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___________________________________________________________________________________________________ DIVISION RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS – UNIDAD LICITACIONES TEL: 1901 2840 FAX: 1901 2841 COMUNICADO Nº 8/14 REF: LICITACION PUBLICA N° 16555 “ELABORACION DEL PROYECTO EJECUTIVO DE LAS OBRAS DEL MODULO INTERNACIONAL DE LA TERMINAL PESQUERA CAPURRO EN LA BAHIA DE MONTEVIDEO, LA OBTENCION DE LA AUTORIZACION AMBIENTAL PREVIA, Y LA CONSTRUCCION POSTERIOR DE LAS OBRAS.” 1. En el artículo 35.2.b del pliego (Antecedentes del oferente) de la página 26 del pliego, se indica que: “Se deberá acreditar mediante una carta de una institución bancaria de plaza que está en condiciones para la obtención de fianzas, avales o garantías bancarias, que permiten la financiación para la gestión por un monto no inferior a los U$S 15.000.000, considerando para ello los recursos ajenos y el patrimonio neto del oferente, así como demás referencias bancarias y comerciales.” Consultamos si para el caso de que el oferente esté integrado por una empresa nacional y una empresa extranjera, es suficiente para la administración que únicamente la empresa nacional cumpla con la capacidad financiera exigida en el citado artículo (35.2.b). Respuesta: Sí, es suficiente. Además, las fianzas, avales o garantías bancarias, a que se refiere el artículo 35.2.b solo deberán ser emitidas por instituciones bancarias de la República Oriental del Uruguay. 2. Solicitamos se indique si se podrán emplear lanchas de trabajo para remolcar los pontones utilizados en las labores necesarias dentro de la zona de obras, o si será necesario utilizar remolcadores. En el caso de poder utilizarse lanchas de trabajo, las mismas serán adecuadas para dichas tareas. Respuesta: Las embarcaciones deberán respetar la normativa vigente de la Comisión Técnica de la Prefectura Nacional Naval (COTEC). Independientemente de lo que establezcan las reglamentaciones vigentes el calado actual de la zona de obra no permitirá operar con normalidad a los remolcadores que habitualmente operan en el Puerto de Montevideo.

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COMUNICADO Nº 8/14

REF: LICITACION PUBLICA N° 16555

“ELABORACION DEL PROYECTO EJECUTIVO DE LAS OBRAS DEL MODULO INTERNACIONAL DE LA TERMINAL PESQUERA CAPURRO EN LA BAHIA DE MONTEVIDEO, LA OBTENCION DE LA AUTORIZACION AMBIENTAL

PREVIA, Y LA CONSTRUCCION POSTERIOR DE LAS OBRAS.”

1. En el artículo 35.2.b del pliego (Antecedentes del oferente) de la página 26 del pliego, se indica que: “Se deberá acreditar mediante una carta de una institución bancaria de plaza que está en condiciones para la obtención de fianzas, avales o garantías bancarias, que permiten la financiación para la gestión por un monto no inferior a los U$S 15.000.000, considerando para ello los recursos ajenos y el patrimonio neto del oferente, así como demás referencias bancarias y comerciales.” Consultamos si para el caso de que el oferente esté integrado por una empresa nacional y una empresa extranjera, es suficiente para la administración que únicamente la empresa nacional cumpla con la capacidad financiera exigida en el citado artículo (35.2.b). Respuesta: Sí, es suficiente. Además, las fianzas, avales o garantías bancarias, a que se refiere el artículo 35.2.b solo deberán ser emitidas por instituciones bancarias de la República Oriental del Uruguay.

2. Solicitamos se indique si se podrán emplear lanchas de trabajo para remolcar los pontones utilizados en las labores necesarias dentro de la zona de obras, o si será necesario utilizar remolcadores. En el caso de poder utilizarse lanchas de trabajo, las mismas serán adecuadas para dichas tareas. Respuesta: Las embarcaciones deberán respetar la normativa vigente de la Comisión Técnica de la Prefectura Nacional Naval (COTEC). Independientemente de lo que establezcan las reglamentaciones vigentes el calado actual de la zona de obra no permitirá operar con normalidad a los remolcadores que habitualmente operan en el Puerto de Montevideo.

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3. ¿Qué calificaciones y permisos se les exigirán al personal que operará los equipos náuticos utilizados en el desarrollo de las obras? Dentro de estos equipos podemos mencionar botes de apoyo, lanchas, pontones, etc. Respuesta: Las tripulaciones de las embarcaciones deberán respetar la normativa vigente de la Comisión Técnica de la Prefectura Nacional Naval (COTEC).

4. Solicitamos confirmar si el Contratista podrá utilizar sin costo el terreno disponible conformado por el acceso existente ya licitado por ANP, para realizar actividades relacionadas con la realización de las obras, durante todo el desarrollo del contrato. Respuesta: Si, en caso que la superficie no tenga otro uso, se podrá utilizar sin costo.

5. ¿En qué rubro se deben incluir las medidas de protección necesarias para mitigar la erosión causada por las corrientes marinas en el fondo del lecho contra los pilotes? Este fenómeno es denominado scour y para su mitigación se utilizan geotextiles, sacos de grava o enrocados. Respuesta: Los oferentes pueden agregar SUB-RUBROS a la planilla del Anexo II, Listado de Rubros, siempre que incluyan su descripción, su precio unitario y su metraje estimado.

6. En el plano 20.538 adjunto a la aclaración N°3 se indica la zona que se deberá rellenar con geocontenedores. Según nuestras estimaciones en esta zona se podrá ubicar solamente un porcentaje menor del total del material a dragar (aproximadamente un 20% de los 900.000m3 totales). Solicitamos que se entreguen planos en planta indicando las dimensiones de las zonas adyacentes a la obra en donde se colocará en geocontenedores el resto del material proveniente del dragado el cual no es posible disponer en la zona indicada en el mencionado plano. Con esta información se determinarán los largos de los enrocados, las alturas de los rellenos necesarios para mantener a los geocontenedores en zonas secas de acuerdo a las exigencias de Dinama, distancias de bombeo del material dragado, etc. Se debe tener presente que el precio del metro cúbico de barro colocado dentro de los geocontenedores depende en gran medida de estos parámetros solicitados y no se puede extrapolar un precio unitario basado en la información actual para todas las posibilidades que se puedan presentar. Respuesta: La zona a rellenar con geocontenedores es la señalada en el plano 20.538 Ver además respuesta 62 de este Comunicado

