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SUB-TEMA 16: IDENTIFICACIÓN BIOLOGICA GENÉTICA OBJETIVO Conocer que existe un método biológico genético valioso para la identificación personal de interés criminalístico. CONTENIDO El examen del ADN o ácido desoxirribonucléico es capaz de determinar inequívocamente al autor de una violación sexual o de un homicidio, basándose en el estudio de material biológico del imputado. Existe casuistica extranjera y nacional al respecto. 563

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SUB-TEMA 16: IDENTIFICACIÓN BIOLOGICA GENÉTICA

OBJETIVO

Conocer que existe un método biológico genético valioso para la identificación personal de interés criminalístico.

CONTENIDO

El examen del ADN o ácido desoxirribonucléico es capaz de determinar inequívocamente al autor de una violación sexual o de un homicidio, basándose en el estudio de material biológico del imputado. Existe casuistica extranjera y nacional al respecto.

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Lecturas con preguntas guía:

Lecturas: Tulio Muñoz Seminario y Jorge Hau Carnoretti. "ldentificación genética", Peritos PNP, Biólogos Forenses, Lima-Perú.

Roberto Solórzano Niño. "Tarjeta genética de identificación personal" en "Medicina Legal Criminalistica y Toxicología para abogados", Editorial Temis, Bogotá-Colombia, 1990, pág. 521-522.

* Melissa Smrz. "ldentificación de personas por medio del ADN o Ácido Desoxirribonucleico"en "VI1 Simposio Internacional de Criminalística", Imprenta Fondo rotatorio de la policía, Santa Fe de Bogotá-Colombia, 1996.

José Antonio Lorente Acosta. "El análisis del ADN en la Investigación Criminal: La Revolución del Siglo XXI".

"Ventajas y limitaciones del uso del ADN en la Investigación Policial".

"Problemas éticos y legales del uso del ADN, toma de muestras y base de datos de interés policial y judicial" en "VI1 Simposio Internacional de Criminalística", Picasso Ltda. Editores, Santa Fe de Bogotá-Colombia, 1998, pág. 47-54.

1. Exponga un ejemplo en el que por el examen del ADN se determine la autoría de un delito contra el patrimonio.

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Tulio Muñoz Seminario, Jorge Hau Camoretti."ldentificación Genética': Peritos PNP, Biólogos Forenses, Lima-Perú.

¿Existe algún examen forense capaz de determinar inequívocamente el autor de una violación, homicidio, y basándose sólo en material biológico?

En la actualidad la respuesta es SI, es el examen de ADN.

El ADN es el Ácido Desoxirribonucleico, que se encuentra en el núcleo de toda célula y es la base de la herencia biológica de todos los seres vivos.

El examen de ADN se realiza tipificando directamente a los pares de bases que la constituyen. Esta es como si fuera el disco duro de una computadora, lleva codificada la información genética que no sólo determina si un individuo sea gato o humano, si nacerá sano o enfermo, negro o blanco, etc., sino también provoca la aparición de aquellas diferencias dentro de una misma especie.

Para el que el ADN pueda aplicarse con fines forenses, ha de cumplir una serie de requisitos, por otra parte comunes en gran parte a los marcadores biológicos utilizados en la investigación de la paternidad y en el campo de la criminalística.

De forma concreta, estas condiciones son: - El ADN, como portador de la información genética, se trasmite de

padres a hijos de acuerdo con los postulados mendelianos. Por ello, en cualquier núcleo celular de cualquier persona, la mitad del ADN presente procede del padre y la otra mitad de la madre.

- El ADN tiene una gran estabilidad en el medio ambiente, siendo posible aislarlo e identificarlo de células con días, semanas, meses e incluso años de antigüedad. Se ha descrito la identificación del ADN de momias con varios miles de años.

Por su presencia en todos los núcleos celulares es posible obtener en el lugar en que ocurrió un hecho delictivo indicios en los que hallan presentes células que contengan ADN, sobre todo si medió violencia.

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- Las largas cadenas de ADN, compuestas por decenas de miles de pares de bases se repiten de una forma secuencial, determinada, especificas de longitud y localización para cada persona. Por ello, el ADN es como una huella dactilar genetica específica para cada persona.

Esta prueba ADN para uso forense la inventó en 1984, el Dr. Alec Jeffreys, es "Lister lnstitute Research Fellow", en la Universidad de Leicester - Reino Unido, su descubrimiento lo patentó en el Reino Unido en 1987, la sgt. Patente UK Patent Nro. 2166445 con el nombre de "Huella Digital del ADN (DNA Fingerprinting).

Esta prueba se logró luego de observar entre un 10% y 30% de total deADN no contiene información codificada y compone, por lo tanto, secuencias que pueden denominarse "mudas". Este ADN aparentemente inútil se llama "ADN Satélite", que se halla disperso entre el ADN que si codifica. Partes de este "ADN Satélite" son idénticos en todos los seres humanos pero otras, muy variables, se heredan conforme a las leyes de Mendel.

Estas secuencias de información genética varían mucho entre individuos, puede observarse que las secuencias son altamente repetitivas, por lo que se encuentran varias veces a lo largo de la cadena del ADN. La longitud de cada secuencia que se repite, el número y ubicación de estas repeticiones dentro de cada molécula de ADN son absolutamente individuales. Justamente, estas secuencias son las que este examen permite visualizar.

Para emplear este sistema el Doctor Jeffreys inventa una "Sonda" que se vale de la circunstancia de que el ADN está integrado por dos filamentos, los cuales si se separan, tienden a reunirse con su compañero durante el proceso denominado de "Apareamiento de Base".

Para los usos forenses, las muestras que comúnmente se analizan son las siguientes:

Sangre

Tanto en estado fresco o en casos de manchas se trata de la muestra que se analiza con mayor frecuencia. El ADN se extrae de los glóbulos blancos, pues no se encuentran en los glóbulos rojos ni en el plasma, la

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muestra debe enfriarse o congelarse, según cuando piensa efectuarse el análisis. Si se trata de manchas, cuando más grande sea mayor será la posibilidad de éxito, sin embargo, el factor que más influye en el éxito de la prueba no es el tamaño ni la antigüedad, sino si se la conserva correctamente después de haberla dejado secar a temperatura ambiental y se deben colocar en un recipiente a prueba de la humedad y enfriarse.

. Semen

Es la otra muestra que se practica con mayor frecuencia de este tipo de exámenes y es la principal en los delitos de la honestidad. EIADN se extrae de la cabeza de los espermatozoides presentes en el semen. Si se recupera el estado líquido, éste debe enfriarse. Si se trata de manchas, deben dejarse secar y luego almacenarlas lejos de la humedad. En los casos de violaciones como las muestras que se recuperan generalmente están, mezclados con otros tejidos de la propia víctima, conviene que los Peritos extraigan una muestra de sangre de la víctima y obtenga su "Huella genética". Esta ayudará a la hora de interpretar las demás huellas.

Cabellos

Lamentablemente, el examen solamente puede efectuarse cuando hay raíces de cabello, pues el pelo en sí es tejido muerto, que no sirve para el examen. Aún así es difícil efectuar la pericia sobre estos tejidos, aunque no imposible. Basta una única raíz de pelo si se empleara sondas de tipo de las de lugar único (SLPs) y diez raíces si se trata con las sondas de lugar múltiples (MLPs).

Otros Tejidos

En principio no hay mayores inconvenientes en que se obtenga muestras de cadáveres o de material fetal. El éxito del examen depende del estado de descomposición del cuerpo, por lo tanto importa tener en cuenta factores tales como el tiempo transcurrido desde el fallecimiento, la temperatura, etc. Si la muerte es relativamente reciente, puede obtener, la "Huella genética" a partir de una muestra de sangre, o de médula ósea, etc. Ahora bien, si la conservación es correcta, el ADN es extraordinariamente estable. Prueba de ellos, es que se obtuvo con éxito la "Huella digital a partir de tejidos extraídos de momias egipcias".

