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    CONVENIO PARA LA REALIZACIN DE PRCTICASFORMATIVAS EN EMPRESAS DEL PROGRAMA FARO

    REUNIDOS:

    La Fundacin General de la Universidad de ValladolidSituada en Pza. Santa Cruz. 5. Bajo. 47002. Valladolid. ESPAA, actuando en nombre del Ministerio deEducacin, Cultura y Deporte.Representada por .. (en adelante denominada entidad de envo)

    Y.. Situada en .. Representada por: (en adelante denominada entidad de acogida)

    Y

    .. Con DNI (en adelante denominado el beneficiario)

    Deciden firmar este Convenio de acuerdo con las siguientes disposiciones:

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    ARTCULO 1: OBJETO DEL CONVENIO

    Es objeto del presente convenio regular el compromiso de las partes para hacer posible la estancia delbeneficiario en la entidad de acogida dentro del programa FARO, financiado por el Ministerio de EducacinCultura y Deporte del Gobierno de Espaa, para desarrollar un periodo de prcticas relacionadas con susestudios universitarios.

    El convenio se rige por la Resolucin de 8 de agosto de 2014, de la Secretara de Estado de Educacin,Formacin Profesional y Universidades publicada en el BOE el 8 de septiembre del mismo ao.

    ARTCULO 2: DURACIN DE LA PRCTICA

    La prctica dar comienzo el (da/ mes/ ao) XXX / XXX / XXX y finalizar el (da/ mes/ ao) XXX / XXX./ XXX

    Teniendo por tanto una duracin total de XX meses.

    La estancia objeto del presente convenio est enmarcada en un mbito temporal fijo cuya vulneracin puedeser motivo de sancin. El presente convenio da cobertura a la totalidad del perodo antes mencionado.

    No se contemplan periodos de vacaciones.

    ARTCULO 3: OBLIGACIONES DE LAS PARTES

    Artculo 3.1: Obligaciones de la entidad deenvo

    Entregar a los beneficiarios los fondos recibidos de acuerdo con los criterios establecidos en elcaptulo III de la Resolucin de 8 de agosto de 2014 de la Secretara de Estado de Educacin,

    Formacin Profesional y Universidades. Comprobar, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de realizacin de la prctica y el

    cumplimiento de la finalidad para la que se concedi.

    Comprobar la calidad de la empresa de acogida y garantizar el cumplimiento del objeto de cada unade las ayudas de movilidad.

    Apoyar a los beneficiarios en los trmites, vida prctica, profesional y cultural del pas de acogida.

    Prestar informacin, formacin y asesoramiento a los beneficiarios antes y durante el periodo quedure su estancia formativa.

    Realizar una evaluacin de los resultados a nivel personal y profesional de la participacin en elprograma FARO.

    Contratar una pliza de seguros (accidentes, responsabilidad civil, asistencia en viaje y asistenciasanitaria).

    Realizar la gestin de los pagos de las cotizaciones a la Seguridad Social que correspondan segn elReal Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los trminos y las condiciones deinclusin en el Rgimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programasde formacin.

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    Artculo 3.2: Obligaciones de la entidad de acogida

    Adoptar las medidas (logsticas y documentales) necesarias para la preparacin y adecuado

    desarrollo de la estancia. Nombrar un tutor empresarial que dirija las actividades del beneficiario, y asegurarse de que ste

    pone en prctica sus conocimientos y se le asignan tareas acorde con sus cualificaciones.

    Tutorizar cuando sea necesario las tareas de la plataforma de formacin en competencias en la quese encuentre inmerso el beneficiario.

    Respetar la normativa del programa FARO.

    Hacer partcipe a la entidad de envo de cualquier acontecimiento o eventualidad que pueda afectaral correcto desarrollo de la prctica.

    Hacer llegar en el periodo ms breve posible los cuatro ejemplares de este convenio correctamentefirmados y sellados.

    La entidad de acogida puede complementar econmicamente la cuanta de la ayuda del beneficiario, si loconsidera oportuno, contribuyendo as a mejorar la estancia del estudiante.

