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Chiclayo, sábado 1 de junio del 2019 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV2

Telf: 481030 - 239182

Chiclayo, sábado 1 de junio del 2019

Corte Superior de JuStiCia de LambayequemG. oSCar maNueL burGa Zamora

PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV

5. CRÓNICA JUDICIAL

CRÓNICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL

Despacho del día: 02 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2012-0037: Simón Dávila Delgado con Alex Alvarez Pinglo sobre Nulidad de acto jurídico: Declararon NULA la sentencia que declara fundada en parte la demanda inter-puesta sobre nulidad de acto jurídico y otros; MANDARON reponer el proceso al estado de que el juez expida una nueva sentencia conforme a la parte considerativa de la presente resolución.Exp. N° 2017-105: Ronald Torres Altamirano con Munici-palidad Provincial de Chiclayo sobre Proceso de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara INFUNDADA la demanda; con lo demás que ella contiene; asimismo, CON-FIRMARON la resolución N° 8 que declara INFUNDADA la excepción de incompetencia por razón de la materia; dedu-cida por la entidad demandada.Exp. N° 2012-054: Gregorio Díaz R. con Alicia Callacná M. sobre Divorcio: APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda; en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables; con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-2373: Marco Saldaña Adrianzén con Gerencia Regional de Educación de Lambayeque sobre Proceso de cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y ordena que la entidad demandada dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Directoral N°190-2014-EF/43.01, que resuelve “Aprobar los montos y la escala del incentivo único de la Unidad Ejecutora 0858 - Educación Chiclayo, consignados en el Informe N° 188-2014-EF/53.04., de la Dirección de Gestión de Personal Ac-tivo ...”, reconociéndose al demandante el pago mensual del incentivo único, equivalente a la suma de S/1,830.00 Soles, con lo demás que ella contiene.Exp. N° 1999-257: Luz Ordonila Alván con Jesús Ruiz Or-dinola sobre Nulidad de acto jurídico: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda interpuesta e infundada la pretensión sobre indemnización por daños y perjuicios; con lo demás que contiene. Exp. N° 2018-0082 Gonzalo Saldaña Rojas con Rino Saldaña Rojas sobre Nuli-dad de Acto Jurídico - Medida Cautelar: REVOCARON la Resolución Nº 2 que declara improcedente la solicitud de medida cautelar de anotación de demanda y reformándola declararon FUNDADA la Medida Cautelar de Anotación de Demanda en la Partida Electrónica N° P10096823 del Reg-istro de la Propiedad Inmueble de Chiclayo, correspondiente al inmueble signado como Programa Municipal de Vivienda Urbanización José Leonardo Ortiz - San Carlos-Mz 7 Lote 03, del distrito de José Leonardo Ortiz.Exp. N° 2018-083: Ricardo Alvarado P. con SUNAT sobre Proceso de Amparo: CONFIRMARON la Resolución N° 1, que declara Improcedente la demanda de amparo inter-puesta.Exp. N° 20096-4993-23: COALI SAC. con Empresa Tumán sobre Dar suma de dinero: CONFIRMARON la resolución N° 51, que declara improcedente la solicitud de cancelación de medida cautelar.Exp. N° 2017-2242: César Vásquez García con Empresa Agroindustrial Tumán sobre Proceso de Amparo: REVO-CARON la Resolución N° 1, que declara improcedente la demanda; y reformándola la declararon procedente: en con-secuencia ordenaron al Juez de la causa dar trámite a la incoada conforme a su naturaleza.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 03 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se vota-ron las sgtes. Causas: Exp.N°2015-3024: Félix Altamirano Fernández con Reyna Núñez Cieza sobre Divorcio por causal: CONFIRMARON la resolución Nº 14 que declara infundada la nulidad formulada por la demandada Reyna Núñez Cieza; CONFIRMARON la resolución N° 17 que resuelve No incorporar como medio probatorios extem-poráneos ofrecidos por la parte demandada Reyna Núñez Cieza; APROBARON la sentencia que declara FUNDADA la demanda interpuesta, que declara disuelto el vínculo matrimonial celebrado el día 02 de marzo de 1992 ante la Municipalidad Distrital de Picsi, Provincia de Chiclayo; con lo demás que contiene.Exp. N° 2016-5909: Rosa Acuña Díaz con Catalino Acuña Díaz sobre Divorcio por causal: DESAPROBARON la sen-tencia que declara fundada la demanda interpuesta; la misma que declararon NULA e INSUBSISTENTE lo actuado y repusieron la causa al estado de calificarse la demanda.Exp. N° 2012-2777: María Florián T. con Municipalidad Dis-trital de Pimentel sobre Indemnización: Declararon NULA la sentencia que declara infundada la demanda; DEBIENDO el Juzgado de origen emitir pronunciamiento conforme a la parte considerativa de la presente.Exp. N° 2016-1534: Miguel Chapoñán P. con Gobierno Re-gional de Lambayeque sobre Indemnización: Declararon NULA la sentencia que declara improcedente la demanda; DEBIENDO el Juzgado de origen emitir pronunciamiento con un mayor estudio de los autos.

Exp. N° 2004-5481: José Abanto M. con la O.N.P. sobre Im-pugnación de Resolución: CONFIRMARON la sentencia que declara Infundada la demanda; con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-2400: Concepción Seclen Velásquez viuda de Reque con Asunción Llontop de Larios y otros sobre Petitoria de herencia y Declaratoria de herederos: Declararon NULA la resolución N° 2 que declara improcedente la demanda interpuesta; ordenaron que el a quo renueve la calificación de la demanda teniendo en cuenta los fundamentos prec-edentes.Exp. N° 2017-7128: Graciela Aguinaga Allende con Clara Aguinaga Baroni sobre Declaración Judicial de Filiación extramatrimonial: REVOCARON la resolución N° 3 que de-clara INFUNDADA la devolución de cédulas efectuada, tiene por bien notificada a la demandada Clara Magali Aguinaga Baroni con la demanda, admisorio y anexos, y la declara en rebeldía; reformándola, declararon FUNDADA la devolución de cédula, NULA la apelada en los extremos en que tiene por bien notificada a la demandada y la declara rebelde; DEBIENDO el Juzgado de origen disponer que se notifique a la apelante con la demanda, anexos y auto admisorio en su domicilio real indicado en el escrito de apersonamiento.Exp. N° 2014-727: Segundo Cevallos Correa con UGEL — Ferreñafe sobre Impugnación de Resolución: Declararon NULA la resolución N° 9; dispusieron se remitan los autos a la Sala Laboral de turno a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.Exp. N° 2016-1596: Hernán Gonzales Muga con María Lluen Muga sobre Nulidad de acto jurídico: Declararon NULA la resolución N° 12, que resuelve rechazar la demanda inter-puesta; ORDENARON que el Juzgado de origen proceda conforme a lo dispuesto en la presente resolución y al más breve plazo posible.Exp. N° 2017-018: Scotiabank Perú SAA con Martín Chang Severino sobre Ejecución de Garantías Reales: CONFIR-MARON la Resolución Nº 9, que declara Infundada la con-tradicción propuesta por el ejecutado Martín Chang Severino sustentada en las causales de inexigibilidad y extinción de la obligación contenida en el título y dispone sacar a remate el bien inmueble otorgado en garantía hipotecaria, con lo demás que contiene.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 04 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2013-3155: Wilmer Ramírez Ch. con Rosa medina C. sobre Divorcio por causal: APROBARON la sentencia que declara FUNDADA la demanda interpuesta, en consecuen-cia declara disuelto el vínculo matrimonial celebrado el día 28 de junio de 1985 ante la Municipalidad Distrital de Picsi, Provincia de Chiclayo; con lo demás que contiene.Exp. N° 2018-437: José Pérez Torres con Municipalidad Pro-vincial de Chiclayo sobre Proceso de cumplimiento: CON-FIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda de cumplimiento interpuesta y ordena que la demandada cumpla lo dispuesto en la Resolución de Gerencia N° 0075-2016-MPCH/GRR.HH, que reconoce a favor del actor, en calidad de heredero de Blanca Flor Torres Carmona de Pé-rez, la suma de S/190.00, así como los intereses legales.Exp. N° 2015-1033: Juan Mayanga T. con Ingrid Custodio B. sobre Divorcio por causal: APROBARON la sentencia que declara FUNDADA la demanda interpuesta, en consecuen-cia declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables; con lo demás que contiene.Exp. N° 2013-4993: Marlene Herrera Segura con Medardo Herrera Segura sobre Petición de Herencia: REVOCA-RON la sentencia, en el extremo que declara infundada la demanda interpuesta; reformándola, declararon fundada la demanda sobre petición de herencia y declaración de herederos; ordenaron que dicha accionante concurra con los demandados y con sus co-demandantes en la herencia dejada por el causante José Marcial Herrera Vásquez.Exp. N° 2017-1915: José Pérez C. con Ministerio de Trabajo sobre Proceso de Amparo: CONFIRMARON la Resolución N° 1, que declara Improcedente la demanda de amparo in-terpuesta.Exp. N° 2018-027: Empresa Cayalñtí con Víctor Espinkza Campaña sobre Proceso de Amparo: CONFIRMARON la Resolución N° 1, que declara Improcedente la demanda de amparo interpuesta.Exp. N° 2017-2017: Grimaldo Chinchay Abad con Rosalía Mestanza de Chinchay sobre Divorcio: CONFIRMARON la Resolución N° 10 que declara Infundada la nulidad de ac-tuados deducida.Exp. N° 2018-58: Agroindustrial San Pedro Nolasco SA. con Segundo Estevan Palacios Montalván sobre Mejor derecho a la propiedad: Declararon NULA la resolución N° 1 que de-clara improcedente la demanda interpuesta; ORDENARON al Juzgado de origen renovar el acto de calificación de la demanda teniendo en cuenta lo señalado en la presente resolución.Exp. N° 2018-249: Ramiro Coronel Guerrero con Asociación de Ex alumnos del Colegio San José sobre Proceso de Amparo: CONFIRMARON la Resolución N° 1, que declara Improcedente la demanda de amparo interpuesta.Exp. N° 2016-623: Víctor Paredes Abanto con Dionisio Patazca Antón sobre Delimitación de Área: CONFIRMARON la Resolución Nº 12 que resuelve declarar el Abandono del Proceso seguido por Víctor Manuel Paredes Abanto y otros contra Dionicio Luciano Patazca Antón, sobre rectificación

