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Acuerdo SAF XXX/2016 por el que se expiden las Reglas de Operación del Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE) LIC. VÍCTOR CABALLERO DURÁN SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE YUCATÁN, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 15 y 17 DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE YUCATÁN Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN LOS ARTÍCULOS 36 FRACCIONES III DEL CÓDIGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE YUCATÁN, Y EL ARTÍCULO 11, APARTADO A, FRACCIONES III, XVI DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE YUCATÁN, Y CONSIDERANDO: Primero. Que la reforma realizada a los Artículos 3° y 73° Constitucionales, del 26 de febrero de 2013, en su transitorio Quinto Fracción III y con base en el Artículo 28 bis de la Ley General de Educación, establece la necesidad de fortalecer la autonomía de gestión escolar en las escuelas de educación básica, orientada hacia la calidad y la equidad educativa. Segundo. Que de conformidad con la Ley de Educación del Estado de Yucatán, la Secretaría de Educación es la dependencia del Poder Ejecutivo Estatal con atribuciones y facultades que la Ley General de Educación y otras disposiciones otorgan al Estado para planear, coordinar, ejecutar y evaluar los programas y actividades del Sistema Educativo en la entidad. Tercero. Que el 7 de marzo de 2014, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial número 717, por el cual se emiten los Lineamientos para Formular los Programas de Gestión Escolar, que tienen por objeto establecer las normas que deberán seguir las autoridades educativas locales y municipales para formular los programas y acciones de gestión escolar, destinados a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas de educación básica; entendiendo por programas y acciones de gestión escolar al conjunto de iniciativas, proyectos y estrategias generadas por las autoridades educativas, que se implementan en la escuela con el propósito de contribuir a la mejora de sus condiciones académicas, organizativas y administrativas. Cuarto. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2012-2018 establece en el eje Yucatán con Educación de Calidad el objetivo número 2 consistente en “Mejorar la calidad en el nivel de educación básica”. Entre las estrategias para cumplir con este

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Acuerdo SAF XXX/2016 por el que se expiden las Reglas de Operación del

Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE)

LIC. VÍCTOR CABALLERO DURÁN SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL

ESTADO DE YUCATÁN, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LOS

ARTÍCULOS 15 y 17 DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE YUCATÁN

Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN LOS ARTÍCULOS

36 FRACCIONES III DEL CÓDIGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE

YUCATÁN, Y EL ARTÍCULO 11, APARTADO A, FRACCIONES III, XVI DEL

REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE

YUCATÁN, Y

CONSIDERANDO:

Primero. Que la reforma realizada a los Artículos 3° y 73° Constitucionales, del 26

de febrero de 2013, en su transitorio Quinto Fracción III y con base en el Artículo

28 bis de la Ley General de Educación, establece la necesidad de fortalecer la

autonomía de gestión escolar en las escuelas de educación básica, orientada

hacia la calidad y la equidad educativa.

Segundo. Que de conformidad con la Ley de Educación del Estado de Yucatán, la

Secretaría de Educación es la dependencia del Poder Ejecutivo Estatal con

atribuciones y facultades que la Ley General de Educación y otras disposiciones

otorgan al Estado para planear, coordinar, ejecutar y evaluar los programas y

actividades del Sistema Educativo en la entidad.

Tercero. Que el 7 de marzo de 2014, se publica en el Diario Oficial de la

Federación el Acuerdo Secretarial número 717, por el cual se emiten los

Lineamientos para Formular los Programas de Gestión Escolar, que tienen por

objeto establecer las normas que deberán seguir las autoridades educativas

locales y municipales para formular los programas y acciones de gestión escolar,

destinados a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas de educación

básica; entendiendo por programas y acciones de gestión escolar al conjunto de

iniciativas, proyectos y estrategias generadas por las autoridades educativas, que

se implementan en la escuela con el propósito de contribuir a la mejora de sus

condiciones académicas, organizativas y administrativas.

Cuarto. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2012-2018 establece en el eje Yucatán

con Educación de Calidad el objetivo número 2 consistente en “Mejorar la calidad

en el nivel de educación básica”. Entre las estrategias para cumplir con este

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objetivo se encuentra la de “Promover la planeación participativa en las escuelas

de educación básica impulsando una política incluyente con la aportación de

directivos, docentes y padres de familia, en la integración de estrategias de mejora

de la calidad de la educación básica”.

Quinto. Que el Programa Sectorial de Educación 2013–2018, de la Secretaría de

Educación Pública, en su Objetivo 1 se propone “Asegurar la calidad de los

aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de

la población”, estableciendo, entre otras, estrategias directamente relacionadas

con el fortalecimiento de la autonomía de gestión de las escuelas, siendo:

Estrategia 1.1 “Crear condiciones para que las escuelas ocupen el centro del

quehacer del Sistema Educativo y reciban el apoyo necesario para cumplir con

sus fines “; Estrategia 1.2 “Fortalecer las capacidades de gestión de las escuelas,

en el contexto de su entorno, para el logro de aprendizajes”; y, la Estrategia 1.7

“Fortalecer la relación de la escuela con su entorno para favorecer la educación

integral”.

Sexto. Que en el Programa Sectorial de Educación de Calidad 2013-2018, de la

Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, en el Tema

Estratégico número 6, referente a “Gestión”, en el objetivo 1 consistente en

“Mejorar la gestión del Sistema Educativo Estatal”, y que para cumplir con dicho

objetivo, plantea como Estrategia número 1 “Fortalecer y consolidar el Modelo de

Gestión Regional de la educación básica”.

Séptimo. Que los Programas Presupuestarios son las acciones de gobierno que

orientan el gasto público a resultados, entre los que se encuentran el denominado

“Gestión Escolar” que tiene como propósito que “Centros escolares mejoran los

servicios ofrecidos a la comunidad escolar” y del cual forma parte, como uno de

sus componentes, el Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar”.

Octavo. Que el 8 de junio de 2015 se publicó en el diario oficial del estado el

Acuerdo SAF 39/2015 por el que se expiden los Lineamientos para la Elaboración

y Aprobación de las Reglas de Operación de los Programas Presupuestarios con

el objeto de contribuir a la implementación del modelo de Gestión para Resultados

del Desarrollo a través del establecimiento de los criterios que deberán observar

las dependencias y entidades de la Administración Pública estatal para verificar el

trámite de elaboración y aprobación de las reglas de operación de los Programas

presupuestarios que impliquen el otorgamiento de bienes y servicios ante la

Secretaría de Administración y Finanzas.

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Noveno. Que para hacer efectivas las disposiciones legales y administrativas

correspondientes, la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán

(SEGEY), establece la creación de las Reglas de Operación del Programa Estatal

de Apoyo para la Gestión Escolar, teniendo como objeto establecer las Reglas a

las que se sujetará la ejecución del Programa de bienes o servicios denominado

Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE), y que para su

cumplimiento, se cuenta con recursos del estado.

Décimo. Que la SEGEY a través de la implementación del PEAGE, establece

mecanismos para articular las acciones, teniendo como propósito el brindar las

mismas condiciones de acceso e igualdad de oportunidad a todas las escuelas

participantes, simplificando los procesos administrativos para el ejercicio y

comprobación de los recursos que otorga a las escuelas, contribuyendo a la

descarga administrativa, siendo esta una de las condiciones para el

establecimiento del Sistema Básico de Mejora.

Por las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el presente:

Acuerdo SAF XX/2016 por el que se expiden las Reglas de Operación del

Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE)

Reglas de Operación del Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar

(PEAGE)

Contenido

Capítulo I. Disposiciones Generales

Artículo 1. Objeto

Artículo 2. Objetivo del programa presupuestario

Artículo 3. Definiciones

Capítulo II. Programa Presupuestario

Artículo 4. Programa presupuestario

Artículo 5. Población objetivo

Capítulo III. Reglas de Operación

Artículo 6. Cobertura

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Artículo 7. Aplicación

Artículo 8. Denominación del Programa de Bienes o Servicios o del Componente

Artículo 9. Descripción

Artículo 10. Beneficiarios

I. Requisitos de elegibilidad

II. Documentación

III. Criterios de selección

IV. Derechos, Obligaciones y Sanciones

a. Derechos

b. Obligaciones

c. Sanciones

Artículo 11. Apoyos

Artículo 12. Operación

I. Convocatoria

II. Procedimiento

Artículo 13. Instancias ejecutoras

I. Mecanismos de coordinación o participación

Artículo 14. Seguimiento y evaluación

I. Seguimiento

II. Evaluación

III. Publicación de informes

Artículo 15. Disposiciones complementarias

I. Publicidad

II. Auditoría

III. Quejas y denuncias

IV. Responsabilidades de los servidores públicos

Artículos transitorios

Primero. Entrada en vigor

Segundo. Derogación tácita

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Anexo I. Municipios por región Convocatoria PEAGE

Anexo II. Convocatoria PEAGE

Anexo III. Anexo Técnico PRIGEP

Anexo IV. Formatos Modalidad A: Programa de Distribución de Recurso

Anexo V. Carta Compromiso

Anexo VI. Formatos Modalidad B: Programa de Distribución de Recurso

Anexo VII. Diagrama de Flujo de PEAGE

Anexo VIII. Funciones de las Instancias Ejecutoras

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Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1. Objeto

Estos Lineamientos tienen por objeto establecer las Reglas a las que se sujetará

la ejecución del Programa de bienes o servicios denominado Programa Estatal de

Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE).

Artículo 2. Objetivo del programa presupuestario

Los centros escolares mejoran los servicios ofrecidos a la comunidad escolar,

mediante el otorgamiento de recursos económicos para el fortalecimiento de la

autonomía de gestión de las escuelas de los niveles de educación inicial y básica.

Artículo 3. Definiciones

Para los efectos de estas Reglas de Operación se entenderá por:

I. Autonomía de Gestión Escolar: la capacidad de la escuela de educación

inicial y básica para tomar decisiones orientadas a mejorar la calidad del

servicio educativo que se ofrece. Esto es, que la escuela centra su actividad

en el logro de los aprendizajes de todos y cada uno de los estudiantes que

atiende.

II. CEDE: los Centros de Desarrollo Educativo, ubicados en las regiones

educativas en las que se organiza la educación básica en el estado.

III. CEEEY: el Centro de Evaluación Educativa del Estado de Yucatán.

IV. CENDI: los Centros de Desarrollo Infantil (para fines de este programa que

oferten el nivel inicial así como el preescolar).

