de Economía, Industria y Comercio:

• Principios Generales

• Etiquetado de los Alimentos

• Grasas y Aceites

• Comisión del Codex

• América Latina y el Caribe

Coordina Ministerio de Salud:

• Higiene de los Alimentos

• Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales

• Contaminantes de los Alimentos

Coordina Ministerio de Agricultura y Ganadería:

• Residuos de Plaguicidas

• Residuos de Medicamentos Veterinarios

• Frutas y Hortalizas Frescas

• Leche y Productos Lácteos

• Sistemas de Inspección y Certificación de Importaciones y Exportaciones de Alimentos

• Métodos de Análisis y Toma de Muestras

Pescado y Productos Pesqueros

Coordinan otros sectores:

• Aditivos Alimentarios (CACIA)

• Frutas y Hortalizas Elaboradas (DEMASA)

El sub-grupo de acción en biotecnología lo coordina el Ministerio de Salud y el grupo de acción sobre Resistencia a los Antimicrobianos, el Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Entre las principales funciones de los Subcomités Nacionales de Codex están:

• Realizar observaciones y comentarios a los documentos, elaborar la posición país que incluyen los temas discutidos en los comités Internacionales del Codex.

• Asesorar al Comité Nacional sobre el avance de los proyectos del Codex y recomendar las adopciones y/o posiciones que debe asumir el país con respecto a la información del Codex.

• Analizar y discutir los proyectos y documentos que se generan en el marco del Codex Alimentarius.

• Respaldar y dar seguimiento a la aprobación de Normas Internacionales que favorezcan nuestro comercio y velar por su cumplimiento.

REPUBLICA DOMINICANA

Poseemos 34 subcomités técnicos del Comité Nacional del Codex Alimentarius (CONCA) y de ellos mantenemos en situación de activos a 21, incluyendo el subcomité técnico sobre Principios Generales, que fue reactivado desde final del 2009. Además están en reactivación el subcomté técnico sobre Grasas y Aceites y el subcomité técnico sobre pescado y productos pesqueros y el subcomité de Frutas y Hortalizas Frescas y el subcomité de frutas y hortalizas Elaboradas.

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No se separado el reglamento de funciones del CONCA del decreto de creación.

En el año 2009, el CONCA se reunió cuatro veces de forma ordinaria.

En el año 2010 el CONCA se ha reunido de manera ordinaria en tres ocasiones, y ha planteado reunirse de forma extraordinaria a final del mes de septiembre de 2010.

PANAMA

Creado Mediante Decreto Ejecutivo No. 41 de 20 de Noviembre de 2001, adscrito al Ministerio de Comercio e Industrias

Composición: Ministerio de Comercio e Industrias (Secretaría Ejecutiva); Ministerio de Salud (Depto. De Protección de Alimentos); Ministerio de Desarrollo Agropecuario(Direcciones Nacionales de Salud Animal y Sanidad Vegetal); Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos; Universidad de Panamá (Instituto Especializado de Análisis); Universidad Tecnológica de Panamá (Centro de Producción e Investigaciones Agroindustriales); Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia; Sindicato de Industriales de Panamá; Consejo Nacional de la Empresa Privada y la Asociación de Consumidores de Panamá.

PARAGUAY

El Comité Nacional esta integrado por representantes del sector público; Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social, a través del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Industria y Comercio, Ministerio de Agricultura y Ganadería, Municipalidad de Asunción, Consejo de Universidades y el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología INTN (Punto Focal), y el sector privado; Unión Industrial del Paraguay UIP, FEPRINCO y la Asociación Rural del Paraguay ARP.

Es un Comité sui generis por que a diferencia de otros muchos de la región tiene la posibilidad de ejercer la presidencia el Sector Privado, en igualdad de condiciones del sector oficial.

El Comité se encarga de acompañar, analizar y evaluar las legislaciones y reglamentación nacional de alimentos, utilizando las normas, directrices y principios del Codex Alimentarius.

(iii) Otras informaciones de interés

BOLIVIA

La nueva directiva del CNCA desde julio de 2009 ha liderizado la revisión del decreto de creación del CNCA y su reglamento interno de funcionamiento.

con el objeto de:

• ampliar la participación de instituciones del estado, privadas y ong en el seno del CNCA

• establecer lineamientos claros para el desarrollo de posiciones nacionales y la participación ante la Comisión del Codex Alimentarius y sus organismos auxiliares

• articular a todos los actores involucrados en la temática Codex

• fortalecer las actividades del CNCA ampliando su accionar

COSTA RICA

Entre otra información de interés, para mejorar el funcionamiento del Comité Nacional del Codex y sus Sub-Comités espejo el Departamento del Codex implementó un Sistema Digital del Codex Alimentarius (www.competitividad.go.cr/Codexalimentarius), que ayudará a aumentar la transparencia y participación del país en la formulación de posiciones nacionales ante la elaboración de normas internacionales del Codex.

El sistema tiene como fin mantener informado a los usuarios sobre la documentación que maneja el Codex Alimentarius y cada uno de los comités y grupos de trabajo.

La problemática que resuelve es:

o Poca participación de sectores claves y consumidores en la definición de la posición país.

o Información no llega a todos los sectores interesados.

o Falta de una base de datos de los temas discutidos y poca información sistematizada.

o Dificultad de control de plazos para el usuario.

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Entre los beneficios que tiene este Sistema Digital está:

o Facilita la participación del usuario:

Recibir información de su interés en forma automática.

Sistema de recordatorios de fechas de vencimiento.

Acceso a comentarios de otros interesados.

o Transparencia en formulación posiciones país.

o Reducción de tiempos en el traslado de la información.

o Base de datos actualizada y sistematizada que permite medir el grado de participación del país.

