convenio marco de cooperaciÓn entre la … · además está conformada por el taller y el centro...

4
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA Y LA EMPRESA CINCO MILLAS S.A.C. Conste por el presente documento el Convenio Marco de Cooperación que suscriben de una parte la empresa CINCO MILLAS S.A.C. con RUC 20509070945, con domicilio legal en Avenida Sáenz Peña 203, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, debidamente representada por su Presidente del Directorio Sr. Gastón Acuno Jaramillo, identificado con DNI 08272741, a la que en adelante se denominará "CINCO MILLAS", y de la otra parte la UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA, con RUC 20147897406, con domicilio legal en la Av. La Moüna s/n- distrito La Molina, provincia y departamento de Lima, debidamente representada por su Rector Dr. Jesús Abel Mejía Marcacuzco, identificado con DNI N° 06443736, designado mediante Resolución de Asamblea Universitaria 001- 09/UNALM-AU, a quien en adelante se le denominará "LA UNIVERSIDAD"; bajo los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: LAS PARTES J |fciNCO MILLAS es una persona jurídica de derecho privado cuyo objeto •^/social es dedicarse al desarrollo de servicios de restaurante, sea por sí misma o a través de terceros y a representaciones relacionadas con servicios de comida, bebidas, restaurantes y espectáculos; así como a marcas de bebidas, alimentos e ingredientes para los mismos, al igual que toda actividad conexa o complementaria a las anteriormente mencionadas. Además está conformada por el taller y el centro de innovación del restaurante Astrid y Gastón. LA UNIVERSIDAD es un centro de educación superior, dedicado a la enseñanza investigación, extensión y proyección social del saber y la cultura a la comunidad nacional e internacional. Para cumplir con sus actividades académicas de formación profesional, LA UNALM cuenta con 08 Facultades: Agronomía, Ciencias, Ciencias Forestales, Economía y Planificación, Industrias Alimentarias, Ingeniería Agrícola, Pesquería y Zootecnia, y sus respectivos Departamentos Académicos; Así mismo, dispone de Escuela de Post Grado para la formación con grado académico avanzado de investigadores especialistas y docentes universitarios de alto nivel académico y científico. CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO El objeto del presente convenio es establecer ei marco general de cooperación recíproca entre ambas instituciones, con miras al desarrollo de la investigación e innovación en temas gastronómicos y/o culinarios,

Upload: duongnhu

Post on 27-Sep-2018

215 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDADNACIONAL AGRARIA LA MOLINA Y LA EMPRESA CINCO MILLAS S.A.C.

Conste por el presente documento el Convenio Marco de Cooperaciónque suscriben de una parte la empresa CINCO MILLAS S.A.C. con RUCN° 20509070945, con domicilio legal en Avenida Sáenz Peña N° 203,distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, debidamenterepresentada por su Presidente del Directorio Sr. Gastón AcunoJaramillo, identificado con DNI 08272741, a la que en adelante sedenominará "CINCO MILLAS", y de la otra parte la UNIVERSIDADNACIONAL AGRARIA LA MOLINA, con RUC 20147897406, con domiciliolegal en la Av. La Moüna s/n- distrito La Molina, provincia ydepartamento de Lima, debidamente representada por su Rector Dr.Jesús Abel Mejía Marcacuzco, identificado con DNI N° 06443736,designado mediante Resolución de Asamblea Universitaria N° 001-09/UNALM-AU, a quien en adelante se le denominará "LAUNIVERSIDAD"; bajo los términos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: LAS PARTES

J|fciNCO MILLAS es una persona jurídica de derecho privado cuyo objeto

•^/social es dedicarse al desarrollo de servicios de restaurante, sea por símisma o a través de terceros y a representaciones relacionadas conservicios de comida, bebidas, restaurantes y espectáculos; así como amarcas de bebidas, alimentos e ingredientes para los mismos, al igualque toda actividad conexa o complementaria a las anteriormentemencionadas. Además está conformada por el taller y el centro deinnovación del restaurante Astrid y Gastón.

LA UNIVERSIDAD es un centro de educación superior, dedicado a laenseñanza investigación, extensión y proyección social del saber y lacultura a la comunidad nacional e internacional. Para cumplir con susactividades académicas de formación profesional, LA UNALM cuentacon 08 Facultades: Agronomía, Ciencias, Ciencias Forestales, Economíay Planificación, Industrias Alimentarias, Ingeniería Agrícola, Pesquería yZootecnia, y sus respectivos Departamentos Académicos; Así mismo,dispone de Escuela de Post Grado para la formación con gradoacadémico avanzado de investigadores especialistas y docentesuniversitarios de alto nivel académico y científico.

CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO

El objeto del presente convenio es establecer ei marco general decooperación recíproca entre ambas instituciones, con miras al desarrollode la investigación e innovación en temas gastronómicos y/o culinarios,

en el marco de la alianza cocinero-campesino y teniendo comoobjetivo promover la conservación y uso racional de la biodiversidad, lamejora en las condiciones de seguridad alimentaria y la promoción delPerú en el mundo.T

CLAUSULA TERCERA: COMPROMISOS DE LAS PARTES

Q X

as

.2:

Para el cumplimiento del objeto del convenio, las partes acuerdandesarrollar, en la medida de sus posibilidades, los siguientes actividades:

a} Intercambio o pasantías de estudiantes de pregrado o posgrado.b) Intercambio o pasantías de docentes e investigadores.c) Proyectos conjuntos de investigación, desarrollo e innovación.d) Diseño conjunto de cursos, conferencias, simposios, programas

académicos.Intercambio de material académico o científico y de publicacionesde interés común.Desarrollo de publicaciones de divulgación y promoción de lasciencias gastronómicas.

g) Desarrollo de proyectos de emprendimiento y de innovación socialvinculados al campo gastronómico.Cualquier otra actividad que, mutuamente convenida por las partes,las pueda beneficiar.

CLAUSULA CUARTA: CONVENIOS ESPECÍFICOS

Para lo ejecución de actividades, programas o proyectos, cuyanaturaleza demande un acuerdo por escrito donde se precise el objeto,los compromisos, el presupuesto o el cronograma de actividades; sesuscribirán convenios específicos o contratos, los cuales se regirán por suspropias cláusulas, respetando los disposiciones del presente ConvenioMarco, así como las disposiciones legales vigentes.

CLAUSULA QUINTA: FINANCIAMIENTO

Ambas instituciones se comprometen a realizar todos los esfuerzos a sualcance, de manera conjunta o individual, para obtener elfinanciamiento necesario para llevar a cabo todos los proyectos y lasactividades que acuerden realizar.

Las partes convienen en precisar que, tratándose de un convenio decolaboración, el mismo no supone ni implica transferencia de recursoseconómicos ni pago de contraprestación alguna entre ambasinstituciones.

CLAUSULA SEXTA: NOMBRAMIENTO DE COORDINADORES

Poro orientar las actividades resultantes de Convenios Específicosestablecidos ai amparo de este Convenio Marco de Cooperación,cada parte indicará a un coordinador responsable por el ConvenioEspecífico correspondiente.

• Por CINCO MILLAS S.A.C. estará a cargo de la coordinación LA Sr.

Rocío del Piiar Heredia Arce con DNI No. 6671326,

• Por LA UNIVERSIDAD lo será el Ing. Roberto Ugás Carro,

identificado con DNI No. 07817209.

CLAUSULA SÉPTIMA: VIGENCIA

El presente Convenio Marco de Cooperación tendrá una vigencia detres (03) dos años, contados a partir de la fecha de su suscripción,pudiendo ser renovado por periodos similares o diferentes, si así loestiman las partes.

CLAUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN

Ambas partes convienen que el presente Convenio Marcoooperación, podrá ser resuelto por las siguientes causales:

Por mutuo acuerdo

Por mandato legal expreso

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del presenteConvenio imputable a cualquiera de las partes.Cuando alguna de las partes se vea en la imposibilidad de

continuar las obligaciones por causa de fuerza mayor o casofortuito debidamente justificada.A solicitud expresa de una de las partes , en cuyo caso deberáhacer del conocimiento la solicitud, con un plazo de treinta (30)

días de antelación, sin embargo, los convenios específicos se

desarrollaran hasta su fecha de vigencia o lo culminación delos trabajos.

o

o

o

o

o

CLAUSULA NOVENA: DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

a) Las partes se comprometen a respetar los derechos de propiedadintelectual de cada cual respecto de la producción intelectualdesarrollada o utilizada en el marco del presente convenio.

b) Los derechos intelectuales respecto a cada obra conjunta seránpactados por las partes con carácter previo a la realización de lamisma.

c) Las partes se comprometen a no usar el nombre, logotipos,emblemas, y marcas registradas de la contraparte sin suconsentimiento previo y por escrito.

CLAUSULA DECIMA: ASPECTOS NO CONTEMPLADOS EN ESTECONVENIO

Los aspectos no previstos en el presente convenio y las modificacionesque las partes estimen convenientes serán determinadas de comúnacuerdo vía suscripción de adendas.

CLAUSULA DECIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Todas las desavenencias o controversias que pudieran derivarse de esteconvenio son resueltas entre las partes siguiendo las reglas de la buena

, fe y común intención.

O"J

W En señal de conformidad, las partes suscriben el presente convenio en'tV-í'""'"" dos ejemplares iguales en la ciudad de Lima a los 17 días del mes de

rerode!2014.

Gastón Acurio JaramilloPresidente del Directorio

Cinco Millas S.A.C.

Dr. JesúsA6el Mejía MarcacuzcoRector de la UNALM