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Guía CONCEJO DE PEREIRA - Modelo Naciones Unidas Liceo Taller San Miguel - TSMMUN II 1 CONCEJO DE PEREIRA

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Guía CONCEJO DE PEREIRA - Modelo Naciones Unidas Liceo Taller San Miguel - TSMMUN II 1

CONCEJO DE PEREIRA

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1. CARTA DE BIENVENIDA

Delegados y delegadas, reciban un cordial saludo.

Me complace darles la bienvenida a la segunda edición de TSMMUN 2020 y con ella al Concejo de Pereira. Esta es la primera vez que se incorpora la comisión al modelo y quiero que sepan que tengo expectativas muy altas de cada uno de ustedes. Mi nombre es Sofía Aguirre Ospina, soy estudiante de grado doce del Liceo Taller San Miguel y es un honor ser su presidenta en una comisión que se relaciona estrechamente con mis intereses personales. Espero que participar en este modelo sea una experiencia sumamente enriquecedora para ustedes, así como lo es para mi. El Concejo de Pereira será una comisión que busca contribuir con varias problemáticas que se han venido presentando en la ciudad, tales como, drogadicción, desempleo o corrupción. Por esto, es necesario que vean su participación en la comisión como un reto personal y se esfuercen para proponer soluciones efectivas que puedan tener un impacto local. Su participación es una oportunidad para que practiquen y desarrollen habilidades de expresión oral y solución de problemas de manera diplomática y pacífica. Aprovechen el modelo y disfruten. Si tienen alguna duda o dificultad no duden en contactarme, muchos éxitos.

Sofía Aguirre OspinaPresidenta

[email protected]

Cordial saludo delegados y delegadas.

Mi nombre es Jacobo Marín Restrepo, soy estudiante de derecho de la Universidad Libre de Pereira y me despierta gratitud el hecho de haber sido convocado a presidir en este comité. Me colma de felicidad saber que asistirán a un ejercicio de aprendizaje, participación y oratoria tan enriquecedor como lo es un Modelo de Naciones Unidas. Al igual que mi copresidenta, me gustaría aclarar que las expectativas para este comité son altas, haciendo específica claridad en el compromiso y rigurosidad investigativa que espero por parte de cada uno de ustedes para desenvolverse en la plenaria y representar de la mejor manera al correspondiente concejal, aún más teniendo en cuenta que se simulará el Concejo de Pereira, realidad que nos atañe y a la que nos vemos expuestos día tras día en la cotidianidad. Les comunico mi especial atención y compromiso para resolver sus dudas y ser de ayuda siempre que lo requieran. Sin más preámbulo, una calurosa bienvenida a TSMMUN 2020 y al Concejo de Pereira.

Jacobo Marín Restrepo.Presidente.

[email protected]

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2. INTRODUCCIÓN AL COMITÉ

Para entender qué es el Concejo de Pereira, primero es necesario acercarnos de manera general al concepto de Concejo Municipal. Un Concejo Municipal colombiano es una corporación política y administrativa que es elegida cada 4 años popularmente. Es integrado por más de 7 y menos de 21 miembros. Este órgano es el encargado de hacer control político al alcalde, aprobar o modificar el plan de desarrollo propuesto para la ciudad y proponer proyectos de acuerdo que se asemejan a los proyectos de ley pero se dan a escala municipal. También se puede entender que el Concejo Municipal es un Senado a escala local que no tiene la facultad de cambiar o reformar leyes pero cumple la función de control político.

El Concejo Municipal debe contribuir al desarrollo integral de la ciudad y sus habitantes. Sin embargo, los proyectos de acuerdo que un concejal puede proponer se ven limitados pues este funcionario no tiene acceso al fisco del municipio. Esto significa que los proyectos de acuerdo que sean propuestos no pueden tener ningún costo para la ciudad. El Concejo también se encarga de aprobar el porcentaje de presupuesto que se destina a cada área pública, por ejemplo, salud, educación, turismo, entre otros.