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de área y linderos; con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-2381: Juana Palacios vda. de Alberca con Jaime Morí Tenorio sobre Indemnización: Declararon NULA la resolución N° 1, que declara IMPROCEDENTE la de-manda interpuesta; Ordenaron al Juez de la causa proceda conforme la parte considerativa de la presente.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Aguilar G., se votó la sgte. Causa:Exp. N° 2008-74416: María Campos B. con José Alarcón B. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara INFUNDADA la demanda interpuesta; con lo demás que contiene.Con los señores: Lara C., Terán A., y Aguilar G., se votó la sgte. Causa:Exp. N° 2002-321: Banco de Crédito del Perú con Julio Severino Bazan y otros sobre Ejecución de Garantías: en discordia: REVOCARON la resolución N° 206, que resuelve declarar INFUNDADA la EXCEPCION de prescripción extin-tiva, deducida por el ejecutado JULIO SEVERINO BAZAN; y, reformándola, la declararon fundada; en consecuencia, anular lo actuado y dar por concluido el proceso, debiendo archivarse lo actuado conforme a ley; sin objeto emitir pro-nunciamiento respecto de las excepciones de cosa juzgada, falta de legitimidad para obrar pasiva, caducidad, y, la con-tradicción.

Despacho del día: 05 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Salazar F., se votó la sgte. Causa:Exp. N° 2015-2937: Jesús Torres Rentería con Comité de Productores de Arroz de Lambayeque sobre Cancelación de Hipoteca: REVOCARON la sentencia que declara INFUN-DADA la demanda interpuesta; y reformándola declararon FUNDADA dicha demanda en todos su extremos; en con-secuencia, declararon la EXTINCION de la hipoteca consti-tuida por quien en vida fuera Luis Torres Altamirano a favor del Comité de Productores de Arroz de Lambayeque sobre el predio identificado con Unidad Catastral N° 10317, ubica-do en el Distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe y Departamento de Lambayeque, de 4.20 Has, Ficha N° 8920, asiento c) de los Registros Públicos de la Zona Registral No. II, sede Chiclayo; ORDENARON además, que se remitan los partes correspondientes en forma y tiempo propio a dicha entidad registral para que proceda a la cancelación de la hipoteca constituida a favor del Comité de Productores de Arroz de Lambayeque en la partida respectiva.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2017-655: Gustavo Bustamante Llanos con Carlos Loayza Guevara sobre Reivindicación — Medida cautelar: por mayoría: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la medida cautelar de anotación de demanda solicitada; ordenaron al Juzgado de origen tener en cuenta en el proceso principal lo señalado en la última parte del con-siderando sétimo para los fines pertinentes.Exp. N° 2009-4993: COALI SAC: con Empresa Tumán sobre Dar suma de dinero: por mayoría: REVOCARON la resolución Nº 70, en el extremo que declara Improcedente la solicitud formulada por los recurrentes; reformándola de-clararon fundada la solicitud, en consecuencia ordenaron IN-CORPORAR a las organizaciones Asociación de Accionistas y Trabajadores para la Concertación Empresarial de Tumán y Anexos y Comité de Accionistas y Trabajadores de la Em-presa Agroindustrial Tumán SAA., a través de un apoderado común; debiendo el juez de la causa emitir pronunciamiento respecto de los pedidos formulados.Exp. N°2017-786: Segundo Chavesta Flores con Empresa Agroindustrial Tumán S.A.A. sobre Nulidad de Acuerdo: DE-SAPROBARON la Resolución N° 9; DISPONIENDOSE que el Juez del Octavo Juzgado Civil Comercial de esta ciudad continúe conociendo del proceso, a quien se le remitirán los autos para los fines pertinentes; con conocimiento de la Juez del Sexto Juzgado Civil de Chiclayo, oficiándose para tal fin.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 06 de julio de 2018.Con los señores: Salazar F., Terán A. y Aguilar G., se votó la sgte. Causa:Exp. N° 2016-884: Zoila Capuñay P. con Magistrados de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara impro-cedente la demanda interpuesta; con lo demás que contiene.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2016-1533: Abel López De La Rosa con Tribunal Su-perior de Responsabilidades Administrativas sobre Nulidad de Resolución Administrativa: CONFIRMARON la resolución Nº 8, que declara fundada la demanda; con todo lo demás que contiene; Repusieron el procedimiento administrativo al estado de notificarse la resolución que inicia el proced-imiento administrativo sancionador en el domicilio real del demandante.Exp. N° 2007-5732: Fredesvinda Campos S. con N.B.K. Bank sobre Extinción de hipoteca: CONFIRMARON la sen-tencia que declara Infundada la demanda sobre extinción de hipoteca; Improcedente respecto de la pretensión de cancelación de asiento registral e Improcedente la preten-sión de indemnización de daños y perjuicios.Exp. N° 2012-6052: Elena Chong C. con Juan Sarmiento S. sobre Nulidad de Acto Jurídico: CONFIRMARON la senten-cia que declara infundada la demanda interpuesta; con lo demás que contiene.Exp. N° 2012-2499: Carlos Castañeda Otsú con Graciela Delgado Sánchez sobre Reivindicación: CONFIRMARON la sentencia que declara infundadas las tachas formuladas por la parte demandante, infundadas las observaciones contra el dictamen pericial, fundada la demanda sobre reivindicación interpuesta por Carlos Alfonso Castañeda Otsú, en repre-sentación de Susana Ynés Castañeda Otsú, y ordena que los demandados entreguen a la demandante la posesión del área que ocupan del inmueble ubicado en el lote nueve, manzana E, de la Urbanización Arturo Cabrejos Falla, de esta ciudad, y dispone la demolición de las construcciones, con lo demás que contiene.Exp. N° 2016-1987: Carlos Coronado de la Cruz con Banco GNB sobre Indemnización: CONFIRMARON la sentencia que declara infundada la demanda en todos sus extremos; con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-2060: Gonzalo Llatas N. con Concejo de Chi-