7. De acuerdo al informe del Imfia incluido en los antecedentes del llamado a licitación cuyo título es “Evaluación de la aplicación de contenedores geotextiles a los materiales de dragado de la Bahía de Montevideo”, la concentración del barro en el fondo del lecho antes de ser dragado es de 65% de sólidos. De acuerdo a la experiencia obtenida por

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proveedores de reconocida trayectoria a nivel mundial, la concentración del barro dentro de los geocontenedores luego de finalizado el proceso de decantación habiendo adicionado polímeros es de aproximadamente un 35% de sólidos. Es viable alcanzar una concentración similar a la que tenía el barro antes de ser dragado (65% de sólidos) en el caso de que se apliquen cargas durante un tiempo prolongado sobre los geocontenedores para acelerar el proceso de consolidación, lo cual no está previsto en este llamado ya que según el pliego se deben cubrir con una capa de polvo de piedra o pedregullo lavado (60.000m3 de pedregullo en 20 Há, lo que da un promedio de 30cm de espesor). Consultamos si al momento de la definición de los sectores a rellenar con geocontenedores, la administración ha tenido en cuenta que el volumen que ocupe el lodo dentro de los geocontenedores será aproximadamente el doble que el volumen que debe ser dragado. Respuesta: El informe del IMFIA “Evaluación de la aplicación de contenedores geotextiles a los materiales de dragado de la Bahía de Montevideo”, es concluyente cuando expresa que: “…la densidad del depósito de barro en la zona de estudio es de aproximadamente 1680 kg/m3 y la densidad inmediatamente luego de finalizado el llenado del tubo geotextil rondará 1550 kg/m3, puede verse que el volumen necesario para alojar el barro dentro de los tubos será muy similar al volumen original ocupado por el barro en el lecho de la bahía.” Concentraciones de solo 35% podrían darse en obras con geocontenedores inmergidos. Además en ninguno de los ensayos realizados por el IMFIA se aplicaron sobrecargas y como las dimensiones de las almohadillas utilizadas a nivel de laboratorio fueron pequeñas, las presiones que se pudieron aplicar solo correspondieron a la columna de agua de durante el llenado. Por lo tanto en función del estudio mencionado entendemos que no es correcta la interpretación de que “el volumen que ocupe el lodo dentro de los geocontenedores será aproximadamente el doble que el volumen que debe ser dragado.”

8. Solicitamos confirmar que no está incluido dentro del alcance del presente llamado la construcción de un oleoducto para el abastecimiento de combustible a la terminal pesquera internacional. Si se deben incluir tanques de acopio y todo el sistema necesario para el abastecimiento de los barcos. Respuesta: Se eliminan los rubros 6.6 Provisión de Combustible, 6.6.1 Conexión La Teja, 6.6.2 Distribución en el Muelle y 6.6.3 Depósito de Combustible. En la estructura y/o pavimento del muelle de abastecimiento de 25 metros de ancho se deberán prever tres puntos y/o cámaras para abastecimiento de combustible y, hasta la interfase con el módulo nacional, ductos, bandejas, o canalones para colocar las cañerias para combustible. El suministro y colocación de las cañerias y surtidores no forman parte de la cotización.

9. Solicitamos que la apertura de ofertas se prorrogue 21 días. Entendemos beneficioso para la administración que los oferentes tengan la posibilidad de resolver y evaluar las incertidumbres existentes para lo cual se requiere un mayor tiempo de estudio.

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Respuesta: Ver Comunicado 6

10. En el caso de que dos o más empresas se presenten bajo la modalidad de consorcio, realizamos las siguientes consultas:

a. ¿Es posible que los distintos socios realicen una facturación independiente de los trabajos certificados mensualmente de acuerdo a los rubros que cada uno tenga bajo su responsabilidad? O sea, si la empresa 1 tiene bajo su responsabilidad el alcance A, y la empresa 2 tiene bajo su responsabilidad el alcance B, ¿es posible que la empresa 1 facture de manera individual el avance del mes en el alcance A, y la empresa 2 individualmente el avance del mes del alcance B?

b. ¿Es suficiente que únicamente el representante técnico de una de las empresas que integran el consorcio firme la propuesta? Respuesta:

a. Sí, es posible

b. Sí

11. En caso de que el oferente opte por presentar una propuesta de financiación de acuerdo a lo establecido en el artículo 35.3 del pliego. ¿La misma puede ser en una moneda distinta al peso uruguayo? O sea, las facturas denominadas FFi en el artículo 56° del pliego, ¿podrán pagarse en las condiciones establecidas en la propuesta en otra moneda distinta al peso uruguayo? Respuesta: No. Todas las facturas deberán ser presentadas en pesos uruguayos tal cual se establece en el Artículo 56°.

12. En el objeto del llamado a licitación (Art 1° del pliego) se indica que el contratista deberá obtener la Autorización Ambiental Previa (AAP). Dentro del alcance de las obras a ejecutar se indica que se deberá colocar la totalidad del material a dragar dentro de geocontenedores ubicados en las zonas de Capurro y Bella Vista. Los líquidos lixiviados que se generen al filtrar el material proveniente del dragado en las paredes de los geotubos, deberán ser recolectados en su totalidad y monitoreados previamente a ser vertidos a la bahía cumpliendo con lo establecido en el decreto 253/79 aplicable para los vertidos en cuerpos de agua. Para garantizar esta condición y que los líquidos no drenen a la bahía sin ser monitoreados se deberán utilizar membranas impermeables entre los geotubos y la superficie de apoyo de los mismos. En esta etapa resulta imposible estimar las obras e instalaciones que serán necesarias para tratar y adecuar estos lixiviados a la normativa mencionada por lo cual no se puede evaluar los costos asociados a dichas tareas. En el Estudio Toxicológico Final realizado por INCOCIV indicado dentro de los antecedentes mencionados en el Anexo I del pliego, se presentan distintos análisis realizados en la zona de las obras. Si bien de acuerdo a estos estudios no se detectan problemas importantes en cuanto a las posibilidades de disposición final de los materiales a dragar, de acuerdo a los antecedentes en trabajos similares es de esperar que al remover el material del fondo y colocarlo en los

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geocontenedores, las concentraciones de metales pesados lleguen a valores por encima de los parámetros exigidos por la normativa aplicable para los vertidos en cuerpos de agua. Por lo tanto solicitamos que la administración disponga una de las siguientes medidas:

• agregue un rubro que se llame “Obras e instalaciones para el tratamiento de lixiviados del filtrado en los geocontenedores”, y que indique taxativamente el alcance de dicho rubro,

• disponga que los costos de estos trabajos sean fijados de común acuerdo durante la ejecución del Contrato una vez que sea posible conocer las exigencias de DINAMA. De esta manera las propuestas que recibirá serán más sólidas desde el punto de vista técnico y económico, ya que todos los eferentes cotizarán el mismo alcance y no adoptarán coberturas para cubrir los posibles costos que se puedan generar para cumplir con los requisitos que pudiera exigir DINAMA. Respuesta: Los resultados toxicológicos de los lixiviados del informe del IMFIA, no detectaron contaminación, sobre la base de una correcta aplicación de los procedimientos de llenado de geotubos. El oferente podrá agregar un SUB-RUBRO que contemple el supuesto y eventual tratamiento en cuestión.

