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ORGANIZACIÓN Y CONSTITUCION DE EMPRESAS INFORME DE PRÁCTICA CURSO : Procesos para productos granos y tubérculos DOCENTE : Ing. DAVILA LAGUNA, Ronal INTEGRANTES : CIRIACO FLORES, Raída Marcelina LAURENCIO SARAVIA, Celi NOREÑA GERONIMO, Evaristo RAMIREZ TRINIDAD, Carlos SEMESTRE : V INDUSTRIAS ALIMENTARIAS V SEMESTRE INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PÚBLICO “APARICIO POMARES” INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

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ORGANIZACIÓN Y CONSTITUCION DE EMPRESAS

INFORME DE PRÁCTICACURSO : Procesos para productos granos y

tubérculos

DOCENTE : Ing. DAVILA LAGUNA, Ronal

INTEGRANTES : CIRIACO FLORES, Raída Marcelina LAURENCIO SARAVIA, Celi NOREÑA GERONIMO, Evaristo RAMIREZ TRINIDAD, Carlos

SEMESTRE : V

INDUSTRIAS ALIMENTARIAS V SEMESTRE

INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO

PÚBLICO“APARICIO POMARES”

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HUANUCO – PERÚ2015

I. INTRODUCCION

El presente trabajo trata sobre la Constitución de una empresa, la información que contiene servirá como guía para los alumnos y de conocimiento y capacitación para toda persona interesada en constituir una macro u micro empresa.La constitución de una empresa, se consigue mediante diversos pasos que hay que seguir, como los tramites de documentos, pagos a efectuar, etc. El empresario actual es un órgano individual o colegiado que toma las decisiones oportunas para la consecución de ciertos objetivos presentes en las empresas y de las circunstancias del entorno. El empresario, individual o colegiado, es el que coordina el entramado interno de la empresa con su entorno económico y social.

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II. OBJETIVOSII.1. OBJETIVO GENERAL

Conocer los documentos legales que acrediten la constitución de una empresa mediante la investigación y recopilación de datos en distintas entidades para formar una empresa.

II.2.OBJETIVO ESPECIFICO

Determinar el costo y tiempo de trámites para la formalización de una empresa. Determinar el tipo de sociedad y regímenes a pertenecer en lo establecido. Conocer las partes de una minuta de constitución y establecer la razón social y comercial y

como elevarla a registros públicos.

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III. MARCO TEORICO

III.1.EMPRESAUna empresa es una organización que surge cuando las personas deciden unirse para conseguir el objetivo. El esfuerzo que cada persona realiza por separado, no es el mismo que si lo hicieran todas juntas y a la vez.Otras definiciones: Es un tipo de organización con peculiaridades:

Desde el punto de vista económico: "Es una unidad de producción encargada de combinar recursos productivos para transformarlos en bienes y servicios que satisfagan las necesidades de las unidades de consumo".

Desde el punto de vista económico y social: "Unidad económica y social formada por factores humanos, técnicos y financieros con una cierta estructura y con distintos objetivos y cuya función es abastecer de productos y servicios a la sociedad".

III.1.1. CARACTERÍSTICAS GENERALES:

Persigue un fin económico: es decir genera nuevo bienes y servicios. Tiene un fin lucrativo: Busca obtener las máximas ganancias y beneficios. Tiene un fin mercantil: convierte recursos en productos que van a destinarse al mercado. Tiene una responsabilidad: La empresa responde o garantiza las condiciones de su

producción.

III.2.ELEMENTOS DE UNA EMPRESA:Se consideran elementos de la empresa todos aquellos factores, tanto internos como externos, que influyen directa o indirectamente en su funcionamiento.

El empresario: Es la persona o conjunto de personas encargadas de gestionar y dirigir tomando las decisiones necesarias para la buena marcha de la empresa. No siempre coinciden la figura del empresario y la del propietario, puesto que se debe diferenciar el director, que administra la empresa, de los accionistas y propietarios que han arriesgado su dinero percibiendo por ello los beneficios.