La Secretaría Técnica del Codex está institucionalmente establecida como un departamento dentro del MEIC, con labores exclusivas en el tema del Codex Alimentarius, que cuenta con 4 profesionales dedicados exclusivamente a estos temas de amplia experiencia en la labor del Codex, así como, con el apoyo presupuestario necesario para operar.

Por otro lado, el Departamento del Codex, a fin de dar a conocer a nivel nacional el funcionamiento del Codex Alimentarius y la importancia, colaboró con el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) en la implementación de un curso virtual (60 horas) sobre el Codex Alimentarius el cual ofrece el desarrollo de cursos basados en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación. La colaboración que el Departamento del Codex brindó consistió en la revisión de los contenidos del curso, proporción de una entrevista al Punto de Contacto del Codex en Costa Rica y en la facilitación de la información de contenido para los módulos del curso. El sitio de dicho curso virtual es www.centrovirtualfina.com

El curso posee los siguientes módulos (cada uno con guías de trabajo y lecturas complementarias):

1. Bases del Codex.

2. Relación del Codex con la Organización Mundial del Comercio.

3. El Codex y el comercio internacional de alimentos.

4. Codex en Costa Rica.

REPUBLICA DOMINICANA

Del Fondo Fiduciario estamos graduados desde el 2008, pero contamos con promesas de la señora Catherine Mulholland del Fondo Fiduciario, que seremos apoyados con la participación en la 32ª.-CCNFSDU, para este año 2010.

Mientras tanto, el país ha recibido apoyo del Fondo Fiduciario del Codex Alimentarius desde el 2004 a la fecha, para enviar 12 personas a 9 reuniones, incluyendo el Curso del Codex y la Conferencia de Inocuidad realizadas en el 2005, en Costa Rica.

Desde la 16ª.-CCLAC, el país ha participado en 13 reuniones del Codex: 40ª.-CCFH, 25ª.-CCGP, 32ª.-CAC, Coloquio en Miami, Taller LMR en Costa Rica, 15ª.-CCFFV, 46ª.-MSF, 41ª.-CCFH, 26ª.-CCGP, 38ª.-CCFL, Reunión TBT, 48ª.-MSF, 33ª.-CAC y Coloquio en Panamá. Con aportes de OPS, IICA, USDA y fondos propios del país.

PARAGUAY

Actualmente el Comité Nacional del Codex esta revisando el Decreto 17.487 “Por el cual se crea el Comité Nacional del Codex Paraguay”, ya que es necesaria dicha modificación a fin de adecuar y actualizar la composición de instituciones que integran el Comité de acuerdo al ámbito de competencia por la importancia del rol que desempeña en la inocuidad alimentaría y el sistema nacional de inocuidad de alimentos.

(iv) Experiencias positivas o deficiencias identificadas en Punto de Contacto, el Comité Nacional del Codex y/o otras estructuras nacionales relacionadas al trabajo del Codex

BOLIVIA

Experiencias Positivas

• Consolidación de los comités que trabajan en el entorno Codex, con revisión continua del trabajo internacional

• Mayor participación de las instituciones que conforman el CNCA.

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BRASIL

Las experiencias positivas se refieren al proceso de integración entre los Temas Generales y los Grupos Técnicos para Productos Básicos. Esta integración busca cambio de experiencias para estar consciente de las deliberaciones de los Comités de Temas Generales que impacten en el trabajo de los Comités de Productos Básicos.

Otra experiencia positiva es el Seminario Anual de Planeación, el cual proporciona condiciones para todo el Comité y los Grupos Técnicos, para interactuar entre ellos. Además de eso, también hay un curso de capacitación anual sobre asuntos del Codex para todos los comités técnicos Brasileños.

COLOMBIA

EXPERIENCIAS POSITIVAS

• Gran numero de Subcomités nacionales del Codex funcionando en el país.

• Mayor aporte técnico a las observaciones remitidas por el país sobre los diferentes temas de los Comités del Codex.

LIMITACIÓN IDENTIFICADA

• Poca descentralización de los trabajos del Codex Alimentarius: Los Subcomités Técnicos son albergados por entidades ubicadas en la capital del país. Se realizo un intento fallido con una Universidad departamental.

• Sensibilizar en los niveles de decisión política sobre la importancia del Codex para proteger a los consumidores y facilitar el comercio de alimentos.

• En los Subcomités Técnicos Nacionales del Codex existen muchos temas que no se someten a estudio, simplemente por que no se investigan o por falta de información o conocimiento de su existencia. Se le debe asignar a una persona competente dentro de cada entidad; la investigación, el análisis y el desarrollo de los nuevos trabajos del Codex Alimentarius, los cuales muchas veces se aprueban sin conocimiento alguno, lo cual podría afectar negativamente en un futuro a Colombia.

• Desconocimiento de la importancia y trascendencia del Codex a niveles altos administrativos de los Ministerios y las entidades competentes, para lograr la fluidez en los temas del Codex y que se puedan defender en el marco internacional.

• Realizar gestiones con las asociaciones de industriales para lograr una mayor participación de los gremios de la producción en los temas de interés para el país.

COSTA RICA

Gracias al esfuerzo conjunto de las entidades que conforman el Comité Nacional del Codex en Costa Rica, el MEIC que lo preside, con la participación activa del sector público, el sector privado y la academia, el país ha logrado fortalecer la estructura y la labor del Codex a nivel nacional y de ello se ha derivado una mejor participación del país en las reuniones internacionales, no solo porque ha podido aumentar su asistencia a dichas reuniones, sino porque le ha permitido realizar intervenciones mejor fundamentadas en beneficio propio y de nuestra región, en lo cual siempre ha contado con el apoyo de muchos países del CCLAC.

En estos resultados, la labor tanto del Comité Nacional como de la Secretaría y los Subcomités se ha visto reforzada por factores de éxito que potencian los esfuerzos realizados, pero de igual manera se ha enfrentado importantes obstáculos que frenan dicho avance, a continuación se desea compartir cuales han sido esos factores determinantes:

Principales factores de éxito.

