contabilidad para no contadores
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CAPITULO II
NORMATIVIDAD
CONTABLE
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NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION
FINANCIERA Y NORMAS INTERNACIONALES DE
CONTABILIDAD NIFF Y NIC
Las Normas Internacionales de Informacin Financieray las Normas
Internacionales de Contabilidad NIC, son un conjunto de normas
creadas en Londres, por la Junta de Normas Internacionales de
Contabilidad (International Accounting Standards Board - IASB) es un
organismo independiente del sector privado que desarrolla y aprueba las
Normas Internacionales de Informacin Financiera. El IASB funciona
bajo la supervisin de la Fundacin del Comit de Normas
Internacionales de Contabilidad (IASCF). El IASB se constituy en el ao
2001 para sustituir al Comit de Normas Internacionales de
Contabilidad (International Accounting Standards Committee - IASC).
Las normas establecen la informacin que deben presentarse en los
estados financieros y la forma en que esa informacin debe aparecer, en
dichos estados. Las NIIF/NIC no son leyes fsicas o naturales que
esperaban su descubrimiento, sino ms bien normas que el hombre, de
acuerdo con sus experiencias comerciales, ha considerado de
importancia en la presentacin de la informacin financiera.
Dentro de su periodo de labor (1973-1999) el IASC emiti 41 normas NIC
y luego de su reestructura (2000-actualidad) pasando a ser llamado
IASB ha emitido 13 normas NIIF, que son las siguientes:
NIC 1 Presentacin de Estados Financieros.
NIC 2 Inventarios
NIC 7 Estado de Flujos de Efectivo
NIC 8 Polticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y
Errores
NIC 10 Hechos Ocurridos Despus del Periodo sobre el que se Informa
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NIC 11 Contratos de Construccin
NIC 12 Impuesto a las Ganancias
NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo
NIC 17 Arrendamientos
NIC 18 Ingresos de Actividades Ordinarias
NIC 19 Beneficios a los Empleados
NIC 20 Contabilizacin de las Subvenciones del Gobierno e
Informacin a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales
NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la
Moneda Extranjera
NIC 23 Costos por Prstamos
NIC 24 Informacin a Revelar sobre Partes Relacionadas
NIC 26 Contabilizacin e Informacin Financiera sobre Planes de
Beneficio por Retiro
NIC 27 Estados Financieros Separados
NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos
NIC 29 Informacin Financiera en Economas Hiperinflacionarias
NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentacin
NIC 33 Ganancias por Accin
NIC 34 Informacin Financiera Intermedia
NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos
NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes
NIC 38 Activos intangibles
NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medicin
NIC 40 Propiedades de Inversin
NIC 41 Agricultura
Marco Conceptual para la Informacin Financiera
NIIF 1 Adopcin por Primera Vez de las Normas Internacionales de
Informacin Financiera
NIIF 2 Pagos Basados en Acciones
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NIIF 3 Combinaciones de Negocios
NIIF 4 Contratos de Seguro
NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y
Operaciones Discontinuadas
NIIF 6 Exploracin y Evaluacin de Recursos Minerales
NIIF 7 Instrumentos Financieros: Informacin a Revelar
NIIF 8 Segmentos de Operacin
NIIF 9 Instrumentos Financieros
NIIF 9 Instrumentos Financieros (Versin 12.11.2014)
NIIF 10 Estados Financieros Consolidados
NIIF 11 Acuerdos Conjuntos
NIIF 12 Informacin a Revelar sobre Participaciones en Otras
Entidades
NIIF 13 Medicin del Valor Razonable
NIIF 14 Cuentas de Diferimientos de Actividades Reguladas.
NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos
con Clientes.(Versin 12.11.2014)
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BASES TEORICAS CONTABLES BASICAS
EQUIDAD.-
La equidad entre intereses opuestos debe ser una preocupacin
constante en contabilidad, puesto que los que sirven de, o utilizan los
datos contables pueden encontrarse ante el hecho de que los intereses
particulares se hallen en conflicto. De esto se pretende que los estados
financieros deben prepararse de tal modo que reflejen, con equidad, los
distintos intereses, en juego en una empresa dada.
Los estado financieros satisfacen las diversas necesidades de
informacin de sus usuarios. Cada uno con una expectativa diferente
con respecto al resto, con un inters particular.
PRESTAMISTA
S
GOBIERNO
TRABAJADORE
S
PUBLICO
INVERSIONISTAS
PROVEEDORE
S
CLIENTES
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El contador pblico ante la diversidad de intereses en la empresa,
alguno de los cuales puede estar en conflicto, debe tomar una actitud
independiente e imparcial al momento de preparar y presentar los
estados financieros y toda informacin adicional de una empresa.
De la prctica contable, podemos concluir, que todo profesional tiene la
obligacin de comunicar la verdad a travs de los estados financieros. La
finalidad de los estados Financieros es reflejar la situacin econmica -
financiera real de una empresa en forma veraz y oportuna.
PARTIDA DOBLE.-
Los hechos econmicos y jurdicos de la empresa se expresan en forma
cabal aplicando sistemas contables que registran los dos aspectos de
cada acontecimiento, cambios en el activo, pasivo, patrimonio (que dan
lugar a la ecuacin contable), ingresos y egresos.
Este principio es el pilar sobre el cual descansa el registro contable de
todas las transacciones realizadas por la empresa.
ENTE.-
Los Estados Financieros se refieren siempre a un ente, donde el
elemento subjetivo o propietario es considerado como tercero. El
Hechos
econmicos
Hechos Jurdicos
Operaciones
Posteriores
Activo = Pasivo + Patrimonio
Inicio de Operaciones Activo = Patrimonio
REGISTRO
MEDIANTE
UN SISTEMA
CONTABLE
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concepto de un ente es distinto del de persona ya que una misma
persona puede poseer varios entes de su propiedad.
El principio de Ente seala que una persona pueda tener varios entes
(empresas) de su propiedad, pero al momento de elaborar los Estados
Financieros se debe determinar claramente a que ente (empresa)
pertenece. El contador pblico debe delimitar que transacciones
pertenecen al ente (empresa) y por tanto registrarlos como los que no.
