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CVI. INFORME FINAL DE AUDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2014

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CVI. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,

DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2014

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1

DEPENDENCIA

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA

AUDITORÍA FINANCIERA

Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

Auditoría ASCM/13/14

ANTECEDENTES

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014, la Secretaría de Seguridad

Pública (SSP) reportó un presupuesto original de 13,729,804.0 miles de pesos y un ejercido

de 16,732,990.7 miles de pesos, lo cual significó un incremento de 3,003,186.7 miles de pesos

(21.9%).

La SSP ocupó el primer lugar respecto del presupuesto ejercido en 2014 por las

22 dependencias del Gobierno del Distrito Federal (66,231,932.7 miles de pesos), con un monto

de 16,732,990.7 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública del

Gobierno del Distrito Federal de ese año. Dicho importe representó el 25.3% del total erogado

por las dependencias del Gobierno del Distrito Federal.

Con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, la SSP ejerció

1,744,951.4 miles de pesos (10.4% de su presupuesto total), que significó una variación

de 926.7% (1,574,983.2 miles de pesos) en relación con el presupuesto original de dicho

capítulo (169,968.2 miles de pesos) y aumentó 21.0% (303,318.7 miles de pesos) en relación

con lo ejercido el año anterior (1,441,632.7 miles de pesos).

En el informe de Cuenta Pública de 2014, apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo

de Gasto”, la SSP informó que “la variación que se presenta en este rubro se justifica al erogar

mayores recursos para la adquisición de 973 vehículos tipo patrulla y 1,200 motocicletas,

19 vehículos encubiertos, 6 vehículos blindados, 5 helicópteros, 5 equipos terrestres para

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la ejecución de programas de seguridad pública y atención de desastres naturales, equipo

aeroespacial, equipo de defensa, y equipo de seguridad. Lo que permite brindar amplia cobertura

a las necesidades operativas, terrestres y aéreas en materia de seguridad pública, vialidad,

protección civil, prevención del delito y posibles contingencias”.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la SSP

en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se haya registrado, aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,

contenidos en el Manual de Selección de Auditorías vigente:

“Importancia Relativa”. Se seleccionó el capítulo con relación a las variaciones significativas

que se presentaron durante el ejercicio 2014.

“Presencia y Cobertura”. El capítulo se seleccionó a fin de garantizar que, eventualmente

se revisen todos los conceptos susceptibles de ser auditados, por estar incluidos en la Cuenta

Pública del Distrito Federal.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera,

fracción V, incisos c), primer párrafo, y e), en relación con el 74, fracción VI y 79 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal; 1; 2, fracciones XIII, XVI y XXI inciso a); 3; 8, fracciones I, II, V, VI, VII, VIII, IX, XIII,

XIV, y XIX; 9; 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; y 36 de la

Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1, 6, 16, 17 y 19 del Reglamento

Interior de la Auditoria Superior de la Ciudad de México, vigentes.

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ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes. El gasto de la SSP con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles

e Intangibles”, por 1,744,951.4 miles de pesos, se ejerció en 18 partidas de gasto, mediante

137 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 6 documentos múltiples (DM). Derivado

de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría y del estudio

y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar un monto de 1,488,568.5 miles

de pesos, ejercido mediante 39 CLC y 3 DM en las partidas 5411 “Automóviles y Camiones

para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”,

5431 “Equipo Aeroespacial” y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”, que representó

el 85.3% del total ejercido en dicho capítulo.

Se revisó la normativa aplicable al ejercicio y registro de las erogaciones efectuadas por la

SSP en 2014 con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, integrada

por lo siguiente: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal, Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su

reglamento; Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; Reglamento

Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; Decreto del Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014; Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y su reglamento; Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público y su reglamento; Ley del Régimen Patrimonial y el Servicio Público; Ley

de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal; Ley del Procedimiento Administrativo del

Distrito Federal; Ley de Seguridad Pública Distrito Federal; Ley General de Contabilidad

Gubernamental; Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de

la Administración Pública del Distrito Federal; Código Fiscal del Distrito Federal; Código

Fiscal de la Federación; Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal; Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno); Circular Contraloría General

para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación

y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del

Distrito Federal; Manual de Contabilidad Gubernamental, Manual de Integración y Funcionamiento

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del Subcomité de Adquisiciones Arrendamientos y Prestación de Servicios correspondiente

a 2014 y Convenio de Adhesión para el otorgamiento del Subsidio para la Seguridad

Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal que celebran

el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Gobierno del Distrito

Federal, todos vigentes en 2014.

Se solicitó información específica y se aplicaron los cuestionarios de control interno y de

ambiente de control a los titulares de la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas, Dirección

General de Recursos Financieros y la Dirección General de Recursos Materiales, todas

adscritas a la Oficialía Mayor de la SSP, las cuales intervinieron en las actividades relacionadas

con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto,

así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles

e Intangibles”.

Se revisó el manual administrativo de la SSP vigente en 2014, tanto en su parte de

organización como en la de procedimientos, para verificar que su organización fuera acorde

con la estructura orgánica dictaminada y que los procedimientos aplicables al rubro sujeto

a revisión estuvieran dictaminados y registrados por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA).

Se verificó que el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

(PAAAPS) de 2014 y sus modificaciones trimestrales se hubiesen enviado en tiempo y

forma a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) y a la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales (DGRMSG) de la Oficialía Mayor (OM), y que se hubiese publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de acuerdo con la normatividad vigente.

Se verificó el cumplimiento del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal,

referente a que los informes de las operaciones autorizadas de conformidad con los artículos 54

y 55 del citado ordenamiento se hubiesen enviado en tiempo y forma a la SEFIN y a la OM.

Se verificó que la SSP hubiese cumplido la Ley General de Contabilidad Gubernamental

y las normas del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), de conformidad

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con los artículos 121, 122 y 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2014.

Con relación al gasto registrado, se revisó que el registro de los momentos contables se

hubiese realizado conforme a la normativa vigente, y se analizó la información que proporcionó

la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, respecto

de los registros contables y presupuestales de las etapas del gasto aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado por la SSP, con cargo al capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles” en 2014.

Con relación al gasto aprobado, se constató que se hubiese tramitado oportunamente ante

la SEFIN, la aprobación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo

Anual de la dependencia, conforme a los plazos y la normatividad aplicables.

Se verificó que el gasto modificado coincidiera con el reportado por la SSP para la integración de

la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014 y que éste se encontrara debidamente

soportado, por lo que se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias y los

movimientos que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión.

Con relación al gasto comprometido, se revisó si la SSP aprobó los compromisos y obligaciones

derivadas de los instrumentos jurídicos formalizados con los proveedores de bienes de la

muestra de auditoría, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Se confirmó que los proveedores con los que se formalizaron los contratos seleccionados

en la muestra de auditoría no estuvieran inhabilitados por la Secretaría de la Función Pública

(SFP) o por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).

Con relación al gasto devengado, se verificó que los bienes adquiridos se hubiesen recibido

oportunamente y que correspondieran con las condiciones establecidas en los contratos;

sí se contó con controles y evidencia documental de la recepción de los bienes a entera

satisfacción de la SSP; asimismo, se efectúo la inspección física a una muestra de los

bienes adquiridos con cargo a las partidas revisadas.

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Se revisó que el gasto ejercido por la SSP con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, partidas 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 5431 “Equipo Aeroespacial”

y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” estuviera respaldado con la respectiva Cuenta

por Liquidar Certificada (CLC) y con la documentación comprobatoria de las adquisiciones;

y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la normatividad aplicable, para lo cual

se analizó la documentación soporte de la muestra, por un importe de 1,488,568.5 miles

de pesos (IVA incluido), contenida en 39 CLC y 3 DM.

Asimismo, se verificó que las CLC empleadas para pagar los servicios contratados estuvieran

autorizadas por los servidores públicos facultados para tal fin, que los pagos hubiesen

sido autorizados por los servidores públicos a cargo; y que los proveedores hubiesen entregado

los comprobantes de pago correspondientes (facturas), conforme a los requisitos fiscales indicados

en el Código Fiscal de la Federación vigente en 2014.

Con relación al gasto pagado, se verificó que la SSP contara con la documentación que

reflejara el desembolso de efectivo para la cancelación total de las obligaciones contraídas

mediante los contratos núms. SSP/BE/A/190/2014, SSP/BG/A/075/2014 y SSP/BE/A/297/2014,

correspondientes a la muestra de auditoría; y se realizó la confirmación de operaciones.

Para determinar la muestra de partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes criterios:

La muestra de auditoría se definió conforme a la selección incidental y por unidad monetaria

establecida en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Muestreo de Auditoría”, de las

Normas de Auditoría emitidas por la Federación Internacional de Contadores, y adoptadas

por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP); tomando en consideración

las partidas con mayor importancia relativa y participación en el ejercicio de recursos del

Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y conforme al siguiente procedimiento:

1. Se integraron los montos consignados en la Cuenta Pública de la SSP de 2014 y en la

base de datos de las CLC que la SEFIN proporcionó a esta entidad de fiscalización.

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2. Se estratificó el universo del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

(1,744,951.4 miles de pesos) por partida presupuestal, y se determinó el porcentaje

que representó cada una de ellas con relación al total ejercido en el capítulo (universo

de auditoría), con la finalidad de identificar los importes y las variaciones de cada partida.

3. Se consideraron aquellas partidas de gasto que presentaron variaciones absolutas

y relativas significativas entre el presupuesto original y ejercido en 2014.

4. Se seleccionaron las partidas que presentaron riesgos de operación durante el estudio

y evaluación del sistema de control interno, así como las partidas indicadas en el

proyecto de auditoría (5411 “Vehículos y Camiones para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, y 5511 “Equipo de Defensa

y Seguridad”) en el que se informó que éstas partidas destacaron dentro del capítulo

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.

5. Se identificaron e integraron los proveedores y montos ejercidos en el capítulo 5000

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.

Fundamento Normativo para la Selección de la Muestra

Para determinar las partidas a revisar, se consideró lo establecido en el numeral 2 “De la

Naturaleza, Extensión, Alcance, Oportunidad y Validez de los Procedimientos y Técnicas

de Auditoría”, apartado III, “Aspectos Normativos de las Técnicas y Procedimientos de

Auditoría”, del Manual del Proceso General de Fiscalización del 30 de abril de 2014 (vigente a la

fecha) y lo dispuesto en el numeral 4.3 “Criterios de Selección de Auditorías”; apartado 4.3.1

“Generales”; puntos 1 “Importancia relativa”, 2 “Exposición al Riesgo” y 4 “Presencia y Cobertura”

del Manual de Selección de Auditorías, vigente a partir del 12 de junio de 2015 y la norma 320

“Importancia Relativa o Materialidad en la Planificación y Ejecución de la Auditoría” de las

Normas Internacionales de Auditoría (NIA).

“Importancia Relativa”. Se seleccionaron las partidas presupuestales 5411 “Automóviles y Camiones

para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”,

5431 “Equipo Aeroespacial” y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”, por representar el 48.52%,

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21.19% y 26.95% respectivamente, del ejercido en el capítulo en 2014; asimismo por haber

presentado una variación positiva superior al 10% con respecto al presupuesto ejercido en 2013.

“Presencia y Cobertura”. Se seleccionaron las partidas presupuestales 5411 “Automóviles

y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres

Naturales”, 5431 “Equipo Aeroespacial” y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”, a fin de

garantizar que, eventualmente, se revisen todos los conceptos susceptibles de ser auditados,

por estar incluidos en la Cuenta Pública del Distrito Federal.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas, Dirección

General de Recursos Financieros y Dirección General de Recursos Materiales de la SSP,

por ser las unidades administrativas que se encargan de registrar las operaciones financieras

y de conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto. En su caso, se

aplicarán procedimientos de auditoría en las áreas que hayan intervenido en la operación

del rubro en revisión, con objeto de que los resultados permitan conocer la razonabilidad del

uso y destino de los recursos.

Como resultado de los criterios enunciados, se determinó una muestra de auditoría de

1,488,568.5 miles de pesos, que representó el 85.3% de los recursos ejercidos (1,744,951.4 miles

de pesos) en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, correspondiente

a las partidas presupuestales 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 5431 “Equipo Aeroespacial” y

5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” erogados mediante los contratos núm. SSP/BE/A/190/2014,

suscrito con el proveedor Automundo, S.A. de C.V., correspondiente a la partida presupuestal

5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública

y Atención de Desastres Naturales”; núm. SSP/BE/A/297/2014, suscrito con el proveedor

Servicio Técnico Aéreo de México, S.A. de C.V., correspondiente a la partida presupuestal

5431 “Equipo Aeroespacial”; y núm. SSP/BG/A/075/201, suscrito con el proveedor Comunicación

Segura, S.A. de C.V., correspondiente a la partida presupuestal 5511 “Equipo de Defensa

y Seguridad”.

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La muestra sujeta a revisión se integró como se indica a continuación:

(Miles de pesos)

Partida

Universo Muestra

Contratos y convenios

Procesos de adquisición

Importe ejercido

Contratos y convenios

Procesos de adquisición

Importe ejercido

AD LPN IR AD LPN IR

5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”. 15 6 4 2 846,724.6 1 1 689,871.8

5431 “Equipo Aeroespacial” 1 1 0 0 369,696.7 1 1 369,696.7

5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” 7 6 0 0 470,250.1 1 1 429,000.0

Total 23 13 4 2 1,686,671.4 3 1 1 1 1,488,568.5

Otras 15 partidas presupuestales 30 27 0 1 58,280.0

Total capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 53 40 4 3 1,744,951.4

AD: Adjudicación directa. LPN: Licitación pública nacional. IR: Invitación restringida.

Como resultado de la aplicación de los criterios enunciados, fue seleccionado como muestra

de auditoría un importe de 1,488,568.5 miles de pesos, que representó el 85.3% de los

recursos ejercidos en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, integrados

por 3 contratos, 39 CLC y 3 Documentos Múltiples, como se muestra en seguida:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Cantidad Presupuesto ejercido

% del

capítulo

Cantidad Presupuesto ejercido

% del

capítulo CLC* DM** CLC* DM**

5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”

51 846,724.6 48.5 15 689,871.8 39.5

5431 “Equipo Aeroespacial” 13 3 369,696.7 21.2 13 3 369,696.7 21.2

5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” 19 470,250.1 26.9 11 0 429,000.0 24.6

Total 83 3 1,686,671.4 96.6 39 3 1,488,568.5 85.3

Otras 15 partidas presupuestales 54 3 58,280.0 3.4

Total capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

137 6 1,744,951.4 100.0

* Cuenta por Liquidar Certificada.

** Documento Múltiple.

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ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El estudio y evaluación del sistema de control interno tiene como propósito ayudar a la

determinación del grado de confianza que puede depositarse en los sistemas de control

operados por la SSP en torno a las erogaciones efectuadas con recursos del capítulo

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, a fin de establecer la extensión, oportunidad

y alcance de las pruebas y procedimientos de auditoría; identificar flujos de operación con

debilidades o desviaciones de control interno y sus probables áreas de riesgo; y definir los

criterios para la selección de la muestra por revisar.

Al respecto, se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la SSP en las

áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad en el ejercicio

de los recursos del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, en la verificación del

cumplimiento de los requisitos documentales, en los registros presupuestales, y en el resguardo

y archivo de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de los expedientes

de los contratos celebrados y de las CLC de los pagos realizados.

