convenios der inter publico

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Copia de mensajería: Osman: Buenos días Ingeniero Godínez, le deseo éxitos en sus labores diarias, le saluda Osman Navas carne: 1233812 de la sección de Termodinámica Química II de URL le escribía con el fin de robarle un poco de su valioso tiempo claro si usted pudiera lo quería molestar si podríamos revisar el segundo examen parcial de termodinámica II, el primer problema recuerdo que linealize la gráfica con tendencia exponencial encontré los dos volúmenes parciales y encontré los volúmenes reales como lo enseñan en el libro, realice bien los demás incisos aunque mi gráfica no estuviera bien, el segundo problema si lo realice correctamente con ley de henry, y quisiera verificar mi nota obtenida de 50, lamento haberle quitado su tiempo y espero tenga un excelente día.. Respuesta de Ingeniero Godinez: “El problema es que no paso los datos a la base adecuada eso hizo que la gráfica tomara una tendencia erronea.” Osman: Muchas gracias Ing, si eso afecto a los demás incisos del problema por que los datos base estarían mal; pero deberia existir posibilidad de puntos por el procedimiento por que los concepto de resolución de los demás incisos del problema 1 estan bien planteados; me da mucha pena molestarlo espero que tenga un buen día.. Respuesta de Ingeniero Godinez: “La nota puesta es por procedimiento de lo contrario no tendrían nota.” Osman: Muchas gracias, Se que se encuentra cansado por la corrección de exámenes, pero le agradecería infinitamente si tal vez tuviera un poco de tiempo libre pudiera considerar revisar mi segundo examen parcial de termo II en especial solo el primer problema, espero que tenga un buen día..... Osman: Buenas tardes ingeniero; con mucho respeto lamento la insistencia, y sobre todo molestarlo con su tiempo; pero realmente estoy bastante seguro del segundo parcial de termo, yo se que no es bueno comparar y puedan ser circunstancias diferentes pero hable con varios de mis compañeros que

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derecho convenio publico

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Page 1: Convenios Der Inter Publico

Copia de mensajería:

Osman: Buenos días Ingeniero Godínez, le deseo éxitos en sus

labores diarias, le saluda Osman Navas carne: 1233812 de la sección de Termodinámica Química II de URL le escribía con el fin de robarle un poco de su valioso tiempo claro si usted pudiera lo quería molestar si podríamos revisar el segundo examen parcial de termodinámica II, el primer problema recuerdo que linealize la gráfica con tendencia exponencial encontré los dos volúmenes parciales y encontré los volúmenes reales como lo enseñan en el libro, realice bien los demás incisos aunque mi gráfica no estuviera bien, el segundo problema si lo realice correctamente con ley de henry, y quisiera verificar mi nota obtenida de 50, lamento haberle quitado su tiempo y espero tenga un excelente día..

Respuesta de Ingeniero Godinez: “El problema es que no paso los datos a la base adecuada eso hizo que la gráfica tomara una tendencia erronea.”

Osman: Muchas gracias Ing, si eso afecto a los demás incisos del

problema por que los datos base estarían mal; pero deberia existir posibilidad de puntos por el procedimiento por que los concepto de resolución de los demás incisos del problema 1 estan bien planteados; me da mucha pena molestarlo espero que tenga un buen día..

Respuesta de Ingeniero Godinez: “La nota puesta es por procedimiento de lo contrario no tendrían nota.”

Osman: Muchas gracias, Se que se encuentra cansado por la

corrección de exámenes, pero le agradecería infinitamente si tal vez tuviera un poco de tiempo libre pudiera considerar revisar mi segundo examen parcial de termo II en especial solo el primer problema, espero que tenga un buen día..... 

Osman: Buenas tardes ingeniero; con mucho respeto lamento la

insistencia, y sobre todo molestarlo con su tiempo; pero realmente estoy bastante seguro del segundo parcial de termo, yo se que no es bueno comparar y puedan ser circunstancias diferentes pero hable con varios de mis compañeros que hicieron mal el examen tomaron el segundo problema como mezcla lo cual no era así y solamente hicieron la gráfica del problema 1 y tenemos la misma nota; le agradecería mucho dos minutos de su día si pudiera revisar mi examen, muchas gracias..! 

