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Contrato 309/ABG/2019. Página 1 de 11 Contrato de Prestación de Servicios por Adjudicación Directa que celebran, por una parte la Universidad Politécnica de Tlaxcala, a quien en lo sucesivo se denominará “La UPTx”, representada en este acto jurídico por el Maestro. Enrique Padilla Sánchez, quien comparece como Rector; por la otra parte la Sociedad Mercantil VIB REMODELA Y EDIFICA Sociedad por Acción Simplificada de Capital Variable, representado por el Arquitecto. José Juan Villegas Bautista, a quien en lo sucesivo se le denominará “El Prestador de Servicios” y a quienes de manera conjunta se les denominara “Las partes” de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas: D E C L A R A C I O N E S. I.- DECLARA “La UPTx”: I.I Que de conformidad con el Artículo 1°, del Decreto de creación número 143, de fecha 25 de noviembre del año 2004, publicado en Periódico Oficial del Gobierno del Estado, es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Gobierno del Estado de Tlaxcala, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es impartir educación superior en sus distintos niveles a través de programas educativos con certificación que respondan a las necesidades de la sociedad y del sector productivo. I.II Que la representación legal de esta casa de estudios recae en su Rector. Maestro. Enrique Padilla Sánchez, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 21, 28, fracciones VII, y XIV, 29, 30, fracciones I, y XII, de la Ley de las Entidades Paraestatales del Estado de Tlaxcala, en concordancia con los diversos 15, 17, y 18, del Decreto de Creación; 23, 25, Fracción X, del Reglamento Interior, y el numeral 1, del Manual de Organización los tres últimos ordenamientos legales vigentes en la Universidad Politécnica de Tlaxcala, como lo acredita con nombramiento de fecha quince de febrero del año dos mil diecinueve, concedido por el Ciudadano. Marco Antonio Mena Rodríguez, Gobernador del Estado de Tlaxcala, debidamente certificado con fecha primero de abril del año dos mil diecinueve, por el Licenciado. Alejandro Moreno Morales, Notario Público número dos de la Demarcación de Zaragoza, Zacatelco Estado de Tlaxcala. I.III. Que señala como su domicilio legal el ubicado en km 9.5 Carretera Federal Tlaxcala-Puebla, Avenida Universidad Politécnica Número Uno, de la Localidad San Pedro Xalcaltzinco, Municipio de Tepeyanco, Tlaxcala, México, Código Postal 90180. I.IV Que se encuentra inscrito ante el Registro Federal de Contribuyentes otorgado por el Servicio de Administración Tributaria, Secretaria de Hacienda y Crédito Público, con clave UPT041125D17.

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Contrato 309/ABG/2019.

Página 1 de 11

Contrato de Prestación de Servicios por Adjudicación Directa que celebran, por una parte la

Universidad Politécnica de Tlaxcala, a quien en lo sucesivo se denominará “La UPTx”, representada

en este acto jurídico por el Maestro. Enrique Padilla Sánchez, quien comparece como Rector; por la

otra parte la Sociedad Mercantil VIB REMODELA Y EDIFICA Sociedad por Acción Simplificada de

Capital Variable, representado por el Arquitecto. José Juan Villegas Bautista, a quien en lo sucesivo

se le denominará “El Prestador de Servicios” y a quienes de manera conjunta se les denominara “Las

partes” de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas:

D E C L A R A C I O N E S.

I.- DECLARA “La UPTx”:

I.I Que de conformidad con el Artículo 1°, del Decreto de creación número 143, de fecha 25 de noviembre

del año 2004, publicado en Periódico Oficial del Gobierno del Estado, es un Organismo Público

Descentralizado de la Administración Pública del Gobierno del Estado de Tlaxcala, con personalidad

jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es impartir educación superior en sus distintos niveles a través

de programas educativos con certificación que respondan a las necesidades de la sociedad y del sector

productivo.

