conceptos basicos sobre peritaje contable judicial
TRANSCRIPT
-
8/18/2019 Conceptos Basicos Sobre Peritaje Contable Judicial
1/4
CONCEPTOS BASICOS SOBRE PERITAJE CONTABLE JUDICIAL
PERITO:
Del latín perītus, un perito es una persona experimentada, h!i" o entendida enuna #ien#ia o arte. El perito es el experto en una determinada materia que, gracias a sus
conocimientos, actúa como fuente de consulta para la resolución de conflictos.
En un juicio, pueden encontrarse peritos judiciales (que son nombrados por el juez)
y peritos de parte (propuestos por los inolucrados). Estos peritos aportan sus
conocimientos especializados sobre los asuntos en litigio.
El perito cuenta con estudios superiores y suministra información fundada bajo juramento.
Esto quiere decir que el perito no realiza suposiciones o brinda su opinión, sino que e!plicauna situación confusa o compleja de acuerdo a sus estudios. De esta manera, el juez
recibe información que le aporta razones o argumentos a la "ora de dictar su fallo.
PERICIA:
#a peri#ia (del latín peritĭa) es la ha!i"idad, sa!id$r%a y experien#ia en una
determinada materia. $omo decimos, este t%rmino procede del latín y m&s concretamente
de un ocablo que se encuentra conformado por dos partes claramente identificadas' la
palabra periens, que puede traducirse como probado, y el sufijo * ia, que es indicatio decualidad.
+uien cuenta con pericia recibe el nombre de perito' se trata de un especialista que suele
ser consultado para la resolución de conflictos.
na pericia puede ser un estudio que desarrolla un perito sobre un asunto encomendado
por un &$e', un tri!$na" u otra autoridad, que incluye la presentación de un informe(el in(orme peri#ia" o di#tamen peri#ia"). Este informe puede conertirse en una pr$e!a
peri#ia" y contribuir al dictado de una sentencia.
DICTA)EN:
Del latín dictamen, un di#tamen es un &$i#io desarrollado o comunicado respecto a alguna
cuestión. El t%rmino no tiene una utilización demasiado frecuente en el lenguaje cotidiano,
sino que est& m&s asociado al &mbito judicial o legislatio.
El dictamen, por lo tanto, puede ser una senten#ia de #ar#ter &$di#ia" *$e pron$n#ia
$n tri!$na" o $n &$e'. De este modo, se da por finalizado una causa o un litigio. #o que
http://definicion.de/ciencia/http://definicion.de/artehttp://definicion.de/juicio/http://definicion.de/materia/http://definicion.de/peritohttp://definicion.de/tribunal/http://definicion.de/juicio/http://definicion.de/artehttp://definicion.de/juicio/http://definicion.de/materia/http://definicion.de/peritohttp://definicion.de/tribunal/http://definicion.de/juicio/http://definicion.de/ciencia/
-
8/18/2019 Conceptos Basicos Sobre Peritaje Contable Judicial
2/4
"ace el dictamen es reconocer el dere#ho de alguno de los interinientes en el proceso,
estableciendo la obligación a la otra parte de aceptar la resolución y respetarla.
PERITO JUDICIAL:
-ara la eal /cademia Espa0ola la definición de perito es' persona que, poseyendo
determinados conocimientos científicos, artísticos, t%cnicos o pr&cticos, informa, bajo
juramento, al juzgador sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su especial
saber o e!periencia. En cuanto a judicial, lo define como perteneciente o relatio al juicio,
a la administración de justicia o a la judicatura.
-uede definirse tambi%n como el profesional con conocimientos especializados y
reconocidos, mediante estudios superiores, que se encarga de dar información u opinión
fundamentada a los tribunales de justicia sobre puntos litigiosos que son materia de suinforme. 1iene un título en alguna materia o ciencia de importancia en la resolución de
conflictos. 2u función es proporcionarle al juez una opinión fundada de una persona con
especialidad en una determinada rama de conocimiento que el juez no est& obligado a
dominar. $on esto le facilita a %ste argumentos o razones para que pueda formar su
conencimiento.
