contrato de consorcio

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ESCUELA ACADÉMICA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD TARAPOTO – PERÚ 2011 CONTABILIDAD GERENCIAL DOCENTE : C.P.C. RUBEN CHONG RENGIFO ESTUDIANTES : -Paredes Paredes Anthony Patrick - Tuesta Estrella José Iván CURSO DE COMPLEMENTACION ACADEMICA CONTRATO DE CONSORCIO

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Page 1: Contrato de Consorcio

ESCUELA ACADÉMICA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

TARAPOTO – PERÚ

2011

CONTABILIDAD GERENCIALDOCENTE : C.P.C. RUBEN CHONG RENGIFO

ESTUDIANTES : -Paredes Paredes Anthony Patrick- Tuesta Estrella José Iván

CURSO DE COMPLEMENTACION ACADEMICA

CONTRATO DE CONSORCIO

Page 2: Contrato de Consorcio

EL CONTRATO DE CONSORCIO

INTRODUCCIÓN

En el Perú se estima que existen más de tres millones de micro empresas y que el 75% de ellas son informales. Uno de los principales problemas que enfrentan estas micro empresas es su inserción atomizada en los mercados. Siendo a su vez, este problema el que explicaría un conjunto de limitaciones

LIMITACIONES •Bajo poder de negociación en la compra de insumos y en la venta de productos• Difícil acceso a nuevas tecnologías • Nulas condiciones para la innovación de productos • Difícil acceso a financiamiento de la banca formal • Escasas facilidades para adquirir bienes de capital • Grandes dificultades para acceder a capacitación y asistencia técnica • Costos de gestión relativamente muy altos

Page 3: Contrato de Consorcio

EL CONTRATO DE CONSORCIO

I. Aspectos Básicos del Contrato de Consorcio

II. Formalidad del Contrato de Consorcio

III. El Contrato de Consorcio sin Contabilidad Independiente

IV. Operatividad del Contrato de Consorcio

V. Ventajas del Contrato de Consorcio

VI. Obligaciones tributarias, laborales y otros

Page 4: Contrato de Consorcio

Aspectos Básicos del Contrato de Consorcio

¿Qué es y para qué sirve un Contrato de Consorcio?

DEFINICIÓN: Un Contrato es un acuerdo de dos o más partes para realizar un acto o un negocio.

Page 5: Contrato de Consorcio

Aspectos Básicos del Contrato de Consorcio

¿Qué es el Consorcio?

DEFINICIÓN: El Consorcio es un contrato por medio del cual dos o más personas se asocian para desarrollar uno o varios negocios.Sus principales características son:

- Consta por escrito

- No nace una persona jurídica

- No se inscribe en los Registros Públicos

- Cada integrante mantiene la propiedad de sus bienes y su independencia.

Page 6: Contrato de Consorcio

Aspectos Básicos del Contrato de Consorcio

¿Para qué sirve un Consorcio?

Un consorcio puede servir para muchas cosas, pero en el caso concreto, servirá para:

- Efectuar compra de insumos o contratar servicios en común.

- Efectuar la venta de la producción en común.

El consorcio por lo tanto, sirve para unirse y ser fuertes en la “compra” como en la “venta”.

Page 7: Contrato de Consorcio

Aspectos Básicos del Contrato de Consorcio

¿Dónde está regulado el Contrato de Consorcio?

El Consorcio se encuentra regulado en la Ley 26887 denominada “Ley General de Sociedades” que está vigente desde hace más de 10 años. Esta Ley brinda a las personas, distintas alternativas para poder trabajar unidas y, una de esas alternativas es el CONSORCIO.

Page 8: Contrato de Consorcio

Aspectos Básicos del Contrato de Consorcio

¿Cuántos productores debemos ser para celebrar un Contrato de Consorcio?

Para celebrar un Contrato de Consorcio, basta que estén de acuerdo dos productores. No es necesario más, sin embargo, mientras más consorciados existan, se podrán alcanzar mayores beneficios en menos tiempo..

Page 9: Contrato de Consorcio

Aspectos Básicos del Contrato de Consorcio

¿Qué nombre reciben las personas que celebran el Contrato de Consorcio?

A las personas o empresas que celebran un Contrato de Consorcio se les identifica como CONSORCIADOS o PARTICIPES y al consorciado que se encarga de efectuar las compras y las ventas comunes y en general, de actuar como administrador del consorcio se le llama CONSORCIADO OPERADOR.