I.II Que la representación legal de esta casa de estudios recae en su Rector. Maestro. Enrique Padilla

Sánchez, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 21, 28, fracciones VII, y XIV, 29, 30,

fracciones I, y XII, de la Ley de las Entidades Paraestatales del Estado de Tlaxcala, en concordancia

con los diversos 15, 17, y 18, del Decreto de Creación; 23, 25, Fracción X, del Reglamento Interior, y el

numeral 1, del Manual de Organización los tres últimos ordenamientos legales vigentes en la Universidad

Politécnica de Tlaxcala, como lo acredita con nombramiento de fecha quince de febrero del año dos mil

diecinueve, concedido por el Ciudadano. Marco Antonio Mena Rodríguez, Gobernador del Estado de

Tlaxcala, debidamente certificado con fecha primero de abril del año dos mil diecinueve, por el

Licenciado. Alejandro Moreno Morales, Notario Público número dos de la Demarcación de Zaragoza,

Zacatelco Estado de Tlaxcala.

I.III. Que señala como su domicilio legal el ubicado en km 9.5 Carretera Federal Tlaxcala-Puebla,

Avenida Universidad Politécnica Número Uno, de la Localidad San Pedro Xalcaltzinco, Municipio de

Tepeyanco, Tlaxcala, México, Código Postal 90180.

I.IV Que se encuentra inscrito ante el Registro Federal de Contribuyentes otorgado por el Servicio de

Administración Tributaria, Secretaria de Hacienda y Crédito Público, con clave UPT041125D17.

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Contrato 309/ABG/2019.

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I.V. El presente contrato se realizó bajo el procedimiento de Adjudicación Directa, mediante dictamen

emitido por el comité de adquisiciones de fecha veintiséis de agosto del año 2019, con los criterios

siguientes:

A. De conformidad con lo que establece el precepto 134, de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicano, 2, 3, 4, fracción IV, VII, XXIII, 6, 7, 9, fracción I, VII, de la Ley General de

Contabilidad Gubernamental, y con lo que establece el acuerdo por el que se da a conocer el

clasificador por objeto del gasto para el estado de Tlaxcala, de conformidad con la Ley General

de Contabilidad Gubernamental, publicado en el periódico oficial del Gobierno del Estado de

Tlaxcala, N° 2 extraordinario, de fecha octubre 14 del año 2016, por el que se establece en el

capítulo 3000, concepto 3500, partida genérica 3510, y partida específica 3511, Conservación y

Mantenimiento Menor de Inmuebles, y con el fin de mantener la armonización con el plan de

cuentas, se asignó a esta cuenta para cubrir los gastos por servicios de conservación y

mantenimiento menor de edificios, locales, terrenos, predios, áreas verdes y caminos de acceso,

propiedad de la nación o al servicio de los entes públicos, cuando se efectúen por cuenta de

terceros incluido el pago de deducibles de seguros.

B. De conformidad con los Artículos 40, 41, 42, 43, 45, 46, y demás relativos aplicables de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Tlaxcala.

II. DECLARA “El Prestador de Servicios”.

II.I. Ser una Sociedad por Acción Simplificada de Capital Variable, debidamente constituida de acuerdo

a las Leyes Mexicanas, como lo demuestra con acta número diez mil cuatrocientos siete, libro tres de

registro, de fecha doce de abril del año dos mil diecinueve suscrito ante la fe del Licenciado. Leonardo

Adolfo Daniel Molina Yano, corredor público número uno de la Plaza del Estado de Tlaxcala,

debidamente inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Tlaxcala,

con numero único de registro 201800238234005V.

II.II.- Tiene por objeto: Construcción de naves y plantas industriales, administración y supervisión de

construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios, construcción de inmuebles

comerciales, institucionales y de servicios, administración y supervisión de construcción de vivienda,

construcción de vivienda unifamiliar, construcción de obras de urbanización servicios de arquitectura de

paisaje y urbanismo, construcción de viviendas multifamiliar, servicios de arquitectura, otras

construcciones de ingeniería civil u obra pesada.

