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IBM Business Transformation Center SRL (“IBM”) Departamento de Compras March 12, 2019 CONDICIONES GENERALES DE COMPRA DE SERVICIOS Y MERCADERÍAS

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Page 1: CONDICIONES GENERALES DE COMPRA DE …...6 i.- remover al personal del Proveedor de cualquier asignación bajo las condiciones contempladas en este documento, a solicitud de IBM; j.-

IBM Business Transformation Center SRL (“IBM”)

Departamento de Compras

March 12, 2019

CONDICIONES GENERALES

DE COMPRA DE SERVICIOS Y MERCADERÍAS

Page 2: CONDICIONES GENERALES DE COMPRA DE …...6 i.- remover al personal del Proveedor de cualquier asignación bajo las condiciones contempladas en este documento, a solicitud de IBM; j.-

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CONTENIDO

1.0 ACEPTACIÓN DEL PLIEGO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . ... . .

3

1.1 VIGENCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

2.0 ALCANCE: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

3.0 CONDICIONES BÁSICAS: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

3.1 DECLARACIÓN DE TRABAJO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

3.2 ÓRDENES DE COMPRA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

3.3 PRECIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . . 10

3.4 CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DE MERCADERÍA . . . 10

3.5 CONDICIONES DE PAGO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11

3.6 CANCELACIÓN Y REPROGRAMACIÓN DE ÓRDENES DE COMPRA. . . . . . . . . . . . . . . . . 12

3.7 EQUIPOS PROVISTOS POR IBM. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

3.8 GARANTÍA DEL SERVICIO Y/O MERCADERÍA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

3.9 INFORMACIÓN CONFIDENCIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

3.10 DIVULGACIÓN PUBLICA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14

3.11 PROPIEDAD INTELECTUAL. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14

3.12 RELACIONES ÉTICAS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

3.13 REGALOS / GRATIFICACIONES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

3.14 CESIÓN; SUBCONTRATOS . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

3.15 REGISTROS Y AUDITORIA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

3.16 CONVENIO DE INDEMNIZACIÓN. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18

3.17 SEGUROS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . 18

3.18 LOS EMPLEADOS DEL PROVEEDOR NO SE CONSIDERAN EMPLEADOS DE IBM. . . . . 19

3.19 EX-EMPLEADOS DE IBM. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19

3.20 ACCESO A DEPENDENCIAS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19

3.21 CONOCIMIENTO DE RIESGOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

3.22 PROTECCIÓN Y SEGURIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

3.23 IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21

3.24 SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN SOCIAL Y AMBIENTAL. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22

3.25 RIESGO DE PÉRDIDA; ENTREGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22

3.26 LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22

3.27 REGULACIONES ADICIONALES EN MATERIA FEDERAL Y GUBERNAMENTAL DE

EEUU . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

22

3.28 GARANTÍAS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27

4.0 CLÁUSULAS GENERALES: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28

4.1 COMUNICACIONES / NEXO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28

4.2 LEGISLACIÓN APLICABLES Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29

4.3 IMPUESTOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29

4.4 PAQUETES / TRANSPORTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29

4.5 RESCISIÓN. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29

4.6 FUERZA MAYOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30

4.8 RENUNCIA / ADENDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30

4.8 NOTIFICACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30

4.9 ULTIMA REVISIÓN POR IBM. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30

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_________________________________________________________________________

1 ACEPTACIÓN DEL PLIEGO

En representación de la firma, después de analizar cuidadosamente lo especificado en el presente Pliego de

Condiciones y no quedando ninguna duda acerca de su interpretación, el abajo firmante acepta cumplir lo que

se indica en todas y cada una de sus partes hasta completar totalmente el trabajo encomendado. Los

documentos acompañados por el Proveedor junto con su cotización integrarán las condiciones de contratación

en la medida que no contradigan estos términos y condiciones. Este Pliego de Condiciones consta de 30

páginas y es ejecutado en dos ejemplares, quedando el duplicado en poder de IBM y el original en poder del

proveedor, debiendo ser firmado y sellado en todas sus hojas. ________________________________________________________________________________________

1.1 VIGENCIA

El presente Pliego de Condiciones Generales rige para cada una de las contrataciones que se acuerden entre el

Proveedor e IBM, hasta tanto sea notificado por escrito, por parte de IBM, su modificación o finalización.

Este documento de Términos y Condiciones reemplaza al anterior Pliego de Condicionespara todas las

Órdenes de compra vigentes. Cualquier contradicción entre el Pliego anterior y este, prevalecerán las de este

Pliego.

ACEPTADO Y CONVENIDO:

Por:

Firma del Proveedor Fecha

Nombre a máquina o en letra molde

Cargo y Organización

Domicilio del proveedor

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________________________________________________________________________________________

2.0 ALCANCE:

1) A los fines de establecer las necesidades de negocio entre el Contratista o Proveedor e IBM, el

siguiente Pliego de Condiciones describe aquellos aspectos generales y particulares necesarios como

condición determinante de cotización y licitación. El Pliego de Condiciones a detallar será considerado

como adjunto a la Orden de Compra, sin que el mismo pueda ser asumido como documento

independiente de contratación. La aceptación de un pedido de cotización por parte del Proveedor o

Contratista, implicará para IBM que el siguiente Pliego de Condiciones ha sido aceptado en todos sus

términos y alcances, sea que la aceptación quede expresada en forma explícita por la firma del presente, o

tácita por la sola respuesta a un pedido de cotización. 2) Queda establecido que este documento ES PROPIEDAD DE IBM y su uso es autorizado solamente

para responder a un pedido de cotización o para la realización de un trabajo para IBM.

Cualquier consulta debe ser efectuada al DEPARTAMENTO DE COMPRAS DE IBM en el horario de

8:00 a 17:00 hs.

• Zona Franca América, Building F31, Heredia, Costa Rica.

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_________________________________________________________________________

3.0 CONDICIONES BÁSICAS:

3.1 DECLARACIÓN DE TRABAJO

1. El Proveedor deberá ejecutar los servicios contratados siguiendo estrictamente las especificaciones del

Pliego de Condiciones Técnicas Particulares y Condiciones Comerciales Particulares (si existieran)

correspondientes a cada contratación. En el caso de contradicción entre las Condiciones Particulares y

este Pliego, prevalecerán las Condiciones Particulares.

2. El Proveedor es un contratista independiente y las condiciones contenidas en esta Orden de Compra no

constituyen ni crean una relación de agencia, sociedad o joint venture entre el Proveedor e IBM, o con el

personal del Proveedor. IBM no asumirá responsabilidad o riesgo alguno con respecto al personal del

Proveedor. El Proveedor deberá:

a.- Desarrollar todas las tareas y actos objeto del presente Pliego en forma autónoma, con su propia

organización y contratando personal propio, bajo su exclusiva responsabilidad, dependencia y

dirección.

b.- Al efecto el Proveedor se compromete a las siguientes condiciones:

a.- asegurar que él y su personal se encuentran en cumplimiento con todas las leyes, reglamentos,

ordenanzas y requisitos de licencias /permisos;

b.- ser y hacerse responsable, en todo momento, por la supervisión, control, términos y condiciones,

contratación, verificación de eligibidad para el puesto, disciplina, administración del desempeño,

terminación, asesoramiento, horario de trabajo, compensación, beneficios y otras actividades,

retenciones, salud, y seguridad de su personal, en su día a día; así como asegurarse que su personal no

vaya a buscar obtener de IBM nada de lo anterior;

c.- informar a IBM si un exempleado de IBM será asignado a prestar servicio dentro de la relación

con el Proveedor, y el servicio de este exempleado estará sujeto a aprobación previa de IBM;

d.- a solicitud de IBM y hasta donde sea permitido por la legislación aplicable, el proveedor informará

a IBM, para efectos de evaluación de exportación de servicios , de (i) la nacionalidad, residencia y

status migratorio de su personal, (ii) confirmación por escrito de que el personal se encuentra

debidamente legitimado para trabajar en el país en que los servicios serán prestados y que, hasta

donde sea permitido por la legislación aplicable, el Proveedor participa en “eVerify” de conformidad

con el (los) Decreto (s) Ejecutivo(s) aplicable (s) y el “Homeland Security Department” de los

Estados Unidos; y (iii) en caso de que condiciones académicas específicas sean requeridas por IBM,

suministrar respaldo de los atestados del personal del Proveedor. IBM tiene el derecho de no aceptar

al personal por razones de control de exportación de servicios;

e.- no discriminar a ningún empleado, aplicantes a empleos, o a cualquier entidad relacionada al

proceso de proveeduría por motivos de raza, color, religión, sexo, edad, origen nacional, o cualquier

otra condición protegida;

f.- (i. -) hacerse enteramente responsable por completar y remitir ante las autoridades migratorias

gubernamentales, todos los formularios y documentos migratorios para su personal según sea

requerido por la ley y sujeto a las reglas aplicables (en particular sobre la privacidad de la información

personal), y facilitar a IBM dicha documentación cuando así le sea solicitado; y (ii.-) asegurarse que

el personal que no cumpla con los requerimientos migratorios no cumpla con servicios a IBM.

g.- no asignar para prestar servicio en IBM a personal que esté sujetos a convenios que restrinjan la

capacidad del personal para ello;

h.- previamente a la asignación del personal del Proveedor para prestar servicios, en aquellos casos en

los que IBM ha solicitado requisitos académicos, en la medida de lo que permite la ley, el Proveedor

revisará la evidencia de dichos requisitos educacionales, y en la medida de lo que permite la ley,

facilitará dicha evidencia a IBM si así lo solicitare;

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i.- remover al personal del Proveedor de cualquier asignación bajo las condiciones contempladas en

este documento, a solicitud de IBM;

j.- cumplir, por su propia cuenta, con todas las leyes, reglamentos, y otras normas relacionadas con la

verificación de la elegibilidad de sus empleados para aquel personal a asignar, tales como la

participación cuando corresponda, en el programa denominado “United States Department of

Homeland Security’s E-Verify program ("E-Verify"), u otros programas similares para todo el

personal asignado a IBM que preste servicios para, o proporcione Entregables para, IBM y/o sus

Clientes a través de dichos programas, si es aplicable;

k.- proveer a IBM la documentación que permita verificar el cumplimiento con lo indicado en las

líneas anteriores, para lo cual el Proveedor deberá obtener el consentimiento de dicho personal para

entregar dicha información a IBM y permitir que IBM use, divulgue, o transmite dicha infomación a

cualquier afiliada de IBM relacionada con la contratación. El Proveedor obtendrá el consentimiento

informado respecto al tratamiento de datos de su personal, según sea aplicable en la legislación

costarricense.

l.- obtener de todo el personal del Proveedor asignado un registro de identidad fotográfica proveniente

de una fuente oficial gubernamental (tal como pero no limitada a una licencia de conducción de

vehículo, pasaporte, o cédula de identidad) y mantener una copia de este documento.

m.- instruir a su personal que la atención de asuntos laborales deberá gestionarse únicamente con el

Proveedor (y no con IBM) y deberá notificar, prontamente, a IBM cuando alguno de estos asuntos se

relacione con alguna acción de IBM o del personal de IBM, a fin de que IBM pueda conducir la

investigación que estime necesaria;

n.- reconocer que IBM no es responsable de revisar y aprobar hojas de reporte de tiempo, sin

embargo, IBM podrá revisar estas hojas, únicamente, para efectos de verificación de facturación.

o.- ser responsable por las acciones u omisiones de su personal, así como del cumplimiento por parte

de su personal de los requerimientos de esta Orden de Compra, y;

p.- Aceptar que IBM tiene el derecho de rechazar personal asignado por el Proveedor para la

prestación de los servicios objeto de esta Orden de Compra, así como solicitar la remoción del

personal del Proveedor asignado, por cualquier razón legítima, a entera discreción de IBM.

c.- En consecuencia, todo el personal del Proveedor que afecte el cumplimiento de sus obligaciones y en

vista de la realización y finalización del objeto del presente contrato queda bajo su exclusiva relación

de dependencia, siendo el Proveedor pura y exclusivamente responsable de todas las obligaciones

laborales, fiscales, impositivas y/o de la seguridad social vigentes en Costa Rica y su ordenamiento

jurídico. La relación laboral descrita precedentemente es completamente ajena a IBM, quien no tendrá

obligación alguna con respecto a esas personas, ya sea que se trate de responsabilidades derivadas del

contrato de trabajo que el proveedor acuerde con dicho personal, o de obligaciones laborales, de

cargas sociales u obligaciones relacionadas de cualquier tipo, las cuales quedan totalmente a cargo del

Proveedor.