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La capacidad para detectar polimorfismos en el ADN de muestras de evidencias biológicas ha revolucionado la biología forense. Usando en el; Análisis RFPL (fragmentos de restricción de longitud polimórfica), las huellas digitales, siempre que el ADN no esté degradado y esté presente en cantidad suficiente. Se requiere al menos de 50 ngr de ADN para el análisis RFLP,. usando una muestra de un solo locus, y más de 1000 ngr si se hace de un análisis de muestra de varios locus. Sin embargo, dichas cantidades de ADN no son obtenibles de las evidencias forenses en la práctica. Más aún, el RFLP consume una gran cantidad de material, y, muchas muestras no pueden ser reanalizadas.

Estas limitaciones pueden ser superadas usando la Reacción de la Polimerasa en cadena (PCR) pasara amplificar las secuencias polimórficas específica de ADN. El uso de la polimerasa termoestable Taq; el ADN ha mejorado marcadamente la especificidad y el rendimiento de las PCR, ya ha permitido que el procedimiento sea susceptible de ser automatizado. Como resultado, sea posible ahora determinar el tipo de ADN de un simple cabello, de una simple célula diploide o incluso de un espermatozoide aislado. También, debido a que la PCR puede generar un gran número de copias de una secuencia específica de ADN, los métodos usados para la detección de polimorfismo del ADN son mas simples y consumen menos tiempo del análisis RFLP.

En los países en que el empleo de esta prueba se ha difundido más, los abogados suelen presentar ante el tribunal o jurados, datos estadísticos de la exactitud de la misma, para reforzar la validez del método.

Esta estadística se refiere a las probabilidades de que dos personas compartan las mismas "Huellas Genéticas". Las variaciones de un individuo a otro son muy grandes, y las probabilidades de compartir las mismas huellas son prácticamente nulas.

A pesar de la sencillez de la interpretación del resultado en estos exámenes, resulta necesario que se despeje toda duda del tribunal y los Jurados. Los datos estadísticos que conviene presentar ante la justicia, indican las probabilidades de que una "Huella Genética"

proveniente de otra persona que no sea el sospechoso pueda coincidir con la de él, por pura casualidad.

La tabla que se muestra a continuación, indica las probabilidades de encontrar una banda semejante en un individuo, por una coincidencia casual:

Número de bandas del patrón ~robabil idades de encontrar

en cuestión bandas semejantes en un individuo

1 en 250

1 en 4,000

1 en 65,000.

1 en 1 millón

1 en 17 millones

1 en 268 millones

1 en 4,590 millones

1 en 68,000 millones

1 en 1 billón

1. Las autoridades de inmigración del Reino Unido, en 1985 se negaban a otorgar el permiso de entrada a un joven de Ghana, que buscaba reunirse con su madre, dos hermanas y un hermano residentes en Inglaterra. Aunque el joven había nacido allí, luego emigró a Ghana, donde su padre había fijado su residencia. Por diversos motivos, las autoridades Británicas sospechaban que quien solicitaba el ingreso era o el hijo de la hermana de quien sostenía ser su padre o bien un joven que no estaba emparentado en lo absoluto con los residentes en Inglaterra que sólo buscaba ingresar ilegalmente.

Los abogados de la madre ofrecieron como prueba una variedad de exámenes forenses de tipo biológico. Entre ellos el examen de ADN.

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La situación era difícil, pues no solamente el padre del joven no se encontraba en el Reino Unido, sino que la madre a su vez dudaba si su marido era el padre biológico del muchacho.

Los exámenes tradicionales, incluyendo el HLA, mostraban que existía parentesco entre el joven y que en todo momento sostenía ser su madre. Sin embargo, estas pruebas biológicas no pudieron determinar si la mujer era la madre o la tía del muchacho. En cambio, el examen del ADN mostró que la mujer en cuestión era indudablemente la madre del joven y que el marido de ésta era también su padre biológico. Conviene aclarar que el ADN del padre se reconstruyó a partir de los otros familiares residentes en Inglaterra con paternidad cierta. Por último las autoridades británicas le concedieron el permiso para quedarse.

2. En Inglaterra en el condado de Leicestershire, la policía no podía encontrar al responsable de la violación y homicidio de dos muchachas de 15 años.

Las Autoridades policiales, en un último intento para resolver el caso, plantearon que todos los hombres de la localidad y sus alrededores inmediatos (5,500 personas) se sometieran voluntariamente a un examen de ADN con el propósito de efectuar las correspondientes comparaciones con las huellas del ADN de las muestras que se recuperaron de ambas víctimas "C P" intentó hacerse sustituir por un amigo. Al ser descubierto confesó su culpabilidad en ambas muertes (Enero de 1988).

Nunca se había pensado antes de la posibilidad de un "Examen masivo" de este alcance, fue la primera "Cacería Genética" de la historia. A la vez, gracias a esta pericia, se absolvió a un joven de 17 años, quien se había confesado como el autor de la segunda de estas violaciones y muertes. Su inocencia quedó determinada de un modo concluyente.

3. En la Florida (EE.UU), una mujer fue violada pero no pudo ver al delincuente, pues éste le había tapado la cara con una bolsa de dormir. La policía, gracias a las huellas dactilares que se encontró a unos 13 metros de la casa de la mujer, se pudo identificar y aprender a un sospechoso, autor de otras violaciones. Pero los investigadores temían que pudiera mentir para justificar de alguna forma la presencia

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de sus huellas dactilares. Entonces, se practicó un examen de ADN a la muestra de semen que la policía habia recuperado previamente de la víctima, y la "Huella Genética" que se obtuvo concordaba con la del examen de DAN que se le hizo al sospechoso. La Pericia no arrojaba dudas acerca de la autoría, así que se condenó al acusado en Noviembre de 1987.

El abogado defensor recurrió esta sentencia condenatoria ante el Tribunal de Apelaciones del 5to. Distrito del Estado de la Florida. El Tribunal se pronunció admitiendo la validez de la "Prueba del ADN", probados, refiriéndose también a que se publicaron muchos artículos acerca de la confiabilidad de esta pericia, además, el tribunal recordó que agrega a la seguridad de la prueba, el uso de una década de diagnóstico, tratamiento y estudio de enfermedades genéticas hereditarias.

4. En Melbourne (La Florida, EE.UU), se condeno a "D.H.M." en Enero de 1988 luego de que la prueba de ADN lo señaló como el autor de una violación, habia hecho entrar por la fuerza a una mujer al auto que ella habia dejado en una playa de estacionamiento, la violó y le robo todo el dinero que tenía. La prueba biológica del ADN resultó decisiva. El Jurado solamente deliberó por espacio de dos horas.

5. En Nueva York (EE.UU), en Octubre de 1987, se encontró culpable de homicidio y lesiones a "N.L.", las huellas del ADN de las manchas de sangre que se encontraron en un cuchillo de propiedad del imputado, coincidían con el ADN de la víctima. Además, hubo testigos oculares que corroboran los hechos.

6. En Buenos Aires (Argentina), el 12 de Julio de 1988, se encontró el cadáver de una niña de 11 años en el fondo de una pileta de natación de un colegio, luego de un certamen de natación. Los pedidos de Juicio Político contra el Juez de instrucción que intervino en primer término, y el procesamiento de los Peritos que realizaron la primera autopsia. Añadieron mayor complejidad a este caso. Los medios de prensa hablan de errores judiciales y de malos informes periciales.

En un principio se la encuadró como accidente de natación, también se mencionó una posibilidad de suicidio, pero finalmente se lo caracterizó como homicidio e intento de violación.

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Otra noticia periodística menciona que se había descubierto que la mancha no era de semen, sino que la había producido una batería de algas que aparecen en las piletas de natación con agua no renovada, lo que frustró las expectativas de obtener resultados mediante la tipificación del ADN.

7 . En marzo de 1989, se vuelve a mencionar la prueba de ADN aunque esta vez, empleando una mancha de sangre descubierta en el brete1 del traje de baño de la niña, junto con esa mancha, conservada en condiciones óptimas en el Laboratorio de la Policía Federal, según el informe periodístico, se enviarían al Laboratorio "Life Code Institute" de los EE.UU., con ocho (08) muestras sanguíneas de sospechosos, donde ninguno de ellos dio resultado positivo.