clayo sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda interpuesta; con lo demás que contiene.Exp. N° 2015-099: Betty Fernández Pérez con Vilma Fernández Sánchez sobre Petición y/o Exclusión de heren-cia: CONFIRMARON la resolución Nº 8, que declara impro-cedente la solicitud de intervención litisconsorcial a la recur-rente Nelida Sánchez Carranza, con lo demás que contiene.Exp. N° 20106-1820: Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque con Maxs Ayora Inoñan sobre Levantami-ento de secreto bancario: Declararon NULA la resolución N° 16, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de dejar sin efecto el levantamiento del secreto bancario formulada por el apelante, nulo e insubsistente todo lo actuado hasta la resolución número uno, copiada a folios 49 a 58 e impro-cedente la solicitud de folios 44 a 47.Exp. N° 2017-27401: Jorge Llanos T. con Consejo Nacional de la Magistratura sobre Proceso de Amparo: CONFIR-MARON la Resolución N° 1, que declara Improcedente la demanda de amparo interpuesta.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 09 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2006-2104: Clorinda Yaipén de Uceda con la O.N.P. sobre Impugnación de Resolución: CONFIRMARON la sen-tencia que declara fundada la demanda interpuesta; con lo demás que contiene.Exp. N° 2016-3224: César Barreno Gonzáles con Sara García Ruiz sobre Divorcio: APROBARON la Sentencia que declara FUNDADA la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho; en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables; con lo demás que contiene.Exp. N° 2016-4336: Eisen Vidarte Rojas con Jessica Agapito Salvador sobre Divorcio: CONFIRMARON la Sentencia que declara fundada la reconvención interpuesta por la demand-ada, sobre divorcio por la causal de adulterio; carece de ob-jeto pronunciarse por la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho, disuelto el vínculo matrimonial, cese de las obligación alimentaria y derechos hereditarios entre los ex cónyuges, y por fenecido el régimen patrimonial de la sociedad de gananciales; REVOCARON la pretensión accesoria de la reconvención sobre pago de indemnización por daño moral, declarada Infundada y reformándola: Decla-raron fundada en parte dicha pretensión, en consecuencia, fijaron en S/. 8,000.00 la indemnización que deberá pagar el actor a favor de la demandada.Exp. N° 20074-4039: Segunda Valdivia Torres con Oscar Rojas Montoya sobre Desalojo por Ocupación Precaria (Medida Cautelar): Declararon nula la sentencia que declara fundada la demanda interpuesta por Segunda Clara Val-divia Torres sobre reivindicación contra Oscar Orlando Rojas Montoya, con lo demás que contiene; MANDARON que la juez expida una nueva sentencia conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.Exp. N° 2010-1694: Jorge Gonzales Mora con María Gon-zales Mora sobre División y Partición de Bienes: CONFIR-MARON la sentencia que declara FUNDADA en parte la demanda interpuesta; con todo lo demás que contiene.Exp. N° 2016-8564 : Luis Barreno Quesquen con Rosa Irigoín Medina sobre Divorcio por causal de separación de hecho: APROBARON la sentencia que declara FUNDADA la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables conforme el acto de matrimonio celeb-rado el día 01-12-1995 en la Municipalidad Distrital de Picsi, provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, con lo demás que contiene.Exp.N° 2015-4357: Cuarta Fiscalía de Familia de Chiclayo con Matías Ramón Leyton sobre Violencia Familiar: APRO-BARON la sentencia que declara infundada la demanda interpuesta por la Cuarta Fiscalía de Familia de Chiclayo contra Matías Ramón Leyton sobre violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico en agravio de M.A.R.C.; con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-1961: Jorge Sosa Montoya con Ministerio de Trabajo sobre Proceso de Amparo: CONFIRMARON la Resolución N° 1, que declara Improcedente la demanda de amparo interpuesta.Exp. N° 2017-074: Banco de Crédito con Inversiones Gerod SAC. sobre Ejecución de garantías: CONFIRMARON la resolución N° 9 que ordena sacar a remate el bien dado en garantía.; con lo demás que contiene.Exp. N° 2018-395: Jorge Sánchez Loayza con UGEL Chi-clayo sobre Proceso de Amparo: CONFIRMARON la Reso-lución N° 1, que declara Improcedente la demanda de am-paro interpuesta.Exp. N° 2017-3651: Diego Incio Huerta con Mónica Alvarado Pfeiffer sobre Nulidad de Acto Jurídico -(Excepción): CON-FIRMARON la resolución número dos, del cinco de marzo de dos mil dieciocho, de folios doscientos seis a doscientos siete, que declara fundada la excepción de prescripción ex-tintiva deducida por la demandada; en consecuencia, nulo todo lo actuado y por concluido el proceso.Exp. N° 2015-049: Máximo Jiménez Terry con Comisión de Usuarios del Sub Sector Ferreñafe Proceso de Amparo: CONFIRMARON la Resolución N° 1, que declara Impro-cedente la demanda de amparo interpuesta.Exp. N° 2018-4287: Cuarta Fiscalía Provincial de familia de Chiclayo con Giorgio Serquen Mego sobre Abandono mate-rial, peligro moral y maltrato: Declararon NULA la resolución Nº DOS, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de ap-ertura de procedimiento de desprotección familiar presenta-da por la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo; DEBIENDO el Juzgado de origen disponer la apertura del procedimiento y dictar las medidas correspondientes al más breve plazo posible.

Despacho del día: 10 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2018-0014: Municipalidad Distrital de Cayalti con Consorcio Cayalti y otros sobre Anulación de laudo arbitral: Declararon INFUNDADO el recurso de Anulación de Laudo Arbitral presentado por la Municipalidad Distrital de Cayalti contra Consorcio Cayalti y los árbitros Juan Manuel Fiestas Chunga, Pedro Alvarado Guerrero y Gerardo Martín Guer-

rero Franco.Exp. N° 2017-1067: Saida Salcedo Arana con Gerencia Re-gional de Salud de Lambayeque sobre Proceso de cumplim-iento: CONFIRMARON la sentencia que declara FUN-DADA la demanda y ORDENA que la demandada de cabal cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Directoral N° 035-2015-GR-LAMB-GERESA-L-HRDLMCH-DE de fecha 27-01-2015 y pague al demandante la suma S/. 15,844.13; con lo demás que ella contiene.Exp. N° 20085-551: Segundo Morales Camacho con Yes-enia Saavedra Ordoñez sobre Violencia Familiar: APRO-BARON la sentencia que resuelve declarar FUNDADA la demanda en el extremo de violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico en agravio de Yessenia Verónica Saavedra Ordoñez; con lo demás que contiene.Exp. N° 2016-5276: Juan Sono Soraluz con Yazmín Chan-duví Díaz sobre Divorcio: APROBARON la Sentencia que declara Fundada la demanda interpuesta sobre divorcio por la causal de adulterio, declara disuelto el vínculo matrimo-nial, por fenecido el régimen patrimonial de sociedad de gananciales, fija en S/. 4,000.00 la indemnización por daño moral que deberá pagar la demandada a favor del actor; y dispone que se remitan copias al Ministerio Público, debido a que la emplazada contrajo segundas nupcias, con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-1643: Fredy Carhuajulca Díaz con Comercial RC SAC. sobre Proceso de amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda de amparo in-terpuesta por Fredy Carhuajulca Díaz contra Comercial RC SAC., nulo y sin efecto legal el despido de hecho y ordena que la demandada reincorpore al accionante en el mismo puesto que venía ocupando o en uno de similar categoría; con lo demás que contiene.Exp. N° 2016-437: Betty Manayay Leonardo con Gerson Gurrero Panta sobre Violencia Familiar: APROBARON la sentencia, que resuelve declarar FUNDADA la demanda en el extremo de violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico en agravio de Betty Manayay Leonardo; con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-1550: Pedro Morales Ayala con Asociación de Retirados de la P.N.P: sobre Nulidad de Resolución: CON-FIRMARON la Resolución N° 1, que declara Improcedente la demanda interpuesta.Exp. N° 2015-1851: Luisa Martínez Gonzáles con Segundo Celiz Flores sobre Cierre de Asientos Registrales: Decla-raron NULA de la resolución N° 9, que declara de oficio el abandono del proceso, con lo demás que ella contiene; OR-DENARON a la Juez de la causa proseguir con el trámite del proceso según su naturaleza.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 11 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2011-1827: Narcizo Saucedo Olivares con la Oficina de Normalización Previsional sobre Indemnización: CON-FIRMARON la sentencia que declara fundada en parte la demanda de Indemnización de Daños y Perjuicios; y ordena que la demandada pague al actor la suma de S/. 5,000.00, por concepto de daño moral; con lo demás que ella contiene; y los devolvieron.Exp. N° 2017-129: Consorcio Sol Integrado Ingenieros con Programa Subsectorial de Irrigaciones PSI- sobre Anulación de laudo arbitral: Declararon FUNDADA la excepción de in-competencia deducida por el Procurador Público encargado de la defensa de los intereses del Ministerio de Agricultura y Riego, en los seguidos por CONSORCIO SOL sobre anu-lación de Laudo Arbitral; en consecuencia, declararon con-cluido el presente proceso sin declaración sobre el fondo.Exp. N° 2013-1093: KEINT Construcciones SRL con OSCE sobre Contencioso Administrativo: CONFIRMARON la sen-tencia que declara INFUNDADA la demanda interpuesta por la empresa KEINT Construcciones SRL.; con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-1841: Cerámicos Lambayeque con ESSALUD sobre Impugnación de Resolución: CONFIRMARON la Res-olución N° 2, que declara rechaza la demanda interpuesta.Exp. N° 2003-7425: Banco Internacional con Blanca Chong Camizan sobre Ejecución de Garantías: Declararon NULA la resolución N° 86, en el extremo que requiere a los co-ejecutados Blanca Estela Chong Camizán y José Luis Vil-lalobos Gargurevich, cumplan en el plazo de diez días con el pago de la suma de $ 230,000.00 dólares americanos; bajo apercibimiento de dar inicio a la ejecución forzada (RE-MATE) en caso de incumplimiento; con lo demás que ella contiene y ORDENARON que el Juez de la causa expida nueva resolución teniendo en cuenta los fundamentos prec-edentes.Con los señores: Rodríguez T., Salazar F. y Aguilar G. se vio y votó la sgte. Causa:Exp. N° 2018-364: Carlos Pérez Germán con Juzgado Ejecutor de Multas sobre Proceso de Amparo: CONFRIR-MARON la resolución N° 2 que declara Improcedente la demanda interpuesta.Con los señores: Lara C., Terán A. y Aguilar G. se vieron y votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2016-4060: Segundo Huanca Dávila con Luz Gue-vara García sobre Divorcio por causa: CONFIRMARON la sentencia en el extremo que declara infundada la demanda interpuesta sobre divorcio por la causal de separación de hecho; con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-2538: Sara Loayza Samamé con Soldad Avellaneda Delgado sobre Tercería: CONFIRMARON la Resolución N° 2, que declara Improcedente la demanda interpuesta.