    Artculo 3.3: Obligaciones del Beneficiario

    Los beneficiarios de las ayudas tendrn como obligaciones generales:

    Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede.

    Someterse a las actuaciones de comprobacin que procedan para la verificacin del cumplimiento yefectividad de las condiciones determinantes de la concesin de la ayuda.

    Enviar toda la documentacin requerida por el equipo de gestin del programa FARO en los tiemposexigidos y responsabilizarse de su veracidad.

    Comunicar la obtencin de otras subvenciones para la misma finalidad.

    En el caso de renuncia a la subvencin recibida, devolucin de los importes recibidos en la parteproporcional que corresponda.

    Leer detenidamente la web del programa FARO www.becasfaro.es para tener conocimientobastante del programa en el que est participando.

    Solicitar y facilitar su nmero de afiliacin a la seguridad social para que, en virtud al Real Decreto1493/2011 de 24 de octubre, pueda ser gestionada su alta en el Rgimen General de la SeguridadSocial como asimilado a trabajador por cuenta ajena. La accin protectora ser la correspondiente alRgimen General de la Seguridad Social con la nica exclusin de la proteccin por desempleo.

    Informarse y cumplir con los requisitos administrativos necesarios para la entrada y estancia en elpas de acogida.

    Someterse a las posibles sanciones (econmicas o de otra ndole) que la entidad de envo, siguiendolas directrices del Ministerio de Educacin, imponga en el caso de incumplimiento de lasobligaciones por parte del beneficiario, que son las que se detallan a continuacin:

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    Durante el perodo activo de prcticas formativas:

    Respetar el reglamento de la entidad de acogida, sus horarios de trabajo as como los cdigos debuena conducta y de discrecin profesional.

    Comunicar eventuales problemas o cambios respecto a las prcticas.

    Enviar su Informe Intermedio a la mitad del desarrollo de la prctica.

    Cumplir con todos los acuerdos negociados para la estancia y hacer todo lo posible para el xito de lamisma.

    Superar un curso on-line de formacin en competencias personales y profesionales organizado por laentidad adjudicataria del Programa FARO.

    Permanecer en la entidad de acogida desde la fecha de comienzo hasta la fecha de fin de la prctica,estipulada en el artculo 2 de este convenio.

    Terminado el perodo de prcticas:

    Realizar un Informe Final al terminar las prcticas.

    Enviar las justificaciones de los gastos de viaje y visado (si los hubiere), as como toda ladocumentacin requerida para la justificacin de su beca en el plazo mximo de dos meses desde lafecha de fin de la prctica.

    ARTCULO 4: DESCRIPCIN DE LA PRCTICA

    Con el objeto de que el beneficiario lleve a la prctica, detallada en el anexo de este convenio, en la entidadde acogida los conocimientos adquiridos durante su periodo universitario, se le encomendarn las tareasque a continuacin se detallan:

    -

    -

    -

    -

    -

    ARTCULO 5: FINANCIACIN

    La cantidad asignada en relacin con los gastos de manutencin y estancia es de .. brutos/mes. Lacantidad mxima asignada en relacin con los gastos de viajes es de .. brutos y de ..

    brutos en concepto de visado si procede.

    ARTCULO 6: PAGOS

    La entidad de envo se compromete a ingresar en la cuenta bancaria proporcionada por el interesado lascantidades definidas en el Artculo 5 del presente convenio.

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    Los pagos estn supeditados a los requisitos que se recogen en el Anexo II de este convenio.

    ARTCULO 7: CUENTA BANCARIALa contribucin financiera de FARO se abonar a la cuenta bancaria espaola cuyos datos facilita elbeneficiario como sigue:

    TITULAR: Tit cuenta

    C.C.C: ccc beneficiario

    ARTCULO 8: SEGUIMIENTO Y CONTROL

    El beneficiario, la entidad de acogida y la entidad de envo se comprometen a proporcionarse toda la

    informacin que sea solicitada con respecto a la estancia objeto del presente convenio.Tanto el beneficiario como la entidad de acogida debern realizar, a la mitad de la estancia, un sencilloinforme intermedio on-line, para que la entidad de envo compruebe cmo se est desarrollando la prctica.

