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. \ \J CONTRATO DE ARRENDAMIENTO-JUZGADO MIXTO DE MAGDALE NA, SONORA STJ-OM-CA-15-005 CONTRATO DE ARRENDAMIEN TO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA C. MARTHA ADRI ANA CRUZ DE LA ROSA, A QUIEN EN LO SUCESI VO SE LE DENOMINARÁ " EL ARRENDADOR" Y POR LA OTRA EL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, REPRESENTADO POR LA C. LICENCI ADA JOSEFINA A. SAN CHEZ REYES, OFICIAL MAYOR DEL PROPIO CUERPO COLEGI ADO, CON DOMICILI O EN PASEO RÍO SONORA SUR Y COMONFORT, CENTRO DE GOBIERNO " EDIFI CIO HERMOSILLO" TERCER NIVEL, EN HERMOSILLO, SONORA, A QUIEN EN LO S UCESIVO SE LE DENOMINARA "EL ARRENDATARIO" AL TENOR DE LAS S IGUI E NTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: • • • • • · • • • • • • • • • • • • • • · · · • • • · · • • · · • • • • • • • • · • • · · • • ··············· · ······· · ········ · ··- DECLARACIONES·························· 1.- Declara "EL ARRENDADOR": - ------------------- - -- --- -- ------------ 1. - Se r propietario del terreno y construcción ubicado en Aven i da 16 de Septiembr e y Calle Dr. Lanz número 400-1 , Colonia Centro, en Magdalena, Sonora. - --------- -- -- -- -- 2.- Encontrarse en disposición de a rrendar " EL INMUEBLE" para ser ocupado exclusivam ente como oficinas, sin que exista ningún impedimento para ello. ----------------- 3.- Tener la capaci dad jurídica pa ra contrat ar y obligarse en los término s del prese n te in strumen to jurídico . - ------ --- --- --- --- -- -- -- -- -- -- -- -- ------- -- -- -- -- 11. -Declara"ELARRE NDATARIO": ---- --------------------------------- --- 1 .- Que de conformi dad con la fracc i ón 1 del Artí culo 97 de la ley Orgánica del Poder Jud i cial del Estado de Sonora , la Oficialía Mayor es un órgano auxiliar admin i strativo del H. Supre mo Tri bu n al de Justicia del Estado. ------- -------- -- -- -- -- ---- --- - --- ---- -- -- --- ---- -- --- --- 2.- Que la Oficialía Mayor tiene facultades suficien tes para obligar a " EL ARRENDATARI O" en l os términos y cond i ciones de este in strumento, de acuerdo con lo establ ecido en el Artí culo 98, fracciones Vil y IX de la propia Ley Orgánica del Pode r Judicial del Es tad o. - ------------ 3.- Que en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 1 997, el Pl eno del H. S upremo T ribun al de Justicia del Estado designó a la Li c. Josefina A. Sánchez Reyes como Oficial Ma yor del propio Supremo Tribunal de Justicia, con efectos a partir del día 17 del mismo mes y año. - -------- 4. - Que para cubrir l as erogaciones que se de ri ven del presente contrato , el Supremo Tribun al de Justicia destinará recursos de su propio Presupuesto de Egresos . - - -- -- -- -- -------- ---- - 5.- Que para la e jecución de los programas que tiene a su cargo "EL ARRE NDATARIO" requiere contratar un local en a rrendamiento en la Ciudad de Magdalena, Sono ra, para alber gar al Juzgado de Primera Instancia Mixto de ese Distrito Judicial, y ha decidido tomar en arrendamiento el inmueble descrito en el presente contrato por conside rar que es adecuado para l os fines que persigue. Vistas las anteriores declaraciones, l as partes están de acuerdo en celebrar el prese nte contrato de . arrendamiento de conformidad con las siguientes:- ------------ -- --- -- -- -- -- -- -- f CLAUSULA S: PRIMERA"E L ARRENDADOR" entrega en arrendamiento a " EL ARRENDATARIO" , el bi en inmueble ubicado en Avenida 16 de Septiembr e y ; le m ero 400- 1, Colo nia Centro, en

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CONTRATO DE ARRENDAM IENTO -JUZGADO

MIXTO DE MAGDALENA, SONORA

STJ-OM-CA-15-005

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA C. MARTHA ADRIANA CRUZ DE LA ROSA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ARRENDADOR" Y POR LA OTRA EL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, REPRESENTADO POR LA C. LICENCIADA JOSEFINA A. SANCHEZ REYES, OFICIAL MAYOR DEL PROPIO CUERPO COLEGIADO, CON DOMICILIO EN PASEO RÍO SONORA SUR Y COMONFORT, CENTRO DE GOBIERNO "EDIFICIO HERMOSILLO" TERCER NIVEL, EN HERMOSILLO, SONORA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL ARRENDATARIO" AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: • • • • • · • • • • • • • • • • • • • • · · · • • • · · • • · · • • • • • • • • · • • · · • •