Despacho del día: 12 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2016-2826: Javier Gonzales Dávila con Teresa Alarcón Peralta sobre Divorcio por causal: APROBARON la Sentencia en el extremo que declara fundada la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho; en con-secuencia, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables conforme el acta de matrimonio celebrado el día 13-03-1989: ante la Municipalidad de Huambos; declara fenecido el Régimen de la sociedad de Gananciales; CON-FIRMARON la misma sentencia, en el extremo que asigna una indemnización por daños y perjuicios a favor de Teresa

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Marta Alarcón Peralta en la suma de S/. 7,000.00; con lo demás que ella contiene.Exp. N° 2013-205: Rosa Deza Urupeque con Alfonso García García sobre Prescripción adquisitiva de dominio: CON-FIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y declara que la demandante es propietaria del inmueble ubicado en calle Húsares de Junín número ciento quince, del distrito de José Leonardo Ortiz, y ordena la inscripción en el registro respectivo y la cancelación a favor del asiento del antiguo dueño.Exp. N° 2016-226: Shirley Durand Vela con Luis Cavero Hernández sobre Divorcio por causal: DESAPROBARON la sentencia que declara fundada la demanda interpuesta; la misma que declararon nula e insubsistente los actuados; repusieron la causa al estado de calificarse la demanda teniendo en cuenta los fundamentos precedentes.Exp. N° 2018-751: Luis Plaza Arbulú con Concejo Distrital de Manuel Mesones Muro sobre Proceso de Cumplimiento: CONFIRMARON la Resolución N° 1, que declara Impro-cedente la demanda interpuesta.Exp. N° 2018-560: Augusto Bernal Montenegro con Luz Saavedra Cholán sobre Proceso de Cumplimiento: CON-FIRMARON la Resolución N° 2, que declara Improcedente la demanda interpuesta.Exp. N° 2017-2566: José Cabrejos Yovera con Universidad Particular de Chiclayo sobre Proceso de Cumplimiento: CONFIRMARON la Resolución N° 2, que declara Impro-cedente la demanda interpuesta.Exp. N° 20185-606: Korea Motos SRL. Con Superintenden-cia de Banca, Seguros y AFP sobre Impugnación de resolu-ción Administrativa: CONFIRMARON la resolución N° 1, que declara la incompetencia del juzgado para conocer este pro-ceso, y remite el expediente a los Juzgados Contenciosos Administrativos de la ciudad de Lima.Exp. N° 2017-7319: Edilberto Girón Galarreta con Ana Girón Vargas sobre Violencia Familiar CONFIRMARON la resolu-ción N° 4, que dicta medidas de protección contra don Ed-win Arnaldo y doña Ana Melva Girón Vargas, a favor de don Edilberto Fredegundo Girón Galarreta y doña Armandina Hernández de Girón; con lo demás que ella contiene.Exp.- N° 1998-1776: Cesar Becerra Leyva con Empresa Agroindustrial Pucalá SA., sobre Indemnización : Declararon NULA la resolución N° 171, en el extremo que declara impro-cedentes las observaciones formuladas por el demandante; DEBIENDO remitirse los autos al Departamento de Liquida-ciones a fin de que se liquide la deuda pendiente de pago teniéndose en cuenta lo señalado en la presente resolución,Con los señores: Rodríguez T., Salazar F. y Aguilar G. se votó la sgte. Causa:Exp. N° 2017-2538: Sara Loayza Samamé con Soldad Avellaneda Delgado sobre Tercería: CONFIRMARON la Resolución N° 2, que declara Improcedente la demanda interpuesta.Con los señores: Carrillo M., Salazar F. y Terán A., se votó la sgte. Causa:Exp. N° 2018-6375: Infractor C.C.A.N. en agravio de César Aníbal Peralta Palomino por la Infracción contra el Patrimo-nio: CONFIRMARON la Resolución N° 2, en el extremo que declara promovida la acción penal contra la adolescente de iniciales A.N.C.C. de diecisiete años de edad como presunta coautora de la infracción penal contra el patrimonio -robo agravado en agravio de César Aníbal Peralta Palomino y de-termina la internación preventiva en el Centro Juvenil “Santa Margarita” de la ciudad de Lima, con lo demás que contiene.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 13 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Aguilar G., se votó la sgte. Causa:Exp. N° 2011-4155: Junta Vecinal Comunal de la Urbani-zación Quinta Uchofen con Edguin Guzmán Guevara sobre Nulidad de acto jurídico: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda y declara nulo el acto jurídico de compraventa, contenido en la Escritura Pública N° 4681, de fecha 16-11-2009, celebrado por don Víctor Manuel Cam-pos Díaz, representado por Esaul Soto Neyra como vende-dor, y Segundo Manuel Fernández León como comprador, nulo el acto jurídico de compraventa contenido en la Es-critura Pública N° 3623 de fecha 18-08-2011, celebrado por Segundo Manuel Fernández León como vendedor y Edguin Benigno Guzmán Guevara como comprador.

Despacho del día: 16 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2016-412: Juana Pérez Acuña con Cooperativa de vivienda del Personal Subalterno de la Guardia Civil sobre Otorgamiento de Escritura Pública: CONFIRMARON la sen-tencia que declara INFUNDADA la demanda sobre otorgami-ento de escritura pública; con lo demás que contiene.Exp. N° 2006-5778: Oscar Curiozo Velásquez con Olga Bar-rero Tapia sobre División y partición: CONFIRMARON la resolución N° 112, en el extremo que resuelve declara im-procedente la solicitud de suspensión del proceso formulada por Luis Alberto Lumbreras Barredo.Exp. N° 2017-6571: Manuel Guevara Alarcón con Gloria Gonzales Guevara sobre Divorcio por causal: Declararon NULA la resolución N° 7, que hace efectivo el apercibimiento decretado en la resolución N° 6, en consecuencia declara por concluido el proceso sin declaración sobre el fondo y dispusieron que el juzgado de origen expida nueva resolu-ción con arreglo a ley.