3. Restricciones Generales de la actividad del negocio

a.- El Proveedor se asegurará de que su personal asignado a prestar servicios en las instalaciones de IBM:

i.- No llevará a cabo actividades no relacionadas con la de IBM o de clientes de IBM (, mientras se

encuentre asignado al trabajo objeto de esta Orden de Compra;

ii.- No llevará a cabo entrenamiento del personal del Proveedor, salvo el estrictamente relacionado

con el servicio prestado;

iii.- No intentará participar en los beneficios o actividades de IBM;

iv.- No enviará ni recibirá correspondencia ajena al servicio de IBM o de clientes de IBM, a través de

los sistemas de correspondencia de IBM o de los clientes de IBM; y

v.- No venderá, publicitará, o mercadeará producto alguno, ni distribuirá materiales escritos o

gráficos en las instalaciones de IBM sin autorización escrita de IBM.

b.- El Proveedor, respecto del personal asignado a prestar servicios en las instalaciones de IBM o de los

clientes de IBM; deberá:

i.- Obtener para cada persona un gafete de identificación válido emitido por IBM o por el cliente de

IBM, y devolverlo al finalizar la asignación de cada persona en IBM o en las instalaciones del cliente de IBM;

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ii.- Asegurarse de que cada persona con acceso regular a las instalaciones de IBM o de los clientes de

IBM cumpla con las restricciones del estacionamiento de vehículos, y registro de ingreso, si fuere aplicable;

iii.- Asegurarse de el personal se mantenga únicamente en áreas autorizadas (limitado a los sitios de

trabajo, cafeterías, servicios sanitarios y estacionamientos);

iv.- Asegurarse de que su personal asignado accese y utilice, únicamente, los materiales, documentos e

información necesarios para el desempeño de sus funciones; e

v.- Instruir y asegurarse que el personal asignado reporte inmediatamente al Proveedor de cualquier accidente

o incidente de seguridad (tales como alteraciones físicas, efectivas o presuntas, agresiones, hostigamiento y/o

conductas inapropiadas) a fin de que el Proveedor pueda notificar, con prontitud a IBM del incidente y

suminitrarle copia de cualquier reporte generado sobre el mismo.

4. Acceso a las instalaciones de IBM o de los Clientes de IBM por el Proveedor; Lineamiento de Seguridad y

salud ocupacional de IBM

En caso de que el personal del Proveedor vaya a tener acceso a las instalaciones de IBM o de alguno de los

clientes de IBM, el Proveedor deberá realizar sesiones de orientación con su personal, antes de su ingreso o

asignación a IBM o al cliente de IBM; y deberá identificar y suministrar la información de contacto (la cual

deberá mantener debidamente actualizada) de los supervisores del personal asignado por el Proveedor. El

Proveedor se asegurará de que el personal del Proveedor asignado a prestar servicios en las instalaciones de

IBM o de los clientes de IBM:

a.- No lleve armas de ninguna naturaleza a las instalaciones de IBM o de los clientes de IBM;

b.- No fabrique, venda, distribuya, posea, use o esté bajo el efecto de sustancias prohibidas /controladas por

ley (por razones que no sean médicas), o bebidas alcohólicas; y

c.- No mantenga en su poder materiales peligrosos de cualquier naturaleza en las instalaciones de IBM o de

los clientes de IBM, sin contar con la autorización de IBM. El Proveedor notificará de manera inmediata a

IBM de cualquier accidente o incidencia en la seguridad (tales como las relacionadas con la pérdida o uso

indebido o daño a los bienes de IBM, tal como se definen más adelante, altercados físicos, agresiones o acoso)

y proveerá a IBM con una copia de cualquier reporte de accidente o incidente en relación con las acciones

descritas.

Chequeos de Antecedentes Criminales y Otros

i. El Proveedor informará a IBM si alguna persona del personal que será asignado para la prestación de los

servicios objeto de esta Orden de Compra es un exempleado de IBM, en cuyo caso, la asignación de esta

persona deberá ser aprobada por IBM.

ii. En la medida de lo que permita la ley local, el Proveedor deberá:

a) obtener de todo el Personal del Proveedor prueba de la identificación fotográfica de fuente oficial

gubernamental, (tal como pero no limitada a documento tal como la licencia de conducir vigente

o del pasaporte emitido por el gobierno) y mantener copias de éstas en lo correspondiente;

b) Dentro de los alcances permitidos por la ley local, el Proveedor deberá obtener registros de

antecedentes criminales del personal del Proveedor, según se define en la sección (c) más

adelante, en los lugares de residencia del personal por los últimos siete años. Podrán ser

asignadas al servicio de IBM aquellas personas que no cuenten con condenas en los últimos

siete años. En caso de que los registros evidencien alguna condena, durante los últimos siete

años, el Proveedor podrá no asignar a esta persona si la misma se encuentra descalificada para

prestar los servicios, conforme a la valoración que de forma individual y discrecional haga el

Proveedor de la condena en relación con los servicios a ser prestados, de conformidad con la ley

aplicable y los criterios, sin limitarse a, de la Guía de la Comisión de Igualdad de Oportunidades

en el Empleo de los Estados Unidos o de otra entidad similar competente. Si después de

realizada la valoración, el Proveedor recomienda la asignación del personal con una condena

criminal para la prestación de los servicios a IBM, el Proveedor deberá previamente informar de

esta decisión a IBM. IBM procederá a revisar la condena respecto de los servicios a ser

prestados y/o los accesos que tendrá el personal del Proveedor. Salvo requerimiento en contrario

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para efectos de esta valoración, IBM no solicitará ninguna información personal de

identificación (por ejemplo, nombre del personal, número de seguro social, etc);

c) Para el caso de personal del Proveedor en los Estados Unidos deberá realizarse un estudio de

antecedentes a nivel federal, así como a nivel estatal, lo que resulte más comprensivo. Para

personal de otros países, los estudios de antecedentes deberán hacerse por distrito, estado,

provincia o país, lo que resulte más comprensivo.

d) d) A solicitud de IBM y sujeto a las leyes aplicables, el Proveedor proporcionará documentación a IBM

para verificar el cumplimiento de esta Subsección.

5. Control de activos de IBM

Para los efectos de esta sección, el concepto de “activos de IBM” se refiere a sistemas de cómputo y/o redes

de IBM o de los clientes de IBM a los que tiene acceso o son utilizados por el personal del Proveedor, así

como materiales, datos, documentos o información facilitados al personal del Proveedor por o de parte de

IBM. El personal del Proveedor:

a.- No removerá activos de IBM o de los clientes de IBM de las instalaciones de IBM o de los clientes de

IBM, sin contar con la autorización de IBM.

b.- Utilizará los activos de IBM solamente para la finalidad de esta Orden de Compra y el Proveedor

reembolsará a IBM por las consecuencias de su uso no autorizado;

c.- Solamente se conectará con, interactuará con o usará programas, herramientas o rutinas las cuales IBM

haya declarado sean necesarias para proveer el servicio;

d.- No compartirá o difundirá identificadores, claves de acceso, llaves cifradas o números telefónicos para

acceso a computadores;

e.- No copiará, difundirá o dejará tales activos de IBM de forma insegura o desatendidos; y

f.- Notificará prontamente a IBM de cualquier incidente de seguridad relacionado a los activos de IBM (tales

como pérdida o mal uso o daño a los activos de IBM), y proveerá a IBM con una copia de cualquier reporte

de accidente o incidente que involucre una situación de las indicadas.

IBM podrá de forma periódica, auditar los activos de IBM y la información o datos del Proveedor que existan

en los activos de IBM, de acuerdo con la ley vigente.

6. Supervisión del personal del Proveedor

a.- El Proveedor debe:

i.- Supervisar consistente y efectivamente al personal que provee de conformidad con el contrato a

IBM, sin costo adicional para IBM;

ii.- Conducir sesiones de orientación con su personal previamente a su ubicación en una asignación

en IBM, identificar y proveer información de contacto de todos los supervisores de su personal,

actualizándola según sea necesario;

iii. Instruir a su personal de que los asuntos relacionados con el trabajo deben ser llevados al

Proveedor y no a IBM. En el evento de que tales asuntos se relacionen con acciones que pudieran haberse

generado por IBM o personal de IBM, el Proveedor le notificará a IBM inmediatamente a efectos de que se

tomen las acciones de investigación apropiadas.

b.- El Supervisor del Proveedor debe:

i.- Ejercer completa autoridad de supervisión sobre todas las decisiones diarias de su relación de

empleo en cuanto al personal del Proveedor incluyendo aquellas decisiones relativas a: salarios, horas,

términos y condiciones del empleo, reclutamiento, disciplina, desempeño, evaluaciones, terminación,

consejería y horarios; y

ii.- Conocer los días feriados oficiales en cada locación (y otros días de cierre) y la afectación que

tales fechas tienen en el personal del Proveedor.

c.- Independientemente de cualquier otro idioma o acuerdo en contra, el Proveedor declara que IBM no tiene

responsabilidad de aprobar, y por lo tanto no aprobará, horarios u otros plazos para el personal del Proveedor.

Si IBM debiera revisar, firmar y/o enviar horarios para el personal del Proveedor, física o electrónicamente,

como parte de la verificación que IBM hace del proceso de facturación, tanto IBM como el Proveedor

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reconocen y aceptan que dicha revisión, firma y envío no constituye de forma alguna anuencia o aceptación

con tales horarios, ni crea otro compromiso u obligación de IBM hacia el Proveedor o hacia el personal del

Proveedor.

7. El Proveedor también se obliga a:

a.- Asumir todas las responsabilidades y obligaciones inherentes o derivadas de la relación laboral con su

personal, con todas sus consecuencias incluyendo las indemnizaciones pertinentes por accidente de

trabajo, muerte, incapacidad total o parcial, despidos, vacaciones, preaviso, salarios caídos o cualquier

otra que corresponda o que se encuentre establecida actualmente o que se fije en el futuro, sin

exclusión alguna.

b.- Realizar puntualmente los aportes y contribuciones que correspondan en razón del personal que se

encuentren a su cargo, quedando IBM autorizada a exigir la exhibición de los comprobantes de pago

pertinentes cuando así lo considere. De comprobar IBM el no pago de alguna de dichas cargas

sociales por parte del proveedor, podrá rescindir el contrato sin indemnización alguna.

c.- Proceder a la contratación de seguros integrales en compañías de seguros de reconocida solvencia y a

entera satisfacción de IBM, cumpliendo con el ordenamiento jurídico costarricense, que cubran los

eventuales riesgos emergentes de las obligaciones a que se refiere el punto "3.1.3.a.-" debiendo

exhibir a IBM las pólizas pertinentes. Caso contrario IBM podrá contratar los seguros pertinentes por

cuenta y orden del Proveedor a quien descontará de su facturación los importes que haya que pagar

por dichos seguros.

d.- Responder en forma directa por los actos u omisiones de su personal, que causaren perjuicios a IBM

y/o terceros, cualquiera fuera su naturaleza.

e.- Atender todos y cada uno de los reclamos del personal afectado al cumplimiento de este contrato,

desvinculando a IBM de toda obligación que de ello pudiera derivarse eventualmente, en los casos en

que dicho personal recurra directamente a IBM ya sea judicial, administrativa o extrajudicialmente.

Esta obligación de mantener indemne a IBM también será exigible frente a cualquier reclamo que sea

dirigido contra IBM, por cualquier organismo recaudador estatal, obra social, otras autoridades de

aplicación y/o cualquier otro tercero, en virtud de los contratos de trabajo involucrados en este punto.

f.- Queda aclarado que IBM queda relevada de la dirección y vigilancia del personal que afecte el

Proveedor a la ejecución del presente contrato, quedando en consecuencia a cargo del Proveedor

designar, dirigir y supervisar al personal que bajo sus órdenes desempeñe las actividades contratadas.

g.- No se contratará personal en calidad de servicios profesionales. En caso de detectarse esta situación y

de no normalizarse en forma perentoria será causal de rescisión automática de contrato, sin que le

asista al Proveedor derecho a reclamar indemnización alguna por tal concepto.