V. Colectivo Docente: el conjunto de personal docente y directivo que laboran

en una escuela.

VI. Colectivo Docente de Continuidad: el Colectivo Docente (conformado por el

personal directivo y docente que labora en la escuela) que ya recibe recursos

a modo de apoyo para la gestión escolar, por parte del PEAGE, y que al

siguiente ciclo escolar continua recibiendo dicho apoyo.

VII. Colectivo Docente de Nueva Incorporación: el Colectivo Docente

(conformado por el personal directivo y docente que labora en la escuela) que

por vez primera participa y recibe recursos a modo de apoyo para la gestión

escolar, por parte del PEAGE.

VIII. Comité Local de Selección: el Comité responsable de la selección de las

escuelas susceptibles de ser beneficiadas a través del PEAGE, de acuerdo a

los requisitos establecidos en la Convocatoria correspondiente; integrado por

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las Direcciones de los Niveles Educativos de Básica y Representantes del

Consejo Estatal de Educación Básica.

IX. Comité Dictaminador: el Órgano responsable de los procesos de evaluación

y dictaminación para la selección de los PRIGEP; está integrado por los

responsables que el Centro de Evaluación Educativa del Estado de Yucatán

determine para este fin.

X. Comunidad Escolar.- Se refiere al conjunto de personas involucradas en la

escuela: personal directivo y docente, personal de apoyo y asistencia

(supervisores/as, asesores/as, intendencia, etc.), alumnado, madres y padres

de familia o tutores.

XI. CONAFE: el Consejo Nacional de Fomento Educativo.

XII. Condiciones del Sistema Básico de Mejora: las cuatro condiciones

contempladas como parte del Sistema Básico de Mejora: Consejos Técnicos

Escolares y de Zona; Fortalecimiento de la Supervisión; Descarga

Administrativa; y, Consejos de Participación Social.

XIII. Consejo Estatal de Educación Básica: el Consejo integrado por el

Secretario de Educación, los Directores del Centro de Evaluación Educativa

del Estado de Yucatán, los Directores de los niveles y modalidades

educativas, de las Áreas Jurídica, de Planeación, Administración y Finanzas.

XIV. Consejo Escolar de Participación Social en la Educación (CEPS): el

Órgano colegiado constituido en cada escuela pública de educación básica,

integrado por padres de familia y representantes de sus asociaciones,

maestros y representantes de su organización sindical quienes acudirán

como representantes de los intereses laborales de los trabajadores, directivos

de la escuela, exalumnos, así como con los demás miembros de la

comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela.

XV. Consejo Técnico Escolar: el colegiado integrado por el director y la totalidad

del personal docente de cada escuela encargados de planear y ejecutar

decisiones comunes dirigidas a que el centro escolar, de manera unificada, se

enfoque a cumplir satisfactoriamente su misión.

XVI. Coordinación de Gestión Escolar: Personal de la SEGEY responsable

coordinar la implementación del Programa en el estado.

XVII. Consejo Regional: el Consejo Regional de Educación Básica, donde

participan el Secretario de Educación, Directores de Educación Básica,

Coordinador de CEDE, Jefes de Sector o de Zona escolar y Supervisores.

XVIII. Educación Básica: Tipo educativo que comprende los niveles de preescolar,

primaria y secundaria, así como los servicios de educación especial a través

de los Centros de Atención Múltiple (CAM) o de las Unidad de Servicios de

Apoyo a la Educación Regular (USAER), indígena, multigrado, migrante, y

telesecundaria.

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XIX. Educación Inicial: Atención educativa ofrecida a la población menor de seis

años. Para fines de las presentes Reglas de Operación, se referirá a aquellos

Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) y escuelas de educación inicial

indígena no escolarizada.

XX. Estudiantes: los alumnos regulares inscritos en algún centro escolar público

correspondiente a los niveles de educación inicial y básica.

XXI. Niveles de Educación Básica: los correspondientes a la Educación

Preescolar, Primaria y Secundaria, con sus respectivas modalidades

educativas: general, indígena y comunitaria.

XXII. Plan de Mejora: el documento con el programa de actividades a realizarse

durante el ciclo escolar, planteadas por el Consejo Técnico Escolar, para

atender las necesidades identificadas y las problemáticas reales, para la

mejora de cada escuela de educación básica.

XXIII. Prioridades de la Educación Básica: las cuatro prioridades de atención,

contempladas para impulsar el Sistema Básico de Mejora: a) Mejora de las

competencias de lectura, escritura y matemáticas; b) Normalidad Mínima de

Operación Escolar; c) Disminución del rezago y abandono escolar, y d)

Desarrollo de una buena Convivencia Escolar.

XXIV. PRIGEP: los Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica.

XXV. Programa: el Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE).

XXVI. Programa de Distribución del Recurso: la planeación para el ejercicio del

recurso otorgado a las escuelas de educación inicial y básica participantes en

el PEAGE, que prevé la proyección de los costos derivados de la

implementación de las acciones del Plan de Mejora de la escuela.

XXVII. Región Educativa: Las regiones en las que se han organizado los servicios

de educación básica en el estado, respondiendo a la ubicación geográfica de

estos, a modo de estrategia para acercar los servicios de atención tanto los

dirigidos a los centros escolares, como al personal docente, tanto en el

ámbito administrativo como en el pedagógico; con mayor eficiencia en el uso

de los recursos humanos y financieros, así como el tiempo de atención.

(Anexo I).

XXVIII. Ruta de Mejora: el proceso sistemático de planeación de la escuela pública

de educación básica para intervenir en la mejora de su gestión, que toma

como base los resultados de la evaluación interna (plan de mejora, proyecto o

plan escolar, plan anual de trabajo, plan estratégico de transformación

escolar, programa de mejoramiento u otros similares).

XXIX. SEGEY: la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán.

XXX. SIGE: el Sistema de Información y Gestión Educativa de Yucatán. Disponible

en: www.sigeyucatan.gob.mx

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XXXI. Sistema Básico de Mejora: El Sistema que contempla la atención de cuatro

prioridades y cuatro condiciones, y cuyo propósito es crear mejores

condiciones de aprendizaje, a fin de que ningún niño o adolescente quede

fuera de la posibilidad de ser atendido adecuadamente.

XXXII. Zona escolar: Clasificación convencional administrativa con que se designa

a un grupo de escuelas que son controladas por un mismo supervisor de

zona.

Capítulo II

Programa Presupuestario

Artículo 4. Programa Presupuestario

El Programa contará con los siguientes componentes:

Formato 1. Estructura del Programa Presupuestario

Programa Presupuestal 215 Gestión Escolar

Dependencia o entidad Programas Componentes

Secretaría de Educación Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar.

Apoyo económico para el fortalecimiento de la gestión de los centros escolares entregado.

Artículo 5. Población objetivo

Comunidad escolar de educación inicial y básica.

Formato 2. Población específica programada

Componente Población programada a atender

Apoyo al fortalecimiento de la gestión de los centros escolares realizado.

El Colectivo docente de las escuelas públicas del nivel de educación inicial y escuelas públicas de educación básica del estado de Yucatán.

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Capítulo III

Reglas de Operación

Artículo 6. Cobertura

El Programa tiene cobertura estatal.

Artículo 7. Aplicación

Los recursos a otorgar para el fortalecimiento a la gestión escolar tanto para el

ciclo escolar 2016-2017 como para el ciclo 2017-2018, estarán sujetos a la

disponibilidad presupuestal y estos serán otorgados una vez que las escuelas

seleccionadas, como resultado del proceso de evaluación, solvente (si fuese el

caso) las recomendaciones emitidas por el Comité respectivo: el Comité Local de

Selección, en el caso de participar en la Modalidad A “Fortalecimiento de la

Gestión Escolar (un Colectivo docente)”; o bien, por el Comité Dictaminador, si se

participa bajo la Modalidad B “Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión

Pedagógica (dos Colectivos docentes o más)”.

Los apoyos se otorgarán de manera anual, en los tiempos señalados en la

Convocatoria correspondiente (Anexo II).

Artículo 8. Denominación del Programa de Bienes o Servicios o del

Componente.

El Programa que las presentes Reglas de Operación tiene como objeto regular, es

el Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE).

Artículo 9. Descripción

La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán impulsa la

planeación escolar en centros de educación básica. A través del Consejo Estatal

de Educación Básica y con la finalidad de contribuir a que las escuelas mejoraren

las condiciones académicas, organizativas y administrativas, y fortalezcan su

autonomía escolar; emitirá una Convocatoria dirigida a los Colectivos docentes de

escuelas de educación básica (en todos sus niveles y modalidades), Centros de

Atención Múltiple (CAM), Centros de Desarrollo Infantil (CENDI), así como las

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escuelas indígenas de educación inicial, que deseen participar voluntariamente,

respondiendo a las siguientes modalidades:

● Modalidad A. Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente).

● Modalidad B. Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión

Pedagógica (mínimo dos Colectivos docentes).

Los Colectivos docentes podrán inscribirse en una o ambas modalidades,

considerando que:

En la modalidad A, recibirán recurso para atender necesidades de

funcionamiento y operación, propias de la gestión escolar. Se establecen cuatro

temas prioritarios, en torno a las cuales las escuelas concentrarán sus esfuerzos

en lograr, dentro de su autonomía escolar: 1. Mejora del aprendizaje, consolidar el

dominio de la lectura, la escritura y las matemáticas. 2. Conclusión oportuna de la

educación básica, disminuir los índices de abandono escolar. 3. Convivencia

escolar, fomentar un clima de convivencia sana y pacífica. 4. Normalidad mínima

escolar.

En tanto que en la modalidad B, los Colectivos docentes participantes (mínimo

dos colectivos docentes de diferente zona escolar o de una misma zona), recibirán

recurso para desarrollar propuestas pedagógicas innovadoras en contextos

regionales que contribuyan a la mejora de los aprendizajes de los alumnos.

Con base en el Modelo de Gestión Regional, los Colectivos docentes también

podrán desarrollar como otra opción un Proyecto Regional de Innovación de la

Gestión Pedagógica, PRIGEP (modalidad B), mediante el cual se deberá

responder a las temáticas definidas por los Consejos Regionales, específicas para

cada una de las regiones educativas (consultar el Anexo III).