Son muchos los factores que han propiciado estos positivos resultados, pero existen algunos que, desde la experiencia costarricense, han sido clave para alcanzar el éxito:

1. Una conformación estratégica del Comité Nacional, mediante un marco regulatorio, donde estén representadas entidades claves que poseen ingerencia en los temas que se discuten dentro del Codex. Complementado este aspecto con una selección de miembros que poseen dos atributos indispensables: técnicos y científicos, comprometidos con la labor del Codex. De igual manera se debe velar porque tal representatividad y atributos estén presentes en la conformación de los comités espejo.

2. No obstante, la mejor conformación lograda no podría tener un buen desempeño sino se cuenta con un apoyo logístico y una muy eficaz Secretaría Técnica, que logre una distribución oportuna de los documentos (dentro de las limitaciones mismas que al respecto se tiene dentro del Codex), y un sistema proactivo de seguimiento. Al respecto, esta Secretaría se ha ido afianzando a través del tiempo y actualmente cuenta con un Departamento del Codex constituida por cuatro profesionales, que con su compromiso han impulsado la labor del resto de la estructura nacional de Codex, y recientemente se ha podido complementar con un Sistema Digital que persigue la distribución de documentos, con recordatorios automáticos y además, busca la participación de productores y consumidores en la transparencia del proceso de definición de la posición país.

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3. El Presidente del Comité Nacional completa la estructura costarricense y se caracteriza por ser una persona con visión país y liderazgo, que impulsa el quehacer del Codex, y logra enlazar la labor técnica con el apoyo político, que es el otro factor clave al cual de seguido nos referimos.

4. Todo este esfuerzo y trabajo técnico, difícilmente puede crecer y consolidarse si no se cuenta con un apoyo político del más alto nivel, es necesario que los jerarcas de las instituciones claves que están representadas en el Comité Nacional, entiendan y se comprometan con la labor del Codex, pues solo de esa forma es que es posible allegar recursos humanos y financieros, indispensables para una participación efectiva. En este factor la labor de concientización y convencimiento que realicen los miembros del Comité Nacional y en especial del Presidente del Codex es fundamental, máxime que en nuestros países cambian los líderes políticos cada cuatro años. Al respecto quien ha ejercido la Presidencia del Codex, en los últimos 7 años ha desempeñado una labor valiosa en este sentido.

5. En el aspecto financiero, Costa Rica cuenta con recursos presupuestarios escasos para hacerle frente a las reuniones internacionales del Codex, y por ello el Comité Nacional, ha desarrollado una estrategia de escoger anualmente diez comités prioritarios del Codex; los gastos para asistir a estas reuniones son distribuidos entre los miembros del mencionado Comité y de esta manera el país logra, año con año, maximizar la participación presencial en las reuniones internacionales y cumplir con su meta.

6. Finalmente, el último ingrediente indispensable para el éxito es un marco legal que establezca, delimite y ordene claramente las competencia de los diferentes actores, en especial que se establezcan funciones legales, pues la labor del Codex tiene que ser una función sustantiva y no accesoria de las entidades públicas involucradas. Además, este marco legal debe dar reglas claras sobre la forma de trabajo y el establecimiento de las posiciones que el país va a presentar al foro del Codex, de manera que a través de un procedimiento formal se logre que las decisiones alcanzadas a nivel nacional logren consensuar y conciliar los intereses nacionales y no particulares.

En el actuar nacional, la función que ha desempeñado el MEIC, a través del Departamento del Codex ha sido fundamental, pues además de impulsar los temas de interés, está trabajando en la implementación de un Sistema Nacional de Inocuidad de Alimentos (SNIA). Como parte de su plan de trabajo y del Comité Nacional del Codex, en este año (2010) se inició una nueva labor estratégica, la cual ha contado con el apoyo político de varios Ministerios con competencia en materia de alimentos y que tienen injerencia en un SNIA.

El plan de trabajo del Departamento del Codex en su proyecto de implementación, enmarca cuatro ejes estratégicos, los cuales se han venido trabajado año con año con la excepción del desarrollo del SNIA, y que se detallan a continuación:

o Participación efectiva del país en la elaboración de normas internacionales del Codex.

o Fortalecimiento de la estructura nacional del Codex.

o Aumento del liderazgo de Costa Rica a nivel de la Región Latinoamérica.

o Desarrollo de un Sistema Nacional de Inocuidad de los alimentos.

Dado lo anterior, el MEIC en un esfuerzo conjunto con el Ministerio de Salud, Agricultura y Ganadería (MAG), Comex, la Academia y el sector privado impulsan el desarrollo del SNIA, que permite garantizar alimentos seguros a nuestros consumidores y productos de exportación que cumplan con las exigencias de inocuidad de nuestros compradores internacionales. Producto de este esfuerzo se ha logrado lo siguiente:

o La suscripción acuerdo FAO-Costa Rica, con el compromiso de cuatro Ministerios.

o La elaboración y proceso de ejecución de un Plan de Acción consensuado, derivado de un foro nacional en diciembre del 2009.

o El acuerdo por parte del Consejo Nacional de la Calidad – CONAC.

o La formulación de la Política Nacional de Inocuidad de Alimentos, vía Decreto Ejecutivo, suscrita por 4 Ministros competentes y el Presidente de la República.

En seguimiento al Plan de Acción consensuado para el SNIA, el 22 abril de 2010 se realizó la suscripción oficial del Decreto Ejecutivo sobre la Política de Inocuidad de los Alimentos, por parte de los Ministros competentes y mencionados anteriormente.