Esta situacin debe ser revelada en los Estados Financieros.
Una situacin que nos ayuda a explicar el prrafo anterior, Jorge
Madueo, constituye una empresa Jorge Madueo EIRL para lo cual
aporta S/. 1 000.
Otra caracterstica que nos ayuda a definir el Ente, es que una misma
persona puede producir estados financieros de varios entes de su
propiedad.
Aporta S/. 1 000
Jorge Madueo Jorge Madueo EIRL
Patrimonio
1 Casa S/. 20 000
1 Auto S/. 10 000
1Terreno S/. 5 000
Etc
Patrimonio
S/. 1 000
Registro de
Transacciones
Hay que separar el patrimonio
de Jorge Madueo EIRL
DEFINIR EL
ENTE
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BIENES ECONMICOS.-
Los estados financieros se refieren siempre a bienes econmicos, es
decir, bienes materiales e inmateriales que posean valor econmico y por
ende susceptibles de ser valuados en trminos monetarios.
Debemos precisar que los estados financieros se refieren bsicamente a
informacin cuantificable (lo que tiene la empresa, las deudas, los
aportes de los propietarios); es importante entonces cuantificar en
unidades monetarias, las transacciones realizadas por la empresa.
Pero los Estados Financieros tambin informan sobre hechos que no
necesariamente son cuantificables, por ejemplo el caso de las
contingencias. (Las cuales se revelan va Nota a los Estados
Financieros).Este principio est muy vinculado con el Moneda Comn
Denominador, que analizaremos ms adelante.
Jorge Madueo
Jorge Madueo EIRL
Comercial ICA SA
La Pacifica SA
Arequipa SRLtda
Estados Financieros
Activo
Pasivo
Patrimonio Neto
Ingresos
Gastos
Se puede cuantificar en
unidades monetarias
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En el encabezado de los Estados Financieros podemos apreciar que la
informacin presentada en los mismos puede ser valorizada y
cuantificada en unidades monetarias.
MONEDA COMN DENOMINADOR.-
Los estados financieros reflejan el patrimonio mediante un recurso que
se emplea para reducir todos sus componentes heterogneos a una
expresin, que permita agruparlos y compararlos fcilmente. Este
recurso consiste en elegir una moneda y valorizar los elementos
patrimoniales aplicando un precio a cada unidad.
Generalmente se utilizan como comn denominador, la moneda que
tiene curso legal en el pas en que funciona el ente. En el Per de
conformidad con dispositivos legales, la contabilidad se lleva en moneda
nacional.
Por la aplicacin de este principio los hechos contables son medidos por
una unidad monetaria (Principio Bienes Econmicos), la cual permite
convertir todos los elementos patrimoniales heterogneos en
homogneos, es decir, es un comn denominador de medicin contable,
y es la base para la elaboracin de los Estados Financieros.
Comercial Aceros SA
Estado de Flujos de Efectivo
Por los aos terminados el
31 de diciembre del 200X y 200Y
(expresados en miles de nuevos soles)
Nota 1,2,3,4
Todas las partidas son
expresadas en
unidades monetarias
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EMPRESA EN MARCHA.-
Salvo indicacin expresa en contrario, se entiende que los estados
financieros pertenecen a una empresa en marcha, considerndose que
el concepto que informa la mencionada expresin, se refiere a todo
organismo econmico cuya existencia temporal tiene plena vigencia y
proyeccin.
De acuerdo a este principio en contabilidad se asume que todo negocio
se constituye para operar en forma continuada y por tiempo indefinido.
Existen excepciones como es el caso de una empresa en liquidacin o
las sociedades colectivas.
Billetes
Facturas
Mercaderas
Elementos
Heterogneos
S/. 200.00
S/. 1 000.00
S/. 4 000.00
Expresados en
nuevos soles
Homogenizacin
Constituye
la empresa
01/01/200X
Sigue
operando
Ao 200Y
Sigue
operando
Ao 200Z
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VALUACIN AL COSTO.-
El valor de costo adquisicin o produccin constituye el criterio
principal y bsico de valuacin que condiciona la formulacin de los
estados financieros llamados de situacin, en correspondencia tambin
con el concepto de empresa en marcha, razn por la cual esta norma
adquiere el carcter de principio.
Esta afirmacin no significa desconocer la existencia y procedencia de
otras reglas y criterios aplicables en determinadas circunstancias, sino
que , por el contrario, significa afirmar que en el caso de no existir una
circunstancia especial que justifique la aplicacin de otro criterio, debe
prevalecer el costo adquisicin o produccin como concepto bsico de
valuacin.
Por otra parte, las fluctuaciones del valor de la moneda comn
denominador, con su secuela de correctivos que inciden o modifican las
cifras monetarias de los costos de determinados bienes, no constituyen,
asimismo, alteraciones al principio expresado, sino que , en sustancia ,
constituyen simples ajustes a la expresin numeraria de los respectivos
costos.
El principio de valuacin al costo est relacionado con la determinacin
del valor de los activos como los terrenos, edificios, mercancas y
equipos que son las caractersticas de los muchos recursos econmicos
que se utilizan en la generacin de ingresos de una empresa.
Desde un punto de vista contable es que dichos activos deben ser
registrados a su costo. Es por ello que los activos aparecen en el balance
general a su costo histrico, es decir el costo original del activo con el
que ingresa y fue registrado por la empresa, esta suma muchas veces
puede ser muy diferente del valor de mercado de dicho activo.
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PERIODO.-
En la empresa en marcha es necesario medir el resultado de la
gestin de tiempo en tiempo, ya sea para satisfacer razones de
administracin, legales, fiscales o para cumplir con compromisos
financieros.
El lapso que media entre una fecha y otra se llama periodo. Para los
efectos del Plan Contable General, este periodo es de doce meses y recibe
el nombre de Ejercicio.
El principio de empresa en marcha indica que la empresa que le
empresa tiene vigencia y proyeccin en el futuro, pero es necesario
medir el resultado dela gestin empresarial, la situacin econmica y
financiera de la empresa en un momento determinado de la vida de la
empresa. Por ello es necesario efectuar cortes peridicos a lo largo de la
misma determinando de esta forma periodos de informacin.
