curso de derecho fiscal

5
DERECHO FISCAL Fundamento constitucional de las contribuciones Derecho Fiscal: es el conjunto de disposiciones legales y principios de derecho público que regula la actividad jurídica de fisco. El fundamento constitucional de las contribuciones aparece en el Artículo 31 fracción IV, que nos dice que: contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del distrito federal o del estado y municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Otro factor es que el presupuesto de egresos deberán ser saciado por completo, por lo que está prohibido el superávit fiscal en México. Los extranjeros pagan impuestos al igual que los mexicanos por la jurisprudencia del 1920. Fuentes del Derecho Fiscal - Ley: es la norma jurídica obligatoria y general dictada por legitimo poder para regular la conducta del hombre en sociedad. Esta como principio de separación de poderes, debe emanar de un órgano legislativo. - Costumbre: es el conjunto de comportamiento continuos, que con el simple pasar del tiempo llegan a ser aceptados por la sociedad y concluyen con la característica de Ley. - Jurisprudencia: es la interpretación que la autoridad judicial da ordinariamente a una ley, y así se opone la jurisprudencia a la doctrina, como expresión de la ciencia. Principios fiscales -Mexicanos y extranjeros pagan impuestos -Gastos públicos: es las sumas de dinero abonadas por los ciudadanos y destinada para satisfacer las necesidades publicas revistas en el presupuesto del estado o de sus corporaciones. -Relación jurídico tributaria: existen dos sujetos, el pasivo y el activo. el primero es el contribuyente y el segundo es el estado. las obligaciones del estado se resumen al hecho de recaudar y las de los contribuyente a hacer, no hacer, tolerar o permitir. Donde hacer se refiere a pagar los impuestos puntualmente e inscribirse en el respectivo padrón para pagar dichos impuestos; no hacer, a la evasión fiscal, ya que

Upload: andy-mansilla

Post on 13-Dec-2015

221 views

Category:

Documents


3 download

DESCRIPTION

Curso de Derecho Fiscal

TRANSCRIPT

Page 1: Curso de Derecho Fiscal

DERECHO FISCAL

Fundamento constitucional de las contribuciones

Derecho Fiscal: es el conjunto de disposiciones legales y principios de derecho público que regula la actividad jurídica de fisco.

El fundamento constitucional de las contribuciones aparece en el Artículo 31 fracción IV, que nos dice que: contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del distrito federal o del estado y municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. 

Otro factor es que el presupuesto de egresos deberán ser saciado por completo, por lo que está prohibido el superávit fiscal en México.

Los extranjeros pagan impuestos al igual que los mexicanos por la jurisprudencia del 1920.

Fuentes del Derecho Fiscal

- Ley: es la norma jurídica obligatoria y general dictada por legitimo poder para regular la conducta del hombre en sociedad. Esta como principio de separación de poderes, debe emanar de un órgano legislativo.

- Costumbre: es el conjunto de comportamiento continuos, que con el simple pasar del tiempo llegan a ser aceptados por la sociedad y concluyen con la característica de Ley.

- Jurisprudencia: es la interpretación que la autoridad judicial da ordinariamente a una ley, y así se opone la jurisprudencia a la doctrina, como expresión de la ciencia.

Principios fiscales

-Mexicanos y extranjeros pagan impuestos

-Gastos públicos: es las sumas de dinero abonadas por los ciudadanos y destinada para satisfacer las necesidades publicas revistas en el presupuesto del estado o de sus corporaciones.

-Relación jurídico tributaria: existen dos sujetos, el pasivo y el activo. el primero es el contribuyente y el segundo es el estado. las obligaciones del estado se resumen al hecho de recaudar y las de los contribuyente a hacer, no hacer, tolerar o permitir. Donde hacer se refiere a pagar los impuestos puntualmente e inscribirse en el respectivo padrón para pagar dichos impuestos; no hacer, a la evasión fiscal, ya que a misma es un delito; y tolerar o permitir, al acceso a las autoridades fiscales a realizar las revisión y comprobaciones correspondientes.

-Residencia: es la fuente de riqueza, el lugar donde se obtienen los ingresos.

-Proporcionalidad y equidad: a que todos no somos iguales en la sociedad, se declara proporcional como un sentido de justicia e igualdad entre los ciudadanos.

Page 2: Curso de Derecho Fiscal

-Legalidad: toda impuesto debe estar fundamentado en una ley, de lo contrario sera arbitrario el mismo.

Derecho Financiero

Este tiene como fin regular la paridad cambiaria, los ingresos de divisas (mercancías y moneda extranjera), ingresos por exportaciones (artículo 131 constitucional). del derecho financiero emana la ley de ingresos, ley financiera, ley de impuesto sobre la renta, el derecho patrimonial, el derecho presupuestal, el derecho fiscal, etc.