    Asimismo, tanto el beneficiario como la entidad de acogida se comprometen a cumplimentar un informe deinsercin y de un informe de evaluacin respectivamente.

    El programa no contempla que el beneficiario se desplace por motivos laborales y de manera continua fueradel lugar destinado a sus prcticas formativas. En los casos en que el beneficiario de la ayuda deba llevar acabo un viaje puntual por peticin de la empresa y siempre acompaado por algn responsable de la misma,sta deber consultarlo con la persona encargada de la gestin de la ayuda para que, en su caso, autorice surealizacin.

    ARTCULO 9: RESPONSABILIDADCada parte eximir a las dems de toda responsabilidad civil por los daos sufridos por ella misma o por supersonal, que resulten de la ejecucin del presente convenio, siempre que estos daos no se deban a unafalta grave e intencionada de la otra parte o de su personal.

    El beneficiario, D/Da.. Con DNI n . y domicilio habitual..se hace responsable frente a terceros de cualquier tipo de reclamacin

    de daos y perjuicios que pudieran surgir como consecuencia de una acto u omisin derivados del ejerciciode funciones relacionadas con el desarrollo de su actuacin dentro del programa FARO, siempre y cuando

    provengan dichos daos de una falta grave e intencionada de su parte.

    ARTCULO 10: RESCISIN DEL CONVENIOPodr ponerse fin al convenio en caso de incumplimiento por una de las partes de alguna de las obligacionesque se derivan del mismo e independientemente de las consecuencias previstas por la legislacin que le seaaplicable. El presente convenio podr ser rescindido o anulado de pleno derecho por el Ministerio deEducacin Cultura y Deportes y/o la FGUVA, sin necesidad de proceder a ningn trmite judicial, tras unemplazamiento notificado a las partes por correo certificado no seguido de ejecucin en el plazo de un mes.

    Si el beneficiario abandona las prcticas con anterioridad a la fecha recogida en este convenio:

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    - En caso de causa justificada, es preciso que los candidatos avisen a los gestores de su ayuda con lamayor antelacin posible y justificar documentalmente la reduccin.

    - En el supuesto de que el beneficiario decidiera unilateralmente abandonar la prctica previamente a

    la fecha de fin establecida, sin causa de fuerza mayor que lo justifique, deber devolver la totalidadde los importes abonados, en el caso de que la estancia no hubiera sido completada en un 75%.

    -

    En el supuesto de haber completado ms del 75 % de la estancia, en caso de abandono previo a lafecha de fin acordada, sin que medie causa de fuerza mayor, el beneficiario de la ayuda perder suderecho a percibir la cuanta que le corresponda en concepto de viaje de regreso, o bien, en su caso,deber reembolsar el montante que le hubiera sido ya ingresado en tal concepto; adems perdersu derecho a percibir la mensualidad o mensualidades que quedaran pendientes hasta la fecha de finde la estancia inicialmente pactada en el convenio.

    ARTCULO 11: JURISDICCIN

    Las controversias que surjan entre las partes durante la vigencia del convenio se intentarn solventar demutuo acuerdo. En caso contrario, se acudir a la jurisdiccin contencioso-administrativa y la Ley que regiry ser aplicable para este convenio ser aquella que se encuentre en vigor dentro del territorio espaol.

    ARTCULO 12: MODIFICACIONES O ADICIONES AL CONVENIOToda modificacin del presente convenio deber adoptar la forma de una clusula adicional firmada ennombre de cada una de las partes por los signatarios del presente convenio.

    Este convenio, que cada parte declara haber ledo y aceptado, regula las relaciones entre las partes, as comolos derechos y obligaciones que de l se desprenden para cada una, en lo concerniente a su participacin enel susodicho programa de ayudas.