Page 10: Contrato de Consorcio

Aspectos Básicos del Contrato de Consorcio

¿Qué derechos y obligaciones tiene un consorciado?

a) Tienen derecho a:

Mantener su autonomía y la propiedad de sus bienes.

Exigir que se cumpla con lo

establecido en el contrato de consorcio.

Decidir sobre aspectos que tengan que ver con el desarrollo de la actividad comercial.

Estar debidamente informados de las operaciones realizadas independientemente o en forma colectiva a través del consorciado operador.

El reparto de las ganancias producto del negocio por el cual decidieron asociarse.

Page 11: Contrato de Consorcio

Aspectos Básicos del Contrato de Consorcio

¿Qué derechos y obligaciones tiene un consorciado?

b) Están obligados a: Llevar a cabo las actividades que le corresponde desarrollar.

Coordinar su respectiva actividad con los demás consorciados.

Asignar los bienes que se requieran para el desarrollo del consorcio, conservando la propiedad de los mismos.

Cumplir con todos los términos del contrato.

Page 12: Contrato de Consorcio

Formalidad del Contrato de Consorcio

¿Qué formalidades se necesitan seguir para la celebración del Contrato de Consorcio?

Resulta sumamente sencillo conformar un Consorcio, pues para ello bastará que las personas que decidan unirse firmen un documento, denominado “Contrato de Consorcio”.

Page 13: Contrato de Consorcio

Formalidad del Contrato de Consorcio

¿Qué debe contener un Contrato de Consorcio?

El contenido de un Contrato de Consorcio depende de lo que los consorciados deseen regular.

Page 14: Contrato de Consorcio

Formalidad del Contrato de Consorcio

¿Qué debe contener un Contrato de Consorcio?

Usualmente contempla:

a) Los datos de identidad de cada uno de los participantes (consorciados).

b) La decisión de los consorciados de celebrar el contrato de consorcio.

c) La finalidad del consorcio, es decir, para qué se está creando el consorcio.

d) La duración del Consorcio. Puede ser un plazo determinado (1, 2, 3, 4, 7, 20, años, etc.) o puede ser indeterminado. Bastaría que se coloque que el Consorcio tiene plazo indeterminado.

Page 15: Contrato de Consorcio

Formalidad del Contrato de Consorcio

¿Qué debe contener un Contrato de Consorcio?

e) Designación de un administrador-operador.

f) Bienes que asignarán los consorciados al consorcio.

g) Monto que cada consorciado recibirá como producto de las ganancias.

h) Forma cómo se afrontarán las pérdidas.

i) Normas en relación a la adopción de acuerdos en la administración del Consorcio.

j) Mecanismos para la solución de conflictos.

Page 16: Contrato de Consorcio

Formalidad del Contrato de Consorcio

¿Cuánto tiempo demora celebrar un Contrato de Consorcio?

Una vez que se tienen claras todas las condiciones sobre las cuales se regirá el Consorcio, la elaboración y celebración no debería superar de unas cuantas horas. Sin embargo, los trámites previos a su celebración podrían tomar más tiempo, tales como la inscripción ante la SUNAT de los partícipes, el pacto de condiciones previas, entre otros.

Page 17: Contrato de Consorcio

Formalidad del Contrato de Consorcio

¿Cuánto cuesta celebrar un Contrato de Consorcio?

Dado que no es necesario el asesoramiento ni la firma de un abogado, el costo de celebrar un Contrato de Consorcio, se reduce a: 1) El tiempo que invierten las partes interesadas en ponerse de acuerdo, 2) el costo de la impresión de los ejemplares del contrato y 3) el costo de la legalización de firmas, si se desea hacerlo.

Page 18: Contrato de Consorcio

Formalidad del Contrato de Consorcio

Una vez celebrado el contrato, ¿Debe inscribirse en Registros Públicos?

No. Los contratos de consorcio no se inscriben en Registros Públicos. Es suficiente que consten por escrito.

Page 19: Contrato de Consorcio

El Contrato de Consorcio sin Contabilidad Independiente

¿El consorcio es una persona jurídica independiente?

No. Como ya lo hemos dicho el consorcio es un contrato. Cuando se celebra este contrato no nace una persona jurídica independiente y distinta de sus integrantes, como sí sucede cuando los socios constituyen una S.A. o S.R.L. o una Cooperativa y se inscribe en Registros Públicos.