8. En el Perú, a nivel Penal se han utilizado en los siguientes casos: . El primer caso es de los desaparecidos en la Cantuta. . El segundo es el caso del Fundo Pecae, donde a un estudiante de

Contabilidad, hijo adoptivo del dueño del fundo lo inculpan como violador de una niña, y producto de este acto, nace una criatura, se emplea el examen de ADN y se determina científicamente que el acusado no es el padre biológico de la criatura, y el Padre Biológico es el Abuelo (Padre de la niña). La Sala toma el examen deADN como una pericia ilustrativa y lo sentencia a 7 años, apelan a la Suprema y anula la sentencia y pasa para la investigación a otra Sala, donde aceptan la prueba y liberan al acusado.

El tercero, es el caso del cambio de bebé en el Hospital María Auxiliadora, donde la madre manifiesta que dio a luz una niña, pero le entregan un niño muerto, aquí también se practica el Examen del ADN, donde se determina que la señora es madre biológica del niño fallecido, pero el padre no es el padre biológico. - El cuarto, sucedió en la ciudad de Puno, donde un profesor de Educación Física, es acusado de violar a una niña de 13 años y producto de esta violación, nace un niño, y por las características físicas del niño, la declaración de la niña (que reconoce al autor de la violación y manifiesta que era su primer acto sexual, lo condenan a 7 años de prisión en Yanamayo; posteriormente se

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encuentran años procesales, y el caso pasa a una Sala Penal Mixta donde se acepta realizar la Prueba de ADN; la cual se realizó por primera vez en un Laboratorio Particular, donde el resultado fue que el profesor no era el padre biológico.

Ejemplo:

P =PADRE

H = HIJO

M =MADRE

Roberto Solórzano Niño. "Tarjeta genética de identificación personal" en "Medicina Legal, Criminalísfica y Toxicología para AbogadosJ', Ediforial Temis, Bogotá-Colombia, 1990, pág. 521-522.

TARJETA GENÉTICA DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL

l. NOCIONES GENERALES

En 1987 en la Universidad de Leicester, Inglaterra, el Dr. Jeffrey identificó unas partículas del ácido desoxirribonucleico (ADN) de las células del organismo, a las que llamó partículas DNI biológicas, que, lógicamente, forman parte del material cromosómico humano.

Estas partículas también se conocen con el nombre de ADN minisatélites, y constituyen la huella genética infalible. Cada individuo es una unidad no repetida hasta ahora. Con la técnica de la huella genética la posibilidad de que existan dos personas iguales está en la proporción de una entre cincuenta trillones.

Los DNI se encuentran en cualquier tejido humano, por tanto es suficiente una muestra de sangre, saliva, cabello, piel, hueso, uña, etc., no importa que tenga meses.

2. TÉCNICA DE LA PRUEBA

1) A partir de la muestra de tejido, se extraen las moléculas de ADN.

2) El ADN, por la acción de una enzima de restricción se fragmenta respetando las partículas de DNI.

3) Mediante una corriente eléctrica se separa los DNI, por el tamaño.

4) Estos DNI son examinados por sondas de ADN impregnados de radioactividad.

5) Finalmente, con un lavado se eliminan los sobrantes.

6) Los DNI son identificados mediante una placa fotográfica.

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El juez de instrucción o el funcionario de la policia judicial que lo acompañe en el levantamiento del cadáver, o en la práctica de la inspección judicial, solamente tiene que recoger en el lugar de los hechos la muestra de sangre, semen, saliva, hueso, uña, piel, cabello o tejido biológico y enviarlo al laboratorio, donde se determinará la constitución genética de la muestra, mediante la identificación de los DNI.

A los sospechosos se les toma una muestra de sangre, a la que se le hace el mismo estudio. Si los DNI de la muestra examinada previamente por el laboratorio, tomada en el lugar de los hechos, coincide con los del sospechoso, este deberá responder por su presencia allí.

Si la muestra es de semen tomada a una mujer violada, el sospechoso con seguridad fue el violador, Si la muestra de sangre se tomó de un arma cortante, con la que asesinó a una persona, el sospechoso cuyos DNI son iguales a los del arma será el responsable del hecho, o tendrá que decir por qué su sangre está en esa arma.

Los DNI identifican a la persona (ladrón, asesino, violador, etc.) que dejó su huella en el lugar de los hechos.

El primer caso de identificación por este sistema se presentó en la ciudad de Bristol, Inglaterra, con un hombre que violó a una mujer enferma de polio, dentro de su propio apartamento. El detective envió una muestra de semen encontrada en las prendas de la víctima, lo cual fue suficiente para obtener el perfil biológico del violador.

El segundo caso se presentó en los Estados Unidos, en el año 1988. En Colombia todavía no tenemos esta prueba.

Melissa Smrz. "Identificación de Personas por medio del ADN (ácido dosoxirribonucleico)" en: "VI1 Simposio Internacional de Criminalística". .Bogotá - Colombia, 1996.

IDENTIFICACI~N DE PERSONAS POR MEDIO DEL ADN (ACIDO DESOXlRRlBONUCLEICO)

La utilización de los métodos de análisis por medio del ADN es aceptada en la comunidad forense como herramientas potentes para la caracterización de los fluidos corporales como: sangre, semen, saliva. El laboratorio del F.B.I. empezó con los análisis de polimorfismos que en forma simple se refieren a fragmentos de ADN obtenidos al agrupar unas sustancias químicas llamadas Enzimas de restricción y que producen unos fragmentos de diferente tamaño entre los individuos y se ve por electroféresis de fragmentos de restricción con algunas evidencias en el año 1988, en el año 1992 se comenzó el estudio como reacción en cadena de la polimerasa para caracterizar los fluidos que no pueden ser analizados con la metodología de RFLP.

El ADN define las caracteristicas genéticas; determinando distintos marcadores se pueden definir algunas diferencias entre cada ser humano especialmente por los polimorfismos de fragmentos de restricción. Hay fragmentos deADN muy determinantes y observables en algunas trazas de evidencias de individuos que pueden ser suficientes para diferenciar entre un individuo u otro.

El laboratorio del F.B.I. corrientemente examina seis diferentes sitios, en la molécula de ADN, en la actualidad sobre las que basan las diferencias entre individuos. El procedimiento se desarrolló usando la radioactividad, el proceso resulta muy lento, cuando usted efectúa este proceso seis veces, toma tres o cuatro meses conseguir un resultado; ahora hemos resuelto usar otro proceso de desarrollo que se llama "Quimioluminicencia" que básicamente ha cambiado y disminuido el tiempo de desarrollo drásticamente y ahora en tres o cuatro semanas se obtienen excelentes resultados.

Luego de observar si los patrones coinciden, se tiene que determinar qué tan común o qué tan raro (poco frecuente) puede ser el

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resultado del ADN entre la población, obviamente, no se puede tipificar a cada individuo que compone esa población, si no que se toman muestras al azar de varios individuos que representen la población para conformar las bases de datos.

En 1992 el laboratorio del F.B.I. empezó a utilizar un procedimiento diferente denominado "Reacción en Cadena de Polimerasa" para hacer análisis en ADN de muestras muy pequeñas o bastante degradadas que con el otro procedimiento era posible de realizar. Al aplicar polimorfismos de fragmentos de restricción, el experto debe tener casi 150 a 200 nanogramos de DNA de excelente calidad que asegure un excelente resultado, pero con frecuencia las muestras de sangre o semen son demasiado pequeñas o en su defecto se encuentran degradadas o descompuestas impidiendo la realización de la denominada comúnmente prueba "RFLP".

El PCR "Reacción en Cadena de la Polimerasa", simplemente es una especie de cerox molecular o una fotocopiadora molecular, aquí nuevamente tenemos que extraer el DNA utilizando químicos; esta copia que se repite muchas veces se hace en un termociclador y es Útil cuando las muestras de saliva y fluidos no contienen suficientes células para permitir la prueba de RFLP, brindando excelentes resultados.

Los nuevos tipos de polimorfismos que diferencian entre personas se llaman ahora "Repetición Cortas en Tamden Conto". En la primavera de 1996 el laboratorio del F.B.I. comenzó un método llamado "Pruebas de DNA Mitocondriales", que analiza DNA ya no en núcleos sino en un pequeño organelo llamado mitocondria. Para practicar este tipo de prueba en pelos; primero se hace una comparación microscópica morfológica para estar seguros de las características similares o iguales, esto se hace por ejemplo en pelos de la cabeza o púbicos; este tipo de método se puede aplicar en otras partes del cuerpo que no son apropiadas para comparación al microscopio o también cuando hay problemas diferenciales de tiempo, además es posible realizarla en huesos, dientes; y hasta cierto punto en fluidos corporales y otros tejidos.