Los periodos fijados para los cortes se hacen en funcin de las
necesidades administrativas, aunque las mediciones peridicas son
provisionales, sin embargo son esenciales para la administracin y para
otras partes interesadas, como base para la toma de decisiones.
Nacimiento de una
empresa
Fecha de
corte
Fecha de
corte
Periodo 1 Periodo 2
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DEVENGADO.-
Las variaciones patrimoniales que se deben considerar para establecer
el resultado econmico son las que corresponden a un ejercicio sin
entrar a distinguir si se han cobrado o pagado durante dicho periodo.
Caso Prctico:
Una venta que se realiza en Diciembre del 200X se contabilizara en dicho
ao, con independencia de que el cliente pueda pagar el ao siguiente:
--------------1-----------------
12 Ctas x Cobrar Com. 1 180.00
4011 IGV 180.00
70 Ventas 1 000.00
Por el registro de las ventas al crdito
PRUDENCIA.-
Significa que cuando se deba elegir entre dos valores para un elemento
del activo, normalmente se debe optar por el ms bajo, y para un
elemento del pasivo el mas alto, o bien que una operacin se contabilice
de tal modo que la participacin del propietario sea menor. Este
principio general se puede expresar tambin diciendo: contabilizar todas
las perdidas cuando se conocen y las ganancias solamente cuando se
hayan realizado.
Este principio est relacionado con el conservadurismo, el cual significa
seleccionar mtodos de medicin que proporcionan una utilidad neta
menor, activos menores y capital en acciones menor durante los aos
iniciales.
Se registrara la venta al
crdito en el Registro de
Ventas en el mes de
Diciembre del 200X a pesar
que se efectuara el cobro en
el 200Y, esta operacin
afecta el resultado
econmico del ao 200X ya
que en el Balance General
se expresa esta cantidad
como una cuenta por cobrar.
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Se debe tener en cuenta que cuando se debe elegir entre dos valores para
un elemento del activo, normalmente se debe optar por el mas bajo.
Un caso tpico lo constituyen las operaciones en dlares.
Se tiene en caja U$ 1000. Y se tienen dos tipos de cambio a asignar tipo
de cambio compra 3.56 tipo de cambio venta 3.70.
De acuerdo al principio de prudencia para el caso de cuentas de activos
optamos por el tipo de cambio ms bajo (tipo de cambio compra.)
Analizamos ahora respecto a la situacin que se presenta en el balance,
para ambos casos el pasivo es constante por S/. 2 000.00
U$ 1 000.00
Dinero en Caja
Tipo de Cambio
Compra (3.56) o tipo
de Cambio Venta
(3.70)?
U$ 1 000.00
U$ 1 000.00 * 3.56 = S/. 3 560.00
U$ 1 000.00 * 3.70 = S/. 3 700.00
El ms
Bajo
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Situacin A
Tipo de cambio compra
Activo 3,560.00 Pasivo 2,000.00
Patrimonio
Neto 1,560.00 A
3,560.00 3,560.00
Situacin B
Tipo de cambio venta
Activo 3,700.00 Pasivo 2,000.00
Patrimonio
Neto 1,700.00 B
3,700.00 3,700.00
OBJETIVIDAD.-
Los cambios en el activo, pasivo y en la expresin contable del
patrimonio neto, se debe reconocer formalmente en los registros
contables, tan pronto como sea posible medirlos objetivamente y
expresar esa medida en trminos monetarios.
Pero existen diversos criterios para efectuar una medicin objetiva de
los cambios en el activo, pasivo y patrimonio neto y a su vez expresarla
en trminos monetarios.
Menor
Participacin del
Propietario
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Ejemplo:
La pliza es por seis meses y la prima pagada por S/. 600.00 En este
caso solo el seguro cubre hasta el mes de diciembre del 200X.
REALIZACIN.-
Los resultados econmicos solo se deben computar cuando sean
realizados, o sea cuando la operacin que los origina queda
perfeccionada desde el punto de vista de la legislacin o prcticas
comerciales aplicables y se hayan ponderado fundamentalmente todos
los riesgos inherentes a tal operacin. Se debe establecer como carcter
general que el concepto realizado participa del concepto de
devengado.
La contabilidad cuantifica en trminos monetarios las operaciones que
ejecuta la empresa con otras participantes en la actividad econmica y
ciertos eventos econmicos.
Beneficios
Julio
200X
Diciembre
200X
6 meses
100% es activo al
mes de Julio
A medida que
pase el tiempo las
partes alcuotas
se enviaran al
gasto
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Un ejemplo prctico es la venta de mercaderas. Una vez firmado el
contrato de comercializacin (si fuese necesario) y el girado de la factura
correspondiente, se considera que la operacin ya esta realizada por lo
tanto se llevara a cabo el registro contable, es decir, La empresa
Arequipa SA registrara la venta de la siguiente mercadera:
100 unidades c/u S/. 200.00 20,000.00
IGV 3,600.00
Precio de Venta 23,600.00
Costo de las 100 unidades
c/u S/. 150.00 15,000.00
-----------1--------------
12
Ctas por Cobrar Com.
Terceros 23,600.00
4011 IGV 3,600.00
70 Ventas 20,000.00
Por la venta de mercaderas
-----------2--------------
69 Costo de Ventas 15,000.00
20 Mercaderas 15,000.00
Por el costo de la mercadera
Vendida
UNIFORMIDAD.-
Los principios generales, cuando fueren aplicables y las normas
particulares principios de valuacin utilizados para formular los
estados financieros de un determinado ente deben ser aplicados
uniformemente de un ejercicio a otro. Se debe sealar por medio de una
nota aclaratoria, el efecto en los estados financieros de cualquier cambio
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de importancia en la aplicacin de los principios generales y de las
normas particulares principios de valuacin.
Sin embargo, el principio de la uniformidad no debe conducir a
mantener inalterables aquellos principios generales, cuando fuere
aplicable, o normas particulares principios de valuacin que las
circunstancias aconsejen sean modificados.