8.- IBM podrá requerir que el Proveedor utilice materiales o elementos específicos para la prestación de

los servicios, aún después de emitida por IBM la Orden de Compra y dentro de los plazos de entrega previstos

en dicha Orden de Compra.

________________________________________________________________________________________

3.2 ÓRDENES DE COMPRA

Las especificaciones, plazos, términos, condiciones y precios detallados en las Órdenes de Compra, sus

anexos y cualquier documento o cláusula incorporada por referencia a dichas Órdenes de Compra,

prevalecerán sobre todo otro documento que integre la contratación. La Orden de Compra se considerará

aceptada si el Proveedor no la rechaza fehacientemente dentro de las 24 Horas de haberla recibido o si

inicia la ejecución de los servicios encomendados.

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Cualquier término o condición contenido en la respuesta, aceptación de las Órdenes de Compra por parte del

Proveedor que sean adicional a o diferente de los términos y condiciones establecidos en la Orden de

Compray que constituyan una contraoferta por parte del Proveedor son rechazados por IBM. Los términos y

condiciones establecidos en las Órdenes de Compra no podrán ser modificados por contraofertas por parte del

Proveedor. En el eventual caso que IBM acepte la contraoferta realizada por parte del Proveedor, la misma

será condicional al consentimiento y aceptación por parte del Proveedor de los términos y condiciones de la

Orden de Compra. En casos de excepción, IBM podrá requerir al Proveedor que preste servicios fuera del tiempo pactado como

normal. En estos casos, el Proveedor e IBM establecerán las condiciones en que la provisión extraordinaria

tendrá lugar. La Orden de Compra es de carácter intransferible y los derechos y obligaciones allí contenidos no

pueden ser cedidos por el Proveedor. ________________________________________________________________________________________

3.3 PRECIO

El precio unitario que IBM pagará por servicios a ser provistos, estará basado en la forma establecida en los

pedidos de cotización. El precio firme es el de la Orden de Compra. Si por alguna razón de excepción existieren causas para su

modificación, estas deberán ser presentadas a IBM para su análisis. Esta presentación y análisis no

representa, de ninguna manera, un compromiso de aceptación. Dicha presentación deberá realizarse dentro

de la fecha de vigencia de la Orden de Compra.

En caso de que el precio no se encuentre indicado en la Orden de Compra, el precio de los productos y

servicios será el precio menor de mercado ofrecido por el Proveedor para dichos productos o servicios. El

Proveedor no está facultado a ser reembolsado por los gastos incurridos en el cumplimiento de la Orden de

Compra, excepto si ello es aceptado por escrito por IBM. ________________________________________________________________________________________

3.4 CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DE

MERCADERÍA

Las condiciones de prestación son las siguientes: 1. No será aceptado ningún servicio y/o mercadería que no esté acompañado con su correspondiente

Remito en los que se incluirá Nro. de Orden de Compra, Nro. línea, Nro. de parte IBM, cantidad,

descripción a qué pertenece la entrega. Estos datos deben indicarse en el remito y en la factura

correspondiente presentada por el proveedor. 2. IBM se reserva el derecho de cancelar la Orden de Compra, parcial o totalmente, por incumplimiento del

Proveedor. 3. La mercadería y/o el servicio se considerará aceptada/o, únicamente después que el Gerente de

Proyecto o Coordinador/Responsable de IBM verifique que se ajusta a las especificaciones. En caso contrario

será rechazada o considerado no prestado. 4. IBM se reserva el derecho de devolver mercadería o considerar no prestado el servicio, aun después de

haber sido considerada aceptada o prestado el Servicio por el Gerente de Proyecto y/o Coordinador designado

al efecto, si se determinara que no cumple las condiciones especificadas en la Orden de Compra y adjuntos.

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5. El hecho del pago de Mercadería o Servicios no será interpretado como aceptación por IBM de los

servicios prestados o los bienes entregados.

6. El Proveedor deberá tener en cuenta que, si IBM no anula la Orden de Compra por vencimiento del plazo

de entrega, el servicio deberá ser prestado y/o la mercadería entregada de acuerdo con las condiciones del

mismo en cantidad material especificado y precio, siendo a su cargo los perjuicios que ocasione la demora. 7. IBM podrá establecer que el Proveedor entregue o reciba de un tercero, productos, partes o materiales

relacionados con la nota de pedido. En este caso, el Proveedor se compromete a seguir las instrucciones

que imparta IBM en cuanto a documentación de embarque, transporte y almacenamiento de dichos elementos. 8. También podrá IBM disponer secuencias de entrega de acuerdo con sus necesidades operativas,

comprometiéndose el Proveedor a adaptar sus prestaciones en consecuencia. ________________________________________________________________________________________

3.5 CONDICIONES DE PAGO

Las condiciones de pago son las que figuran en este acuerdo: 1. El plazo estipulado será a partir del momento en que IBM reciba una factura aceptable (sin errores, con los

datos y formalidades solicitadas, a satisfacción de IBM) o reciba los productos o servicios contratados,

cualquiera que sea posterior. 2. Las facturas deben ser enviadas por duplicado por cada remito. La dirección y persona responsable será

indicada en la Orden de Compra. 3. No se efectuarán pagos por facturas de o contra terceros. No serán aceptadas por IBM cesiones de

créditos, sobre facturas del Proveedor. 4. Al menos que sea requerido de otra forma por la ley local, los plazos de pago son netos a 80 (ochenta)días,

luego de recibida la factura válida del Proveedor o despúes del recibo de los productos y/o servicios, lo que

ocurra más tarde. El pago no será interpretado como aceptación de los productos o servicios, y dichos

productos o servicios serán susceptibles de inspección, prueba, aceptación o rechazo. A opción de IBM, IBM

puede rechazar productos y/o servicios que no cumplan con los criterios de aceptación de IBM y requerir una

devolución, o pedir al Proveedor reparar o reemplazar dichos productos o prestar nuevamente los servicios,

sin cargo alguno y en el tiempo debido. IBM puede devolver productos no acordes, al Proveedor, por cuenta

del Proveedor.

5. En el caso de existir descuento por condición de pago a menor término o condición por pronto pago

(mínimo quince días), deberá ser indicado como alternativa mencionando el porcentaje de descuento sobre el

Precio a 80 (ochenta) días. IBM se reserva el derecho de aceptar o rechazar las propuestas recibidas sobre el

particular. 6. IBM compensará el crédito que el Proveedor tenga a su favor con relación a cualquier contratación que

hubiera realizado con ésta, si el Proveedor hubiera incurrido en falta de pago o esté en mora respecto de

cualquier obligación en la que fuera deudor de IBM.

________________________________________________________________________________________

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3.6 CANCELACIÓN Y REPROGRAMACIÓN DE ÓRDENES DE COMPRA

3.6.1. CANCELACIÓN

IBM podrá cancelar y terminar, total o parcialmente, una Orden de Compra, con o sin causa, mediante entrega

de notificación escrita al Proveedor con anterioridad a la fecha programada de entrega de la mercadería o de

prestación de servicio. La cancelación se hará efectiva al recibo por parte del Proveedor de la notificación correspondiente. El

Proveedor cesará en su trabajo sobre la/s Orden/es de Compra afectadas de acuerdo con la notificación de

cancelación. Se tomará como fecha valida la de una notificación efectuada en el sitio que el Proveedor haya

señalado para notificaciones en su cotización o en la Orden de Compra.

En el caso de una cancelación de acuerdo al párrafo anterior, IBM abonará al Proveedor el precio de los

servicios prestados hasta el día de recibida la notificación de cancelación. IBM pagará al Proveedor por los

materiales utilizados y costos de mano de obra reales incurridos con anterioridad a la fecha efectiva de

cancelación en relación con las Órdenes de compra de IBM. Los montos por elementos específicos adquiridos por el Proveedor conforme lo establecido en INCISO

3.1, DECLARACIÓN DE TRABAJO, serán abonadas luego del análisis y verificación por IBM de los

comprobantes de compra y la entrega del material excedente. IBM, antes de efectuar el pago, constatará

los registros del Proveedor en su momento o requerirá que el Proveedor suministre documentación y facturas

razonables para fundamentar todos y cada uno de los cargos realizados a IBM según este Capítulo. El Proveedor notificará inmediatamente y por escrito a IBM en el caso de que por cualquier razón se vea

imposibilitado o se niegue a cumplir con sus obligaciones según este Pliego de Condiciones Generales y/o

Órdenes de compra. Estas obligaciones incluyen, pero no están necesariamente limitadas a los cronogramas de entregas de las

Órdenes de Compra, Especificaciones de Servicio y los Requerimientos de Calidad Asegurada del Proveedor. Si por cualquier razón, salvo de fuerza mayor, el Proveedor no prestara los servicios tal como se lo requiere

en las Órdenes de compra respectivas, o si el Proveedor se encontrara en incumplimiento de este Pliego y no

regularizara la situación dentro de los 7 días naturales de la notificación escrita de IBM, ésta tendrá el derecho

de rescindir la/s Órden/es de Compra, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.

Si IBM cancelara Órdenes de Compra por la razón anteriormente mencionada tendrá como única obligación

el pago por los servicios ya prestados al momento de la notificación de cancelación. La cancelación o rescisión de una Orden de Compra implicará la terminación de toda otra vinculación

contractual entre IBM y el Proveedor con relación al servicio contenido en la Orden de Compra o cancelada,

aún cuando el Proveedor hubiera cotizado prestaciones más extensas en tiempo o cantidad.

3.6.2. REPROGRAMACIÓN DE ÓRDENES DE COMPRA

Además de lo detallado anteriormente, IBM podrá reprogramar la fecha de Entrega para servicios

especificada en las Órdenes de Compra emitidas, sin ninguna responsabilidad a su cargo. Se entiende por reprogramación toda aquella modificación de una Orden de Compra, sea en fecha o cantidad

o una reprogramación combinada de ambos elementos.

________________________________________________________________________________________

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3.7 EQUIPOS PROVISTOS POR IBM

Los equipos eventualmente entregados por IBM a los Proveedores para dar cumplimiento al contenido de

una Orden de Compra deberán ser devueltos al término del trabajo o en el momento en que IBM así lo

solicite, en buen estado de conservación; en caso contrario serán cargados al Proveedor los gastos de

sustitución o reparación. La negativa del Proveedor a devolver dichos equipos se considerará como una

retención indebida. Para cada Orden de Compra se definirá cuál de las partes asumirá los costos de los envíos

de los equipos a IBM. Éstos sólo serán utilizados para la prestación de los servicios previstos en la Orden de Compra. Sin perjuicio de su responsabilidad, el Proveedor deberá contratar seguros que cubran de riesgos los bienes

entregados, a satisfacción de IBM. IBM a su criterio, podrá realizar auditorías periódicas sobre las condiciones y control que el Proveedor

mantenga de los equipos entregados por IBM en comodato.