El sistema de índice de DNA combinado (CODIS), une la ciencia forense del DNA y la tecnología de la computación en un compuesto útil para salvar y solucionar crímenes violentos, los laboratorios locales

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pueden ahora comparar, intercambiar perfiles de DNA electrónicamente y conformar archivos de crímenes seriales que se permitan identificar y también determinar en ciertos casos sospechosos al hacer comparaciones de DNA en escenas de crímenes, aprovechando las bases de datos de los que ya han sido procesados y culpados.

Actualmente hay tres "CODIS" como es el de: "personas inculpadas que tienen perfiles de ADN de éstos inculpados a medida que les hagamos pruebas; archivo de la población que tiene perfiles anónimos de personas que simplemente existen para la actualización de nuestras bases de datos sobre la población y el índice forense que contiene perfiles de ADN de muestras tomadas en escenas de crímenes.

Los archivos "CODIS" no van a tener información que identifique al individuo, un ejemplo de esto sería el nombre específico de una persona sospechosa, si no que su identificación sería por un número y eventualmente con las muestras se podrá rastrear a un individuo, pero esta información no está en "CODIS" no habrá ningún historial criminal para que suministre datos respecto a enfermedades, sociales o étnias.

Otros sistemas que el FBI ha utilizado para tipificación de ADN en casos forenses son:

- HLA DQ

- PM=Analiza 5 sistemas genéticos simultáneamente

A principios de 1995 se iniciaron los análisis con otro locus denominado AMELOGENINA de gran utilidad para determinar el sexo en evidencias en las que se desconoce por completo si pertenecen a hombre o mujer.

En el futuro necesariamente tendremos que utilizar más los análisis con PCR para sistemas como VNTR y STR, polimorfismos muy informativos en poblaciones, que no son otra cosa que marcadores más sencillos de manejar.

La tendencia es desarrollar sistemas múltiples en los que se determinen en su mismo paso hasta 9 locus diferentes. De otro lado también se prevé la utilización de MARCADORES fluorescentes que se detecten en equipos totalmente sistematizados.

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Otro aspecto muy importante es el que "nosotros" (en el FBI) recomendamos a nuestros investigadores ser muy cuidadosos con los elementos que recogen, usar guantes desechables para evitar contaminar con sus células la evidencia que están tomando y que se haga el embalaje de estos elementos por separado, que se cambien los guantes cuando se termine la recolección y se inicie otra, el empaque debe evitar el deterioro de la evidencia, si se dispone de refrigeración debe utilizarse para guardar las evidencias hasta el momento de transportarlas.

Muchas de las evidencias que llegan al laboratorio no se pueden procesar por no existir un apropiado manejo de esas evidencias.

José Antonio Lorente Acosta. "El análisis del ADN en la investigación criminal: la revolución delsiglo XXI" en: "VIII Simposio Internacional de Criminalística", Picasso Ltda. Editores, Santa Fe de Bogotá-Colombia, 1998, pág. 47-54.

EL ANÁLISIS DEL A.D.N. EN LA I N V E S T ~ G A C ~ ~ N CRIMINAL: LA REvOLUCI~N DEL SIGLO XXI

l. EL A.D.N. Y LA IDENTIF~cAC~~N EN EL SIGLO X X I

La policía del aeropuerto de El dorado estaba avisada aquella tarde tormentosa de Noviembre del año 2006. Sin embargo cuando el famoso terrorista se disponía a cruzar la aduana con destino a Europa, el Coronel a cargo de la investigación no lo reconoció completamente: "Creo que es él; sin embargo, ese pelo y esa nariz no son exactamente las suyas...", comentó con un gesto poco disimulado de contrariedad.

El control de pasaportes rutinario lo atravesó sin ningún problema, ya que la falsificación del documento era perfecta, y en el control de huellas dactilares (una sofisticada máquina que comparaba la huella del pasaporte con la de la persona que lo portaba, que ponía su dedo en un sensor óptico), la huella impresa en el pasaporte coincidía con la de su propietario.

Sin embargo, el aeropuerto de Bogotá disponía, desde hacía muy pocas semanas, de un nuevo instrumento, capaz de analizar en 30 minutos el ADN de una persona, comparando los resultados con el de una gigantesca base de datos alimentada por las investigaciones de la INTERPOL.

Cuando el sospechoso fue detenido cautelarmente por tres policías del aeropuerto y conducido a una pequeña sala en las oficinas policiales, no se inmutó ni se puso nervioso, ya que se sabía seguro y con un pasaporte perfectamente falsificado: ni su propia familia sería capaz de reconocerlo si 61 lo negaba.

Pero su gesto cambió cuando un auxiliar le pidió, muy cortésmente, que introdujese un pequeño tubito en la boca, para que se llenase de saliva. Con mano temblorosa y fría sudoración devolvió el tubo a la

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auxiliar de la policía: en este momento comprendió que lo iban a identificar por medio del ADN y que el mismo, como fundamento biológico de su identidad, nunca podría ser cambiado. Pocos minutos después, el Coronel, acompañado de un grupo de policías fuertemente armados, se dirigió a él por su verdadero nombre, procediendo a su detención por múltiples delitos y estragos.

Obviamente, el análisis de ADN había demostrado que esa persona de la que se obtuvo saliva era, sin lugar a dudas razonables, el terrorista internacional más buscado, un experto en guerra biológica y un mercenario sin piedad, especializado en cambios de imagen y falsificación de documentos de identidad. Efectivamente, este hombre podía manipularlo todo o casi todo, pero ... !!! nunca podría cambiar su ADN !!!

Este podría ser el comienzo - o el final - de una novela (reconozco que mediocre) basada en la identificación genética ... la identificación del siglo XXI.

El ADN ha revolucionado la investigación criminal porque:

1.1. Ha aumentado enormemente las probabilidades de discriminación, de tal modo que donde los grupos sanguíneos y otros marcadores clásicos (enzimas, proteína, ...) sólo conseguían

, discriminar a una persona entre cien o entre mil, el ADN puede discriminar a una persona entre decenas de millones.

1.2. Permite el estudio de todos los indicios biológicos (sangre, saliva, semen, restos óseos, ...), que antes estaban bastante limitados. Por ejemplo, en una mancha de sangre de tamaño considerable, se podían estudiar variedad de marcadores para identificar de quién procedía; sin embargo, si la mancha era de saliva o se trataba de un pelo, las posibilidades disminuían enormemente.

1.3. Posibilita el análisis de materiales muy pequeños, casi microscópicos, sobre todo con el uso de la reacción en cadena de la polimerasa (PCR). Esto ha convertido a los indicios más pequeños (llamados indicios mínimos) en especialmente útiles en la investigación criminal, mientras

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que antes se descartaban para estos menesteres de identificación.

1.4. Facilita el análisis de muestras muy antiguas y10 degradadas, aunque hayan pasado semanas o meses desde que se originaron, o aunque hayan estado en condiciones de conservación adversas (sol, humedad, alta temperatura).Por ello, procede repasar cuáles son las grandes técnicas que se usan en la actualidad para analizar el ADN en la investigación criminal.

ANALISIS DE R.EL.!? POR SOUTHERN-BLOTTING

Esta técnica analítica permitió, en el bienio 1984-85, la entrada de la biología molecular en el campo de la identificación humana, en un proceso que se dio en llamar por su creador (Alec J. Jeffreys) «huella dactilar genética)) (genetic fingerprint).

Por medio de la misma se pretenden detectar en los indicios biológicos aquéllas regiones, fragmentos o «trozos» de ADN (compuestos por un número variable de repeticiones en tándem ó VNTR- ) que, siendo comunes a todas las personas, varían mucho de unas a otras. De ahí el uso del término ((huella dactilar genética)): todas las personas tienen huellas dactilares pero, analizadas con detalle, nadie tiene dos huellas iguales.