II.III.- Que el Arquitecto José Juan Villegas Bautista, cuenta con las facultades para suscribir este

contrato a nombre de la sociedad mercantil, como lo demuestra con el acta constitutiva número diez mil

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Contrato 309/ABG/2019.

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cuatrocientos siete, libro tres de registro, de fecha doce de abril del año dos mil diecinueve suscrito ante

la fe del Licenciado. Leonardo Adolfo Daniel Molina Yano, corredor público número uno de la Plaza del

Estado de Tlaxcala, debidamente inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del

Estado de Tlaxcala, con numero único de registro 201800238234005V, quien en este acto se identifica

con credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral, con clave de elector

VLBTJN90032421H100, documento que se tiene a la vista, donde aparecen sus rasgos fisonómicos y

se devuelve por ser de uso personal, dejando copia simple para constancia de este documento.

II.IV. Que se encuentra debidamente registrado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con

Registro Federal de Contribuyentes VRE181009540, con domicilio fiscal Avenida Rio Zahuapan número

133, la Trinidad Tepehitec, Tlaxcala, Código Postal, 90115 con lo que justifica encontrarse al corriente

en sus obligaciones fiscales.

III.- Declaraciones conjuntas:

III.I.- Que reconocen el contenido de lo establecido en el Artículo 5, de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, que literalmente dice:

ARTÍCULO 5.- …

El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo,

la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad de la persona por cualquier causa.

Tampoco puede admitirse convenio en que la persona pacte su proscripción o destierro, o en que renuncie temporal o

permanentemente a ejercer determinada profesión, industria o comercio.

III.II.- Que de conformidad con las anteriores declaraciones, reconocen la personalidad y capacidad

legal que ostentan, asimismo conocen el alcance y contenido de este contrato y están de acuerdo en

obligarse conforme las siguientes:

C L Á U S U L A S.

Primera.- Objeto. Por medio del presente “El Prestador de Servicios”, se obliga a realizar los

siguientes trabajos:

EDIFICIO UD4 PLANTA BAJA

PDA DESCRIPCION CANT. UNIDAD PU TOTAL

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Contrato 309/ABG/2019.

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1 DEMOLICION DE MURO DE BLOCK POR MEDIOS MANUALES (LABORATORIO DE MANTENIMIENTO Y CABLEADO ESTRUCTURADO) PLANTA BAJA EDIFICIO UD4, SIN RECUPERACION DE BLOCK, DALAS O CASTILLOS. NO INCLUYE ACARREO, NI APILE DE MATERIAL.

12.48 M2 $136.12 $1,698.80

2 SUMINISTRO Y COLOCACION DE PLAFONES MODULARES DE 61x61CON SUSPENSION M2 ALUMINIO PINTADO, INCLUYE COLGANTES DE ALAMBRE GALVANIZADO, HERRAMIENTA, DESPERDICIOS Y MANO DE OBRA. MANO DE OBRA

4.8 M2 $378.39 $1,816.26

3 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PISO DE CERÁMICA DE 33X33 CM. VITROMEX MODELO DOS AMÉRICAS COLOR BLANCO, ASENTADO CON PEGAPISO COLOR GRIS Y JUNTEADOR COLOR GRIS MARCA PERDURA. (LABORATORIO DE MANTENIMIENTO Y CABLEADO ESTRUCTURADO) PLANTA BAJA EDIFICIO UD4

1.584 M2 $348.39 $551.85

EDIFICIO UD4 PLANTA ALTA

4 DEMOLICION DE MURO DE BLOCK CON MEDIOS MANUALES,(AULA 11, ING. BIOTECNOLOGIA),PLANTA ALTA, SIN RECUPERACION DE BLOCK, DALAS O CASTILLOS.NO INCLUYE ACARREO, NI APILE DE MATERIAL