________________________________________________________________________________________

3.8 GARANTÍA DEL SERVICIO Y/O MERCADERÍA

El Proveedor garantiza que los servicios y/o mercaderías que provea a IBM se ajustan en un todo a los

requerimientos técnicos solicitados en el/los pedido/s de cotización (incluyendo las regulaciones aplicables

del ordenamiento jurídico, incluyendo pero no limitado a la legislación laboral y leyes de anti-corrupción) y

están libres de defectos por un periodo de doce (12) meses desde la fecha de entrega, salvo otra indicación

expresa en la Orden de Compra y sus anexos. ________________________________________________________________________________________

3.9 INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

Información Confidencial significará toda información así clasificada y:

1. Revelada al Proveedor u obtenida por éste en relación con un trabajo y durante la vigencia de la Orden de

Compra respectiva, o, 2. Aquella que se refiera a las actividades comerciales, de desarrollo o de investigación, de IBM o de las

compañías vinculadas, ya sean pasadas, presentes o futuras. También significará todos los elementos preparados para IBM o entregados a ésta en relación con trabajos

realizados de conformidad con la contratación (clasificados o no). El término Información Confidencial no significará ninguna información que fuera conocida anteriormente

por el Proveedor o, que sin violación de los términos de este Pliego, hubiera sido revelada públicamente,

ya sea antes o después de que el Proveedor hubiera recibido la citada información o fuera recibida

legítimamente por el Proveedor de un tercero sin obligación de mantener la confidencialidad. Al brindar sus servicios, el Proveedor entiende que IBM no desea recibir del Proveedor ninguna

información que pueda ser considerada Confidencial y/o reservada para el mismo o para ningún tercero. El

Proveedor declara y garantiza que toda información que divulgue a IBM no es confidencial ni reservada

para el mismo y/o un tercero e IBM no estará obligada a tratarla como tal. El Proveedor no puede aún luego del cumplimiento de la Orden de Compra respectiva usar y/o difundir

información confidencial que reciba de IBM, salvo toda información que es o sea considerada pública o sea

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recibida por este de parte de terceros. A requerimiento de IBM el Proveedor deberá devolver toda

documentación y/o material que sea o contenga información confidencial. El Proveedor no podrá difundir información y/o partes recibidas de IBM en conexión con este Pliego a

lugares o personas fuera del territorio de la República de Costa Rica. IBM podrá a su criterio hacer auditorías periódicas a fin de evaluar el control que el Proveedor lleva

sobre la información Confidencial facilitada para el desempeño de la Orden de Compra. Toda Información Confidencial de IBM entregada al Proveedor, los resultados del trabajo del Proveedor y

la información entregada a IBM según este Pliego debe ser tratada por el Proveedor acatando las cláusulas

del Acuerdo de Divulgación de Información Confidencial que el Proveedor conoce. ________________________________________________________________________________________

3.10 DIVULGACIÓN PÚBLICA

El Proveedor no podrá, de manera alguna, publicar y/o utilizar como medio de propaganda el hecho de

proveer productos o servicios para IBM, salvo autorización expresa de esta última. El Proveedor no podrá

utilizar el nombre o las marcas de IBM o de sus afiliadas, ni hacer referencia ni señalar a IBM o sus afiliadas

en sus materiales de mercadeo (incluyendo, sin limitarse a, referencias o listas de clientes) ni en comunicados

de prensa, sin contar con la autorización escrita de IBM.

________________________________________________________________________________________

3.11 PROPIEDAD INTELECTUAL

3.11.1 DERECHOS SOBRE LOS PROGRAMAS, ELEMENTOS Y DATOS.

Todos los productos del trabajo realizado por el Proveedor para IBM, según esta Orden de Compra, son y

serán propiedad exclusiva de IBM. El Proveedor declara y garantiza la originalidad de la información entregada según la Orden de Compra y

que ninguna parte de dicha información o su uso y/o su distribución infringe o esta protegida por ningún

derecho de un tercero. No se otorga al Proveedor licencia o derecho alguno, ya sea en forma implícita o explícita, por exclusión o de

otra manera, para publicar, reproducir, preparar trabajos derivados basados sobre los citados elementos, ni

distribuir copias de éstos, ni exhibir en público, salvo servicios preexistentes del Proveedor, ya sea durante el

termino de este convenio o después de su vencimiento. El Proveedor, por medio de los presentes Términos y Condiciones, otorga y cede a IBM la propiedad

intelectual de los elementos que deben entregarse a IBM, e IBM tendrá el derecho de obtener sobre ellos los

respectivos derechos de propiedad intelectual, y de mantenerlos a su nombre o cederlos, a su sola

discreción. Así mismo, el Proveedor otorga a IBM todos los derechos y licencias necesarias para que IBM o

sus afiliadas puedan usar, traspasar, y vender los productos y/o servicios, así como ejercitar los derechos

conferidos bajo esta Orden de Compra. Quedan excluidas de esta cláusula los Programas no IBM suministrados por el Proveedor.

3.11.2 PROGRAMAS NO IBM SUMINISTRADOS POR EL PROVEEDOR.

El Proveedor concederá a IBM una licencia exclusiva y transferible que autorizará a IBM a:

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1. Utilizar los Programas en sus propias actividades de acuerdo con las condiciones de uso incluidas en

cada programa. 2. Transferir la licencia, con carácter de intransferible y bajo los términos, condiciones y garantías detalladas

con cada programa. El Proveedor garantiza que: 1. Tiene el derecho intelectual registrado y/o la licencia para suministrar los Programas conforme al punto

anterior.

2. Los Programas no violan ningún derecho de autor, patente, marca registrada y/o cualquier otro derecho

de terceros. El Proveedor garantiza que los Programas proporcionados bajo este Pliego, son aptos para ser

comercializados, sin defectos ni en sus materiales ni en la elaboración de los mismos, y que se

ajustan a cualquier especificación aplicable, incluida en este Pliego, así como a cualquier garantía expresa

del Proveedor, aquí contenida, siendo esta garantía independiente de la cancelación de este servicio. Cualquier Programa que no cumpla lo especificado en las anteriores garantías será considerado como

defectuoso. El Proveedor reparará o sustituirá, sin cargo alguno, cualquier programa encontrado defectuoso, durante un

periodo de 1 (un) año a partir de la implementación del primer paquete de Programas. En el caso de que

esto no sea posible, reembolsará la totalidad del precio pagado por dicho Programa, sin perjuicio de las

acciones legales que decida emprender IBM. Si el número de defectos, o la naturaleza de los mismos, en un Programa, es tal que induce a IBM a

cesar en su comercialización, el Proveedor, a partir de la notificación escrita de IBM, proporcionará a IBM

inmediatamente, y a elección de IBM, la sustitución del Programa por otro sin defectos, o reembolsará a

IBM todas las cantidades pagadas relacionadas con el mismo.

3.11.3 RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR

El Proveedor a su exclusivo cargo, deberá pagar cualquier daño, costos de juicios, honorarios de abogados y

multas resultantes de todos los procedimientos o reclamos de terceros contra IBM, por supuesta violación

de derechos intelectuales o secretos industriales de terceros, vinculados a los productos y/o a los

procesos de fabricación suministrados y/o diseñados por el Proveedor. En el caso que el Proveedor notifique a IBM, o que IBM conozca por sus propios medios de una violación

de patentes (sea en los productos o procesos de fabricación) de terceros, IBM tendrá el derecho de dar por

terminada la Órden de Compra sin ningún costo o responsabilidad y de emprender las acciones legales

que considere necesarias a menos que el Proveedor logre: a) acordar con los terceros el uso de las patentes

que posibilite que IBM use dichos productos o procesos de fabricación, b) modificar los procesos de

fabricación de estos productos de manera que no violen los derechos de terceros, c) reemplazar los productos

de manera que no violen los derechos de terceros.

3.11.4 PATENTES E INVENCIONES

Invención significará toda idea, diseño, concepto, técnica, descubrimiento o mejora, ya sea patentable o no,

efectuada, ya sea en conjunto con el Proveedor o solo por este y/o los empleados del Proveedor y/o los

empleados del Proveedor con uno o más empleados de IBM durante la vigencia del presente, siempre y

cuando la concepción y/o puesta en práctica ocurra durante el término de la Orden de Compra y en el ejercicio

de los servicios de que se trata el presente.

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El Proveedor deberá informar a IBM sobre cada una de las invenciones, detallando en forma específica las

características o conceptos que el Proveedor considera diferentes o nuevos de los anteriores. Por la presente, el Proveedor cede a IBM toda invención junto con el derecho a obtener los derechos de

patente para ella y reclamar los derechos de prioridad para ésta, y los citados derechos permanecerán siendo

tales ya sea que se pida o no la citada protección, sobre aquellos productos o procesos de fabricación

incluidos en la Orden de Compra. Adicionalmente, el Proveedor se obliga a firmar todos los documentos o

contratos necesarios para la debida cesión de cada invención en particular, según lo establecido en este Pliego.

3.11.5 MARCAS

A los fines del presente Pliego ninguna de las partes tendrá el derecho de usar las marcas de fábrica, marcas

de comercio o nombres de productos de la otra parte, directa o indirectamente, en relación con cualquier

producto, promoción o publicación, sin el previo consentimiento escrito de la otra parte, salvo que su

uso esté permitido por ley y/o las costumbres respecto de su uso público en general. ________________________________________________________________________________________

3.12 RELACIONES ÉTICAS

El Proveedor estará familiarizado con, y cumplirá estrictamente, todas las leyes y reglamentos sobre

soborno, corrupción y prácticas empresariales prohibidas. El Proveedor y sus Filiales, con el propósito de

influir o inducir a alguien a influir en las decisiones a favor de IBM o cualquiera de sus Filiales, no ha

ofrecido ni ofrecerá, prometido ni prometerá, efectuado ni efectuará o aceptado ni aceptará efectuar, directa o

indirectamente, (a) contribuciones políticas de ningún tipo o pagos a, o en beneficio de, cualquier funcionario

público, ya sean elegidos o designados, (b) pagos por regalos, comidas, viajes u otras cuantías para un

empleado del gobierno o para sus familiares o (c) pagos o regalos (monetarios o cualquier cosa de valor) a

nadie. IBM no reembolsará al Proveedor por contribuciones políticas, pagos o regalos. El incumplimiento del

Proveedor (o la creencia razonable de IBM de que el Proveedor ha incumplido o es probable que incumpla)

esta cláusula de Relaciones Éticas, constituye un incumplimiento material de esta Orden de Compra y, en tal

caso, IBM puede terminar esta Orden de Compra,en forma inmediata dando noticia escrita al Proveedor. ________________________________________________________________________________________

3.13 REGALOS / GRATIFICACIONES

El Proveedor no deberá hacer ni ofrecer obsequios o gratificaciones de ninguna clase a empleados de IBM y/o

a sus familiares que puedan ser interpretados como vinculados a una relación comercial en curso o potencial

con IBM. Por obsequio se entiende: entretenimientos, servicios personales, favores, descuentos y

tratamiento preferencial de cualquier índole. IBM interpretará acciones de este tipo como un intento

inadecuado de influenciar a su personal, poniendo en riesgo la relación comercial con el Proveedor.

________________________________________________________________________________________

3.14 CESIÓN; SUBCONTRATOS

El Proveedor no podrá ceder sus derechos o subcontratar el trabajo realizado bajo la Orden de Comprasin

autorización escrita de IBM. Cualquier cesión no autorizada será nula. Todo contrato que el Proveedor sea

autorizado a realizar con subcontratistas deberá ser por escrito y quedará sujeto a las mismas obligaciones y

responsabilidades del Proveedor en virtud de la Orden de Compra.

Ningún convenio entre el Proveedor y el subproveedor debe ser interpretado como un convenio entre IBM y

el subproveedor. El Proveedor presentará una lista de los subproveedores propuestos, junto con su oferta,

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para el trabajo que subcontratarán. El conocimiento o aceptación por IBM de los subcontratistas del

Proveedor en ningún caso relevará a éste de su responsabilidad total por los trabajos encomendados ni

establece relación alguna entre IBM y los subcontratistas del Proveedor. Por el presente queda establecido que aquellos subcontratos establecidos por el Proveedor con terceros

quedan sujetos a los términos, condiciones y alcances del presente Pliego, siendo los mismos extensivos en

su contenido y forma a dichos terceros y bajo la responsabilidad del Proveedor. El Proveedor tendrá un

contrato escrito con cada subcontratista involucrado bajo la Orden de Compra, en su caso, con tal contrato

comprometiéndose cada subcontratista para cumplir con todas las obligaciones y responsabilidades del

Proveedor en virtud de la Orden de Compra. A modo de ejemplo, pero sin limitación, las obligaciones y

responsabilidades incluyen los que figuran en las relaciones éticas, conservación de registros y disposiciones

en materia de auditoría de estaOrden de Compra. En adición, en dicho contrato por escrito, el Proveedor

deberá identificar a IBM como beneficiario directo de la provisión de conservación de registros y derechos de

auditoría, de manera que IBM tendrá los mismos derechos que el Proveedor bajo esta provisión. Sin perjuicio

de lo anterior, el uso por parte del Proveedor de un subcontratista no relevará al Proveedor de sus

obligaciones, bajo esta Orden de Compra ni de sus responsabilidades respecto del desempeño del sub-

contratista.