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A lo anterior, el Concejo Municipal de Pereira está compuesto por tres comisiones. La comisión primera se encarga de analizar el plan de desarrollo propuesto por el alcalde y de supervisar el manejo de los bienes. La comisión segunda tiene la tarea de manejar el presupuesto y todos los asuntos fiscales. Y por último, la comisión tercera se concentra en la administración y los asuntos generales. En las sesiones del concejo se cita en algunas ocasiones solo a una comisión o se citan todas las comisiones a una sesión de plenaria.

En las sesiones del Concejo siempre hay un presidente, un vicepresidente, un segundo vicepresidente, estos son concejales y cambian cada año, cumplen con la función de moderadores pero a la hora de votar cuentan con el mismo poder que los otros miembros del concejo. Además de esto hay un secretario general que es un funcionario público aparte de los concejales. El Concejo de Pereira se compone por 19 personas, que se encuentran organizadas en bancadas según su partido político, los miembros de la bancada deben ponerse de acuerdo en si desean tomar una decisión como bancada a la hora de votar o darle libertad a cada individuo de tomar su propia decisión. Esto lo debe comunicar el vocero de la bancada al momento de votar. Todo esto está consagrado en la ley de bancadas.

Para que se apruebe un proyecto de acuerdo en el Concejo deben votar la mitad de los concejales más uno de ellos a favor de este. Además, los proyectos de acuerdo deben ser revisados y aprobados por el alcalde para garantizar que no signifiquen una inversión monetaria.

2.1. PODERES Y FUNCIONES

Haciendo énfasis en que la Constitución Política de Colombia es una norma jerárquicamente superior a las demás (leyes, decretos, ordenanzas, acuerdos, mandatos), estando únicamente por debajo del denominado “Bloque de Constitucionalidad”, que contiene los tratados internacionales adoptados por el Congreso de la República a través de las leyes aprobatorias, creando así una responsabilidad internacional por medio de la fuerza vinculante.

La Constitución es entonces, la codificación del funcionamiento de los órganos colegiados de materia estatal (entre ellos se encuentran los concejos municipales, las asambleas departamentales, los ministerios, alcaldías, gobernaciones, fiscalías, Senado de la República y Cámara de Representantes, etc), y básicamente lo referente al Estado y sus poderes, así como las personas naturales que lo lideran o que para él trabajan, siendo incluído a su vez uno de sus deberes más importantes con la Nación, ser garante y protector de los derechos constitucionales allí invocados. La Carta Magna nos enuncia claramente, en su artículo 313 que corresponde a los concejos lo siguiente:

1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.

3. Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al Concejo.

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4. Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.

5. Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.

6. Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta.

7. Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.

8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.

9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.

10. Las demás que la Constitución y la ley le asignen (Constitución Política de Colombia, 1991).

Cabe mencionar que según el numeral 10, las leyes y decretos con fuerza de ley que complementen las facultades y el funcionamiento de los concejos municipales serán de obligatorio cumplimiento, además de adquirir fuerza constitucional.

Es entonces coherente consolidar que, en resumen, el concejo municipal ejerce una constante labor administrativa y política; siendo protagonista del desarrollo de su respectivo municipio, toda vez que dentro de sus labores ordinarias está llevar a cabo los procesos referentes a la planeación del desarrollo, la ejecución de los programas y proyectos presentados por el alcalde en su plan de acción, el seguimiento y evaluación de los mismos, y a su vez el control político de las actuaciones de la administración municipal. Es decir que el concejo funge como un veedor de los recursos del municipio, promoviendo su correcta utilización.

2.2. HISTORIA DEL COMITÉ

Colombia tiene dentro de su historia antecedentes de haber sido una colonia española, es por esto que muchos aspectos de la religión, el idioma y el gobierno se asemejan a la cultura española. Los Concejos Municipales se crean con base a los Cabildos de España, un organismo administrativo y representativo de la comunidad. En la

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época de la colonia, los Cabildos tenían la función de ser los códigos que contenían instrucciones para fundar y organizar los pueblos.