Page 20: Contrato de Consorcio

El Contrato de Consorcio sin Contabilidad Independiente

¿Qué es para efectos tributarios, un Contrato de Consorcio?

Si bien, tal como ha sido relatado, para efectos comerciales en el Contrato de Consorcio no se crea una persona jurídica, sino que simplemente se opera de manera conjunta (normalmente a través de un representante), para efectos tributarios por regla general, el contrato de consorcio es considerado un contribuyente independiente (con RUC propio).

Page 21: Contrato de Consorcio

El Contrato de Consorcio sin Contabilidad Independiente

¿Qué es un Contrato de Consorcio “sin contabilidad independiente”?

Teniendo en cuenta esto, la norma tributaria ha permitido una excepción a la regla, precisando que si el Contrato de Consorcio no tiene una duración mayor a los 3 años, el contrato para efectos tributarios se guía por la norma comercial, es decir no se crea un persona jurídica o un contribuyente independiente.

Page 22: Contrato de Consorcio

El Contrato de Consorcio sin Contabilidad Independiente

¿Cuál es el plazo máximo del Contrato de Consorcio?

Si bien es cierto que, el Contrato de Consorcio no tiene una limitación en el tiempo, debemos recordar que la norma tributaria requiere que el mismo no dure más de tres años para que no se considere que ese contrato genera una persona jurídica independiente, tal como ha sido explicado en el punto anterior.

Page 23: Contrato de Consorcio

El Contrato de Consorcio sin Contabilidad Independiente

¿Debo comunicar a la SUNAT la celebración del contrato de consorcio?

A efectos de que el Consorcio no genere –para efectos tributarios- un contribuyente independiente, se requiere que el contrato sea puesto en conocimiento de SUNAT dentro de los 5 días hábiles siguientes a su celebración.

Page 24: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Cómo opera el Contrato de Consorcio sin contabilidad independiente cuando compra o vende?

Cuando el Contrato de Consorcio sin contabilidad independiente opera con terceros (proveedores o clientes) lo hace mediante la intervención del consorciado operador (productor designado operador (administrador)). En estricto, el operador representa a cada uno de los consorciados (incluso a él mismo).

Page 25: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Qué sucede cuando se compra un bien utilizando el Contrato de Consorcio… quién será el propietario del mismo?

En el Contrato de Consorcio cuando se produce la compra de algún bien, el mismo será de propiedad de todos los consorciados, es decir, serán copropietarios. Cada uno será propietario en la proporción que hayan contribuido para adquirir el bien.

Page 26: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Qué sucede cuando se compra un bien utilizando el Contrato de Consorcio… quién será el propietario del mismo?

En el Contrato de Consorcio cuando se produce la compra de algún bien, el mismo será de propiedad de todos los consorciados, es decir, serán copropietarios. Cada uno será propietario en la proporción que hayan contribuido para adquirir el bien.

Page 27: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Cómo se asumen las pérdidas en el Contrato de Consorcio?

Puede darse el caso que en lugar de que existan ganancias, se haya producido pérdidas. Por ello, es importante tener muy en claro cómo se afrontarán estas pérdidas.

Page 28: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Cómo se asumen las pérdidas en el Contrato de Consorcio?

Existen dos posibilidades:

a) Que el Contrato no señale nada al respecto. En ese caso, se entiende que cada consorciado afrontará las pérdidas de la misma forma como disfrutaron de las ganancias.

b) Que el Contrato sí lo señale. En este caso hay muchas posibilidades. Depende de lo que deseen acordar las partes.

Page 29: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Quién administra el Contrato de Consorcio sin contabilidad independiente, existe algún régimen administrativo?

El encargado de administrar y representar a los productores consorciados es el Consorciado Operador. Cabe precisar que si bien la administración recae sobre el Operador, este puede contratar a terceros para la ejecución de las funciones propias de la administración.

Page 30: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Cómo se modifica un Contrato de Consorcio?

Al igual que en cualquier otro tipo de Contrato, si las partes desean efectuar alguna modificación, deberán hacerlo a través de un documento adicional denominado “Adenda”.

Page 31: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Cómo ingreso y cómo me retiro de un Contrato de Consorcio?

