control jurídico de los ordenadores

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO PROGRAMA DE POSGRADO EN DERECHO MAESTRIA EN DERECHO Control jurídico de los ordenadores y de los programas

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Page 1: control jurídico de los ordenadores

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

PROGRAMA DE POSGRADO EN DERECHO

MAESTRIA EN DERECHO

Control jurídico de los ordenadores y de los programas

ASIGNATURA: INVESTIGACIÓN Y EXPRESIÓN JURÍDICA

FECHA DE ENTREGA: 15 DE NOVIEMBRE DE 2013

Page 2: control jurídico de los ordenadores

INDICE

1. Introducción …………… Pág. 3

2. Línea argumentativa del control jurídico de los ordenadores y de los programas ………………...... Pág. 3

3. Conclusiones ……………. Pág.13

4. Bibliografía …….……........ Pág. 14

2

Page 3: control jurídico de los ordenadores

Control jurídico de los ordenadores y de los programas

Cuando se habla de control jurídico nos referimos a la comprobación,

inspección, fiscalización, intervención, dominio, mando, preponderancia, o a la

regulación sobre un sistema1, que en el caso que nos ocupa se relaciona a la

vinculación entre el sistema jurídico (o diversos sistemas jurídicos) y los

fenómenos relacionados con la computación y la informática.

Cuando hablamos del control, en el contexto jurídico se refiere a la

supervisión de las actividades de otros o las propias, en la medida en la que

prevén el ejercicio abusivo de los derechos, o por el contrario regulan

efectivamente el ejercicio de un derecho y el cumplimiento de las obligaciones que

le son inherentes;

El segundo elemento del tema consiste en el concepto de ordenadores y

programas2, se puede usar indistintamente el concepto de ordenadores y de

hardware, pues el origen del concepto se remonta al uso lingüístico de la palabra,

luego cuando hablamos de hardware nos referimos a los dispositivos mecánicos

que conforman la computadora, esto es, el hardware es cualquier parte de la

computadora que se puede tocar y que consiste en todos los dispositivos

electrónicos interconectados para controlar la operación, la entrada y salida de

datos de una computadora.

Ahora bien, cuando nos referimos al software lo caracterizamos como un

conjunto de instrucciones que hace que la computadora realice tareas, en este

caso el término “programa” refiere a cualquier clase de software, de entre los

cuales podemos distinguir programas como los sistemas operativos, el software

comercial, el shareware, el freeware, aplicaciones, el open source software, etc.

Si consideramos que donde existe una sociedad necesariamente hay

derecho, de un análisis directo o una inferencia lógica, sabemos que un encuentro

1 Diccionario de la Lengua Española. Pág. 3562 NORTON, Peter. Introducción a la computación. Pág. 25

3

Page 4: control jurídico de los ordenadores

entre la informática y el derecho es inevitable, mas analizarlo implica una alusión a

cuestiones anexas referentes a ciertos aspectos políticos, económicos y técnicos.

De forma generalizada podemos matizar algunas relaciones en las que el

derecho ejerce de una forma u otra un control jurídico, sobre hechos factuales con

repercusiones jurídicas que realizan las personas al emplear las computadoras,

relación que se amplía por el avance tecnológico que significa el internet, por

cuanto hoy en día este último ha extendido la eficacia de las computadoras

(hardware y software) mediante la conectividad a la red de redes en temas como

las transacciones comerciales, las movilizaciones políticas, y la realización de

diversos actos jurídicos etc., tocaremos someramente algunas de las nuevas

relaciones de control jurídico, como son3:

1) informática jurídica

2) propiedad intelectual

3) comercio electrónico

4) delitos informáticos

5) protección de datos personales

6) flujo de datos transfronterizos

7) derechos fundamentales

1) Informática Jurídica.

La informática jurídica es la disciplina de las ciencias de la información que

tiene por objeto la aplicación de la informática en el Derecho, y se diferencia

del Derecho informático en la medida en la que este último estudia la regulación

jurídica de las nuevas tecnologías.

Según el jurista español Antonio Enrique Pérez Luño4, la informática jurídica se

divide en tres áreas:

3 TÉLLEZ VALDÉS, Julio. La protección jurídica de los programas de computación. Pág. 11

4 PÉREZ LÚÑO, Antonio Enrique. Ensayo de Informática Jurídica.

4

Page 5: control jurídico de los ordenadores

La Informática jurídica documental: es la automatización del conocimiento

jurídico emanado de fuentes legislativas, jurisprudenciales y doctrinales;

esta área la ejemplificamos con el sistema de información legislativa de la

secretaria de gobernación, el sistema de compilación Jurisprudencia y Tesis

Aisladas IUS creado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o la

Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la

Universidad Nacional Autónoma de México.