Cualquier cambio importante en los mtodos de valuacin y de
acumulacin de un ao a otro, exige una explicacin adjunta a los
estados financieros del ao que tiene lugar el cambio y una aclaracin de
la naturaleza de la diferencia en el mtodo, la razn para el cambio y el
efecto monetario, en comparacin con el resultado que se hubiera
obtenido de haberse continuado con el mismo mtodo del ao anterior.
Arequipa SA
Balance
General
Al 31-12-200X
Balance
General
Al 31-12-200Y
Balance
General
Al 31-12-200Z
Mtodos de Valuacin de
Existencias
Costo Promedio
Costo Promedio
Costo Promedio
Principio de
Uniformidad
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SIGNIFICACIN O IMPORTANCIA RELATIVA.-
Al ponderar la correcta aplicacin de los principios generales y normas
particulares se deben necesariamente actuar con sentido prctico.
Frecuentemente se presentan situaciones que no encuadran dentro de
aquellos y que sin embargo, no presenta problemas porque el efecto que
producen no distorsiona el cuadro general.
Este principio se denomina tambin materialidad, la informacin es
material si su omisin o distorsin pueden influir en las decisiones
econmicas tomadas por los usuarios basndose en los estados
financieros. La materialidad depende de la dimensin de la partida o del
error considerado en las particulares circunstancias de la omisin o
distorsin producidos. De ese modo la materialidad proporciona un
umbral o punto de corte antes que constituir una caracterstica
cualitativa bsica que la informacin debe poseer si va tener utilidad.
Se omiti el registro del saldo de la cuenta corriente 0013672 por S/. 1
789.00. Afecta el saldo de caja bancos?
Situacin 1
%
Caja 21,362,721.00 100
Omisin 1,789.00 0.008
Situacin 2
%
Caja 5,639.00 100
Omisin 1,789.00 32
Es material? Tiene significancia?
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En el caso de la situacin 1 esta omisin no es material ya que
representa el 0.008% del total, pero en la situacin 2 dicha omisin ya
distorsiona el saldo de caja bancos ya que representa el 32% del total.
EXPOSICIN.-
Los estados financieros deben contener toda la informacin y
discriminacin bsica y adicional que sea necesaria para una adecuada
interpretacin de la situacin financiera y de los resultados econmicos
del ente a que se refieren.
Los estados financieros tienen, fundamentalmente, los siguientes
objetivos:
Presentar razonablemente informacin sobre la situacin financiera, los
resultados de las operaciones y los flujos de efectivo de una empresa.
Apoyar a la Gerencia en la planificacin, organizacin, direccin y
control de negocios.
Servir de base para tomar decisiones sobre inversiones y financiamiento.
Los Estados Financieros brindan informacin sobre:
Es importante recordar que un conjunto completo de Estados
Financieros incluye lo siguiente:
Estado de Situacin Financiera
Estado de Resultado Integral
Estado de Cambios en el Patrimonio
Estado de Flujos de Efectivo.
Notas sobre Polticas Contables y otras revelaciones.
Situacin Financiera
Situacin Econmica
Estado de Sit. Financiera
Estado de Resultados
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LA DOCUMENTACION MERCANTIL
CONCEPTO.
Denominamos Documentacin Mercantil a la Disciplina especializada
que nos da a conocer las caractersticas fundamentales y requisitos
primordiales que debe reunir toda documentacin a emplearse en cada
actividad mercantil.
Los documentos mercantiles a utilizarse darn f de la actividad
comercial y servirn a su vez para asentar dichas operaciones en
registros especiales y su posterior control por parte de la contabilidad.
El llenado de los documentos mercantiles requiere de un aspecto tcnico
y legal, es decir fundamentadas en el arte de su confeccin y en las leyes
que la rigen.
CLASIFICACION.
Estudiaremos solo los principales::
Documentos exigidos legalmente por SUNAT.
Documentos empleados legalmente por todo sistema comercial
financiero.
DOCUMENTOS EXIGIDOS LEGALMENTE POR SUNAT.
Mediante D.Leg. N 25632 y su reglamento difundido por la
administracin tributaria, ha establecido nuevas normas en el sistema
de registro documentario a fin de que exista una mejor organizacin y
control de la actividad tributaria.
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Comprobantes de Pago: es todo documento que acredita la transferencia
de bienes, entrega en uso o prestacin de servicios. El comprobante de
pago es un documento formal que avala una relacin comercial o de
transferencia en cuanto a bienes y servicios se refiere.
Tipos de Comprobantes de Pago:
Existen varios tipos que tienen caractersticas y usos diferentes:
a) LA FACTURA.
Es un documento que permite sustentar gastos / costos y detalla en
forma clara los bienes y el importe de los mismos, los servicios
prestados, descuentos, condiciones de venta, etc.
Con dicho documento el vendedor se ver en la obligacin de cobrar
el importe fijado y el comprador de pagar el importe exigido o
registrado, as como demostrar la propiedad del bien o servicio.
La factura debe emitirse:
En operaciones que realicen personas naturales o jurdicas que
sean sujetos del Impuesto General a las Ventas (IGV) y que
tengan derecho a utilizar el crdito fiscal.
Cuando el usuario lo solicite a fin de sustentar costo y gasto.
En operaciones de exportacin.
Requisito fundamental para exigir factura es que se debe tener RUC
expedido por SUNAT.
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b) RECIBO POR HONORARIOS.
Documento que debe ser entregado por toda persona que ejerce una
profesin u oficio. Dicho documento es utilizado para sustentar
gastos y costos para efectos tributarios, ejemplo: mdicos,
abogados, electricistas, gasfiteros, etc., siempre y cuando no estn
asociados en sociedades civiles u otros. La retencin respectiva
cuando el monto es mayor a mil quinientos nuevos soles (S/.
1,500.00) es del 8%.
c) BOLETA DE VENTA.
Documento otorgado a consumidores finales, en ella se consigna el
valor de la venta mas no se detalla el IGV. No otorgan derecho a
crdito fiscal, ni pueden ser utilizados para sustentar gasto y costo,
salvo el 6% del total anual que otorga el derecho a deducir costo y
gasto (ejemplo facturas) siempre que estas boletas pertenezcan a
proveedores del Rgimen nico Simplificado - RUS.
d) TICKETS O CINTAS DE MAQUINAS REGISTRADORAS.