INGRESO Ingresar a formar parte de un Consorcio puede hacerse en dos momentos: a) Al firmarse el Contrato, es decir, si soy parte de ese grupo de personas que quieren iniciar un Consorcio. b) Posterior a la firma del Contrato, es decir, si conozco que ya existe un Consorcio y me interesa formar parte de él. En ese caso y si los consorciados están de acuerdo permitirán mi ingreso que se formalizará con una Adenda o bajo otro mecanismo establecido en el contrato.

RETIRO Un consorciado puede retirarse en la forma y en los casos que establezca el contrato.

Page 32: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Cómo finaliza un Contrato de Consorcio?

El Contrato de Consorcio puede finalizar por varios motivos:

a) Cuando se cumple el plazo

b) Si se hace imposible el desarrollo del negocio

c) Si las partes del Consorcio se reducen a una

d) Por decisión de los Consorciados

e) Por conclusión del objeto del contrato

Page 33: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Cómo se resuelven las controversias entre los miembros de un Consorcio?

Las controversias pueden solucionarse de dos formas:

a) Convocando a una reunión y conversando, intercambiando ideas, proponiendo soluciones, alternativas, es decir, en una palabra: dialogando. Esto, es lo más aconsejable, aunque las negociaciones duren mucho tiempo.

Page 34: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Cómo se resuelven las controversias entre los miembros de un Consorcio?

Las controversias pueden solucionarse de dos formas:

b) Si fallan las negociaciones y las personas en conflicto no logran ponerse de acuerdo, la controversia tendrá que ser resuelta por una tercera persona:

- El Poder Judicial o; - Un árbitro.

Page 35: Contrato de Consorcio

Operatividad del Contrato de Consorcio

¿Cómo se resuelven las controversias entre los miembros de un Consorcio?

Las controversias pueden solucionarse de dos formas:

b) Si fallan las negociaciones y las personas en conflicto no logran ponerse de acuerdo, la controversia tendrá que ser resuelta por una tercera persona:

- El Poder Judicial o; - Un árbitro.

Page 36: Contrato de Consorcio

Ventajas del Contrato de Consorcio

¿Por qué me conviene celebrar un Contrato de Consorcio?

Un Contrato de Consorcio permite a los productores operar de manera conjunta, sin que ello implique asumir mayores cargas tributarias (ya sean económicas o formales). Es decir, permite que los beneficios de la asociatividad se manifiesten sin que se generen sobrecostos importantes.

Page 37: Contrato de Consorcio

Ventajas del Contrato de Consorcio

¿Cuáles son los regímenes que benefician a los productores?

Los principales regímenes que actualmente benefician a los productores agropecuarios son: Las Normas de Promoción del Sector Agrario, el RUS y el RER.

Page 38: Contrato de Consorcio

Ventajas del Contrato de Consorcio

¿Cuáles son los regímenes que benefician a los productores?

Los principales regímenes que actualmente benefician a los productores agropecuarios son: Las Normas de Promoción del Sector Agrario, el RUS y el RER.

Page 39: Contrato de Consorcio

Ventajas del Contrato de Consorcio

¿Cómo operarían los consorciados considerando los regímenes tributarios beneficiosos?

A continuación presentaremos un diagrama de cómo opera un consorcio teniendo en cuenta los regímenes tributarios beneficiosos a los que pueden acceder los consorciados (Normas de Promoción del Sector Agrario, RUS y RER):

Page 40: Contrato de Consorcio

Ventajas del Contrato de Consorcio

Page 41: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

¿Qué Obligaciones Tributarias deben cumplir por un lado los consorciados y por el otro, el Consorciado Operador?

Los productores consorciados deberán:

- Inscribirse en el RUC, acogiéndose a algún régimen tributario beneficioso, o, reclasificar su inscripción (por ejemplo, del régimen general al RUS) al régimen tributario más conveniente.

Page 42: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

- Emitir las guías de remisión en cada oportunidad que se envíen los productos al punto de venta.

- Tributar conforme al régimen tributario en el que se encuentren. En efecto, una vez que el consorciado operador reparte gastos e ingresos, el consorciado debe declarar y pagar cumpliendo con el Impuesto a la Renta y el IGV de ser el caso.

Page 43: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

El productor operador (consorciado operador) deberá:

- Inscribirse en el RUC, acogiéndose en algún régimen tributario beneficioso, o, reclasificar (por ejemplo del Régimen General al RER) su inscripción en el régimen tributario más conveniente.