Page 2: Convenios Der Inter Publico

Guatemala 19 DE MAYO DEL 2015-05-19

Facultad de Ingeniería:A quien interés le deseo éxitos en sus labores diarias, por este

medio solicito una revisión del segundo examen parcial de Termodinámica Química II a nombre del estudiante Osman Eduardo Navas Vasquez de carne: 1233812 quien cursa el 7mo. Semestre de la carrera de licenciatura en Ingeniería Química Industrial debido a que dicho examen parcial nunca fue entregado a mi persona, y cuya nota fue publicada en el portal de la universidad el día de hoy 19 de mayo del 2015.

Page 3: Convenios Der Inter Publico

AtentamenteOsman Navas

El problema redunda en lo siguiente, de acuerdo a la resolución del examen parcial se pudo comparar con la nota obtenida con varios compañeros entre ellos Silvia castillo, Manuel Guerra y Vilma reyes:

Cuadro comparativo

Nombre Osman Navas Manuel Guerra Silvia CastilloProblema

1a) Grafica tendencia exponencial

c) Se linealizo con y=mx+b para la obtención de volúmenes parciales molares.

d) Se realizaron los cálculos para obtener los volúmenes reales basado en la demostración del ejemplo del libro.

Linealizo la grafica para evaluar los demás incisos.

a) Grafica tendencia exponencial

c) Se linealizo con y=mx+b para la obtención de volúmenes parciales molares.

d) Se realizaron los cálculos para obtener los volúmenes reales basado en la demostración del ejemplo del libro.

Problema 2

Fugacidad evaluada para ley de Henry de forma separada, metano metanol, se obtuvo la fugacidad del metanol como liquido para encontrar la fracción molar x.

METODO CORRECTO

Fugacidad evaluada para ley de Henry de

forma separada, metano metanol, se obtuvo la fugacidad del metanol como

liquido para encontrar la fracción

molar x.

METODO CORRECTO

Fugacidad evaluada como una mezcla de

liquido liquido lo cual esta incorrecto debido a que un componente

es gas y el otro liquido.

Nota obtenida

50 100 50-60

Page 4: Convenios Der Inter Publico
Page 5: Convenios Der Inter Publico

CONVENIO DE VIENA PARA LA PROTECCION DE LA CAPA DE OZONO

El convenio internación para la protección de la capa de ozono es un instrumento que regula las actividades de cada estado miembro para la prevención y la no contaminación para no afectar la capa de ozono mediante su regulación las actividades que se lleven a cabo bajo su jurisdicción o control no perjudiquen el medio de otros Estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional"

El Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y el Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono están dedicados a la protección de la capa de ozono de la tierra.

La Conferencia de las Partes fue establecida de conformidad con el Artículo 6 del Convenio

Se reúne cada tres años

Las reuniones de las Partes del Protocolo de Montreal se llevan a cabo anualmente

Los manuales de la Convención y del Protocolo son actualizados y distribuidos períodicamente.

proporcionan detalles sobre los acuerdos

clasifican las decisiones de los Estados Parte

Actualmente la Conferencia se reúne en periodos de tres años.

El texto completo de los documentos recientes pueden obtenerse en el sitio web de la Conferencia.

Objeto

proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos adversos resultantes de las modificaciones de la capa de ozono,

Miembro:

Guatemala es miembro

Page 6: Convenios Der Inter Publico

Adhesión

El presente Convenio y cualquier protocolo estarán abiertos a la adhesión de los Estados y de las organizaciones de integración económica regional a partir de la fecha en que expire el plazo para la firma del Convenio o del protocolo pertinente. Los instrumentos de adhesión se depositarán en poder del Depositario.

