condominios
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TIPOS DE CONDOMINIOS
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La ley señala lo que debe entenderse por condominio y distingue dos clases de
ellos. Por condominio se entienden “Las construcciones o los terrenos acogidos al
régimen de copropiedad inmobiliaria regulado por la presente ley. Se
distinguen dos tipos de condominios, los cuales no podrán estar emplazados en
un mismo predio”.
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Tipo A
Los condominios Tipo A son construcciones, divididas
en unidades, emplazadas en un terreno de dominio
común. Un ejemplo de este tipo de condominios lo
encontramos en un edificio de departamentos u
oficinas en donde el terreno es común, pero las
unidades son de dominio individual.
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Tipo B
Los condominios Tipo B son los predios, con construcciones o con proyectos de construcción aprobados, en el interior de cuyos deslindes existan simultáneamente sitios que pertenezcan en dominio exclusivo a cada copropietario y terrenos de dominio común de todos ellos. Un ejemplo de este tipo de condominios lo encontramos en un complejo habitacional donde las casas son de dominio exclusivo, pero las calles, plazas y otros espacios dentro del complejo, son comunes.
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Tipo A
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Tipo B