Con la misma orientación, y como parte de la estrategia de divulgación y concientización sobre la importancia de establecer un Sistema Nacional de Inocuidad se realizó en ese mismo mes, un seminario denominado “El Codex Alimentarius y la importancia de una Política Nacional de Inocuidad de los Alimentos”, con el objeto de presentar una visión general de lo que ha sido la participación del país en el Codex Alimentarius, tanto en el marco regional como mundial y los efectos que dicha participación ha tenido en el actuar nacional; para ello se contó con el valioso apoyo del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) para la participación de dos expertos internacionales como la Ing. Gabriela Catalani, Punto de Contacto del Codex en Argentina y Ph.D. Ricardo Molins, Director de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad de Alimentos del IICA.

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En la misma línea el 3 de junio, se lanzó el “Sistema Digital del Codex”; con este sistema se busca fomentar la participación del sector productivo y de los consumidores, en la elaboración de normas internacionales de alimentos del Codex Alimentarius, retribuyendo ganancias a estos mismos sectores, la cual se verá reflejada en una experiencia positiva y beneficiosa para el país. En este mismo evento se presentó oficialmente el libro “Beneficios del Codex en Costa Rica 2004-2009” elaborado por la Secretaria Técnica del Codex, el cual expone los logros alcanzados por nuestro país por participar exitosamente en el Codex.

Principales limitaciones.

Lo primero que puede señalarse como limitación la escasez de recursos, la falta de conocimiento y sensibilización en los temas del Codex, como principales exponemos las siguientes:

o Bajo conocimiento sobre la importancia del Codex en el comercio internacional de alimentos, tanto a nivel de las instituciones competentes (en especial de algunos mandos medios que a su vez no logran calar en sus Jerarcas) como del mismo sector privado.

o Débil participación de algunos sectores productivos, por falta de conocimiento e interés y por tanto escasez de datos y cifras que sustenten posiciones nacionales.

o En algunas ocasiones la labor de las instituciones en los temas de Codex se visualiza como voluntaria, lo cual se ha ido subsanando con la incorporación explícita de las funciones del Codex en los departamentos competentes.

o Recursos presupuestarios escasos para la participación presencial en reuniones y negociaciones internacionales, agudizado por los problemas fiscales que enfrentan nuestros países.

o Aunado a las limitaciones internas anteriores, existen otras que trascienden al funcionamiento nacional, algunas son: con cierta frecuencia los Subcomités Nacionales no disponen de los documentos de la reunión con suficiente tiempo previo para analizarlos, estos debido a atrasos que tiene la Secretaría del Codex Internacional o bien el Comité del Codex en el envío de documentación a los países miembros en todos los idiomas oficiales del Codex; con lo cual se limita el tiempo de valoración y análisis, agravándose el hecho de que algunas veces la documentación se encuentra únicamente en idioma inglés.

o La diferencia del idioma es un obstáculo que pone en una desventaja bastante fuerte a los países que no comparten el idioma en comparación con los que si lo comprenden, pues los contenidos de las normas son de texto denso y muy técnico que dificulta su traducción o compresión. Otro aspecto que debe valorar la Comisión es la concentración reciente de Comités en ciertas regiones poniendo en desventaja las restantes, debe trabajarse por una presencia de todas las regiones en las presidencias de los comités.

Asimismo, otro aspecto fundamental es la proliferación de grupos de trabajo presenciales y de reuniones previas a las de los Comités, en las cuales muchos países en desarrollo no pueden participar y es su seno en el cual se acuerdan muchos temas que en la reunión del Comité respectivo no van a requerir de mucho debate, pues ya las propuestas van concensuadas. Aunado a lo dicho anteriormente, y que representa una limitación bastante fuerte para los países en desarrollo, es que los informes del Secretariado de cada una de las reuniones con el objetivo de economizar en texto, papel y traducciones, son muy reducidos y concretos, sin dar mayores detalles del debate, perjudicando de esta manera la información que puedan percibir los países que no pudieron asistir.

Proyectos actuales y retos.

Costa Rica en esta materia, enfrenta varios retos que de corto y mediano plazo, entre ellos:

o Divulgación y concientización de consumidores en los temas del Codex y de la inocuidad de los alimentos.

o Acompañamiento a productores, pequeñas, medianas y grandes industrias de alimentos en la elaboración de normativa del Codex y en su conocimiento para una mejor aplicabilidad.

o Propiciar una participación activa del país mediante el uso generalizado del Sistema Digital del Codex.

o Desarrollo e implementación del Sistema Nacional de Inocuidad de los alimentos, enmarcado en el Plan Nacional de Desarrollo para la Administración 2010-2014.

o Continuar el fortalecimiento de la estructura del Codex Nacional del Codex con miras a lograr en el mediano plazo ya sea la representación geográfica de la región de América Latina y el Caribe o bien, realizar asumir la presidencia del Comité Coordinador del Codex para América Latina y el Caribe (CCLAC).

o Aumentar a nivel nacional la participación en los trabajos del Codex: ampliar la participación del sector privado y consumidores, y a nivel internacional fomentar una mayor participación del país en las reuniones internacionales.

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En adición a lo anterior, se persigue acrecentar la participación del país en las reuniones y discusiones del Codex, desarrollar seminarios de interés nacional, acompañar al sector productivo nacional y los consumidores para promover una participación más activa en las discusiones del Codex y para lograrlo, ahora contamos con la herramienta tecnológica del Sistema Digital del Codex, comentado anteriormente. Además, se aspira posicionar y divulgar los temas de Codex a nivel nacional con capacitaciones y charlas al sector privado, publicaciones mensuales en revistas de cámaras empresariales, boletín electrónico, estrategia y campaña en medios de comunicación a través de la prensa de los diferentes Ministerios participantes dentro del Comité Nacional del Codex.

REPUBLICA DOMINICANA

El PCC ha estado recibiendo el apoyo de las Autoridades Gubernamentales para la participación del país en diferentes reuniones del Codex Alimentarius,

Al igual se ha estado incrementando la actividad de los subcomités técnicos que armonizan las normativas del Codex.