Igual ocurre con los RFLP que hay dispersos en el ADN humano: iocjas iás personas tienen RFLP pero, analizados detalladamente, ninguna persona tiene todos sus RFLP idénticos a los de otra.

Para aplicar esta técnica se necesita extraer el ADN del interior del núcleo celular, fragmentarlo en trozos (llamados RFLP) y detectar los trozos que nos interesan por un proceso de hibridación con sondas complementarias específicas.

2.1 Ventajas y limitaciones prácticas

Tanto las ventajas como los inconvenientes que analizamos en este punto son relativos, siempre por comparación con otras técnicas y teniendo en cuenta que hay que valorar cada caso individualmente.

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2. l. 1. Ventajas

Dos son las ventajas de esta técnica respecto a las otras de común uso en ciencia forense: el gran polimorfismo de los alelos (lo que implica una gran capacidad de individualización) y la relativa «resistencia» a la contaminación biológica.

El gran polimorfismo hace que sea realmente muy difícil que dos personas tengan los mismos alelos para un locus determinado. En consecuencia se obtienen gráficas de frecuencias donde el alelo más frecuente para el locus analizado es de un 10%.

De modo más general y en términos estadísticos, se ha calculado que -en términos generales- la posibilidad de que dos personas escogidas al azar tengan sus dos bandas idénticas, es de tan sólo 1 entre 250: haría falta estudiar un mínimo de 250 personas para que dos tuviesen por casualidad las mismas bandas. Esta probabilidad se puede elevar progresivamente estudiando más bandas (mas locus), hasta llegar a probabilidades de 1 entre 1 billón si se estudian 20 bandas.

La denominada resistencia a la contaminación es un hecho derivado directamente del tipo de técnica de análisis: la detección de locus de ADN con técnicas de southern-blotting e hibridación con sondas exige una cantidad mínima de ADN para poder efectuar el análisis, que varía de unos laboratorios a otros, pero que debe de ser en general mayor de 5 o 10 nanogramos. Supongamos que nos encontramos con una muestra criminal en forma de mancha de esperma en un pañuelo que puede estar contaminada biológicamente (entendiendo como tal e1 que pudiere haber ADN de otras personas ajenas a la que donó el esperma) porque: al recoger el pañuelo fue tocado por una o vanas personas que no llevaban guantes, luego fue introducido en una bolsa no suficientemente limpia, o se metió en una caja junto con una camisa manchada de sangre de origen desconocido, o porque en el pañuelo había previamente ADN de su legítimo propietario, que es distinto de quien depositó el esperma en el mismo, etc ...

En la práctica, cualquiera de esas posibles contaminaciones biológicas no va a suponer un problema,, porque exceptuando el ADN del esperma, no habrá una cantidad suficiente de ADN que procediendo de las fuentes contaminantes que hemos expuesto, interfiera con los

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resultados. Estas mismas circunstancias, en caso de emplear técnicas de PCR, pueden suponer un problema gravísimo, de difícil solución y que dificulta la interpretación de los resultados.

2.1.2. Inconvenientes

La cantidad de muestra necesaria, pese a que es muy pequeña, puede ser un inconveniente en muchos casos prácticos criminales, ya que el indicio, amén de frágil, único e irrepetible, es mínimo en la gran mayoría de los casos. Así muestras tan pequeñas como un pelo, manchas de sangre menores de 10 microlitros, los restos de saliva que queden en la boquilla de un cigarrillo, manchas de orina o sudor pequeñas, etc ... pueden no ser suficientes para realizar técnicas de southern-blotting, aunque si se podrán realizar otras pruebas de identificación genética. Por otra parte, aunque sea posible extraerADN de determinados indicios muy pequeños, lo que sí va a ser seguro es que no se podrá guardar ninguna muestra para hacer contraperitajes u otros controles, porque no es posible, aunque se puede tratar de hacer procesos de rehibridación para obtener nuevos datos, pero siempre sobre una misma base (membrana).

La calidad de la muestra es, por otra parte, también determinante. Conocemos que por hibridación con sondas estamos detectando fragmentos de ADN de un tamaño grande (kilobases), por lo que necesitamos ADN de alto peso molecular. Si el indicio ha estado en contacto con agentes físicos, químicos o biológicos contaminantes, puede darse la circunstancia de que los mismos hayan degradado el indicio, haciéndolo inservible para su análisis con sondas. Por ello, las muestras que vayan a ser analizadas con esta técnica necesitan haber estado bien conservadas, lo cual, en criminalística, es casi la excepción.

La complejidad técnica que la hibridación con sondas exige puede llegar a convertirse en un problema de relativa importancia. Aún asumiendo que depende mucho del laboratorio y de sus medios técnicos y humanos, un análisis con sondas puede llegar a necesitar desde un mínimo de 2 días, hasta 8 ó 10, si se emplea detección radioactiva. Estas técnicas tienen múltiples pasos (las muestras hay que manipularlas muchas veces), con lo cual las posibilidades de error se incrementan, y necesitan varios días de trabajo de una o varias personas.

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Finalmente, la interpretación de los resultados no es, en absoluto, un problema menor o secundario. No basta con tener un resultado numérico cualquiera, sino que hay que saber y poder interpretarlo correctamente. En la práctica, cuando existen dudas (dos ADN problema parecen ser iguales al tener las dos bandas muy similares para un locus dado), los mismos se resuelven al analizar el ADN con otra sonda, que estudia otro locus. Al hacer esto vamos disminuyendo las posibilidades de que las bandas coincidan por error, lo que conduciría a interpretaciones falsas.

Con las técnicas y reactivos químicos que existen en la actualidad, sería perfectamente posible separar los diferentes alelos, aunque ello nos haría perder una perspectiva global, o sea, pudiera darse el caso de que - por centrarnos en una zona determinada- perdamos alelos que hay en otras zonas más extremas.

3. TÉCNICAS DEAMPLIFICACIÓN GENÉTICA O REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA (PCR)

La reacción en cadena de la polimerasa, comúnmente conocida por las sus siglas inglesas (de Polymerase Chain Reaction) es una técnica que permite amplificar (copiar o multiplicar) un trozo o fragmento (alelo) de ADN de un locus determinado un número infinito de veces (en la práctica, hasta que haya cantidad suficiente como para poder ser analizado o detectado).

Con su invento, por el científico californiano Kary Mullis en 1,897, se revolucionó el mundo de la investigación genética, y no sólo para la ciencia forense, mérito que le fue reconocido cuando le fue otorgado el Premio Nobel de Química en Diciembre de 1993.

Con la posterior automatización, su uso se universalizó, llegando también a la ciencia forense. La importancia que para la criminalística tiene la aplicación de la PCR es enorme, ya que de indicios mínimos se ha podido obtener una información valiosísima, suficiente para poder identificar a una persona de entre todas las demás.

Dispersos entre los aproximadamente 6,000 millones de pares de bases que conforman el ADN (diploide) de toda persona, se encuentran fragmentos de ADN denominados «minisatélites» y «microsatélites»,

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compuestos por repeticiones en tandem (en serie) de secuencias de ADN determinadas, denominadas VNTR.

La capacidad identificadora de estos VNTR se basa en las diferencias en el número de repeticiones en tándem que hay en las diferentes personas, con lo cual se conforman diferentes alelos concretos, surgiendo el término AMP-FLP-acrónimo del inglés amplificación de fragmentos de longitud polimórfica (amplification of fragments of length polimorphysrn).

3. l . Ventajas y limitaciones prácticas

3. l. l. Ventajas:

1. La amplificación de ADN que se encuentra en indicios muy pequeños (un solo pelo o cabello, la saliva depositada en la colilla de un cigarrillo, manchas de sangre, orina o esperma casi microscópicas, uñas, trozos pequeños de piel, etc ...) es, sin duda alguna, la principal ventaja que, para la ciencia criminalística ofrece la PCR. Y no sólo porque se va a poder trabajar con un material de partida muy pequeño, sino porque se va a poder guardar parte del mismo sin usar para posteriormente realizar contraperitajes o cualesquiera otras pruebas que se estimen necesarias para confirmar (o desmentir) un resultado.