18.98 M2 $136.12 $2,583.59

5 SUMINISTRO Y COLOCACION DE PLAFONES MODULARES DE 61x61CON SUSPENSION M2 ALUMINIO PINTADO, INCLUYE COLGANTES DE ALAMBRE GALVANIZADO, HERRAMIENTA, DESPERDICIOS Y MANO DE OBRA. MANO DE OBRA

7.3 M2 $378.39 $2,762.23

6 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PISO DE CERÁMICA DE 33X33 CM. VITROMEX MODELO DOS AMÉRICAS COLOR BLANCO, ASENTADO CON PEGAPISO COLOR GRIS Y JUNTEADOR COLOR GRIS MARCA PERDURA. (AULA 11, ING BIOTECNOLOGIA) PLANTA ALTA EDIFICIO UD4

2.409 M2 $348.39 $839.27

EDIFICIO UD3 PLANTA ALTA

7 DEMOLICION DE MURO DE BLOCK CON MEDIOS MANUALES, (AULA 10, ING.MECATRONICA) PLANTA ALTA, SIN RECUPERACION DE BLOCK, DALAS O CASTILLOS.NO INCLUYE ACARREO, NI APILE DE MATERIAL

18.98 M2 $136.12 $2,583.59

8 SUMINISTRO Y COLOCACION DE PLAFONES MODULARES DE 61x61CON SUSPENSION M2 ALUMINIO PINTADO, INCLUYE COLGANTES DE ALAMBRE GALVANIZADO, HERRAMIENTA, DESPERDICIOS Y MANO DE OBRA. MANO DE OBRA

7.3 M2 $378.39 $2,762.23

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Contrato 309/ABG/2019.

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9 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PISO DE CERÁMICA DE 33X33 CM. VITROMEX MODELO DOS AMÉRICAS COLOR BLANCO, ASENTADO CON PEGAPISO COLOR GRIS Y JUNTEADOR COLOR GRIS MARCA PERDURA. (AULA 10, ING.MECATRONICA) PLANTA ALTA EDIFICIO UD4

2.409 M2 $348.39 $839.27

EDIFICIO UD3 SALA DE TUTORIAS COLOCACION DE MURO DIVISORIO Y MAMPARAS.

10 SUMINISTRO Y COLOCACION DE CADENA DE DESPLANTE DE .15 X .20CM CONCRETO FC=150 KG/CM2, REFORZADA CON ARMEX 0.15 X 0.20M INCLUYE: CIMBRA ASÍ COMO TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.

6.6 ML $248.87 $1,642.57

11 SUMINISRO Y COLOCACION DE CASTILLO DE CONCRETO SECCION DE .15 X .20 CM CONCRETO f’c=200 kg/cm2-3/4′, CIMBRA 3 CARAS REFORZADO CON ARMEX15 x 20 – 4 INCLUYE: CIMBRA, DECIMBRA,ASI COMO TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.

8.25 ML $189.67 $1,564.75

12 MURO DE BLOCK DE 10 X 20 X 40. DE 14 CM. DE ESPESOR ASENTADO CON MEZCLA MORTERO-ARENA 1:5, JUNTAS DE 1.5 CM. DE ESPESOR ACABADO COMÚN HASTA UNA ALTURA DE 3.5 M.INCLUYE TODOLO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.

15.705 M2 $301.06 $4,728.16

13 APLANADO GRUESO DE CEMENTO, MAESTREADO, APLICADO SOBRE UN PARAMETRO VERTICAL INTERIOR, HASTA 3 M DE ALTURA, ACABADO SUPERFICIAL RUGOSO, CON MORTERO DE CEMENTO, RESISTENCIA A COMPRESION DE 1,5 a 5 N/ MM2

31.86 M2 121.98 $3,886.39

14 SUMINISTRO Y COLOCACION DE PASTA ESTUCO DE CAL Y ARENA DE MARMOL BLANCO, INCLUYE: TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECCION.