13. De acuerdo a la respuesta N°16 d) de la aclaración N°5 entendemos que se debe cotizar obligatoriamente la colocación de los 900.000m3 a dragar en geocontenedores, y adicionalmente 1m3 a dragar hacia vaciadero exterior. Solicitamos confirmar esta afirmación para que todos los oferentes consideren el mismo alcance y las propuestas sean comparables. Respuesta: Ver respuesta 62 de este Comunicado

14. En el plano 20.538 adjunto a la aclaración N°3 se indica la zona que se deberá rellenar con geocontenedores. Según nuestras estimaciones en esta zona se podrá ubicar solamente un porcentaje menor del total del material a dragar (aproximadamente un 20% de los son 900.000m3). Solicitamos indicar en que otras zonas o sectores adyacentes a la obra se deberán disponer el resto del material proveniente del dragado dentro de geocontenedores. Respuesta: Ver respuesta 62 de este Comunicado.

15. En la respuesta a la pregunta N°66 de la aclaración N°5 se indica que en el plano de mensura adjunto al Comunicado N°3 se detalla la forma actual del recinto aduanero portuario. También se establece que en la medida que otras áreas se agreguen al uso portuario, se tramitará frente al Poder Ejecutivo la modificación de estos límites. Solicitamos confirmar que la zona en la cual se dispondrán los geocontenedores no será considerada como recinto aduanero portuario, ya que la misma está fuera del actual recinto y no tendrá uso portuario (su uso lo definirá la Intendencia de Montevideo y en principio será para espacios recreativos). Respuesta: La zona a rellenar será oportunamente declarada recinto portuario.

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16. En la respuesta N°30 de la aclaración N°5 se indica que el proyecto de pavimento debe

considerar los dos estados (presente y futuro con y sin edificio frigorífico) y que solo se ejecutarán en esta etapa las obras correspondientes al primer estado. Solicitamos confirmar si el pavimento que se debe ejecutar en la totalidad de las 2.50Ha a rellenar será de adoquines de hormigón 10cm de espesor. Respuesta: Sí.

17. Un oferente preguntó sobre la posibilidad de adoptar otros anchos de muelles y la respuesta de la Administración fue que los oferentes pueden proponer otros anchos, si los justifican desde el punto de vista operativo (consulta N°65 de la aclaración N°5). El ancho de un muelle pesquero puede ser muy variable dependiendo del método de operación que se utilice para la descarga del pescado (manual, grúas de muelle de diversos tamaños, montacargas y carretillas, etc.). Depende además del método de circulación, del interés de tener la posibilidad de acopiar mercaderías sobre el muelle, de las proyecciones de uso futuro, etc., todas variables que no son de dominio de los oferentes. En consecuencia, la Administración puede terminar recibiendo ofertas muy distintas y de muy difícil comparación. Por lo tanto solicitamos que la Administración defina de manera precisa los anchos de muelle que desea adoptar en cada zona, de manera que todos los oferentes puedan licitar sobre la misma base y en igualdad de condiciones. Respuesta: Los anchos de los muelles que conformen la Oferta Básica deben ser los indicados en el plano G02 de la Iniciativa Privada de Barros & Asociados. En particular destacamos la siguiente tabla que figura en dicho plano:

Es posible que además de la Oferta básica un oferente presente una variante técnica modificando anchos de muelle para lo cual deberá incluir un informe técnico que lo justifique.

18. En la respuesta N°65 de la aclaración N°5 se exige que el subcontratista que complemente la capacidad exigida para el ítem “D – Señalización Vial” de las especialidades “II – Ingeniería”, sea declarado en la oferta, y se incluya su compromiso de participar en ella. Se consulta si este subcontratista debe estar calificado según el RNEOP o solamente alcanzará con contar con experiencia comprobable en el ítem a calificar. En la eventualidad de que deba estar calificado, ¿Cómo se considerarán los casos en que dicho subcontratista este calificado solamente para participar de licitaciones abreviadas? En este caso en el certificado no se indican los ítems a los cuales está calificado.

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Respuesta: Será suficiente presentar algún subcontratista calificado en el RNEOP en la especialidad complementaria.

19. Los técnicos incluidos dentro del personal profesional detallado en el punto 36.1 c 4 para la Elaboración de los Proyectos (son 4 puestos claves). ¿Deben contar con título de la UDELAR o revalidación realizada por ésta? ¿O pueden contar con los títulos mencionados siendo estos expedidos en otros países? Respuesta: Los tres Ingenieros Civiles detallados en el punto 36.1, deberán contar con título expedido o revalido en Uruguay.

20. ¿Se pueden agregar o quitar rubros, o modificar nombres en el rubrado de oferta entregado en el Anexo II del pliego? Respuesta: No se permite quitar o modificar nombres y/o numeración de los rubros o sub-rubros indicados en la planilla en cuestión. Los oferentes pueden agregar SUB-RUBROS a la planilla del Anexo II, Listado de Rubros, siempre que incluyan su descripción, su precio unitario y su metraje estimado.

21. Alcance de las obras a cotizar: ¿La instalación de protección contra incendio debe incluir la protección de las distintas áreas del frigorífico? Respuesta: En esta obra no se proyectara ni construirá el complejo frigorífico, por lo tanta tampoco corresponde incluir la protección contra incendios. Se deberá si proteger la zona de explanadas y los 300 metros del muelle costero de 10 metros de ancho.