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    Conformes las partes con este convenio lo suscriben en cuatro ejemplares:

    La entidad de envo : La Fundacin General de la Universidad de Valladolid

    Firma y sello: , Gerente

    Fecha: ..

    El entidad de acogida : Nombre empresa

    Firma y sello: Nombre y Apellidos, cargo

    Fecha: ..

    El beneficiario: Nombre y Apellidos

    Firma:

    Fecha: ..

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    ANEXO I

    DESCRIPCIN DE LA PRCTICA

    I. IDENTIDAD DEL BENEFICIARIO

    Nombre y Apellidos del Beneficiario: Nombrebec Apellidosbec

    Domicilio: Domicilio

    DNI: DNI

    Titulacin: TITULACIN

    Entidad de envo: FUNGE UVa

    Plaza de Santa Cruz, 5 bajo 47002 Valladolid

    Persona de Contacto: NombreGestor

    e-mail: email del gestor

    Telfono: +34983423903

    Fax: +34983423633

    II. DESCRIPCIN DETALLADA DEL PROGRAMA DE PRCTICAS A REALIZAR

    Entidad de Acogida (Nombre y direccin): Nombreemp

    Domicilio

    Persona de Contacto (nombre, puesto que desempea en la empresa, e-mail, telfono): Tutoremp

    Plazo de la prctica: desde Fechaini hasta Fechafin.

    Duracin total de XXX meses.

    Horario de la prctica: XXX horas semanales

    Importe de la ayuda destinada a la manutencin y estancia: XXX brutosmensuales

    Importe mximo de la ayuda destinada al viaje: XXX brutos

    Importe mximo de la ayuda destinada al visado: XXX brutos

    N de cuenta y titular:

    Programacin detallada de la prctica:

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    Tareas que desarrollar el Beneficiario:

    Competencias Transversales que adquirir el Beneficiario:

    Seguimiento del desarrollo de la prctica:

    Informe de seguimiento (primer mes e intermedio), curso sobre la adquisicin y el desarrollo decompetencias transversales.

    Evaluacin y Validacin del perodo de prcticas:

    Informe Final (de seguimiento, memoria y cuestionario de insercin laboral), certificado final e informe

    de empleabilidad

    Conformes las partes lo suscriben en cuatro ejemplares a

    Entidad Colaboradora:Fundacin General de laUniversidad de ValladolidEL GERENTE:

    Firma y Sello:

    Empresa de Acogida:

    Firma y Sello

    El beneficiario/a:D./D

    Firma

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    ANEXO II

    OBSERVACIONES Y CONSIDERACIONES NECESARIAS PARA EL CONOCIMIENTO Y

    ACEPTACIN DEL BENEFICIARIO DE LA AYUDA.

    I. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS- El derecho a la ayuda FARO queda sujeto a la recepcin de la documentacin justificativa del

    cumplimiento de requisitos de la presente convocatoria. Una vez revisada la documentacinaportada, si se constata el incumplimiento total o parcial de los requisitos, puede dar lugar a laprdida del derecho al cobro de las ayudas.

    - El beneficiario de la ayuda se compromete a cumplir con las fechas de comienzo y de fin de laestancia que figuran en este convenio que dar soporte a la ayuda, en el supuesto de que decidiera

    unilateralmente abandonar la prctica previamente a la fecha de fin establecida, sin causa de fuerzamayor que lo justifique, deber devolver la totalidad de los importes, tal como se estipula en elartculo 11.

    - El Ministerio y la FGUVA quedarn eximidos de toda responsabilidad en el caso de que la Empresa deacogida unilateralmente decida renunciar a la prctica ofertada antes de la incorporacin delbeneficiario de la ayuda.

    II. PAGOS Y JUSTIFICACIN DE GASTOS

    La justificacin del gasto constituye una de las principales obligaciones que deben cumplir losbeneficiarios a quienes se les ha concedido una ayuda bajo el Programa FARO.