··············· · ······· · ········ · ··- DECLARACIONES··························

1.- Declara "EL ARRENDADOR": - ------------------- - -- - - - -- - - - - - - - - - - - -

1.- Ser propietario del terreno y construcción ubicado en Avenida 16 de Septiembre y Calle Dr. Lanz número 400-1 , Colonia Centro, en Magdalena, Sonora. - - - - - - - - - - -- - - -- - -2.- Encontrarse en disposición de arrendar "EL INMUEBLE" para ser ocupado exclusivamente como oficinas, sin que exista ningún impedimento para ello. - - - - - - - - - - - - - - - - -3.- Tener la capacidad jurídica para contratar y obligarse en los términos del presente instrumento jurídico. - - - - - - - --- - - - --- - - - -- -- -- -- -- -- - - -- - - - - - - - -- - - -- - -

11.-Declara"ELARRENDATARIO": ---- --------------------------------- ---

1.- Que de conformidad con la fracción 1 del Artículo 97 de la ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sonora, la Oficialía Mayor es un órgano auxiliar administrativo del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado. ------- - - - - - - - - -- - - -- - - ---- --- - --- ---- -- -- --- - - - - -- --- - - -

2.- Que la Oficialía Mayor tiene facultades suficientes para obligar a "EL ARRENDATARIO" en los términos y condiciones de este instrumento, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 98, fracciones Vil y IX de la propia Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. - - - - - - - - - - - - -

3.- Que en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 1997, el Pleno del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado designó a la Lic. Josefina A. Sánchez Reyes como Oficial Mayor del propio Supremo Tribunal de Justicia, con efectos a partir del día 17 del mismo mes y año. - - - - - - - - -

4.- Que para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, el Supremo Tribunal de Justicia destinará recursos de su propio Presupuesto de Egresos. - - -- -- -- -- - - - - - - - - ---- -

5.- Que para la ejecución de los programas que tiene a su cargo "EL ARRENDATARIO" requiere contratar un local en arrendamiento en la Ciudad de Magdalena, Sonora, para albergar al Juzgado de Primera Instancia Mixto de ese Distrito Judicial, y ha decidido tomar en arrendamiento el inmueble descrito en el presente contrato por considerar que es adecuado para los fines que persigue.

Vistas las anteriores declaraciones, las partes están de acuerdo en celebrar el presente contrato de . arrendamiento de conformidad con las siguientes:- - - - - - - - - - - - - -- --- -- -- -- -- -- - -f

CLAUSULA S:

PRIMERA.· "EL ARRENDADOR" entrega en arrendamiento a "EL ARRENDATARIO", el bien inmueble ubicado en Avenida 16 de Septiembre y; le ~anz número 400-1, Colonia Centro, en

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO JUZGADO MIXTO DE MAGDALENA, SON ORA

STJ-OM -CA- 15-005

Magdalena, Sonora, quien lo recibe a su entera conformidad, obligándose a destinarlo al uso exclusivo de oficina.--- ------- - ---------- - -- -- ----- -- -- -- ---- --- --- - --- - ------- - -----

SEGUNDA.- Por el arrendamiento a que se refiere la cláusula anterior, "EL ARRENDATARIO" se obliga a cubrir a "EL ARRENDADOR" durante la vigencia del presente contrato, por concepto de renta mensual la cantidad de $15,462.24 (QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 24/100 M.N .) más lo que resulte de aplicar el 16% del Impuesto al Valor Agregado y disminuir el 10% por concepto de Retención de Impuesto Sobre la Renta, de acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes, mismo que se deberá pagar dentro de los primeros diez días de cada período rentístico. Previo al pago "EL ARRENDADOR" deberá entregar a "EL ARRENDATARIO" el comprobante correspondiente con todos los requisitos que en materia civil y fiscal exijan las leyes correspondientes a nombre del Gobierno del Estado de Sonora, con Registro Federal de Contribuyentes GES-790913-CTO y domicilio Doctor Páliza y Comonfort. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

TERCERA.- "EL ARRENDATARIO" se obliga en los términos de los artículos 2695 fracción 1 y 2697 del Ordenamiento Legal ante invocado, a satisfacer el pago de la renta en la · forma y tiempo convenidos, en el domicilio del "ARRENDADOR", sito en Calle Guadalupe Osario Ward No. 606, Colonia San Martín de Magdalena, Sonora.------------ - -- ----- - ------------ -- ------ -

CUARTA.- Ambas partes convienen que la duración de este contrato será del día primero de enero al treinta y uno de diciembre del dos mil quince, pudiéndose renovar por períodos adicionales si así lo requiere el "ARRENDATARIO" y si lo acepta "EL ARRENDADOR". En caso de que las partes no deseen renovar el presente contrato darán aviso a la otra parte con un mes de anticipación al vencimiento del mes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -QUINTA.- "EL ARRENDATARIO" está obligado a destinar el bien inmueble objeto del arrendamiento solamente al uso convenido, dando motivo en caso de incumplimiento a la rescisión del presente contrato en los términos de los artículos 2695 Fracción 11 1, 2761 Fracción IV y 2770 del Código Civil para el Estado de Sonora. -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -

SEXTA.- Está prohibido al "ARRENDATARIO, de conformidad con el artículo 2751 del Ordenamiento Legal antes mencionado, traspasar o subarrendar en todo o en parte el bien objeto del presente contrato, sin consentimiento por escrito del "ARRENDADOR", y en caso de incumplimiento dará lugar a la rescisión del presente contrato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEPTIMA.- "El ARRENDATARIO" queda expresamente autorizado para hacer por su propia cuenta toda clase de divisiones interiores y modificaciones apropiadas para la instalación de sus oficinas, en

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1 ~~t~~·~- PODER JUDIC IAL 1 CONTRATO DE ARRENDAMIENT01UZGADO 1

1 l~~ ou_ r;;;·moo DE SO NOK·\ 1 MIXTO DE MAGDALENA, SONORA 1

. L_____ STJ-OM-CA-15-0~~--------_1

el entendido de que una vez concluido el contrato, podrá retirar todas las instalaciones y equipos que sean susceptibles de hacerse, sin que se cause deterioro al inmueble. ----------------------

OCTAVA.· Correrá por cuenta del "ARRENDATARIO" el pago del consumo de energía eléctrica y suministro de agua, debiendo al momento de la desocupación del inmueble demostrar encontrarse al corriente en el pago de dichos servicios. - - -- --- - - - - ---- - - - -- - - - - - - --------- - - - - - - - - -

NOVENA.· "EL ARRENDATARIO", renuncia expresamente al derecho de prórroga que le concede el artículo 2763 del Código Civil del Estado de Sonora, por lo que al término del presente contrato deberá dejar el bien inmueble materia del arrendamiento, debidamente desocupado, sin necesidad de juicio de desahucio, en los términos del artículo 2762 del multimencionado Ordenamiento Legal. -------

DECIMA.· Las partes convienen expresamente que si al vencimiento del presente contrato no se celebra uno nuevo, y "EL ARRENDATARIO" continúa en el uso y goce de la finca arrendada con oposición del "ARRENDADOR, la mensualidad rentística aumentará automáticamente en una cantidad que no será superior al incremento del porcentaje autorizado para los salarios mínimos de la zona correspondiente, hasta en tanto el bien inmueble arrendado sea debidamente desocupado y entregado "AL ARRENDADOR", sin que por este hecho se entienda que se ha prorrogado el mismo.

DECIMOPRIMERA.· Ambas partes convienen en que el local arrendado se entrega y recibe en buen estado de uso y conservación. Al término del presente contrato, "EL ARRENDATARIO" se obliga a entregar el inmueble íntegro en las mismas buenas condiciones en las que lo recibió, cons iderando el desgaste normal razonable y natural derivado del uso para el cual fue arrendado. "EL ARRENDADOR" no podrá efectuar reclamaciones posteriores por daños al inmueble una vez que éste sea dado por entregado al término del presente contrato. - -- - - - - - - - - - - - - - - - - -

DECIMO SEGUNDA.- Será por cuenta exclusiva de "EL ARRENDADOR" el pago de cualquier impuesto referente a "EL INMUEBLE" - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - -

DECIMO TERCERA.- En caso de fallecimiento de "EL ARRENDADOR" el presente contrato continuará su vigencia exactamente en los mismos términos pactados. - - - - -- - -- - - - - - -

DECIMO CUARTA.· Las partes reconocen el contenido y fuerza legal del presente contrato y se obligan a estar y pasar por él en todo tiempo y lugar, ren unciado al fuero que en el futuro pudiera corresponderles y para su interpretación y cumplimiento del mismo se sujetan a la competencia de los Tribunales de la ciudad de Hermosillo, Sonora. ------------------------------- _-----

DECIMOQUINTA.· El inmueble arrendado cuenta con siete aires acondicionados mini spl it, dos aires de ventana, seis persianas de ventana y dos persianas de puerta. - - - -

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[(~~~] PODER JUDICIAL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO -JUZGADO ~~~.~~L DEL b T,\()() [)[ SONOR·\ MIXTO DE MAGDALENA, SONORA

STJ-OM-CA-15-005

LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, POR LAS PARTES QUE EN EL INTERVIENEN Y CONSCIENTES DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS QUE CON EL MISMO CONTRAEN, LO FIRMAN Y RATIFICAN, ANTE LA PRESENCIA DE LOS TESTIGOS EL DÍA CINCO DE ENERO DEL DOS MIL QUINCE, EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, MÉXICO. • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •• • • • •

SUPREMO TRIBUNf L DE JUSTICI'­

HERMOSILLO. SON~

TESTIGOS DE ASISTENCIA