Cantidades tan pequeñas como 0.1 nanogramos (100 picogramos) pueden ser suficientes (en condiciones ideales) para conseguir resultados de amplificación de un locus. Actualmente, con la técnica desarrollada por nuestro laboratorio (Lorente y colaboradores, 1994), denominada Amplificación Múltiple Secuencial (conocida internacionalmente como SMA) es posible amplificar un locus determinado, obtener el resultado, y recuperar el ADN original para volver a estudiar por amplificación otros locus posteriormente, de modo sucesivo, con lo que las probabilidades de identificación se elevan enormemente (ver apartado 3.2). Otra aproximación técnica que ha permitido el uso de la PCR en criminalística, es la denominada PCR-

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Multiplex, técnica mediante la cual se amplifican simultáneamente varios fragmentos de ADN de nuestro interés, que luego han de ser separados electroforéticamente en condiciones especiales que permitan la identificación aislada de cada uno de estos fragmentos.

2. Los indicios biológicos obtenidos en casos criminales suelen verse afectados por procesos degradativos y contaminantes, propios de una conservación en condiciones hostiles (temperaturas medioambientales extremas, coexistencia con otros restos orgánicos que se contaminan biológicamente con bacterias y hongos, etc ...).

El tamaño de los fragmentos amplificados (alelos) oscila, aproximadamente, entre los 200 y los 1,000 pares de bases, por lo que son muy pequeños que en comparación con los 15,000 a 30,000 pares de bases que portérmino medio tienen los fragmentos estudiados con la hibridación de sondas monolocus.

Esto les confiere una gran estabilidad y resistencia a la degradación de cualquier origen (físico, químico o biológico). En consecuencia, llegado el momento de analizar un indicio, será mucho más probable obtener resultados positivos si estudiamos un trozo (entre los 6,000 millones de pares de bases que tiene todo el ADN) que posee 300 pares de bases, que si estudiamos un trozo que tiene 30,000: por pura lógica, es más difícil que se rompa el trozo más pequeño que el más grande. Es como si, sirva este símil, dejásemos a la interperie dos trozos de vidrio, uno de 1 metro de largo, y otro de 100 metros; pasado cierto tiempo, lo más probable es que el trozo grande se haya dañado y afectado mucho más que el pequeño, que incluso estará intacto.

3. En los grandes laboratorios de criminalística y biología forense, as[ como en casos especialmente complicados o donde existen muchos indicios diferentes, no deja de tener importancia la característica de la rapidez con que pueden obtenerse resultados, que en los casos más favorables (en que se puedan aplicar técnicas de extracción sencilla con

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Chelex y donde no surjan problemas con la cuantificación y amplificación de las muestras) permite a los laboratorios ofrecer datos iniciales a las 24 - 48 horas de recibir las muestras, cuando el análisis con sondas requiere, en los casos mejores, un mínimo de 72 - 96 horas, si no mucho más.

Por otra parte, esta tecnología de la PCR, en comparación con la de southern-blotting, permite procesar un mayor número de muestras por unidad de tiempo con muy poco personal, disminuyéndose los gastos para la institución que realiza los análisis.

4. La facilidad de interpretación de los resultados es, en la práctica, una de las mayores ventajas y la mayor de las garantías para la Administración de Justicia y para los derechos de cualquier ciudadano. Toda muestra dubitada debe de ser estudiada por comparación directa con un ladder alélico de referencia que exista en el mismo gel en que aparecen los resultados y, a ser posible, por comparación con una muestra indubitada del mismo supuesto origen.

3.1.2. Inconvenientes

La presencia de contaminación biológica es el gran problema de la PCR. Esta técnica tiene su talón de Aquiles en la que es su gran ventaja: la posibilidad de amplificar cualquier resto de ADN, por pequeño que sea.

Las muestras de origen biológico recogidas como indicios en las escenas donde han ocurrido hechos violentos tienen muchas posibilidades de estar mezcladas con muestras procedentes de otras personas, hecho este conocido como contaminación biológica, y que se descubre cuando tras analizar un resto o indicio biológico con PCR aparece ADN de más de una persona.

Existen otras técnicas (como la secuenciación del ADN mitocondrial) que, serán tratadas de modo específico y -por cuestiones de espacio y tiempo- sólo someramente por este ponente, aunque se mencionarán sus ventajas e inconvenientes, así como los principales usos actuales de la misma.

VENTAJAS Y LIMITACIONES DEL USO DEL A.D.N. EN LA INVESTIGA ~ l d N POLlClA L

l . LOS RESULTADOS DEL ANALISIS GENÉTICO: DEGRADACIÓN Y CONTAMINACIÓN

El potencial teórico de las técnicas de análisis de ADN induce a que muchas veces, los más y los menos expertos, nos olvidemos de las limitaciones que, como todas las técnicas aplicadas, también poseen las de análisis genético. Este exceso de confianza lo he bautizado personalmente como el "síndrome de air-bag", por entenderlo similar al exceso de confianza en su automóvil que poseen algunos conductores, alegando que en caso de accidente disponen de "air- bag" como último recurso.

Los resultados que se obtienen tras el análisis de ADN en el laboratorio responden al estudio de las muestras que se remiten al mismo. Puede ocurrir que las muestras que se mandan al laboratorio no sean las mismas que se encontraron en el lugar de los hechos, y ello es especialmente cierto cuando se trata de indicios biológicos, ya que un tratamiento incorrecto de los mismos durante la recogida, traslado o el envío puede tergiversarlos o impedir su correcto análisis.

Los resultados finales, tal y como aparecerán en las conclusiones, es lo que inicialmente interesa al Juez Instructor, al Ministerio Fiscal y a las diversas partes interesadas y pueden ser de tres tipos:

lo : Resultado excluyente: no se encuentra relación entre elllos indicios dubitados y elllos imputados. Tiene carácter absoluto.

2" : Resultado incluyente: se encuentra relación entre elllos indicios dubitados y elllos imputados. El resultado se expresará en probabilidades.

3' : Resultado no excluyente: se encuentra relación entre elllos indicios dubitados y elllos imputados, pero

una serie de problemas subyacentes (normalmente contaminación y degradación) hará que se valore muy prudentemente. El resultado se expresará en probabilidades.

En adelante nos centraremos en el estudio de los diferentes tipos de resultados y su interpretación ponderada, siendo procedente en este momento, por ser el orden lógico en el proceso de investigación criminal, considerar los problemas de contaminación, paso previo y factor a considerar antes de interpretar, de un modo u otro, el resultado global.

Y es que las muestras criminales raras veces son material de trabajo ideal, y muy al contrario, suelen ser indicios biológicos que por diversas circunstancias ocasionan múltiples problemas a los laboratorios cuando tratan de obtener y analizar adecuadamente el ADN.

Los indicios han de ser buscados y recogidos en el lugar de los hechos, por lo que se debe exigir una perfecta detección, identificación y aislamiento de los mismos para evitar la contaminación de índole biológico o químico que pudiere producirse.

La técnica universalmente utilizada en estos momentos es la denominada reacción en cadena de la polimerasa (PCR), que se basa en la acción de una enzima (Tap polimerasa). Las enzimas, como entes biológicos activos, pueden verse inhibidas o afectadas por muy diversos factores, como pH, temperatura y, especial importancia en criminalística, por la existencia de contaminación biológica y10 química o por la existencia de degradación de las muestras.

Se denomina contaminación química a la presencia de productos de origen bioquímico o químico (tintes, colorantes, pinturas, esmaltes, carburantes, aceites ...) que van a dificultar los procesos de análisis en el laboratorio, bien sea durante la extracción, cuantificación, restricción o amplificación del ADN.

Este tipo de contaminación es muchas veces inevitable, ya que suele encontrarse en el sustrato donde cae la mancha (tierra, pantalón vaquero ...) y puede ser penosa para el laboratorio, pues impide que las investigaciones lleguen a buen puerto. Cada proceso de análisis de los mencionados tiene variaciones técnicas que se pueden aplicar cuando se sospecha de una contaminación química, con lo que en gran número

de los casos se alcanza una solución satisfactoria, pese a que alarga enormemente (semanas) el proceso de análisis.

Pero existe también la llamada contaminación biológica, que es propia de indicios humanos, y consiste en la mezcla de ADN que no pertenece al indicio con ADN del indicio.