Se analizó el Manual de Organización de la SSP vigente en 2014, con el fin de identificar

tanto la estructura orgánica del sujeto de fiscalización, como los objetivos, funciones y atribuciones

de las unidades administrativas que lo integran. Asimismo, se revisó el manual de procedimientos de

la dependencia, con objeto, por una parte, de conocer cuáles fueron las unidades administrativas

que intervinieron en la autorización, ejercicio y registro de las erogaciones con cargo al

capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y, por otra, de verificar que se aplicaran

los procedimientos correspondientes.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que la SSP,

para el ejercicio de los recursos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles

e Intangibles”, partidas 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de

Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 5431 “Equipo Aeroespacial” y 5511

“Equipo de Defensa y Seguridad”, estableció mecanismos que en general hacen factible la

administración de los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias. Asimismo, se determinó

que las áreas están estructuradas conforme a las funciones asignadas en el manual de

organización de la dependencia, con lo que se garantizó, en términos generales, el cumplimiento

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de la normativa; así como la supervisión y control de las operaciones para validar las

erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez permite delimitar adecuadamente

las responsabilidades.

Se aplicó un cuestionario de control interno (incluyendo uno específico de ambiente de control)

a los titulares de la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas, Dirección General de

Recursos Financieros y Dirección General de Recursos Materiales, todas adscritas a la

Oficialía Mayor de la SSP; quienes intervinieron en las actividades relacionadas con el

registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto, así

como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles

e Intangibles”. Además, se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores

públicos facultados para ello y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas

y los objetivos específicos de control.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los

mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar

si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades

e ineficiencias, y sí disminuyeron las debilidades detectadas.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Con la finalidad de identificar las unidades administrativas de la SSP que estuvieron encargadas del

control y registro de las distintas etapas del gasto (aprobado, modificado, comprometido,

devengado, ejercido y pagado), con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles

e Intangibles”, se analizó el manual administrativo de la dependencia tanto en su apartado

de organización como el de procedimientos, vigente en 2014. Al respecto, se determinó lo siguiente.

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Estructura Orgánica

La estructura orgánica de la SSP vigente en 2014, fue autorizada por la Coordinación

General de Modernización Administrativa (CGMA) mediante el oficio núm. CG/437/2010

del 20 de octubre de 2010, y estructurada con base en el dictamen núm. 16/2010, con vigencia

a partir del 1o. de noviembre del mismo año. En el dictamen se previeron las Subsecretarías

de Operación Policial, de Control de Tránsito, de Participación Ciudadana y Prevención del

Delito, de Desarrollo Institucional y de Información e Inteligencia Policial, la Jefatura

del Estado Mayor Policial, así como la Oficialía Mayor de la SSP.

Por su parte, la Oficialía Mayor de la SSP se integró con las Direcciones Generales de Recursos

Financieros; de Recursos Materiales; de Administración de Personal y la de Mantenimiento

y Servicios; así como con las Direcciones Ejecutivas de Transparencia, de Rendición de

Cuentas, de Organización y Administración Territorial.

Manual Administrativo

1. El manual administrativo de la SSP en su apartado de organización fue elaborado

conforme al dictamen núm. 16/2010 y enviado a la CGMA para su revisión, dictamen

y registro mediante el oficio núm. DEOAT/OM/SSP/158/2011 del 21 de enero de 2011,

suscrito por la Dirección Ejecutiva de Organización y Administración Territorial. En

respuesta la CGMA con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/2231 del 9 de mayo de 2011,

comunicó a la SSP que su manual administrativo apartado de organización quedó registrado

con el núm. MA-11001-16/10. El manual establece los objetivos, funciones, facultades

y responsabilidades de los servidores públicos de mandos medios y superiores adscritos

a las unidades administrativas de la dependencia; y fue difundido mediante diversos

oficios a las unidades administrativas, y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 30 de junio de 2011.

2. El apartado de procedimientos se integró por 260 de ellos, dictaminados, registrados

y comunicados a la SSP por la CGMA mediante diversos oficios; se les asignó el

número de registro MA-11001-16/10; y fueron difundidos entre el personal responsable

de aplicarlo por medio de la emisión de 12 oficios circulares. Se verificó que la relación

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de los 260 procedimientos se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del

7 de febrero de 2014. Asimismo, se determinó que 28 de los 260 procedimientos se relacionaron

con el rubro revisado (capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”).

3. Derivado de la revisión a los procedimientos aplicables al capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, se observó que en 2014, la Dirección General de Recursos

Materiales adscrita a la Oficialía Mayor de la SSP, para la adquisición de vehículos,

de equipo aeroespacial y alarmas vecinales, aplicó los procedimientos “Realización del

Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y Especializados por Adjudicación

Directa”, “Realización del Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales

y Especializados por Licitación Pública”, y “Realización del Proceso de Adquisición de

Bienes o Servicios Generales y Especializados por Invitación Restringida”. Dichos procedimientos

no se encontraron relacionados en la lista de los 260 publicados en 2014, ya que éstos

últimos fueron elaborados conforme al dictamen de reestructuración orgánica 18/08

y número de registro MA-11001-18/08 (publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 8 de julio de 2011).

Mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/975/2015 del 25 de septiembre de 2015, la SSP

dio respuesta al cuestionario de control interno que con relación a esos procedimientos

informó: “Los procedimientos referidos no fueron registrados por la CGMA; sin embargo,

se informa que a la fecha (septiembre 2015), los mismos ya fueron incorporados al

Manual Administrativo de la SSP, con vigencia a partir del 20 de julio de 2015”. Adicional

a lo anterior, se solicitó a la SSP que informara del estado que guardan los procedimientos

en cuestión. En respuesta con el oficio núm. SSP/OM/DERC/218/2016 del 3 de marzo

de 2016, la DERC proporcionó nota informativa elaborada por el Director de Adquisiciones,

Almacenes y Aseguramiento, en la que mencionó:

“Se informa que mediante el oficio núm. SSP/OM/DEOAT/2040/2015, la Dirección Ejecutiva

de Organización y Administración Territorial (DEOAT) entregó un CD con la actualización del

Manual Administrativo de esta Secretaría, el cual fue registrado con el número

MA-20/200715-D-SSPDF-1/160115, por la Coordinación General de Modernización

Administrativa, mediante el oficio OM/CGMA/1332/2015, de fecha 20 de julio del año

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en curso [2015]; así mismo, mencionó que los Procedimientos que a continuación se citan,

quedaron actualizados y autorizados por la CGMA, e incorporados al Manual Administrativo:

”Realización del Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y Especializados

por Invitación Restringida,

”Realización del Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y Especializados

por Licitación Pública,

”Realización del Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y Especializados

por Adjudicación Directa.

”No se omite señalar que mediante el oficio núm. SSP/OM/DEOAT/00040/2016,

del 5 de enero de 2016, la DEOAT entregó un CD con la actualización del Manual Administrativo

de la Secretaría, el cual fue registrado con el núm. MA-67/041215-D- SSPDF17/160715,

por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), mediante el

oficio OM/CGMA/2315/2015, de fecha 04 de diciembre de 2015; para lo cual, previo

a lo anterior se actualizaron nuevamente dichos Procedimientos.”

De lo anterior, se desprende que la SSP aplicó en 2014, procedimientos para el registro

y control de operaciones relacionadas con el capítulo 5000 “Servicios Generales” no actualizados

con base en el último dictamen de reestructuración orgánica 16/10 vigente en 2014; asimismo, no

fueron enviados a la CGMA para su dictamen y registro, por lo que la SSP incumplió lo

dispuesto en el numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación

de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa,

y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de enero de 2011, vigente en 2014, que establece:

“Los Titulares de las dependencias [...] son los responsables de la actualización de los Manuales

Administrativos, que se deriven de […] la modificación de la estructura orgánica […]. La

actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio de oficio

firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en 60 días hábiles

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posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta proceda a su

análisis y, en su caso, al registro.”

En conclusión, se determinó que la SSP contó con unidades administrativas estructuradas

conforme al manual administrativo apartado de organización; tuvo mecanismos y actividades

de control por medio de los manuales procedimientos para atender y mitigar los riesgos de

registro y control de las operaciones que afectaron los recursos del capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles, e Intangibles”, así como para garantizar la integridad, calidad, oportunidad,

suficiencia y consistencia de la información y documentación generada; sin embargo, aplicó

diversos procedimientos que no fueron acordes con la última estructura orgánica autorizada

en 2014, situación que ya fue subsanada toda vez que dichos procedimientos ya fueron

actualizados conforme a la estructura orgánica y la actualización de su manual administrativo

vigentes en 2015.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de abril de 2016, la Dirección Ejecutiva de Rendición de

Cuentas de la Oficialía Mayor de la SSP, mediante el oficio núm. SSPCDMX/OM/DERC/392/2016

del 20 de abril del mismo año, proporcionó e informó lo siguiente:

1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAAA/02233/2016 del 19 de abril de 2016, mediante el cual

el Director General de Recursos Materiales informó a la Directora Ejecutiva de Rendición

de Cuentas [para la atención de la observación del presente resultado] lo siguiente:

“Es importante señalar que los Procedimientos de Adjudicación de Bienes y Servicios

realizados durante el ejercicio auditado, se llevaron a cabo con base en los Procedimientos

observados, por constituir éstos una guía en la realización de las operaciones y estar

basados en la normatividad en materia de adquisiciones, la cual no ha tenido cambios

sustanciales; en ese sentido, de su aplicación no se derivaron responsabilidades

administrativas ni consecuencia alguna.

”Así mismo, se informa que durante el ejercicio 2015, los procedimientos, señalados

anteriormente fueron aprobados e incorporados en el Manual Administrativo de la SSP,

actualmente vigente, y por lo tanto son utilizados en los Procedimientos de Adjudicación

de Bienes y Servicios que se realizan en dicho año.

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”No omito señalar que mediante el oficio SSP/OM/DGRM/993/2015, se comprobó a la Dirección

Ejecutiva de Organización y Administración Territorial, la difusión del Manual Administrativo

y por ende la de los procedimientos en comento.

”Adicional a lo anterior se comenta que mediante el Oficio SSP/OM/DEOAT/00040/2016,

de fecha 5 de enero de 2016, la DEOAT entregó un CD con la actualización del Manual

Administrativo de esta Secretaría el cual fue registrado con el número

MA-67/041215-D-SSPDF17/160715, por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA), mediante el oficio OM/CGMA/2315/2015, de fecha 04 de diciembre

de 2015; para lo cual, previo a lo anterior se actualizaron nuevamente dichos Procedimientos.

”Cabe señalar que los oficios antes citados, fueron presentados durante el proceso de

la auditoria, por lo que únicamente se adjunta lo correspondiente a la difusión del Manual

Administrativo, en el cual quedaron incorporados, actualizados y autorizados los Procedimientos

observados.”

2. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/993/2015 del 20 de agosto de 2015, por medio del cual el

Director General de Recursos Materiales le remitió al Director Ejecutivo de Organización

y Administración Territorial los memorándums 17, 18, 19, 175, 176, 177, 178 y 179, mediante

los cuales se difundió el manual administrativo a las áreas correspondientes.

3. Memorándums 17, 18, 19, los tres de fecha 5 de agosto de 2015, con los cuales el

encargado del despacho de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento,

(adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales de la Oficialía Mayor de la SSP)

remitió, para su difusión, el manual administrativo de la SSP con número de registro

MA-20/200715-D-SSPDF-1/160115 a los Subdirectores de Riesgo y Aseguramiento,

de Adquisiciones, de Almacenes e Inventarios. Memorándums 175, 176, 177, 178 y 179 del

11 de agosto del mismo año, con los que el Director de Transportes remitió dicho manual

para su difusión al Subdirector de Transportes y a cuatro Jefes de Unidad Departamental

adscritos a su área.

De acuerdo con lo informado por la Dirección General de Recursos Materiales y la documentación

proporcionada por la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la Oficialía Mayor

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de la SSP, se desprende que los procedimientos señalados en la observación del presente

resultado (“Realización del Proceso de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y

Especializados por Adjudicación Directa”, “Realización del Proceso de Adquisición de Bienes

o Servicios Generales y Especializados por Licitación Pública”, y “Realización del Proceso

de Adquisición de Bienes o Servicios Generales y Especializados por Invitación Restringida”)

ya fueron dictaminados y registrados por la Coordinación General de Modernización Administrativa.

Asimismo, el sujeto fiscalizado proporcionó evidencia documental de su difusión entre las

áreas responsables de su aplicación; sin embargo, no proporcionó evidencia documental

de su aplicación en la adquisición de bienes muebles.

Recomendación ASCM-13-14-1-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, por conducto

de la Oficialía Mayor, establezca mecanismos de control a fin de asegurarse de que las

adquisiciones con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” se

realicen conforme a los procedimientos actualizados y registrados por la Coordinación General

de Modernización Administrativa, acordes con la última estructura orgánica vigente, y de

conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales

Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal.

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios

2. Resultado

Con el fin de constatar que el PAAAPS de 2014 de la SSP y sus modificaciones trimestrales

se hubiesen enviado en tiempo a la SEFIN y a la DGRMSG de la OM; y que éste se haya

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, conforme a la normatividad vigente; se analizó

la documentación proporcionada por la SSP mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/859/2015

del 31 de agosto de 2015. Al respecto, se observó lo siguiente:

1. La SSP remitió el PAAAPS para su validación presupuestal a la Dirección General

de Política Presupuestal adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante

el oficio núm. SSP/OM/DGRM/66/2014 del 22 de enero de 2014, con sello de recibido

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del 23 del mismo mes y año (conforme al artículo 16 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal, artículo 13 de su reglamento, y numeral 4.2.1 de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 19 de la Ley de

Adquisiciones del Distrito Federal y 14 de su Reglamento, vigentes en 2014). En

respuesta, con el oficio núm. DGPP/0296/2014 del 24 de enero de 2014, Dirección

General de Política Presupuestal, comunicó a la dependencia la validación presupuestal

de su PAAAPS 2014.

2. El 29 de enero de 2014 mediante el oficio núm. SSP/OM/DGRM/0083/2014, la SSP

envió a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica

y de Servicios Legales del Distrito Federal, el PAAAPS para que se llevara a cabo

su publicación. Dicho programa fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 31 de enero de 2014.

3. Conforme al numeral 4.2.1 de la Circular Uno 2012 y 2014, la SSP, mediante el oficio

núm. SSP/OM/DGRM/0084/2014 del 29 de enero de 2014, envió el PAAAPS a la

DGRMSG, el cual le fue recibido el día 30 del mismo mes y año.

Respecto a las modificaciones trimestrales al PAAAPS de 2014, la SSP registró un

desfase de 16 días en la publicación del cuarto trimestre en el sitio web de la DGRMSG

de la OM, como se muestra a continuación:

Trimestre

Oficios Fechas de publicación

Número Fecha Publicación en sitio web

Circular Uno* Desfase (días)

Primero SSP/OM/DGRM/0311/2014 8/IV/14 8/IV/14 15/IV/14 0

Segundo SSP/OM/DGRM/0592/2014 14/VII/14 14/VII/14 14/VII/14 0

Tercero SSP/OM/DGRM/0900/2014 13/X/14 13/X/14 14/X/14 0

Cuarto SSP/OM/DGRM/086/2015 10/II/15 6/II/15 14/I/15 16

* Las modificaciones trimestrales del primer trimestre se publicaron de acuerdo con la Circular Uno 2012 (15 días naturales posteriores al período que se reporta); y las demás modificaciones se publicaron de acuerdo con la Circular Uno 2014 (10 días hábiles posteriores al período que se reporta), publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012 y 28 de mayo de 2014.