Para participar los colectivos docentes deberán priorizar sus necesidades, tomar

decisiones, y con base en éstas impulsar la planeación escolar y/o el diseño de

proyectos regionales para acceder a los recursos necesarios que permitan su

implementación, promoviendo una mayor autonomía de la gestión en las escuelas

de educación inicial y básica en el Estado, con la corresponsabilidad de toda la

comunidad escolar (padres de familia, docentes y alumnos). El origen de los

recursos será de fuente de financiamiento estatal y será ejercido por los colectivos

docentes que resulten seleccionados.

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Artículo 10. Beneficiarios

El Colectivo docente de las escuelas públicas del nivel de educación inicial y de

educación básica del estado de Yucatán.

I. Requisitos de elegibilidad

Los Colectivos Docentes de escuelas públicas de educación inicial y básica,

podrán participar mediante alguna de las dos modalidades que contempla el

Programa, siendo las siguientes:

Modalidad A. Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente)

Podrá participar el Colectivo docente de las escuelas públicas de educación

básica del Estado de Yucatán (en todos sus niveles y modalidades), Centros de

Atención Múltiple (CAM), Centros de Desarrollo Infantil (CENDI), así como las

escuelas indígenas de educación inicial.

Modalidad B. Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos

Colectivos docentes o más)

Podrán participar los Colectivos docentes, de nueva incorporación o de

continuidad, de las escuelas públicas de los niveles de educación preescolar

(regular e indígena), educación primaria (regular e indígena), Centros de Atención

Múltiple, Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER) y

educación secundaria (estatales, transferidas, técnicas y telesecundarias).

II. Documentación

Modalidad A. Para participar en el Fortalecimiento de la Gestión Escolar, el

Colectivo docente deberá entregar:

1. Plan de Mejora, en el cual se debe considerar las cuatro prioridades

(mejora del aprendizaje; conclusión oportuna de la educación básica;

convivencia escolar y normalidad mínima).

2. Programa para la Distribución de Presupuesto (Anexo IV), en el cual se

plasmará la inversión que la escuela hará con el recurso otorgado. Dicho

documento se entregará sólo por aquellas escuelas seleccionadas a

participar en alguna de las modalidades.

3. Carta compromiso única con las firmas correspondientes (Anexo V).

Modalidad B. Para participar en los PRIGEP, los dos o más Colectivos docentes

deberán entregar:

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1. Proyecto Regional de Innovación de la Gestión Pedagógica que responda a

la temática de la región (Anexo III), involucrando como mínimo a dos

Colectivos docentes.

2. Programa para la Distribución de Presupuesto PRIGEP (Anexo VI), en el

cual se plasmará la inversión que la escuela hará con el recurso otorgado.

3. Carta compromiso única con las firmas correspondientes, donde se

establece que se hará cargo de la compra y entrega de los recursos a los

demás Colectivos docentes que participan en el proyecto. Dicha entrega

será comprobada a través de los mecanismos que establezca la

Coordinación de Gestión Escolar. (Anexo V)

La inscripción y la recepción de documentos se realizarán en el portal en línea

www.sigeyucatan.gob.mx, la Convocatoria, Anexo Técnico y los formatos para

elaborar los documentos a entregar, estarán disponibles en el mismo portal en el

apartado “documentos descargables”.

El período para el registro de los Colectivos docentes será durante la primera

semana del ciclo escolar que corresponda, posterior a la elaboración del Plan de

Mejora por parte de los Consejos Técnicos Escolares.

La Coordinación de Gestión Escolar ofrecerá soporte técnico a los participantes,

durante la inscripción, registro y comprobación del ejercicio del recurso.

I. Criterios de selección

Cumplir con los requisitos y documentación establecidos en las fracciones I y II

del Artículo 10.

Se dará prioridad a los centros escolares ubicados en municipios de alto o muy

alto índice de marginación; así como aquellas escuelas con bajos resultados de

logro educativo.

Modalidad A. Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente)

La selección de las escuelas que recibirán recurso económico para el ciclo escolar

en curso, estará a cargo del Comité Local de Selección, considerando los

siguientes criterios:

1. Los centros escolares ubicados en localidades de alto o muy alto índice de

marginación.

2. Escuelas con bajos resultados de logro educativo, según la evaluación del

Plan Nacional para la Evaluación de los Aprendizajes (PLANEA) o bien, el

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Instrumento Diagnóstico de Alumnos de Escuelas Primarias de Yucatán

(IDAEPY).

3. Escuelas de la modalidad indígena, educación especial y telesecundaria.

4. Escuelas de inicial, preescolar, primaria de la modalidad general, y

escuelas secundarias de las modalidades general y técnica.

Modalidad B. Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos

Colectivos docentes o más)

La evaluación de los PRIGEP estará a cargo de un Comité Dictaminador

coordinado por el Centro de Evaluación Educativa del Estado de Yucatán,

considerando lo siguiente:

Deberán participar dos o más Colectivos docentes de Educación Básica,

independientemente del nivel o modalidad; ya sea de la misma zona o

vinculados con otra zona escolar, de los niveles y modalidades educativas

que podrán participar, son: educación preescolar (regular e indígena),

educación primaria (regular e indígena), Centros de Atención Múltiple,

Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER) y

educación secundaria (estatales, transferidas, técnicas y telesecundarias).

La pertinencia del proyecto, entendida como el grado en que la iniciativa

responde a las demandas específicas (temas de la Convocatoria).

La calidad técnica y viabilidad, entendida como la relación existente entre

las actividades establecidas en el PRIGEP, el tiempo y los recursos

solicitados para el logro de los objetivos.

Se dará prioridad a los proyectos de continuidad que presenten evidencias

de buenos resultados.

El PRIGEP se deberá registrar en la página www.sigeyucatan.gob.mx, con

base en lo establecido en el apartado II y III de la Convocatoria Estatal

vigente.

II. Derechos, Obligaciones y Sanciones

a. Derechos

Personal Docente y Directivo de las escuelas

● Decidir libremente su participación en el Programa.

● Los participantes tendrán acceso a la información acerca de los

mecanismos para la inscripción, entrega de documentos y comprobación

para el ejercicio del recurso, en caso de resultar beneficiados, así como a

otro tipo de información relacionada con este proceso.

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● Participar en la construcción del Plan de Mejora de la escuela, y en

particular, en la definición de las acciones contenidas en el mismo, como

parte del Consejo Técnico Escolar, enfocadas a promover la autonomía

para la gestión escolar.

● Los participantes contarán con la asesoría y acompañamiento antes y

durante su participación en el PEAGE, servicio que será gratuito.

● Los participantes contarán con soporte técnico para la inscripción, registro

de documentos y comprobación del ejercicio del recurso, mediante el SIGE.

● La permanencia y continuidad de los centros escolares en el PEAGE,

estará sujeta a los resultados obtenidos durante el ciclo escolar anterior, así

como al cumplimiento de los compromisos asumidos con la aprobación e

incorporación en alguna de las dos modalidades de participación.

b. Obligaciones

Personal Docente y Directivo de las escuelas

● El Colectivo docente deberá destinar los apoyos financieros al logro de las

metas definidas en el Plan de Mejora; el recurso económico que reciba la

escuela deberá estar orientado a la atención de las cuatro prioridades

educativas.

● Garantizar que la información referente a lo planteado en el plan de mejora,

así como el recurso asignado a la escuela, los avances y resultados

educativos, sean del conocimiento de la comunidad escolar.

● Promover la participación y corresponsabilidad de la comunidad escolar en

las acciones del plan de mejora.

● Informar por escrito a la Coordinación de Gestión Escolar los avances y los

resultados obtenidos en la implementación.

● Usar los resultados de la evaluación como retroalimentación para la mejora

continua en cada ciclo escolar.

● Administrar y ejercer el recurso bajo los principios de honestidad, eficacia,

eficiencia, transparencia y rendición de cuentas en apego a la normatividad

aplicable.

● Realizar la comprobación del ejercicio del recurso con base en el

mecanismo de control que la Coordinación de Gestión Escolar establezca,

con la finalidad de supervisar el correcto ejercicio del recurso.

● Resguardar en la escuela información comprobatoria del ejercicio del

recurso por un período de cinco años, la cual deberá estar disponible para

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conocimiento de la comunidad escolar y de la autoridad educativa cuando

así lo requiera.

● Participar en las pláticas informativas o reuniones de trabajo convocadas

por el personal de la Coordinación de Gestión Escolar.

Para el caso de los PRIGEP, de manera adicional, se señalan las siguientes

obligaciones:

● Firmar la carta compromiso de permanencia en la escuela, durante la

implementación del PRIGEP.

● Elaborar una carta compromiso, para firma del responsable del PRIGEP,

donde se establece que se hará cargo de la compra y entrega de los

recursos a los demás Colectivos docentes que participan en el proyecto.

Dicha entrega será comprobada a través de los mecanismos que

establezca la Coordinación de Gestión Escolar.

● Participar en las reuniones de trabajo convocadas por Coordinación de

Gestión Escolar.

● Implementar, desarrollar y consolidar los objetivos y las acciones

establecidas en el PRIGEP.

● Atender, en tiempo y forma, las recomendaciones técnico-pedagógicas que

emita el Comité Dictaminador al PRIGEP y/o al Programa para la

Distribución del Presupuesto.

● Mantener, estrecha y permanente, comunicación entre el responsable del

PRIGEP y los Colectivos escolares participantes.

c. Sanciones

La SEGEY podrá determinar si retiene, suspende o cancela la entrega de los

apoyos a las escuelas participantes cuando la operación del Programa no haya

sido efectuada conforme a las disposiciones establecidas en las presentes Reglas

de Operación, y cuando los recursos económicos sean destinados para un fin

distinto a lo establecido en las mismas, así como en contravención a las

disposiciones jurídicas aplicables.

Las situaciones a continuación, serán causa de retención, suspensión y/o

cancelación de los recursos:

● Los Colectivos docentes de las escuelas beneficiadas, que no cumplan con

las condiciones y requisitos descritos en la Convocatoria y Anexo Técnico

vigentes, no podrán recibir los apoyos que otorga el Programa.

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● Serán sancionadas, en los términos de la legislación aplicable, las partes

que intervengan en los procesos que presenten conductas indebidas o

ilegales.