22. ¿Deberá preverse la alimentación de agua del sistema de protección contra incendios del puerto para alimentar las instalaciones de incendio del frigorífico? De ser así, ¿se deberá prever que las instalaciones del frigorífico puedan contar con sistemas de rociadores automáticos para las áreas de almacenes o similares? Respuesta: NO

23. ¿Qué combustibles deberán preverse para la alimentación de los distintos buques? (gas oil, diesel oil, fuel oil?) Respuesta: Ver respuesta 8 de este Comunicado

24. ¿Qué volumen de almacenamiento de cada tipo de combustible deberá considerarse? Respuesta: Ver respuesta 8 de este Comunicado

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25. ¿Qué cantidad de puestos de carga deberán considerarse en cada muelle para la

alimentación de combustible a los barcos? Respuesta: Ver respuesta 8 de este Comunicado

26. ¿De qué capacidades deberán ser estos puestos de carga? Respuesta: Ver respuesta 8 de este Comunicado

27. Confirmar si la tensión de suministro será 6,3 o 30 kV. Esta decisión normalmente corresponde a UTE. Considerando que la carga prevista para este proyecto es de 5 MW, entendemos que debería alimentarse en 30 kV. Respuesta: En caso que la carga prevista sea de 5 MW, la tensión de suministro será en 30 KV.

28. Confirmar si se deben suministrar e instalar las celdas y el equipamiento auxiliar (transformador de SSAA, tableros de SSAA, banco de baterías, etc.) del Puesto de Conexión de UTE como indica este anteproyecto. Normalmente los puestos de conexión de UTE los equipa la propia UTE. Respuesta: El equipamiento del sector de UTE del puesto de conexión corresponde a UTE. Si se deberá construir la totalidad del edificio del puesto de conexión.

29. Confirmar si se debe suministrar e instalar un transformador para el Frigorífico con potencia de 4 MVA o se estima actualmente otro valor de potencia para el mismo. Respuesta: No se debe instalar un transformador para el frigorífico.

30. En el numeral 10.1 del anteproyecto indica que no se incluye una descripción de las instalaciones eléctricas internas del frigorífico. Solicitamos entonces confirmar que las instalaciones eléctricas internas del frigorífico están fuera del alcance de esta Licitación, o en caso contrario indicar qué información está disponible para poder estimar la instalación de este local. Respuesta: En esta obra no se proyectara ni construirá el complejo frigorífico, por lo tanto tampoco corresponde considerar las instalaciones internas del mismo.

31. El plano unifilar EL2 incluido en el mismo anteproyecto indica dos tableros en baja tensión para el Frigorífico (Tableros TF). Un primer tablero, indicado como “Tablero

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– TF Frigorífico” derivado del transformador de 1MVA y otro tablero denominado “TF” derivado del transformador de 4MVA. Solicitamos confirmar si se deben suministrar e instalar estos dos tableros. En caso afirmativo consultamos si se dispone de diagramas unifilares, de ambos tableros, para poder costearlos. Respuesta: En esta obra no se proyectara ni construirá el complejo frigorífico, por lo tanto tampoco corresponde considerar las instalaciones internas del mismo.

32. El anteproyecto presenta planos de iluminación y servicios en los 3 muelles del Módulo Internacional y en la Playa de Contenedores. Pero no se indican las instalaciones para los 2 muelles de Módulo Nacional o los accesos al Puerto. Consultamos entonces que criterio se debe seguir para definir el alcance de suministro e instalación en estas áreas no indicadas. Respuesta: El módulo nacional y los accesos al puerto están fuera del alcance del llamado.

33. En el Anteproyecto elaborado no figuran eventuales instalaciones del muelle Dársena Módulo Nacional, así como tampoco en las áreas de acceso al puerto. Se solicita indicar qué previsiones de equipamiento debemos considerar para estas áreas, y de dónde serán alimentadas. Respuesta: El módulo nacional y los accesos al puerto están fuera del alcance del llamado.

34. En el Art. 6, Etapa 2, numeral e) se solicitan obras de distribución de combustible. Por otra parte en el Anexo I - Especificaciones para la Preparación del Proyecto Ejecutivo (pág. 51) se indica que la ANP prevé acordar con ANCAP la construcción de instalaciones para suministro de combustible. De acuerdo a lo indicado, entendemos que el proyecto ejecutivo deberá considerar que allí se instalarán tuberías de abastecimiento de combustible no obstante el suministro y las obras de construcción de las mencionadas instalaciones serán de cuenta de la ANP y/o ANCAP. Agradecemos confirmar si nuestra interpretación es correcta. Respuesta: Ver respuesta 8 de este Comunicado

35. Solicitamos se nos indique la cota actual del acceso. Respuesta: +4.50 metros Wharton.

36. Solicitamos se nos entregue la altimetría del acceso existente, si es posible en archivo cad.

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Respuesta: Se adjunta la altimetría solicitad en formato pdf.

37. Solicitamos se nos indique el área de maniobra, zonas de amarre y modos de amarre según tipo de barco. Respuesta: Las zonas y modos de amarre se explicitaron en la respuesta 20 del Comunicado 5. La definición del área de maniobra será determinada en la Etapa 1 del contrato.

38. Solicitamos se nos indique el modo de maniobra. Respuesta: Esto será determinado en la Etapa 1 del contrato.

39. ¿Cuál es la vida útil de las obras según tramos, es superior a los 15 años establecidos en la ROM para puertos pesqueros? Respuesta: La vida útil de los muelles a construir debe ser de al menos 50 (cincuenta) años. Entendemos que las Normas ROM para una Instalación de carácter industrial específico (muelle pesquero industrial) de carácter supra nacional (se trata del módulo internacional de Capurro) es de 50 años y no de 15 (sugerimos ver Tabla 2.2.1.1. de la ROM 0.2-90).

40. En relación a los pavimentos. ¿Se dispone de Layout de pavimentación? ¿La parte del vial de acceso hasta el módulo internacional que se sitúa en el módulo nacional, debe ser incluida? Respuesta: Los pavimentos a construir son exclusivamente los de este proyecto. Los accesos definitivos a la obra no forman parte de la misma.

41. Consultamos si la Administración cuenta con cartas náuticas y batimetría de la Bahía. Respuesta: La batimetría existente se presenta en el plano 20.538 (Ver respuesta 2 del Comunicado 3) Las cartas náuticas pueden adquirirse en el SOHMA.