Son documentos admitidos como comprobantes de pago en
operaciones finales, el comprador puede utilizar estos comprobantes
para sustentar el crdito fiscal, para esto ser necesario identificar
al comprador, su nmero de RUC, el detalle de los bienes
adquiridos y que discriminen el monto del IGV
e) GUIAS DE REMISION.
Documento que se utiliza para comprobar el traslado del bien con
motivo de su compra o venta.
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Existen dos modalidades las que veremos a continuacin:
Gua de Remisin Remitente.
Es un documento emitido por el remitente para sustentar el
traslado de sus propios bienes con motivo de su compra o venta.
En este caso el remitente hace uso del Transporte Privado para
el traslado de sus bienes, por lo que deber emitir una Gua de
Remisin Remitente, en otras palabras cuando el remitente tiene
sus propios vehculos de transporte y traslada su propia
mercadera, ante este hecho solo emitir una Gua de Remisin
Remitente.
SUNAT MOBIL OBLIGADO EN LAS CARRETERAS
Una gua de remitente contiene
Domicilio de partida remitente
Domicilio de llegada .destinatario
Que envas cuanto es el peso
Datos de la unidad vehicular :La placa de la unidad de trasporte
Licencia del chofer
Gua de remitente cuando tu vas a llevar un bien y tienes tu propio transporte
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Gua de Remisin Transportista.
Es un documento emitido por el transportista y ocurre cuando
el servicio de transporte de bienes es realizado para terceros.
Aqu el remitente hace uso del Transporte Publico para trasladar
sus bienes. Cuando el traslado de bienes se realiza bajo esta
modalidad de Trasporte Pblico se deber emitir las dos guas
de Remisin.
Gua de Remisin del Remitente: emitida por la empresa
propietaria de los bienes a trasladar.
Gua de Remisin del Transportista: emitida por la empresa de
transporte que va a trasladar los bienes del remitente.
RAYO S.A.
Mercaderas
(Bateras)
RAYO S.A.
Trasporte Propio
(Privado)
Emisin
Gua de Remisin
Remitente
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Emisin
Gua de Remisin
Remitente
Emisin
Gua de Remisin
del Transportista
Ambos documentos son emitidos a
la vez para el traslado de los
bienes
RAYO S.A.
Propietario de Mercaderas
(Bateras)
TRASPORTES RAMOS S.A.
Propietaria del Vehculo
(Publico)
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DOCUMENTOS EMPLEADOS LEGALMENTE POR TODO SISTEMA
COMERCIAL Y FINANCIERO.
Entre los principales tenemos:
a) LETRA DE CAMBIO.
Naturaleza de Crdito
Surge como exigencia econmica, tratando de satisfacer las
mltiples relaciones financieras y comerciales de los individuos. Por
lo tanto la letra de cambio es un ttulo valor esencialmente de
crdito, en el que se determina una orden de pago de una cantidad
de dinero en una fecha establecida, tambin se le considera un
documento circulante porque puede tener una serie continuada en
endosos.
Qu es el Endoso? Es la transferencia de un titulo valor y es lo que
hace circular a dicho documento en el mundo de los negocios.
Personas que intervienen:
El aceptante: es la persona que firma la letra por el monto de su
deuda, comprometindose a cancelarla en una fecha determinada.
El girador: persona que extiende la letra.Que llena la ley
El beneficiario o tenedor: persona que ha de cobrar el monto
adecuado.Guarda la letra de cambio
El aval: persona que garantiza al aceptante.El que paga si no paga el
aceptante
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Tipos de Vencimiento: la letra para que tenga validez de acuerdo a
al Art. 63 de la Ley de Ttulos y Valores, solo puede ser girada:
A la vista: (no tiene plazo) debe ser cancelada el da de su
presentacin.
A das vista: su vencimiento se cuenta desde el momento en que la
letra fue aceptada.
A das fecha: su vencimiento se cuenta desde el momento en que la
letra fue emitida.
A fecha fija: la cancelacin de la letra debe ser el mismo da en que
se indica en el documento.
El Protesto: diligencia que se da cuando la persona que acepto la
letra se negase a pagar la deuda contrada. Una vez cumplidos los
das de gracia (8 das) la letra debe ser presentada aun Notario
Pblico quien notificara al aceptante o aval para que efectu su
pago segn el importe fijado en la letra, as como gastos adicionales
y perjuicios que ocasione el protesto.
b) EL CHEQUE.
Es un documento que satisface mltiples necesidades de carcter
econmico. Se considera como un titulo valor que representa un
mandato de pago a favor de si mismo o de terceros siempre y
cuando el girador tenga fondos disponibles en su cuenta corriente
del banco o de su preferencia. Es considerado como un instrumento
de cobro a diferencia de la letra de cambio considerada como un
instrumento de crdito.
Personas que intervienen en el Cheque:
-
65
El girador: persona o empresa que ordena el pago.
El banco: entidad a quien se le ordena efectuar el pago.
El beneficiario: persona o empresa que realiza el cobro segn lo
indicado en el cheque.
En muchos de los casos tambin el girador puede ser el beneficiario.
Partes de un cheque:
Taln: la parte que quedo con el girador, en el se indica el nombre
de quien se giro, importe, fecha y saldo.El nmero de cheque el monto a
la fecha
Cuerpo: es la parte que se entrega al beneficiario.
Formas de girar un Cheque:
Al portador: la palabra al portador reemplaza al nombre, la
persona que porta o posee el cheque es quien cobra.
A la orden: se hace constar el nombre de la persona o empresa que
debe cobrar. Se indica as: pagase a la orden de Sergio Luna
Montero
Transferencias: los cheques tambin pueden servir como forma de
pago, por lo tanto se transfieren a favor de otras personas o
empresas mediante el Endoso, palabra que debe ser registrada en el
reverso del cheque, as por ejemplo: endosado a Rita Llanos
seguido de la firma, documento de identidad nacional y direccin
-
66
del que lo endosa y firma, documento de identidad nacional y
direccin a quien se endosa el cheque.
c) EL PAGARE.