Despacho del día: 19 de julio de 2018.Con los señores: Carrillo M., Terán A. y Aguilar G. se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2012-355: Fiscalía Provincial Mixta de José Leon-ardo Ortiz con Acredio Carrasco Peña sobre Violencia Fa-miliar: APROBARON la sentencia que declara FUNDADA la demanda interpuesta por la Fiscalía Provincial Mixta de José Leonardo Ortiz, declara la existencia de violencia familiar en la modalidad de violencia física cometida por Acredio Car-rasco Peña en agravio de María Elizabeth Calderón Jara, dispone medidas de protección a favor de la agraviada, prohibiendo al demandado todo acto que importe violencia física o psicológica, consistente en la abstención de todo acto, gesto, insulto, humillación, ofensa, expresiones subi-das de voz, cualquier otro acto u omisión que pudiera afectar la integridad de la agraviada, bajo apercibimiento de ser de-

nunciado por el delito de desobediencia a la autoridad; dis-pone que el demandado y la agraviada reciban tratamiento en el Centro Médico más cercano; y fija en S/. 200.00 soles el monto de la reparación civil, con lo demás que contiene.Exp. N° 2016-1670: Luis Angulo Bustios con Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo sobre Proceso de Ha-beas Data: REVOCARON la sentencia que declara INFUN-DADA la demanda; reformándola, declararon FUNDADA la demanda; ORDENARON que en ejecución de sentencia y dentro del plazo que fije el Juzgado de origen, la demandada entregue al demandante la información solicitada consist-ente en la relación de los docentes por cada facultad, indi-cando qué tipo de relación laboral y categoría se encuentran, así como la hoja de vida de cada uno; DEBIENDO el juzga-dor hacer uso de los apremios y apercibimientos previstos por el Código Procesal Constitucional; con costos.Exp. N° 2017-2521: Municipalidad Distrital de Tumán con Tercer Juzgado Civil de Chiclayo sobre Proceso de amparo: Declararon NULA la resolución N° 1, que declara impro-cedente la demanda de amparo interpuesta; DEBIENDO el Juzgado de origen emitir nuevo pronunciamiento disponien-do se admita a trámite la demanda, teniendo en cuenta lo señalado en la presente resolución.Exp. N° 2018-6248: Fiscalía Provincial Civil y Familia de Lambayeque con Yuriko Andrea Takayama Hurtado sobre Procedimiento por desprotección familiar: CONFIRMARON la resolución N° 1, en el extremo en el que dicta medida de protección a favor de la menor Yuriko Andrea Takayama Hurtado consistente en la entrega y custodia a Elva Hur-tado Gonzáles, abuela materna de la menor —debiéndose entender madre de la menor-; DEBIENDO el Juzgado de origen proceder conforme a lo señalado en la presente reso-lución, bajo responsabilidad.Exp. N° 2017-026: Elena Flores Deza con Sucesión de Ur-bano Rodas Torres sobre Otorgamiento de escritura pública: DESAPROBARON la resolución N° 1; dispusieron que el juez del Juzgado Mixto - Unipersonal de Oyotún se avoque al conocimiento del proceso y proceda a calificar la demanda de otorgamiento de escritura pública, a quien se le remitirán los autos para los fines pertinentes; con conocimiento de la Juez del Sétimo Juzgado Civil de Chiclayo, oficiándose para tal fin.Exp. N° 2018-210: William Vilchez Burga con Instituto Educativo Santo Toribio de Mogrovejo sobre Proceso de amparo: Declararon NULA la resolución N° 1, que declara improcedente la demanda de amparo interpuesta; debiendo el Juzgado de origen emitir el auto admisorio y tramitar la demanda observando los principios de celeridad procesal.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 20 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M. y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2007-394: Agropucala SAA. con Octavio Cabanillas Sánchez sobre Oposición a la Inscripción Registral: REVO-CARON la sentencia que declara fundada la demanda in-terpuesta por la empresa Agropucala SAA. contra Octavio Cabanillas Sánchez, sobre oposición a la inscripción de Posesión en el Registro de Predios y ordenó la cancelación de la inscripción registral de Predios contenida en la Par-tida Electrónica N° 11052582, con lo demás que contiene; reformándola declararon infundada la demanda.Exp. N° 2017-1088: Jaime Perales Dávila con María Peralta Piscoya y otros sobre Nulidad de Acto Jurídico: CONFIR-MARON la Sentencia que declara Infundada la demanda interpuesta; con lo demás que contiene.Exp. N° 20102-1276: Mary Carlos Mundaca con Asociación Pro vivienda Ingeniero “San Patricio” sobre Reivindicación: CONFIRMARON la sentencia que declara INFUNDADA la demanda interpuesta; con lo demás que contiene.Exp. N° 2015-2895: ERCO S.A.C. con Rafael Andonayre Ortega sobre Reivindicación: CONFIRMARON la senten-cia que declara infundada la demanda interpuesta; con lo demás que condene.Exp. N° 2011-634: Esperanza Casiano Escribano con Javier Helguero Rivera sobre Nulidad de Acto Jurídico: CONFIR-MARON la Sentencia que declara que declara Infundada la demanda interpuesta; con lo demás que contiene.Exp. N° 2016-3436: Alex Becerra Zelada con Alisson Becer-ra Palacios sobre Adopción: Declararon NULAS y sin efecto legal las resoluciones N° 10 y 11; dispusieron que los autos sean devueltos al Quinto Juzgado de Familia, cursándose el oficio correspondiente.Exp. N° 2018-218: Esther Cumpa E. con Emiliano Salazar V. sobre Prescripción Adquisitiva: Declararon NULA la reso-lución N° 2, que rechaza la demanda interpuesta; debiendo el Juzgado de origen emitir nuevo pronunciamiento teniendo en cuenta los fundamentos precedentes.Exp. N° 2017-4185: Eudelia Mego de Quiroz con Herzen Avellaneda Vera sobre Impugnación de Paternidad: CON-FIRMARON la Resolución N° 1, que declara Improcedente la demanda interpuesta.Exp. N° 2017-6469: Enrique Santisteban Acosta con Doris Veliz S. sobre Impugnación de Paternidad: CONFIRMARON la Resolución N° 2, que declara Improcedente la excepción de caducidad.Exp. N° 2017-2751: Víctor Acevedo Cárdenas con César Acevedo Villar sobre Proceso de amparo: Declararon NULA la resolución N° 1, que declara improcedente la demanda de amparo interpuesta; debiendo el juzgado de origen emitir nuevo pronunciamiento disponiendo se admita a trámite la demanda, teniendo en cuenta lo señalado en la presente resolución.Con los señores Carrillo M., Terán A. y Aguilar G. se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 1999-1786: Jorge Monsalve Mesones con Agroin-dustrial Turnan SAA. sobre Resolución de contrato e indem-nización: CONFIRMARON la resolución N° 2, mediante la cual se declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar de em-bargo en forma de inscripción solicitada por Jorge Eugenio Monsalve Salcedo; con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-1374: Jenny Chuzón Veliz con Berlaine Sáenz Barreto sobre Reivindicación; en discordia: Declararon NULA la resolución N° 6, en el extremo que declara impro-cedente la pretensión reconvencional de nulidad de acto jurídico deducida contra la demandante y la Sucesión de Luzmila Esperanza Veliz; DEBIENDO el Juzgado de origen renovar el acto de calificación de la reconvención teniendo en cuenta lo señalado en la presente resolución:

DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 23 de julio de 2018.Con los señores: Lara C., Carrillo M. y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 20105-1842: Julia García Mendoza con Marcos Esquen Calderón sobre Interdicto de Recobrar CONFIR-MARON la Sentencia que declara que declara Infundada la demanda interpuesta; con lo demás que contiene.Exp. N° 2010-1008: Gustavo Gines Chanamé con Munici-palidad Provincial de Ferreñafe y otros sobre Impugnación de Resolución Administrativa: CONFIRMARON la Senten-cia que declara Infundada la demanda; con lo demás que contiene.Exp. N° 2015-700: Bertha Colmenares de Ugaz con Mu-nicipalidad Provincial de Chiclayo sobre: Pago de Indem-nización por Justiprecio: CONFIRMARON la sentencia que; declara FUNDADA en parte la demanda y ordena a la Municipalidad Provincial de Chiclayo pague a la demand-ante una indemnización justipreciada por la confiscación de parte de predios urbanos ubicados en la calle Colón N° 600 y 606 del distrito de Chiclayo, ordenados mediante Resolución Municipal N° 1561-93- MPCH/A, Resolución Municipal N° 259-94-MPCH/A, y Resolución de Alcaldía N° 610-95-MPCH/A, en un área de 97.05 m2; en la suma de $ 213,510, más el pago de intereses legales.Con los señores: Carrillo M., Salazar F. y Terán A., se vota-ron las sgtes. Causas:Exp. N° 2016-033: Cinthia Torres Céspedes con María Sandoval de Malca sobre Violencia familiar: APROBARON la sentencia que declara infundada la demanda interpuesta por violencia familiar en modalidad de violencia psicológica; la APROBARON también en cuanto dispone medidas de protección a favor de los menores de iniciales C.C.M.T. y D.Y.M.T., disponiendo medidas de protección a su favor; con lo demás que contiene.Exp. N° 2015-3748 Gloria Ardiles Balcazar con Carlos Ar-diles Balcazar y otros sobre Interdicción: APROBARON la Sentencia que declara Fundada la demanda interpuesta por doña Gloria Rosario Ardiles Balcázar, que declara la interdic-ción civil de don Carlos Alberto Ardiles Balcázar y nombra curadora a la demandante; con lo demás que contiene.Exp. N° 2018-1157 José Rodríguez Chávez con Empresa Agro Pucalá S.A.A. sobre Proceso de amparo: DESAPRO-BARON la resolución N° 1; dispusieron que el Juez del Ter-cer Juzgado Civil de esta ciudad se avoque al conocimiento del proceso y proceda a calificar la demanda de amparo interpuesta; con conocimiento del Juez del Cuarto Juzgado Civil de Chiclayo, oficiándose para tal fin.Exp. N° 2015-2723 Regina Rivas Burga con Chester Arias Cahuas sobre Nulidad de acto jurídico: Declararon NULA la resolución N° 6 que declara el abandono del proceso y lo da por concluido sin declaración sobre el fondo; DEBIENDO el juzgado de origen continuar con el trámite del proceso, teniendo en cuenta lo señalado en la presente resolución.Exp. N° 2017-1705 Armando Chunga Bernal com Anita Avel-laneda Bravo sobre Otorgamiento de escritura: Declararon NULA la resolución N° 1, que rechaza la demanda interpues-ta; debiendo el Juzgado de origen emitir nueva calificación; teniendo en cuenta los fundamentos precedentes.Exp. N° 2017-2726 Asociación de Músicos de Lambayeque con Concejo de Chiclayo sobre Prescripción Adquisitiva de dominio: CONFIRMARON la Resolución N° 1, que declara Improcedente la demanda interpuesta.Exp. N° 2017-1218 Penta Arquitectos SAC. con Wuilfredo Salazar Ramos sobre Prescripción Adquisitiva de Servi-dumbre aparente: Declararon NULA la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda interpuesta; debiendo el Juzgado de origen renovar el acto de calificación de la demanda teniendo en cuenta lo señalado en la presente resolución.Exp. N° 2004-202: Angélica Delgado Sánchez con Jorge Vásquez Uriarte sobre Alimentos: CONFIRMARON la resolución N° 53, que aprueba la liquidación de pensiones devengadas e intereses legales; revocaron la apelada en el extremo que ordena pagar el monto de S/ 12,594.59; re-formándolo ordenaron que el demandado pague la cantidad de S/. 12,249.99.Exp. N° 2016-1901 Municipalidad de Chiclayo con Alfonso Vásquez Cornejo sobre Nulidad de Resolución Administra-tiva: Declararon NULA la resolución N° 2, que declara impro-cedente a demanda; debiendo el Juez de origen proceder a admitir la misma, teniendo en cuenta el principio de celeridad procesal.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 24 de julio de 2018.Con los señores: Carrillo M., Salazar F. y Terán A., se vota-ron las sgtes. Causas:Exp. N° 2010-450: Fiscalía Mixta de José Leonardo Ortiz con Buenaventura Alban Hernández sobre Violencia Famil-iar: DESAPROBARON la Sentencia que declara fundada la demanda interpuesta; ORDENARON que el juez emita nueva resolución, teniendo en cuenta los fundamentos ar-riba expuestos.Exp. N° 20105-147: Gonzalo Barrueto Raffo con Gladis Lazo Hans sobre Reconocimiento de resoluciones expedidas en el extranjero: Declararon FUNDADA la solicitud de recono-cimiento de resolución judicial dictada en el extranjero inter-puesta por Gonzalo Salvador Barrueto Raffo, representado por Walter Bernal Neyra, contra Gladis María Lazo Hans, en la vía del proceso no contencioso sobre reconocimiento de resolución expedida en el extranjero, a fin que se reconozca la sentencia expedida por la Corte Superior de California, Condado de San Mateo — Estados Unidos; DISPUSIERON que la citada sentencia sea inscrita en el Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Pimentel, Chiclayo, y en la RE-NIEC, oficiándose con tal fin; archivándose en Secretaría.Exp. N° 2013-726: Fiscalía Mixta de Jóse Leonardo Ortiz con Gilberto Suárez Chávez: Violencia Familiar: APROBARON la sentencia que declara Fundada la demanda interpuesta por la Fiscalía Mixta Provincial de José Leonardo Ortiz contra Gilberto Suárez Chávez sobre violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico en agravio de Teófilo Palomino Suárez, dispone como medidas de protección el cese inmediato de todo acto que importe violencia física o psicológica; así como la abstención de todo acto, gesto, insulto humillación, ofensa o expresiones subidas de voz,

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5PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV Chiclayo, sábado 1 de junio del 2019