La Informática jurídica decisional: consiste en la automatización de las

fuentes de producción jurídica; la cual corresponde a la creencia efectuada

(a mi juicio incorrectamente) por los futuristas quienes concebían la

posibilidad de que una computadora pudiera resolver los casos judiciales,

mediante la aplicación mecánica de la ley.

La Informática jurídica de gestión: se refiere a la automatización de los

procesos de administración judicial; hoy en día tenemos por ejemplos al

Sistema Integral para Consulta de Resoluciones (SICOR) administrado por

el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal o el Sistema de Juicios

en Línea perteneciente al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y

Administrativa.

2) Propiedad Intelectual: Derechos de Autor y Patentes.

Cuando se habla de control jurídico de los ordenadores y los programas

uno de los primeros temas en los que se piensa es la protección jurídica de los

mismos mediante la propiedad intelectual, es decir, al asociarlo con piezas de

tecnología la tendencia es proteger los derechos morales y económicos

relacionados a ellos. Un principio generalmente aceptado, es que los programas

informáticos deben protegerse por el derecho de autor, mientras que los aparatos

que usan programas informáticos deben estar protegidos por patentes.

Dicha forma de protección es generalmente aceptada desde inicios de los

años sesenta cuando a causa de la legislación antimonopolio norteamericana, la

Corte Suprema de ese país obligo al corporativo IBM (en ese entonces el mayor

productor y distribuidor de computares) a separar sus negocios de hardware y

5

Page 6: control jurídico de los ordenadores

software. A partir de esa resolución las empresas se ven obligadas a no incentivar

el “Bundling”5, esto es, la práctica de los productores de software/hardware donde

la empresa no vende un producto sin estar unido al otro, debido a ello los

programas de ordenador no se comercializaban de manera independiente sino

que se distribuían con el hardware y su protección se confundía con la del

conjunto del bien comercializado. Al eliminarse el Bundling los programas

comienzan a estandarizarse y comercializarse en soportes mobiles, generalizando

la copia.

3) Delitos Informáticos.

Con el avance informática y la computación, se produjo alternamente un

proceso de la tecnologización de la vida diaria, lo que implico que diversas

conductas que se realizaban en una sociedad fuera del ámbito de las

computadoras se trasladaran al ámbito de la informática, esto significo la mejora

en muchos aspectos comunes, pero también convirtió a los ordenadores en

instrumentos para la comisión y objeto de actos delictuosos, a los que el derecho

no pude permanecer indiferente algunos de estas actividades se encuentran ya

tipificadas en los Códigos Penales e inclusive ya se han formado cuerpos

policiacos especializados en perseguir los delitos informáticos. Algunas de estas

prácticas son:

El pishing: conocido como el robo de identidad, que puede estar

relacionado con otros delitos como extorsiones, bullying y pornografía

infantil.  

El spam: son los correos electrónicos no solicitados con propósitos

comerciales y que usualmente atentan contra la privacidad de las personas,

este ilícito no está reconocido en todas las legislaciones penales.

El fraude informático: consiste en la alteración de datos privados en

empresas, alteración o robo de archivos, alteración de software y delitos

bancarios.

5 BAIN, Malcolm. Aspectos Legales y de explotación del software libre. Pág. 51

6

Page 7: control jurídico de los ordenadores

El contenido obsceno u ofensivo: Este es otro ilícito no necesariamente

reconocido como delito en algunos instrumentos penales, normalmente se

solicita al administrador de una sitio web que realice el control de este tipo

de comentarios dando de baja al usuario que los produce. La conducta

puede consistir en el hostigamiento o acoso por medio de comentarios

vejatorios o insultos a causa de su sexo, raza, religión, nacionalidad,

orientación sexual, identidad etnocultural, etc. 

El tráfico de drogas, de armas y de pornografía infantil entre otros ilícitos de

importancia se ha detectado en varios sitios web, sin embargo es más

común encontrarlos en la Deep Web, siendo este un sistema de internet de

baja frecuencia en el cual los delincuentes accesan mediante plataformas

especiales de comunicación.