Los trabajadores: Es el conjunto de personas que rinden su trabajo en la empresa, por lo cual perciben unos salarios.

La tecnología: Está constituida por el conjunto de procesos productivos y técnicas necesarias para poder fabricar (técnicas, procesos, máquinas, ordenadores, etc.)

Los proveedores: Son personas o empresas que proporcionan las materias primas, servicios, maquinaria, etc., necesarias para que las empresas puedan llevar a cabo su actividad.

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III.3.¿QUE ES LA SUNAT?La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de

acuerdo a su Ley de creación N° 24829, Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº

501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, es un organismo técnico especializado,

adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta con personería jurídica de derecho

público, con patrimonio propio y goza de autonomía funcional, técnica, económica,

financiera, presupuestal y administrativa que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto

Supremo N° 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo establecido en el numeral 13.1 del

artículo 13° de la Ley N° 27658, ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas,

asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondían a esta

entidad

III.3.1. Principios de SUNAT. Autonomía: La SUNAT debe ejercer sus funciones aplicando sus propios criterios

técnicos, preservando su independencia y estabilidad institucional. Honestidad; La actuación de la SUNAT y de sus miembros tiene que ser justa, recta,

íntegra y de respeto a la verdad e implica la coherencia total entre el pensamiento, el discurso y la acción. Es la base en que se sustenta la SUNAT.

Compromiso Dado el carácter singular de la SUNAT como entidad que provee la mayor parte de los recursos al Estado y promueve la competitividad y la protección a la sociedad, la institución y sus miembros deben tener un fuerte compromiso con el bien común, basado en la justicia, respeto a los derechos humanos, y orientado a la búsqueda del progreso de nuestro país, el bienestar de todos los peruanos y a garantizar la igualdad de oportunidades. Asimismo, el colaborador debe estar plenamente identificado con la institución, sus metas y tener predisposición para hacer más de lo esperado a efectos de lograr los objetivos. Debe desear pertenecer a la institución y estar orgulloso de ello.

Profesionalismo: El capital humano de la SUNAT debe caracterizarse por su excelencia ética y técnica. Debe ser imparcial, objetivo y efectivo, en caso de conflicto de intereses debe preferir el interés público y abstenerse de participar en aquellas situaciones que pudieran poner en duda la transparencia de su proceder.

Vocación de Servicio; La institución y sus miembros deben tener una permanente orientación a brindar un servicio de calidad que comprenda y satisfaga las necesidades de los contribuyentes, usuarios y operadores de comercio exterior, ciudadanos, así como de los usuarios internos de la institución; utilizando eficientemente los recursos y optimizando la calidad de nuestros servicios.

Trabajo en Equipo: Debemos trabajar en un ambiente de colaboración en el que se comparte información y conocimiento, privilegiando los resultados colectivos por sobre los individuales.

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III.3.2. Funciones y atribuciones de la SUNAT

Son funciones y atribuciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria:

Administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepción de los municipales, así como las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), y otros cuya recaudación se le encargue de acuerdo a ley.

Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas la reglamentación de las normas tributarias y aduaneras.

Expedir, dentro del ámbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificación de los regímenes y trámites aduaneros, así como normar los procedimientos que se deriven de éstos.

Sistematizar y ordenar la legislación e información estadística de comercio exterior, a fin de brindar información general sobre la materia conforme a Ley, así como la vinculada con los tributos internos y aduaneros que administra.

Proponer al Poder Ejecutivo los lineamientos tributarios para la celebración de acuerdos y convenios internacionales, así como emitir opinión cuando ésta le sea requerida.

Celebrar acuerdos y convenios de cooperación técnica y administrativa en materia de su competencia.

Promover, coordinar y ejecutar actividades de cooperación técnica, de investigación, de capacitación y perfeccionamiento en materia tributaria y aduanera, en el país o en el extranjero.

Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria o aduanera, de acuerdo con la Ley.

Solicitar, y de ser el caso ejecutar, medidas destinadas a cautelar la percepción de los tributos que administra y disponer la suspensión de las mismas cuando corresponda.

Controlar y fiscalizar el tráfico de mercancías, cualquiera sea su origen y naturaleza a nivel nacional.

Inspeccionar, fiscalizar y controlar las agencias de aduanas, despachadores oficiales, depósitos autorizados, almacenes fiscales, terminales de almacenamiento, consignatarios y medios de transporte utilizados en el tráfico internacional de personas, mercancías u otros.

Prevenir, perseguir y denunciar al contrabando, la defraudación de rentas de aduanas, la defraudación tributaria, el tráfico ilícito de mercancías, así como aplicar medidas en resguardo del interés fiscal.

Desarrollar y aplicar sistemas de verificación y control de calidad, cantidad, especie, clase y valor de las mercancías, excepto las que estén en tránsito y transbordo, a

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efectos de determinar su clasificación en la nomenclatura arancelaria y los derechos que le son aplicables.

Desarrollar y administrar los sistemas de análisis y fiscalización de los valores declarados por los usuarios del servicio aduanero.

Resolver asuntos contenciosos y no contenciosos y, en este sentido, resolver en vía administrativa los recursos interpuestos por los contribuyentes o responsables; conceder los recursos de apelación y dar cumplimiento a las Resoluciones del Tribunal Fiscal, y en su caso a las del Poder Judicial.

Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de carácter tributario y aduanero, con arreglo a Ley.

Ejercer los actos y medidas de coerción necesarios para el cobro de deudas por los conceptos indicados en el inciso precedente.

Mantener en custodia los bienes incautados, embargados o comisados, efectuando el remate de los mismos cuando ello proceda en el ejercicio de sus funciones.

Adjudicar directamente, como modalidad excepcional de disposición de mercancías, aquellas que se encuentren en abandono legal y en comiso administrativo. La adjudicación se hará a las entidades estatales y a aquellas a las que oficialmente se les reconozca fines asistenciales o educacionales, sin fines de lucro.

Desarrollar programas de información, divulgación y capacitación en materia tributaria y aduanera.

Editar, reproducir y publicar oficialmente el Arancel Nacional de Aduanas actualizado, los tratados y convenios de carácter aduanero, así como las normas y procedimientos aduaneros para su utilización general.

Determinar la correcta aplicación y recaudación de los tributos aduaneros y de otros cuya recaudación se le encargue de acuerdo a ley, así como de los derechos que cobre por los servicios que presta.

Participar en la celebración de Convenios y Tratados Internacionales que afecten a la actividad aduanera nacional y colaborar con los Organismos Internacionales de carácter aduanero.

Crear, dentro de su competencia, administraciones aduaneras y puestos de control, así como autorizar su organización, funcionamiento, suspensión, fusión, traslado o desactivación cuando las necesidades del servicio así lo requiera.

Ejercer las demás funciones que sean compatibles con la finalidad de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ejercerá las funciones antes señaladas respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), a las que hace referencia la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF.

La SUNAT también podrá ejercer facultades de administración respecto de otras obligaciones no tributarias de ESSALUD y de la ONP, de acuerdo a lo que se establezca en los convenios interinstitucionales correspondientes.

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(Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado mediante D.S. 115-2002-PCM publicado el 28-10-02).

III.3.3. MisiónServir al país proporcionando los recursos necesarios para la sostenibilidad fiscal y la estabilidad macroeconómica, contribuyendo con el bien común, la competitividad y la protección de la sociedad, mediante la administración y el fomento de una tributación justa y un comercio exterior legítimo

III.3.4. Visión

Convertirnos en la administración tributaria y aduanera más exitosa, moderna y respetada de la región.

Exitosa, porque lograremos resultados similares a los de las administraciones de los países desarrollados.