PERITO CONTABLE:
Es el e!amen y estudio que realiza el -erito $ontable sobre un problema encomendado,
para luego entregar su informe o dictamen pericial sujeto a lo dispuesto por la #ey.
Es el especialista conocedor, llamada para emitir el dictamen sobre algunos asuntos
litigiosos y3o controertidos de naturaleza contable. El juez ser& el encargado de nombrar
en un proceso judicial como perito a personas proistas de titulo profesional, en este
caso contadores públicos colegiados que reúnan las condiciones científicas y t%cnicas,
adem&s de e!periencia profesional.
CLASES DE PERITOS:
Perito De Parte
2on nombrados o requeridos a solicitud de las partes en litigio, cuya finalidad es presentar
sus puntos de ista debidamente fundamentadas. El nombramiento de los peritos de parte
no necesariamente debe ser los que figuran en las nóminas oficiales del poder judicial,
pueden ser -rofesionales niersitarios con e!periencia ($ontadores, 4%dicos, 5ngenieros,
/sistentes 2ociales, etc. Depende de la materia que se quiere demostrar).
Perito Dirimente
http://definicion.de/derechohttp://definicion.de/derecho
-
8/18/2019 Conceptos Basicos Sobre Peritaje Contable Judicial
3/4
Estos son nombrados por el poder judicial, a fin de deslindar una tercera posición y
discrepancias e!istentes frente a los informes presentados por otros peritos. El juez
nombrar& de la nómina que figura oficialmente en la corte.
PERICIA CONTABLE:
Es la labor de inestigación desarrollada por un $ontador -úblico $olegiado en un
proceso judicial, contando con la información del e!pediente judicial, los libros y registros
de contabilidad y la información de las partes y de terceros y realizando la aplicación de
m%todos y procedimientos que le permiten esclarecer los "ec"os puestos a su
consideración.
PERITAJE CONTABLE:
Es el documento que el -erito presenta como resultado de su labor, el cual contiene una
estructura aprobada en el 65 $ongreso de $ontadores -úblicos del -erú, se le conoce
tambi%n como informe pericial o prueba pericial o informe contable judicial.
NOR)A:
Norma es un t%rmino que proiene del latín y significa +es#$adra. na norma es
una re-"a que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas #ond$#tas o actiidades.
En el &mbito del dere#ho, una norma es un precepto jurídico.
#as normas &$r%di#as pueden diidirse en normas imperati.as (son independientes de la
oluntad del sujeto ya que %stos no pueden prescindir de su contenido) y normas
dispositi.as (son prescindibles a partir del principio de autonomía de la oluntad).
PROCEDI)IENTO:
Pro#edimiento es un t%rmino que "ace referencia a la acción que consiste en pro#eder ,
que significa actuar de una forma determinada. El concepto, por otra parte, est& inculado
a un m/todo o una manera de ejecutar algo.
n procedimiento, en este sentido, consiste en se-$ir #iertos pasos prede(inidos para
desarrollar una labor de manera eficaz. 2u objetio debería ser único y de f&cil
identificación, aunque es posible que e!istan diersos procedimientos que persigan el
mismo fin, cada uno con estructuras y etapas diferentes, y que ofrezcan m&s o menos
eficiencia.
En el campo del dere#ho, se conoce como procedimiento a una actuación que sedesarrolla a partir de un tr&mite judicial. En este conte!to se asume el respeto por diersas
http://definicion.de/conducta/http://definicion.de/derechohttp://definicion.de/metodo/http://definicion.de/derechohttp://definicion.de/conducta/http://definicion.de/derechohttp://definicion.de/metodo/http://definicion.de/derecho
-
8/18/2019 Conceptos Basicos Sobre Peritaje Contable Judicial
4/4