El terrorismo virtual: consiste en atacar masivamente el sistema de

ordenadores de una empresa, compañía, centro de estudios, oficinas

gubernamentales, etc., con el fin de provocar miedo y caos en el sistema

informático atacado.

El hurto de señal es poco común en algunos países, consiste

principalmente en el acceso a la internet por la utilización indebida de

señales wi-fi que no le pertenecen al usuario.

El internet por las dificultades técnicas de hacer un seguimiento de las

comunicaciones se ha convertido en una herramienta productiva para los

grupos del crimen organizado que realizan negociaciones de secuestros y

extorsión.

4) Comercio Electrónico.

El comercio electrónico, también conocido como e-commerce (electronic

commerce), consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través de

medios electrónicos, en la transferencia de fondos electrónica, la administración

de cadenas de suministro, el marketing en Internet, el procesamiento de

7

Page 8: control jurídico de los ordenadores

transacciones en línea (OLTP), la administración sistemas de administración del

inventario y los sistemas automatizados de recolección de datos.

Esta práctica comercial no solo significa un importante avance en la forma

en que utilizamos el internet para realizar transacciones comerciales y bancarias,

reguladas comúnmente en el Código de Comercio o en la legislación bancaria y

bursátil, en el fondo representa amplios retos para el derecho, como son la

comprensión jurídica de los contratos en línea, el ámbito territorial de aplicación de

la ley entre comprador y vendedor que pueden estar sujetos a distintas

legislaciones nacionales, o la tutela de los medios de pago electrónicos, etc.

5) Protección de Datos Personales.

La protección de datos personales como parte del derecho fundamental del

derecho a la vida privada, compete al control jurídico de los ordenadores y los

programas en la medida en la que procura proteger el acceso a las informaciones

sobre las personas y que su utilización no constituya un atentado a los derechos

esenciales de todo individuo en sociedad, una de sus vertientes es la libertad

negativa de rechazar u oponerse al uso de información personal y evoluciona al

concepto de la libertad positiva que permite supervisar el uso de la información

personal.6

El concepto de privacidad se encuentra vinculado al de la intimidad con

retos que exigen un balance entre el derecho a la intimidad del individuo y los

avances en el mundo de las TICs, relacionado con el cambio tecnológico, su

velocidad y un alcance que trasciende las fronteras nacionales. Entre otros

aspectos, la tutela que la ley de protección de datos personales y otras

relacionadas, debe extenderse a la protección de las los datos personales en sitios

comerciales o bancarios, el uso del correo electrónico, de las redes sociales, y en

general la privacidad de las computadoras personales por cuanto están sujetos a

6 Protección de Datos Personales. OEA. Fuente: http://www.oas.org/es/sla/ddi/proteccion_datos_personales.asp.

8

Page 9: control jurídico de los ordenadores

ataques de hackers informáticos que buscan robar información personal para fines

ilegales.

6) Flujo de Datos Transfronterizos.

El flujo de datos se refiere al flujo de ciertas informaciones que transitan

libremente de país en país, o al contrario, sin posibilidades de tránsito, que

provocan problemas evidentes a la sociedad internacional. En cuanto al control

jurídico de los ordenadores y programas debemos entender este flujo de datos

atendiendo al ámbito jurídico, político y técnico. Por un lado la transmisión de

datos a través de vías electrónicas desde el punto de vista técnico sucede

mediante la unión de diversos sistemas de telecomunicaciones, como son los

satélites, las antenas de difusión, los servidores, los repetidores de señal y

finalmente el usuario que emite o recibe desde su ordenador o equipo electrónico

conectado a internet, no ignora el conocedor del derecho que dichos sistemas de

telecomunicaciones se encuentran dentro de un marco jurídico bien determinado,

pues organismos internacionales como la Unión Internacional de

Telecomunicaciones (UIT) y la Comisión sobre la Utilización del Espacio

Ultraterrestre (COPUOS) dependientes de la Organización de las Naciones Unidas

(ONU) han hecho importantes esfuerzos en este sentido, por su parte México ha

ratificado los instrumentos internacionales y a nivel Constitucional como en la Ley