Artículo 11. Apoyos

La Coordinación de Gestión Escolar será la responsable de vigilar y organizar la

entrega del recurso en los términos establecidos en las presentes Reglas de

Operación, considerando la disponibilidad del recurso estatal destinado para la

implementación del Programa.

Corresponde al Comité Local de Selección y al Comité Dictaminador, determinar

qué Colectivos docentes de las escuelas públicas concursantes, recibirán el

recurso, según la modalidad de participación en el Programa que se haya elegido:

Modalidad A. Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente). Las

escuelas inscritas en esta modalidad, y que hayan resultado seleccionadas,

podrán recibir en efectivo una cantidad mínima de $20,000.00 (veinte mil pesos

00/100 M.N.) y como máximo $50,000.00 (noventa mil pesos 00/100 M.N.),

Modalidad B. Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos

Colectivos docentes o más). Se otorgará en efectivo un monto de hasta

$50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para aquellos proyectos aprobados

que involucren 2 o más colectivos docentes de una misma zona escolar. Para el

caso de proyectos que involucren a todos los Colectivos docentes de una zona

escolar completa, se otorgará en efectivo un monto de hasta $100,000.00 (cien mil

pesos 00/100 M.N).El recurso otorgado en esta modalidad deberá canalizarse

exclusivamente para fortalecer la gestión pedagógica y utilizarse para la

adquisición de los insumos necesarios para implementar el proyecto (ver Anexo

Técnico, Anexo III).

En ambas modalidades de participación, los recursos a ejercer estarán sujetos a la

disponibilidad financiera existente, y estos serán otorgados una vez que el

Colectivo docente haya atendido las recomendaciones técnico-pedagógicas

emitidas por el Comité correspondiente, según la Modalidad de participación: el

Comité Local de Selección, en el caso de la Modalidad A; o bien, por el Comité

Dictaminador, si se participa bajo la Modalidad B.

El período establecido para la entrega de los recursos directos a la escuela, estará

sujeto a la radicación de los recursos a la entidad.

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Artículo 12. Operación

I. Convocatoria

Los Colectivos de las escuelas con interés de participar en el Programa, se

sujetarán a las bases que se establezcan en la Convocatoria (en la cual se

establecerán los requisitos que deben cubrir, el procedimiento que se llevará a

cabo para la inscripción, fechas, horarios, documentación, lugar de recepción,

medios, entre otros), misma que deberá ser emitida dentro de los primeros quince

días hábiles del mes de agosto.

La Convocatoria será publicada de forma anual y estará visible en el portal de la

página electrónica de la Secretaría de Educación

www.educacion.yucatan.gob.mx/ y en el Sistema de Información y Gestión

Educativa de Yucatán www.sigeyucatan.gob.mx/.

Aspectos Generales:

a. Tanto la inscripción como la recepción de los documentos se realizarán en línea a través de la página www.sigeyucatan.gob.mx.

b. Cualquier situación no prevista en la Convocatoria vigente, será resuelta por la

Secretaría de Educación, a través del Consejo Estatal de Educación Básica. c. La participación en el proceso no asegura la incorporación del Colectivo

docente a cualquiera de las dos modalidades del PEAGE.

d. Los resultados emitidos por cualquiera de los dos Comités serán inapelables; en ambas modalidades de participación en el Programa: el Comité Local de Selección, en el caso de la Modalidad A; o bien, por el Comité Dictaminador, si se participa bajo la Modalidad B.

e. Los Colectivos docentes de las escuelas que sean seleccionadas para recibir algún tipo de recurso deberán cumplir con los compromisos establecidos en la Convocatoria.

f. Los Colectivos docentes de las escuelas con interés de participar en el

Programa que no cumplan con los lineamientos establecidos en la Convocatoria vigente para el ciclo escolar en curso, no serán sujetas de evaluación.

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II. Procedimiento

Para la implementación del Programa se deberán considerar las etapas que a

continuación se presentan (Anexo VII), así como las acciones a realizar en cada

una de estas y los responsables de su ejecución (ver Anexo VIII):

a. Tanto la inscripción como la recepción de los documentos se realizarán en línea

a través de la página www.sigeyucatan.gob.mx.

b. La Coordinación de Gestión Escolar realizará una reunión con el Consejo

Estatal de Educación Básica, quien después de analizar y validar las acciones

propuestas, establecerá las fechas pertinentes de las diferentes etapas del

proceso, así como los ajustes necesarios, tanto a la Convocatoria, como a la

implementación del Programa.

c. La Coordinación de Gestión Escolar diseñará y dará seguimiento para la

publicación de la Convocatoria al inicio del ciclo escolar, en el portal en línea del

Sistema de Información y Gestión Educativa de Yucatán (SIGE), disponible en:

www.sigeyucatan.gob.mx.

d. Los Colectivos Docentes de las escuelas públicas interesados en incorporarse

al Programa, deberán realizar la inscripción a la modalidad de participación de

interés, y cargar la documentación requerida en el portal en línea del SIGE:

www.sigeyucatan.gob.mx.

e. El Comité Local de Selección y el Comité Dictaminador realizarán el proceso de

evaluación de las solicitudes, según la modalidad de participación elegida.

f. La Coordinación de Gestión Escolar publicará en el portal en línea del SIGE, el

listado de las escuelas susceptibles a ser beneficiadas a través del PEAGE, al

ciclo escolar correspondiente, dentro de aproximadamente, los 20 días hábiles

al periodo de cierre de las inscripciones.

g. El Comité Local de Selección y el Comité Dictaminador determinarán el monto

que se asignará a las escuelas seleccionadas para su incorporación en el

PEAGE.

h. Los Colectivos Docentes de las escuelas públicas seleccionadas para su

incorporación al PEAGE, deberán ejercer el recurso asignado exclusivamente

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para el fortalecimiento de la gestión escolar, de acuerdo a lo establecido en el

Anexo Técnico (Anexo III) de la Convocatoria correspondiente (Anexo II).

i. La Coordinación de Gestión Escolar, publicará y pondrá a disposición para su

descarga, los formatos y la guía para la comprobación del recurso ejercido.

j. La Coordinación de Gestión Escolar, brindará asesoría a las escuelas para el

registro de la documentación requerida para la comprobación del recurso

ejercido.

k. Los Colectivos Docentes de las escuelas públicas seleccionadas desarrollarán

las acciones planteadas en el plan de mejora aprobado para participar en el

PEAGE, o bien, en el proyecto de innovación, según sea el caso; y realizarán la

comprobación correspondiente al recuso asignado, en el portal en línea del

SIGE.

l. La Coordinación de Gestión Escolar, realizará visitas periódicas a las escuelas

que hayan sido incorporadas al Programa, así como reuniones con los

Consejos Regionales.

m. La Coordinación de Gestión Escolar podrá instrumentar un procedimiento de

evaluación interna, y elabora informes de seguimiento y evaluación de la

implementación del PEAGE.

El listado de escuelas susceptibles a ser beneficiadas a través del PEAGE, al ciclo

escolar correspondiente, será publicado en la página del SIGE

(www.sigeyucatan.gob.mx) 20 días hábiles posteriores al período de cierre de las

inscripciones.

Artículo 13. Instancias ejecutoras

La SEGEY, por conducto de la Coordinación de Gestión Escolar, definirá las

bases para la planeación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del

Programa, para su ejecución se contará con la participación del:

Consejo Estatal de Educación Básica. Es el Consejo integrado por el Secretario

de Educación, los Directores del Centro de Evaluación Educativa, los Directores

de los niveles educativos, Directores de las áreas Jurídicas, Planeación,

Administración y Finanzas. Este Consejo es quien analiza y valida las propuestas

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de acción para la implementación del Programa, establece el calendario con las

fechas de las diferentes fases de la operatividad y puesta en marcha del PEAGE.

Comité Local de Selección. Es el Comité responsable de evaluar las solicitudes

realizadas bajo la Modalidad A de participación, así como de la selección de las

escuelas susceptibles de ser beneficiadas a través del PEAGE, y los montos a

aprobar, de acuerdo a los requisitos establecidos en la Convocatoria

correspondiente, para dicha Modalidad.

Comité Dictaminador. El Órgano responsable de los procesos de evaluación y

dictaminación para la selección de los PRIGEP; así como de la asignación de los

montos a entregar a los Proyectos seleccionados. Está integrado por los

responsables que el Centro de Evaluación Educativa del Estado de Yucatán

determine para este fin. Tanto el Comité Local de Selección, como el Comité

Dictaminador, tienen la responsabilidad de elaborar informes con el listado de las

escuelas que han sido seleccionadas para incorporarse al Programa, como

resultado del proceso de evaluación realizado por los mismos previamente.

Artículo 14. Seguimiento y evaluación

I. Seguimiento

Para el proceso de seguimiento a la implementación del Programa, se

considerarán los indicadores propuestos para identificar el avance en el

cumplimiento del Programa Presupuestario “Gestión Escolar”, en su nivel de

componente “Apoyo al fortalecimiento de la gestión de los centros escolares

realizado”, al cual se encuentra alineado el Programa Estatal de Apoyo para la

Gestión Escolar (PEAGE), siendo el siguiente:

● Indicador. Porcentaje de escuelas de educación básica beneficiadas por el

apoyo a la gestión escolar; el cual se calculará con la fórmula A= (B/C)*100

A: es el Porcentaje de escuelas de educación básica beneficiadas por el

apoyo a la gestión escolar.

B: es el total de escuelas de educación básica beneficiadas por el apoyo a

la gestión escolar.

C: es el total de escuelas de educación básica.

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● Indicador. Porcentaje de escuelas de educación inicial beneficiadas por el

apoyo a la gestión escolar; el cual se calculará con la fórmula A= (B/C)*100

A: es el Porcentaje de escuelas de educación inicial beneficiadas por el

apoyo a la gestión escolar.

B: es el total de escuelas de educación inicial beneficiadas por el apoyo a la

gestión escolar.

C: es el total de escuelas de educación inicial

En este caso, será la Coordinación de Gestión Escolar el área responsable de dar

seguimiento al avance de la implementación del Programa, siendo el medio de

verificación la base de datos del Programa Estatal de Apoyo para la Gestión

Escolar, donde se concentra el registro estadístico y administrativo de los

beneficiarios del Programa.