palabras soeces, perturbación de la tranquilidad; asimismo dispone que el demandado y el agraviado reciba terapia psicológica individual y orientación familiar; y fija en dosci-entos soles el monto de la reparación civil, con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-2612: José Ruiz Ruesta con Oficina Descen-tralizada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sobre Proceso de Habeas Data: CONFIRMARON la sentencia que declara FUNDADA la de-manda interpuesta; con todo lo demás que contiene.Exp. N° 2008-795: Fiscalía Mixta de José Leonardo Ortiz con Leoncio Aguinaga Castillo sobre Violencia Familiar: APRO-BARON la Sentencia que declara Fundada la demanda;.Exp. N° 2018-244: Libia Bautista Carrasco con UGEL Chi-clayo sobre Proceso de cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara FUNDADA la demanda y ordena que la demandada cumpla lo dispuesto en la Resolución Direc-toral Regional Sectorial N° 3767-2001-CTAR.LAMB/ED, con pago de intereses legales desde que se generó el derecho.Exp. N° 2011-2005: Cesar Vásquez Sánchez con Sociedad de Beneficencia Pública de Chiclayo sobre Prescripción Adquisitiva: DESAPROBARON la sentencia que declara fundada la demanda de prescripción adquisitiva de dominio interpuesta; Declararon la nulidad de todo lo actuado hasta la resolución admisoria; debiendo el juzgado emitir la reso-lución que corresponda, según los fundamentos arriba ex-puestos.Exp. N° 2017-664: Banco de Crédito con Carlos Baca Tá-vara sobre Ejecución de garantías: CONFIRMARON la resolución N° 3 que ordena sacar a remate el bien dado en garantía; en cumplimiento de lo dispuesto en la resolución Nº 1; con lo demás que contiene.Exp. N° 2014-1181: Banco de la Microempresa S.A. — MI BANCO con Kelly Torres Custodio sobre Ejecución de ga-rantías: CONFIRMARON la resolución Nº 10, que declara infundada la contradicción propuesta por la ejecutada Kelly Lucrecia Torres Custodio sustentada en las causales de in-exigibilidad de la obligación y nulidad formal del título y dis-pone sacar a remate el bien inmueble otorgado en garantía hipotecaria.Exp. N° 2018-803: Ricardo Arroyo B. con Juan Zegarra Paz sobre Indemnización: CONFIRMARON la Resolución N° 1, que declara Improcedente la demanda interpuesta.Exp. N° 2017-7788: Milagros Pérez Díaz con Nilton Torres Farro sobre Divorcio por causal: DESAPROBARON la reso-lución N° 1 mediante la cual la Juez del Juzgado de Familia Permanente de Lambayeque, se inhibe de conocer este proceso; la misma que ha sido dispuesta por la Juez del Juz-gado de Familia de José Leonardo Ortiz; según resolución Nº 3; en consecuencia DISPUSIERON que siga conociendo del proceso la Juez del Juzgado de Familia Permanente de Lambayeque.Exp. N° 2016-132: Rosa Paiba Quesquén con Humberto Esteves Chicoma sobre Otorgamiento de Escritura Pública: REVOCARON la Resolución N° 1 que declara improcedente la medida cautelar solicitada por Rosa Paiba Quesquén; reformándola declararon fundada la solicitud de medida cautelar de anotación de demanda; y ordenaron que la de-manda de otorgamiento de escritura pública del presente proceso, se inscriba en el predio agrícola denominado San Antonio - San Francisco, ubicado en el Valle Chancay distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, inscrito en la partida electrónica N°02201919 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chiclayo.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 26 de julio de 2018.Con los señores: Carrillo M., Salazar F. y Terán A., se vota-ron las sgtes. Causas:Exp. N° 2018-263: Victoria Chapoñán Adanaqué con Munici-palidad Provincial de Chiclayo sobre: Proceso de Cumplim-iento: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda interpuesta; con lo demás que ella contiene.Exp. N° 2018-627: José Herrera Fernández con Contraloría General de la República sobre Impugnación de Resolución; REVOCARON la resolución Nº 1 que declara IMPRO-CEDENTE la demanda interpuesta y dispone se remitan los actuados a Mesa de Partes del Juzgado Civil del Distrito de Chota; reformándola, ordenaron que el juez de la causa prosiga con el trámite del proceso según su estado.Con los señores: Lara C., Carrillo M. y Terán A., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2011-553: Rosa Chepe Barrera con Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo sobre Restitución de Partida de Matrimonio: CONFIRMARON la sentencia, que declara fundada en parte la demanda y ordena que la demandada cumpla con restituir la inscripción de la Partida de Matrimo-nio de los demandante en el Libro correspondiente, e infun-dada el extremo de indemnización de daños y perjuicios por daño moral; REVOCARON la misma sentencia en el extremo que fija costas y costos y reformándola declararon infundada en dicho extremo,Exp. N° 2018-3424: Yessica García García con Elvis Ojeda García sobre Tenencia: DISPUSIERON remitir los actuados a la Sala Civil de la Corte Suprema para que resuelva el conflicto planteado entre los jueces civiles de distintos dis-tritos judiciales.Exp. N° 2013-4437: Ana Vásquez Cunya con la O.N.P. so-bre Habeas data: REVOCARON la resolución N° 14, que declara concluido el proceso; reformándola se declara infun-dado el pedido de conclusión de proceso; ordenaron que el juez emita la resolución que corresponda, según los funda-mentos arriba expuestos.Exp. N° 2016-944: Adita Pérez Germán con Sala de Derecho Constitucional de Lambayeque sobre Proceso de Amparo: CONFIRMARON la Resolución N° 1, que declara Impro-cedente la demanda interpuesta.Exp. N° 2017-1854: Antonio Celis Sirlopu con José Incio Capuñay sobre Nulidad de acto jurídico: CONFIRMARON resolución Na 1, que declara infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar activa deducida por el codemanda-do Carlos Alberto Inicio Vidaurre; con lo demás que contiene.Exp N° 2017-2369: Violeta Torres Lozano con COFOPRI y otros sobre Nulidad de acto jurídico: CONFIRMARON la resolución N° 1, que declara improcedente la demanda in-terpuesta; ordenaron la remisión del expediente al juzgado Contencioso Administrativo- competente.Con los señores: Lara C., Carrillo M., y Terán A., se votó la

sgte. Causa:Exp. N° 2017-5127: María Dávila de Gamarra con Próspero Gamarra Gastulo sobre Divorcio por Causal- (Excepción): CONFIRMARON la resolución Nº 2 en el extremo que de-clara infundada la excepción de Caducidad contra la preten-sión de violencia psicológica; con lo demás que contiene.Con los señores: Carrillo M., Terán A. y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2014-4445 Felipe Fernández Rioja con Ministe-rio de Trabajo y Promoción del Empleo sobre Proceso de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda interpuesta por Felipe Santiago Fernández Rioja; con lo demás que contiene.Exp. N° 2018-387: Rosa León de Camacho con Oficina de Normalización Previsional sobre Proceso de amparo: Decla-raron NULA la sentencia que declara fundada en parte la demanda e improcedente la demanda sobre la aplicación de la Ley 28110; DEBIENDO el juzgado de origen emitir un nuevo pronunciamiento, teniendo en cuenta lo señalado en la presente resolución.Exp. N° 2017-1970: Gregorio Castillo Ticliahuanca con Municipalidad Provincial de Chiclayo sobre Proceso de Cumplimiento: CONFIRMARON la Sentencia que declara Fundada la demanda de Cumplimiento; con lo demás que ella contiene.Exp. N° 2018-4648: Cristhian Segura Serna con Nardya Ro-das Curo sobre Regimen de visitas: APROBARON la con-sulta, formulada por la Señora Juez del Sétimo Juzgado de Familia de Chiclayo, y dirimir la competencia de la presente causa a favor del Juzgado de Familia del Módulo de José Leonardo Ortiz, que deberá continuar con la tramitación del presente proceso, con conocimiento de la Juez consultante,Exp. N° 2017-2735: Félix Villarruel Sayco con Ministerio de Trabajo sobre Proceso de amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda in-terpuesta.Exp. N° 2017-2059: O.N.P. con Segunda Sala Civil sobre Proceso de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda interpuesta. Exp. N° 2017-2759: Municipalidad de Chiclayo con Ministerio de Vivienda sobre Nulidad de Resolución Administrativa: Decla-raron NULA la resolución N° 1 que rechaza las demanda; or-denaron el Juzgado de origen renueve el acto procesal vicia-do teniendo en cuenta lo señalado en la presente resolución.Exp. N° 2016-1070: Flavio Scavia Marcazzolo con Clara Aurich Mesones sobre Nulidad de cosa juzgada: CONFIR-MARON la resolución N° 20 que declara el abandono del presente proceso.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIOR

Despacho del día: 30 de julio de 2018.Con los señores: Carrillo M., Terán A. y Aguilar G., se votaron las sgtes. Causas:Exp. N° 2016-1076: Sucesión de Felicia Tigre Liza con Nico-lás Tigre Liza sobre Desalojo: CONFIRMARON la Sentencia que declara fundada la demanda interpuesta por la Sucesión de Felicia Tigre Liza contra Nicolás Tigre Liza sobre desalojo por ocupación precaria; con lo demás que contiene.Exp. N° 2012-412: Fiscalía Mixta de José Leonardo Ortiz con Faustino De La Cruz Cruz sobre Violencia Familiar: APRO-BARON la Sentencia que declara Fundada la demanda interpuesta y dispone medidas de protección a favor de la agraviada, prohibiendo al demandado todo acto que importe violencia física o psicológica, consistente en la abstención de todo acto, gesto, insulto, humillación, ofensa, expresiones subidas de voz, cualquier otro acto u omisión que pudiera afectar la integridad de la agraviada, bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de desobediencia a la autoridad; dispone que el demandado y la agraviada reciban tratami-ento en el Centro Médico más cercano; y fija en S/. 250.00 el monto de la reparación civil, con lo demás que contiene.Exp. N° 2013-062: Fiscalía Provincial Mixta de José Leon-ardo Ortiz con José Victorino Eneque Quesquén sobre Violencia Familiar: APROBARON la sentencia que declara FUNDADA la demanda interpuesta y declara la existencia de violencia familiar en la modalidad de violencia física cometi-da por José Victorino Eneque Quesquén y José Del Carmen Eneque Quesquén en agravio de José Ramos Ypanaque Eneque, dispone medidas de protección a favor de la agra-viada, prohibiendo al demandado todo acto que importe violencia física o psicológica, consistente en la abstención de todo acto, gesto, insulto, humillación, ofensa, expresiones subidas de voz, cualquier otro acto u omisión que pudiera afectar la integridad del agraviado, bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de desobediencia a la autoridad; dispone que el demandado y la agraviado reciban tratami-ento en el centro Médico más cercano; y fija en S/. 200.00 el monto de la reparación civil; con lo demás que contiene.Exp. N° 2011-5009: Víctor Capuñay Castillo con Carina Ramos Jaramillo sobre Reivindicación: CONFIRMARON la sentencia que declara FUNDADA la demanda y dispone la demolición de lo construido por la demandada sobre el área de 30.71 m2. del predio de propiedad del demandante, bajo costo de la demandada, y que desocupe y entregue dicha área a favor del actor; con lo demás que contiene.Exp. N° 2014-3319: Elvia Fernández Cubas con Sebastián Espinoza Merino sobre Mejor derecho a la propiedad: NULA la resolución N° 12, que declara el abandono del proceso y lo da por concluido sin declaración sobre el fondo; DEBIENDO el juzgado de origen continuar con el trámite del proceso, teniendo en cuenta lo señalado en la presente resolución.Exp. N° 2017-1203: Leoncio Egúsquiza Sánchez con D’Libano Inversiones SAC. y otros sobre Nulidad de acto ju-rídico : Declararon NULA la resolución N° 9, que declara in-fundada las excepciones de falta de prescripción extintiva de la acción y de cosa juzgada, y fundada la excepción de falta de legitimidad para obrar de los demandantes, nulo todo lo actuado y concluido el proceso; DEBIENDO el Juzgado de origen emitir nuevo pronunciamiento teniendo en cuenta lo señalado en la presenta resolución.Exp. N° 2015-2012: Narces Vidarte Niño con Yuliana Jiménez Vargas sobre Impugnación de paternidad: CON-FIRMARON la resolución N° 2, que declara INFUNDADA la excepción de prescripción extintiva deducida por la de-mandada.Exp. N° 2018-4100: Rocío Collazos Toro con Jorge Guer-rero Souquon sobre Violencia familiar: CONFIRMARON la resolución N° 1 que dicta medidas de protección a favor de Roció del Carmen Collazos Toro, prohíbe que el demandado