Federal de Telecomunicaciones se encuentra nuestro marco regulatorio.7

Desde la perspectiva política es importante resaltar que el ejercicio de este

derecho ha llevado consigo una importante discusión sobre la globalización de los

datos y la libre información en internet pues, la supercarretera de la información

permite el acceso y transmisión libremente de país en país, sin embargo existen

naciones como Belarus, Burma, China, Irán, Libya, Maldivas, Nepal, Corea del

Norte, Arabia Saudita, Siria, Túnez, Turkmenistan, Uzbequistan y Vietnam, que

restringen a sus ciudadanos el libre acceso a la información de internet mediante

el bloqueo de los servidores y realizando solicitudes a corporativos como google

7 Regulación Satelital en México, Estudio y acciones. COFETEL. Pág. 23

9

Page 10: control jurídico de los ordenadores

para bloquear el acceso a determinados sitios web, además existen otras

preocupaciones para los Estados Nacionales pues la libertad de la información ha

permitido a corporativos como Anonymous y personas como Julian Assange

creador del sitio WikiLeaks la difusión de información confidencial de gobierno de

los Estados Unidos, dichas situaciones aunque controversiales, han puesto a

discusión el problema de si los estados nacionales “deben” controlar la

información, aunque en la realidad la libertad de las comunicaciones y del internet

les impide de facto “el poder” controlar dichas informaciones.

7) derechos fundamentales

Lo anterior nos lleva a preguntarnos en qué medida están relacionados

como derechos fundamentales a) el derecho al internet, b) la libertad de expresión

y c) el derecho a la información. No pretendo profundizar en este tema pues sería

demasiado extenso, pero es importante para el derecho analizar las implicaciones

teóricas y prácticas de esas aseveraciones, pues por la trascendencia que ha

tenido el internet en la nueva sociedad del conocimiento.

Frank la Rue, relator especial de la ONU sobre la promoción y protección

del derecho de libertad de opinión y expresión preparo en el año 2011 un texto

justificando el acceso a internet como una vertiente del derecho a la información y

la libertad de expresión8. Aunque no comparto la afirmación de que existe un

“derecho humano al internet”, no niego que se ha consolidado como la mayor

fuente de información, conocimiento y comunicaciones en al mundo actual, su

versatilidad para transmitir texto, audio y video, han vuelto casi obsoletos a otros

medios de comunicación, hoy en día puedes realizar gratuitamente una llamada

telefónica internacional desde una computadora, al tiempo que consultas el

periódico en línea, escuchas una de las miles de estaciones de radio de hoy

transmiten también por internet, o ves televisión o películas en línea, o realizas

una investigación científica mediante libros digitalizados de la biblioteca de

8 LA RUE, Frank. United Nations, General Assembly,Human Rights Council.

10

Page 11: control jurídico de los ordenadores

Harvard, la UNAM u otra universidad que haya entrado a la dinámica del Open

Access.

La vinculación entre el derecho y la Informática

Por último, me parece importante comentar un aspecto poco estudiado

entre la comunidad académica del derecho, relacionada con los aspectos

propositivos que tiene el derecho informático y el derecho de las nuevas

tecnologías sobre la actividad jurídica en general, justifico esta visión desde la

importancia de la argumentación.

El acceso a diversos medios de comunicación, desde el telégrafo, el radio,

la televisión y finalmente el internet, ha generado un nuevo paradigma sobre la

argumentación, entre más medios de difusión existen mayor cantidad de

discusiones se producen, la parte relevante es el direccionamiento de dichas

discusiones hacia una argumentación constructiva, para ello debe existir una

apertura de las ideas y una herramienta adecuada para velozmente sincronizar las

discusiones, considero que el internet puede ser una trascendente herramienta

para ello.9

Entre los programadores de “software abierto” existen comunidades, que

utilizan nuevas técnicas y herramientas para generar una “colaboración sin

coordinación”, básicamente este grupo de emprendedores procuran generar

innovaciones tecnológicas que sean distribuidas de forma libre y gratuita para

cualquier usuario de internet, la idea de “colaboración sin coordinación” es evitar

estructuras corporativas obsoletas que los obliguen a subyugarse a una autoridad

que limite la capacidad de innovación al establecer reglas estáticas; afirmaciones

de este tipo suelen ser menospreciadas por la comunidad jurídica, pero si

trasladamos algunas de estas técnicas al ejercicio democrático y más

específicamente a la creación legislativa, podemos observar que existen

actualmente claros ejemplos de esta innovación, a estos nuevos conceptos se les

9 CLAY, Shirky. How the internet will one day transform government.

11

Page 12: control jurídico de los ordenadores

ha llamado Open Government, podemos ver proyectos como el Open Legislation

de la Cámara de Senadores de los Estados Unidos que permite a los ciudadanos

acceder y comentar y proponer activamente sobre las iniciativas de ley de sus

senadores.