I. Evaluación

Siguiendo lo estipulado en el Acuerdo Seplán 03/2016 por el que se expiden los

Lineamientos generales del Sistema de Seguimiento y Evaluación del

Desempeño, la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán

brindará la información correspondiente a la Secretaría Técnica y a la Secretaría

de Administración y Finanzas o los organismos evaluadores, para la evaluación

del desempeño del Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar, con la

finalidad de realizar mejoras en el diseño, programación y asignación

presupuestal, retroalimentar la toma de decisiones, medir el resultado e impacto,

así como mejorar la eficiencia, eficacia, transparencia y la rendición de cuentas,

como consecuencia del ejercicio de recursos públicos estatales asignados para la

implementación del PEAGE.

El proceso de evaluación se realizará teniendo como principal referencia los

objetivos estratégicos y la matriz de indicadores para resultados de la SEGEY a

los que el PEAGE se encuentra asociado; instrumentado por el Sistema de

Evaluación del Desempeño, en los tiempos señalados en el Programa anual de

evaluación y en los términos de referencia.

La Secretaría Técnica de Planeación y Evaluación será la encargada de aprobar

las metodologías que se aplicarán en las evaluaciones internas y externas

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contenidas en el Programa Anual de Evaluación, así como del financiamiento de

estas.

II. Publicación de Informes

La SEGEY, a través de su Dirección de Finanzas, formulará trimestralmente, por

separado y bajo su estricta responsabilidad, los informes de los avances físicos -

financieros de las acciones del Programa, durante los quince días hábiles

posteriores a la terminación del trimestre que se reporta.

La SEGEY estará obligada a notificar a la Secretaría Técnica de Planeación y

Evaluación, así como a la Secretaría de Administración y Finanzas, sobre el

avance en el cumplimiento de las metas de la matriz de indicadores al que el

PEAGE se encuentra asociado, contemplando los resultados de las evaluaciones

y el grado de cumplimiento de los aspectos susceptibles de mejora. Presentará la

información que resulte necesaria para la elaboración e integración de los

informes trimestrales, así como la relativa para la rendición e integración de la

Cuenta Pública del estado de Yucatán.

El Programa estará obligado a presentar, como parte de su informe

correspondiente al cuarto trimestre del año 2017, una estimación de cierre del año

fiscal (objetivos, metas y gasto) correspondiente al ciclo escolar en curso.

Dichos informes deberán ser acompañados con la justificación de las variaciones

entre la meta de cobertura programada y la alcanzada, así como entre el

presupuesto autorizado, el modificado y el ejercido, y en su caso el reporte de las

medidas de ahorro, austeridad y eficiencia aplicadas durante el periodo que se

informa.

Así también, por medio de la Coordinación de Gestión Escolar, formulará

trimestralmente informes de los avances financieros del Programa, durante los

quince días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta.

La Coordinación de Gestión Escolar, tendrá a su cargo concentrar y analizar los

informes de las escuelas participantes, así como solicitar a los mismos las

aclaraciones a que haya lugar. De igual forma, deberá publicar anualmente en la

página de internet del SIGE (www.sigeyucatan.gob.mx) los resultados obtenidos

del seguimiento de los indicadores, así como la relación de beneficiarios.

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La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, se encargará de

dar a conocer los avances cualitativos y cuantitativos de las actividades del

Programa, sin más límite que el establecido en la Ley de Acceso a la Información

Pública para el Estado y Municipios de Yucatán.

Artículo 15. Disposiciones complementarias

I. Publicidad

Tanto la publicidad que se adquiera para la difusión de este Programa, como la

papelería y documentación oficial, deberán incluir claramente visible y audible, una

leyenda que señale que el Programa es de carácter público; que no es

patrocinado ni promovido por partido político alguno; que sus recursos provienen

de las contribuciones que pagan los contribuyentes; que está prohibido el uso del

Programa con fines políticos, electorales, de lucro o cualquier otro distinto al

establecido; y que quien haga uso indebido de los recursos del Programa será

denunciado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

II. Auditoría

La Secretaría de la Contraloría General será la dependencia encargada de las

funciones de auditoría del Programa, de conformidad con las facultades y

procedimientos establecidos en las disposiciones legales y normativas aplicables.

III. Quejas y denuncias

Cuando se presuma la existencia de un acto de corrupción, el ciudadano podrá

optar entre promover la queja o denuncia ante la Secretaría de la Contraloría

General o asistir ante el Instituto Estatal para el Combate a la Corrupción a

presentar su queja, quien la tramitará en términos de las disposiciones legales que

lo regulan.

Las instancias ejecutoras establecerán un buzón al cual el público tendrá fácil

acceso, para que cualquier interesado pueda presentar quejas y denuncias por

incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos ante el Instituto

Estatal para el Combate a la Corrupción.

En la papelería del Programa deberá incluirse una dirección y un número

telefónico donde cualquier ciudadano pueda solicitar información respecto de las

opciones que tiene para denunciar conductas o hechos que contravengan las

disposiciones del presente. Las quejas o denuncias deberán contener datos o

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indicios suficientes y las circunstancias de tiempo, modo y lugar que permitan

advertir la probable responsabilidad del servidor público.

No se considerarán quejas o denuncias, los escritos que tengan por objeto dirimir

la resolución del trámite de las solicitudes, cuya resolución les corresponda

determinar a la propia dependencia o entidad o a las instancias jurisdiccionales

competentes en términos de lo dispuesto en la Ley de Actos y Procedimientos

Administrativos del Estado de Yucatán, o las demás disposiciones legales que

regulan los medios de impugnación; en estos casos la autoridad que tenga

conocimiento se limitará a orientar al ciudadano sobre la autoridad competente

que deba conocer del asunto.

IV. Responsabilidades de los servidores públicos

Los servidores públicos que incumplan con las disposiciones de este decreto

serán sancionados conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores

Públicos del Estado de Yucatán, con independencia de las responsabilidades

penales en que puedan incurrir.

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Artículos transitorios

Primero. Entrada en vigor

Este Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial del

Gobierno del Estado de Yucatán.

Segundo. Derogación tácita

Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan a lo

establecido en este Acuerdo.

Se expide este Acuerdo en la Secretaría de Administración y Finanzas, en Mérida,

a XXX de Noviembre de 2016.

Nombre del titular de la SEGEY Secretario de Educación

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Anexo I. Municipios por región

Región Municipio

Región Municipio

Región Municipio

Región Municipio H

un

uc

Hunucmá

rid

a

Cuzamá

Te

kax

Tekax

Vall

ad

olid

Tinum

Celestún

Kanasín

Akil

Tixcacalcupul

Kinchil

Seyé

Oxkutzcab

Uayma

Samahil

Tahmek

Tzucacab

Yaxcab

á

Yaxcabá

Tetiz

Tecoh

Tic

ul

Ticul

Chankom

Ucú

Timucuy

Cantamayec

Chikindzonot

Izam

al

Izamal

Tixkokob

Chapab

Sotuta

Bokobá

Tixpéhual

Chumayel

Cacalchén

Umán

Dzán

Cenotillo

Mo

tul

Motul

Mama

Hocabá

Baca

Maní

Hoctún

Buctzotz

Mayapán

Homún

Cansahcab

Muna

Huhí

Chicxulub Pueblo

Sacalum

Kantunil

Dzemul

Santa Elena

Sanahcat

Dzidzantún

Teabo

Sudzal

Dzilam De Bravo

Tekit

Tekal De Venegas

Dzilam González

Tiz

imín

Tizimín

Tekantó

Dzoncauich

Calotmul

Tepakán

Ixil

Espita

Teya

Mocochá

Panabá

Tunkás

Muxupip

Río Lagartos

Xocchel

Sinanché

San Felipe

Ma

xcan

ú

Maxcanú

Suma

Sucilá

Abalá

Telchac Pueblo

Vall

ad

olid

Valladolid

Chocholá

Telchac Puerto

Cuncunul

Halachó

Temax

Chemax

Kopomá

Yaxkukul

Chichimila

Opichén

Yobaín

Dzitás

rid

a

Mérida

Peto

Peto

Kaua

Conkal

Chacsinkín

Quintana Roo

Progreso

Tahdziú

Tekom

Acanceh

Tixmehuac

Temozón

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Anexo II. Convocatoria PEAGE

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSEJO ESTATAL DE EDUCACIÓN BÁSICA

PROGRAMA ESTATAL DE APOYO PARA LA GESTIÓN ESCOLAR (PEAGE) CONVOCATORIA ESTATAL 2016-2017 y 2017-2018

En el marco de la reforma realizada a los Artículos 3° y 73° Constitucionales, del 26 de febrero de 2013, en su transitorio Quinto Fracción III y con base en el Artículo 28 bis de la Ley General de Educación, se establece la necesidad de fortalecer la autonomía de gestión escolar en las escuelas de educación básica, orientada hacia la calidad y la equidad educativa. Los colectivos docentes de educación básica concentrarán sus esfuerzos en lograr, dentro de su autonomía escolar, las siguientes prioridades: 1. Mejora del aprendizaje, consolidar el dominio de la lectura, la escritura y las matemáticas.

2. Conclusión oportuna de la educación básica, disminuir los índices de abandono escolar.

3. Convivencia escolar, fomentar un clima de convivencia sana y pacífica.

4. Normalidad mínima escolar. De igual forma, con base en el Modelo de Gestión Regional, las escuelas podrán desarrollar un Proyecto Regional de Innovación de la Gestión Pedagógica (PRIGEP) que responda a las temáticas definidas para cada región (ver Anexo Técnico) y que contemple como mínimo a dos escuelas, es decir, dos Colectivos docentes. La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, a través del Consejo Estatal de Educación Básica, con la finalidad de contribuir a que las escuelas logren responder a las prioridades mencionadas así como mejorar sus condiciones académicas, organizativas y administrativas, emite la presente Convocatoria para aquellas escuelas que deseen participar voluntariamente en una o ambas de las siguientes modalidades:

A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente)

B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos Colectivos docentes o más) BASES GENERALES I. De los participantes

A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente) Podrá participar el Colectivo docente de las escuelas públicas de educación básica del Estado de Yucatán en todos sus niveles y modalidades, Centros de Atención Múltiple (CAM), Centros de Desarrollo Infantil (CENDI), así como las escuelas indígenas de educación inicial. B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos Colectivos docentes o más)

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Podrán participar los colectivos docentes, de nueva incorporación o de continuidad, de las escuelas públicas de los niveles de educación preescolar (regular, CENDI e indígena), educación primaria (regular e indígena), Centros de Atención Múltiple, Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER) y educación secundaria (estatales, transferidas, técnicas y telesecundarias). II. De los documentos a entregar

A) Para participar en el Fortalecimiento de la Gestión Escolar, el Colectivo docente deberá entregar:

1) Plan de Mejora, en el cual se debe considerar las cuatro prioridades (mejora del aprendizaje; conclusión oportuna de la educación básica; convivencia escolar y normalidad mínima). 2) Programa para la Distribución de Presupuesto, en el cual se plasmará la inversión que la escuela hará con el recurso otorgado. Dicho documento se entregará sólo por aquellas escuelas seleccionadas a participar en alguna de las modalidades. 3) Carta compromiso única con las firmas correspondientes. B) Para participar en los PRIGEP, los dos o más Colectivos docentes deberán entregar:

1) Proyecto Regional de Innovación de la Gestión Pedagógica que responda a la temática de la región (ver Anexo Técnico), involucrando como mínimo a dos Colectivos docentes.