La Constitución de 1886, en su artículo 198, dispuso que en cada distrito municipal hubiera una corporación popular que se denominaría Concejo Municipal, elegida por el voto directo y secreto de los ciudadanos vecinos del mismo distrito. La misma Constitución dispuso, en su artículo 200, que “la acción administrativa en el Distrito corresponde al Alcalde, funcionario que tiene el doble carácter de agente del Gobernador y mandatario del pueblo”. En su artículo 65, estableció que en todo municipio hubiera un Alcalde, que ejercería las funciones de agente del Gobernador y que será Jefe de la Administración Municipal (Fernández, 2005, p.13).

Al ser una república unitaria descentralizada, Colombia se divide en departamentos. Cada uno de estos 32 departamentos cuenta con un gobierno interno para así distribuir el poder y conferir cierta autonomía a los municipios. Sin embargo, todos los departamentos obedecen a una misma constitución como lo dicta el gobierno centralista. En las ciudades, el alcalde es el máximo mandatario, este es regulado por el Concejo Municipal como fue consagrado desde el año 1886.

3. TEMA A: REPERCUSIÓN EN EL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

3. 1. INTRODUCCIÓN

Es pertinente iniciar aseverando que la drogadicción y su repercusión en la indigencia son temas que suscitan disgusto, y por supuesto preocupación para los habitantes de la ciudad de Pereira, además de mencionar que partiendo del numeral 2 del artículo 313 de la Constitución Nacional, corresponderá al Concejo Municipal: “Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas” (Constitución Nacional, art 313, numeral 2).

El índice de consumo de sustancias psicoactivas en Pereira

y sus alrededores es uno de los más elevados de la nación. El 6,4 % de la población de la región consume drogas; este es un porcentaje alto teniendo en cuenta que la población que hace uso de estas sustancias a nivel nacional se ubica en el 3,6%. Controlar y reducir este consumo no es una tarea fácil para el gobierno, sin embargo, es de vital importancia crear estrategias que permitan la regulación del consumo de sustancias psicoactivas en la ciudad, siendo esta la capital del departamento y el municipio que a su vez registra la mayor concentración de consumo poblacionalmente (Caracol Radio Pereira, 2019).

Cuando se habla de drogadicción, es fundamental mencionar las repercusiones y efectos que esta conlleva. Más allá de tratar las conocidas consecuencias nocivas en la salud que el consumo de sustancias psicoactivas produce, se debe enfocar la atención en las consecuencias a nivel político, económico y social de este fenómeno. También, es labor del Concejo Municipal proponer estrategias y soluciones para este problema que está tan envuelto en la sociedad pereirana. Cabe resaltar que estas posturas deben estar en concordancia con la ideología del partido que represente el Concejal y que no debe salirse de la postura que este represente frente al tema.

3.2. MARCO CONCEPTUAL: EJES POLÍTICOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES

Además de ser un problema de social y de salud, el consumo de drogas representa un problema económico que a su vez va entrelazado con un choque interminable de ideologías que se ven implícitas, en ocasiones inclusive en la política; pues es de recordar que los políticos son la representación de la voluntad soberana del pueblo, y que de hecho, el voto va guiado mayoritariamente por las ideologías morales de los mismos o de sus partidos, es por esto que algunos, característicamente liberales o progresistas, apoyan la dosis mínima como conexa al libre desarrollo de la personalidad, que de hecho es un derecho constitucional que ha presentado mucho revolú con las constantes evaluaciones de la Corte Constitucional.