La contaminación biológica de los indicios criminales puede ser de tres tipos: anterior o previa, coetánea o paralela y posterior, que a su vez puede ser accidental, negligente o criminal, según la relación que guarden con el hecho criminal que motiva la investigación.

Todas ellas son peligrosas, en tanto en cuanto pueden tergiversar o inutilizar los resultados, aunque la más peligrosa de todas es la posterior, ya que no ofrece ningún dato útil a la investigación y es totalmente evitable.

La degradación es un concepto diferente al de contaminación. La degradación es el fenómeno que se produce cuando hay una ruptura o fragmentación del ADN por acción de diversas sustancias, normalmente por acción de restrictasas existentes en los fluidos biológicos.

Sin embargo, la degradación también puede producirse por contaminantes físicos (calor, radiaciones ultravioleta) o químicos (ácidos, álcalis) que degraden, por acción directa a los ácidos nucleicos. El resultado normal de la degradación es que no se produce una amplificación adecuada de las muestras, por lo que los resultados no son interpretables ya que, en la práctica, no existen.

Los fragmentos de ADN tienden a degradarse con una relación que es directamente proporcional a su tamaño, de tal modo que los fragmentos más largos se degradan antes. Por ello, desde 1992, se vienen utilizando en criminalística los denominados short tandem repeats (STR), o repeticiones en tandas cortas, que en total no suelen superar los 300 o 350 pares de bases de longitud total, lo que los hace realmente resistentes a la degradación.

En resumen, y como concepto claro en criminalística aplicada, la degradación evita la amplificación porque no existe un ADN dubitado o problema en condiciones aptas para ser amplificado (está fragmentado, roto). La enzima polimerasa podría trabajar, pero no dispone de un molde adecuado a partir del cual copiar y multiplicar.

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PROBLEMAS ÉTICOS YLEGALES DEL USO DEL A.D.N., TOMA DE MUESTRAS Y BASES DE DATOS

DE INTERÉS POLICIAL Y JUDICIA L

PROBLEMAS ÉTICOS- JUR~DICOS EN EL ANALlSlS DEL ADN

La identificación humana en el campo de la investigación policial tiene una doble orientación: por un lado la investigación criminal y por otro la investigación biológica de la paternidad o maternidad asociada a presuntos delitos. Aunque la base del análisis es la misma, las circunstancias y planteamientos son diferentes, lo cual da lugar a una problemática ético-jurídica diferente, siendo objeto de nuestro análisis en esta ocasión la investigación criminal de delitos contra la vida e integridad física de las personas.

En el análisis de algunos de estos supuestos me referiré muy explícitamente a la legislación de España (a veces también a la de la Unión Europea), que en un gran porcentaje será extrapolable a la legislación de Colombia.

l. EL ADN EN LA INVESTIGACIÓN CRIMINAL

Como es sabido la ciencia siempre avanza más deprisa que el derecho, esta distancia existente entre una y otra es fuente de conflictos entre ambos. Por un lado desde la ciencia no se entienden muchas de las reticencias que se ponen a los planteamientos científicos y a las propias técnicas utilizadas, el resultado se ve como algo indiscutible desde posiciones diferentes a la propia ciencia; por su parte el derecho habla del "interés de la ciencia" en uno u otro sentido, como si ella fuera parte del proceso, o de la imposic ión que hace al arrojar determinados "resultados incontrovertibles". La historia esta llena de ejemplos que nos demuestran lo equivocado de uno y otra.

Esta aparente discrepancia en algunas ocasiones pueden sintonizar en busca de ese objetivo común que hemos mencionado de marcado carácter social (resolución del caso), pudiendo lesionar intereses y valores individuales.

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Ya afirmó el malogrado RUlZ VADILLO (siendo magistrado del Tribunal Supremo de España) que "la verdad no es un principio absoluto que tenga que ser investigado a cualquier precio"; en el mismo sentido ROXlN manifestó que "una clarificación exhaustiva, ilimitada de los hechos penales podría suponer el peligro de lesión de muchos de los valores sociales y personales. Por ello la investigación de la verdad no es en el proceso penal un valor absoluto: antes bien, el proceso penal se haya inmerso en la jerarquía de valores éticos y jurídicos de nuestro Estado".

Los problemas ético-legales que se pueden presentar en la investigación criminal por medio del análisis del ADN están relacionados, básicamente, con dos puntos:

a) La negativa del consentimiento por parte del sospechoso a donar una muestra con la que comparar el resultado del análisis del indicio.

b) La puesta en marcha de bancos de datos genéticos (BDG) para facilitar la investigación criminal.

1.1. NEGATIVA DEL CONSENTIMIENTO PARA LA TOMA DE MUESTRAS DEL SOSPECHOSO

Los derechos recogidos -en la Constitución Española- que pueden lesionarse al realizar una prueba de este tipo sin el consentimiento serían:

Derecho a la libertad de movimientos (art. 17.1).

Derecho a la integridad física (art. 15).

Derecho a no declarar contra sí mismo (art. 17.3).

Derecho a no declararse culpable (art. 24.2).

Derecho a la presunción de inocencia (art. 24).

Analizaremos brevemente los problemas que pueden surgir en relación a estos derechos.

l. 1. l. Derecho a la LIBERTAD DE MOVIMIENTOS (art 17 CE)

La Comisión Europea (D.8278178 de 13-12-79) se pronunció en este sentido afirmando que «la ejecución forzosa de exámenes de sangre a una persona constituye una privación de libertad, incluso en el caso de que dicha privación sea de corta duración».

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En el caso de la investigación criminal el problema de la libertad de movimientos podría pasar a un segundo plano, ya que si existen los indicios y elementos suficientes como para plantearnos la realización de una prueba en contra de la voluntad del sospechoso, estos serán suficientes para poder establecer una privación de libertad como fase previa a la recogida de la muestra.

1.1.2. Derecho a la INTEGRIDAD F¡SICA (art 15 CE)

Los análisis sanguíneos, de orina u otros para la determinación de la alcoholemia suponen una intervención corporal coactiva de carácter leve que, aunque afecta al derecho a la integridad física, no parece vulnerar su contenido esencial.

En el supuesto en que nos encontramos esta cuestión es una de las más delicadas. La Declaración Universal de los Derechos Humanos recoge que nadie puede sufrir una lesión en contra de su voluntad, por leve que esta sea. Esta situación ha pesado enormemente a la hora de aceptar la realización de cualquier prueba que llevara implícita la producción de una lesión. Sin embargo, para la realización del estudio del ADN en medicina legal, no es necesario partir de muestras que su toma implique la producción de lesión alguna, sino que cualquier parte orgánica puede ser Útil para tal fin. Así encontramos muestras como la saliva, la toma de pelos por un cepillado, que son suficientes y que para su recogida probablemente sea necesaria menos fuerza que para la toma de la huella decadactilar.

En el derecho comparado, los análisis sanguíneos suelen ser obligatorios. Tales ((intervenciones corporales» han provocado una prolija jurisprudencia en los distintos TC, cuyo común denominador ha sido reconocer la legitimidad de tales actos de investigación coactivos siempre y cuando sean absolutamente respetuosos con el principio de proporcionalidad, de tal suerte que nunca pueda entrañar riesgo a la salud para su destinatario y sea confiada su ejecución a personal sanitario.

Aunque nosotros no estamos planteando el tema de la extracción de sangre, sí resulta ilustrativo estudiar las disposiciones en relación a este tipo de análisis, ya que podemos sacar deducciones interesantes para otro tipo de muestras. La Comisibn Europea de Derechos Humanos

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(CEDH) considera no incompatible con el artículo 2.1. de la citada comisión «una intervención tan banal como el examen de sangre...)).

1.1.3. Derecho a NO DECLARAR CONTRA SI MISMO (art 17.3 CE), a NO CONFESARSE CULPABLE (art 24.2 CE) y a la PRESUNCIÓN DE INOCENCIA (art. 24 CE)

Sobre una eventual vulneración de la presunción de inocencia, entendida como derecho autónomo, la Comisión Europea ha tenido ocasión de pronunciarse al respecto: «la posibilidad ofrecida al inculpado de probar un elemento que le disculpa no equivale a establecer una presunción de culpabilidad contraria a la presunción de inocencia, puesto que, si puede parecer evidente que, siendo positivo el resultado de la prueba, puede derivarse una sentencia condenatoria, tampoco lo es menos que este mismo examen, si fuere negativo, puede exculpar al imputado)) (D. 8239178 de 4 de diciembre).