Es un documento de crdito, mediante el cual una persona se obliga
a si misma a pagar una suma determinada de dinero bajo una
promesa escrita. El uso de este documento facilita las transacciones
financieras permitiendo una mayor seguridad al vendedor o
prestamista por recuperar su dinero.
Personas que intervienen:
Deudor o girador: persona que emite el documento en el que se
compromete a pagar su deuda en una fecha fijada.
Acreedor o beneficiario: es la persona que posee el documento y
cobra a su favor el importe determinado en el pagar.
El aval o garante: persona cuya responsabilidad es solidaria, en
una accin judicial podr demandarse conjuntamente al obligado
principal y al aval.
Clases de Pagar:
Comercial: es un documento girado al portador o a la orden. Es el
reconocimiento de un crdito a favor de una persona determinada y
la promesa de saldar dicho crdito.
Bancario: Es el que suscribe una persona a favor de un banco, en
el que se compromete a amortizar o pagar la deuda en un tiempo
-
67
establecido; en el documento se debe especificar la persona garante,
los intereses a pagar y la forma de cobro por parte del banco.
LOS LIBROS DE CONTABILIDAD
La Contabilidad cuenta con unos instrumentos materiales en los que se
recogen las operaciones que se efectan diariamente en un negocio y que
afectan a su propio patrimonio. Estos instrumentos son los Libros de
Contabilidad. Existen varias definiciones al respecto, sin embargo
daremos una que consideramos la ms acertada.
CONCEPTO
Son libros especiales donde se anotan o registran en forma ordenada,
analtica y justificada, las diversas operaciones mercantiles que realiza la
empresa, a fin de conocer la situacin econmica financiera de la misma,
en un determinado perodo de tiempo.
IMPORTANCIA DE LOS LIBROS DE CONTABILIDAD
Los Libros de Contabilidad son de suma importancia para la vida
econmica del pas. Desde el punto de vista jurdico permite registrar
las operaciones mercantiles empleando reglas o disposiciones
establecidas: en lo econmico en base a los datos que nos proporcionan
se podrn realizar proyecciones de acuerdo a una toma de decisiones
coherente; en lo funcional nos conduce a la realizacin de una buena
administracin. Su importancia radica en que:
Permiten el registro y control de los valores que ingresan y salen de
la empresa.
-
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Nos dan a conocer el estado financiero y econmico de la empresa
hasta un periodo de tiempo determinado.
Sirven de sustentacin y prueba de que las operaciones mercantiles
han sido registradas objetivamente, y en base a ello determinar y
comprobar el monto de los tributos por pagar.
En lneas generales representan la fotografa de los acontecimientos
mercantiles de la empresa. Permiten registrar la entradas y salidas
de los recursos de una empresa dando a conocer los resultados de
la gestin en un periodo determinado.
LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS
La SUNAT, mediante la Resolucin de Superintendencia N 234-
2006/SUNAT y modificatorias, estableci las disposiciones relacionadas
con los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, las cuales
estn vigentes desde del 1 de enero de 2007, integrando as en un solo
cuerpo legislativo las normas sobre la materia.
A partir de julio del 2011 est vigente la normativa por la cual la SUNAT
puso a disposicin de los contribuyentes obligados a llevar determinados
Libros y/o Registros Vinculados a Asuntos Tributarios, la alternativa de
llevarlos de manera electrnica, teniendo con ello la posibilidad de
generar ahorros en los gastos relacionados al papel; como la legalizacin,
impresin, empaste y almacenamiento de dichos documentos fsico.
Dicha alternativa el contribuyente la ejerce desde la oportunidad, y a
partir de su decisin, de afiliarse al Sistema de Libros y Registros
Electrnicos.
RELACION DE LIBROS Y REGISTROS
-
69
Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios sern los libros de
actas, los libros y registros contables u otros libros y registros exigidos
por las leyes, reglamentos o Resolucin de Superintendencia que se
sealan a continuacin:
LIBRO DE CAJA Y BANCOS
LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL ARTICULO 34 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA
LIBRO DIARIO
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
LIBRO MAYOR
REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS
REGISTRO DE COMPRAS
REGISTRO DE CONSIGNACIONES
REGISTRO DE COSTOS
REGISTRO DE HUSPEDES
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FSICAS
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO
REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS - ARTCULO 23 RESOLUCIN DE SUPERINTENDENCIA N 266-2004/SUNAT
REGISTRO DEL RGIMEN DE PERCEPCIONES
REGISTRO DEL RGIMEN DE RETENCIONES
REGISTRO DE RETENCIONES ARTCULO 77-A DE LA LEY DE IMPUESTO A LA RENTA
REGISTRO IVAP
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - ARTCULO 8 RESOLUCIN DE SUPERINTENDENCIA N 022-98/SUNAT
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE SUPERINTENDENCIA N 021-99/SUNAT
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70
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE SUPERINTENDENCIA N 142-2001/SUNAT
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO C) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE SUPERINTENDENCIA N 256-2004/SUNAT
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE SUPERINTENDENCIA N 257-2004/SUNAT
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO C) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE SUPERINTENDENCIA N 258-2004/SUNAT
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE SUPERINTENDENCIA N 259-2004/SUNAT
LIBRO DE ACTAS DE LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
LIBRO DE ACTAS DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
LIBRO DE ACTAS DEL DIRECTORIO
LIBRO DE MATRCULA DE ACCIONES
LIBRO DE PLANILLAS
PLAZOS DE ATRASO DE LOS LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A
ASUNTOS TRIBUTARIOS
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CDIGOLIBRO O REGISTRO VINCULADO A
ASUNTOS TRIBUTARIOS
Mximo atraso
permitido
Acto o circunstancia que determina el inicio del plazo para el
mximo atraso permitido
1 LIBRO CAJA Y BANCOS Tres (3) mesesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se realizaron las operaciones
relacionadas con el ingreso o salida del efectivo o equivalente del efectivo.
Tratndose de deudores tributarios que obtengan rentas de segunda categora: Desde el
primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se cobre, se obtenga el ingreso o se
haya puesto a disposicin la renta.
