contestación demanda de desalojo con excepciones varias

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Contestación demanda de desalojo con excepciones varias. CONTESTA DEMANDA. EXCEPCIONES. Señor Juez:.... , constituyendo domicilio legal en.... , en autos "... contra.... s/Desalojo", a V.S. digo: 1. Represento a la demandada, conforme lo acredito con estatutos y acta de asamblea de reuniones que acompaño. En ese carácter, vengo a tomar intervención en este juicio. 2. Hago uso de la facultad del art. 14 CPCCN y recuso a V.S. sin causa. 3. Planteo la nulidad de la notificación de la demanda, arguyo de falsedad el acta de notificación y pido la suspensión del plazo de contestar con un nuevo traslado que supla las omisiones y me permita contestar en plenitud del derecho de defensa. mientras tanto contesto como puedo sin haber podido conocer las piezas totales de este juicio. La cédula para.... y la de los posibles subinquilinos fue recibida por.... , funcionaria de la demandada, domiciliada en.... de.... , provincia de Buenos Aires. Comprobó que en ambos infolios faltaba la copia de la demanda y el notificador no oyó sus reclamos. Han sido testigos de estos

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Contestacin demanda de desalojo con excepciones varias

Contestacin demanda de desalojo con excepciones varias.

CONTESTA DEMANDA. EXCEPCIONES.

Seor Juez:.... , constituyendo domicilio legal en.... , en autos "... contra.... s/Desalojo", a V.S. digo:

1. Represento a la demandada, conforme lo acredito con estatutos y acta de asamblea de reuniones que acompao. En ese carcter, vengo a tomar intervencin en este juicio.

2. Hago uso de la facultad del art. 14 CPCCN y recuso a V.S. sin causa.

3. Planteo la nulidad de la notificacin de la demanda, arguyo de falsedad el acta de notificacin y pido la suspensin del plazo de contestar con un nuevo traslado que supla las omisiones y me permita contestar en plenitud del derecho de defensa. mientras tanto contesto como puedo sin haber podido conocer las piezas totales de este juicio. La cdula para.... y la de los posibles subinquilinos fue recibida por.... , funcionaria de la demandada, domiciliada en.... de.... , provincia de Buenos Aires. Comprob que en ambos infolios faltaba la copia de la demanda y el notificador no oy sus reclamos. Han sido testigos de estos hechos, adems,.... perito mercantil, domiciliado en.... ; agrnomo, domiciliado en.... , y.... , contador, domiciliado en.... Todos los cuales, incluida la receptora, quedan propuestos como testigos a los fines de esta cuestin. No es cierto entonces que, como dice la cdula (ambas) se haya agregado copia de la demanda y esto provoca el grave dao de la indefensin sea total o parcial; lo que invoco. Por otra parte, esta cuestin se plantea dentro del quinto da y no consentimos el acto (arts. 169 y 170 CPCCN); por el contrario, nos vemos tambin precisados a impugnar el acto o instrumento de notificacin arguyndolo de falso en los trminos de los arts. 395 CPCCN. y 993 CCRA. Asimismo, planteamos la nulidad de la notificacin, conforme al art. 149 CPCCN con todas sus consecuencias. Una de ellas, la suspensin de los plazos y se corra, un nuevo traslado con todos los elementos de ley. Como a todo evento no podemos correr riesgos, de todas maneras, introducimos esta deficiente contestacin. Pero exigimos poder contestar con todos los elementos por no estar obligados a conceder ventajas procesales (arts. 16 y 18 CN94). Solicitamos la aplicacin de las responsabilidades funcionarias del apartado final del art. 149 CPCCN dejando sentado que en momento alguno este planteamiento implica cargo de ninguna especie a la contraparte.

4. Planteo la excepcin de previo y especial pronunciamiento de incompetencia de jurisdiccin (art. 347 inc. 1, CPCCN). Este juicio tendra que transitar de ser posible su trmite ante el Juzgado.... de este fuero, en el que est radicado el proceso que sigue mi principal contra.... por cumplimiento de contrario sumario y en el cual se discute con anterioridad la relacin jurdica que se pretende debatir en el presente, entre las mismas partes, respecto del mismo bien, y ya trabada all la litis. Por lo cual el presente resulta accesorio del otro proceso (art. 6, inc. 1, CPCCN. aplic. analoga).