PANAMA

Como experiencia positiva:

A nivel nacional todas las decisiones en el tema Codex se presentan, se discuten y se toman en conjunto dentro del Comité Nacional del Codex.

Como limitación:

− Hay que seguir trabajando para lograr un mayor apoyo de las autoridades con poder de decisión y del sector privado.

− Una mayor divulgación hacia los actores de la cadena alimentaria de producción y los consumidores en relación a la normativa existente y el trabajo desarrollo por el Comité Nacional Codex.

− La falta de presupuesto propio del Comité Nacional del Codex

− La necesidad de desarrollar el Manual de procedimiento del Comité Nacional del Codex

PARAGUAY

Se puede destacar que el Comité Nacional se reúne una vez al mes y en caso de ser necesarias ya sea para validar alguna posición o socializar algún documento se tiene reuniones extraordinarias. Estas posiciones son estudiadas dentro de los Subcomités Técnicos, donde los coordinadores presiden las reuniones y estudian los documentos, estos documentos antes de ser remitido a la Secretaria del Codex son validados por el Comité Nacional del Codex y posteriormente remitido al Punto Focal para ser enviado a la Secretaría del Codex.

Una de las principales dificultades que se presenta es la escasa participación del sector tanto público como privado en las reuniones de los Subcomités, otro problema es la documentación ya que la misma se remite primero en el idioma ingles.

(v) Necesidades identificadas en creación de capacidad para fortalecer el Punto de Contacto del Codex, el Comité Nacional del Codex y/o otras estructuras nacionales relacionadas al trabajo del Codex

BOLIVIA

− Se requiere asesoramiento para mejor la participación del país en las reuniones del Codex, en lo relativo a elaborar posiciones con mejor fundamento técnico

− Se requiere asesoramiento para que Bolivia pueda proponer y liderizar la elaboración de una norma Codex sea norma regional o internacional

− Falta mayor apoyo por parte de las autoridades de gobierno para fortalecer sus capacidades, brindar mayor apoyo y continuidad a los procesos que se desarrollan dentro del CNCA.

BRASIL

Es necesario que los técnicos del Comité Nacional mejoren sus habilidades de lenguaje, especialmente en inglés. Se requieren cursos del idioma y de técnicas/habilidades de negocios.

COLOMBIA

• Sistemas de información.

• La representación de los países en vía de desarrolo en las reuniones del Codex, debería ser mas fuerte en términos de recurso humano, es decir, la representación de una o dos personas no es lo suficiente para la defensa de los intereses nacionales, ya que los temas son muy variados y específicos, los cuales requieren de conocimientos técnicos. El Codex debería estudiar opciones para ampliar la representación de los países en vías de desarrollo en dichas reuniones.

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• Capacitación a nuevos miembros del Comité Nacional del Codex: Promover entre los sectores productivo, académico y de consumidores, relacionados con las entidades que hacen parte del Sistema sanitario y de Comercio internacional, la participación activa en el Codex Alimentarius.

• Establecer mecanismos de seguimiento y evaluación del CNC y los Subcomités, así como de sus actividades. • Establecer alianzas estratégicas en el sector privado, la academia, ONG, organizaciones de consumidores y los gobiernos

regionales y locales. • Establecer mecanismos efectivos de comunicación, cooperación e integración entre los Puntos de Contacto y el CNC de los

países de la región andina y con el CCLAC. • Participar en los Chat que organice el CCLAC para el intercambio de información y discusión de agendas comunes. • Promover y fortalecer en las universidades la inclusión de la temática Codex en los programas académicos relacionados

• Celebrar reuniones de alto nivel para crear una mayor conciencia entre los encargados de formular políticas y adoptar decisiones, en las respectivas entidades que conforman el Comité Nacional del Codex.

• Realizar seminarios dirigidos a funcionarios encargados de funciones relacionadas con el control de los alimentos

• Realizar capacitaciones para expertos de la comunidad científica y la industria que deberán contribuir a preparar las posiciones por escrito y, finalmente.

• Realizar actividades de capacitación en materia de procedimientos del Codex dirigida a los delegados que participarán en las reuniones del Codex.

COSTA RICA

Con base en las limitaciones identificadas para fortalecer la capacidad del Punto de Contacto del Codex, el Comité Nacional del Codex y/o otras estructuras nacionales relacionadas al trabajo del Codex, se enumeran las principales de éstas:

o Asistencia para capacitar a un mayor número de personas en la estructura del Codex Alimentarius y en la metodología para participar en la elaboración de normas y textos sobre alimentos, e inocuidad de los alimentos.

o Capacitación a las autoridades nacionales para la implementación de un sistema nacional de control de los alimentos, con el fin de fortalecer las iniciativas existentes.

o Capacitación sobre análisis de riesgos en alimentos, así como cada uno de sus componentes (evaluación, gestión y comunicación) a los funcionarios encargados en el tema en cada uno de los Ministerios competentes en la materia, con el fin de otorgar orientaciones e insumos para una implementación en el país en ciertos alimentos prioritarias según su riesgo.

o Fortalecimiento del mecanismo de emisión de comentarios o posición país ante los documentos del Codex, tanto a nivel nacional como regional.

o Implementación de un mecanismo administrativo para apoyar a los países en desarrollo de la región en la asistencia a las reuniones del Codex.

Por esta razón se ha procedido a plantear una serie de proyectos de cooperación o asistencia técnica a instituciones internacionales o gobiernos amigos. Entre los que destacan:

Proyecto 1:

o La Carta de Intención entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio de Costa Rica (MEIC) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), dicha carta tienen como propósito fundamental establecer una relación de cooperación técnica entre el IICA y el MEIC, para constituir e implementar un plan de trabajo, que contribuya a mejorar la gestión de las pequeñas y medianas empresas productoras de alimentos, en temas relacionados con calidad e inocuidad de productos alimenticios de origen agropecuario , con el fin de facilitar el comercio de sus productos que está en proceso de suscripción.