31.86 M2 106.1424 $3,381.70

15 SUMINISTRO Y APLICACIÓN DE PINTURA VINILICA EN MURO CON MEZCLA FINA HASTA 3 M DE ALTURA INCLUYE: UNA MANO DE SELLADOR Y DOS DE PINTURA

31.86 M2 43.25 $1,378.02

16 SUMINISTRO Y COLOCACION DE PLAFONES MODULARES DE 61x61CON SUSPENSION M2 ALUMINIO PINTADO, INCLUYE COLGANTES DE ALAMBRE GALVANIZADO, HERRAMIENTA, DESPERDICIOS Y MANO DE OBRA. MANO DE OBRA

4.2 M2 $378.39 $1,589.24

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Contrato 309/ABG/2019.

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17 COLOCACION DE PUERTA DE MADERA .90 X 2.10 (SUMINISTRADA POR EL CLIENTE)

1 PZ 442.4 $442.40

18 SUMINISTRO Y COLOCACION DE MURO DIVISORIO DESMONTABLE FORMADO POR MAMPARA MODULAR MIXTA (3/5 VIDRIO + 2/5 PANEL CIEGO) PERFIL DE PVC DE 10 CM DE 10 MM (NO INCLUYE VIDRIO,NI PANEL DE TABLERO AGLOMERADO DE 16 MM DE ESPESOR CON ACABADO EN MELAMINA)

11.2 M2 $1,813.68 $20,313.22

BIBLIOTECA PLANTA ALTA

19 SUMINISTRO Y COLOCACION DE MURO DIVISORIO DESMONTABLE FORMADO POR MAMPARA MODULAR MIXTA (3/5 VIDRIO + 2/5 PANEL CIEGO) PERFIL DE PVC DE 10 CM DE 10 MM Y CAMARA ENTRE PANELES RELLENA CON LANA DE ROCA (NO INCLUYE VIDRIO,NI PANEL DE TABLERO AGLOMERADO DE 16 MM DE ESPESOR CON ACABADO EN MELAMINA)

14 M2 $2,361.60 $33,062.40

20 SUMINISTRO Y COLOCACION DE TAPAS CIEGAS METALICAS 2 X 4 C-26, INCLUYE: TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION

5 PZA $68.31 $341.55

21 SUMINISTRO Y COLOCACION DE CONTACTO DE USO RUDO EN CAJA FS DE METAL, INCLUYE: TUBO CONDUIT GALVANIZADO DE 1" PARED GRUESA, CABLE CAL. 12 MARCA IUSA, ASI COMO TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.

1 LOTE $3,695.36 $3,695.36

22 HERRERIA EXTERIOR TUBULAR DE LAMINA NEGRA EN AZOTEA DE BIBLIOTECA, ENCAJONADO TRES VISTAS CON POLICARBONATO TRANSPARENTE Y TAPA SUPERIOR EN ESCALERA MARINA INCLUYE: HERRAJES, ANTICORROSIVOS, SUMINISTRO Y COLOCACION

1 PZA $10,038.67

$10,038.67

EDIFICIO LT2 LABORATORIOS Y TALLERES

23 MURO DIVISORIO DESMONTABLE FORMADO POR MAMPARA MODULARMIXTA(3/4 DE VIDRIO + 2/5 PANEL CIEGO), CON PANELES DE TABLERO AGLOMERADO DE 16 MM DE ESPESOR CON ACABADO EN MELAMINA FIJADOS MECANICAMENTE CON SUJECION OCULTA, ENTRE CALLES HORIZONTALES EMPOTRADAS. LADO A EN PANEL CON PERFILDE PVC DE 10 MM Y CAMARAENTRE PANELES RELLENA CON LANA DE