5. Planteo la excepcin de previo y especial pronunciamiento de defecto legal, dado que la demanda no explica adecuadamente los hechos, silencia situaciones, y puede dejar al margen de la litis cosas muy importantes, por ejemplo, una locacin verbal vigente de larga duracin, no vencida, entre actora y demandada, referente al bien que en autos se reclama (art. 347 inc. 5, CPCCN). Para la prueba de la excepcin precedente y de sta, se ofrecen los autos preindicados requeribles "ad effectum videndi", lo que desde ya se pide.

6. Planteo la excepcin de previo y especial pronunciamiento de litispendencia (art. 347, inc. 4 CPCCN). Entre las mismas partes, por igual relacin legal y respecto del mismo bien, tramita el juicio indicado en.... , que debe ser esperado. PRUEBA:....

7. Planteo la excepcin de previo y especial pronunciamiento de desasimiento del derecho. En los autos a que he venido refiriendo la aqu actora desisti de su reconvencin basada en las mismas circunstancias que aqu esgrime sin formularse reserva de ninguna especie, lo que implica el desistimiento del derecho y la renuncia implcita a toda accin (artculos 1147 y conc. CCRA).

8. Planteo la excepcin de fondo de falta de accin y de inidoneidad de va, por cada una de las siguientes razones encuadrables en los incisos 3 y 5 del art. 347 CPCCN: a) Ante la falta de cumplimiento de los actores que perturban el uso pacifico del bien locado, se produce un incumplimiento de los demandantes que conforme a los principios de los arts. 510 y 1201 CCRA les vedan demandar: no puede exigir cumplimiento quien previamente no cumple; b) Ante una locacin verbal, los actores no buscan hacer otra cosa que exigir el traslado del acto al instrumento, arts. 1188 y remisin al art. 1187 CCRA; jams puede caber el desalojo; c) En tanto mis principales pagan las expensas, usan el inmueble como pueden, hacen arreglos, se les niega por los actores relacin locativa, es evidente que stos han perdido la posesin y no les cabe accionar por desalojo sino por reivindicacin o, quizs, a travs de acciones, posesorias (art. 2758 CCRA); d) Pero, si hubiera correspondido un desalojo nunca pudo hacrselo independiente puesto que en forma alguna puede superar el imperativo de la acumulacin (art. 89 CPCCN).

9. Si se llega a considerar el fondo de este juicio habr de rechazar la demanda. No es cierto que nos rijamos por el contrato de locacin que adjunto la actora. Lo niego y lo desconozco. Nosotros nos regimos por un contrato de locacin verbal, hartamente vigente, que tiene la duracin convenida y se encuentra amparado por el art. 1 de la ley 23.091, comprobable por todos los medios de prueba que he ofrecido en el juicio que individualizo en esta contestacin, y en el cual, hay, incluso, prueba documental: no reconvengo ni puedo contrademandar en primer lugar por la impertinente de la va que contesto y en segundo lugar porque no se nos puede holgar a afrontar otro juicio, si ya hay uno, por el contrato verbal, ampliamente descriptivo, donde hay litis trabada, contestacin, prueba, etc. de mi parte y de la aqu demandante. Estamos pagando como parte del precio y sin ninguna objecin los gastos de conservacin, los servicios expensas, y dems retribuciones. No es cierto que el ltimo pago de alquileres sea de mayo o que adeudemos alquileres. Por otra parte, no hay deuda ni mora cuando un supuesto acreedor o locador es quien se niega a cobrar, art. 505 lt. parte CCRA, plenarios "Richmond" y "Azise" de este fuero, art. 509 CCRA, etc. Quedan de todas maneras negados todos y cada uno de los instrumentos y de los hechos y dichos que formen parte de esta demanda y de este juicio. Negamos a la actora todo derecho a esta demanda. Le negamos el derecho a exigirnos desalojo o a escamotear aquel proceso en que existe litis trabada. Cualquiera sea la cosa que temporariamente se resolviese, este juicio no podr jams llegar a sentencia, o tener sentencia, antes que el otro que le precedi, por obra de lo dispuesto en los arts. 188, 189 (principio de prevencin), 190, 194 y conc. CPCCN y garanta del art. 18 de la CN, que se vera comprometida si se pasase por sobre las normas procesales mencionadas (art. 14 ley 48 y art. 31 CN94). Todo lo que tambin queda desde ya planteado, para considerar si todas las dems cuestiones previas y preliminares tuvieran decisin negativa contra mi principal, etc.