En sus instrumentos de adhesión, las organizaciones a que se hace referencia en el párrafo 1 del artículo 14 del convenio para la protección de la capa de ozono declararán el ámbito de su competencia con respecto a las materias regidas por el presente Convenio o por el protocolo pertinente. Esas organizaciones también informarán al Depositario sobre cualquier modificación importante del ámbito de su competencia.

Vigencia

El presente Convenio entrará en vigor el nonagésimo día después de la fecha en que haya sido depositado el vigésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.

Todo protocolo, salvo que en él se disponga otra cosa, entrará en vigor el nonagésimo día después de la fecha en que haya sido depositado el undécimo instrumento de ratificación, aceptación o aprobación de dicho protocolo o de adhesión a él.

Respecto de cada Parte que ratifique, acepte o apruebe el presente Convenio o que se adhiera a él después de haber sido depositado el vigésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, el Convenio entrará en vigor el nonagésimo día después de la fecha en que dicha Parte haya depositado su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.

Todo protocolo, salvo que en él se disponga otra cosa, entrará en vigor para la Parte que lo ratifique, acepte o apruebe o que se adhiera a él después de su entrada en vigor conforme a lo dispuesto en el párrafo 2 de este artículo, el nonagésimo día después de la fecha en que dicha Parte deposite su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, o en la fecha en que el presente Convenio entre en vigor para esa Parte, si esta segunda fecha fuera posterior.

Page 7: Convenios Der Inter Publico

Ratificación

El presente Convenio y cualquier protocolo estarán sujetos a ratificación, aceptación o aprobación por los Estados y por las organizaciones de integración económica regional. Los instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación se depositarán en poder del Depositario.

Toda organización de las que se mencionan en el párrafo 1 del artículo 13 de convenio para la protección de la capa de ozono que pase a ser Parte en el presente Convenio o en cualquier protocolo, sin que sean parte en ellos sus Estados miembros, quedará vinculada por todas las obligaciones contraídas en virtud del Convenio o del protocolo, según corresponda. En el caso de dichas organizaciones, cuando uno o varios de sus Estados miembros sean Parte en el presente Convenio o en el protocolo pertinente, la organización y sus Estados miembros decidirán acerca de sus responsabilidades respectivas en cuanto al cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del Convenio o del protocolo, según corresponda. En tales casos, la organización y los Estados miembros no estarán facultados para ejercer concurrentemente los derechos previstos en el presente Convenio o en el protocolo pertinente.

En sus instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación, las organizaciones mencionadas en el párrafo 1 de este artículo declararán el ámbito de su competencia con respecto a las materias regidas por el presente Convenio o por el protocolo pertinente. Esas organizaciones también informarán al Depositario sobre cualquier modificación importante del ámbito de su competencia.

Firma

El presente Convenio estará abierto a la firma de los Estados y las organizaciones de integración económica regional en el Ministerio Federal de Relaciones Exteriores de la República de Austria, en Viena, del 22 de marzo de 1985 al 21 de septiembre de 1985, y en la Sede de las Naciones Unidas, en Nueva York, del 22 de septiembre de 1985 al 21 de marzo de 1986.

Importancia

Las Partes en el Convenio reconocen que las principales cuestiones científicas son:

Una modificación de la capa de ozono que causase una variación de la cantidad de radiación solar ultravioleta con efectos biológicos (UV-B) que alcanza la superficie de la Tierra y las posibles consecuencias para la salud humana, los organismos, los ecosistemas y los materiales útiles para el hombre;

Una modificación de la distribución vertical del ozono que pudiera alterar la estructura térmica de la atmósfera, y las posibles consecuencias sobre las condiciones meteorológicas y el clima.