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La ASCM solicitó a la SSP nota informativa con la aclaración de dicho desfase. En

respuesta con el oficio núm. SSP/OM/DERC/218/2016 del 3 de marzo de 2016, la

Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas (DERC) remitió la nota informativa sin

número de fecha 2 de marzo de 2016, elaborada por el Director de Adquisiciones,

Almacenes y Aseguramiento de la SSP en la que informó lo siguiente:

“… 3. En relación a que la cuarta modificación trimestral al PAAPS se capturó en la

página web de la DGRMSG con posterioridad al plazo establecido en el numeral 4.2.1

Quinto Párrafo, de la Circular Uno, se informa que tratándose del cierre de ejercicio

presupuestal y fiscal, la preparación del Cuarto Informe Trimestral requiere de más

tiempo en atención a las necesidades de operación de las dependencia, y si bien la

presentación en tiempo de dicho Informe ante la instancia correspondiente es importante,

también lo es el contenido de dicha modificación, máxime cuando se trata de un cierre

de ejercicio por lo que no fue deliberado incumplir con los plazos establecidos en la

Circular Uno, pues se trata también de cumplir con el objetivo intrínseco de una Modificación

Trimestral.

”4. Es importante señalar que a la fecha la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, no ha

emitido requerimiento alguno por incumplimiento a la norma.”

De acuerdo con lo indicado por la SSP en la nota informativa, confirma la observación

en relación con el desfase indicado, por lo que la SSP no cumplió el numeral 4.2.1 del

apartado 4.2 “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”

del apartado 4.14 “Informes”, de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 28 de mayo de 2014, que indica:

“4.2.1. […] Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los

movimientos efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG

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en cada ejercicio fiscal, dentro de los primeros diez días hábiles posteriores del mes

inmediato al período que se reporta.”

4. Del presupuesto total del PAAAPS por 3,966,567.9 miles de pesos, fueron incluidos

recursos para la partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” por 122,514.4 miles de pesos

y para la partida 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” por 12,082.5 miles de pesos.

La partida 5431 “Equipo Aeroespacial” no fue incluida dentro del PAAAPS ya que

tampoco se consideró dentro del presupuesto inicial; no obstante lo anterior, en las

modificaciones correspondientes al tercer trimestre se informó sobre los recursos

aplicados para la adquisición de helicópteros.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de abril de 2016, la Dirección Ejecutiva

de Rendición de Cuentas de la Oficialía Mayor de la SSP, mediante el oficio

núm. SSPCDMX/OM/DERC/392/2016 del 20 de abril del mismo año proporcionó e

informó lo siguiente:

Oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/002233/2016 del 19 de abril de 2016, por medio

del cual el Director General de Recursos Materiales le informó a la Directora Ejecutiva de

Rendición de Cuentas para la atención la observación del desfase en la fecha

de captura de la modificación del cuarto trimestre del PAAAPS, lo siguiente:

“Se informa que tratándose del cierre de ejercicio presupuestal y fiscal, la preparación

del Cuarto Informe Trimestral requiere de más tiempo en atención a las necesidades de

operación de la dependencia, y si bien la presentación en tiempo de dicho informe

ante la instancia correspondiente es importante en cuanto al cumplimiento de los plazos,

también lo es el contenido de dicha modificación, máxime cuando se trata de un cierre

de ejercicio. Por lo que no fue deliberado incumplir con los plazos establecidos en la

Circular Uno, pues se trata también de cumplir con el objetivo intrínseco de una modificación

Trimestral. EIlo es así, ya que a la fecha la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, no ha

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emitido requerimiento alguno en el que se solicite aclaración de cifras o conceptos

o señale incumplimiento en las fechas de entrega de dicho informe.”

De conformidad con el oficio y lo manifestado por la Dirección General de Recursos Materiales,

se desprende que la irregularidad observada en el desfase de la captura en la página web

de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la modificación del

cuarto trimestre del PAAAPS persiste, por lo que, lo manifestado por el sujeto fiscalizado

en su respuesta no modifica dicha observación.

Recomendación ASCM-13-14-2-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal por medio de la

Oficialía Mayor, establezca mecanismos de control a fin de garantizar que las modificaciones

trimestrales de su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios sean capturadas en la página web de la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Distrito Federal en los plazos establecidos

en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular

Uno) vigente a la fecha de su captura.

3. Resultado

Sobre sí la SSP cumplió con los artículos 56, 57 y 58 de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental, en relación con la generación y publicación de la información financiera

de los entes públicos de la Administración Pública del Distrito Federal y, los artículos 121,

122, 123 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, respecto

de la formulación y envío de los informes establecidos para la integración de la Cuenta

Pública, se observó lo siguiente:

1. Se verificó que mediante los oficios núms. SSP/OM/DGRF/299/2014 del 21 de abril de 2014,

SSP/OM/DGRF/479/2014 del 7 de julio de 2014, SSP/OM/DGRF/777/2014 del

16 de octubre de 2014, y SSP/OM/DGRF/DPEF/0011/2015 del 8 de enero del 2015,

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la Dirección General de Recursos Financieros adscrita a la OM de la SSP entregó

a la Dirección General de Contabilidad Normatividad y Cuenta Pública (DGCNCP) de la

SEFIN, los formatos siguientes: “Norma para establecer la Estructura de Información

de Montos Pagados por Ayudas y Subsidios”; “Norma para establecer la Estructura de

Información del Formato de Programas con Recursos Federales por Orden de Gobierno”;

“Normas y Modelo de Estructura de Información Relativa a los Fondos de Ayuda

Federal para la Seguridad Pública”; “Normas para establecer la Estructura de Información

del Formato del Ejercicio y Destino de Gasto Federalizado y Reintegros”; y “Norma para

establecer el Formato para la Difusión de los Resultados de las Evaluaciones de los

Recursos Federales Ministrados a las Entidades Federativas, Correspondientes al

Ejercicio 2014”.

Derivado de lo anterior, se determinó que la SSP proporcionó información a la SEFIN,

de conformidad con los artículos 56, 57 y 58 de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental, vigente en 2014.

2. En relación con la información presupuestal, programática, contable y financiera que

la dependencia envió a la SEFIN para que ésta elaborara los informes trimestrales,

y formular la Cuenta Pública del Distrito Federal, en cumplimiento de lo dispuesto en

los artículos 123 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la OM de la SSP, mediante el oficio

núm. SSP/OM/DERC/1278/2015 del 18 de noviembre de 2015 proporcionó lo siguiente:

a) Referente a los informes mensuales sobre las conciliaciones Programático Presupuestales

correspondientes a 2014, se determinó que la Dirección de Presupuesto (DP) de

la OM de la SSP remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los informes

con desfases de 1 a 7 días hábiles, a excepción de los meses de febrero, marzo

y junio, como se muestra a continuación:

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Período Número de oficio Fecha

de entrega a la SEFIN

Fecha límite de cumplimiento*

Días de desfase

1o. al 31 de enero SSP/OM/DGRF/DP/108/2014 19/II/14 14/II/14 3

1o. de enero al 28 SSP/OM/DGRF/DP/309/2014 13/III/14 14/III/14 0

1o. de enero al 31 de marzo SSP/OM/DGRF/DP/587/2014 10/IV/14 14/IV/14 0

1o. de enero al 30 de abril SSP/OM/DGRF/DP/922/2014 19/V/14 14/V/14 3

1o. de enero al 31 de mayo SSP/OM/DGRF/DP/1189/2014 16/VI/14 13/VI/14 1

1o. de enero al 30 de junio SSP/OM/DGRF/DP/1381/2014 10/VII/14 14/VII/14 0

1o. de enero al 31 de julio SSP/OM/DGRF/DP/1619/2014 15/VIII/14 14/VIII/14 1

1o. de enero al 31 de agosto SSP/OM/DGRF/DP/1819/2014 17/IX/14 12/IX/14 2

1o. de enero al 30 de septiembre SSP/OM/DGRF/DP/2023/2014 15/X/14 14/X/14 1

1o. de enero al 31 de octubre SSP/OM/DGRF/DP/2292/2014 21/XI/14 14/XI/14 4

1o. de enero al 30 de noviembre SSP/OM/DGRF/DP/2531/2014 23/XII/14 12/XII/14 7

1o. de enero al 31 de diciembre SSP/OM/DGRF/DP/042/2015 15/I/15 14/I/15 1

*El plazo límite de cumplimiento eran los primeros 10 días hábiles del mes siguiente.

Por lo anterior, se determinó que 9 de los 12 informes mensuales sobre las conciliaciones

programático-presupuestales, a que hace referencia el artículo 136, fracción I, inciso a)

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2014, se

remitieron con desfases de 1 a 7 días hábiles, por lo que se incumplió dicho ordenamiento

legal, que dispone:

“Las Dependencias […] deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente información:

”I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente:

”a) Conciliación del ejercicio presupuestal…”

b) Con relación a las solicitudes de información de la Dirección General de Contabilidad

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN a la SSP, referente a los informes

trimestrales respecto del ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos

federales a que hacen referencia el lineamiento vigésimo quinto de los Lineamientos

para Informar sobre los Recursos Federales Transferidos a las Entidades Federativas,

Municipios y Demarcaciones Territoriales y de Operación de los Recursos del Ramo

General 33 (la SSP aplicó en 2014 recursos del Fondo de Aportaciones para la

Seguridad Pública de los Municipios, integrante del Ramo General 33 y otros

fondos federales en favor de las demarcaciones territoriales), la DERC de la OM,

mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/1278/2015 del 18 de noviembre de 2015,

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proporcionó los oficios con los que dio atención a dichos requerimientos, como se

muestra a continuación:

Período Oficio de solicitud de la DGCNCP

Oficio de respuesta de la SSP

Número Fecha

Primer Trimestre DGCNCP/1306/2014 SSP/OM/DGRF/DP/696/2014 21/IV/14

Segundo Trimestre DGCNCP/3059/2014 SSP/OM/DGRF/DP/1462/2014 21/VII/14

Tercer Trimestre DGCNCP/4000/2014 SSP/OM/DGRF/DP/2061/2014 21/X/14

Cuarto Trimestre DGCNCP/5199/2014 SSP/OM/DGRF/DP/922/2014 21/I/15

De la revisión a los oficios se determinó que la Dirección de Presupuesto de la

Dirección General de Recursos Financieros de la OM de la SSP remitió a la Dirección

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de

la SEFIN, los folios de captura relativos a los informes trimestrales respecto del ejercicio,

destino y los resultados obtenidos de los recursos federales, en el Portal Aplicativo de

la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (PASH), dando atención a lo solicitado.

c) Referente a los informes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes

de transferencias federales, que se encontraran comprometidos; y de la revisión a la

documentación relativa a cada uno de los meses, se determinó que la Dirección de

Presupuesto de la Dirección General de Recursos Financieros remitió a la Subsecretaría

de Egresos los informes sin desfases, conforme a lo señalado en el artículo 56, párrafo

primero de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, y los montos

reportados corresponden con las operaciones de los fondos y subsidios federales aplicados

por la SSP para la adquisición de los vehículos, helicópteros y alarmas vecinales.

En la reunión de confronta, celebrada el 21 de abril de 2016, la Dirección Ejecutiva de Rendición de

Cuentas de Oficialía Mayor de la SSP, mediante el oficio núm. SSPCDMX/OM/DERC/392/2016

del 20 de abril del mismo año proporcionó e informó lo siguiente:

1. Oficio núm. SSP/OM/DGRF/1581/2016 del 18 de abril de 2016, mediante el cual el Director

General de Recursos Financieros le informó a la Directora Ejecutiva de Rendición de

Cuentas respecto de la observación relativa a que 9 de los 12 informes mensuales sobre

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las conciliaciones programático-presupuestales que se remitieron a la SEFIN con desfases,

lo siguiente:

“La conciliación de cifras programático-presupuestales se llevan a cabo una vez que

la Dirección General de Política Presupuestal de la SEFIN remite mediante oficio a esta

dependencia, las cifras definitivas de cada uno de los meses del ejercicio fiscal, mismos

que fueron recibidos con desfases.

”Cabe mencionar que dicha situación se solventa a partir del mes de agosto de 2015

a la fecha, toda vez que los reportes de cierre son emitidos a través del sistema Informático

de Planeación de recursos Gubernamentales GRP-SAP.”

2. Con el oficio núm. SSPCDMX/OM/DERC/392/2016 del 20 de abril de 2016, la Directora

Ejecutiva de Rendición de Cuentas informó lo siguiente:

“En relación al resultado 3, se informa que con el fin de optimizar y simplificar el envío

de reportes, la SEFIN emitió la circular DGPP/2176/2015, en la que se describe el procedimiento

y el Manual de Usuario para el envío de reportes mensuales del Cierre Programático

Presupuestal, a la que se ha apegado la SSP, subsanando con ello la situación observada.”

3. Con el oficio núm. SSP/OM/DGRF/1581/2016 del 18 de abril de 2016, el Director General

de Recursos Financieros proporcionó los oficios mediante los cuales la Dirección de

Presupuestos de la Dirección General de Recursos Financieros de la SSP, envío a la

Dirección de Análisis Sectorial “C” de la SEFIN, los oficios con las Cedula de conciliación

de cifras programático-presupuestales para la validación respectiva, de los siguientes

períodos conforme a lo establecido en el artículo 136, apartado I, inciso a) de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal:

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Número de oficio Fecha Período correspondiente

SP/OM/DGRF/DP/0454/2015 9/IX/15 Del 1o. de enero al 31 de agosto del 2015

SSP/OM/DGRF/DP/482/2015 8/X/15 Del 1o. de enero al 30 de septiembre del 2015

SSP/OM/DGRF/DP/524/2015 10/XI/15 Del 1o. de enero al 31 de octubre del 2015

SSP/OM/DGRF/DP/0572/2015 10/XII/15 Del 1o. de enero al 30 de noviembre del 2015

SSP/OM/DGRF/DP/385/2016 8/III/16 Del 1o. de enero al 29 de febrero del 2016

SSP/OM/DGRF/DP/010/2016 8/I/16 Del 1o. de enero al 31 de diciembre del 2015

SSP/OM/DGRF/DP/0155/2016 9/II/16 Del 1o. de enero al 31 de enero del 2016

SSP/OM/DGRF/DP/605/2016 8/IV/16 Del 1o. de enero al 31 de marzo del 2016

4. Circular DGPP/2176/2015, del 14 de agosto de 2015,por la cual el Director General

de Programático Presupuestal, informa a los Directores Generales de Administración

y homólogos de las Dependencias, lo siguiente:

“… 2. Los reportes mensuales del Cierre Programático-Presupuestal correspondientes

al período enero-agosto 2015 y subsecuentes, serán enviados por la DGPP a las Unidades

Responsables, a través del Sistema Informático de Planeación de Recursos Gubernamentales

(SAP-GRP), en la transacción ‘Correo Electrónico’.”

De acuerdo con lo manifestado y la documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado, se

desprende que la irregularidad relativa al desfase de 9 de los 12 informes mensuales

sobre las conciliaciones programático-presupuestales que se remitieron a la SEFIN en 2014,

persiste, no obstante que proporcionó evidencia documental relativa al envío de ese tipo

de informes a la SEFIN correspondientes a los ejercicios 2015 y 2016.