Gracias a la tecnología del ADN no creemos que sea necesario llegar a situaciones como las anteriormente referidas, ya que las muestras necesarias pueden obtenerse sin ningún medio coactivo o de fuerza física. No obstante, si el inculpado niega su colaboración habría que valorar si el Juez tendría que determinar que pasase a una situación que nos proporcionara indicios para estudiar el ADN a partir de las siguientes posibilidades:

1. Toma de MUESTRAS INDIRECTAMENTE a partir de pelos, cepillos de dientes, sábanas, boquillas de cigarrillos, orina, ... obtenidos en la celda de la prisión en condiciones de garantía. Es de suponer que el planteamiento de la prueba se hace cuando hay indicios u otros elementos que indican la posible relación del sospechoso con los hechos. En cualquier caso habrá que adoptar las medidas a tomar al grado de vinculación entre el individuo y lo ocurrido.

2. Obtener el PERFIL GENÉTICO INDIRECTAMENTE por medio de la toma de muestras a familiares del sospechoso con el consentimiento oportuno de cada uno de los miembros implicados.

3. Utilización de OTRAS MUESTRAS PROCEDENTES DE

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FUENTES DISTINTAS a la investigación criminal, fundamentalmente nos referimos a las muestras clínicas (anatomía patológica, donación de sangre, esperma,...).

En relación con los planteamientos anteriores nos encontramos con que, cada vez con más frecuencia, se está procediendo a la toma de muestras a toda la población de lugares relativamente reducidos donde ha ocurrido un crimen, bajo la consideración de que el criminal debe estar entre los habitantes de la población o zona. Esta medida que es perfectamente lícita siempre que obre el consentimiento de cada uno de ellos, debe entenderse como un acto de solidaridad y -de colaboración ciudadana con la Justicia, pero no debe extrapolarse a una obligación legal y aplicar sobre la negativa del consentimiento de cualquier ciudadano una presunción contraria a la de inocencia.

1.2. BANCOS DE DATOS GENÉTICOS (BDG):

Con esta denominación y con otras similares (bases de datos genéticos, bases de datos biológicos,...). Se hace referencia al archivo sistemático de material genético o muestra biológicas de determinados grupos de población para ser analizadas en determinadas circunstancias.

Nos referimos a ellos de modo general como BANCOS DE DATOS GENÉTICOS (BDG), los cuales se pueden dividir en varias categorías, dependiendo del grupo de personas que abarque:

1. GENERALES.

2. PROFESIONES DE RIESGO.

3. JUDICIALES:

Personas desaparecidas.

Criminales.

Convictos.

Sospechosos.

Víctimas.

Indicios obtenidos del lugar de los hechos pertenecientes a personas no identificadas.

Aunque resulta obvio y evidente, no debemos olvidar que un grupo de personas es la suma de individuos y que debemos tratar de mantener

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.sus derechos individualmente.

En el momento actual existen múltiples problemas de tipo técnico, científico, económico y social para llevar a cabo un proyecto de banco genético general para toda la población, por lo que no se plantea su elaboración, aunque sí estamos en condiciones de empezar a debatir sobre el tema.

Sí se están realizando sin problemas en determinadas profesiones de riesgo en las que los profesionales de forma voluntaria y con consentimiento explícito donan una muestra de saliva o sangre para ser analizada en caso de accidente, con vistas a solucionar todas las cuestiones civiles que pueden presentarse ante la falta de identificación del cadáver o de sus restos.

En todos los casos se aprecia un beneficio en la realización de este tipo de bancos, desde el punto de vista social se ha planteado la conveniencia de proceder al archivo de estas muestras en determinados individuos con vista a evitar un daño a la sociedad, concretamente la discusión se ha centrado en los casos criminales, hablando de la necesidad de proceder al archivo de todos los criminales autores de delitos graves, limitándolas en principio al homicidio y a las agresiones sexuales.

Las decisiones han variado según los países, y en actualidad los dos únicos que tienen una base de datos genética de utilización rutinaria en los casos prácticos son Estados Unidos y Gran Bretaña. El primero de ellos sólo archiva el perfil de los criminales que han sido juzgados y condenados por agresiones sexuales, decidiendo instaurar este tipo de archivo debido fundamentalmente a la existencia de los denominados "violadores en serie" tendientes a repetir el mismo tipo de conductas y a las limitaciones para combatirlos, sobre todo por la movilidad y la diferente jurisdicción entre los distintos estados.

En el Reino Unido se ha ido más allá y se procede al archivo de muestras biológicas de todas aquellas personas que se han visto envueltas en un hecho delictivo.

En España no es posible llevar a cabo un proyecto de este tipo , debido a la falta de un marco legal apropiado para su realización,

especialmente por las posibles consecuencias negativas que del mal

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uso de los mismos se pudiera hacer. Sin embargo, diferentes reuniones científicas y comités de expertos han llegado a la conclusión de la conveniencia de contar con estos instrumentos frente a determinados delitos, especialmente en una época en la que la sofisticación de medios y la "especialización" criminal en determinados delitos hace extremadamente difícil la resolución de estos casos. Los delitos en los que ha habido unanimidad para la creación de bancos de datos genéticos han sido las agresiones sexuales, por lo que es de suponer que en un tiempo no muy lejano, una vez que se haya regulado adecuadamente el procedimiento y uso, se comience su instauración.

Las principales críticas de los opositores a este tipo de medidas no parten de la conveniencia o no como instrumento para combatir la criminalidad, ni van dirigidas contra la teóricas escasas ventajas que supondrían, ni siquiera se plantea en términos de costos económicos frente a los beneficios esperados. El problema que destacan es la posibilidad de obtener una información no relacionada con la investigación criminal que afecte a la intimidad y privacidad de las personas. Esta actitud clásica, pero especialmente arraigada en nuestra sociedad de finales de siglo, de miedo a "estar fichados", comparando cualquier iniciativa en este sentido con los mecanismos de control político utilizados en determinados países por regímenes políticos muy concretos, no deja de ser un fantasma que causa temor por ser desconocido y por imaginarlo especialmente deformado.

La identificación médico-legal a través del análisis del ADN se realiza sobre regiones no codificantes del genoma, es decir, aquellas que no contienen información alguna sobre las características fenotípicas de las personas, es decir, que por medio del análisis forense del ADN no se puede saber si un individuo es rubio, alto, gordo, ... ni conocer si va a sufrir alguna enfermedad o si tiene tendencia a padecer determinados tipos de patologías, ya que el ADN no codificante no contiene esa información. Es cierto que si disponemos un archivo con material biológico (sangre o saliva) la muestra podrla destinarse a otro tipo de análisis, diferente a la identificación médico-legal, pero también es cierto que las muestras archivadas en esas bases de datos, al margen de las garantías que el sistema de cada país disponga para evitar el mal uso, no podrán ser utilizadas en otros estudios clínicos por la cantidad

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es mínima, suficiente para el estudio forense, pero análisis clínico) y por las condiciones y características

del mismo, ya que este se guardan en forma de manchas secas, con lo cual la calidad del ADN se verá afectada.

Al margen de lo anterior, los requerimientos técnicos necesarios para llevar a cabo este tipo de análisis y el valor relativo que se puede obtener de la información conseguida, nos indican que las reticencias se asientan más en planteamientos temerosos basados en los fantasmas del pasado que en un análisis crítico y realista de la situación actual.

Finalmente, una anotación terminológica: las bases de datos que se usan por las fuerzas policiales al servicio de la Justicia, son bases de datos de identificación genética, por lo que sólo sirven para este fin de identificación por medio de investigaciones genéticas. No son -ni se deben de confundir como a veces se intenta hacer maliciosamente ante la opinión pública- bases de datos genéticos, ya que no se incluyen datos sobre genes, ni son bases genéticas, ya que tampoco se dispone de todo el genoma o ADN de un individuo para analizarlo.

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