se abstenga de ejercer cualquier agravio, consistentes en agresiones físicas, gestos, insultos, palabras soeces, ex-presiones subidas de tono y denigrantes, humillaciones, perturbación de la tranquilidad, así como cualquier otro acto u omisión que signifique violencia en cualquiera de sus ex-presiones, que pueda afectar la integridad de la agraviada; debiendo oficiar a la Policía Nacional del Perú de La Victoria, con lo demás que contiene.Exp. N° 2017-2655: César Peralta Cueva com Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República sobre Proceso de amparo: CONFIRMARON la resolución N° 3, que declara improcedente la demanda de amparo interpuesta; con lo demás que contiene.

Despacho del día: 31 de julio de 2018.Con los señores: Carrillo M., Salazar F. y Terán A., se vota-ron las sgtes. Causas:Exp. N° 2017-6914: Cesar Tepe Atoche con María Seclen Tepe sobre Divorcio por causal: APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda interpuesta sobre divorcio por la causal de separación de hecho; con lo demás que contiene.Exp. N° 20174-1783: Manuel Martínez Ayala con Asociación de Mototaxistas Ovalo Santa Elena Chiclayo sobre Proceso de amparo: CONFIRMARON la resolución N° 5 que declara INFUNDADA la excepción de prescripción extintiva de la acción, deducida por Agustín Chapoñan Acosta, presidente de la Asociación de Mototaxistas Óvalo Santa Elena; y, CONFIRMARON la sentencia que declara INFUNDADA la demanda interpuesta.Exp. N° 2017-322: Josefina Silva Cumpa con Jorge Eneque Silva sobre Divorcio por causal: APROBARON la sentencia que declarando FUNDADA la demanda, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído con fecha 27-12-2003, ante la Municipalidad distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Fer-reñafe, Departamento de Lambayeque, por causal de sepa-ración de hecho, por fenecida la sociedad de gananciales, con lo demás que contiene.Exp. N° 2007-167: Corpus Araujo Rabanal con Red Asisten-cial Lambayeque del Seguro Social del Salud sobre Impug-nación de resolución: CONFIRMARON la resolución N° 25, en el extremo que declara improcedente por extemporánea la observación realizada por la demandada Red Asistencial de Lambayeque de Seguro Social — Essalud, en contra del informe N° 957-2017- DRL-COB/PJ, del 20 de noviembre del 2017, y, consecuencia, aprueba dicho informe que contiene la liquidación de bonificación diferencial permanente en la remuneración de la pensión de cesantía por la suma de do-scientos un mil doscientos cincuenta soles (S/ 201.250.00), que se deberá de abonar al demandante; REVOCARON la misma resolución en cuanto ordena al Gerente de la Red Asistencial de Lambayeque Seguro Social - ESSALUD, cumpla con cancelar la suma detallada a favor del accio-nante, en el plazo de cinco días; reformándola en ese ex-tremo, se ordena que el pago debe cumplirse en el plazo previsto en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27584, desde la notificación de la resolución N° 25.Exp. N° 2017-2382: Hermelinda Cercado Mego con Juan Vallejos Chapoñan sobre Nulidad Resolución Administrativa: CONFIRMARON la resolución N° 2, que haciendo efectivo el apercibimiento decretado en la resolución N° 1, rechaza la demanda sobre Nulidad de Resolución Administrativa inter-puesta; con lo demás que ella contiene.Exp. N° 2015-109: Angela Vásquez B. con Ejecutor del Min-isterio de Agricultura sobre Proceso de amparo: CONFIR-MARON la resolución N° 1, que declara improcedente la de-manda de amparo interpuesta; con lo demás que contiene.Exp. N° 2012-793: Armando Llontop Gonzales con Juan Azabache Ayasta sobre Nulidad de acto jurídico: REVO-CARON la resolución Nº 17, que declara INFUNDADA la oposición formulada por la sociedad conyugal conformada por Juan Azabache Ayasta e Irma Blanca Diez de Azabache contra la medida cautelar de anotación de demanda otor-gada a favor de Armando Manuel Llontop Gonzales medi-ante resolución Nº 2, reformándola, declararon fundada la oposición a la medida cautelar y deja sin efecto la misma.Exp. N° 2016-1316: María Urpeque Cruzado con Corte Superior de Justicia de Lambayeque sobre Proceso de cumplimiento: CONFIRMARON en parte la resolución N° 22, mediante la cual se declaró improcedente la nulidad dedu-cida por Oscar Rolando Lucas Asencios en su calidad de Procurador Público del Poder Judicial; la REVOCARON en el extremo que deja sin efecto el concesorio de apelación contenida en la resolución Nº 21 y declara consentida la resolución Nº 19; y reformándolo dispusieron que la Jueza de origen emita la resolución que corresponda a efectos de corregir y adecuar el apercibimiento que efectiviza con el ex-presamente ordenado en autos.Exp. N° 2015-2328: Comunidad Campesina de Santa Rosa con Efraín Fernández Fernández sobre Nulidad de Acto Jurídico: CONFIRMARON la resolución Nº 23, mediante la cual se dispuso fijar como honorarios profesionales del perito Dos Unidades de Referencia Procesal, con lo demás que contiene; asimismo, CONFIRMARON Resolución Nº 24, mediante la cual se declaró improcedente la solicitud de oposición y observación presentada por los demandados Eusebio Sánchez Vega Brígida Segura de Sánchez y por la parte demandada Comunidad Campesina Santa Rosa, con respecto a la reconsideración de honorarios de peritos; y precisa que el monto fijado en Dos Unidades de Referen-cia Procesal es para cada uno de los peritos designados en autos, con lo demás que contiene.Con los señores: Salazar F., Terán A. y Aguilar G., se votó la sgte. Causa:Exp. N° 2006-101: Jorge Rodríguez Gálvez con Empresa Agroindustrial Tuman SAA. sobre Proceso de amparo: CON-FIRMARON resolución Nº 89, en los extremos que deses-tima el pedido de declarar la imposibilidad jurídica temporal de reposición del gerente general, habilita lugar y tiempo al secretario judicial para que realice la diligencia ordenada en autos, y que se curse oficio al jefe de la Región Policial de Lambayeque; DEBIENDO el Juzgado de origen tener en cuenta lo señalado en la presente resolución, para los fines pertinentes.DR. JUAN TERÁN ARRUNÁTEGUIJUEZ SUPERIORFP/ 01 jun.

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