10. Mi parte desea dejar expresa constancia de una situacin de naturaleza procesal, pero que afecta al orden pblico y puede provocar consecuencias de gravedad institucional. En el juicio que sigue.... contra.... , a que antes me he referido, el juzgado an no ha tenido por desistido al aqu demandante, de manera que el mismo es en este momento titular de dos acciones idnticas en trmite, actitud que ofende el principio del art. 1071 del CCRA, aunque por mi parte atribuyo la superposicin a una actitud no intencional de la contraria.

11. Mi parte debe ofrecer prueba a fin de demostrar que los hechos, circunstancias, documentos, contratos, derechos y dems, invocados por la actora no se ajustan a la verdad. En ltima instancia, si por cualquier razn este proceso pudiese independizarse del otro, no tiene otra defensa que las pruebas. Por ello, a todo evento, deja ofrecida la siguiente, sin declinar en absoluto de todas las dems cuestiones que quedan planteadas en este escrito.

12. Cheques de pago de alquileres mencionados en el cap. 4 de la demanda referida, que forman parte ese juicio.

13. Recibos de pago de expensas comunes agregados y que pudieran agregarse a dicho proceso.

14. Informes directos de la administracin del edificio, en ese juicio, tambin a n/de....

15. Cartas agregadas a ese juicio, entre otras la carta documental del.... all agregada, remitida a mi principal por la otra parte y su apoderado. Asimismo, todas las constancias del principio de ejecucin de esa locacin primordialmente verbal pero robustecible por escrito segn se advierte, principio que invoco segn la ley 23.091 porque da fuerza y efectividad a la oralidad y protege inalterablemente al inquilino de buena fe.

16. Ofrezco absolucin de posiciones de la actora reconocimiento de toda instrumentacin y firmas, y para negativa, prueba pericial caligrfica desde ya.

17. Ofrezco como prueba todas las actas de la sociedad aqu demandada y pericia contable para discriminar las referentes a la locacin del inmueble objeto de este juicio a partir de.... Designo consultor tcnico al Contador Pblico don.... , domiciliado en.... Actuar perito escribano para transcribir y certificar todas esas actas a cuyo fin designo consultor tcnico al escribano.... , con domicilio en....

18. Quedan propuestos como testigos para el fondo del asunto, o sea para el juicio como principal, don.... , visitador, domicilio....

19 Se dispondr reconocimiento judicial fundamentalmente para la determinacin de estado de ocupacin del inmueble objeto del proceso.

20. Este juicio no podr ser fallado antes que el que le precede ya individualizado. En su mrito, resolverlo, deber estarse al resultado final del mismo y tenerse todas sus piezas, pericias, instrumentos y dems constancias a la vista; incluso por oficio debern pedirse a ese juez y Expte. todas las piezas mencionadas como pruebas instrumentales y adjuntas, en el presente proceso; dem, para los sometimientos a reconocimiento, etc.

PETITORIO: 1) Se me tenga por parte, presentado y domiciliado, en el carcter que he dejado invocado; 2) Se proceda segn el art. 14 del CPCCN; 3) Se tenga por planteada la nulidad de notificacin, falsedad de instrumento pblico por redargucin, suspensin de lazos y nuevos traslados, con costas; 4) Se haga lugar con costas a la excepcin de incompetencia de jurisdiccin; 5) Se haga lugar con costas a la excepcin de defecto legal; 6) Se haga lugar con costas a la excepcin de litispendencia; 7) Se haga lugar con costas, a la excepcin de desistimiento del derecho;