43.89 M2 $2,361.60 $103,650.62

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ROCA, VIDRIO LAMINAR DE SEGURIDAD 6+6 TRANSPARENTE.(EDIFICION LT2, PLANTA BAJA, LADO OESTE )

24 MURO DIVISORIO DESMONTABLE FORMADO POR MAMPARA MODULARMIXTA(3/4 DE VIDRIO + 2/5 PANEL CIEGO), CON PANELES DE TABLERO AGLOMERADO DE 16 MM DE ESPESOR CON ACABADO EN MELAMINA FIJADOS MECANICAMENTE CON SUJECION OCULTA, ENTRE CALLES HORIZONTALES EMPOTRADAS . LADO B EN PANEL CON PERFILDE PVC DE 10 MM Y CAMARAENTRE PANELES RELLENA CON LANA DE ROCA, VIDRIO LAMINAR DE SEGURIDAD 6+6 TRANSPARENTE.(EDIFICION LT2, PLANTA BAJA, LADO ESTE )

43.89 M2 $2,146.32 $94,201.98

25 SUMINISTRO Y COLOCACION DE CONTACTO DE USO RUDO EN CAJA FS DE METAL, INCLUYE: TUBO CONDUIT GALVANIZADO DE 1" PARED GRUESA, CABLE CAL. 12 MARCA IUSA, ASI COMO TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.(LADO A)

1 LOTE $3,294.68 $3,294.68

26 SUMINISTRO Y COLOCACION DE CONTACTO DE USO RUDO EN CAJA FS DE METAL, INCLUYE: TUBO CONDUIT GALVANIZADO DE 1" PARED GRUESA, CABLE CAL. 12 MARCA IUSA, ASI COMO TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION.(LADO B)

1 LOTE $3,294.68 $3,294.68

27 ACARREO DE ESCOMBRO PRODUCTO DE LA DEMOLICION, ASI COMO DE BASURA Y RESIDUOS SOLIDOS, FUERA DE LA UNIVERSIDAD, PARA SU CORRECTO TRATAMIENTO.

15.68 m3 $75.18 $1,178.76

Segunda.- Monto, Plazo y forma de pago. El presente contrato es por $357,421.81 (trecientos

cincuenta y siete mil cuatrocientos veintiún pesos 81/100 Moneda Nacional), cantidad que incluye el

Impuesto al Valor Agregado, que será pagado mediante estimaciones, la primera pagada el día 29 de

agosto de 2019, $ 124,858.20 (Ciento veinticuatro mil ochocientos cincuenta y ocho pesos 20/100

Moneda Nacional), y el resto el día 13 de septiembre 2019 del al momento de la entrega del servicio

pactado en este contrato, mediante transferencia electrónica al número de cuenta 65507229267, Clabe

interbancaria número 014830655072292677, de la Institución bancaria Santander, de igual manera “El

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Contrato 309/ABG/2019.

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Prestador de Servicios” se compromete a entregar factura a favor de “La Universidad” por el monto

total de este contrato.

Tercera.- Plazo de ejecución. “El Prestador de Servicios”, se obliga a ejecutar el objeto de este

contrato por tiempo determinado, comprendido del día 29 de agosto al 13 de septiembre del año 2019,

siendo el único responsable de la ejecución de los servicios cuando no se ajusten a los términos y

condiciones de este contrato.

Cuarta.- Lugar y disponibilidad del inmueble. “El Prestador de Servicios” se obliga a llevar a cabo

el trabajo en las instalaciones de “La UPTx”, en km 9.5 Carretera Federal Tlaxcala-Puebla, Avenida

Universidad Politécnica Número Uno, de la localidad San Pedro Xalcaltzinco, Municipio de Tepeyanco,

Tlaxcala, México, Código Postal 90180.

“La Universidad”, se obliga a poner a disposición de “El Prestador de Servicios”, una vez entregadas

las garantías a plena satisfacción de la universidad, el inmueble en que deba de llevarse a cabo los

trabajos materia de este contrato a partir de la fecha de firma de este contrato.