Moderna, porque incorporaremos en nuestros procesos las tecnologías más avanzadas y utilizaremos los enfoques modernos de gestión de riesgo y fomento del cumplimiento voluntario para enfrentar con éxito los desafíos.

Respetada por:

El Estado: por mantener niveles bajos de evasión y de fraude en la tributación interna y el comercio exterior, y contribuir a financiar los programas sociales y el desarrollo del país.

Los contribuyentes y usuarios de comercio exterior: porque aquellos que son cumplidores se sienten respetados; reciben todas las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones y tienen confianza en la capacidad de la institución de detectar y tratar los incumplimientos.

Sus trabajadores: porque laboran en una institución con mística, modelo dentro del estado; orgullosos de pertenecer a la organización y comprometida con su misión.

Sus trabajadores potenciales: porque es una institución atractiva para trabajar, que compite de igual a igual con las instituciones más atractivas del Estado y con las más respetadas empresas por los mejores egresados de las más prestigiosas instituciones educativas; y es capaz de atraer gente con experiencia que se destaque en el sector público o el privado.

Otras administraciones: porque la consultan y la toman como referente

III.3.5. FinalidadLa Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT con las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad de administración tributaria y aduanera, tiene por finalidad:

Administrar, aplicar, fiscalizar y recaudar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepción de los municipales, desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización

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Previsional (ONP), facultativamente, respecto de obligaciones no tributarias de ESSALUD y de la ONP, que de acuerdo a lo que por convenios interinstitucionales se establezca.

Dictar normas en materia tributaria, aduanera y de organización interna. Implementar, inspeccionar y controlar la política aduanera en el territorio nacional,

aplicando, fiscalizando, sancionando y recaudando los tributos y aranceles del gobierno central que fije la legislación aduanera y los tratados y convenios internacionales.

Facilitar las actividades aduaneras de comercio exterior. Inspeccionar el tráfico internacional de personas y medios de transporte. Desarrollar las acciones necesarias para prevenir y reprimir la comisión de delitos

aduaneros y tráfico ilícito de bienes. Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas la celebración de acuerdos y convenios

internacionales referidos a materia tributaria y aduanera y participar en la elaboración de los proyectos de dichos acuerdos y convenios.

Liderar las iniciativas y proyectos relacionados con la cadena logística del comercio exterior, cuando tengan uno o más componentes propios de las actividades aduaneras.

Proveer servicios a los contribuyentes, responsables y usuarios del comercio exterior a fin de promover y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Las demás que señale la ley. Reglamento de Organización y Funciones DS 115-2002-PCM. Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional

de Aduanas y de Administración Tributaria DS 029-2012-EF (NUEVO) Ley 29816 – Ley de Fortalecimiento de la SUNAT (NUEVO)

III.4.OBTENCIÓN DEL NÚMERO DE RUC

El RUC es un registro que contiene información del contribuyente. Por ejemplo, datos de identificación, actividades económicas, domicilio fiscal, así como los tributos a los que se encuentro afecto, entre otros datos.Este registro se encuentra a cargo de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, entidad que tiene por finalidad administrar, fiscalizar y recaudar los tributos con que contribuyo para que el Estado pueda cumplir con sus fines sociales.La SUNAT lo identifica como contribuyente otorgándole, de manera inmediata, un número de RUC que consta de once (11) dígitos.Se debe usar obligatoriamente el RUC para cualquier gestión que vaya a realizar ante la SUNAT y otras dependencias de la Administración Pública que la SUNAT haya establecido. Este número tiene carácter permanente y es de uso exclusivo del titular.

III.4.1. ¿QUÉ NECESITO SABER ANTES DE LA OBTENCIÓN DEL RUC?Si tengo mi empresa, o deseo iniciar una nueva, requiero saber la documentación que se debe presentar para inscribirme en las oficinas de la SUNAT y obtener el número de RUC.En primer lugar, debo tener en cuenta si soy:

Persona Natural

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Persona Jurídica (en este caso, qué tipo de organización he formado)En segundo lugar, debo conocer el tipo de régimen del Impuesto a la Renta al cual se acogerá mi empresa.