42. En el Art. 61 Multas se indica que las multas serán equivalentes al 0,5% diario del precio total y no se establece límite a dicha penalización. A los efectos de evitar que las empresas contratistas incluyamos una previsión de contingencias que redundarán en mayor costo para la Administración solicitamos:

a) Fijar la penalización diaria en 0,1%, valor habitual para este tipo de proyecto. b) Limitar las penalizaciones al 10% del monto del contrato.

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Respuesta: No se accede a lo solicitado. Ver respuesta 1 y 2 del Comunicado 5.

43. Con relación a la consulta N° 7 de la Circular 5, si bien se entiende claramente que todos los documentos enumerados en el Artículo 47 del pliego de Bases Técnicas forman parte del contrato, hay especificaciones y requisitos que difieren de un documento a otro. En tal sentido resulta imprescindible tener claro que especificación y/o requisito prevalece por lo cual se reitera la consulta. ¿Cuál es el orden de prelación de los documentos incluidos en las bases? Respuesta: Respecto del Contrato, todos los documentos indicados en el Artículo 47° forman parte del mismo. Respecto de la bases, está regulado en el Artículo 1.3 de la Parte II (Pliego Único de Bases y Condiciones Particulares para los Contratos de suministro y servicios no personales).

44. Dado el volumen de la inversión a realizar y a los efectos de lograr un cash flow neutro para el Contratista solicitamos a la Administración sírvase considerar la posibilidad de otorgar un anticipo financiero de 10% del monto de la obra. Motiva tal solicitud el hecho de que el primer pago correspondiente a la ejecución del contrato recién será efectuado una vez aprobado el Proyecto Ejecutivo lo que ocurrirá luego de 9 meses de iniciado el plazo contractual, una vez aprobado por la ANP y Dinama. Respuesta: Ver respuesta 26 del Comunicado 5.

45. Se solicita a la Administración que admita certificar el Proyecto Ejecutivo de acuerdo al avance de modo de mitigar el cash flow negativo que genera para el Contratista la forma de pago propuesta. Respuesta: No se accede a lo solicitado.

46. Garantía de Oferta - Se solicita modificar el Anexo 9 - Modelo de fianza o aval bancario - incluyendo en el texto las causales de ejecución de la garantía de acuerdo a lo indicado en el BTA Artículo 28 - Garantía de Oferta: La garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada, cuando: 1 El oferente retire o desista de su oferta durante el plazo de mantenimiento. 2 En caso de que la oferta sea aceptada, si el contratista no constituye en tiempo y forma las garantías establecidas en el Artículo 43º, de acuerdo con lo dispuesto en estas Bases.

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3 Cuando el contratista se niegue o no concurra a firmar el contrato, en un plazo de 10 días corridos desde el día siguiente al de la notificación efectuada en forma fehaciente por el Departamento Jurídico Notarial.. Respuesta: No se accede a lo solicitado.

47. Límite de multas. En atención a la respuesta dada en el Comunicado No. 5/14 - Respuesta No. 1, donde se indica que "no se establece límite total de multas a aplicar", se solicita rever esta posición y establecer un límite máximo de multas, porcentual del total del contrato, cuya aplicación sea liberatoria de todo reclamo, monto, perjuicio relacionado con los atrasos. Motiva el presente pedido, el poder ofrecer a la Administración una oferta competitiva dentro de los parámetros normales, y considerando que en la mayoría de los contratos de este tipo, es normal establecer limitaciones a los montos totales de multa. Se propone establecer un límite total del 5% sobre el monto total del Contrato. Respuesta: No se accede lo solicitado.

48. Hitos Aplicación de Multas En complemento a la respuesta dada en el Comunicado No. 5/14 - Respuesta No. 2, solicitamos se indique cuáles serán los hitos de cronograma penalizables. Respuesta: Los hitos penalizables serán los incumplimientos del Cronograma presentado por quien resulte adjudicatario, evaluado el grado de relevancia por la Administración.

49. Orden de Prelación de documentos que integran el Contrato. En consideración a la respuesta No. 7 de la Circular No. 5/14, donde se indica que "todo forma parte del contrato", se pone a consideración de la Administración el siguiente orden de prelación:

• Contrato • Pliego de Condiciones con aclaraciones y respuestas a las consultas • Oferta y propuesta aceptada del Contratista • Resolución de ANP disponiendo la adjudicación. • Comunicaciones escritas de la ANP.

Respuesta: Los documentos contractuales no tienen orden de prelación.

50. Plazo de suspensión de obras Se solicita se establezca un plazo máximo de suspensión de las obras de 90 días, durante el cual el Contratista es responsable de las mismas, y que pasado ese plazo se habilite la rescisión de contrato.

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Respuesta: No se accede a lo solicitado. Ver Comunicado 5, respuesta 10.

51. Borrador de Contrato. Considerando lo indicado en el artículo 28°.4 - ejecución de garantía de oferta - causal No. 3 - Cuando el contratista se niegue o no concurra a firmar el contrato, en un plazo de 10 días corridos desde el día siguiente al de la notificación efectuada en forma fehaciente por el Departamento Jurídico Notarial., solicitamos la Administración entregue en esta etapa un Borrador de Contrato, y que como parte de la oferta, el Contratista entregue dicho borrador con las observaciones, salvedades y comentarios que serán sometidos a consideración de la Administración, de manera de poder cumplir con el plazo antes indicado, en caso de adjudicación. Respuesta: La notificación para concurrir a firmar el Contrato es posterior a la remisión del borrador de Contrato, y la formulación de observaciones por parte del adjudicatario.

52. Rescisión por incumplimientos del Comitente. Solicitamos se incluya como motivo de Rescisión de Contrato, incumplimiento del Comitente de los pagos estipulados de acuerdo al mismo. Respuesta: No se accede a lo solicitado.

53. Límite de Responsabilidad Total del Contratista. Solicitamos se agregue en el Contrato un Límite Máximo de Responsabilidad para el contratista, por todo concepto, sobre el valor total del monto de Contrato, que incluya daños y perjuicios, de carácter liberatorio. Respuesta: No se accede a lo solicitado.

54. En relación a la garantía de mantenimiento de oferta: para el caso en que el oferente sean 2 empresas con intención de consorciarse, solicitamos se aclare si se acepta más de una garantía (siempre que sumen el monto total a garantizar) y cómo debe figurar el nombre del Proponente.

Respuesta: Ver respuesta 13 del Comunicado 5. El nombre del Proponente será el del Consorcio a constituirse.