Recomendación ASCM-13-14-3-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, por conducto de

la Oficialía Mayor, implemente medidas de control para garantizar que los Informes Mensuales

sobre las Conciliaciones Programático-Presupuestales sean remitidos a la Secretaría de

Finanzas de conformidad con los plazos establecidos en la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal.

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Registro Contable y Presupuestal

4. Resultado

Para verificar que los registros contables y presupuestales de las etapas del gasto aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado por la SSP con cargo al capítulo

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” se hubiesen efectuado conforme a la

normativa vigente, se solicitaron a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad

y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN, los auxiliares contables correspondientes a las

operaciones de la SSP registradas con cargo a dicho capítulo en 2014, y en específico,

los registros correspondientes a las partidas presupuestales 5411 “Vehículos y Camiones

para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”;

5431 “Equipo Aeroespacial” y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”.

Al respecto, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la

Subsecretaría de Egresos adscrita a la SEFIN, con los oficios núms. DGCNCP/3866/2015,

DGCNCP/4069/2015 y DGCNP/4849/2015, de fechas 2 de octubre de 2015, el primero

y los restantes del 16 de octubre del mismo año, proporcionó los auxiliares contables y

presupuestales, de los momentos contables de los egresos con cargo al capítulo 5000

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”; así como los registros contables relativos a las

partidas del capítulo conforme a lo siguiente:

(Miles de pesos)

Concepto Importe

Registros de los momentos contables del Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

2112-10-00-01 “Proveedores Nacionales” 1,424,085.2

1121-00-00-04 “IVA Acreditable” 356.2

1139-10-10-00 “Anticipos” 320,509.9

5100-00-00 00 “Resultados de Operación” 1,744,951.3

8211-00-00-00 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 169,968.2

8231-00-00-00 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,574,983.2

8261-00-00-00 “Presupuesto de Egresos Ejercido, Sector Central” 1,744,951.4

8241-00-00-00 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 1,744,951.4

8251-00-00-00 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 1,744,951.4

8271-00-00-00 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 1,744,951.4

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Asimismo, se verificó que la Secretaría operó el Sistema Informático de Planeación de

Recursos Gubernamentales (GRP-SAP) para el registro presupuestal y de trámite de pago

de las operaciones del capítulo revisado, además de concentrar la información presupuestaria,

financiera y contable de la dependencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente, vigente en 2014.

En el análisis de la información anteriormente descrita, se determinó que es congruente

con lo reportado en la Cuenta Pública del Distrito Federal; se verificó que los registros contables

se efectuaron conforme al Manual de Contabilidad Gubernamental del Gobierno del Distrito

Federal; que el gasto fue aplicado con sujeción a las partidas del Clasificador por Objeto

del Gasto del Gobierno del Distrito Federal en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente, vigentes en 2014; asimismo, que los registros contables

fueron efectuados en concordancia con lo dispuesto en las normas emitidas por el Consejo

de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF). Dichas normas son: Normas

y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos, Plan de

Cuentas, Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros

relacionados con los Recursos Públicos Federales, Clasificador por Objeto del Gasto,

Adecuaciones al Clasificador por Objeto del Gasto y Manual de Contabilidad Gubernamental.

Gasto Aprobado

5. Resultado

Con el propósito de verificar el monto de los recursos del presupuesto asignado en el

ejercicio 2014 a la SSP, para el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”,

se revisó el techo presupuestal, el Programa Operativo Anual y el Calendario Presupuestal

autorizados por la SEFIN a la dependencia. De la revisión se observó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFDF/SE/3654/2013, del 4 de noviembre de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó a la SSP el techo presupuestal asignado a la dependencia

(por un monto total de 12,999,967.5 miles de pesos) para que procediera a la formulación

de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2014.

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2. De conformidad con los artículos 21, párrafo primero; y 26, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, el Secretario de Seguridad Pública remitió a la

SEFIN el oficio núm. SSP/08425/2013 del 19 de noviembre de 2013, acompañado de

los documentos siguientes: Guion del Programa Operativo Anual, Marco de Política

Pública, Proyecto del Programa Operativo Anual y el Analítico de Claves, así como los

reportes generados por el GRP-SAP en las fechas indicadas en el oficio de la SEFIN.

Al respecto, se desprende que el Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2014 de

la SSP se elaboró conforme al Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación

del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2014; al Manual de Reglas y Procedimientos

para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal;

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal; a la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal y a su reglamento, vigentes en 2014.

3. Conforme al artículo 5 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2014, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del

31 de diciembre de 2013, a la SSP le correspondieron recursos por 13,729,804.0 miles

de pesos, que representan el 25.9% del presupuesto asignado a las dependencias

(53,087,094.5 miles de pesos).

4. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0048/2014 del 6 de enero de 2014, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó a la SSP el techo presupuestal definitivo aprobado

por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el cual consideró los 13,729,804.0 miles

de pesos indicados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2014. Dicho monto incluyó los 169,968.2 miles de pesos, asignados

al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.

5. Con el oficio núm. SFDF/SE/0440/2014 del 28 de enero de 2014, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN comunicó a la SSP el Calendario Presupuestal y el Programa

Operativo Anual definitivos para el ejercicio fiscal 2014, los cuales, informó, corresponden

a los montos aprobados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Con ello se

cumplió lo dispuesto en el artículo 21, párrafo sexto, de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal.

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Por lo anterior, se confirmó que la SSP contó con los recursos presupuestales asignados

por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, conforme al presupuesto aprobado en el

artículo 5 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2014, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2013

y al presupuesto aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Asimismo, se confirmó que tanto el techo presupuestal aprobado, el analítico de claves,

el POA y el calendario presupuestal consideraron recursos para el capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles” y en específico para dos de las tres partidas revisadas

(5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública

y Atención de Desastres Naturales” y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”) de acuerdo

con los objetivos estratégicos del Programa Operativo Anual, que entre otros menciona:

“Fortalecimiento y Supervisión del Programa de Cuadrantes en el cual define la integración

de los cuerpos policiales, con responsabilidades claras, cobertura geográfica definida, nuevos

tramos de control y mayor supervisión; reforzar el sistema de seguridad con cámaras de

video vigilancia; fortalecer el despliegue territorial de la policía para garantizar condiciones

de seguridad a los ciudadanos que permitan mantener el orden público y la paz social

y Promover la cultura de denuncia mediante el crecimiento de la Policía de Proximidad y

los centros de atención telefónica.”

Para el cumplimiento de dichos objetivos la SSP incluyó en el Anteproyecto del Presupuesto

de Egresos 2014, los proyectos A 1101 4006, “Adquisición de Vehículos para Seguridad

Pública” y A 1101 4008 “Adquisición de Equipo de defensa y Seguridad” comprometiendo

recursos del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.

Gasto Modificado

6. Resultado

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado del capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles, e Intangibles”, y en específico de las partidas revisadas, se haya realizado conforme

a la normatividad y que las afectaciones presupuestarias fueran debidamente registradas

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y soportadas con la documentación correspondiente, se efectuaron las siguientes pruebas

de auditoría:

1. En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014, se constató que la

SSP reportó un presupuesto asignado para el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles

e Intangibles” de 169,968.2 miles de pesos y un modificado y ejercido de 1,744,951.4 miles

de pesos, lo que representó un incremento de 1,574,983.2 miles de pesos (926.6%)

respecto al presupuesto asignado originalmente.

2. Se verificó que el incremento de 1,574,983.2 miles de pesos, se realizó mediante

104 afectaciones programático-presupuestarias integradas por 209 movimientos presupuestarios.

Con relación a las tres partidas revisadas como muestra de auditoría el incremento fue de

1,552,074.5 miles de pesos (98.5% de la modificación total del capítulo). Dicha modificación

se realizó mediante 52 movimientos presupuestarios integrados con 4 adiciones liquidas y

13 compensadas; 5 ampliaciones compensadas y 6 liquidas; 4 reducciones compensadas

y 20 líquidas, como se muestra en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Total

Presupuesto original del capítulo 169,968.2

Más movimientos de las partidas de la muestra

Adiciones:

Compensadas 905,321.7

Líquidas 580,474.3 1,485,796.0

Ampliaciones:

Compensadas 304,428.1

Líquidas 237,249.3 541,677.4

Total ampliaciones y adiciones 2,027,473.4

Menos:

Reducciones de la muestra

Compensadas (15,295.4)

Líquidas (460,103.5) (475,398.9) (475,398.9)

Subtotal de la muestra 1,552,074.5 1,686,671.4

Presupuesto modificado de la muestra de auditoria 1,686,671.4

Aumentos de otras 16 partidas del capítulo 22,908.6 22,908.6

Presupuesto modificado del capítulo 1,574,983.2 1,744,951.4

Presupuesto ejercido 1,744,951.4

Diferencia 0.0

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3. Las afectaciones presupuestarias fueron elaboradas y requisitadas por la SSP

mediante el GRP-SAP, de conformidad con el capítulo III “Registro de Operaciones

Presupuestarias”, sección tercera “De las Adecuaciones Presupuestarias” del Manual

de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del

Distrito Federal, y en los artículos 76, fracción III; 77; y 78, capítulo III “De las Adecuaciones

Presupuestarias”, del título tercero “Del Ejercicio del Gasto Público” de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigentes en 2014.

Derivado del análisis a las afectaciones programático presupuestarias, se determinó

que fueron elaboradas, justificadas, autorizadas y tramitadas por los servidores públicos

facultados para ello; y que contribuyeron al cumplimiento de objetivos y metas programadas

por el sujeto fiscalizado acordes con los artículos 77 y 78 de la Ley de Presupuesto y

Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2014, como se expone en las principales

causas por las que se modificó el presupuesto asignado en 2014 a las partidas revisadas,

de las cuales se detallan a continuación:

Partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad

Pública y Atención de Desastres Naturales”. Las afectaciones registradas en esta partida

con movimientos de adicciones y ampliaciones fueron orientadas a la complementación

y adquisición de vehículos terrestres, a fin de brindar una mejor seguridad a la ciudadanía.

Mientras que las reducciones compensadas y liquidas fueron resultado de haberse

concluido la adquisición de los mencionados vehículos, así como del ahorro suscitado

en dichas adquisiciones y de recursos que no fueron ejercidos por ser producto de

economías derivadas de procesos licitatorios.

Partida 5431 “Equipo Aeroespacial”. Las afectaciones derivadas de las Adiciones Líquidas

y Ampliaciones Liquidas fueron orientadas a la adquisición de cinco helicópteros Bell

modelo 407 GX cubierta de vuelo garmin G1000H. Mientras que la reducciones líquidas

fueron resultado de haberse concluido la adquisición de los helicópteros; asimismo,

de recursos que no fueron ejercidos por ser producto de disponibilidades derivadas de

procesos licitatorios de los contratos que fueron pagados en dólares, lo que generó

una variación cambiaria en favor de la Secretaria el día del pago.

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Partida 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”. Las afectaciones registradas en la

partida fueron movimientos derivados de adiciones compensadas y líquidas, así como

de las ampliaciones compensadas y líquidas. Dichos movimientos fueron resultado de

la adquisición de alarmas vecinales, adecuaciones en las centrales de monitoreo; la

compra de armamento, municiones y accesorios de apoyo táctico; además de la recuperación

de enteros emitidos por la Tesorería del Distrito Federal debido a la pérdida o robo de

armamento y municiones. Mientras que las reducciones compensadas fueron el resultado

de la adquisición de armamento con recursos federales; las reducciones liquidas se

originaron por la conclusión de la adquisición de las alarmas vecinales; así como al ahorro

en los procesos licitatorios en la adquisición de equipo de intervención y de apoyo táctico.

4. Por su parte la SSP, mediante el oficio núm. SSP/DERC/859/2015 del 31 de agosto

de 2015, proporcionó nota informativa (sin número) con relación al incrementó presentado

en el capítulo, en la que indicó: “La variación del capítulo en 2014, se justificó principalmente

por la adquisición de parque vehicular y aéreo (973 vehículos tipo patrulla, 1,200 motocicletas,

19 vehículos encubiertos, 6 vehículos blindados, 5 helicópteros y 5 equipos terrestres.

Lo que dio oportunidad a brindar una amplia cobertura a las necesidades operativas

terrestres y aéreas en materia de seguridad pública, protección civil, prevención del

delito y posibles contingencias…”.

Por lo anterior, se confirmó que la SSP contó con la aprobación de la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN para modificar el presupuesto original asignado al capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, y cumplió la normativa vigente en 2014.

Gasto Comprometido

7. Resultado

Con el propósito de verificar sí la SSP contó con los recursos en su presupuesto para

atender los compromisos y obligaciones derivados de los contratos de la muestra de auditoría

formulados de conformidad con la normatividad aplicable, se analizaron las requisiciones,

la suficiencia presupuestal, los expedientes de los procesos de adquisición y los contratos

suscritos con los proveedores.

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Los recursos seleccionados como muestra de auditoría relativos a las tres partidas ascendieron

a 1,488,568.5 miles de pesos, (85.3% del presupuesto ejercido en el capítulo), y fueron

comprometidos con cargo a tres contratos y partidas como sigue:

(Miles de pesos)

Partida Contratos y convenios

Procedimiento Presupuesto

comprometido* Número Fecha

5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”

SSP/BE/A/190/2014 12/VI/14 Licitación pública nacional

689,871.8

5431” Equipo Aeroespacial” SSP/BE/A/297/2014 18/IX/14 Invitación restringida 369,696.7

5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” SSP/BG/A/075/2014 SSP/BG/CM/019/2014

1/III/14 Adjudicación directa 429,000.0

Total de la muestra del capítulo 1,488,568.5

* La totalidad de los recursos comprometidos mediante los tres contratos, corresponde a recursos federales.

Del monto comprometido para el ejercicio 2014 de los tres contratos se revisó la totalidad

de los recursos (1,488,568.5 miles de pesos). De la revisión a los contratos y la documentación

soporte de los procesos de adquisición, se determinó que se llevaron a cabo conforme

a los hechos siguientes:

Partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”

Para la adquisición de los vehículos equipados como patrullas la SSP llevó a cabo la licitación

pública nacional presencial LAO 36000993-N2-2014 conforme a lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/1951/2014 del 2 de mayo de 2014, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN autorizó a la SSP iniciar los procesos licitatorios para llevar

a cabo el “Proyecto de adquisición de 984 vehículos equipados como patrullas y de

1,134 vehículos equipados como moto patrullas”, por un monto de 608,629.5 miles de pesos,

en cumplimiento del artículo 46, último párrafo de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente.

2. Con fecha del 13 de mayo de 2014, la Dirección de Transportes remitió a la Dirección

de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento (adscritas ambas a la Dirección General de

Recursos Materiales) ocho requisiciones de compra de distintos modelos de vehículos,

indicando en la justificación que se fortalecerían los sectores para seguir brindando

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los servicios operativos, la conservación del orden público y la protección a la ciudadanía.

Las requisiciones refirieron el tipo de vehículo y tipo de recurso aplicado, como se muestra

en el cuadro siguiente:

Número de requisición Tipo de vehículo Cantidad de unidades Tipo de recursos

340 Sedán 71 SUBSEMUN

343 Pick up 86 Fondo de capitalidad

343 Pick up 87 SPA

344 Tipo 4x4 40 SUBSEMUN

347 Sedán 898 Fondo de Capitalidad

348 Pick up 40 SUBSEMUN

349 Pick up 21 FASP

350 Sedán 4 FASP

Total 1,247

3. Mediante ocho oficios de suficiencia presupuestal, la Dirección General de Recursos

Financieros, por conducto de la Subdirección de Movimientos Presupuestarios, otorgó

la suficiencia presupuestal a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento para

llevar acabo la adquisición de los vehículos requeridos por la Dirección de Transportes.