Esta Carta lo que busca es apoyar al MEIC para fortalecer la estructura del Comité Nacional del Codex, su Secretaría Técnica su liderazgo a nivel nacional y de la región latinoamericana del Codex.

Para:

1. Desarrollar un programa de capacitación dirigida a Pymes en sectores productivos prioritarios relacionados con el tema de inocuidad de los alimentos, a fin de generar procesos de autocontrol y mejorar en la competitividad del país.

2. Apoyar en un programa de sensibilización y educación permanente a escuelas, en temas relacionados con la inocuidad de los alimentos.

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3. Brindar asistencia técnica y capacitación en la implementación de un Plan Piloto de verificación de alimentos basado en análisis de riesgo y capacitar en la guía para la inspección y verificación los productos determinados como prioritarios.

4. Fortalecer la estructura del Comité Nacional del Codex, su Secretaría Técnica por medio de asesorías de expertos y asistencia técnica en temas de interés del Comité o la Secretaría.

Proyecto 2: Se logró apoyo bilateral para una pasantía a Chile y una Capacitación en Guatemala en temas relacionados con el sistema nacional para el control de alimentos y dentro de este lo referido a la inocuidad de los mismos.

Adicionalmente se han planteados los siguientes proyectos, en los que aún no se cuenta con financiamiento:

Proyecto 3: Desarrollar un Sistema de Información de Inocuidad de los Alimentos; cuyo objetivo principal es establecer un sistema digital que articule la información existente de cada una de las instituciones competentes sobre inocuidad de los alimentos.

Proyecto 4: Implementar un proceso de formación de funcionarios de Codex; con el fin de contar con funcionarios capacitados en temas relacionados con el Codex Alimentarius e Inocuidad de los alimentos y adaptar sistemas o mecanismos de trabajo implementados en otros países.

Proyecto 5: Otro proyecto de cooperación propuesto es para la elaboración de un modelo nacional de verificación de mercado coordinado por los Entes del Sistema Nacional para la Calidad, para los reglamentos técnicos emitidos por el Estado Costarricense, basado en tres pilares que involucre organismos de inspección acreditados de naturaleza pública y privada, como son:

1. Verificación directa del Estado en productos prioritarios.

2. Contratación de servicios de inspección.

3. Ensayos de laboratorio acreditados conforme a la ley 8279.

Previo a la inspección en mercado de los productos ya comercializados, se instauraría una política de otorgamiento de “sellos de calidad” con base en requisitos establecidos en los reglamentos técnicos vigentes. Para los fabricantes esta sería una opción que le permita demostrar el cumplimiento de los parámetros de calidad, previo a que su producto esté a disposición del consumidor y para el gobierno, se reduciría las actividades de verificación directa de los productos ya disponibles.

Proyecto:3

Asimismo, se planteó otro proyecto de cooperación propuesto es para Proyecto: Fomentar el cumplimiento y divulgación, tanto a nivel del país como a nivel regional, de las normas CODEX.

Objetivos Específicos: 1. Fomentar la participación de los países en temas de interés regional, relacionadas con la revisión, seguimiento y elaboración de propuestas de normas y posiciones regionales; así como mejorar las actividades de interacción entre países de la región. 2. Fomentar programas de especialización u otro instrumento de formación sobre CODEX Alimentarius e Inocuidad de los Alimentos y otros temas afines. REPUBLICA DOMINICANA

Necesidad de un área más amplia que permita cumplir con el planteamiento de contar con una Biblioteca con todos los documentos del Codex Alimentarius.

PANAMA Necesidad de desarrollar un programa computacional para intercambiar opiniones a nivel nacional, regional y mundial sin la barrera del idioma Necesidad de proveer programa computacional para traducción de documentos. PARAGUAY

Optimizar los recursos y fortalecer el trabajo desarrollado por el punto Focal, el Comité Nacional y los Subcomités. Capacitar a los profesionales de los diversos sectores ya sea público, privado o consumidor en las diversas áreas temáticas del Codex.

Difundir a los niveles de decisión política y técnico el impacto de los procedimientos del Codex en el marco de la integración, el comercio y el desarrollo del país.

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3. PARTICIPACIÓN DE LOS CONSUMIDORES EN EL ESTABLECIMIENTO DE NORMAS ALIMENTARIAS

(i) Participación de los consumidores en las actividades relacionadas con el Codex a nivel nacional, regional y/o internacional

BOLIVIA

En Bolivia trabajan dos ONG en el ámbito de defensa del consumidor que son:

AISCODEDCO, afiliado a consumer internacional

SEDECO, afiliado a consumer internacional

Estas dos organizaciones participan de el Comité Nacional del Codex Alimentarius y de los Comités técnicos de normalización relacionados al trabajo que desarrollan de la siguiente manera:

CTN 3.14 Etiquetado – AIS CODEDCO y SEDECO

CTN 3.27 Regímenes especiales – AIS CODEDCO

CTN 3.29 Alimentos generalidades – SEDECO

BRASIL

Las organizaciones de consumidores son miembros del Comité Nacional del Codex y de los Grupos Técnicos. Además, los consumidores están involucrados en el proceso regulatorio de ANVISA a través de la consulta pública.

Desde 1992, los órganos de representación de los consumidores, tanto gubernamentales como no gubernamentales, han participado en la labor del Comité Nacional del Codex de Brasil (CCAB).

En el ámbito nacional, el Consejo Nacional de Metrología, Normalización y Calidad Industrial (Conmetro) aprobó en 2004 la creación de una Comisión permanente de consumidores con el objetivo de viabilizar la participación de los consumidores en las actividades de normalización y reglamentación, reconociendo en sus términos de referencia, entre otros aspectos, que “... no se puede prescindir de la actuación de las entidades civiles de defensa de los consumidores junto a la normalización y reglamentación técnica, debido a la legitimidad característica que poseen en representar los intereses y necesidades de los consumidores. Una de las principales causas, decisiva para la no expansión de la participación de entidades civiles en el seguimiento de las actividades de normalización, es la falta de recursos financieros”.