Contrario sensu, otros se niegan rotundamente a aceptar la dosis mínima pues consideran que no hay nada más nefasto para una sociedad, que el avalar el consumo de

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drogas, y a su vez, mejorar la economía del microtráfico y el narcotráfico, que está directamente relacionada con la violencia y la zozobra social, amplificando el problema. Lo anterior, para los propios juristas y políticos conservadores representa algo asaz violento para la personalidad, afirmando que atentan contra la misma, más teniendo en cuenta las edades en las que el consumo se ve con mayor afluencia, representando un potencial riesgo para la vida, su desarrollo, y plenitud, no solo de los consumidores, sino también de los que se someten a un ambiente hostil de consumo; un claro ejemplo de esto son los niños en los parques públicos o áreas de recreación, que sin tener todavía un criterio fuerte, se ven inmersos en un mundo que no comprenden y del que no tienen control.

Haciendo un ligamen social con la problemática, no hay mejor punto de partida que el problema de salubridad que representa el consumo de drogas para las EPS y organizaciones públicas que prestan servicios de salud; el asunto requiere a su vez atención urgente, pues según “Ricardo Gómez, director médico de Medimás en Risaralda, indicó que en cinco años el número de personas que fueron atendidas por esa EPS por consumir sustancias psicoactivas pasó de 402 a 1.012” (Caracol Radio Pereira, 2019). Partiendo de lo mencionado, se asegura que los casos de consumo que llegaron a la instancia médica aumentaron su cifra con respecto a 2018 en más del 50%, lo cual alerta al concejo municipal, y requiere atención de orden fundamental para todos los concejales. Cabe

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recordar que este flagelo socioeconómico afecta la calidad de vida, la economía y el proyecto de vida de las familias y nuevas generaciones, es por esto debe ser tratado con la mayor eficacia posible.

3.3. SITUACIÓN ACTUAL Y PROBLEMÁTICAS

Para analizar la situación actual, se partirá del Plan Integral Departamental de Drogas Ilícitas para el año 2014 , en el que de una forma bastante ordenada y categorizada se genera una identificación de problemas referente a lo oferta y el consumo, es menester añadir que a la hora de investigar, a su vez en plenaria, sería pertinente implementar planes de identificación y acción ordenados.

Allí se plantea lo siguiente:

PROBLEMAS IDENTIFICADOS EN CONTROL DE LA OFERTA DE DROGAS:

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PROBLEMAS IDENTIFICADOS FRENTE AL CONSUMO DE DROGAS:

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Como fue mencionado anteriormente, el consumo de sustancias psicoactivas en la ciudad de Pereira es de los más altos del país. Este problema se hace aún más grave si se tiene en cuenta que los lugares más populares para el uso de sustancias son zonas públicas donde los menores de edad y la población que no desea involucrarse en el consumo se ve directamente afectada por este.

Uno de los principales puntos en donde se evidencia el consumo de drogas es el Parque Olaya Herrera, en donde en el día se presentaba un alto consumo de marihuana y alcohol, y en la noche se veía consumo de cocaína y heroína. Con ayuda de la alcaldía, hoy en día se han ubicado puestos de control de la policía para regular el consumo en este y en otros parques de la ciudad. Un claro ejemplo de que la vigilancia por parte de la policía no es suficiente es el Parque La Libertad, en dónde está ubicado un CAI permanente y aún así el consumo sigue siendo alto. Varios sectores de la ciudad se ven sometidos a lo anterior.

Además, es lamentable el hecho de que el foco de consumo se concentra mayoritariamente en el rango de 18 a 24 años de edad; siendo la juventud, presente y futuro del país, la más damnificada por la cantidad descomunal de consumo de drogas, que atrofian el proyecto de vida de las personas, atentan contra su salud mental, la buena convivencia, el ambiente saludable, la buena infancia (en caso de los niños que se ven obligados a un vivir en un ambiente rodeado de drogadicción) y muchos más derechos protegidos por la Constitución y la ley.