Page 8: Convenios Der Inter Publico

Las Partes en el Convenio, de conformidad con el artículo 3, cooperarán en la realización de investigaciones y observaciones sistemáticas y en la formulación de recomendaciones relativas a futuras investigaciones y observaciones en las siguientes esferas:

Investigación de los procesos físicos y químicos de la atmósfera

Elaboración de modelos teóricos detallados: perfeccionamiento de modelos que tengan en cuenta la interacción entre los procesos de radiación, químicos y dinámicos; estudios de los efectos simultáneos sobre el ozono de la atmósfera de diversas especies químicas fabricadas por el hombre y que se presentan naturalmente; interpretación de las series de datos de las mediciones sobre el terreno efectuadas por satélite y otros medios; evaluación de las tendencias de los parámetros atmosféricos y geofísicos y elaboración de métodos que permitan atribuir a causas determinadas las variaciones en estos parámetros;

Estudios de laboratorio sobre: los coeficientes cinéticos, las secciones eficaces de absorción y los mecanismos de los procesos químicos y fotoquímicos de la troposfera y la estratosfera; los datos espectroscópicos para corroborar las mediciones sobre el terreno en todas las regiones pertinentes del espectro;

CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCION FITOSANITARIA

El convenio internacional de protección Fito sanitaria numero 7664, pretende la acreditación de los vegetales importados y exportados para el país así como el registro de los químicos fertilizantes ocupados en el país para el cultivo de vegetales y los utilizados de los vegetales que ingresan al país.

A los efectos de esta Convención el término “plantas" designa a las plantas vivas y partes de ellas, incluyendo las semillas, en los casos en que los Gobiernos contratantes consideren necesaria la vigilancia de su importación o la emisión de los correspondientes certificadossanitarios, de acuerdo con el Artículo VI, con el párrafo (a), (IV) del apartado 1 del Artículo IV y con el Artículo V de esta Convención; y el término "productos vegetales" designa a los productosno manufacturados y molidos de origen vegetal, incluyendo las semillas que no se incluyen en la definición del término "plantas".

Las disposiciones de esta Convención pueden igualmente aplicarse, si los Gobiernos contratantes lo consideran oportuno, a los lugares de almacenamiento, envases, vehículos, material de empaque y todas las demás materias que acompañan a las plantas, incluyendo la tierra que entra en el transporte internacional de plantas y productos vegetales

Esta Convención se refiere especialmente a las plagas y enfermedades de importancia para el comercio internacional.

Page 9: Convenios Der Inter Publico

Objeto

la utilidad de la cooperación internacional paracombatir las plagas y enfermedades de plantas y productos vegetales y para prevenir suintroducción y difusión a través de las fronteras nacionales, y deseando asegurar la estrechacoordinación de las medidas tomadas a este efecto

Miembro

Guatemala es miembro

Ratificación y adhesión

1. Esta Convención quedará abierta a la firma de los Gobiernos hasta el 1o. de mayo de 1952 y deberá ser ratificada a la mayor brevedad posible. Los instrumentos de ratificación serán depositados en la oficina del Director General de la FAO, quien comunicará a todos los Gobiernos signatarios la fecha en que se haya verificado el depósito.

2. Tan pronto como haya entrado esta Convención en vigor, conforme a lo dispuesto en elArtículo XIV, quedará abierta a la adhesión de los Gobiernos signatarios. La adhesión seefectuará mediante la entrega del instrumento de adhesión al Director General de la FAO, quiencomunicará el particular a todos los Gobiernos signatarios y adheridos.

Vigencia

Tan pronto como esta Convención haya sido ratificada por tres de los Gobiernos signatariosentrará en vigor entre ellos. Para cada Gobierno que la ratifique o que se adhiera en losucesivo, entrará en vigora partir de la fecha de depósito de su instrumento de ratificación o adhesión.

Importancia

Con el propósito de actuar eficaz y conjuntamente para prevenir la introducción y la difusión de plagas y enfermedades de plantas y productos vegetales y de promover las medidas para combatirlas, los Gobiernos contratantes se comprometen a adoptar las medidas legislativas, técnicas y administrativas que se especifican en esta Convención o en los acuerdos suplementarios que se concluyan de conformidad con el Artículo III del convenio internacional para la protección FITOSANITARIA.

Page 10: Convenios Der Inter Publico

Cada Gobierno contratante asumirá la responsabilidad de hacer cumplir todos los requisitosde esta Convención, dentro de su territorio.