55. En relación a la garantía de cumplimiento de contrato: para el caso de Consorcios,

solicitamos se aclare si se acepta más de una garantía (siempre que sumen el monto total

a garantizar) y si en la misma deben figurar el nombre del Consorcio y de los integrantes

del mismo. Agregar si aceptan una garantía bancaria y una caución juntas.

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Respuesta: Ver respuesta 13 del Comunicado 5. El nombre del Proponente será el del Consorcio a constituirse.

56. Con respecto a los planos en Autocad del apartado “ENTREGA FINAL” de la carpeta “TP-CAPURRO EFINAL - Sogreah-Hidrosud”, solicitamos se entreguen las imágenes que están referenciadas en los planos: - LAM2 - LAM2-vieja - LAM3 - LAM3-vieja - LAM4 - LAM4-vieja Respuesta: No es posible porque no disponemos de las mismas.

57. Se solicita la Planilla de cotización y base para certificación en formato Excel. Respuesta: La planilla está incluida en el pliego en otro formato.

58. Se solicitan versiones en Autocad de los planos de Stiler. Respuesta: No se disponen.

59. Qué tipo de obras hay que contemplar en continente en los padrones afectados (56.439 a 56.443)? Por ejemplo, posibles demoliciones para generar explanadas y/o nuevos espacios de estacionamiento y/o edificios. Respuesta: Ver literales g), h) e i) del Artículo 6 del Pliego.

60. Suministro de gasoil La única información referida a la demanda de gasoil de la flota cliente de esta terminal que figura en el pliego es la del Estudio Hidrosud Sogreah PAM - Terminal Pesquera Capurro, que en su capítulo 7 brinda información al respecto. Siendo dichos datos del año 2002 y dada la importancia de este servicio, tanto en cuanto a las inversiones requeridas, como al capital circulante que representa para la operación del terminal. ¿Podría la ANP brindar datos más actualizados de dicha demanda? No se indica en el pliego el suministro de IFO’s (Intermedian Fuel Oil) en ninguna de sus clasificaciones (30, 80, 180 y 380 cSt). ¿Se deberá entender que este servicio no estará incluido entre los combustibles brindados por la Terminal? Respuesta: Se eliminan los rubros 6.6 Provisión de Combustible, 6.6.1 Conexión La Teja, 6.6.2 Distribución en el Muelle y 6.6.3 Depósito de Combustible.

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En la estructura y/o pavimento del muelle de abastecimiento de 25 metros de ancho se deberán prever tres puntos y/o cámaras para abastecimiento de combustible y, hasta la interfase con el módulo nacional, ductos, bandejas, o canalones para colocar las cañerías para combustible. El suministro y colocación de las cañerías y surtidores no forman parte de la cotización.

61. Solicitamos tengan a bien responder las consultas efectuadas por nosotros presentadas el día 09 de octubre pasado. Respuesta: Las respuestas solicitadas forma parte de este Comunicado.

62. De acuerdo a Pliego de Bases Técnica – Sección II – condiciones de la Contratación – Artículo 6 – Alcance de los trabajos, indica para la Etapa 2, se solicita: f) Dragado de apertura a -7 metros del PRH de una dársena de 900.000 metros cúbicos g) La disposición final del material dragado contra la rambla Capurro – Bella Vista, en un área de hasta 20 hectáreas usando la tecnología de geocontenedores con floculantes, en acuerdo con la Intendencia de Montevideo. De acuerdo con la Circular 3, como parte de la misma, se incorpora el plano 20.538, con las áreas involucradas, donde en particular se indica el área de disposición final según la siguiente referencia: RELLENO CON GEOCONTENEDORES (LP 16.555) De acuerdo a Circular 5, Pregunta 16 – a) se indica que la cota final de la rasante de recubrimiento exigido en el literal h del artículo 6 (recubrimiento de los geocontenedores) deberá ser de +3.60 metros Wharton. De acuerdo a Circular 5, Pregunta 16 – d) se indica que “la ANP pretende que la totalidad de los 900.000 m3 sean encapsulados en la zona de Capurro Bella Vista. La oferta tendrá un precio unitario para un eventual vertido a vaciadero exterior.” Por otra parte del análisis de ingeniería preliminar surge que la zona indicada como área de disposición final no podrá recibir la totalidad de los 900.000 m3 de material dragado, en particular se estima que podrá solo recibir apenas el 40% del material dragado. Se solicita aclarar:

a. ¿ Es correcta la interpretación de que se debe ofertar el relleno en el área de disposición final con el porcentaje del material dragado que efectivamente tenga cabida en el área indicada, y el volumen restante irá a vertido a vaciadero exterior al precio unitario ofertado Respuesta: No es correcta la interpretación.

b. Si la interpretación es correcta y siendo que los volúmenes de relleno en el área de disposición final podrán ser variables en función de hipótesis, desarrollo del proyecto ejecutivo, procedimientos constructivos a emplear, y considerando que será un elemento determinante en la composición de precios, consultamos como serán comparadas las ofertas que presentarán valores muy diferentes de volúmenes a disponer en geocontenedores en el área de disposición final. Respuesta: No aplica esta pregunta, al no ser correcta la interpretación de la pregunta 62 a.

c. En consecuencia de los puntos anteriores, ponemos a consideración de la administración la propuesta de que se defina un volumen de relleno en el área de disposición final y un

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volumen de dragado a ser dispuesto en vaciadero, a efectos de asegurarse de tener ofertas en las mismas condiciones y comparables entre sí independientemente de las variaciones antes citadas. Respuesta: Modificación al Pliego: Se modifica el ANEXO II – Listado de rubros, quedando redactado de la siguiente manera:

LISTA DE CANTIDADES Rubro Designación Unidad Cantidad Precio Precios Precio Item Unitario Parciales Total 1 Rubros Generales 1.1 Implantación Global 1 1.2 Proyecto Ejecutivo Global 1 1.3 Limpieza final Global 1 2 Dragados Rellenos y Enrocados 2.1 Dragados 2.1.1 Sector muelles y explanada m3 2.1.2 Dragado de la dársena 2.1.2.1 Con refulado a geotubos m3 650.000 2.1.2.2 Con transporte a Vaciadero Exterior m3 250.000 2.1.3 Dragado en roca m3 2.500 2.2 Enrocado 2.2.1 Pedraplén bajo muelles de descarga m3 2.2.2 Enrocado posterior del relleno m3 6.000 2.2.3 Pedraplén bajo muelles de pilotes m3 2.3 Geotextiles 2.3.1 Suministros 2.3.1.1 Manto Antisocavante m2 2.3.1.2 Geotextil no tejido m2 2.3.1.3 Geocontenedores perimetrales m 2.3.1.4 Geocontenedores interiores m 2.3.2 Colocación y llenado de geotextiles 2.3.2.1 Colocación de Manto Antisocavante m2 2.3.2.2 Colocación de Geotextil no tejido m2 2.3.2.3 Llenado de Geocontenedores interiores m3 2.3.2.4 Llenado de Geocontenedores perimetrales m3 3 Infraestructura de Muelles 3.1 Pilotaje HºAº en muelles de descarga m 3.2 Pilotaje HºAº en otros muelles m 4 Superestructura de Muelles 4.1 Vigas de H°A° muelles de descarga 4.1.1 Viga de Borde Exterior m3 4.1.2 Vigas longitudinales m3 4.1.3 Vigas Transversales m3 4.2 Losas de H°A° muelles de descarga m3 4.3 Vigas de H°A° de otros muelles 4.3.1 Viga de Borde Exterior m3 4.3.2 Vigas longitudinales m3 4.3.3 Vigas Transversales m3 4.4 Losas de H°A° de otros muelles m3 5 Instalaciones de Muelle 5.1 Defensas Elásticas Unidad 5.2 Bitas Unidad 5.3 Escaleras Marineras Unidad 5 5.4 Baliza Marìna Unidad 1 5.5 Canal de Servicios Global 1 6 Servicios en el Muelle 6.1 Provisión Agua Potable 6.1.1 Conexión O.S.E. Global 1 6.1.2 Distribución en el Muelle Global 1 6.2 Desagüe Pluvial Global 1 6.3 Recepción Aguas grises y negras Global 1 6.4 Instalación Eléctrica Global 1 6.5 Instalación de Comunicaciones Global 1 7 Explanada 7.1 Pavimento 7.1.1 Compactación subrasante m3 7.1.2 Viga de borde m

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7.1.3 Sub-base compactada m3 7.1.4 Base de Suelo-cemento m3 7.1.5 Capa de arena m3 7.1.6 Bloquetas de hormigón 0,10 m m2 7.2 Edificio Subestación eléctrica Global 1 8 Servicios en Explanada 8.1 Instalación contra Incendio Global 1 8.2 Desagües Pluviales Global 1 8.3 Alimentación media tensión Global 1 8.4 Equipamiento subestación Global 1 8.5 Instalación Eléctrica Explanada Global 1 8.6 Iluminación Global 1 8.7 Comunicaciones Global 1 9 TOTAL 10 Monto Imponible

63. NORMAS Y CODIGOS. De acuerdo a Pliego de Bases Técnica – Sección II – condiciones de la Contratación se indica en los documentos de la licitación, la necesidad de la aplicación de la R.O.M. (Recomendación de Obras Marítimas) de España. Se solicita se aclare si existe cualquier otra norma y/o código de práctica que deba ser adoptada con relación al diseño y construcción. Respuesta: En la última página del ANEXO I - Especificaciones para la Preparación del Proyecto Ejecutivo se expresa que: “Se deberá utilizar normas coherentes para el cálculo estructural, para la definición de las solicitaciones y para la geometría del proyecto, de las que suministrará un ejemplar conjuntamente con las memorias de cálculo. Las normas serán internacionalmente reconocidas.”

64. DOCUMENTOS Y PLANOS. En el Comunicado No.2 emitido por la ANP se indica que todos los oferentes necesitan presentar una propuesta según el ámbito de trabajo en el Artículo 6 del Pliego Básico, y el ganador es la empresa que presenta la mejor propuesta de acuerdo a la ingeniería básica. Por lo tanto, aparte del ámbito de trabajo en el Artículo 6 del pliego, por favor proporcione la memoria descriptiva técnica de la ingeniería básica y todos los planos pertinentes, incluyendo implantación general de obra con canales de navegación, batimetría, secciones transversales, todos ellos en FORMATO de AutoCAD, indicando claramente todas las dimensiones, elevaciones y datos necesarios para la ingeniería y cotización. Respuesta: Toda la información que dispone ANP para describir el alcance de la obra, está en el pliego, en sus anexos y en los comunicados publicados.

65. ALCANCE DE OBRAS Y REQUISITOS DE PROYECTO. Se solicita confirmación respecto de los tipos de embarcaciones pesqueras para el diseño del muelle. De acuerdo con lo indicado en los documentos del pliego sólo deben considerarse dos tipos de embarcaciones: (i) Tonelaje Registrado de 2500T con calado máximo de 5,9 metros; y (ii) Tonelaje Registrado de 200T con calado máximo de 3,5 metros. Sin embargo, de la respuesta 41 del Comunicado 5/2014, la ANP solicita que se tengan en cuenta diferentes tipos de buques pesqueros que habitualmente operan en el puerto de Montevideo, sin explicar las especificaciones de los mismos. Se solicita confirmación respecto de estos otros tipos de buque que deben ser tenidos en cuenta para el proyecto.

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Respuesta: Se confirma que solo deben considerarse los siguientes buques de diseño:

66. ALCANCE DE OBRAS Y REQUISITOS DE PROYECTO. De los planos "16555_Adjunto_25.pdf" y "16555_Adjunto_26.pdf", surgen ubicaciones diferentes para la retro área de 2,5 hectáreas a rellenar. Se solicita se aclare la ubicación exacta de la misma. Respuesta: La ubicación exacta se determinará en la Etapa 1 del contrato. El plano 20.538 es el que representa en forma más precisa su ubicación.

67. ALCANCE DE OBRAS Y REQUISITOS DE PROYECTO. Dentro de los documentos aportados por la ANP, se encuentra un plano titulado "DISTRIBUCION DE ÁREA", que forma parte de la propuesta de Stiler en 2009. Dicho plano muestra diferentes áreas funcionales de la retro área de 2.5 hectáreas, que incluyen área de recogida separada, área de proceso, área de la cámara frigorífica con aparamenta eléctrica de baja tensión, y zona de recogida de contenedores. Si bien entendemos que tales áreas funcionales no se encuentran dentro del ámbito de la licitación actual, se solicita que se aclare si las arquitecturas de estas áreas se encuentran en el ámbito de la licitación o no. Respuesta: Esta arquitectura no está incluida en el alcance de la obra.