    El plazo mximo para la presentacin de las justificaciones es de 2 meses a contar desde la

    finalizacin de las prcticas. Los justificantes de gastos que se presenten trascurrido este plazo NOsern reembolsados, y en el supuesto de que el coste de ese gasto hubiera sido adelantado, elbeneficiario deber proceder a su devolucin.

    La ayuda FARO cuenta con una financiacin para sufragar los gastos de un viaje de ida y otro deregreso, siempre que stos se realicen dentro de los lmites temporales establecidos y cumplan conlas siguientes caractersticas:

    El beneficiario debe acogerse siempre a una tarifa de viaje lo ms econmica posible, y debe realizarlos viajes de ida y vuelta de modo continuado (en un solo da, cuando sea posible, y sino en das

    consecutivos, si la duracin del viaje as lo requiere) dentro de los siguientes lmites temporales:

    VIAJE DE IDA: Hasta la fecha de comienzo de la prctica (excluida) y desde diez das antesVIAJE DE REGRESO: A partir de la fecha de finalizacin de la prctica (excluida) y diez das despus.

    Todos los viajes que excedan de estos plazos, o que no sean convenientemente documentados, nopodrn incluirse dentro de la bolsa de viaje de la ayuda FARO.

    nicamente se reembolsarn los gastos de los que se reciba la correspondiente justificacin; seconsiderarn documentos justificativos los siguientes: Viajes en Avin: factura/billete + tarjetas de embarque originales

    Viajes en autobs, tren, metro: .billetes originales

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    Viaje en coche: declaracin firmada con la descripcin del trayecto + tickets de peajes y gasolinaoriginales.

    Cabe destacar que en todos los justificantes de viaje que se presenten deben constar claramentetanto la fecha de realizacin del viaje como el trayecto efectuado, de lo contrario no podrn serreembolsados.

    El beneficiario de la ayuda debe responsabilizarse de poder presentar a la entidad de envo losdocumentos justificativos de sus viajes, de manera que en el caso de tarjetas de embarque online o atravs del telfono mvil, debern preocuparse de conseguir un medio justificativo correcto ypermanente en el tiempo.

    Adems cada beneficiario debe asegurarse de que la documentacin que presenta relativa a su viajele atae a l exclusivamente, de modo que en el caso de viajar conjuntamente con ms personas,

    sean stos beneficiarios de otras ayudas FARO o no, correr de su cuenta solicitar los justificantes enlos que su viaje aparezca de forma independiente y clara.

    El importe mximo en concepto de viaje que se podr pagar a cada beneficiario depender del pasde destino de la estancia (consultar anexo:XXX). Todo lo que exceda de dicho importe quedar acargo del beneficiario de la ayuda FARO.

    Cuando el beneficiario viaje en coche particular, en el supuesto de que el vehculo particulartransporte a ms de un beneficiario, se abonar la cantidad correspondiente en concepto dekilometraje tan slo a uno de los beneficiarios.

    Slo se reembolsar el importe de un taxi (siempre para trayectos cortos) cuando no haya otromedio de transporte pblico ms econmico a disposicin del beneficiario, o bien por motivos dehorario, sea el nico medio de transporte disponible, en cuyo caso deber presentarse una facturaoriginal que refleje la fecha, hora y precio.

    Slo se incluir el coste del equipaje incluido en el billete justificativo del viaje. En ningn caso secostear el exceso de equipaje o peso extra aadido al comprar el billete. Adems, dado que elbeneficiario de la ayuda ya cuenta con un seguro de viaje proporcionado por la entidad de envo, nose reembolsar el importe de un seguro de viaje adicional cuyo coste aparezca desglosado en lacorrespondiente factura.

    Los beneficiarios, debern adquirir ellos mismos los billetes de sus medios de transporte, cuyo precioles ser reembolsado tras enviar los justificantes requeridos y dentro de la remesa de pagos quecorresponda en funcin de la fecha de recepcin de dichos documentos. Cabe destacar que el preciode los viajes slo ser reembolsado en el caso de cumplir con todos los requisitos establecidos alefecto. Ellos mismos debern asegurarse de que los viajes adquiridos cumplen con las normasobjetivas que se describen en el presente convenio as como en la web del programa.