La compra de bienes y/o productos que el Proveedor haga para la realización de su trabajo normal se asume

como no incluida en este punto. ________________________________________________________________________________________

3.15 REGISTROS Y AUDITORIA

3.15.1 REGISTROS

El Proveedor conservará (y sujeto a la ley aplicable proporcionará a IBM cuando así lo solicite) los registros

técnicos, contables y del negocio correspondientes que respalden las facturas del Proveedor y que demuestren

su cumplimiento de sus obligaciones derivadas de esta Orden de Compra, así como mostrará evidencia de los

permisos y las licencias profesionales requeridas, durante el periodo de tiempo señalado por la ley local y que

no será menor a los (6) seis años siguientes al del cumplimiento o terminación de la Orden de Compra

correspondiente. Todos los registros contables se llevarán a cabo de acuerdo con los principios de

contabilidad generalmente aceptados.

3.15.2 AUDITORIA

A requerimiento de IBM y sin cargo adicional a éste, el Proveedor deberá proporcionar a IBM (incluyendo a

sus auditores y supervisores) el acceso en horas razonables (o en el caso de los supervisores, a cualquier hora

designada por dichos supervisores) a cualquier instalación en la cual el Proveedor o sus sub-contratistas

suministren o hayan suministrado¿ servicios o entregables, de conformidad con esta Orden de Compra y a

todos los sistemas, datos y registros de negocio, técnicos o contables, relacionados con el Proveedor (o sus

sub-contratistas), con el objetivo de auditar el desempeño del Proveedor respecto a sus obligaciones sujetas a

esta Orden de Compra, incluyendo la verificación de la conformidad con la legislación vigente y la protección

e integridad de los datos del Comprador y de los Clientes de IBM o de los materiales de IBM. El Proveedor

deberá brindar toda su cooperación para tal auditoría, incluso identificando un punto focal que asista en la

auditoría y, si es requerido por IBM, ratificar prontamente los derechos de IBM de solicitar directamente a

cualquier subcontratista, así como el deber del sub-contratista de suministrar, con prontitud, a IBM, acceso a

tales sistemas, datos y registros relacionados con el trabajo desarrollado por el sub-contratista.

3.15.3 OBLIGACIONES LEGALES, PATRONALES Y DE CARGAS

SOCIALES DEL PROVEEDOR

1. IBM se reserva el derecho de verificar que el Proveedor cumpla las obligaciones legales, patronales y

de cargas sociales a su cargo. Para ello, en las oportunidades que lo considere conveniente, IBM podrá

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solicitar al Proveedor la presentación de una verificación efectuada por un contador público

autorizado debidamente inscrito en el colegio profesional correspondiente, respecto al cumplimiento de

dichas obligaciones por parte del Proveedor.

2. Si de la verificación surgiera un incumplimiento de las obligaciones por parte del Proveedor, IBM podrá

considerar a la misma como causal de terminación de la Orden de Compra, sin derecho para el Proveedor de

indemnización alguna. 3. Formulado el requerimiento por parte de IBM, el Proveedor deberá presentar la certificación dentro de

los 10 (diez) días naturales siguientes a la solicitud.

________________________________________________________________________________________

3.16 CONVENIO DE INDEMNIZACIÓN

El Proveedor deberá indemnizar y eximir a IBM de toda responsabilidad y/o pérdida causada por lesiones

(incluso muerte) a cualquier persona, o de daños a la propiedad que pudieran alegarse que han ocurrido como

consecuencia directa o indirecta de defectos o negligencia del Proveedor o subProveedor o de su personal,

agentes o empleados; salvo que tales lesiones o daños fuesen atribuibles a la falta o negligencia probada de

IBM.

El Proveedor acuerda defender, liberar de responsabilidad e indemnizar a IBM y sus afiliadas respecto de

cualquier reclamo (incluyendo, pero sin limitarse a costos, gastos y honorarios de abogados) derivados de (a)

reclamos porque los productos infrinjan derechos de propiedad intelectual, (b) el incumplimiento por parte del

Proveedor de sus garantías y obligaciones, bajo esta Orden de Compra o (c) un incidente de seguridad. Si un

reclamo por incumplimiento es presentado, el Proveedor, por su cuenta y costo, deberá ejercer alguno de los

siguientes recursos que resulte factible: (i) obtener para IBM los derechos conferidos bajo esta Orden de

Compra; (ii) modificar el producto a fin de que el mismo sea conforme y cumpla con esta Orden de Compra;

(iii) reemplazar el producto con un producto que sea conforme, según esta Orden de Compra; o (iv) Aceptar la

devolución o cancelación del producto y reembolsar cualquier suma pagada. El Proveedor deberá defender por cuenta propia todos los juicios o demandas que invoquen tales daños o

lesiones, y pagará todos los honorarios de abogados, costos de tribunales y todos los demás gastos

relacionados con ello.

________________________________________________________________________________________

3.17 SEGUROS

El Proveedor deberá obtener y mantener todos los seguros que resulten aplicables y adecuados (incluyendo,

sin limitación, seguros de negocios, de compensaciones de trabajadores, de errores y omisiones, de

responsabilidad profesional y comercial y de responsabilidad general) por un monto que sea consistente con la

actividad del Proveedor. Cada póliza deberá designar a IBM como beneficiario o asegurado adicional, según

corresponda.

En el caso en que personal del Proveedor trabaje en dependencias de IBM y/o cliente de IBM, deberá

contratar seguros y entregar una copia de las respectivas pólizas a IBM antes de comenzar el trabajo

cubriendo los siguientes riesgos:

1. Con relación al personal del Proveedor:

a. Póliza de Riesgos del Trabajo.

b. Póliza de Automóviles que ingresen a IBM con coberturas de Responsabilidad Civil “A” lesión y muerte

de personas terceras por un monto de ¢ 80.000.000 por persona y ¢ 150.000.000 por accidente y “C”

daños a la propiedad de terceros por un monto de ¢ 25.000.000.

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Cualquier otro que corresponda por disposiciones legales o de convenciones laborales.

Las anteriores condiciones se darán por cumplidas mediante la presentación por parte del Proveedor de las

copias de las pólizas.

c. Responsabilidad civil hacia terceros. Deberá estar específicamente contemplada en la póliza de la

actividad a desarrollarse. El monto de esa cobertura deberá ser a satisfacción de IBM.

Los certificados deberán estipular que el asegurador otorgará a IBM por lo menos 30 (treinta) días de

preaviso por escrito, acerca de cambios importantes en o sobre la cancelación de tales seguros. El hecho de haber tomado los seguros antes mencionados, de ninguna manera será interpretado como que

releva al Proveedor de cualquier responsabilidad y este puede tomar el seguro adicional que crea

necesario, por cuenta propia. En el caso excepcional que IBM acepte una contratación que incluya un adelanto de dinero, el Proveedor

deberá contratar un Seguro de Caución a satisfacción de IBM. Estos casos deberán ser presentados y

aprobados previamente por IBM. ________________________________________________________________________________________

3.18 LOS EMPLEADOS DEL PROVEEDOR NO SE CONSIDERAN

EMPLEADOS DE IBM

El Proveedor asume total responsabilidad por las acciones de su personal mientras esté realizando servicios

de conformidad con una o más Órdenes de compra emitidas según el presente Pliego y será íntegramente

responsable como empleador del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales. Nada de lo que contiene este Pliego de Condiciones será interpretado como que el Proveedor o sus

empleados tengan algún derecho respecto a cualquier plan de beneficios para empleados de IBM. ________________________________________________________________________________________

3.19 EX-EMPLEADOS DE IBM

El Proveedor deberá informar a IBM cuando tuviera intención de asignar a un ex empleado de IBM para

trabajar en las instalaciones de IBM y/o cliente de IBM. IBM se reserva el derecho de aprobar o no la citada

asignación. ________________________________________________________________________________________

3.20 ACCESO A DEPENDENCIAS

IBM se reserva el derecho de impedir el acceso a sus dependencias al Proveedor y/o a su personal en

cualquier momento. El ejercicio de este derecho no afectará la obligación del Proveedor, de realizar lo

estipulado en este convenio, siempre y cuando IBM permita el acceso al Proveedor en tiempo suficiente para

ejecutar las correspondientes tareas. Además, el Proveedor no permitirá a ninguno de sus empleados

entrar en las dependencias de IBM o cliente de IBM sin previo aviso e identificación.

Todos los empleados del Proveedor deberán entrar y salir de los edificios de IBM a través de las áreas de

verificación de seguridad identificadas oportunamente.

Sistemas de detección incluyendo pero no limitados a detectores de metal (fijos o manuales) y máquinas de

Rayos-X podrán ser utilizados en edificios de IBM. IBM se reserva el derecho de revisar efectos personales u

otros efectos pertenecientes a los empleados del Proveedor, incluyendo pero no limitado a portafolios,

carteras, valijas, y vehículos.

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20

El Proveedor deberá obtener y mantener archivado el consentimiento firmado de cada uno de sus empleados

que deban acceder a una propiedad de IBM lo cual confirme el acuerdo del empleado de cumplir con las

Normas de Seguridad de IBM, incluyendo estas normas de revisión de seguridad.

El Proveedor deberá indemnizar y eximir a IBM de toda responsabilidad causada a cualquier persona, o de

daños a la propiedad que pudieran alegarse que han ocurrido como consecuencia directa o indirecta de

obligaciones o garantías bajo este documento. El Proveedor deberá defender por cuenta propia todos los

juicios o demandas que invoquen tales daños o lesiones, y pagará todos los honorarios de abogados,

costos de tribunales y todos los demás gastos relacionados con ello. ________________________________________________________________________________________

3.21 CONOCIMIENTO DE RIESGOS

El Proveedor manifiesta que previo a su cotización ha examinado cuidadosamente todas las especificaciones,

planos e indicaciones relacionadas con el producto o servicio, que ha hecho todas las investigaciones

esenciales para un completo entendimiento de las dificultades que podría encontrar durante la ejecución de la

respectiva Orden de Compra y que asume la total y completa responsabilidad por todos los riesgos

relacionados al mismo, incluyendo penalidades por incumplimientos que se indicaran en cada contratación

individual. ________________________________________________________________________________________

3.22 PROTECCIÓN Y SEGURIDAD

El Proveedor será responsable por cualquier lesión, pérdida o daños causados por el o por sus empleados,

agentes o cualquier subproveedor y, en el caso de tales lesiones, pérdidas o daños deberá hacer

inmediatamente las reparaciones o reemplazos sin costo adicional para IBM de acuerdo a lo que le solicite el

representante IBM. El Proveedor deberá cumplir la legislación nacional, provincial y municipal vinculada con "Higiene y

Seguridad Industrial". Ello implica el ordenamiento interno de la industria, iluminación, nivel de ruido,

elementos de seguridad en máquinas e instalaciones, y los de uso personal, señalización de seguridad,

instalación de protección contra incendios, elementos para primeros auxilios, control de posible

contaminación ambiental, etc. El Proveedor es también responsable por los riesgos o daños originados por productos químicos

contaminantes, venenosos, tóxicos, explosivos, etc., que maneje o utilice con motivo o en ocasión de la

Orden de Compra y aún cuando dichos productos químicos hayan sido entregados por IBM. En el caso de tener que trabajar en dependencias de IBM el Proveedor deberá cooperar con el Oficial de

Seguridad de IBM en cuestiones relacionadas con medidas de Seguridad. 1. En caso que las especificaciones de IBM requieran que el Proveedor emplee materiales o sustancias

químicas que no sean de uso común en sus operaciones o actividades, antes de comenzar a trabajar en el

proceso o elaboración del producto final, deberá manifestar a IBM por escrito que cuenta con los

conocimientos necesarios para usar, controlar y disponer de cualquiera de tales materiales o de los

desechos que se generen en el proceso de producción, si los hubiere, de conformidad con todas las leyes

y reglamentos aplicables y pertinentes referidos al medio ambiente. 2. En caso que IBM consigne cualquier material o sustancia química a fin de que el Proveedor lo emplee en

los procesos, el Proveedor acuerda lo siguiente: a. Demostrar, a satisfacción de IBM, antes de aceptar tales materiales o sustancias químicas, que está

familiarizado con el material y las sustancias químicas que se consignan y que cuenta con los