3.4. ENFOQUES

Las sesiones del Concejo de Pereira se realizan en sesiones de comisión o sesiones de plenaria. Las sesiones que se citarán en TSMMUN II serán sesiones de plenaria, en las que están presentes los 19 concejales. El debate con el tema A se enfocará en el control político, allí los delegados podrán hablar de las consecuencias que trae el consumo de sustancias psicoactivas y deberán proponer mecanismos para su corrección y prevención en la ciudad de Pereira. También deberán analizar las propuestas del Plan de Desarrollo Municipal que están relacionadas con este tema.

3.5. QARMAS

1. ¿Cuáles sustancias psicoactivas generan mayor adicción?2. ¿Qué propuesta está desarrollando la secretaría de salud municipal para los consumidores?3. ¿Qué piensa su bancada político del consumo de drogas, sobre todo con lo referente a la dosis mínima, de no encontrar información, cuáles son las ideologías de su partido al respecto?4. ¿Qué plan de choque tiene la secretaría de gobierno para el microtráfico que se está dando en los distintos espacios, como colegios y universidades?5. ¿El concejo de pereira qué acciones está presentando para este problema de salud pública en sustancias psicoactivas como alcohol, tabaquismo, ácidos, entre otros?

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4. TEMA B: DESVÍO DE RECURSOS EN CONTRATACIÓN PÚBLICA

4.1. INTRODUCCIÓN

En la medida que el concejo de Pereira efectúa de manera ordinaria el ejercicio de sus funciones públicas según la Constitución Nacional, este tiene la facultad de realizar veedurías a los recursos públicos utilizados por la administración municipal y sus funcionarios; es por esto que el mismo tendrá que involucrarse activamente en realizar el control político correspondiente para la defensa del capital otorgado por el Departamento Nacional de Planeación para el municipio. Además compete al concejo aprobar su utilización toda vez que se someterá a votación cualquier intención de inversión en la que la administración municipal pretenda hacer uso de estos dineros.

4.2. MARCO CONCEPTUAL: EJES POLÍTICOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES

Colombia es un estado social de derecho que vela por los intereses de la población, desarrolla actividades contractuales que se deben proteger, garantizando que exista transparencia en todas las acciones, las cuales se deben desarrollar de manera equitativa y eficaz, con protección y vigilancia de los organismos de control, siguiendo una normatividad clara, para evitar la presencia de la corrupción en la contratación estatal, flagelo que frena el crecimiento

económico y perpetua la pobreza; fenómeno influyente en el desarrollo, crecimiento y competitividad de un país, donde los ciudadanos pierden la fe en las instituciones y en sus dirigentes (Serrano, 2014, p.4).

Con el fin de garantizar la protección y el manejo adecuado de los recursos públicos, se creó un órgano de control conocido como la contraloría. Mientras las políticas públicas deben asegurar que los recursos del municipio sean utilizados correctamente y que los contratos sean asignados con total transparencia, la contraloría se encarga de vigilar que estas políticas se cumplan a cabalidad.

La corrupción afecta todos los sectores de un país, se desperdicia el dinero del estado obtenido por medio de los impuestos de los ciudadanos y no se aprovecha en mejoras a la ciudad. Es un fenómeno que claramente afecta directamente a la sociedad, primero, porque al dar los contratos a dedo se están violando muchos de los principios de la contratación pública en colombia y en especial el principio de transparencia. Es necesario tener en cuenta que el principio de transparencia en la contratación estatal comprende aspectos tales como la igualdad respecto de todos los interesados, la objetividad, neutralidad y claridad

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de la reglas o condiciones impuestas para la presentación de las ofertas, entre otros. Se debe respetar la justa competencia por obtener el contrato y este debe ser brindado a la persona o empresa que tenga las aptitudes. Otro de los principios de la contratación pública que se debe observar es el principio de economía, este es el que se encarga de garantizar que el fisco del estado sea aprovechado. Este se concentra en en “Lograr los máximos resultados, utilizando el menor tiempo y la menor cantidad de recursos con los menores costos para el presupuesto estatal (Observatorio Colombiano de Compras Públicas, 2013)”.