4. En cumplimiento del numeral 4.11.2 de la Circular Uno 2012 (solicitud de autorización

para la adquisición de bienes restringidos), la Dirección General de Recursos Materiales

de la OM de la SSP solicitó (mediante el formato DAABR “Documento de Autorización de

Adquisición de Bienes Restringidos”) a la DGRMSG de la Oficialía Mayor del Distrito

Federal la autorización para adquirir los vehículos (bienes restringidos), otorgando esta

última la autorización correspondiente.

5. Con los oficios números CGRPE/DERE/DIC/159/2014, CGRPE/DERE/DIC/160/2014

y CGRPE/DERE/DIC/161/2014, los tres del 21 de mayo de 2014, la Coordinación General

de Regulación y Planeación Económica adscrita a la SEDECO dictaminó y autorizó la

omisión del grado de integración nacional respecto a la adquisición de vehículos tipo

pick up equipados como patrullas con sistemas de videograbación, de vehículos con tracción

en las cuatro ruedas 4 x 4 y de vehículos tipo pick up equipados como patrullas, con

fundamento en el artículo 30, fracción II; 40 y 52 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal y el numeral décimo cuarto de los Lineamientos para Determinar el Grado

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de Integración de los Bienes o Servicios de Importación a que se sujetaran los Convocantes

y los Criterios para la Disminución u Omisión del Porcentaje de Integración Nacional.

6. Por medio de cuatro oficios de fecha 15 de mayo de 2014, la Dirección de Recursos

Materiales de la OM de la SSP realizó con cuatro empresas diferentes un estudio de

mercado de los modelos de vehículos a adquirir. En respuesta, los proveedores remitieron

las cotizaciones y la Dirección de Adquisiciones, Arrendamientos, Almacenes y Aseguramiento

elaboró el formato “Tabla Comparativa de Cotizaciones para la Adquisición de Vehículos

Tipo Sedán Equipado como Patrullas”. Dicho estudio se realizó en cumplimiento del

artículo 26, sexto párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público.

7. Se observó que el 22 de mayo de 2014, fue publicado en el Diario Oficial de la

Federación el resumen de convocatoria a la licitación pública nacional presencial

núm. LAO 36000993-N2-2014 y se indicó que en la página de Compra Net se disponía

de la convocatoria completa y las bases respectivas, o bien se podrían adquirir y consultar

en el domicilio de la convocante (SSP). En la convocatoria se indicó como descripción

de la licitación lo siguiente: “Adquisición de vehículos tipo pick up doble cabina con sistema de

video vigilancia, vehículos tipo pick up doble cabina, vehículos tipo sedán y vehículos

con tracción en las cuatro ruedas, equipados como patrullas incluido el equipo de comunicación

y señalización visual y acústica, balizamiento, y corte de color, modelos 2014, para la

secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal”.

Al respecto, se constató que las bases de la licitación cumplieron los requisitos establecidos

en el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

8. Se verificó que la SSP llevó a cabo la junta de aclaración de bases; el acto de presentación

por parte de cinco proveedores de propuestas técnicas y económicas, así como la

documentación legal y administrativa, en tiempo y forma, en cumplimiento de lo dispuesto

en las respectivas bases de la licitación; el artículo 35 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y el 47 de su reglamento; elaborándose

las actas correspondientes. Asimismo, se confirmó mediante consulta en las páginas

web de la Secretaría de la Función Pública y de la Contraloría General del Distrito Federal,

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que el proveedor adjudicado no se encontraba inhabilitado o sancionado, de conformidad

con lo indicado en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos del

Sector Público.

9. El acto de lectura de dictamen y emisión del fallo, fue llevado a cabo el 12 de junio de 2014.

Por ello se elaboró el dictamen respectivo, en el cual se indicó que derivado del análisis

detallado de la propuesta técnica, de la documentación legal y administrativa y de la

propuesta económica de cinco proveedores participantes, se determinó con fundamento

en el numeral IX.4 “Fallo” de las bases de la licitación, y el artículo 37 de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, adjudicar la adquisición

de la totalidad de los 1,246 vehículos al participante Automundo, S.A. de C.V., suscribieron

el acta correspondiente los cinco proveedores participantes, los funcionarios de la convocante,

y los representantes de la Contraloría Interna en la SSP y de la Contraloría Ciudadana. Al

respecto, mediante consulta en las páginas web de la Secretaría de la Función Pública

y de la Contraloría General del Distrito Federal, se verificó que el proveedor adjudicado

no se encontraba inhabilitado o sancionado por dichas instituciones de conformidad

con lo indicado en la fracción IV del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

y Servicios del Sector Público.

10. Con fecha 12 de junio de 2014, fue suscrito el contrato administrativo núm. SSP/BE/A/190/2014

entre la SSP y el proveedor Automundo, S.A. de C.V., cuyo objeto (cláusula primera)

fue el siguiente:

“El ‘Proveedor’ se obliga a entregar a la ‘Secretaría’ los vehículos tipo pick up doble

cabina con sistema de video vigilancia, vehículos tipo pick up doble cabina, vehículos

tipo Sedán y vehículos con tracción en las cuatro ruedas 4x4 equipados como patrullas

incluido el equipo de comunicación, señalización visual y acústica, balizamiento, y corte

de color modelos 2014 para la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.”

El importe del contrato (cláusula segunda) ascendió a 594,717.1 miles de pesos, al cual se le

sumó un IVA de 95,154.7 miles de pesos, para un total de 689,871.8 miles de pesos. Asimismo,

el proveedor proporcionó la fianza núm. 3341-01583-6, expedida el 12 de junio de 2014,

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por institución afianzadora autorizada, por un importe de 118,943.4 miles de pesos,

que constituyen el 20.0% del monto total del contrato (IVA no incluido).

De acuerdo con la cláusula segunda del contrato “Valor Total de los Bienes” el tipo

de vehículo, el costo unitario y el monto total pagado fue como se describe a continuación:

(Pesos)

Descripción del bien Número Precio unitario IVA Costo Monto

Vehículo Pick up, doble cabina RAM SLT 2500 Crew, CAB 4x2 modelo 2014, equipadas como patrullas, incluido el equipo de comunicación, señalización visual y acústica, balizamiento y corte de color. 146 525,603.5 84,096.6 609,700.1 89,016,208.9

Vehículo sedan Dodge Charger SE TX modelo 2014, 4 puertas, equipado como patrullas, incluido el equipo de comunicación, señalización visual y acústica, balizamiento y corte de color. 973 460,819.0 73,731.0 534,550.0 520,117,188.9

Vehículo Pick up, doble cabina RAM SLT 2500 Crew, CAB 4x2 modelo 2014, con cámara de video vigilancia y equipadas como patrullas, incluido el equipo de comunicación, señalización visual y acústica, balizamiento y corte de color. 87 542,672.4 86,827.6 629,500.0 54,766,498.7

Vehículo Jeep Wrangler Unlimited Sport 4x4, modelo 2014, a gasolina con trasmisión automática, equipado como patrulla, incluido el equipo de comunicación, señalización visual y acústica, balizamiento y corte de color. 40 559,741.3 89,558.6 649,299.9 25,971,996.5

Total 1,246 689,871,855.0

Al respecto, se constató que el contrato cumplió con los requisitos establecidos en el

artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

y la fianza fue presentada de conformidad con lo establecido en el numeral II.5 “Garantía

de los bienes” de las bases de licitación, y la cláusula décima cuarta del contrato.

Además, se observó que se aplicaron recursos federales provenientes del Fondo

de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Municipios (FASP) por un importe de

14,941.4 miles de pesos, del Fondo de Capitalidad por un importe de 531,850.4 miles

de pesos, del Subsidio para la Policía Acreditable (SPA) por un importe de

54,766.5 miles de pesos y del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios

y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal por un importe de 88,313.9 miles

de pesos.

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Partida 5431 “Equipo Aeroespacial”

Invitación a cuando menos tres personas internacional núm. SSP/ITP/A/031/14

La SSP llevó a cabo el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas internacional

para la adquisición de cinco helicópteros requeridos por la Dirección Ejecutiva de Helicópteros

adscrita a la Jefatura del Estado Mayor Policial. El proceso se desarrolló conforme a lo siguiente:

1. Mediante la requisición de compra núm. 0554 de fecha 5 de agosto de 2014, el Jefe

del Estado Mayor Policial a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de

la Dirección General de Recursos Materiales solicitó a la Subsecretaría de Egresos de la

SEFIN, la adquisición de cinco helicópteros, dos monomotor configuración policía, dos

monomotor configuración ambulancia y un bimotor, para la SSP.

En respuesta, con el oficio núm. SFDF/SE/2375/2014 del 11 de junio de 2014, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al Oficial Mayor de la SSP que autorizó como caso

excepcional que la SSP convocara sin contar con saldo disponible en su presupuesto,

la adquisición hasta por un monto de 391,153.7 miles de pesos. Asimismo, mediante

el oficio núm. SMP/DP/DGRF/OM/SSP/1052/2014 del 13 de agosto de 2014, la Subdirección

de Movimiento Presupuestario autorizó a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes

y Aseguramiento, la suficiencia presupuestal por un importe de 388,742.1 miles de pesos

con cargo a la partida presupuestal 5431 “Equipo Aeroespacial”.

2. Con fecha 22 de julio de 2014, la Dirección General de Recursos Materiales, por conducto

de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento, remitió a tres empresas los

oficios núms. SSP/OM/DGRM/DAAA/3507/2014 (Airbus Helicópteros México, S.A. de C.V.),

SSP/OM/DGRM/DAAA/3509/2014 (Agusta Ale) y SSP/OM/DGRM/DAAA/3508/2014

(Servicios Técnicos Aéreos de México) para solicitar una cotización de los equipos a

adquirir. En respuesta, las empresas remitieron la cotización correspondiente y la Dirección

de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento elaboró la tabla comparativa de cotización

y el formato “Resumen Ejecutivo de la Investigación de Mercado” en cumplimiento de

lo dispuesto en el artículo 26, sexto párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

y Servicios del sector Público (estudio de mercado).

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3. Mediante el oficio núm. SSP/OM/DGRM/0667/2014 del 31 de julio de 2014, la Dirección

General de Recursos Materiales solicitó a la SEDECO la autorización de la omisión del

grado de integración nacional. En respuesta, la Dirección Ejecutiva de Regulación Económica

adscrita a la Coordinación General de Regulación y Planeación Económica de la SEDECO,

con el oficio núm. CGRPE/DERE/DICT/332/2014, del 8 de agosto de 2014, emitió la

autorización solicitada.

4. Mediante el oficio SSP/OM/DGRM/0711/2014 del 19 de agosto de 2014, la Dirección

General de Recursos Materiales de la OM de la SSP, solicitó a la OM del Distrito Federal

la autorización para llevar a cabo la adquisición de los cinco helicópteros clasificados

como bienes restringidos (para lo cual elaboró el formato DAABR). En respuesta mediante

el oficio OM/DGRMSG/1544/2014 del 25 de agosto de 2014 la OM autorizó y emitió la

opinión sobre las especificaciones técnicas por parte de OM del análisis sobre los requisitos

exigidos en el Numeral 4.11 de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) 2014.

5. En la séptima sesión extraordinaria del Subcomité de Adquisiciones Arrendamientos

y Prestación de Servicios de la SSP se acordó llevar acabo la adquisición de cinco

helicópteros por excepción a la licitación pública nacional (fundamentado en el artículo 26,

fracción II, 40 y 41, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público). Dicha adquisición contemplaba cuatro helicópteros monomotor de

turbina y un helicóptero bimotor de turbina. La adquisición se realizaría con recursos

disponibles del Fondo de Capitalidad.

6. Con los oficios núms. SSP/OM/DGRM/731/2014, SSP/OM/DGRM/732/2014

y SSP/OM/DGRM/733/2014 del 25 de agosto el primero y del 27 de agosto de 2014

los dos últimos, la Dirección General de Recursos Materiales invitó a tres proveedores

relacionados a participar en el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas

internacional núm. SSP/ITP/031/14 y les comunicó que remitieran la documentación

legal y administrativa así como sus propuestas técnicas y económicas de acuerdo con

las bases emitidas.

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7. Con fecha 27 de agosto de 2014 la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento

emitió las bases de la invitación a cuando menos tres personas núm. SSP/ITP/A/031/2014,

relativa a la adquisición de helicópteros para la SSP. Dichas bases cumplieron los requisitos

establecidos en el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público.

8. Se verificó que la SSP llevó a cabo la junta de aclaración de bases; el acto de presentación

de las propuestas técnicas y económicas de los cuatro proveedores, así como la documentación

legal y administrativa, en tiempo y forma en cumplimiento de lo dispuesto en las respectivas

bases del concurso; el artículo 29, fracción III; y 35 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y 47 de su reglamento; y se elaboraron

las actas correspondientes.

9. El 18 de septiembre de 2014, se llevó a cabo el acto de dictamen y fallo en el domicilio

de la convocante en dicho acto se asentó en el acta que el participante Servicio Técnico

Aéreo, S.A. de C.V. presentó la propuesta más baja, determinando adjudicarle a dicho

proveedor la adquisición de los cinco helicópteros (numeral IX.4 “Fallo” de las bases)

con fundamento en el artículo 37, fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

y Servicios del Sector Público. Al respecto, mediante consulta en las páginas web de

la Secretaría de la Función Pública y de la Contraloría General del Distrito Federal,

se verificó que el proveedor adjudicado no se encontraba inhabilitado o sancionado,

de conformidad con lo indicado en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos del Sector Público.

10. Con fecha 18 de septiembre de 2014, se suscribió el contrato administrativo

núm. SSP/BE/A/297/2014 entre el personal facultado de la SSP y el representante de

la empresa adjudicada Servicio Técnico Aéreo de México, S.A. de C.V., cuyo objeto fue

(cláusula primera del contrato): “El proveedor se obliga a entregar a la Secretaría los

helicópteros tal y como se indica en este instrumento y su anexo que rubricado por las

partes forman parte integrante del mismo”. Asimismo, se estipuló que el monto del contrato

ascendía a 23,571,043.10 dólares americanos, más un IVA de 3,771,366.90 dólares americanos

para un total de 27,342,410.00 dólares americanos (cláusula segunda del contrato)

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y la vigencia sería del 18 de septiembre al 31 de diciembre de 2014 (cláusula octava

del contrato).

Mediante la póliza fianza de garantía núm. 1837660, expedida por afianzadora autorizada

por un importe de 4,714,208.62 dólares americanos, la empresa Servicio Técnico Aéreo

de México, S.A. de C.V. garantizó el cumplimiento del contrato. Dicho importe representó

el 20.0% del valor total pactado sin incluir el IVA (cláusula décima quinta del contrato).

11. De acuerdo con la cláusula tercera del contrato “Anticipo”, la convocante se comprometía

a otorgarle al proveedor adjudicado un anticipo del 50.0% del valor adjudicado (sin

incluir el IVA) con fundamento en el artículo 45, fracción de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Al respecto, el proveedor adjudicado

entregó la fianza núm. 1837438 expedida por afianzadora autorizada por el importe

de 13,671,205.00 dólares americanos que representan la totalidad del anticipo otorgado.