Tratndose de deudores tributarios que obtengan rentas de cuarta categora: Desde el
primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se emita el comprobante de pago.
Tres (3) meses (*) (**) Desde el da hbil siguiente al cierre del ejercicio gravable.
4
LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F)
DEL ARTICULO 34 DE LA LEY DEL
IMPUESTO A LA RENTA
Diez (10) das hbiles Desde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se realice el pago.
5 LIBRO DIARIO Tres (3) meses Desde el primer da hbil del mes siguiente de realizadas las operaciones.
5-A LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO Tres (3) meses Desde el primer da hbil del mes siguiente de realizadas las operaciones.
6 LIBRO MAYOR Tres (3) meses Desde el primer da hbil del mes siguiente de realizadas las operaciones.
7 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS Tres (3) meses Desde el da hbil siguiente al cierre del ejercicio gravable.
Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente al que corresponda el registro de las
operaciones segn las normas sobre la materia.
9 REGISTRO DE CONSIGNACIONES Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se recepcione el comprobante
de pago respectivo.
10 REGISTRO DE COSTOS Tres (3) meses Desde el da hbil siguiente al cierre del ejercicio gravable.
11 REGISTRO DE HUSPEDES Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se emita el comprobante de
pago respectivo.
12REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE
EN UNIDADES FSICASUn (1) mes
Desde el primer da hbil del mes siguiente de realizadas las operaciones relacionadas
con la entrada o salida de bienes.
13REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE
VALORIZADOTres (3) meses
Desde el primer da hbil del mes siguiente de realizadas las operaciones relacionadas
con la entrada o salida de bienes.
Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se emita el comprobante de
pago respectivo.
15
REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS -
ARTCULO 23 RESOLUCIN DE
SUPERINTENDENCIA N 266-2004/SUNAT
Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se emita el comprobante de
pago respectivo.
REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
Tratndose de deudores tributarios que lleven el Registro de Ventas e Ingresos en forma manual o utilizando hojas
sueltas o continuas:
LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS Diez (10) das hbiles2
Tratndose de deudores tributarios pertenecientes al Rgimen General del Impuesto a la Renta:
3 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
8 REGISTRO DE COMPRAS
Tratndose de deudores tributarios que lleven el Registro de Compras en forma manual o utilizando hojas sueltas o
continuas:
14
-
72
16 REGISTRO DEL RGIMEN DE PERCEPCIONES Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aquel en que se emita el documento que
sustenta las transacciones realizadas con los clientes.
17 REGISTRO DEL RGIMEN DE RETENCIONES Diez (10) das hbiles
Desde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se recepcione o emita, segn
corresponda, el documento que sustenta las transacciones realizadas con los
proveedores.
18 REGISTRO IVAP Diez (10) das hbilesDesde la fecha de ingreso o desde la fecha del retiro de los bienes del Molino, segn
corresponda.
19
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE
ADQUISICIONES - ARTCULO 8
RESOLUCIN DE SUPERINTENDENCIA N
022-98/SUNAT
Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se recepcione el comprobante
de pago respectivo.
20
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE
ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE
SUPERINTENDENCIA N 021-99/SUNAT
Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se recepcione el comprobante
de pago respectivo.
21
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE
ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE
SUPERINTENDENCIA N 142-2001/SUNAT
Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se recepcione el comprobante
de pago respectivo.
22
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE
ADQUISICIONES - INCISO C) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE
SUPERINTENDENCIA N 256-2004/SUNAT
Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se recepcione el comprobante
de pago respectivo.
23
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE
ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE
SUPERINTENDENCIA N 257-2004/SUNAT
Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se recepcione el comprobante
de pago respectivo.
24
REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE
ADQUISICIONES - INCISO C) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE
SUPERINTENDENCIA N 258-2004/SUNAT
Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se recepcione el comprobante
de pago respectivo.
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REGISTRO(S) AUXILIAR(ES) DE
ADQUISICIONES - INCISO A) PRIMER
PRRAFO ARTCULO 5 RESOLUCIN DE
SUPERINTENDENCIA N 259-2004/SUNAT
Diez (10) das hbilesDesde el primer da hbil del mes siguiente a aqul en que se recepcione el comprobante
de pago respectivo.
(**) En los casos previstos en el numeral 3.2 del artculo 13, el plazo mximo de atraso ser de tres (3) meses computado a partir del da siguiente:
a) A la fecha del balance de liquidacin.
b) Al otorgamiento de la escritura pblica de cancelacin de sucursales de empresas unipersonales, sociedades o entidades de cualquier naturaleza, constituidas en el exterior
o de producido el cese de las actividades de las agencias u otros establecimientos permanentes de las mismas empresas, sociedades y entidades.
c) A la entrada en vigencia de la fusin o escisin o dems formas de reorganizacin de sociedades o empresas.
d) Al cierre o cese definitivo de la empresa.
(*) Si el contribuyente elabora un balance para modif icar el coeficiente o porcentaje aplicable al clculo de los pagos a cuenta del rgimen general del Impuesto a la Renta,
deber tener registradas las operaciones que lo sustenten con un atraso no mayor a dos (2) meses contados desde el primer da del mes siguiente a enero o junio, segn
corresponda.
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73
LA CUENTA
CONCEPTO
La cuenta es un registro donde se anotan en forma clara, ordenada y
comprensible los aumentos y las disminuciones que sufre un valor o
concepto del activo, pasivo o patrimonio, como consecuencia de las
operaciones realizadas por la entidad.
RAYADO DE LA CUENTA
En su sentido formal, la cuenta se representa mediante una T,
conocido como esquema de mayor, ya que corresponde a una
representacin esquemtica de un libro contable que agrupa las cuentas
que integran la contabilidad de una empresa, conocido como Libro
Mayor.
Como se aprecia claramente, el esquema o cuenta T se compone de dos
partes, una izquierda y una derecha.