Quinta.- Garantías. “El Prestador de Servicios” a fin de garantizar el debido cumplimiento de las

obligaciones derivadas del presente contrato, dentro del término de diez días naturales siguientes

entregara garantía de cumplimiento, calidad de los bienes, defectos o vicios ocultos en los bienes y

cualquier otra responsabilidad, consistente en fianza equivalente al diez por ciento (10%) del monto total

del contrato sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, expedida por una institución de fianzas legalmente

autorizada para ello, debiéndose insertar en su texto: Que la institución acepta someterse al

procedimiento de ejecución previsto en los Artículos 178, 282 y 283, de la Ley de Instituciones de

Seguros y de Fianzas; que la afianzadora se compromete a cubrir las obligaciones garantizadas hasta

el monto total de la fianza; y, que continuará vigente aún en el caso de que se otorguen prórrogas o

esperas al fiado.

Concluida la entrega de los trabajos realizados, no obstante su recepción formal, “El Prestador de

Servicios” quedará obligado a responder de los defectos que resulten en la misma, por los vicios ocultos,

y por cualquier otra responsabilidad en que hubiese incurrido, por el lapso de 1 (un) año contado a partir

de la recepción de objeto de este instrumento Jurídico en los términos señalados en este contrato y en

los aplicables por el Código Civil del Estado de Tlaxcala. Dicha garantía deberá entregarla previamente

a la recepción del objeto del contrato mediante la presentación de una fianza expedida en favor de la

Universidad Politécnica de Tlaxcala por el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total ejercido.

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Contrato 309/ABG/2019.

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En caso de presentarse defectos o vicios ocultos, “La UPTx” lo comunicará de inmediato y por escrito a

“El Prestador de Servicios” y a la afianzadora, a efecto de que repare los daños causados.

En el supuesto de que “El Prestador de Servicios” no repare los daños causados por defectos o vicios

ocultos en el término establecido en el párrafo anterior, a entera satisfacción de “La UPTx”, esta

procederá a hacer efectiva la fianza que se haya constituido, quedando a salvo sus derechos para exigir

el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda una vez que se

hagan efectivas las garantías que se hayan constituido.

Sexta.- Convienen las partes que cuando “El Prestador de Servicios”, incumpla con alguna de las

obligaciones estipuladas en este contrato se hará acreedor a pena convencional del 2%, por cada día

de retraso y hasta por el 10% del monto total, lo anterior con fundamento en los Artículos 1321, del

Código Civil Vigente para el Estado de Tlaxcala, en concordancia con el Artículos 1321, del Código Civil

Vigente para el Estado de Tlaxcala, 61, 62, 63, y demás relativos aplicables de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Estado de Tlaxcala.

Séptima. “El Prestador de Servicios”, comunicará con 10 (diez) días naturales de anticipación a “La

UPTx”, la terminación de los trabajos que le fueron encomendados, a efecto de que le sean recibidos y

ésta verificará que estén debidamente concluidos conforme a las especificaciones convenidas dentro

del plazo que se pactó expresamente en este contrato, procederá a su recepción dentro de un plazo de

15 (quince) días naturales, levantando el acta correspondiente, reservándose el derecho de reclamar

por trabajos faltantes, mal ejecutados o por pago de lo indebido.

“La UPTx”, podrá efectuar recepciones parciales cuando a su juicio existieren trabajos terminados y sus

partes sean identificables y susceptibles de utilizarse.

Octava.- Causas de Rescisión. “Las partes” convienen que serán causas de rescisión sin necesidad

de declaración judicial “La UPTx”, sin perjuicio de que pueda demandar la rescisión ante los tribunales

competentes, las siguientes:

I. Prestar los servicios deficientemente, de manera inoportuna o por no apegarse a lo estipulado

en el presente contrato.