12. De la revisión al contrato se verificó que el contenido cumplió los requisitos establecidos

en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

13. Los días 23 de septiembre; 15 y 28 de octubre, y 23 de diciembre de 2014, se elaboraron

cuatro actas circunstanciadas en las que se asentó la entrega del anticipo por

13,671,205.00 dólares americanos; el pago de 8,202,723.00 dólares americanos, y dos

pagos por 2,734,241.00 dólares americanos por parte de la SSP a la empresa adjudicada

de acuerdo con las facturas presentadas.

En conclusión, de la revisión al proceso de invitación a cuando menos tres personas internacional

núm. SSP/ITP/A/031/14 para la adquisición de los cinco helicópteros ya referidos, se desprende

que se efectuó conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

y Servicios del Sector Público y los bienes fueron adquiridos conforme a los recursos disponibles

del Fondo de Capitalidad.

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Partida 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”

Adjudicación directa (contrato SSP/BG/A/075/2014)

En 2014, la SSP llevó a cabo la adquisición de alarmas vecinales para lo cual realizó el

procedimiento de Adjudicación directa, y suscribió el contrato multianual núm. SSP/BG/A/075/2014.

El proceso contó con los antecedentes siguientes:

1. En enero de 2013, la SSP elaboró el proyecto de “Vigilancia Vecinal” (Vive). En el proyecto

se justificó la adquisición de alarmas en la que se manifestó lo siguiente: “De conformidad

con lo establecido en el apartado I, artículo 57 de la Ley de Seguridad Pública del

Distrito Federal, que refiere la necesidad de contar con sistemas de detección y prevención

de delitos, se hace necesario que las calles, avenidas, manzanas, cuadrantes y colonias del

Distrito federal, cuenten con alarmas vecinales que permitan que los diversos cuerpos

de emergencia atiendan a los habitantes y visitantes de la Ciudad de manera expedita”.

2. El 14 de febrero de 2014, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación los “Lineamientos

de Operación del Fondo de Capitalidad”. En la publicación se manifestó que el objeto de

los lineamientos fue el siguiente: “Numeral 1. establecer los criterios generales para

que el Distrito Federal pueda tener acceso a los recursos del Fondo de Capitalidad,

los cuales tienen el carácter de subsidios federales y deberán destinarse a proyectos

de impacto en la Ciudad de México, Distrito Federal”.

Asimismo, en el capítulo III “Proyectos Susceptibles de Apoyo”, numeral 3, inciso d),

de los lineamientos, se estableció como uno de los proyectos el de “Infraestructura

y Equipamiento en materia de Vigilancia que permita desarrollar y aplicar Políticas

Públicas para la Prevención del Delito”.

3. El 14 de febrero de 2014, la Subsecretaria de Participación Ciudadana y Prevención

del Delito elaboró el documento “Justificación para la Adquisición de Alarmas Vecinales

con Servicio Integral para la Seguridad Pública del Distrito Federal”. En el documentó

se indicó: “Los recursos serán utilizados para la contratación e instalación del proyecto

de adquisición integral de enlace, monitoreo y mantenimiento de alarmas vecinales y de

centrales de monitoreo para la seguridad pública del Distrito Federal, que consiste

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en la instalación de 501,118 alarmas vecinales, la ampliación y modernización de instalaciones,

infraestructura de comunicación y tecnologías de 15 centrales de monitoreo, sistema

de servidores para administración y procesamiento de señales, mismo que cubrirá el

período de marzo de 2014 a diciembre de 2018…”.

4. Con esa misma fecha, la Dirección de Presupuesto adscrita a la Dirección General de

Recursos Financieros de la OM de la SSP, mediante el oficio núm. SSP/OM/DGRF/DP/120/2014,

comunicó al Director General de Recursos Materiales que los recursos a aplicarse en

la adquisición de las alarmas vecinales serían del Fondo de Capitalidad por lo que le

remite los lineamientos de operación de dicho fondo.

Se verificó que el proceso de adquisición de las alarmas se realizó de acuerdo con lo siguiente:

1. El 20 de febrero de 2014, la Subsecretaria de Participación Ciudadana y Prevención

del Delito envío a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento la requisición

núm. 0196, cuya justificación fue: “los recursos serán utilizados para la contratación

e instalación del proyecto de adquisición integral de enlace, monitoreo y mantenimiento

de alarmas vecinales y de centrales de monitoreo, para la seguridad pública del Distrito

Federal…”.

2. El techo presupuestal para la adquisición de las alarmas fue otorgada por la SEFIN

mediante el oficio núm. SFDF/0088/2014 del 18 de febrero de 2014, en el que se

indicó que se autorizaba de manera excepcional al Secretario de Seguridad Pública

del Distrito Federal la multianualidad presupuestal solicitada para llevar a cabo la

adquisición de las alarmas vecinales y en el oficio se estableció el calendario y los

importes anuales y totales (monto total 2,318,950.2 miles de pesos). Asimismo, la

suficiencia presupuestal le fue otorgada a la Dirección de Adquisiciones Almacenes

y Aseguramiento por la Dirección de Presupuesto (adscrita a la Dirección General de

Recursos Financieros) por medio del oficio núm. SMP/DP/DGRF/OM/SSP/214/2014

del 20 de febrero de 2014, por un importe de 2,318,950.2 miles de pesos.

3. Con fecha 20 de febrero de 2014, la Dirección General de Recursos Materiales de la OM

de la SSP remitió a la Oficialía Mayor con el oficio núm. DGRM/OM/SSP/0144/2014

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el formato DAABR “Documento para la Autorización de Adquisición de Bienes Restringidos”,

así como la afectación presupuestaría núm. B 01 CD 03 205 (afectando la partida 5511

“Equipo de Seguridad y Defensa” por un importe de 429,000.0 miles de pesos), la justificación

para la adquisición de las alarmas vecinales y la requisición de compra núm. 0196.

4. Mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/407/2014 del 26 de febrero de 2014, la

DGRMSG de la OM dictaminó y autorizó a la Dirección General de Recursos Materiales

de la SSP la adquisición de bienes restringidos por la adquisición integral de enlace,

monitoreo y mantenimiento de alarmas vecinales y centrales de monitoreo para la seguridad

pública del Distrito Federal, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 4.11.2 del

apartado 4.11 “Adquisición de Bienes restringidos” de la Circular Uno 2014, Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, vigente hasta el 27 de mayo de 2014).

5. Con el oficio núm. DGRMSG/OM/SSP/0145 del 20 de febrero de 2014, la SSP solicitó

a la SEDECO la omisión del grado de integración nacional respecto de la adquisición de las

alarmas vecinales. En respuesta mediante el oficio núm. CGRP/DERE/DICT/021/2014 del

25 de febrero de 2014, la Dirección Ejecutiva de Regulación Económica adscrita a la

SEDECO emitió a la SSP la autorización solicitada.

6. Por medio de un oficio de fecha 20 de febrero de 2014, la Subdirección de Adquisiciones

de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento solicitó a cuatro empresas

la cotización para la adquisición de alarmas vecinales con servicio integral de acuerdo

con las características señaladas en el anexo técnico. Dicha cotización se realizó con

el fin de llevar a cabo el estudio de mercado señalado en el artículo 42 de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

7. Con esa misma fecha, la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de

la Dirección General de Recursos Materiales recibió la cotización solicitada a las cuatro

empresas y procedió a elaborar el formato denominado “Cuadro Económico ‘Alarmas

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Vecinales’”. En dicho formato se plasmó el monto de la cotización de las cuatro empresas

relacionadas con la venta de alarmas y equipo de monitoreo.

8. Mediante el oficio sin número del 28 de febrero de 2014, el Director de Adquisiciones,

Almacenes y Aseguramiento, comunicó al representante legal de la empresa Comunicación

Segura, S.A. de C.V., que con fundamento en los artículos 26, fracción III; 40, segundo

párrafo; y 41, fracción IV, penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

y Servicios del Sector Público; con base en el acuerdo 26 de la primera sesión ordinaria

del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (celebrada

en esa misma fecha), y por haber ofrecido las mejores condiciones de compra y cotizado

el precio más bajo, le fue adjudicada la compra de las alarmas vecinales por el monto

de 2,318,950.2 miles de pesos, por lo que fue requerida su presencia para la formalización del

contrato respectivo. Asimismo, se le requirió la documentación legal y administrativa

en original y copia para su cotejo. Al respecto, mediante consulta en las páginas web

de la Secretaría de la Función Pública y de la Contraloría General del Distrito Federal,

se verificó que el proveedor adjudicado no se encontraba sancionado o inhabilitado,

de conformidad con lo indicado en la fracción IV del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

9. Con fecha 1o. de marzo de 2014, se celebró el contrato administrativo núm. SSP/BG/A/075/2014,

entre el personal facultado de la SSP y representantes de la empresa Comunicación

Segura, S.A. de C.V. por un importe de 1,999,095,003.8 pesos, más un IVA

de 319,855, 200.6 pesos para un total de 2,318,950,204.4 pesos (cláusula segunda del

contrato) el número total de alarmas a adquirir sería de 501,118 con un costo unitario

de 3,989.2 pesos El monto a liquidar se estableció a cinco años, cubriendo en el primer

ejercicio (2014) un importe de 429,000.0 miles de pesos, los siguientes tres ejercicios

(2015-2017) importes de 472,486.1 miles de pesos, cada uno y el restante ejercicio

(2018) un importe de 472,491.9 miles de pesos, todos los importes con IVA incluido.

El objeto del contrato (cláusula primera) fue: “La ‘Secretaría’ adquiere del ‘Proveedor’

las alarmas vecinales con servicio integral de enlace, monitoreo y mantenimiento de las

mismas, así como de centrales de monitoreo para la seguridad pública del Distrito Federal”.

La vigencia (cláusula novena) fue del 1o. de marzo de 2014 al 31 de diciembre de 2018.

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10. Se constató que el contrato núm. SSP/BG/A/075/2014 cumplió los requisitos establecidos

en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

11. De acuerdo con la cláusula novena “Garantías” del contrato y en concordancia con los

artículos 48 y 49, fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público y 87 de su reglamento, a la firma del contrato el proveedor adjudicado

presentaría una fianza de garantía de cumplimiento. Al respecto, la empresa adjudicada

presentó la fianza de garantía núm. 000095AH1614 del 1o. de marzo de 2014 (expedida

por institución afianzadora autorizada), por un monto de 36,982.8 miles de pesos, que

representan el 10.0% del valor anual del contrato sin incluir el IVA (para el caso de 2014

el valor anual fue de 369,827.6 miles de pesos, el IVA de 59,172.4 miles de pesos,

y el total de 429,000.0 miles de pesos), como se estableció en la cláusula.

12. En la cláusula vigésima “Anticipo” del contrato, se estableció que “La Secretaría

otorgaría un anticipo de hasta el 6.0% sobre el monto total adjudicado del contrato, lo

que representa en cantidad de 139,000.0 miles de pesos IVA incluido, lo anterior con

fundamento en el ¿artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público, mismo que se amortizará proporcionalmente hasta por 36 meses

en cada uno de los pagos mensuales, para lo cual el proveedor se compromete a

garantizar mediante póliza de fianza […] a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito

Federal”. Al respecto, el proveedor adjudicado presentó la fianza núm. 000094AH1614

del 4 de marzo de 2014 por un importe de 139,000.0 miles de pesos, expedida por

institución afianzadora autorizada en favor de la SEFIN.

13. Con fecha 1o. de julio de 2014 fue celebrado el convenio modificatorio

núm. SSP/BG/CM/019/2014 relativo al contrato administrativo ya enunciado. En dicho

convenio se indicó que sólo se modificaba el numeral 15 del Anexo técnico, el cual

decía que “el alcance de adecuación y mejoramiento y equipamiento de los 15 inmuebles de

los subcentros de control (considera de 200 a 300 metros cuadrados de adecuación)”.

Mientras que según el convenio debía decir que: “El alcance de adecuación y mejoramiento

y equipamiento de los 15 inmuebles de los subcentros de control (considera hasta

200 metros cuadrados de adecuación)”.

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De acuerdo con la información y documentación relativa al proceso de adquisición se concluyó

que este fue llevado a cabo con lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y

Servicios del Sector Público y que el contrato cumplió los requisitos establecidos en dicha ley.

Pasivo Circulante

A efecto de verificar que la SSP haya reportado a la SEFIN en tiempo el monto y características

del pasivo circulante constituido al 31 de diciembre de 2014, correspondiente a las partidas del

capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, la ASCM solicitó a la dependencia

que proporcionara el reporte correspondiente a dicho pasivo. En respuesta, con el oficio

núm. SSP/OM/DERC/859/2015 del 31 de agosto de 2015, la DERC adscrita a la OM de la

SSP proporcionó el oficio núm. SSP/OM/DP/029/2015 del 12 de enero de 2015, por medio

del cual la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Recursos Financieros

remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN el reporte del compromiso relativo

al Pasivo Circulante de la dependencia al 31 de diciembre de 2014, anexo II, formato B.

De acuerdo con la documentación proporcionada, se confirmó que la SSP cumplió el plazo

de envío del reporte del pasivo a la SEFIN, estipulado en el artículo 60 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal (15 de enero del ejercicio inmediato al que se reporta) y la

Circular SFDF/SE/4067/2014 de la SEFIN (disposiciones para el cierre del ejercicio del

presupuesto 2014).

Con el formato B “Pasivo Circulante, Detalle por Clave y Proveedor o Contratista”, la SSP

reportó el pasivo circulante. Al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” le

correspondió un monto de 4,597.8 miles de pesos, los cuales incluyen adeudos para la

partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública

y Atención de Desastres Naturales” por un importe de 1,636.7 miles de pesos y los restantes

2,961.1 miles de pesos para otras seis partidas del capítulo.

En el caso de los recursos registrados con cargo a la partida 5411 “Automóviles y Camiones

para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”

incluyó adeudos pendientes de pago relativos a los contratos núms. SSP/BE/A/438/2014,

SSP/BE/A/439/2014 y SSP/BE/A/442/2014 (no objeto de la muestra de auditoría).