2) Programa para la Distribución de Presupuesto PRIGEP, en el cual se plasmará la inversión que la escuela hará con el recurso otorgado.

3) Carta compromiso única con las firmas correspondientes. NOTA: los formatos para elaborar los documentos a entregar estarán disponibles en el apartado documentos descargables de la página web www.sigeyucatan.gob.mx

III. De la inscripción y recepción de documentos

A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar: Tanto la inscripción como la recepción de los documentos se realizarán en línea a través de la página www.sigeyucatan.gob.mx. El período de inscripción se llevará a cabo del 29 de agosto al 9 de septiembre para el año 2016 y del 28 de agosto al 8 de septiembre para el año 2017. B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica: Tanto la inscripción como la recepción de los documentos se realizarán en línea a través de la página www.sigeyucatan.gob.mx. El período de inscripción se llevará a cabo del 29 de agosto al 9 de septiembre para el año 2016 y del 28 de agosto al 8 de septiembre para el año 2017. NOTAS:

Es importante que al momento de su inscripción cuente con la información necesaria para la captura en el sistema de los documentos requeridos de acuerdo a la modalidad en la que desea participar, la falta de alguno de ellos invalida su inscripción.

Es necesario verificar que la información que registrará en línea sean la última versión, puesto que estos son el insumo para realizar el proceso de selección y evaluación.

La(s) escuela (s) podrá (n) inscribirse en una o ambas modalidades, considerando que en la modalidad A la escuela obtendrá un recurso para solventar cuestiones referentes a la gestión escolar. Mientras que en la modalidad B las escuelas participantes (mínimo dos Colectivos) recibirán recurso en efectivo para adquirir los insumos necesarios para implementar el PRIGEP aprobado.

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IV) De la selección

A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente) La selección de las escuelas que recibirán recurso económico para el ciclo escolar 2016-2017 y para el ciclo 2017-2018 estará a cargo del Comité Local de Selección. Dicho Comité desarrollará las siguientes acciones: 1) Verificar que las escuelas cumplan con los criterios establecidos en la Convocatoria;

2) Priorizar la atención de los centros escolares de acuerdo a determinadas características (por ejemplo: ubicación geográfica, matrícula escolar, modalidad, resultados de logro, entre otras).

3) Verificar que las escuelas seleccionadas enfaticen sus necesidades de acuerdo a las prioridades del Sistema Básico de Mejora.

4) Verificar que las escuelas seleccionadas reciban recursos financieros de un solo Programa e 5) Informar, a través de la Autoridad Educativa Local, a la comunidad educativa los resultados de la selección. B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos colectivos docentes o más) La evaluación de los PRIGEP estará a cargo de un Comité Dictaminador coordinado por el Centro de Evaluación Educativa del Estado de Yucatán. Dicho Comité desarrollará las siguientes acciones: 1) Verificar que los PRIGEP cumplan con todos los aspectos establecidos en la Guía para la Elaboración de los PRIGEP, en el Programa para la Distribución del Presupuesto PRIGEP así como en el Anexo Técnico de esta Convocatoria.

2) Llevar a cabo la evaluación para los PRIGEP inscritos

3) Emitir recomendaciones técnico-pedagógicas para el PRIGEP y para el Programa para la Distribución del Presupuesto PRIGEP.

4) Informar a la Coordinación de Gestión Escolar los resultados de la evaluación. NOTA: el proceso de evaluación considerará dos aspectos fundamentales, además de los establecidos en el Anexo Técnico de esta Convocatoria, los cuales son: - la pertinencia del proyecto, entendida como el grado en que la iniciativa responde a las demandas específicas de esta Convocatoria y

- la calidad técnica y viabilidad, entendida como la relación existente entre las actividades establecidas en el PRIGEP, el tiempo y los recursos solicitados para el logro de los objetivos. V) De la asignación y distribución de los recursos El Comité Local de Selección y el Comité Dictaminador determinarán qué escuelas recibirán el recurso así como el monto asignado. A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente) Las escuelas inscritas en esta modalidad y las cuales hayan sido seleccionadas, podrán recibir en efectivo como mínimo $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 M.N) o como máximo $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N). B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos Colectivos docentes o más) Se otorgará en efectivo un monto de hasta $ 50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para aquellos proyectos aprobados que involucren 2 o más Colectivos docentes. Para el caso de proyectos que impliquen a los Colectivos Docentes de una misma zona escolar se otorgará en efectivo un monto de hasta $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N). El recurso otorgado en esta modalidad deberá canalizarse exclusivamente para fortalecer la gestión pedagógica y utilizarse para la adquisición de los insumos necesarios para implementar el proyecto (ver Anexo Técnico).

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Los recursos a otorgar estarán sujetos a la disponibilidad financiera existente y estos serán otorgados una vez que la escuela solvente (si fuese el caso) las recomendaciones, emitidas por el Comité respectivo.

VI) De la publicación de los resultados

A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente): Los resultados serán publicados el 10 de octubre del 2016 y el 9 de octubre del 2017, en la página www.sigeyucatan.gob.mx B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos Colectivos docentes o más): Los resultados serán publicados el 21 de octubre para el 2016 y el 20 de octubre para el 2017, en la página www.sigeyucatan.gob.mx VII) Permanencia La permanencia y continuidad de la(s) escuela (s) en cualquiera de las modalidades dependerá del cumplimiento con los compromisos asumidos con la aprobación.

VIII) Compromisos

A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente) Los directores de las escuelas deberán: 1. Destinar los apoyos financieros al logro de las metas definidas en el Plan de Mejora. El recurso económico que reciban deberá estar orientado a la atención de las prioridades que la escuela determine;

2. Promover la participación y corresponsabilidad de la comunidad educativa en las acciones del Plan de Mejora;

3. Dar a conocer a la comunidad escolar el plan de mejora y la información referente al ejercicio del recurso asignado a la escuela, así como los avances y resultados educativos;

4. Usar los resultados de la evaluación como retroalimentación para la mejora continua en cada ciclo escolar;

5. Administrar y ejercer el recurso bajo los principios de honestidad, eficacia, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas en apego a la normatividad aplicable;

6. Realizar la comprobación del ejercicio del recurso con base en el mecanismo de control que la Autoridad Educativa Local establezca, con la finalidad de supervisar el correcto ejercicio del recurso;

7. Resguardar en la escuela la información comprobatoria del ejercicio del recurso por un período de cinco años, la cual deberá estar disponible para conocimiento de la comunidad escolar y de la autoridad educativa cuando así lo requiera, y

8. Participar en las pláticas informativas o reuniones de trabajo convocadas por la Autoridad Educativa Local. B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos Colectivos docentes o más) El responsable del PRIGEP y los agentes involucrados en la implementación del mismo (los jefes de sector, supervisores, el personal docente y directivo), deberán cumplir con los siguientes compromisos: 1. Firmar, por parte del responsable del PRIGEP, una carta compromiso donde se establece que él se hará cargo de la compra y entrega de los recursos a los demás Colectivos docentes que

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participan en el proyecto. Dicha entrega será comprobada a través de los mecanismos que establezca la Autoridad Educativa Local;

2. Participar en las reuniones de trabajo convocadas por la Autoridad Educativa Local;

3. Implementar, desarrollar y consolidar los objetivos y las acciones establecidas en el PRIGEP;

4. Mantener comunicación directa y permanente entre el responsable del PRIGEP y los agentes involucrados en la implementación del proyecto;

5. Informar por escrito a la Autoridad Educativa Local los avances del proyecto y los resultados obtenidos en la implementación del PRIGEP;

6. Cumplir con los objetivos y actividades establecidas en su PRIGEP, los cuales deberán estar orientados a elevar los resultados educativos de sus estudiantes;

7. Atender, en tiempo y en forma, las recomendaciones técnico-pedagógicas que emita el Comité Dictaminador al PRIGEP y/o al Programa para la Distribución del Presupuesto;

8. Emplear el recurso asignado de acuerdo con lo planeado;

9. Informar a la comunidad educativa (autoridades, padres de familia, personas e instituciones interesadas en la educación) sobre el recurso otorgado, las acciones que se realizan en la escuela a partir del PRIGEP así como los logros educativos obtenidos; 10. Usar los resultados de la evaluación como retroalimentación para la mejora continua en cada ciclo escolar;

11. Administrar y ejercer el recurso bajo los principios de honestidad, eficacia, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas en apego a la normatividad aplicable;

12. Realizar la comprobación del ejercicio del recurso otorgado en efectivo con base en el mecanismo de control que la Autoridad Educativa Local establezca, con la finalidad de supervisar el correcto ejercicio del recurso, y

13. Resguardar en la escuela información comprobatoria del ejercicio del recurso por un período de cinco años, la cual deberá estar disponible para conocimiento de la comunidad escolar y de la autoridad educativa cuando así lo requiera. IX) Generales a) Cualquier situación no prevista en la presente Convocatoria será resuelta por la Secretaría de Educación, a través del Consejo Estatal de Educación Básica.

b) La participación en el presente proceso no asegura la incorporación de la escuela a cualquiera de las dos modalidades del PEAGE.

c) Los resultados emitidos por cualquiera de los dos Comités serán inapelables.

d) Las escuelas que sean seleccionadas para recibir algún tipo de recurso deberán cumplir con los compromisos establecidos en esta Convocatoria.

e) Las escuelas que no cumplan con los lineamientos establecidos en la presente Convocatoria, no serán sujetas de evaluación.