4.3. SITUACIÓN ACTUAL Y PROBLEMÁTICAS

El problema del desvío de recursos en contratación pública no es extraño para la ciudad de Pereira, sobre todo con los centros de atención de adultos mayores; ya en el pasado se presentó en reiteradas ocasiones denuncias sobre el desvío de recursos en la capital del eje, concluyendo de hecho con la condena del Ex-secretario de Desarrollo Social de la ciudad para el 2016, Jhon Jairo Lemus, en donde fueron a su vez procesadas otras 5 personas por el mismo asunto, debido a 4 contratos valorados en $700.000.000 que estaban destinados a la atención de los más vulnerables.

Según la Fiscalía General de la Nación fueron sentenciados por estos hechos: Diana Carolina Sánchez Lema, subsecretaria de Población Vulnerable (73 meses de prisión); Diana Inés García Benítez, representante de Fudesa (48 meses); Alejandro Ospina Coll, exfuncionario de la Alcaldía de Pereira (48 meses de prisión); Libardo López Guerrero, representante de la Fundación Fundacol (57 meses y 15 días de prisión); y Carlos Alberto Valencia, quien figuraba como representante de la Fundación Jóvenes del Presente (39 meses de prisión).

Estas personas fueron procesadas en calidad de cómplices de peculado por apropiación, intervención ilícita en la celebración de contratos, contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, falsedad ideológica en documento público, y falsedad en documento privado (Fiscalía General de la Nación, 2016).

En el 2017, cuatro funcionarios de la Alcaldía de Pereira estaban siendo investigados aún por este delito.

Se encontraron presuntas irregularidades en la ejecución de los contratos para la atención a los adultos mayores en situación de abandono, pues no estaba bajo el cuidado de esos hogares geriátricos la cantidad de abuelos reportados por la Secretaría de Desarrollo Social, y a los pocos que había tampoco se les estaba brindando los servicios que, por ley, debían estar recibiendo (Caracol Radio, 2017).

Ahora bien, con la reciente salida de los funcionarios públicos del periodo 2016-2019, no se han presentado escándalos recientes en cuanto a este tema se trata, pero es evidente que la mermelada y el pago de dádivas por medio de contratos en el sector público es un tema que aunque no brote a la luz en distintas ocasiones, siempre está presente, partiendo de la premisa de que las campañas se financian por medio de favores y dinero ajeno, y que teniendo en cuenta el excesivo costo de las mismas, se puede dar por sentado que el dilema persiste.

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4.4. ENFOQUES4.5. QARMAS1. ¿Cuáles son las estrategias que propone su bancada para mantener la transparencia en la contratación pública?

2. ¿Ha sido su bancada política investigada por irregularidades en la contratación pública?

3. ¿En qué modalidades se comete el delito de desvío de recursos en contratación pública?

4. ¿Qué repercusiones trae el desvío de recursos en contratación pública a la ciudad de Pereira?

5. ¿Cuál es el rol del Concejo de Pereira en la vigilancia de los contratos y recursos del municipio?

5. LISTA DE CONCEJALES

Se observará a continuación la tabla de concejales electos para el periodo de 2020-2023 en Pereira, con sus respectivos partidos:

TABLA 1. LISTA DE CONCEJALES PERIODO 2020-2023

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A su vez, se considera pertinente adjuntar la tabla de los concejales que ejercieron en el periodo 2016-2019, con sus respectivos partidos; esto con el fin de analizar la presencia de los partidos según sus curules, que ayudan a entender las decisiones tomadas previamente y a prever un posible cambio para el periodo actual de ejercicios públicos.

TABLA 2. LISTA DE CONCEJALES PERIODO 2016-2019

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BIBLIOGRAFÍA

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