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Gasto Devengado

8. Resultado

Con el fin de verificar si los bienes adquiridos por la SSP mediante los contratos revisados

tuvieron las características establecidas en dichos contratos, y en las facturas correspondientes,

se solicitó a la SSP evidencia documental de la recepción de los bienes adquiridos (vehículos,

alarmas vecinales, y helicópteros). Derivado de su análisis se determinó lo siguiente:

1. Con relación a los 1,246 vehículos adquiridos bajo el amparo del contrato núm. SSP/BE/A/190/2014

con el proveedor Automundo S.A. de C.V., se constató lo siguiente:

a) En la cláusula cuarta “Lugar y Fecha de la Entrega de los Bienes” del contrato

respectivo, se especificó que los vehículos serían entregados en las instalaciones

del Centro de Investigación e Innovación Tecnológica del Instituto Politécnico Nacional

para obtener el certificado del vehículo antes de ser entregados a la Dirección de

Transportes de la SSP. Al respecto, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/1278/2015

del 18 de noviembre de 2015, la DERC de la OM de la SSP proporcionó los oficios

núms. DPT-0461/14, DPT-0462/14, DPT-0463/14 y DPT-0464/14 todos del 9 de julio

de 2014, con los cuales el Director del “Proyecto Transporte” del Instituto Politécnico

Nacional envió al Director de Transportes de la SSP los reportes técnicos que amparan

la evaluación técnica de 973 vehículos sedán, Dodge Charger SE ATX modelos 2014,

146 vehículos tipo pick up, doble cabina Ram 2500 Crew, 87 vehículos tipo pick up

doble cabina Ram 2500 Crew con sistema de video vigilancia y 40 vehículos con tracción

en las cuatro ruedas marca Jeep Wrangler Unlimited los cuales cumplieron la evaluación

técnica practicada por la institución y las especificadas en el anexo técnico 1D,

del contrato.

b) Con el oficio núm. SSP/OM/DERC/218/2016 del 3 de marzo de 2016, la DERC

proporcionó las actas de entrega recepción por parte del proveedor a la SSP de

los vehículos adquiridos, como se estipuló en la cláusula quinta “Verificación de la

entrega de los bienes” del contrato. Las actas se elaboraron de la siguiente manera:

con dos actas del 4 de julio de 2014, la empresa entregó a la Dirección de Transportes

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30 vehículos sedán Dodge Charger SE ATX modelos 2014 y 15 vehículos tipo

pick up, doble cabina Ram 2500 Crew; con tres actas del 10 de julio de 2014, entregó

943 vehículos sedán, 131 vehículos tipo pick up y 87 vehículos tipo pick up doble Cabina

Ram 2500 Crew con sistema de video vigilancia; y mediante un acta del 10 de julio

del mismo año entregó los 40 vehículos con tracción en las cuatro ruedas marca

Jeep Wrangler Unlimited.

c) Mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/859/2015 del 31 de agosto de 2015, la DERC

de la OM de la SSP proporcionó una muestra de 85 resguardos de los vehículos adquiridos

y equipados como patrullas con cargo al contrato en comento. Adicionalmente, en la

visita de inspección física realizada por la ASCM el 25, 26 y 27 de enero de 2016,

la DERC proporcionó los resguardos de 160 vehículos inspeccionados. Se constató

que los resguardos fueron elaborados por la Unidad Departamental de Control de

Vehículos adscrita a la Subdirección de Transportes Terrestres, en las que constaron

los datos generales del vehículo, el usuario del vehículo (policía) y el supervisor

de la revista (revisión física del vehículo). El resto de los resguardos se localizan

en las Unidades de Protección Ciudadana de cada una de las 16 Delegaciones

a las cuales fueron asignados los vehículos equipados como patrullas.

d) Mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/859/2015 del 31 de agosto de 2015, la DERC

de la OM de la SSP proporcionó el archivo en medio magnético del resultado

del Inventario Físico practicado por la Dirección General de Recursos Materiales

el 31 de diciembre de 2014. En dicho inventario se constató que se registraron con

número de inventario, 843 de las 973 unidades tipo sedán dodge charger SE ATX

modelo 2014 adquiridas; 37 de las 40 Camionetas Jeep Wrangler Unlimited; y 168

las 233 de unidades pick up Dodge Ram 2500 Crew (62 equipadas con cámara

y 106 sin cámara). Se informó que las restantes 198 unidades se encuentran en proceso

de inventario. Por no registrar la totalidad de los vehículos adquiridos en la toma del

inventario respectivo, la SSP incumplió lo dispuesto en la norma 14 de las Normas

Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal,

(publicadas por la Oficialía Mayor el 30 de diciembre de 2003, vigentes en 2014)

y el numeral 6.1.4 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

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Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2014) publicada en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014) vigente, que dispone:

“Todos los bienes muebles que ingresen por cualquiera de las vías legales y pasen

a formar parte de las existencias o del patrimonio de activo fijo de la APDF, deberán

ser debidamente […] inventariados en los padrones respectivos de las Dependencias.”

“6.1.4 En el caso de bienes instrumentales, una vez realizado el registro en almacén

central, local o subalmacén, el área de inventarios deberá realizar la afectación al Padrón

Inventarial.”

Con objeto de verificar que los bienes adquiridos cumplieran las especificaciones básicas

del anexo técnico del contrato (vehículos habilitados como patrullas, mampara divisoria en

la parte de atrás, balizadas, con señalización, equipo de radio comunicación, cámara de

video, torretas, asientos traseros de uso rudo, equipo de seguridad etc.), la ASCM determinó

una inspección física a una muestra de 160 unidades adquiridas, llevada a cabo los días

25 al 27 de enero de 2016, como se muestra en el cuadro siguiente:

Vehículo Universo Muestra %

Wrangler Unlimited Sport 4x4 40 10 25.0

Dodge Charger SE ATX 973 125 13.0

Video Ram 2500 Crew pick up con sistema de video vigilancia

87 15 17.0

Ram 2500 Crew pick up 146 10 7.0

Total 1,246 160 13.0

De dicha verificación se observó lo siguiente:

De las 10 camionetas con tracción en las cuatro ruedas Jeep Wrangler Unlimited 4x4

seleccionadas para su revisión, se verificaron físicamente 8 de ellas, y se observó

que cumplieron las características y especificaciones del anexo técnico del contrato;

una fue reportada como siniestrada, por lo que la SSP proporcionó la “Orden de Admisión”

de la compañía aseguradora; y la restante, fue reportada como ingresada al taller de

acuerdo con el formato “Orden de Mantenimiento en Talleres” proporcionado por la SSP.

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De la inspección a los 125 vehículos sedán Dodge Charger SE ATX modelo 2014, fueron

verificados físicamente 108 vehículos; 12 fueron reportados como ingresados al taller,

de lo cual la SSP proporcionó los formatos “Orden de Mantenimiento en Talleres”;

4 vehículos fueron reportados como siniestrados, de lo cual la SSP proporcionó los formatos

“Reporte Telefónico de Siniestro” y “Orden de Admisión” de la compañía de seguros;

y un vehículo fue reportado como pérdida total según consta en el oficio

núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/SDR/1354 del 16 de junio de 2015.

De 15 camionetas Dodge Ram 2500 Crew pick up, con sistema de video vigilancia

seleccionadas, se encontró que 13 de ellas fueron verificadas físicamente y contaron

con las especificaciones y características señaladas en el contrato así como el equipo

de seguridad; y las restantes dos unidades fueron reportadas como ingresadas al taller de

lo cual la SSP proporcionó los formatos “Orden de Mantenimiento en Talleres”; especificada

en el anexo técnico del contrato.

De la revisión a las 10 camionetas Dodge Ram 2500 Crew pick up, no se detectaron

anomalías ya que todas presentaron las características y especificaciones técnicas

señaladas en el contrato, así como los equipos de seguridad.

En conclusión, se verificó que la SSP recibió los 1,246 vehículos con cargo al

contrato SSP/BE/A/190/2014, según se hizo constar en las actas de entrega recepción

por parte del proveedor; las cuales cumplieron las especificaciones técnicas de conformidad

con el Certificado de Evaluación emitido por el Instituto Politécnico Nacional; además

de que la muestra de 160 vehículos inspeccionados por la ASCM cumplieron con las

características básicas indicadas en el anexo técnico del contrato y las características

indicadas en sus respectivas facturas. Asimismo, se comprobó con la documentación

que amparó el registro de la entrega recepción de los vehículos y los resguardos respectivos,

la SSP cumplió lo dispuesto en la fracción I del artículo 69 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente, vigente en 2014.

2. Respecto la adquisición de los cinco helicópteros adquiridos mediante el contrato

núm. SSP/BE/A/297/2014, la SSP proporcionó evidencia documental de la entrega

de los bienes como sigue:

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a) La cláusula quinta “Lugar y fecha de la entrega de los bienes” del contrato respectivo,

indica lo siguiente: “El proveedor se obliga a entregar a la Secretaría los helicópteros

objeto del presente contrato, (LAB) Libre a Bordo, en el almacén de la Dirección

Ejecutiva de helicópteros ubicada en […] en el período comprendido del 18 de septiembre

al 31 de diciembre de 2014”. Al respecto, con fecha 23 de diciembre de 2014, se

realizó el acta de entrega recepción de los cinco helicópteros adquiridos (proporcionada

por la DERC con el oficio núm. SSP/OM/DERC/1278/2015 del 18 de noviembre

de 2015), suscrita por el apoderado legal de la empresa y los representantes de la

Dirección Ejecutiva de Helicópteros de la SSP, en la que se indicó en el numeral 5

que la empresa Servicios Técnicos aéreos de México, S.A. de C.V., entrego cinco

helicópteros marca Bell modelos 407 (cuatro unidades monomotor, dos de ellas

equipados como ambulancias) y modelo 429 (uno, bimotor), año 2014 y cuyos datos

técnicos se especificaron en el anexo técnico del documento.

b) La SSP proporcionó el formato “Entrada de Almacén” y “Tarjetas de Control de Almacén”

elaboradas y autorizadas por el personal de la Dirección Ejecutiva de Helicópteros. En los

documentos se manifestó la entrada de los cinco helicópteros en el almacén (hangar)

de la Dirección Ejecutiva de Helicópteros; así como los datos de las facturas que

ampararon la compra.

c) La SSP proporcionó el resguardo correspondiente a los cinco helicópteros consignó

el nombre del resguardante, las características generales de las unidades y las

claves CABMS y de inventario respectivos.

d) Se observó en la visita de inspección física a los helicópteros (llevada a cabo el

19 de enero de 2016 en el hangar de la SSP ubicado en Puerta 09, Zona B, Hangar 11

del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México), que los cinco helicópteros

se encontraban en el Hangar de la SSP; que todos cumplieron las características

y especificaciones básicas del anexo técnico del contrato (las características físicas

son: monomotor o bimotor, balizados, señalización, equipamiento de emergencia

los relativos a ambulancias aéreas, matricula, equipo de radio comunicación, equipo

de seguridad etc.); y que fueron puestos en marcha constatando su funcionamiento.

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En conclusión, se observó que los helicópteros fueron entregados a la SSP en tiempo

y forma de conformidad con las especificaciones establecidas en el contrato

núm. SSP/B/A/297/2014 y se registró su ingreso al almacén de la Dirección Ejecutiva

de Helicópteros; que contó con el resguardo respectivo de los equipos; y que se elaboró

el acta de entrega-recepción por parte del proveedor a la SSP. Asimismo, se comprobó

con la documentación que amparó el registro de la entrega-recepción de los helicópteros,

que la SSP cumplió lo dispuesto en la fracción I del artículo 69 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente, vigente en 2014.

3. Con relación a las alarmas vecinales adquiridas bajo el amparo del contrato SSP/BG/A/075/2014,

la SSP proporcionó documentación en la que se confirmó lo siguiente:

a) El proveedor entregó las alarmas vecinales en el Almacén General de la SSP,

ubicado en Avenida Cafetales sin número, esquina Tlahuícas, Colonia San Francisco

Culhuacán, Delegación Coyoacán; y, conforme al calendario de entregas del Anexo

Técnico del contrato, en el que se especificó que en 2014 se entregarían 71,013 alarmas,

de acuerdo con la cláusula cuarta del contrato “Lugar, Horario, Período de Entrega

y Adecuación de los Bienes, así Como de la Prestación del Servicio”.Lo anterior

se constató mediante el oficio sin número del 15 de diciembre de 2015, con el que

la empresa Comunicación Segura, S.A. de C.V. proporcionó 10 actas de entrega-

recepción de las alarmas adquiridas por la SSP en las que consta la entrega

de las 71,013 equipos de alarmas vecinales.

b) La ASCM solicitó las entradas y salidas del almacén relacionadas con dichos equipos.

En respuesta, la SSP por medio del oficio núm. SSP/OM/DERC/1278/2015 del

18 de noviembre de 2016, la DERC proporcionó la tarjeta de control de almacén

relativa a las alarmas vecinales con núm. de folio B34A1101 elaborada por la

Dirección General de Recursos Materiales, en la que se aprecia la entrada de las

71,013 alarmas correspondientes a 2014 según el calendario de entregas; así

como las respectivas notas de cargo.

c) La SSP proporcionó los documentos denominados “Modelo de Asignación de Alarmas”,

y “Status de Alarmas Vecinales” elaborados por la Dirección Ejecutiva de Aplicación

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de Programas Preventivos Institucionales y oficios de entrega por parte de la

Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito. De la revisión

a la documentación proporcionada, se determinó que las 71,013 alarmas vecinales

entregadas por el proveedor fueron asignadas a 9 delegaciones conforme al modelo

de asignación de alarmas, como se muestra en el cuadro siguiente:

Delegación Total de alarmas

asignadas Entregadas

en 2014 Documento de entrega

Fecha

Iztacalco 21,541 8,008 SPCyPD/3132/2014 11/IX/14

Magdalena Contreras 13,228 8,009 SPCyPD/3687/2014 23/IX/14

Milpa Alta 6,946 6,946 Nota de cargo 30/X/14

Gustavo A. Madero 66,320 8,009 Nota de cargo 7/XI/14

Tláhuac 19,517 8,009 SPCyPD/3867/2014 5/XI/14

Coyoacán 36,040 8,008 SPCyPD/4363/2014 22/XII/14

Iztapalapa 98,450 8,008 SPCyPD/4443/2014 29/XII/14

Tlalpan 36,397 8,008 Tarjeta Informativa s/n* 10/IX/14

Xochimilco 22,243 8,008 SPCyPD/4145/2014 28/XI/14

Total 71,013

* Sin número.

d) La SSP proporcionó los contratos de comodato, celebrados entre la SSP con cada

una de las Delegaciones a las cuales se les asignaron las alarmas, en cumplimiento

de lo dispuesto en el artículo 3o, Fracciones VII, XXIII y XXV de la Ley Orgánica de la

Secretaría de Seguridad Pública, en el que se indica que la SPP tiene atribuciones

de celebrar convenios de colaboración en el ámbito de su competencia y en el marco del

Sistema Nacional de Seguridad Pública con otras autoridades del Distrito Federal;

asimismo, puede requerir la colaboración de las dependencias y órganos político

administrativos en acciones y programas vinculados a la prevención del delito.

e) La ASCM el día 3 de marzo de 2016, efectuó una visita de inspección a los centros

de monitoreo de las alarmas vecinales ubicadas en las Delegaciones Cuauhtémoc,

Iztacalco, Iztapalapa y Venustiano Carranza, y observó que dichos centros (bases

plata) se encontraban operando con las alarmas conectadas a su sistema (sólo pueden

conectarse al sistema las adquiridas con la empresa adjudicada), para lo cual el

personal del centro de monitoreo realizó pruebas de funcionamiento de los sistemas,

lo que permitió comprobar que las alarmas conectadas a dichos centros están

en funcionamiento; además, fue proporcionado a manera de ejemplo el contrato

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de comodato celebrado entre la Delegación Iztapalapa y un ciudadano de dicha demarcación

territorial, mediante dicho documento jurídico la delegación otorgo en comodato al

ciudadano el equipo de alarma vecinal solicitada por éste. En el contrato se específica

que la delegación otorga al ciudadano, para su uso, el kit de alarma vecinal, a fin

de que se instale en el domicilio del ciudadano y mantenerlo en buenas condiciones

y bajo su resguardo (cláusula primera “Objeto del contrato).

En conclusión, se verificó que la SSP recibió en 2014 las 71,013 de las 501,118 alarmas

vecinales establecidas en el contrato núm. SSP/BG/075/2014, conforme a su calendario

de entrega, así como lo manifestado en las actas de entrega-recepción proporcionadas por

el proveedor; que fueron asignadas las 71,013 alarmas recibidas en 2014 a las

delegaciones de conformidad con los criterios de asignación de alarmas; que la asignación de

las alarmas a las delegaciones se llevó a cabo bajo la modalidad de contrato de comodato;

y se verificó en cuatro delegaciones que operan y están en funcionamiento los centros

de monitoreo de las alarmas. Con la documentación analizada se verifico que la SSP

cumplió lo dispuesto en el artículo 69, fracciones I y II, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014.