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Anexo III. Anexo Técnico PRIGEP

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSEJO ESTATAL DE EDUCACIÓN BÁSICA

PROGRAMA ESTATAL DE APOYO PARA LA GESTIÓN ESCOLAR (PEAGE)

ANEXO TÉCNICO

MODALIDAD PROYECTOS REGIONALES DE INNOVACIÓN DE LA GESTIÓN PEDAGÓGICA

El colectivo docente de las escuelas que deseen participar en el proceso de aprobación de Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (PRIGEP), deberán reunir los requisitos establecidos en las bases generales de la Convocatoria Estatal 2016-2017 y 2017-2018, emitida por la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, así como las descritas en el presente Anexo:

BASES ESPECÍFICAS

1. De los participantes Los PRIGEP pueden ser diseñados por:

a. Directores con dos o más Colectivos docentes de su zona o vinculados con otra zona de la misma región, ya sea de diferente nivel y/o modalidad;

b. Docentes de dos o más Colectivos de su zona o vinculados con otra zona de la misma región, ya sea de diferente nivel y/o modalidad;

c. Jefes de sector o supervisores con dos o más Colectivos docentes de su zona o vinculado con otra zona de la misma región, ya sea de diferente nivel y/o modalidad.

2. De las características de los PRIGEP

a. Las escuelas involucradas deberán integrar su PRIGEP, orientado sobre las bases del Modelo de Gestión Regional y del Paradigma de una Escuela de Buena Calidad.

b. El PRIGEP deberá considerar lo establecido en el Plan y los Programas de Estudios vigentes, del nivel correspondiente.

c. El PRIGEP deberá responder a uno de los temas prioritarios identificados por cada Consejo Regional, mismos que se encuentran especificados en el punto seis de en este Anexo Técnico.

d. El PRIGEP deberá establecer estrategias y acciones en un periodo de uno a tres ciclos escolares como máximo.

e. El PRIGEP deberá contar con el visto bueno de los supervisores de las escuelas implicadas en el mismo.

f. El recurso del PRIGEP no podrá ser utilizado para compensaciones docentes, únicamente podrán ser utilizados para fortalecer la gestión pedagógica (consultar el punto cinco denominado “De la asignación y distribución de los recursos” de este Anexo).

g. El PRIGEP deberá cumplir con todos los rubros establecidos en:

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La Guía para la Elaboración de Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (PRIGEP),

El Programa para la Distribución del Presupuesto PRIGEP y

La Convocatoria Estatal y el Anexo Técnico, vigentes.

3. Requisitos de selección

a. El PRIGEP deberá considerar a dos o más Colectivos docentes de Educación Básica, independientemente del nivel o modalidad.

b. El PRIGEP deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en la Guía para la Elaboración de Proyectos, disponible en la página web www.sigeyucatan.gob.mx, así como con lo establecido en las bases generales de la Convocatoria Estatal y el Anexo Técnico, vigentes.

c. Registrar en la página www.sigeyucatan.gob.mx el PRIGEP con base en lo establecido en el apartado II y III de la Convocatoria Estatal vigente.

4. De la evaluación o dictaminación En consideración y para el cumplimiento del apartado IV inciso B de la Convocatoria Estatal vigente, se establece lo siguiente:

a. El responsable del proyecto registrará en la página www.sigeyucatan.gob.mx los documentos solicitados. El documento impreso del Proyecto Regional será evaluado por el Comité Dictaminador.

b. El responsable del proyecto dará a conocer el PRIGEP, a través de una presentación en PowerPoint, ante el Comité Dictaminador. Para ello deberá acudir el día, horario y lugar designado para la evaluación presencial.

c. El día, horario y sede para la evaluación presencial serán notificadas al responsable del PRIGEP por medio de la Coordinación de Gestión Escolar o en su defecto por el CEDE correspondiente.

d. El Centro de Evaluación Educativa establecerá un período para la retroalimentación de los PRIGEP tanto aprobados como no aprobados, dicho período se dará a conocer en la página www.sigeyucatan.gob.mx y en el CEDE de cada región.

NOTA. El responsable del proyecto deberá considerar lo siguiente: - Acudir a la evaluación presencial con una identificación oficial; - La presentación en PowerPoint que diseñará, deberá tener una duración no mayor a 15 minutos, en la cual se establezca de manera general pero muy puntual lo que dicho proyecto pretende conseguir así como las acciones que le permitirán lograrlo; - La evaluación colegiada únicamente se realiza con el responsable del proyecto y el Comité dictaminador; - La documentación (PRIGEP, programa para la distribución del presupuesto PRIGEP, carta compromiso única) que registró al inscribirse es la que será evaluada, por lo tanto evite realizar, en ningún momento, modificaciones o actualizaciones a dichos documentos. 5. De la asignación y distribución de los recursos En consideración y para el cumplimiento del apartado V inciso B de la Convocatoria Estatal 2016-2017 y 2017-2018, se establece lo siguiente:

a. Se otorgarán en efectivo la cantidad de hasta $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N) a aquel proyecto que involucren 2 o más Colectivos docentes dicho recurso deberá

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estar canalizado exclusivamente a fortalecer la gestión pedagógica de las escuelas involucradas en el PRIGEP y podrá ser utilizados para:

Elaboración y/o reproducción de material didáctico;

Material didáctico/software educativo, video y audio;

Capacitación y/o actualización a docentes y directivos;

Adquisición de acervo bibliográfico, útiles, materiales escolares, etc.

Servicios y actividades que enriquezcan el proceso de aprendizaje de los estudiantes y

Otros, relacionados con la particularidad del proyecto (insumo que contribuya al logro del objetivo).

b. Se otorgarán en efectivo la cantidad de hasta $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N) a aquel proyecto de zona escolar dicho recurso deberá estar canalizado exclusivamente a fortalecer la gestión pedagógica de la zona escolar y de las escuelas involucradas en el PRIGEP y podrá ser utilizados para:

Elaboración y/o reproducción de material didáctico;

Material didáctico/software educativo, video y audio;

Capacitación y/o actualización a docentes y directivos;

Adquisición de acervo bibliográfico, útiles, materiales escolares, etc;

Servicios y actividades que enriquezcan el proceso de aprendizaje de los estudiantes y

Otros, relacionados con la particularidad del proyecto (insumo que contribuya al logro del objetivo).

Nota: la comprobación del recurso, únicamente será a través de la entrega de facturas por la compra realizada. Una vez identificados los PRIGEP aprobados se tendrá una reunión de trabajo en donde se planteará el mecanismo de control para dicha comprobación. 6. De las temáticas

REGIÓN TEMÁTICAS

Motul

1. Estrategias para fortalecer al personal directivo y docente en el desarrollo de las competencias de la lectura y la escritura. 2. Fortalecimiento de la didáctica de las matemáticas en preescolar, dirigido al personal directivo. 3. Armonía en el clima escolar. 4. Estrategias para desarrollar las competencias de lectura y escritura. 5. La educación física y su articulación con las matemáticas y la enseñanza de español. 6. Escuelas con convivencia sana y pacífica. 7. Aprende con las TIC´s. 8. Con respeto y armonía avanzamos mejor. 9. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Yaxcabá

1. Cuéntame algo de ti en español o lengua maya. 2. Aprendamos a pensar matemáticamente. 3. La atención de equidad en el aula. 4. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Izamal 1. Mejora de las competencias lectoras en la Educación Básica. 2. Prácticas pedagógicas orientadas a disminuir la violencia escolar.

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3. Planeación didáctica basada en competencias en Educación Básica. 4. Estrategias didácticas para el desarrollo del pensamiento lógico-matemático en la Educación Básica. 5. Elaboración de material didáctico para el desarrollo de competencias en lectura, escritura y pensamiento matemático. 6. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Hunucmá

1. Valores universales para la sana convivencia escolar. 2. Uso de las TIC´s en el proceso de enseñanza- aprendizaje. 3. Trabajo colaborativo con padres de familia. 4. Estrategias para una lectura de compresión y producción de textos escritos. 5. Inclusión educativa y la atención a la diversidad. 6. Planeación de estrategias innovadoras como punto de partida para reducir el rezago educativo. 7. Resolución de problemas matemáticos que se presentan en la vida cotidiana. 8. Elaboración de materiales didácticos con los maestros y padres de familia. 9. Integración de la educación física en la planificación escolar. 10. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Maxcanú

1. Los temas son diseño y uso de materiales didácticos pertinentes para la enseñanza de las matemáticas. 2. Enseñanza y uso de la numerología como estrategia para la enseñanza de las matemáticas en Educación Básica. 3. La matrogimnasia como recurso para favorecer la emotividad y la afectividad entre padres e hijos en Educación Básica. 4. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Ticul

1. Lectura y Escritura. 2. Convivencia escolar. 3. Matemáticas. 4. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Valladolid

1. Diseño y aplicación de estrategias para una enseñanza efectiva que fortalezca la práctica docente y permita la consolidación de la lectura. 2. Diseño y aplicación de estrategias para una enseñanza efectiva que fortalezca la práctica docente y permita la consolidación de la escritura. 3. Diseño y aplicación de estrategias para una enseñanza efectiva que fortalezca la práctica docente y permita la consolidación de la competencia lectora. 4. Diseño y aplicación de estrategias para una enseñanza efectiva que fortalezca la práctica docente y permita la consolidación del pensamiento matemático. 5. Generar la participación y trabajo colaborativo de los padres de familia en el aprendizaje de los alumnos. 6. Atención a los alumnos en situación de vulnerabilidad, reprobación y/o extraedad y/o discapacidad y/o salud, con la finalidad de minimizar el rezago educativo. 7. Fortalecer las relaciones de convivencia y comunicación de la escuela con los padres de familia. 8. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Tizimín

1. Atención a la diversidad. 2. Estrategias para la Enseñanza de las Matemáticas. 3. Estrategias para la Enseñanza de la Lectura y Escritura. 4. Estrategias para la Enseñanza de las Ciencias. 5. Estrategias para fomentar los Valores en el Aula. 6. Estrategias para involucrar a los Padres de Familia en la educación de sus hijos. 7. Trabajo colaborativo en la Práctica Docente.