Page 44: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

- Emitir las guías de remisión en cada oportunidad que envíe los productos al punto de venta.

- Emitir el comprobante de venta (boleta o factura) en cada oportunidad que realice una venta a los clientes.

- Emitir mensualmente los Documentos de Atribución a cada uno de los productores consorciados distribuyendo los gastos e ingresos correspondientes a cada productor.

Page 45: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

- Efectuar el registro de sus operaciones en su contabilidad, cuidando de registrar los Documentos de Atribución en el Registro Auxiliar para Documentos de Atribución del consorcio.

- Tributar conforme al régimen tributario en el que se encuentren. En efecto, una vez que el consorciado operador reparte gastos e ingresos, mantendrá un resultado propio debido a que él también forma parte del Consorcio como consorciado, el cual debe declarar y pagar cumpliendo con el Impuesto a la Renta y el IGV de ser el caso.

Page 46: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

¿Cuáles son los pasos que debemos seguir ante la SUNAT al crear un Consorcio?

Para poder cumplir con cada una de las formalidades descritas en los puntos anteriores, es necesario que antes de iniciar las operaciones, se lleven a cabo los siguientes pasos:

Page 47: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

¿Cuáles son los pasos que debemos seguir ante la SUNAT al crear un Consorcio?

PRIMER PASO:

Verificar si los productores se encuentran registrados ante SUNAT y, de estarlo, revisar en qué régimen han sido inscritos –Régimen General, RUS o RER-. (Es indispensable que todos los intervinientes sean formales!!!)

Page 48: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

¿Cuáles son los pasos que debemos seguir ante la SUNAT al crear un Consorcio?

SEGUNDO PASO:

Inscribir o reclasificar a los productores en los Regímenes que más convenga a cada uno de ellos.

Page 49: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

¿Cuáles son los pasos que debemos seguir ante la SUNAT al crear un Consorcio?

TERCER PASO:

Comunicación de la celebración del contrato sin contabilidad independiente a la SUNAT.

Page 50: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

¿Cuáles son los pasos que debemos seguir ante la SUNAT al crear un Consorcio?

CUARTO PASO:

Implementación de obligaciones formales DEL CONSORCIADO OPERADOR ANTE LA SUNAT: - Declaración de Establecimiento Anexo

- Autorización de emisión de boletas

- Autorización de emisión de facturas

- Autorización de emisión de Guías de Remisión

- Autorización de emisión de Documentos de Atribución

- Apertura y Legalización de Libros Contables

Page 51: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

¿Cuáles son los pasos que debemos seguir ante la SUNAT al crear un Consorcio?

QUINTO PASO: Implementación de obligaciones formales de los DEMÁS CONSORCIADOS. - Declaración de Establecimiento Anexo

- Autorización de emisión de Guías de Remisión

Page 52: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

¿Una vez cumplidos los pasos que debemos seguir ante la SUNAT, cómo se procedería mensualmente?

Conforme ha sido descrito, al final del mes el Consorciado Operador y los Productores Consorciados deberán tributar independientemente por concepto de Impuesto a la Renta e IGV, de ser el caso.

Page 53: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

¿Ante INDECOPI, los consorcios tienen alguna obligación?

Si el negocio por el cual se crea el Consorcio, generará un producto que será comercializado y los consorciados consideran importante colocar a ese producto una marca que distinga a sus productos y que los vaya haciendo conocidos en el mercado, es recomendable que inscriban la marca elegida en el INDECOPI a nombre de todos los consorciados.

Page 54: Contrato de Consorcio

Obligaciones tributarias, laborales y otros

¿Cómo deberá llevar el operador del Consorcio su contabilidad?

Conforme lo hemos señalado, el Contrato de Consorcio sin Contabilidad independiente, si bien no requiere llevar los libros y registros contables que corresponden a todo contribuyente (ello debido a que no se considera la existencia de un contribuyente independiente), sí genera que quien sea el Operador del contrato, incluya dentro de su contabilidad las operaciones que correspondan al referido Contrato.

Page 55: Contrato de Consorcio

CASOS PRACTICOS

Page 56: Contrato de Consorcio

ANEXOS

Page 57: Contrato de Consorcio

VIDEOS

Page 58: Contrato de Consorcio

GRACIAS POR SU ATENCION