La participación de los consumidores en las actividades relacionadas con el Codex en el ámbito nacional e internacional es limitada debido a la falta de recursos financieros.

COLOMBIA

La Confederación Colombiana de Consumidores participa en las siguientes actividades relacionadas con el CODEX:

a) Es miembro del Comité Nacional del CODEX.

b) A través de su programa televisivo y radial, el Boletín del Consumidor, que se emite a nivel nacional y regional, divulga las actividades del CODEX que le son solicitadas.

COSTA RICA

El Comité Nacional del Codex de Costa Rica, ha propiciado la participación de los consumidores en el Comité Nacional, en el cual tiene un representante de la organización social “Federación Nacional de Asociaciones de Consumidores y Usuarios” (FENASCO). Por medio del Comité Nacional se ventila la posición del país en lo referente a las normas del Codex, sede en la cual tienen participación además de las instituciones públicas competentes, los sectores productivos, exportadores, consumidores y la academia. Además, la participación de los consumidores se ve incrementada con el Sistema Digital del Codex, en el cual cada uno de los consumidores puede inscribirse y realizar su comentario al tema de interés, en un plazo determinado previamente, y que será tomado en consideración para la elaboración de la posición país.

Se ha participado en la Feria Nacional del Consumidor donde se hace una explicación y se entrega información del contenido e importancia de etiquetar los alimentos, sobre los pasos que deben seguirse al hacer compras en el supermercado, interés, se aclaran dudas a los consumidores que se acercan.

Se ha participado en entrevistas radiales organizadas por asociaciones de consumidores donde se explica la importancia del Codex y se aprovecha para atender inquietudes de los radio escuchas.

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REPUBLICA DOMINICANA

El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), que es la instancia oficial para la protección de los consumidores dominicanos, participa activamente en los Comités Técnicos de Normas que coordina la Dirección General de Normas y Sistemas de Calidad (DIGENOR), en particular en los relacionados con las Normas CODEX y que forman parte del Comité Nacional del Codex Alimentarius (CONCA).

Recientemente el Consejo Directivo de Pro Consumidor aprobó el Reglamento para la Regulación de las Organizaciones de Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios, el cual establece el marco regulatorio para la operación de las citadas organizaciones y facilitará que la Institución pueda coordinar y optimizar la participación del sector consumidor en los Comités Técnicos de Normas, en particular los relacionados con las Normas CODEX.

Continuar participando en los Comités Técnicos, las Asociaciones consumidores: FUNDECOM, ACACDISNA, CODOCONA y otras.

PANAMA

En nuestro país la participación de los consumidores en las actividades relacionadas con el Codex es parcial, sólo una de las siete (7) organizaciones oficialmente registrada en la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), es la que participa de las actividades Codex. Ahora bien es bueno aclarar que esta representa con su participación al Gremio.

PARAGUAY

No participan, ya que no existe una asociación de consumidores para el área de alimentos, reconocida oficialmente.

(ii) Otras informaciones de interés

BOLIVIA

El gobierno ha creado una cartera de estado específica relacionada a los consumidores, el Viceministerio de defensa de los usuarios y derechos del consumidor.

El nuevo decreto y reglamentación del CNCA incluye en su composición a este Viceministerio, con el objeto de tener un acercamiento a las estrategias de esta institución con el consumidor y coordinar actividades relativas al CODEX para un mejor acercamiento a los consumidores en Bolivia.

COLOMBIA

Nos permitimos enumerar las normas de protección y defensa de los consumidores que tienen relación con los alimentos:

a) Ley 73 de 1981, artículo 1º.

b) Decreto l44l de l982, artículo 1º.

c) Decreto l44l de l982, artículo 10º., Literales d y g.

d) Decreto 3466 de 1982.

Además, la Confederación Colombiana de Consumidores participa en la elaboración de normas para los alimentos en el Instituto Colombiano de Normas Técnicas-ICONTEC.

DEFICIENCIAS

Falta de personal técnico de apoyo para fortalecer la participación efectiva de las asociaciones de consumidores.

COSTA RICA

Recientemente se ha podido implementar a nivel nacional un Sistema Digital del Codex que persigue la distribución de documentos, con recordatorios automáticos y además, busca la participación de productores y consumidores en la transparencia del proceso de definición de la posición país.

PANAMA

Queremos aclarar que las asociaciones de consumidores son llamadas a participar en los comités Codex y su participación en las normativas de alimento en el país ha sido de gran importancia, toda vez que se convierten en agentes multiplicadores de la labor que lleva a cabo el comité relacionada a la normativa alimentaria.

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(iii) Experiencias positivas o deficiencias identificadas en la participación de los consumidores en las actividades relacionadas al Codex

BOLIVIA

Positiva:

Se ha desarrollado un trabajo en 5 países de la región relativa a la participación de consumidores con el Codex y ha terminado en una publicación con conclusiones y recomendaciones.

BRASIL

Deficiencias

Una de las grandes dificultades para los consumidores al participar efectivamente en el trabajo del Comité Nacional, es la falta de recursos y también la falta de un números de expertos para asistir a todas las reuniones de los Grupos Técnicos y del Comité Nacional.

COLOMBIA

Se ha identificado que el conocimiento sobre la existencia y desarrollo de las actividades del CODEX es mínimo tanto en el sector público como privado, de manera especial en las ciudades no capitales y cabeceras municipales.