(Atención: en el caso de negocios, la renta será siempre de 3era Categoría).

3.5. TIPOS DE RÉGIMEN A QUE ME PUEDO ACOGER1. Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUSEN este régimen no estoy obligado a pagar el Impuesto General a las Ventas – IGV.2. Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER3. Régimen General del Impuesto a la RentaEn estos dos últimos regímenes sí estoy obligado a pagar el Impuesto General a las Ventas – IGV.

3.5.1. ELEGIR RÉGIMEN TRIBUTARIO

En la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención del RUC, debemos determinar a qué régimen tributario nos vamos a acoger para el pago de los impuestos, ya sea al Régimen Único Simplificado (RUS), al Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), o al Régimen General.Una vez que contamos con nuestro número de RUC y hemos elegido un régimen tributario, podemos imprimir los comprobantes de pago (boleta y/o factura) que vamos a utilizar.

III.5.COMPRAR Y LEGALIZAR LIBROS CONTABLESEn este paso compramos los libros contables necesarios dependiendo del régimen tributario al cual nos hayamos acogido y, posteriormente, los llevamos a una notaría para que sean legalizados por un notario público.REQUISITOS: Para obtener el registro único de contribuyente son:

constitución de empresa. Documento de identidad del representante legal. Recibo de agua, luz, telefonía fija. Todos estos trámites son gratuitos

III.6.¿QUÉ ES UNA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO?Es la autorización que otorgan las municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado, a favor del titular de las mismas.

III.6.1. ¿DÓNDE SE INICIA UN TRÁMITE PARA OBTENER UNA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO?El trámite se inicia en la Unidad de Trámite Documentario, ubicada en el primer piso. En la Municipal de Huánuco que está ubicado en el girón de general prado (frente a la plaza de armas).

III.6.2. REQUISITOS PARA OBTENER LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de declaración Jurada, que incluya:

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Numero de R.U.C. y D.N.I. del solicitante, Tratándose de personas jurídicas o naturales, según corresponda.

D.N.I o del representante legal en caso de personas jurídicas, u otros entes colectivos, o tratándose de personas naturales que actúen mediante representación.

Vigencia de poder del representante legal, en el caso de personas Jurídicas. Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o Inspección Técnica de

Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria, según corresponda.

III.6.3. PAGO DE TASA POR DERECHO DE TRÁMITE CORRESPONDIENTE

Para Establecimientos de (Hasta 100 m2) S/ 279.00 Para Establecimientos de (De 101 m2 hasta 500 m2) S/ 293.00 Para Establecimientos de (De 501 m2 a mas) S/ 128.00

FORMULARIOS:

Formato de Solicitud de Licencia de Funcionamiento

Declaración Jurada de Observancias de Seguridad

Indicaciones para el llenado de los Formularios. Todos los formularios son de Distribución Gratuita.

PROCEDIMIENTOS

Para obtener la Licencia de Funcionamiento usted deberá realizar los siguientes pasos

previos:

Determinar el tipo de Licencia de Funcionamiento que necesita de acuerdo a la actividad

comercial a realizar solicitando información en Atención al Contribuyente de la Gerencia

de Administración Tributaria.

Solicitar y llenar el formato de Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de

Seguridad u obtener el Certificado de Defensa Civil según corresponda.

COSTOS Y PLAZOS

Costo: s/. 770.00

Plazo para la obtención: 15 días.

III.6.4. ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO?

Sólo permitirá la realización de actividades económicas, legalmente permitidas, conforme

a la planificación urbana y bajo condiciones de seguridad. Permite acreditar la formalidad

de su negocio ante entidades públicas y privadas, favoreciendo su acceso al mercado.