NOMBRE DE LA CUENTA
IZQUIERDA DERECHA
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Observando nuestro Plan Contable General Revisado podemos verificar
que por ejemplo el Activo esta compuesto por varias cuentas, entre ellas:
10 Efectivo y Equivalente de Efectivo
101 Caja
El nombre de la cuenta es: 10 Efectivo y Equivalente de Efectivo, que
esta conformado por: Cdigo.- representacin numrica de la cuenta 10.
Nomenclatura.- representacin literaria de la cuenta Efectivo y
Equivalente de Efectivo.
Pero las cuentas se subdividen en subcuentas, para un mayor control
del proceso contable, ejemplo:
Cuenta : 10 Efectivo y Equivalente de Efectivo
Subcuenta : 101 Caja
Debe : Es la parte izquierda de la cuenta.
Haber : Es la parte derecha de la cuenta.
NOMBRE DE LA CUENTA
Izquierda Derecha
DEBE HABER
Es decir, en cualquier cuenta, sea del tipo que sea, maneje el concepto
que maneje, registre el valor que registre, siempre tendr dos partes: una
izquierda llamada debe, y una derecha, llamada haber.
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CARGO, CARGAR O DEBITAR
Significa registrar una cantidad en el debe de la cuenta, es decir,
registrarla en la parte izquierda.
CUENTA
Izquierda Derecha
DEBE HABER
C S/. 100 000
C A S/. 27 567
A R S/. 234 978
R O G S/. 8 111
G A S/. 890 000
O R S/. 752 222
S/. 987 213
ABONO, ABONAR O ACREDITAR:
Significa registrar una cantidad en el haber de la cuenta, es decir,
registrar una cantidad en la parte derecha.
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CUENTA
Izquierda Derecha
DEBE HABER
S/. 765 712 O
S/. 911 234 A
S/. 56 000 B A
S/. 250 000 O B
S/. 6 890 N O
O N
S/. 1 989 836 A
R
MOVIMIENTOS DE UNA CUENTA
Se llama movimiento a la suma de los cargos y a la suma de los abonos.
Movimiento Deudor
Movimiento Deudor es la suma de los cargos de una cuenta; es
decir, la suma del debe.
Movimiento Acreedor
Se llama movimiento Acreedor a la suma de abonos de una cuenta,
es decir, a la suma del haber.
SALDO DE UNA CUENTA:
El saldo es la diferencia entre las cantidades registradas o contabilizadas
en l debe o haber. Existen 3 tipos de saldos.
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Saldo Deudor.- Este tipo de saldo se da cuando las cantidades
registradas o contabilizadas en l debe son mayores a las
cantidades registradas en el haber.
D 10 Efec. y Eq. de Ef. H
300.00 100.00
200.00
300.00 100.00
D > H
Saldo Acreedor.- Este tipo de saldo se da cuando las cantidades
registradas o contabilizadas en el H son mayores a las cantidades
registradas en el D.
D 10 Efec. y Eq. de Ef. H
200.00 400.00
100.00 500.00
300.00 900.00
D < H
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Saldo Nulo.- Este tipo de saldo se da cuando tanto las cantidades
registradas o contabilizadas en el debe como en el haber resultan
iguales y se denominan saldo cero o cuenta saldada.
D 10 Efec. y Eq. de Ef. H
200.00 100.00
100.00 200.00
300.00 300.00
D = H
ECUACIONES EN LAS CUENTAS
El uso del Debe y del Haber no es lo mismo para cada cuenta, puesto
que depende directamente de la clase de cuenta de que se trate. Puede
decirse entonces que mientras que en unas cuentas, el Debe se utiliza
para anotar el valor inicial y los aumentos y en el Haber las
disminuciones; en otro grupo de cuentas se anota en el Haber el valor
inicial y los aumentos y en el Debe las disminuciones.
CUENTAS DEL BALANCE GENERAL
Estas cuentas estn comprendidas en el Elemento 1, Elemento 2,
Elemento 3, Elemento 4 y Elemento 5 del Plan Contable General
Revisado, ejemplos:
Clase 1 : 10 Efectivo y Equivalente de Efectivo
Clase 2 : 20 Mercaderas
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79
Clase 3 : 33 Inmuebles, Maquinaria y Equipo
Clase 4 : 42 Cuentas por Pagar Comerciales - Terceros
Clase 5 : 50 Capital
Activo : lo conforman las cuentas del Elemento 1, 2 y 3.
Pasivo : lo conforman las cuentas del Elemento 4.
Patrimonio : lo conforman las cuentas del Elemento 5.
D ACTIVO H
Cargo Abono
Aumento Disminucin
( + ) ( - )
D PASIVO H
Cargo Abono
Disminucin Aumento
( - ) ( + )
D PATRIMONIO H
Cargo Abono
Disminucin Aumento
( - ) ( + )
-
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CUENTAS DEL ESTADO DE GANANCIAS Y PRDIDAS
Estas cuentas estn comprendidas en el Elemento 6 y Elemento 7,
ejemplos:
Clase 6 : 60 Compras
Clase 7 : 70 Ventas
Egresos : lo conforman las cuentas del Elemento 6.
Ingresos : lo conforman las cuentas del Elemento 7.
D EGRESOS H
Cargo Abono
Aumento Disminucin
( + ) ( - )
D INGRESOS H
Cargo Abono
Disminucin Aumento
( - ) ( + )
-
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LA PARTIDAD DOBLE
CONCEPTO
Un sistema de contabilidad que permite registrar una operacin
mercantil doblemente, una llamada Deudora y otra llamada Acreedora.
El importe de la cuenta deudora ser registrada como cargo en el debe y
el importe de la cuenta acreedora ser registrado como abono en el
haber.
La suma de los valores anotados en el debe como cargo sern iguales a
la suma de los valores anotados en el haber como abono.
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA PARTIDA DOBLE
El sistema de contabilidad por partida doble tiene como fundamentos los
siguientes principios:
No hay Deudor sin Acreedor. No hay Acreedor sin deudor.
El que Recibe es Deudor. El que Entrega es Acreedor.
En toda operacin el importe del DEBE, debe ser igual al importe
del HABER.
Todas las operaciones han de salir por la misma cuenta que
entraron o ingresaron.
Las Ganancias son siempre Acreedoras. Las Prdidas son siempre
Deudoras.