En la reunión de confronta celebrada el 21 de abril de 2016, la Dirección Ejecutiva

de Rendición de Cuentas de la Oficialía Mayor de la SSP, mediante el oficio

núm. SSPCDMX/OM/DERC/392/2016 del 20 de abril del mismo año proporcionó lo siguiente:

1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/002233/2016, del 19 de abril de 2016, con el cual

el Director General de Recursos Materiales de la SSP, informo a la Directora Ejecutiva

de Rendición de Cuentas, referente a que 198 vehículos no se incluyeron en el Inventario

Físico del 31 de diciembre de 2014, lo siguiente:

“Derivado a la época en que se procedió a realizar dicho inventario, así mismo como

a la operatividad de los vehículos, no fue posible que se presentaran dichas unidades al

área correspondiente para ser físicamente inventariadas. No obstante lo anterior,

a efecto de hacer las aclaraciones correspondientes en cuanto al número de unidades

observadas, se procedió a la verificación física de éstas, para lo cual se tuvieron que

identificar los datos de los vehículos faltantes, para lo cual se remitió en CD con el

archivo que contiene los trabajos realizados para tal fin, (separando e indicando a través

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de pestañas el proceso realizado, en el cual se manifiesta que la unidades referentes

al contrato administrativo SSP/BE/A/190/2014, ya cuentan con su respectivo número

de inventario) como se describe a continuación:

”a) Pestaña: Marcaje Original Auditor; corresponde al inventario proporcionado en la

auditoría.

”b) Pestaña: Aclaraciones; se revisó la base anterior y se determinaron los cambios

necesarios para su corrección.

”c) Pestaña: Marcaje Original Corregido; corresponde al inventario físico que se proporcionó,

pero de su revisión se eliminaron dos vehículos que correspondían, de los cuales se

tomó la marca pero no el número de serie.

”d) Pestaña: Nuevos Marcajes (inventarios): Con la base corregida anterior, en esta

pestaña se pudieron establecer los vehículos observados, de los cuales se determinaron

196 y no 198, los cuales fueron verificados físicamente.

”Por otra parte, se informa que dichos bienes se registraron en su totalidad y oportunidad

en el Sistema de Movimientos en el Padrón lnventarial (SIMOPI), el cual incluye la

asignación a cada bien de un número de inventario, mismo que se integra con la clave

del bien según el Catálogo de Adquisiciones de Bienes Muebles y Servicios del Distrito

Federal (CABMSDF) y el número progresivo que determine la Dependencia, Órgano

Desconcentrado, o Delegación.”

2. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/DAAA/00297/2015, del 15 de enero de 2015, mediante el

cual el Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de la SSP informó y remitió

al Director de Almacenes e Inventarios en la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal, un CD que contiene los reportes elaborados por medio del SIMOPI, así como

la documentación soporte digitalizada de los bienes muebles registrados y listados,

debidamente validada y firmada, correspondientes a los movimientos realizados en la SSP,

durante el Cuarto Trimestre, a fin de cumplir con la Circular Uno 2014, Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, en su numeral 6.4.1.

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De conformidad con lo manifestado por el sujeto fiscalizado en su respuesta y la documentación

proporcionada, se determinó que la SSP efectuó la corrección de la base inventarial (asignación

de la clave de inventario conforme a las Normas Generales de Bienes Muebles de la

Administración Pública del Distrito Federal) proporcionada en la etapa de ejecución de

la auditoria, y se confirmó que a la fecha de la toma del inventario físico del cierre del ejercicio

no se incluyeron 196 unidades (se aclaró en su respuesta que fueron 196 y no 198 unidades) en

el inventario al 31 de diciembre de 2014, por lo que la observación señalada no se modifica.

Recomendación ASCM-13-14-4-SSP

Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal por medio de

su Oficialía Mayor, establezca mecanismos de control a fin de asegurarse que todos los

bienes adquiridos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

sean registrados en los inventarios físicos practicados por la dependencia al cierre del ejercicio,

de conformidad con lo dispuesto en la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno), vigente a la fecha de los inventarios.

Gasto Ejercido

9. Resultado

Con el propósito de verificar que los recursos ejercidos por la SSP con cargo al capítulo

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y las partidas de la muestra se hayan respaldado

con la documentación comprobatoria del gasto; y que el registro presupuestal se hubiese

sujetado a la normativa aplicable, se revisó la documentación soporte de la muestra de 31 CLC

y 5 Documentos Múltiples. De la revisión a la documentación de las CLC se desprende lo siguiente:

1. Las 31 CLC por un importe de 1,468,568.5 miles de pesos fueron elaboradas y autorizadas

por los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores

Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC, y contaron con su documentación

soporte; asimismo, fueron autorizadas, conforme al apartado IV, “Lineamientos Generales

para los Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3, “Registro de Operaciones

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Presupuestarias”, y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, numeral 2, del Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal, vigente en 2014.

2. Con respecto a la documentación comprobatoria del gasto de las 31 CLC revisadas,

se determinó que éstas contaron con su documentación soporte consistente en 1,261

facturas, las cuales cumplieron los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29

y 29-A del Código Fiscal de la Federación. La conformación de las CLC emitidas y las

facturas correspondientes a cada proveedor se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Partida y beneficiario

Cuenta por Liquidar Certificada y Documentos Múltiples Numero

de facturas por CLC

Tipo de recursos Número Fecha

de pago Importe

Partida 5411“Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” Automundo, S.A. de C.V

11 C0 01 10001775 21/VIII/14 2,138.2 4 FASP

11 C0 01 10001780 21/VIII/14 51,824.5 85 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10001787 21/VIII/14 54,766.5 87 SPA

11 C0 01 10001790 21/VIII/14 12,803.7 21 FASP

11 C0 01 10001791 21/VIII/14 143,494.2 269 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10001792 21/VIII/14 336,531.7 629 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10001801 21/VIII/14 36,001.8 61 SUBSEMUN

11 C0 01 10001809 21/VIII/14 347.6 7 SUBSEMUN

11 C0 01 10001811 21/VIII/14 23,093.0 38 SUBSEMUN

11 C0 01 10001812 21/VIII/14 1,295.0 2 SUBSEMUN

11 C0 01 10001922 22/VIII/14 25,972.0 40 SUBSEMUN

11 C0 01 10002702 22/IX/14 364.0 1 SUBSEMUN

11 C0 01 10002703 22/IX/14 170.5

11 C0 01 10003112 16/X/14 728.0 2 SUBSEMUN

11 C0 01 10003113 16/X/14 341.1

Subtotal 689,871.8 1,246

Partida 5431 “Equipo Aeroespacial” Servicio Técnico Aéreo de México, S.A. de C.V.

11 C0 01 10003932 24/X/14 116,575.5 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10002941 24/IX/14 190,018.8 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10004370 7/XI/14 38,743.9 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10013843 19/I/15 3,647.9 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10013964 19/I/15 38,834.3

Subtotal 387,820.3 4

Documentos Múltiples 11 C0 01 200203 13/XI/14 (5,602.5)

11 C0 01 200204 14/XI/14 (8,509.0)

11 C0 01 200205 14/XI/14 (1,510.9)

11 C0 01 200349 31/XII/14 (222.7)

11 C0 01 200350 31/XII/14 (2,278.5)

Subtotal 18,123.6

Continúa…

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… Continuación

Partida y beneficiario

Cuenta por Liquidar Certificada y Documentos Múltiples Numero

de facturas por CLC

Tipo de recursos Número Fecha

de pago Importe

Total partida 369,696.7

Partida 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” Comunicación Segura, S.A. de C.V.

11 C0 01 10000175 29/IV/14 139,000.0 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10000982 27/VI/14 19,276.7 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10000983 27/VI/14 19,276.7 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10000984 27/VI/14 19,276.7 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10001082 15/XII/14 19,336.8 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10001630 12/VIII/14 21,590.4 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10002546 15/IX/14 21,590.4 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10003537 17/X/14 42,414.4 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10004671 14/XI/14 42,414.4 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10005882 15/XII/14 42,414.4 1 Fondo de Capitalidad

11 C0 01 10006951 22/XII/14 42,409.1 1 Fondo de Capitalidad

Subtotal 429,000.0 11

Total de la muestra 1,488,568.5

3. Se verificó que el registro presupuestal de las operaciones consignadas en las 31 CLC

revisadas, se llevó a cabo conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal

vigente en 2014.

En conclusión se constató que las CLC fueron elaboradas conforme a la normatividad aplicable,

elaboradas y autorizadas por los funcionarios responsables, que las facturas cumplieran

los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación,

vigente en 2014 y que los registros presupuestales consignados en las CLC se realizaron

conforme Clasificador por Objeto del Gasto.

Gasto Pagado

10. Resultado

Con la finalidad de verificar la cancelación, total o parcial, de las obligaciones de pago de

la adquisición de los vehículos, helicópteros y alarmas vecinales, derivadas de la celebración

de los contratos relacionados con las partidas 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de

Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 5431 “Equipo Aeroespacial”,

y 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad”, por lo que se verificó que el pago de los adeudos

con los prestadores de servicios se realizó mediante transferencia electrónica a las cuentas

bancarias proporcionadas por ellos a la SEFIN, como se muestra a continuación:

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(Miles de pesos)

Partida y beneficiario

Cuenta por Liquidar Certificada y Documentos Múltiples Institución

financiera Operación bancaria Número Fecha

de pago Importe

Partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres

Naturales” Automundo, S.A. de C.V

11 C0 01 10001775 21/VIII/14 2,138.2

Grupo Financiero Banamex

Transferencia

11 C0 01 10001780 21/VIII/14 51,824.5

11 C0 01 10001787 21/VIII/14 54,766.5

11 C0 01 10001790 21/VIII/14 12,803.7

11 C0 01 10001791 21/VIII/14 143,494.2

11 C0 01 10001792 21/VIII/14 336,531.7

11 C0 01 10001801 21/VIII/14 36,001.8

11 C0 01 10001809 21/VIII/14 347.6

11 C0 01 10001811 21/VIII/14 23,093.0

11 C0 01 10001812 21/VIII/14 1,295.0

11 C0 01 10001922 22/VIII/14 25,972.0

11 C0 01 10002702 22/IX/14 364.0

11 C0 01 10002703 22/IX/14 170.5

11 C0 01 10003112 16/X/14 728.0

11 C0 01 10003113 16/X/14 341.1

Subtotal 689,871.8

Partida 5431 “Equipo Aeroespacial” Servicio Técnico Aéreo de México, S.A. de C.V.

11 C0 01 10003932 24/X/14 116,575.5

Grupo Financiero Banorte

Transferencia

11 C0 01 10002941 24/IX/14 190,018.8

11 C0 01 10004370 7/XI/14 38,743.9

11 C0 01 10013843 19/I/15 3,647.9

11 C0 01 10013964 19/I/15 38,834.3

Subtotal 387,820.3

Documentos Múltiples 11 C0 01 200203 13/XI/14 (5,602.5) Ajuste cambiario

11 C0 01 200204 14/XI/14 (8,509.0) Ajuste cambiario

11 C0 01 200205 14/XI/14 (1,510.9) Ajuste cambiario

11 C0 01 200349 31/XII/14 (222.7) Ajuste cambiario

11 C0 01 200350 31/XII/14 (2,278.5) Ajuste cambiario

Subtotal (18,123.6)

Total partida 369,696.7

Partida 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” Comunicación Segura, S.A. de C.V.

11 C0 01 10000175 29/IV/14 139,000.0

BBVA Bancomer Transferencia

11 C0 01 10000982 27/VI/14 19,276.7

11 C0 01 10000983 27/VI/14 19,276.7

11 C0 01 10000984 27/VI/14 19,276.7

11 C0 01 10001082 15/XII/14 19,336.8

11 C0 01 10001630 12/VIII/14 21,590.4

11 C0 01 10002546 15/IX/14 21,590.4

11 C0 01 10003537 17/X/14 42,414.4

11 C0 01 10004671 14/XI/14 42,414.4

11 C0 01 10005882 15/XII/14 42,414.4

11 C0 01 10006951 22/XII/14 42,409.1

Subtotal 429,000.0

Total de la muestra 1,488,568.5

Por lo que se refiere a las transacciones bancarias, se determinó que la SSP tramitó ante

la SEFIN el pago y la consecuente cancelación de las obligaciones correspondientes, mediante las

trasferencias electrónicas de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal/Tesorería

del Gobierno del Distrito Federal a los proveedores de la muestra de auditoría.

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Mediante los oficios núms. ACF-A/15/1167, ACF-A/15/1168 y ACF-A/15/1169, del 2 de diciembre

de 2015, la ASCM solicitó a los proveedores Comunicación Segura, S.A. de C.V.;

Automundo, S.A. de C.V.; y a Servicio Técnico Aéreo, S.A. de C.V.; respectivamente, la confirmación

de operaciones realizadas en 2014 con la SSP. De las respuestas se desprende lo siguiente:

a) La empresa Comunicación Segura, S.A. de C.V. remitió, mediante oficio sin núm.

de fecha 15 de diciembre de 2015, entre otros, copia del contrato administrativo

multianual núm. SSP/BG/A/075/2014, convenios núms. SSP/BG/CM/019/2014

y SSP/BG/CM/025/2014; actas de entrega recepción de fechas: 28 de marzo,

29 de abril, 30 de mayo, 27 de junio, 30 de julio, 29 de agosto, 29 de septiembre,

30 de octubre, 18 de noviembre, 1o. de diciembre, todas de 2014; y 12 facturas

(con los conceptos, montos y fechas de expedición), con los cuales se verificó que los

montos consignados en la documentación del prestador de servicios coinciden

con la información entregada por la SSP.

En cuanto a la forma y monto del pago, el prestador de servicios mencionó que le

fueron pagados los recursos vía transferencia bancaria; para lo cual adjuntó detalles

de los movimientos efectuados (estados de cuenta) en los que se verificó que los

importes registrados por la SSP corresponden con los informados por el proveedor.

Respecto a la existencia de saldos pendientes por la prestación de los servicios

al amparo del contrato y los convenios referidos, manifestó que a la fecha, la SSP

no tiene saldo alguno con el prestador de servicios.

b) La empresa Automundo, S.A. de C.V., mediante escrito sin número del 11 de diciembre

de 2015, envió el contrato administrativo núm. SSP/BE/A/190/2014, y en medio

magnético los estados bancarios, en los cuáles se reflejan los pagos relacionados

con dicho contrato, con lo cual se determinó que a la fecha de la emisión de la

información la SSP no tuvo saldo alguno con el proveedor.

La empresa Servicio Técnico Aéreo de México, S.A. de C.V., mediante oficio sin número

de fecha 15 de diciembre de 2015, envió copia del contrato núm. SSP/BE/A/297/2014, y el

anexo de éste, así como el acta de entrega de los bienes, las facturas núms. VP557, VP559,

VP561 y VP568 (con los conceptos, montos y fechas de expedición); asimismo envió copias

de los estados de cuenta señalando fecha y monto de los pagos, con lo cual se constató

que a la fecha de la emisión de la información (diciembre de 2015) la SSP no tuvo saldo

alguno con el proveedor.