Garantiza el libre desarrollo de la actividad

Económica autorizada por la municipalidad.

III.6.5. ¿CUÁNTO TIEMPO DURA LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO?

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La licencia de funcionamiento tiene vigencia indeterminada. El otorgamiento de una

licencia no obliga a la realización de la actividad económica en un plazo determinado.

III.6.6. ¿QUÉ SANCIÓN TENGO SI OPERO UN NEGOCIO SIN LICENCIA MUNICIPAL?

El operar un negocio sin la licencia de funcionamiento dará lugar a sanciones (multas o

cierre del establecimiento), según lo señalen las normas en cada jurisdicción. Días

calendario

IV. RESULTADOS.

1. BÚSQUEDA Y RESERVA DEL NOMBRE DE LA EMPRESA EN REGISTROS PÚBLICOS

(PERSONA JURÍDICA).

En primer lugar acudimos a la Oficina de Registros Públicos, en este caso la

Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), para verificar que no

exista a nivel nacional en el mercado un nombre o razón social: INDUSTRIAS BIO LAC (se

paga s/.5.00), al no encontrarse este tipo de razón social antes mencionado, se procedió a

realiza la separación o reserva del nombre o índice para lo cual se paga un monto de

( s/.18.00 ) el cual tiene una validez de 30 días para presentar los documentos requeridos.

2. ELABORACIÓN DE LA MINUTA (SOLO PERSONA JURÍDICA)

La minuta es un documento en el cual los socios manifiestan su voluntad de constituir la

empresa, y en donde se señalaran todos los acuerdos respectivos tomados en una reunión.

Los elementos fundamentales de una minuta son:

Datos generales de los socios (nombres, edades, documentos de identificación, etc.).

El giro de la sociedad. el tipo de empresa o sociedad (E.I.R.L,

S.R.L, S.A, etc.). el tiempo de duración de la sociedad

(plazo fijo o indeterminado). la fecha en la que se va a dar inicio a

las actividades comerciales.

el lugar en donde va a funcionar la sociedad (domicilio comercial).

la denominación o razón social de la sociedad.

el lugar en donde van a funcionar las agencias o sucursales (si es que las hubieran).

la persona que va a administrar o representar la sociedad.

los aportes de cada socio. Los cuales pueden ser:

Bienes dinerarios: Dinero y sus medios sustitutos tales como cheques, pagarés, etc. Es recomendable elaborar la minuta con la ayuda de un abogado de confianza.

Requisitos para constitución de una minuta Denominación (nombre de la empresa). Búsqueda registral del nombre de la empresa ante registros públicos.

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Objeto de empresa (actividades a realizar).El costo de la minuta es de s/. 200.00El tiempo de la minuta es de 2 horas.

3. ELEVAR MINUTA A ESCRITURA PÚBLICA (PERSONA JURÍDICA).Una vez redactada la minuta con el grupo de trabajo, debemos de llevarla a una notaría para que la revise y la eleve a escritura pública.Los documentos que debemos llevar junto con la minuta en el momento al momento de elevarlo a la escritura pública son:

Constancia o el comprobante de depósito del capital aportado en una cuenta bancaria a nombre de la empresa.

Un inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios. El certificado de Búsqueda Mercantil emitido por la Oficina de Registros Públicos de la

inexistencia de una razón social igual o similar. Una vez elevada la minuta, ésta no se puede cambiar. Al final, se genera la Escritura

Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el documento que da fe de que la minuta es legal, la cual debe estar firmada y sellada por el notario.

4. INSCRIBIR ESCRITURA PÚBLICA EN REGISTROS PÚBLICOS (PERSONA JURÍDICA).Una vez de que se obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a la Oficina de Registros Públicos (SUNARP) en donde se realizan los trámites necesarios para inscribir la empresa.La Persona Jurídica va a existir a partir de su inscripción en los Registros Públicos.Los pagos se efectúan de dos maneras:

Gastos notariales. Gastos registrales (se procede a pagar s/.3.00 por cada s/. 1000.00).