Existen muchos otros ejemplos pero nos limitaremos a subrayar las

posibilidades de la utilización de la tecnología en medios jurídicos, pero estas

innovadoras propuestas no han sido ampliamente analizadas por la falta de

interés, y por lo tanto no han sido efectivos al ser utilizados en nuestro contexto

jurídico. Internet se ha consolidado como una importante herramienta para a

argumentación, las soluciones aportadas por estas herramientas pueden ser

ampliamente distribuidas entre los ciudadanos y son de bajo costo, la pregunta es

si pueden ser utilizadas para el beneficio de la sociedad y como el derecho

analizará su contenido para armonizarlo con el marco jurídico.

12

Page 13: control jurídico de los ordenadores

Conclusiones:

1. El control jurídico de los ordenadores y de los programas, es un área

relevante que debe ser analizada con mayor detenimiento por la comunidad

jurídica pues la revolución tecnológica la ha llevado en el curso de hacer

más complejas las relaciones sociales, políticas y económicas, por lo cual el

abogado no puede escapar de su análisis ni eventualmente de proponer un

marco jurídico aplicable, concreto y dinámico que le permita adaptarse a

esta realidad cambiante.

2. Las nociones relativas a la relación entre derecho e informática no se

agotan con la simple informática jurídica en tanto administración de la

información en los tribunales o compilación de información jurídica, por el

contrario su dinamismo ha llevado al derecho a incursionar en la propiedad

intelectual, el comercio electrónico, el ámbito penal, de la protección de

datos personales, las telecomunicaciones y los derechos fundamentales.

3. Es necesario reconsiderar el papel del jurista frente a relaciones sociales

cada vez más complejas de manera que no solo analice los problemas

hacia el pasado, sino que se encuentre en la frontera para proponer

soluciones más acordes a los nuevos tiempos, la incorporación de las

nuevas tecnologías a su discurso pueden de hecho facilitar la discusión y

argumentación de nuevos análisis jurídicos hacia el futuro.

13

Page 14: control jurídico de los ordenadores

Bibliografía:

CLAY, Shirky. How the internet will one day transform government. Ted

Talks. Fuente:

http://www.ted.com/talks/clay_shirky_how_the_internet_will_one_day_transf

orm_government.html Consultado: 18 de Octubre de 2013

BAIN, Malcolm (coordinador) et al. Aspectos Legales y de explotación del

software libre. Fundació per a la Universitat Oberta de Catalunya. Madrid,

2007.

LA RUE, Frank. Promotion and protection of all human rights, civil, political,

economic, social and cultural rights, including the right to development

Report of the Special Rapporteur on the promotion and protection of the

right to freedom of opinion and expression. United Nations, General

Assembly,Human Rights Council. 16 May 2011. Fuente:

http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/docs/17session/A.HRC.17.2

7_en.pdf Consultada en: 18 de Octubre de 2013

NORTON, Peter. Introducción a la computación. Sexta Edición. Editorial

McGraw-Hill, México, 2006

PÉREZ LÚÑO, Antonio Enrique. Ensayo de Informática Jurídica. Editorial

Distrihuciones Fontamar, México.

TÉLLEZ VALDÉS, Julio. La protección jurídica de los programas de

computación. Instituto De Investigaciones Jurídicas- Universidad Nacional

Autónoma de México. México, 1989

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Page 15: control jurídico de los ordenadores

Diccionario de la Lengua Española . Real Academia Española, Madrid, 1970

Protección de Datos Personales. Organización de los Estados Americanos.

Departamento de Derecho Internacional. Secretaría de Asuntos Jurídicos.

Fuente: http://www.oas.org/es/sla/ddi/proteccion_datos_personales.asp.

Consultada en: 15 de Octubre de 2013

Regulación Satelital en México, Estudio y acciones . COFETEL. Fuente:

http://www.cft.gob.mx:8080/portal/wp-content/uploads/2013/03/Regulacion_

Satelital_en_Mexico-Estudio_y_Acciones-1er_entregable_rev13_f.pdf

Consultada en: 15 de Octubre de 2013

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