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21

programas adecuados, incluidos entrenamiento de respuesta ante emergencias y seguridad del personal,

para manipular, usar, almacenar, tratar y/o eliminar correctamente sustancias químicas o materiales

peligrosos y los desechos que estos generen. b. El Proveedor conviene que, en caso de derrame, liberación u otro tipo de descarga de material o

sustancia química en el medio ambiente, notificará a IBM sin dilación sobre dicho derrame o liberación

y sobre las medidas tomadas para rectificar y/o reparar tal derrame o liberación y los daños

provocados en el medio ambiente. El Proveedor presta su consentimiento a fin de que IBM inspeccione

sus instalaciones y revise los registros referidos a los incidentes de derrames y cualquier otro registro

relativo a las obligaciones ambientales que se tratan en la presente cláusula. c. El Proveedor deberá usar, almacenar y/o eliminar correctamente todos los materiales y sustancias

químicas consignadas y los desechos generados por los procesos respectivos. El Proveedor será el único

responsable de la correcta manipulación y eliminación de todos los materiales, sustancias químicas y de los

desechos generados por los procesos respectivos o por la manipulación o uso de los materiales y

sustancias químicas. El Proveedor será el único responsable de seleccionar, a su criterio, cualquier proceso de

eliminación de desechos. Asimismo, el Proveedor acepta que los procesos o servicios de eliminación

de desechos seleccionados deberán integrar la lista de proveedores de tales servicios aprobados por la

Secretaría de Recursos Humanos y Medio Ambiente de IBM. d. El Proveedor certifica que cumple y cumplirá con todas las leyes, normas, disposiciones y

reglamentaciones vigentes locales que rigen la protección del medio ambiente y temas afines. El Proveedor

se reconoce como único responsable de la manipulación, uso, almacenamiento, tratamiento y

eliminación correctos de cualquier sustancia química, material o desechos empleados o que se generen como

resultado de los procesos pertinentes, de conformidad con las leyes y reglamentaciones sobre medio

ambiente anteriormente mencionadas. El Proveedor acepta proporcionar a IBM sin dilación, siempre que IBM

así lo solicite, cualquier información referida al cumplimiento por parte del Proveedor de las leyes y

regulaciones sobre medio ambiente aplicables, incluidas las copias de los permisos pertinentes, documentos

de declaración de desechos así como cualquier otra documentación exigida por autoridades del estado o

municipales. El Proveedor se compromete además, a permitir la inspección de sus instalaciones y de los

registros pertinentes por parte de IBM, dentro del horario de trabajo y siempre que medie una notificación

en términos razonables, a los fines de determinar el cumplimiento por parte del Proveedor de todas las

leyes y reglamentaciones sobre medio ambiente de aplicación. _______________________________________________________________________________________

3.23 IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES

El Proveedor será el importador y exportador registrado, salvo qe IBM expresamente acepte por escrito,

fungir como importador o exportador. El Proveedor deberá cumplir con toda la legislación, regulaciones y

directrices administrativas aplicables, en materia de importación y exportación, incluyendo pero sin limitarse

a, el pago de tasas, impuestos y mantenimiento de las certificaciones requeridas y registros asociados con la

importación o exportación de los productos del Proveedor, así como el cumplimiento de todos los

requerimietos de seguridad de los productos, compatibilidad electromagnética, telecomunicaciones, reciclaje

o devolución de productos y seguridad ambiental. A solicitud de IBM, el Proveedor suministrará, con

prontitud, toda la información necesaria para la importación o exportación de productos, incluyendo, según

resulte aplicable, los números clasificación de control de exportación (ECCN), subtítulos o lista de categorías,

clasificación arancelaria, certificados y resultados de pruebas relacionadas con los productos o servicios. El

Proveedor comunicará a IBM, por escrito, de cualquier cambio en la información suministrada por el

Proveedor para la importación y/o exportación de los productos. La factura del Proveedor debe ser

consistente con la factura utilizada por el Proveedor para el desalmacenaje de los productos. En los casos en

que IBM acepte fungir como importador o exportador, el Proveedor le suministrará, con prontitud, toda la

información, documentación certificados y resultados de pruebas requeridos por IBM para el cumplimiento

con la legislación, regulaciones y directrices administrativas aplicables, en materia de importación y

exportación. En todas las instancias, el Proveedor no podrá acordar transacciones de exportación indirectas

(“routed export transactions”, conforme se definen en las “United States Export Administration Regulations”

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22

15 CFR, Part 758.3(b)), para ninguna exportación proveniente de los Estados Unidos, ni tomar acuerdos

similares, para ninguna exportación proveniente de fuera de los Estados Unidos, en los que se designe a IBM

como parte del envío.

________________________________________________________________________________________

3.24 SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN SOCIAL Y AMBIENTAL

El Proveedor cumplirá con los requerimientos para proveedores del sistema de administración social y

ambiental, contenido en el siguiente link: Social and environmental management system supplier

requirements.

________________________________________________________________________________________

3.25 RIESGO DE PÉRDIDA; ENTREGA

El Proveedor mantendrá la titularidad y riesgo de pérdida de los productos objeto de la Orden de Compra,

hasta el momento en que los productos hayan sido entregados a IBM, en el lugar especificado en la Orden de

Compra y hayan sido aceptados por IBM. Para efectos de entrega de los productos, el tiempo es esencial. En

caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de los productos en el tiempo debido, IBM podrá comprar

los productos a cualquier otro proveedor y el Proveedor deberá responder por los costos y daños razonables

sufridos por IBM. El Proveedor deberá comunicar con prontitud a IBM si no será capaz de cumplir con la

fecha de entrega especificada en la Orden de Compra.

________________________________________________________________________________________

3.26 LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD

En tanto sea permitido por la legislación local, en ningún caso IBM ni sus afiliadas serán responsables por

pérdida de ingresos, pérdida de ganancias, daños incidentales, indirectos, especiales o punitivos. En ningún

caso, la responsabilidad de IBM será mayor que el monto total, efectivamente, pagado por IBM al Proveedor

por los Productos o Servicios.

________________________________________________________________________________________

3.27 REGULACIONES ADICIONALES EN MATERIA FEDERAL

Y GUBERNAMENTAL DE EEUU

Con la aceptacion de esta Orden de Compra y sus términos y condiciones, en nombre del Proveedor, quien

suscribe, personalmente o en nombre del Proveedor, declara y garantiza que cuenta con la autoridad necesaria

para comprometer al Proveedor bajo los términos y condiciones de esta Orden de Compra.

3.27.1 PRIORIDADES DE DEFENSA Y SISTEMA DE ASIGNACIÓN

(DPAS) - 15 C.F.R. 700

De conformidad con el documento 15 C.F.R. Part 700, 13(d), el Proveedor deberá aceptar o rechazar una

“rated order” y transmitir su aceptación o rechazo, por escrito (vía correo electrónico) en un plazo de quince

(15) días hábiles después de recibida una “DO rated order” y dentro de un plazo de diez (10) días hábiles,

después de recibida una “DX rated order”. Si usted rechaza la orden, deberá suministrar por escrito (vía

correo electrónico) las razones para el rechazo, de conformidad con los párrafos (B) y (C) del

documento 15 C.F.R. 700.

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23

Si una orden es colocada y contiene el aviso de Emergencia de acuerdo con la normativa 15 C.F.R. 700,

12(b), el Proveedor deberá aceptar o rechazar, por escrito, vía correo electrónico, la orden dentro del plazo

establecido en tal orden.

Si usted ha aceptado una “rated order” y posteriormente, se entera que el envío o cumplimiento de la orden

será retrasado, debe notificar al comprador inmediatamente, suministrar las razones del retraso e informar al

comprador de la nueva fecha de envío o cumplimiento de la orden. Si tal comunicación la hizo verbalmente,

usted deberá notificarla por escrito, vía correo electrónico, dentro del día hábil siguiente a la comunicación

verbal.

3.27.2 CUMPLIMIENTO DE LEYES APLICABLES A CONTRATOS

CON EL GOBIERNO

Para trabajos realizados bajo contratos particulares con el Gobierno de los Estados Unidos, aplican las

siguientes disposiciones: “48 C.F.R. 52.222-26, Equal Opportunity” (Apr. 1984); 48 C.F.R. 52.222-35,

“Affirmative Action for Special Disabled and Vietnam ERA Veterans” (Apr. 1984) (en caso de órdenes

superiores a $10,000); “48 C.F.R. 52.222-36, Affirmative Actions for Handicapped Workers” (Apr. 1984) (en

caso de órdenes superiores a $2,500); and “48 C.F.R. 52.222-37, Employment Reports on Special Disabled

Veterans of the Vietnam Era” (Jan. 1988) (en caso de órdenes superiores a $10,000). Estas disposiciones

tienen la misma validez y eficacia como si se encontraran transcritas en su totalidad. El Proveedor acuerda

que él y su personal que trabajen para esta Orden de Compra, cumplirán y asistirán a IBM en el

cumplimiento de las regulaciones aplicables a contratos con el gobierno, incluyendo sin limitarse a, los

siguientes estatutos y regulaciones: “31 U.S.C. 1352, relating to the limitation on the use of appropriated

funds to influence certain Federal contracts”; “41 U.S.C. 51-58, Anti-Kickback Act of 1986”; “41 U.S.C. 423,

Procurement Integrity Act”; “48 C.F.R. Subpart 9.5, relating to conflicts of interest”; and “29 CFR Part 471,

including the posting of the employee notice prescribed at 29 CFR Part 471, Appendix A to Subpart A”. Así

mismo, el Proveedor acuerda no ofrecer ni dar regalos en nombre de IBM a terceras personas, incluyendo sin

limitarse a, empleados u oficiales del Gobierno de los Estados Unidos de América.

El Proveedor incluirá en cada contrato de nivel inferior que suscriba, las cláusulas de transferencia (Flow

down clauses) que repliquen lo anterior, según es requerido por FAR y DFAR. En caso de discrepancia entre

el lenguaje de una Orden de Compra, y las cláusulas de transferencia, incluyendo las disposiciones de FAR y

DFAR, estas últimas prevalecerán.

3.27.3 PROHIBICIÓN DE CONTRATAR CON LABORATORIOS

KASPERSKY

De conformidad con “F.A.R. 52.204-23 – Prohibition on Contracting for Hardware, Software, and services

Developed by Kaspersky Lab and Other Covered Entities”

1. Definiciones. Conforme se establecen en esta cláusula.

Artículos cubiertos se refiere a hardware, software, u otro servicio que:

(a) Sea desarrollado o prestado por una entidad encubierta;

(b) Incluya hardware, software, u otro servicio desarrollado o suministrado, total o parcialmente, por

una entidad encubierta; o

(c) Contenga componentes que utilicen hardware o software desarrollado, total o parcialmente, por

una entidad encubierta.

Una entidad encubierta es:

(a) Laboratorios Kaspersky;

(b) Cualquier subsidiaria o sucesor de Laboratorios Kaspersky;

(c) Cualquier entidad que controle o sea controlada por o esté bajo el control de Laboratorios

Kaspersky; o

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(d) Cualquier entidad en la que Laboratorios Kaspersky tenga una participación mayoritaria.

2. Prohibición. Sección 1634 de “Division A of the National Defense Authorization Act for Fiscal Year 2018”

(Pub. L. 115-91). El Proveedor tiene prohibido:

(a) Suministrar artículos encubiertos para ser utilizados por el Gobierno, a partir del 1 de Octubre del

2018; y

(b) Utilizar artículos encubiertos, a partir del 1 de Octubre del 2018, en el desarrollo de datos o

entregables producidos inicialmente bajo el cumplimiento de esta Orden de Compra.

3. Requerimiento de Reportes.

(a) En caso de que el Proveedor identifique un artículo encubierto que fue suministrado al Gobierno,

durante la ejecución de la Orden de Compra, o si el Proveedor es informado de tal circunstancia por un sub-

contratista o cualquier otra fuente, el Proveedor reportará, por escrito, al Oficial del Contrato, o en el caso del

Departamento de Defensa, cuando corresponda, al sitio web https://dibnet.dod.mil/. Para contratos de entrega

indefinida, el Proveedor reportará al Oficial del Contrato de cualquier orden afectada o en el caso del

Departamento de Defensa, identificará en el reporte suministrado en https://dibnet.dod.mil/, tanto el Contrato

de Entrega Indefinida como las órdenes afectadas.