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8. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Mérida 1

1. La compresión lectora como una puerta para aprender a aprender y su uso social. 2. Promoción de la participación de los padres de familia en la mejora del logro educativo. 3. Estrategias de atención a los alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEE). 4. Las matemáticas como herramienta de la vida cotidiana. 5. Las tecnologías de la información como estrategia didáctica en la práctica del maestro. 6. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Mérida 2

1. Estrategias para el desarrollo de la lectura y la escritura en Educación Básica. 2. Didáctica para el desarrollo del pensamiento matemático. Solución de problemas. 3. Prevención de la violencia escolar y aprendizaje para la convivencia. 4. Desarrollo de proyectos para la vinculación con la comunidad y participación de los padres de familia en las actividades pedagógicas. 5. Desarrollo del pensamiento científico en educación básica 6. Desarrollo cognitivo, social y adaptativo. 7. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Mérida 3

1. Desarrollando competencias directivas y docentes. 2. La infancia reflejo de una familia en la escuela. 3. Desarrollando el pensamiento lógico matemático. 4. Consolidando en nuestros niños la lectura y la escritura. 5. Estrategias para desarrollar comunidades incluyentes. 6. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Mérida 4

1. Estrategias para el desarrollo del pensamiento lógico matemático. 2. Estrategias para desarrollar las competencias de lectura y escritura y la comunicación oral. 3. Estrategias y recursos didácticos innovadores para la enseñanza de las matemáticas. 4. Estrategias y recursos didácticos innovadores para la enseñanza del español. 5. Planeación didáctica basada en competencias de Educación Básica. 6. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Peto

1. Estrategias para mejorar la compresión lectora. 2. Estrategias para desarrollar el pensamiento matemático y solución de problemas matemáticos. 3. Cómo implementar la relación tutora en las escuelas. 4. Metodología de la lecto-escritura de la lengua Maya. 5. Diversidad lingüística y cultural en el contexto educativo y favorecer a la educación inclusiva. 6. Estrategias metodológicas para el trabajo en escuelas multigrado. 7. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

Tekax

1. El desarrollo de las habilidades comunicativas: leer y escribir. 2. Juego, cuento y selecciono. 3. La naturaleza y yo 4. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).

7. De la permanencia La permanencia y continuidad del PRIGEP dependerá de:

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Los resultados obtenidos al concluir la fase correspondiente anterior;

La rendición de cuentas correspondiente y del

Cumplimiento de los compromisos asumidos con la aprobación de un PRIGEP. 8. Generales Para mayor información u orientación ponemos a su disposición el teléfono 9.64.23.50 ext. 56461 o 56412. Los (as) maestros (as) interesados (as) en desarrollar un Proyecto Regional de Innovación que

responda a la temática “Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC)”

favor de comunicarse al teléfono 9.64.23.50 ext. 56430 o 56482.

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Anexo IV. Formatos Modalidad A: Programa de Distribución de Recurso

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Anexo V. Carta Compromiso

CARTA COMPROMISO

NOMBRE DEL TITULAR DE LA SEGEY SECRETARIO DE EDUCACIÓN EN EL ESTADO DE YUCATÁN PRESENTE. Lugar y Fecha:

Con el objetivo de mejorar las condiciones de nuestro plantel educativo y la necesidad de fortalecer

la autonomía de gestión escolar, buscando la calidad y la equidad educativa, reconociendo la responsabilidad compartida de los miembros de la comunidad escolar, se trabajó el “Plan de Mejora para el Ciclo Escolar 2016-2017 y 2017-2018”, en el cual quedaron plasmadas las necesidades que nuestro centro educativo presenta.

Tomando en cuenta lo anterior y con la intención de que nuestra escuela sea un espacio incluyente, de calidad, centrada en la mejora del logro educativo y en favorecer el desarrollo integral de sus estudiantes, considerando en nuestras acciones la normalidad mínima escolar; a través de este documento se hace constar que la escuela________________________________________ decidió emplear el Sistema Básico de Mejora Educativa atendiendo las cuatro prioridades establecidas por el mismo y participar en el Programa de Apoyo a la Gestión Escolar (PEAGE), en su Convocatoria vigente.

Nombre de la Escuela: Dirección: Teléfono:

Entidad Federativa: Municipio:

CCT: Nivel:

Sector: Zona:

Turno: Región (CEDE):

Asimismo, manifestamos nuestra voluntad de cumplir lo establecido en las Bases de Operación o

lineamientos vigentes del (los) Programa (s) que integran el PEAGE, involucrando a nuestro Consejo Escolar de Participación Social, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 68 y 69 de la Ley General de Educación.

A T E N T A M E N T E

Nombres Firmas Sello escuela

Director(a) de la Escuela

Docente

Miembro del Consejo Escolar de Participación Social o

equivalente

Supervisor (a) zona escolar

*NOTA: Las escuelas que participan en Escuelas de Tiempo Completo deberán relacionar los nombres, RFC y la CURP de todo el personal (directivos, docentes e intendentes) que cubrirán la jornada ampliada (exclusivo Escuelas de Tiempo Completo). C.c.p. Supervisor de la zona escolar.

Nombre de la escuela

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Relación de personal que cubre la jornada ampliada (6 ó 8 horas)

1 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

2 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

3 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

4 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

5 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

6 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

7 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

8 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

9 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

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CURP

10 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

11 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

12 NOMBRE

CARGO FIRMA

RFC

CURP

OBSERVACIONES Y COMENTARIOS A LA PLANTILLA ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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Anexo VI. Formatos Modalidad B: Programa de Distribución de Recurso

Objetivo General: “Incrementar las habilidades docentes a través del dominio de los contenidos de aprendizaje y de la aplicación estrategias de enseñanza en el aula.

Objetivo Específico 1: Capacitar a los docentes sobre los contenidos del programa a través del análisis de textos

Acciones Recursos a requerir Monto o costo total Tiempos

Meses

S E P O CT N OV D I C E N E F E B MAR A B R MAY JUN JUL AGO

PROGRAMA PARA LA DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO PRIGEP

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Total requerido para lograr el 1er. Objetivo Específico

Objetivo Específico 2: Proponer situaciones de experimentación pedagógica para que las docentes identifiquen las capacidades que como adultos movilizan durante las actividades.

Acciones Recursos (con sus respectivas

especificaciones)

Monto o costo total Tiempos

Meses

S E P O CT N OV D I C E N E F E B MAR A B R MAY JUN JUL AGO

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Total requerido para lograr el 2do. Objetivo Específico

Objetivo Específico 3: Capacitar al personal docente en el conocimiento y aplicación de estrategias de enseñanza

Acciones Recursos (con sus respectivas

especificaciones)

Monto o costo total Tiempos

Meses

S EP O CT N OV D I C E N E F E B MAR A B R MAY JUN JUL AGO

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Total requerido para lograr el 3er. Objetivo Específico

Objetivo Específico 4: Elaborar un portafolio con estrategias de enseñanza pertinentes con los enfoques de los campos formativos.

Acciones Recursos (con sus respectivas

especificaciones)

Monto o costo total Tiempos

Meses

S EP O CT N OV D I C E N E F E B MAR A B R MAY JUN JUL AGO

Total requerido para lograr el 4to. Objetivo Específico

TOTAL GENERAL (SUMA TOTAL DEL COSTO O MONTO REQUERIDO EN CADA OBJETIVO ESPECIFICO)

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Anexo VII. Diagrama de Flujo.

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Anexo VIII. Funciones de las Instancias Ejecutoras

Las funciones que cada una de las figuras que intervienen en la operación y que

se deberán realizar para el logro de los objetivos del Programa, son las siguientes:

Coordinación de Gestión Escolar

● Coordinar la supervisión del cumplimiento de las acciones que conforman el

Programa de intervención en las escuelas beneficiadas.

● Establecer un mecanismo de comunicación con las autoridades escolares

en las regiones educativas (jefes de sector, supervisores, directores y

personal docentes de las escuelas participantes).

● Coordinar y organizar los procesos de capacitación, asesoría y

acompañamiento para el ejercicio adecuado de los recursos de apoyo a la

gestión escolar y la comprobación correspondiente.

● Promover procesos de evaluación interna y externa del Programa.

● Elaborar informes de seguimiento y evaluación del avance en el logro de los

objetivos propuestos por el Programa.

● Atender y canalizar a las instancias correspondientes, las diversas

incidencias y controversias técnicas, administrativas y normativas que se

presenten.

Comité Local de Selección

● Verificar que los Colectivos docentes cumplan con las bases señaladas en

la Convocatoria vigente para el ciclo escolar en curso.

● Priorizar la atención de los centros escolares de acuerdo a las

características establecidas en la Convocatoria vigente del Programa.

● Verificar que los Colectivos docentes de las escuelas seleccionadas,

enfaticen sus necesidades de acuerdo a las prioridades del Sistema Básico

de Mejora.

● Informar, a través de la Autoridad Educativa Local, a la comunidad

educativa los resultados de la selección.

Comité Dictaminador coordinado por el Centro de Evaluación Educativa del

Estado de Yucatán

● Verificar que los PRIGEP cumplan con todos los aspectos establecidos en

la Guía para la Elaboración de los PRIGEP, en el Programa para la

Distribución del Presupuesto PRIGEP así como en el Anexo Técnico de

esta Convocatoria.

● Llevar a cabo la evaluación para los PRIGEP inscritos.

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● Emitir recomendaciones técnico-pedagógicas para el PRIGEP y para el

Programa de Distribución del Presupuesto PRIGEP.

● Informar a la Coordinación de Gestión Escolar los resultados de la

evaluación.

Supervisores Escolares

● Difundir la Convocatoria del PEAGE, para promover la participación de las

escuelas de la zona escolar.

● Dar seguimiento a las acciones establecidas en el Plan de Mejora de las

escuelas de su zona escolar.

Personal docente y directivo de escuelas focalizadas

● Participar en la elaboración, implementación y evaluación del Plan de

Mejora de la escuela para la atención de las cuatro prioridades educativas

que establece el Sistema Básico de Mejora.

● Promover la participación de la comunidad escolar, para lograr metas

específicas de acuerdo al plan de mejora de la escuela.

● Destinar el uso de los recursos del PEAGE al desarrollo de las acciones

plasmadas en el Plan de Mejora y el Programa de Distribución del Recurso.

● Realizar la comprobación del recurso otorgado a la escuela, en los tiempos

establecidos para este propósito.

● Informar sobre los resultados de la implementación del Programa durante el

ciclo escolar.