II. Por no observar la discreción debida respecto de la información a la que tenga acceso, como

consecuencia de la prestación de los servicios encomendados:

III. Por suspender injustificadamente la prestación de los servicios o por negarse a realizar las

correcciones que la universidad haga de su trabajo.

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Contrato 309/ABG/2019.

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IV. Por negarse a informar a la universidad sobre la prestación y/o resultado de los servicios

encomendados.

V. Cuando exista imposibilidad física o mental de parte del prestador de servicios, para la

prestación de los servicios contratados; y

VI. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este contrato.

Novena.- La relación del presente instrumento es de carácter comercial, por tanto, “El Prestador de

Servicios” , como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto del presente

instrumento jurídico, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones

legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Décima.- Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la entrega del objeto, “El Prestador

de Servicios” podrá suspender temporalmente la entrega, en este último supuesto, deberá presentar

su solicitud a “La UPTx” inmediatamente después que se presenten las causas que la originen, la cual

resolverá su procedencia dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la recepción de la misma.

En caso de negativa, será necesario que “El Prestador de Servicios” obtenga la declaratoria de la

autoridad judicial correspondiente.

Décima Primera.- Transparencia y Acceso a la Información. “Las partes” acuerdan que este contrato

es público de conformidad con los Artículos 4, 8, 63, 105, 108, 112, y demás relativos aplicables de la

Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala; Por tanto, “El Prestador de

Servicios” acepta que los datos personales y la documentación entregada a “La Universidad” por

motivo del presente, se regirán por los principios, derechos, procedimientos, tratamiento y protección en

materia de datos personales, sin embargo podrán clasificarse como reservada o confidencial cuando se

acredita alguno de los supuestos previstos para la referida Ley.

Como consecuencia de lo anterior se le concede un plazo de 15 días hábiles, para que manifieste “El

Prestador de Servicios” de ser su voluntad, que los datos contenidos en este instrumento jurídico se

suban a las Plataformas de Trasparencia, en caso de no manifestar dentro del plazo señalado, se

entenderá que se harán públicos.

Décima Segunda.- Para la interpretación, aplicación, validez y cumplimiento del presente instrumento,

“Las partes” se sujetan a las disposiciones del Código Civil del Estado de Tlaxcala, sometiéndose a la

jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Tlaxcala, renunciando al fuero que pudiere

corresponderles por razón de su domicilio actual o futuro.

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Contrato 309/ABG/2019.

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Previa lectura y con pleno conocimiento del alcance legal del contenido del presente contrato, las partes

los suscriben por duplicado en la en la localidad de San Pedro Xalcaltzinco, Municipio de Tepeyanco,

Tlaxcala, a los 26 de agosto del año 2019.

“La UPTx” “El Prestador de Servicios”

___________________________

Maestro. Enrique Padilla Sánchez.

Rector de la

Universidad Politécnica de Tlaxcala.

____________________________

Arquitecto. José Juan Villegas Bautista.

Representante legal

VIB REMODELA Y EDIFICA S.A.S. de C.V.

TESTIGOS.

_______________________________

Contadora Pública. Delfina Corona Pérez.

Encargada de la Secretaría Administrativa.

Universidad Politécnica de Tlaxcala.

______________________________

Licenciado. Luis Aquiáhuatl Hernández.

Abogado General.

Universidad Politécnica de Tlaxcala.

El presente contrato se revisa en cuanto a la forma

jurídica, por tanto, los compromisos sustantivos son

responsabilidad del Área Administrativa, encargada del

cumplimiento y seguimiento.

ESTA HOJA FORMA PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ADJUDICACIÓN

DIRECTA, CELEBRADO EL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2019, CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA

DE TLAXCALA, Y VIB REMODELA Y EDIFICA S.A.S. DE C.V. EL LO ANTERIOR PARA CONSTANCIA DE QUE LAS

FIRMAS CONTENIDAS EN ESTA FOJA SON FIDEDIGNAS.