COSTA RICA

EXPERIENCIAS POSITIVAS

Con respecto a la participación de los Consumidores en el establecimiento de normas alimentarias a nivel nacional, nuestro país involucra directamente a este sector mediante un representante en cada uno de los Comités Técnicos Nacionales que elaboran Reglamentos Técnicos, muchos de los cuales son homologados con las Normas del Codex, sin embargo si hablamos de los Subcomités Nacionales relacionados directamente con el Codex como ya indicamos la participación de los consumidores ha sido incorporada mediante el Decreto Ejecutivo No.33212-MEIC “Reglamento Interno del Comité Nacional del Codex y los Subcomités Nacionales del Codex Alimentarius en Costa Rica”.

Es necesario destacar que en nuestro país con motivo de la aplicación de la Ley Nº 7472 de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor de diciembre de 1995 y la Ley Nº 8220 de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos de marzo de 2002, existe a nivel institucional la Comisión Nacional del Consumidor que se encarga de la verificación de que los productos cumplan con las regulaciones que protegen al consumidor, incluidas las normativas correspondientes para el sector de alimentos. En el proceso de publicación de las propuestas de reglamentos técnicos o decretos, los ciudadanos (todos ellos consumidores) tienen la oportunidad de hacer comentarios y por ende ser partícipes del establecimiento de normas. Parte del trabajo que se ha elaborado en conjunto con la Comisión Nacional del Consumidor es la elaboración de Guías sobre Etiquetado de los Alimentos dirigidas a maestros de educación escolar para poder incluir este tema en la educación primaria y secundaria.

Asimismo, como ya se indicó anteriormente, el Sistema Digital del Codex hace que la información de los textos del Codex sea más accesible a los consumidores, y de una manera sencilla y amigable que favorece que los consumidores puedan inscribirse fácilmente.

LIMITACIÓN ESPECÍFICA IDENTIFICADA

En cuanto a las deficiencias encontradas en la participación de los consumidores es que a nivel nacional están en que son pocas las organizaciones formalizadas o legalizadas que existen en el país y por tanto, en ocasiones se les dificulta el poder participar en todas las reuniones de los Subcomités Nacionales.

Asimismo, las organizaciones de consumidores nacionales tienen problemas de asociatividad, son disgregados y las organizaciones existentes tienen pocos recursos para participar lo que disminuye su impacto o participación activa.

Se está considerando en incorporar dentro de la estructura nacional del Codex una participación que sea rotativa para cada una de las organizaciones de consumidores en el país y que cada una de ella sea nombrada por un plazo determinado, con el fin de obtener criterios y asistencia de cada una de estas organizaciones.

REPUBLICA DOMINICANA

Las organizaciones de consumidores no tienen la suficiente sensibilización ni cuentan con el personal con la debida preparación para tener una óptima participación en los Comités de Normas de la DIGENOR.

Se dificulta la participación de los consumidores organizados del interior del país, debido a que los Comités Técnicos del Codex se reúnen sólo en la ciudad de Santo Domingo.

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PANAMA

Una de las mayores limitaciones que hemos observado, se presenta es la divulgación de las actividades Codex, responsabilidad que no debe recaer sólo en el punto de contacto sino en todos los miembros del Comité Nacional. En nuestro país, estamos realizando esfuerzos para que los consumidores conozcan que es Codex y su utilidad.

Igualmente una de nuestra experiencia más positiva es que a través de las normas de alimento, basadas en la experiencia Codex, se ha logrado beneficiar a los consumidores de nuestro país, ya que con este mecanismo hemos progresado en el ordenamiento de la actividad alimentaria.

(iv) Necesidades identificadas en creación de capacidad para fortalecer la participación de los consumidores en las actividades relacionadas al Codex

BOLIVIA

Capacitación y concientización al consumidor final en normas, inocuidad, cambios de conducta en cuanto a consumo

BRASIL

Es necesario fortalecer las organizaciones de los consumidores en el sentido financiero, de modo que puedan contratar expertos y organizar su participación en el trabajo del Codex, y también en otras organizaciones de normalización.

COLOMBIA

Para fortalecer la participación de los consumidores en las actividades relacionadas al CODEX, es necesario que a los miembros de las organizaciones de consumidores se les capacite técnicamente sobre las actividades propias del CODEX y lograr así una mayor incidencia en la elaboración de las normas alimentarias, además, para realizar una mejor veeduría sobre dichas normas a fin de que no se violen los derechos de los consumidores.

COSTA RICA

Para fortalecer la participación de los consumidores se requiere de un programa continuo de capacitación sobre diversos temas transversales en el Codex, por ejemplo, temas de tipo nutricional y su efecto en la salud, según la estrategia mundial de actividad física, alimentación y nutrición de la OMS, temas de inocuidad y calidad de los alimentos, de etiquetado, publicidad engañosa, entre otros.

Es importante que los consumidores conozcan y dominen la información contenida en las etiquetas ya que la mayoría de ellos no leen etiquetas y la información nutricional no la comprenden. Capacitación a los consumidores en el tema de comprensión de etiquetas es fundamental, por lo que se considera que el desarrollo e implementación de un programa proyecto de divulgación y capacitación vendría a solventar parte de las necesidades existentes.

REPUBLICA DOMINICANA

Sería deseable la sensibilización y capacitación, a través de charlas, cursos y talleres, de los representantes de las organizaciones de consumidores, para que pueda haber una efectiva participación del sector en el proceso de normalización alimentaria.

PANAMA

A través de la participación del representante de los consumidores, pudiéramos establecer seminarios y capacitaciones dirigidas a dar a conocer como funciona el Codex a nivel nacional, para que de esta manera sean estos mismos consumidores quienes se conviertan en agentes multiplicadores y de mercadeo de las bondades del Codex. Esto pudiera iniciarse a través del Colegio Nacional de Asociaciones de Consumidores y Usuarios.

PARAGUAY

Formación de Asociaciones de Consumidores y la Capacitación sobre el roll de los consumidores y la inocuidad de los alimentos.