    Los gastos del seguro asistencial sern gestionados y tramitados por la entidad de envo, quienproporcionar al beneficiario la correspondiente hoja informativa del mismo, indicndole adems elmodo de actuacin en caso de siniestro.

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    Los gastos de manutencin son financiados por el Ministerio de Educacin del Gobierno de Espaa, ysern percibidos por el beneficiario mensualmente y a travs de transferencia bancaria.

    El importe de la mensualidad vara segn el pas de destino (ver anexo YYY).

    Los pagos se hace siempre a mes vencido y de forma proporcional al nmero de das de estanciacorrespondientes a ese mes, calculado siempre sobre la base de 30 das.

    El ingreso de la transferencia en cada caso se har en una cuenta de una entidad bancaria situada enEspaa y de la cual el beneficiario sea titular.

    No se podr autorizar ningn pago en los supuestos en que la ayuda no haya sido concedida demodo firme e inequvoco.

    La liquidacin del ltimo mes de estancia (o de su parte proporcional) y el reembolso de los gastosde viajes y visado (si procede) quedarn supeditados por un lado a la recepcin de la documentacin

    justificativa y por otro a la realizacin por parte del beneficiario de una serie de trmites como soncumplimentar, firmar y enviar un informe final de proyecto, enviar los justificantes originales de losviajes de ida y vuelta, o en su caso una justificacin escrita de no haber hecho uso de los mismos,firmar la hoja de liquidacin correspondiente a todo el periodo de prcticas realizado, as como otrostrmites que se desprendan de la correcta gestin de cada prctica, como pueden ser la realizacinde las tareas relativas a la plataforma de competencias.

    En los supuestos de las estancias cuya fecha de finalizacin est comprendida entre los das 1 y 10del ltimo mes ambos inclusive, el pago de los das correspondientes al ltimo mes y tambin delmes anterior completo se supeditar a la recepcin de las copias de la Hoja de liquidacin firmadas,as como al cumplimiento del resto de obligaciones descritas.

    La ayuda FARO incluye los costes de las cuotas a la seguridad social durante la totalidad de suestancia. En relacin al Real Decreto 1493/2011, publicado en el BOE el jueves 27 de octubre, por elque se regulan los trminos y las condiciones de inclusin en el rgimen general de la SeguridadSocial de las personas que participen en programas de formacin, el beneficiario ser incluido en elya citado rgimen general de la Seguridad Social ascendiendo el coste que se desprende de lapertinente cotizacin a un total de 40,81/mes de los cuales (datos para el ao 2014):

    6,09 tienen que ser aportados por el trabajador (en este caso el beneficiario)

    34,72 son costeados por la empresa (en este caso FGUVA como entidad colaboradora)Estas cuantas sern actualizadas en funcin de la normativa vigente.

    III. REINTEGROS VOLUNTARIOSEl reintegro voluntario de la ayuda percibida se atendr a lo establecido en el artculo 90 del Reglamento dedesarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

    Para hacerla efectiva, los beneficiaros tendrn que ponerse en contacto con el equipo de gestin de lasayudas FARO quien solicitar a los rganos competentes para su expedicin carta de pago de ingresos notributarios, modelo 069, segn lo dispuesto en la Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre, por la que seregula el procedimiento de recaudacin de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones deEconoma y Hacienda y de los ingresos en efectivo en las sucursales de la Caja General de Depsitosencuadradas en las mismas, modificada por la Orden EHA/3967/2007, de 26 de diciembre.

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    El equipo de gestin de las ayudas FARO har llegar al beneficiario el modelo 069 completado con el importecorrespondiente quien a su vez deber realizar el ingreso en una entidad bancaria o a travs de la pginaweb de la Agencia Estatal de la Administracin Tributaria.

    Yo (Nombre y apellidos del beneficiario) acepto las condiciones recogidas en el articulado de este convenio yen sus dos anexos:

    Firma