consejo de participación

28

Upload: rojamabo

Post on 22-Jul-2015

213 views

Category:

Education


0 download

TRANSCRIPT

De acuerdo a lo establecido en los Artículos 76, 77 y 78 de la Ley General de Educación Nº 18437 se aprueba el Proyecto de Reglamento de los Consejos de Participación para ser implementado en todos los centros educativos oficiales del país.

Acuerdos y convenios con otras instituciones.

Realización de obras en el centro.

Al destino de recursos obtenidos y designados.

Obtención de donaciones.

Podrá emitir opinión sobre el proceso de autoevaluación con relación al desarrollo de los recursos, convivencia, dedicación del funcionario (docente - no docente), asiduidad, la enseñanza compartida, etc.

La Dirección debe dar a conocer la Memoria Anual.

Funcionamiento general del centro.

Realización de actividades culturales en el centro.

Solicitar informes y realizar propuestas.

Estudiantes:

Dentro de los 30 días de inicio de los cursos.

Los primeros 20 días se realizarán las postulaciones.

Dentro de los 10 días siguientes las elecciones (voto secreto, no obligatorio)

La Biblioteca debe contar con un ejemplar de la Lista de postulantes en formato papel y digital.

Cada clase elige uno o más miembros.

Se publicará en cartelera liceal durante una semana.

En la asamblea de grupo se elegirán dos delegados, con sus respectivos suplentes para integrar el Consejo Estudiantil Liceal.

De dicho consejo se elegirán tres estudiantes para conformar una mesa permanente

Se realizarán tres asambleas ordinarias de grupo en el año. Mayo / Julio / Setiembre Duración: un turno.

La Dirección designará los adultos (Docentes, Adscriptos, funcionarios) como “referentes” de los estudiantes

Para postularse, pueden ser Docentes efectivos, interinos o suplentes por todo el año, en los primeros 30 días de inicio del curso.

Electores: todos los Docentes del centro.

Votación secreta y no obligatoria.

En la primera Sala o Coordinación se realizará la elección de la Mesa Electoral.

Dentro de los 20 días corrientes se recibirá la lista de postulantes.

Cada Docente solo puede integrar un Consejo.

Período de elección: 72 horas.

Una coordinación al mes para ver propuestas, inquietudes, problemas.

En coordinación los Docentes eligen 3 representantes, que actuarán junto a los Docentes del Consejo de Participación liceal e integrantes de la ATD liceal permanente.

Preparar orden del día y documentación necesaria para las sesiones de coordinación.

Recepcionar propuestas e inquietudes.