(b) El Proveedor reportará la siguente información, de acuerdo en el párrafo (c)(1) de esta cláusula:

(i) En el plazo de un (1) día hábil desde la identificación o notificación: el número de

contrato, el número de orden, si aplica, nombre del Proveedor, marca, modelo (número del fabricante

original del equipo, número del fabricante de partes, o número del revendedor), descripción del

artículo, y cualquier información legible sobre acciones de mitigación tomadas o recomendadas.

(ii) En el plazo de diez (10) días hábiles, después de haber enviado el reporte, de

conformidad con el párrafo (c)(1) de esta cláusula: Cualquier información adicional disponible sobre

acciones de mitigación tomadas o recomendadas. En adición, el Proveedor describirá los esfuerzos

que realizó para prevenir el uso o remisión de un artículo encubierto, las razones que condujeron al

uso o remisión del artículo encubierto y cualquier esfuerzo adicional que se tomará para prevenir el

uso o remisión de artículos encubiertos.

(d) Sub-contratristas. El Proveedor incluirá esta clausula, incluyendo su párrafo (d) en todos sus subcontratos,

incluyendo los subcontratos para adquisición de artículos comerciales.

3.27.4 CUMPLIMIENTO DE CLÁUSULAS DE IGUALDAD DE

OPORTUNIDADES

El Proveedor y sus subcontratistas autorizados estarán sujetos a los requerimientos de la normativa 41 CFR

60-300.5(a). Esta regulación prohíbe la discriminación de veteranos calificados como protegidos y requiere la

implementación de acciones afirmativas por parte de los contratistas y subcontratistas sujetos a la regulación,

a fin de emplear y promover en el empleo a veteranos protegidos (41 CFR 300.5(d)).

El Proveedor y sus subcontratistas autorizados estarán sujetos a los requerimientos de la normativa 41 CFR

60-741.5(a). Esta regulación prohíbe la discriminación de personas calificadas, por razones de discapacidad, y

requiere la implementación de acciones afirmativas por parte de los contratistas y subcontratistas sujetos a la

regulación, a fin de emplear y promover en el empleo a individuos con capacidades especiales. 60-741.5(d)

3.27.5 NOTIFICACIÓN DE INHABILITACIÓN/SUSPENSIÓN

De conformidad con la normativa F.A.R. 52.209-6, el Proveedor certifica, a través de la aceptación de esta

Orden de Compra por escrito, que: a la fecha de emisión de esta Orden de Compra ni el Proveedor, ni ninguno

de sus directores se encuentran suspendidos, o inhabilitados o con una solicitud de inhabilitación por parte de

cualquier autoridad Gubernamental o Federal. Así mismo, el Proveedor suministrará aviso por escrito,

inmediatamente (vía correo electrónico) a IBM en caso de que, durante la ejecución de esta Orden de Compra,

el Proveedor o alguno de sus directores sea suspendido o inhabilitado o con una solicitud de inhabilitación por

parte de cualquier autoridad Gubernamental o Federal. En caso de que el Proveedor o alguno de sus directores

se encuentre inhabilitado o suspendido o con una solicitud de inhabilitación de alguna autoridad

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Gubernamental o Federal, el Proveedor no aceptará esta Orden de Compra y contactará inmediatamente a

IBM. Sin perjuicio de lo anterior, si por alguna razón, el Proveedor ha aceptado esta Orden de Compra y ya

sea el Proveedor o sus directores se encontrasen, actualmente, inhabilitados, suspendidos o con una solicitud

de inhabilitación, esta Orden de Compra será inválida y no tendrá efecto alguno, e IBM no tendrá ninguna

responsabilidad con el Proveedor por esta Orden de Compra.

3.27.6 CUMPLIMIENTO CON CLÁUSULAS DE INCAPACIDAD

Conforme sea aplicable, el Proveedor y sus subcontratistas estarán sujetos a la normativa F.A.R 52.222-62,

Decreto Ejecutivo 13706, y a las regulaciones de la normativa 29 CFR part 13. En tanto sea permitido por

estas autoridades, el subcontratista deberá incluir estas cláusulas en sus contratos y en cualquier subcontrato

que mantenga.

3.27.7 CUMPLIMIENTO CON CLÁUSULAS DE CAPACITACIÓN

SOBRE PRIVACIDAD

Conforme sea aplicable, el Proveedor y sus subcontratistas estarán sujetos a la normativa F.A.R 52.224-3. En

tanto sea permitido por estas autoridades, el subcontratista deberá incluir estas cláusulas en sus contratos y en

cualquier subcontrato que mantenga.

3.27.8 CONFLICTOS DE INTERÉS

Durante la ejecución de esta Orden de Compra, será responsabilidad del Proveedor evitar: (1) cualquier

conflicto, efectivo o aparente, entre los deberes y obligaciones del Proveedor frente a terceros, incluyendo

autoridades Federales, y los deberes y obligaciones del Proveedor bajo esta Orden de Compra; y (2) Revelar

información que podría transgredir tales derechos y obligaciones con terceras personas. Durante la ejecución

de esta Orden de Compra, el Proveedor no hará ni participará en llamadas comerciales o contactos con

autoridades federales u otras, que puedan dar origen a la posibilidad o apariencia de un conflicto de interés o a

un conflicto de interés real. Así mismo, el Proveedor acuerda que si con posterioridad a la emisión de esta

Orden de Compra, el Proveedor tiene conocimiento de un conflicto de interés o de alguna situación que pueda

parecer un conflicto de interés, que se origina por alguna relación que se haya creado o se esté creando entre

el Proveedor o los empleados del Proveedor y un tercero o con alguna entidad gubernamental, el Proveedor

deberá comunicar de inmediato tal circunstancia a IBM e IBM estará facultada, a su entera discreción, para

dar por terminada la presente Orden de Compra al momento del aviso. En caso de terminación de la Orden de

Compra por esta razón, IBM únicamente será responsable de pagar al Proveedor los servicios efectivamente

prestados por el Proveedor, a satisfacción de IBM, al momento de terminación.

3.27.9 PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS

En tanto los trabajos o servicios contratados por IBM, bajo esta Orden de Compra, sean para venta final al

Gobierno de los Estados Unidos, el Gobierno de los Estados Unidos tendrá derechos ilimitados y derechos

con propósito gubernamental sobre los trabajos asociados de derechos de autor, según las disposicones del

contrato principal Federal aplicable.

En tanto los trabajos o servicios contratados por IBM, bajo esta Orden de Compra, sean para venta final al

Gobierno de los Estados Unidos, el Proveedor podrá presentar un reclamo asociado contra el Gobierno de los

Estados Unidos, solamente si cuenta con el respaldo de IBM, respaldo que será otorgado por IBM a su entera

discreción.

3.27.10 GARANTÍAS ADICIONALES

El Proveedor garantiza lo siguiente:

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1. Toda la información suministrada o que vaya a suministrar a IBM no infringe ninguna ley,

reglamento o directriz de ninguna entidad Federal o gubernamental de los Estados Unidos de

América relacionadas con la integridad del proceso de compra y no ha sido obtenida de documentos

confidenciales u otras fuentes confidenciales del Gobierno;

2. No es empleado Federal o del Gobierno ni es consultor de ninguna agencia o entidad Federal o

Gubernamental ni de ningún tercero que tenga un conflicto o aparente tener un conflito con el objeto

de esta Orden de Compra;

3. Ninguna persona que sea un exoficial o exempleado del Gobierno de los Estados Unidos será

contratado o resarcido por los servicios prestados, bajo esta Orden de Compra, dentro del año

siguiente al otorgamiento de algún beneficio al comprador, con un valor superior a $10 millones,

conforme lo define el “Procurement Integrity Act, 41 USC, 423” y sus reglamentos; (b) No pagará

compensación alguna a ningún oficial del Departamento de Defensa de los Estados Unidos, cubierto

por la ley “847 of the National Defense Authorization Act for Fiscal Year 2008, Pub. L. No. 110-

181”, salvo que la persona de que se trata haya conseguido anteriormente, una opinión ética por

escrito del “DoD ethics counselor”; y (c) Inmediatamente, a solicitud y entera discreción de IBM,

removerá a cualquier empleado, subcontratista y/o agente del Proveedor de las instalaciones de IBM

y se compromete a no reasignarlo a ninguna otra instalación de IBM bajo esta Orden de Compra;

4. Verificar y asegurarse que todas las personas que trabajen para el Proveedor obtengan una copia de

la Guía de Conducta de Negocios y la Guía de Sector Público de los Estados Unidos de América

(conjuntamente, las “Guías”) y tanto el Proveedor como sus empleados revisarán las Guías y

apoyarán a IBM en el cumplimiento de las Guías;

5. (a) Ni el Proveedor ni sus empleados o cualquier otra persona a ser contratada por el Proveedor

(previa autorización de IBM) mantendrán comunicaciones con empleados de Agencias Federales,

Miembros del Congreso u otro empleado con la intención de influir la adjudicación de contratos a

IBM; (b) No realizará actividades de lobby a favor de IBM, conforme las definiciones del “Lobbying

Disclosure Act of 1995, 2 U.S.C, 1601 e seq.”; (c) El Proveedor, sus empleados y cualquier otra

persona contratada por el Proveedor que hayan sido aprobados por IBM para prestar servicios bajo

esta Orden de Compra, conocen y acuerdan cumplir con y asistir a IBM en el cumplimiento de las

siguientes obligaciones (incluyendo obligaciones de reporte que IBM o el Proveedor puedan tener en

relación con lo siguiente):

i. El “Procurement Integrity Act, 41 U.S.C. 423” y sus reglamentos de implementación

(“Federal Acquisition Regulations/FAR 3.104 et. Seq.”);

ii. “Government regulations implementing organizational and consultant conflicts of interest,

section 8141 of the 1989 Department of Defense Appropriation Act, Public law 100-463

(1988)” y “Conflict of Interest Policies Applicable to Consultants (FAR Subpart 9.5)”;

iii. “Limitations on the use of appropriated funds to influence certain federal contracting and

financial transactions (the Byrd Amendment), 31 U.S.C. 1352” y sus reglamentos de

implementación (FAR Subpart 3.8);

iv. “The policies and procedures restricting contingent fee arrangements for soliciting or

obtaining Government contracts, see 48 C.F.R. Subpart 3.4”;

v. “The revolving-door restrictions set out in 18 U.S.C. Section 207” y sus reglamentos de

implementación.

vi. De conformidad con “F.A.R. 52.203-11, Certification and Disclosure Regarding Payments

to Influence Certain Federal Transactions” y con “F.A.R. 52.203-12, Limitation on

Payments to Influence Certain Federal Transactions”, el Proveedor declara y certifica que,

según su leal saber y entender, no se han pagado ni se pagarán fondos federales a ninguna

persona con el fin de influir o intentar influir a un oficial o empleado de alguna agencia

gubernamental, miembro del Congreso u otro empleado, para la adjudicación de esta Orden

de Compra.

Si alguna persona registrada, de conformidad con el “Lobbying Disclosure Act of 1995” ha

hecho algún contacto de cabildeo en nombre del Proveedor con relación a esta Orden de

Compra, el Proveedor deberá completar y enviar a IBM una “OMB Standard Form LLL,

Disclosure of Lobbying Activities”, para informarle el nombre de los registrados,

formulario que se puede descargar en el siguiente link: here.

6. Las Cláusulas de la “Federal Acquisition Regulation” o las cláusulas de entidades específicas para la

regulacion de compras (conjuntamente, "Cláusulas F.A.R. ") incluidas por referencia a esta Orden de

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Compra o mediante anexos o documentos incorporados a esta Orden de Compra, incluyendo

Detalles de Trabajo, tendrán efecto a partir de la fecha del Contrato Principal. Si no hay referencia a

un Contrtao Principal, le fecha de vigencia de las Cláusulas F.A.R. será la fecha de entrada en

vigencia de esta Orden de Compra.

________________________________________________________________________________________

3.28 GARANTÍAS CONTÍNUAS

El Proveedor garantiza que:

1. Tiene derecho y capacidad legal para suscribir estos Términos y Condiciones y esta Orden de

Compra.

