contratos_laborales_esquema
TRANSCRIPT
-
7/31/2019 Contratos_laborales_esquema
1/1
CONCEPTO/
CLASES
A TIEMPO
INDETERMINADOA TIEMPO PARCIAL
Es aquel que celebrado
entre un trabajador y un
empleador, sea de
manera escrita o verbal,
se hace sin sealar
plazo de vencimiento
del contrato .
Su presentacin ante la
Autoridad Administrativa
es optativa.
Son aquellos que estn sustentados en una
modalidad de contrato (temporalidad;
accidentalidad; de servicio u obra especfico).
Entre ellos tenemos a:
1. Temporales:
1.1. De inicio (de la actividad productiva como
posterior apertura de nuevos
establecimientos) u lanzamiento de nueva
actividad empresarial (o incremento de las ya
existentes). Plazo mximo: 3 aos.
1.2. Por necesidades de mercado (atender
incrementos coyunturales -e imprevisibles- de
produccin originados por la variacin
sustancial de la demanda en el mercado. Plazomximo: 5 aos.
1.3.Por reconversin empresarial -sustitucin,
ampliacin o modificacin de actividades
empresariales y, sobre todo, de carcter
tecnolgico-. Plazo mximo: 2 aos.
2. Accidentales:
2.1. Ocasional -necesidades transitorias
distintas de la actividad habitual del
centro de trabajo-. Plazo mximo de 6
meses al ao.
2.2. De suplencia -sustitucin de un
trabajador estable de la empresa, cuyo
vnculo laboral se encontrare
suspendido por alguna causa justificada
o por disposiciones convencionales
aplicables en el centro de trabajo-. NO
tiene duracin mxima, pero el
empleador deber reservar el puesto al
titular, quien conservar todos sus
derechos (readmisin).
2.3. De emergencia -necesidades
promovidas por caso fortuito o fuerza
mayor-. Su duracin depende de la
terminacin de la emergencia.
3. De obra o servicio especfico.
3.1. Especfico (servicio u obra) -
objeto previamente establecido
y con duracin determinada
(cumplimiento del objeto)-.
3.2. Intermitente -necesidades
de la empresa permanentes
pero discontinuas (pueden ser
celerados con un mismo
trabajador -derecho de
preferencial-).
3.3. De temporada -necesidades
propias del giro de la empresa o
establecimiento que se cumplen
solo en determinadas pocas del
ao. Deber constar la duracin
de la temporada, la naturaleza de
la actividad de la empresa y las
labores del trabajador.
*Contratos de exportacin
no tradicional y zonas
francas. Sujetos a cualquier
modalidad.
Pero se deber demostrar:
i) empleador-empresa
industrial de exportacin no
tradicional;ii) expresa causa
objetiva que determin la
contratacin; iii) expresa
duracin del contrato.
---------**Otros contratos sujetos a
modalidad. Debe
demostrarse la causa
temporal de la contratacin.
Su caracterstica principal
es la prestacin de una
jornada menor al 50% de
la jornada mxima legal.
Los trabajadores
contratados bajo esta
modalidad tienen derecho a
todos los beneficios
previstos en normas
laborales, con excepcin
del derecho a la CTS y la
estabilidad laboral.
CONTRATO DE TRABAJO
NO SEALAR LA CAUSA OBJETIVA Y LA TEMPORALIDAD -en el caso que hubiese- DE LOS CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD ORIGINA SU
DESNATURALIZACIN.
Acuerdo de voluntades entre dos partes, por el cual uno se ellos se compromete aprestar sus servicios en forma personal y remunerada -trabajador- y la otra que se obliga al pago de la
remuneracin correspondiente -empleador-, y que en virtud de un vnculo de subordinacin goza de las facultades de dirgir, fiscalizar y sancionar los servicios prestados (dependencia).
SUJETOS A MODALIDAD/PLAZO FIJO O PLAZO DETERMINADO