Jerarquía de las leyes fiscales

La jerarquía de leyes en el Derecho Fiscal de comporta de casi igual forma que en cualquier otra rama del derecho, comenzando con la Constitución Federal y a su par los tratados internacionales en materia de derechos humanos, luego las leyes fiscales respectivas (LISR, LIVA, LIEPS), después su reglamento correspondiente, luego el Código Fiscal de la Federación, sigue el reglamento del Código Fiscal de la Federación, resoluciones administrativas y el derecho federal común.

Antecedentes del Derecho Fiscal

-Grecia y Roma, con el Tributum (tributo al rey), los aranceles (específicos, ad valorem y mixtos)y las acabalas (era el por ciento pagado al fisco por parte del vendedor de una cosa). Luego Julio Cesar creo en Roma el impuesto sobre las herencias.

-Edad Media comenzó el impuesto sobre prestaciones de servicio y trabajos.

-España, Francia e Inglaterra en el siglo XV y XVI, comenzaron a cobrar impuestos por la expediciones que se realizaban en ultramar.

-1723-1790 Adam Smith con obra la "Riqueza de las Naciones" en su tomo 7, creo los principios de las contribuciones, diciendo así que: los impuestos deberían ser distributivos, no arbitrario, no ruinosos y se deberían cobrar periódicamente.

-En México en 1540 se creó en Código Mendocino.

-En 1857 se establece el artículo 131.

-En 1937 se promulga la Ley de Justicia Fiscal, con el cual se creó el Tribunal Federal Fiscal con 15 magistrados divididos en un pleno y 5 salas.

-En 1942 se establece la competencia y depuración de créditos.

-En 1946 se crean dos salas más de Tribunal y se aumenta el número de magistrados.

-En 1978 se crea la nueva Ley Orgánica del Tribunal Federal Fiscal.

-En 1983 se promulga el Nuevo Código Fiscal de la Federación.

-En el 2000 se crea el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

División del Código Fiscal

Page 3: Curso de Derecho Fiscal

Titulo Primero - Disposiciones Generales

Titulo Segundo - De los Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes

Título Tercero - De las Facultades de las Autoridades Fiscales

Titulo Cuarto - De las Infracciones y Delitos Fiscales

Titulo Quinto - De Los Procedimientos Administrativos

Titulo Sexto - Del Juicio Contencioso Administrativo (Se deroga).

Ingresos del Estado

-Productos: ingresos que percibe el estado por funciones de Derecho Privado, como donaciones con carga, contrato de arrendamiento, etc.

-Aprovechamiento: son los ingresos que percibe el estado por funciones de derecho público, como son las multas administrativas (no fiscales), cuotas compensatorias, practicas desleales (dumping), convenio de ordenación fiscal, etc.

-Contribuciones: por los servicios que proporciona el estado tales como por mejoras (a cargo de beneficios de obras públicas), aportaciones de seguridad social, impuestos (obligación que tiene de pago), derechos (por el aprovechamiento de bienes de dominio público y servicios del estado).

Las contribuciones y los aprovechamientos causan accesorios si no se pagan, pero primero se paga lo accesorio y luego lo principal, estos accesorios se dividen en:

-Multas:

-Recargas (paridad cambiaria):

-Gastos Ejecutivos

-Indemnización

Elemento de los impuestos (artículo 5 CFF)

Sujeto: es la persona que conforme a la ley se encuentra en el hecho jurídico mediante el cual debe aportar alícuotamente una cantidad en especie o en dinero en favor del fisco de manera directa.

Objeto: la norma jurídica debe expresar claramente cuál es el gravamen o bien sobre qué acto o hecho jurídico debe pagar el tributo que se instituye en la norma. tada vez que puede ser el ingreso percibido de cualquiera que se su fuente de riqueza el acto de consumo o son de la enajenación de un bien.

Base: la norma jurídica establece sobre que se pagara la contribución, es decir, la base del impuesto mediante el cual se aplica la tasa, tabla o tarifa según sea el caso determinante así el impuesto.

Tarifa: es el porcentaje aplicable directo a la base gravada.

Page 4: Curso de Derecho Fiscal

Lugar de pago: época de pago, jurisprudencia deben de esta consignadas expresamente en la ley.

Contribuciones (articulo 6 CFF)

-Causar: es cuando se realiza el objeto de un impuesto

-Determinar:

-Pagar:

Discrepancia fiscal

Fuente de los ingresos

Facultades de las autoridades fiscales

Medios de defensa del contribuyente

Juicio de nulidad