2. Que conoce, está y se mantendrá (cubriendo sus propios gastos) de conformidad con todas las leyes,

reglas y regulaciones que están o que eventualmente pudieren existir, y sean aplicables a la provisión

de productos y servicios contenidos en el presente contrato incluyendo pero no limitándose a las

leyes laborales, de protección de datos y datos personales, leyes sobre importaciones y

exportaciones, regulaciones y políticas incluyendo pero no limitándose a: (a) asegurar todos los

requisitos de despachos de aduana necesarios, licencias de importación y exportación, exenciones y

realizar todas las solicitudes apropiadas ante las autoridades gubernamentales competentes y/o

revelaciones relacionadas con la divulgación o transferencia a ciudadanos no estadounidenses de

tecnología y software dentro o fuera de los Estados Unidos, divulgación o transferencia de tecnología

y software que tenga contenido estadounidense o derivado de tecnología o software de origen

estadounidense, y (b) acuerda no transferir a IBM ningún hardware, software, información técnica, o

servicios supervisados por la “U.S. International Traffic in Arms Regulations”.

3. Tiene conocimiento de las posibles buenas prácticas y los estándares de seguridad de la cadena de

suministros emitidos por gobiernos y las organizaciones industriales y se compromete a hacer su

mejor esfuerzo para cumplir con ellas.

4. Tiene conocimiento y aplica las leyes, regulaciones, u ordenanzas sobre las características

ambientales y energéticas del producto, prohibiciones del contenido del producto, manejo de la

expiración del producto, devolución del producto y/o la seguridad del mismo relacionado con el

transporte, importación, exportación, distribución, venta y/o uso de los productos del Proveedor

como parte del producto final de IBM.

5. Que tiene conocimiento y aplica las leyes sobre anticorrupción.

6. Que tiene conocimiento y aplica las leyes sobre protección de datos.

7. Que el cumplimiento de los presentes Términos y Condiciones y de esta Orden de Compra no

resultará en un incumplimiento de otro acuerdo o contrato del cual es parte.

8. No existen ni hay amenaza de reclamos, derechos de retención o acciones contra el proveedor que

pudieren interferir con los derechos de IBM que constan en una Orden de Compra.

9. Los productos y servicios no violan cualquier privacidad, publicidad, reputación o derecho de

propiedad intelectual de un tercero.

10. (a) ha sido revelado a IBM la existencia de un código de terceros, incluyendo, pero sin limitarse a

códigos de fuente abierta, que estén incluidos o provistos en virtud de los productos o servicios, y (b)

él y sus productos y servicios cumplen totalmente con acuerdos de licencias aplicables para dichos

códigos de terceros o de fuente abierta.

11. Todos los autores acordaron no hacer valer sus valores morales sobre sus productos y servicios,

según el alcance de la ley.

12. Los productos son libres de defectos en su diseño y libres de defectos en el material y en la mano de

obra.

13. Los productos son seguros para usarlos constantemente y cumplen con las garantías, especificaciones

y requerimientos establecidos.

14. Los productos no contienen un código dañino, y el Proveedor no contratará autoayuda electrónica.

15. Los productos no contienen ( y no son manufacturados usando), substancias que dañan la capa de

ozono conocidos como halones, clorofluorocarbonos, metilcloroformo y tetracloruro de carbono,

según lo definido por el protocolo de Montreal y lo especificado por IBM por escrito.

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16. Los productos son nuevos y no contienen partes usadas o reacondicionadas a menos de que IBM lo

asiente por escrito.

17. No usará, divulgará o transferirá fuera del país ninguna información personal que fuere procesada

para o en favor de IBM, excepto que sea necesaria para la realización de la Orden de Compra.

18. No ofrecerá, prometerá o hará directa o indirectamente ningún pago con el propósito de influenciar

inapropiadamente (o inducir a alguien que influya) decisiones o acciones de entidades

gubernamentales u organizaciones pública internacional.

19. A) Implementará y mantendrá las medidas técnicas y organizacionales apropiadas y cualquier otra

medida necesaria para la protección de datos personales (incluyendo pero no limitándose a no

descargar ninguna información personal proporcionada por el Proveedor en (a) cualquier laptop o (b)

cualquier medio de almacenamiento portable que pueda ser removido del local del Proveedor,

excepto (i) que los datos hayan sido cifrados y (ii) que los datos sean almacenados en un medio de

almacenamiento portable con el único propósito de mover estos datos para almacenamiento fuera del

sitio, B) Le reportará a IBM cualquier infracción a la seguridad de los datos personales

inmediatamente después de descubrirlo (“Incidente de Seguridad”), C) asimismo se compromete a

cooperar totalmente con IBM en investigar cualquier Incidente de Seguridad. D) Se compromete a

cooperar con las solicitudes de IBM de acceder, corregir o destruir información personal que esté en

posesión del Proveedor. E) Cumplirá con todas las instrucciones u otros requerimientos

proporcionados o emitidos por IBM de vez en cuando relacionados a los datos personales.

20. No exportará, directa ni indirectamente, tecnología, software, “commodities” de origen

estadounidense o que tengan contenido estadounidense, suministrado por IBM, a ninguno de los

países incluidos en la “U.S. Export Administration Regulations” o a ciudadanos de tales países,

independientemente de donde se encuentren, salvo que hayan sido autorizados con una licencia

gubernamental o por la normativa aplicable; y

21. No permitirá ni autorizará a su personal a revelar, exportar o rexportar cualquier información de

IBM, o cualquier proceso, o producto que sea producido bajo estos Términos y Condiciones u Orden

de Compra, a menos de que tenga previa autorización y esté acorde con las leyes, regulaciones y

directrices federales y gubernamentales aplicables, incluyendo las regulaciones de control de

exportación de los Estados Unidos.

________________________________________________________________________________________

4.0 CLÁUSULAS GENERALES:

4.1 COMUNICACIONES / NEXO

Las comunicaciones entre IBM y el Proveedor serán llevadas a cabo a través del Departamento de Compras

de IBM, salvo que la Orden de Compra indique otro canal de comunicación. IBM podrá requerir que el Proveedor instale en sus dependencias equipos de comunicación y transmisión

electrónica de datos, tales como tele facsímil, télex, terminal, módems, etc., a fin de alcanzar niveles de

eficiencia que permitan la eliminación progresiva del intercambio de documentación técnica y comercial en

medios físicos.

Todos los intercambios de información entre las Partes, de conformidad con esta Orden de Compra, serán

considerados no confidenciales. Si las partes desean intercambiar información confidencial, estos

intercambios deberán hacerse bajo un contrato de confidencialidad, escrito. Respecto de la información

personal de los empleados del Proveedor que el Proveedor brinde a IBM, el Proveedor obtendrá el

correspondiente consentimiento informado de su personal, para divulgar la información a IBM y para

autorizar a IBM a utilizar, revelar, y transmitir dicha información globalmente, a IBM y sus afiliadas, en

relación con esta Orden de Compra.

________________________________________________________________________________________

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4.2 LEGISLACION APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Salvo que se establezca lo contrario, para un asunto específico, este documento se rige bajo las leyes de la

República de Costa Rica. Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse del

presente documento, o el negocio y la materia a la que este se refiere, su ejecución, incumplimiento,

liquidación, interpretación o validez, se resolverán por medio de arbitraje de conformidad con los reglamentos

del Centro Internacional de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Costarricense-Norteamericana de

Comercio (“CICA”), a cuyas normas las partes se someten en forma voluntaria e incondicional.

Cualquier reproducción de esta Orden de Compra, por medios fidedignos, será considerada un original de esta

Orden de Compra. La Convención de Naciones Unidas sobre Compraventa Internacional de Mercaderías no

será aplicable a esta Orden de Compra. Salvo que la legislación local disponga algo diferente, y sin que sea

posible la aplicación de la cláusula de renuncia, cualquier acción legal o reclamo relacionado con esta Orden

de Compra deberá presentarse en un plazo máximo de dos (2) años, a partir de la fecha en que la causa del

reclamo se originó.

Tanto las licencias shrinkwrap y clickwrap que acompañen cualquier producto de software, así como términos

en línea, o términos de servicio relacionados con servicios prestados en línea serán nulos y los términos y

condiciones de esta Orden de Compra prevalecerán.

_______________________________________________________________________________________

4.3 IMPUESTOS

El Proveedor es responsable y deberá pagar todo impuesto, cargo, honorario, tasa o cualquier gravamen

aplicable, impuesto o cobrado por cualquier entidad gubernamental (o subdivisión política asociada) en

cualquier lugar del mundo, por ventas de productos o servicios, o ventas, uso, transferencia, activos o

servicios, o impuesto al valor agregado o cualquier otro deber u honorario relativo a cualquier pago de IBM al

Proveedor por productos y/o servicios suministrados a IBM bajo o en virtud de esta Orden de Compra. Si

IBM provee un certificado de pago directo, certificación de pago de impuesto o tasa reducida de impuesto

aplicable por una autoridad impositiva, entonces el Proveedor acuerda no facturar, ni pagar dicho impuesto al

menos que, y hasta que la respectiva autoridad impositiva valore tal impuesto, momento en el cual el

Proveedor deberá facturar e IBM acuerda pagar tal impuesto que sea legalmente debido. IBM retendrá

impuestos según requerido por la ley aplicable sobre pagos realizados al Proveedor, y remitirá al Proveedor

únicamente los fondos netos resultantes.

Orden de

Compra_________________________________________________________________________________

_______

4.4 PAQUETES / TRANSPORTE

El Proveedor cumplirá con: (i) todos los requerimientos de descripción de los países de origen y con todas las

instrucciones de IBM para exportaciones a IBM, (ii) todos los requerimientos de embalaje y etiquetado

establecidos en esta Orden de Compra, y (iii) las guías de rutas de transporte establecidas en esta Orden de

Compra y las guías de trasporte, que se podrán consultar en el siguiente link: Shipping transportation

guidelines. Los requisitos mínimos para (i) y (ii), por defecto, son las Instrucciones para Envíos

transfronterizos de IBM Corporation, contenidas en el siguiente link: Instructions for cross-border

shipments to IBM Corporation. ________________________________________________________________________________________

4.5 RESCISIÓN

IBM podrá terminar la Orden de Compra en caso de concurso, quiebra o cualquier otra manifestación de

insolvencia del proveedor, inclusive la designación de interventores, liquidadores o administradores por

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intervención judicial por órgano judicial o administrativo. Adicionalmente, IBM podrá terminar

anticipadamente este Pliego o cualquier Orden de Compracon una notificación entregada con 5 días

calendario de anticipación y las partes acuerdan que IBM no deberá indemnizar al Proveedor ante una

eventual terminación anticipada. IBM abonará una parte prorrateada del total de la Orden de Compraigual al porcentaje de trabajos

realizados satisfactoriamente a la fecha de rescisión y no abonadas previamente, pudiendo IBM realizar las

acciones legales que considere necesarias. Todas las Órdenes de compra quedarán automáticamente canceladas con dicha terminación, siendo

extensivas a todos los acuerdos logrados a dicho momento. ________________________________________________________________________________________

4.6 FUERZA MAYOR

Todo caso de Fuerza Mayor deberá ser asumido por el Proveedor, siendo absoluta responsabilidad de éste el

cumplimiento de lo pactado en la Orden de Comprarespectiva. Las situaciones de excepción serán contempladas en forma individual y a criterio de IBM si el Proveedor

notifica a IBM dentro de los siete (7) días calendarios del acaecimiento o de su potencial ocurrencia. ________________________________________________________________________________________

4.7 RENUNCIA, ADDENDA

La omisión deIBM de ejercer sus derechos bajo esta Orden de Compra no se considerará una renuncia a sus

derechos. Si IBM no insiste en el estricto acatamiento a cualquiera de los términos del presente o la omisión

por parte de IBM de actuar en caso de incumplimiento o violación no será interpretada como un

consentimiento o renuncia de derecho sobre estos ni ningún otro término del presente.

Ninguna modificación, adendum, complemento o renuncia relacionada con esta Orden de Compra será

obligatoria para las partes, salvo que conste por escrito y sea debidamente firmada por las partes con

referencia específica a esta Orden de Compra. ________________________________________________________________________________________

4.8 NOTIFICACIONES

Toda notificación que se requiera o que se permita hacer o dar a la otra parte según el presente, se

considerará como efectivamente realizada u otorgada en la fecha de imposición por correo (certificado),

prepago, a la dirección expresada en el presente pliego o en la Orden de Compra. ________________________________________________________________________________________

4.9 ÚLTIMA REVISIÓN POR IBM

Febrero, 2019