Se espera por 7 días para continuar con los siguientes trámites pendientes.

5. OBTENCIÓN DEL NÚMERO DE RUC.El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es lo que identifica a una persona o empresa ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para el pago de los impuestos.Para obtener el RUC se acudió a la SUNAT, llenar un formulario de justificación y esperar notificación.

llevar original y copia de DNI. Llevar original y copia de un recibo de luz, agua o servicio público que indique la dirección

de la empresa. Señalar su actividad empresarial. Indicar la fecha de inicio de actividades de la empresa. Indicar su régimen tributario.

En la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención del RUC, debemos determinar a qué régimen tributario nos vamos a acoger para el pago de los impuestos, en ese caso nos acogimos al Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER).

Esperar la visita de la SUNAT para confirmar la dirección fiscal.

Una vez que contamos con nuestro número de RUC y hemos elegido un régimen tributario, podemos imprimir los comprobantes de pago que son:

Boletas de venta. Tiketes o cintas de máquinas registradoras.

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6. COMPRAR Y LEGALIZAR LIBROS CONTABLESEn este paso compramos los libros contables necesarios y esto depende del régimen tributario al cual nos acogimos y, posteriormente, los llevamos a una notaría para que sean legalizados por un notario público y estos libros contables serán utilizados para ver todo sobre la empresa creada, estos libros son:

Libro diario. Libro mayor. Libro de estado de ganancias y pérdidas.

7. INSCRIBIR TRABAJADORES EN ESSALUDEn este paso registramos a nuestros trabajadores ante el Seguro Social de Salud (Es Salud) a través de un formulario que también lo podemos obtener en la SUNAT.Este registro les permite a los trabajadores acceder a las prestaciones del estado que otorga esta entidad. Por ejemplo uno de ellos es el REMYPE donde podemos registra a 10 trabajadores de la empresa.

8. SOLICITUD DE LICENCIA MUNICIPAL

En este paso acudimos a la municipalidad de la provincia de Huánuco, se tramito la obtención de la licencia de funcionamiento y para esto se renio los siguientes requisitos a presentar que son:

Fotocopia del RUC. Formato de licencia de funcionamiento Certificado de defensa civil. Certificado de Zonificación (zona industrial donde se ubica, proceso y se distribuye

elaboración de yogurt utilizando el plátano y remolacha a base de leche natural y su comercialización en la región de HuánucoCroquis de la ubicación de la empresa.

Copia del título de propiedad del local. Copia de la Escritura Pública. Recibo de pago por derecho de licencia. Formulario de solicitud. Costo s/.770.00 Tiempo: una semana

V. CONCLUSIONES.

Se determinó el costo de trámites de documentos para formar una empresa así como: El costo de búsqueda de índice que es de s/.5.00 y la reserva que es de s/.18.00, la elaboración de minuta de s/.200.00, gastos notariales s/3.00 por cada s/.1000.00.

En un análisis llevado a cabo por los socios se determinó el tipo sociedad de S.A.C por algunas ventajas que presenta esta de los demás, el régimen a pertenecer es el R.U.S o RUC.

Se realizó la minuta con los pasos que contiene, siendo el costo de s/. 200.00. y posteriormente fue elevado a los registros públicos.

VI. RECOMENDACIONES

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Se recomienda prestar mucha atención a las indicaciones que nos brindan los abogados, trabajadores sociales, etc.

Para evitar gastos elevados en el pasaje, el traslado hasta la misma oficina de las entidades es recomendable visitar sus páginas web de cada institución.

Estar atentos a los posibles cambios en sumas de dinero y/o fechas de pagos en la SUNAT o cualquier otra entidad a la que vayamos a recurrir.

Tener cuidado con el abogado que va a elaborar la minuta, tiene que ser una persona legal y que sepa muy bien sobre el tema.

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