68. ALCANCE DE OBRAS Y REQUISITOS DE PROYECTO Dentro de los documentos aportados por la ANP, se encuentra un plano denominado "DETALLES DE SOBRECARGAS", en el que se establecen explícitamente los requisitos de sobrecarga. Se solicita confirmación respecto de si los referidos requisitos deben aplicarse para la capacidad de carga para el relleno terrestre o no. Respuesta: No deben considerarse las sobrecargas indicadas en el plano mencionado (G04). Las cargas a considerar en el diseño están establecidas en el Anexo I del pliego.

69. Se consulta si dentro del alcance de los trabajos licitados, se encuentra el diseño (y/o su posterior construcción) de las estructuras de pavimento o carpeta asfáltica de la retro área de 2,5 hectáreas. Se solicita para el caso en que sí se encuentre alcanzada, se indique cualquier requisito relevante al respecto así como el destino del área. Respuesta: Sí están incluidas. Ver respuesta 16 de este Comunicado.

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70. Se solicita que se indique si las obras de edificaciones se limitan a las células de UTE y la subestación, sin construcciones adicionales. Se solicita a la ANP que confirme tal extremo o de lo contrario precise el alcance de las obras de edificaciones y arquitecturas a realizar. Respuesta: Solo se deben construir el edificio para puesto de conexión y para la subestación.

71. De acuerdo a nuestros cálculos, el área de 20 hectáreas que se indica en el plano "16555_Adjunto_25.pdf" (rejilla azul), no alcanza tal superficie, sino una menor. Se solicita aclarar la superficie exacta del área. Respuesta: Es correcto constatar que el “área de 20 hectáreas” no coincide exactamente con el área con rejilla azul. El área a rellenar se ajustará en la Etapa 1 del contrato.

72. Se solicita se aclare el destino de la zona de 20 hectáreas, como Capurro Bella Vista, y cualquier requisito particular para el mismo (por ejemplo: capacidad de carga y requisitos de asentamiento de suelos). Respuesta: La zona de 20 hectáreas, conocidas como Capurro Bella Vista tendrán que admitir las cargas exigidas en el Anexo I, cualquiera sea su destino.

73. Según surge del artículo 6, Etapa 2, lit (f), dentro del alcance de los trabajos se incluye el dragado de apertura a -7 metros del PRH, de una dársena de 900.000 metros cúbicos. Confirmar que el trabajo se limita al dragado de 900.000 metros cúbicos y el posterior uso de dicho material para rellenado. Por favor confirmar que en el caso en que sea necesario dragar una cantidad mayor de metros cúbicos, el contratista tendrá derecho a cobrar un sobreprecio por los metros cúbicos adicionales dragados y utilizados para relleno, de acuerdo con los precios unitarios que se incluyan en la cotización. Respuesta: El dragado se pagará a los precios unitarios de la cotización de acuerdo al volumen final real extraído.

74. Entendemos que los 900.000 metros cúbicos se utilizaran para rellenar en geocontenedores, en las 20 hectáreas de la zona de Capurro Bella Vista. Por favor confirmar que en caso de que los 900.000 metros cúbicos no alcancen para completar el relleno de toda el área, no existirá obligación del Contratista de realizar rellenos adicionales para completar el área. Respuesta: En caso que no sea suficiente el material a dragar para rellenar los geocontenedores, no existirá obligación del Contratista de aportar material proveniente de otro lugar.

75. Asimismo, para el caso en que se complete el área de 20 has, y resten metros cúbicos del dragado por utilizar, se solicita indicación de la zona de disposición de los mismos y

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cualquier especificación necesaria en cuanto al tratado de dicho material previo a su disposición. Respuesta: Las eventuales zonas de vertido serán las indicadas como B y C del plano 08003 que se adjunta.

76. Finalmente se solicita que se confirme que para el caso en que efectivamente sea necesaria la disposición fuera del área de las 20 has., el Contratista tendrá derecho a cobrar un sobreprecio de acuerdo con los precios unitarios que indique en su oferta. Respuesta: Ver respuesta 62 de este Comunicado.

77. En el Art. 6, Etapa 2, literal (i), se hace referencia a "una protección de enrocado de hasta 1000 metros lineales". Se solicita se aclare la ubicación Respuesta: La ubicación exacta de este rubro se determinará en la Etapa 1 del contrato y podrá utilizarse para la protección de geocontenedores perimetrales que rodeen a las “20 hectáreas”.

78. Se consulta si existe algún requisito particular a tenerse en cuenta con relación a la prevención de la corrosión para los hormigones de las obras del muelle. Respuesta: No. Solo los que establezcan las normas que se apliquen al diseño.

79. De acuerdo con la documentación del llamado, resulta claro que la cámara frigorífica se encuentra fuera del alcance de la licitación. Se solicita, sin embargo que se aclare si es necesario incluir en el proyecto, previsiones en las instalaciones eléctricas, para el abastecimiento de energía futuro a dicha cámara frigorífica. Para el caso afirmativo, se solicita que se indique si la provisión de energía será desde la subestación prevista a ser construida en el muelle, así como cuál es la capacidad de energía eléctrica requerida por la cámara frigorífica. Respuesta: La obra civil de la subestación deberá contemplar los espacios para los futuros servicios. Se estima que la capacidad de energía eléctrica requerida por la cámara frigorífica será del orden de 1 MW

80. Por favor aclare que la aparamenta eléctrica de baja tensión para la cámara frigorífica está dentro el alcance de licitación. Si es el caso, por favor proporcione el número de circuitos y la capacidad de cada circuito de la cámara frigorífica. Nuestra recomendación es que instala una subestación de 6.3kv solamente para la cámara frigorífica, y el transformador y la aparamenta eléctrica de baja tensión se ubican dentro del mismo.

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Respuesta: La cámara frigorífica esta fuera del alcance de la licitación.

81. Se solicita se indique la ubicación de los puntos de interconexión de energía para las subestaciones de 31.5kV y 6.3KV, con indicación del sitio en donde las mismas se conectaran con el tendido de UTE, así como la distancia entre dicho sitio y la Terminal Pesquera Capurro. Respuesta: El puesto de conexión se ubicará sobre la Rambla Baltasar Brum, en cualquier tensión de alimentación. La distancia surge de los planos y del proyecto ejecutivo.

82. Se solicita si fuera posible que se brinde información acerca de la presión de agua para el tubo de agua potable de 100 mm de diámetro y el tubo de agua para extinción de incendios de 160 mm de diámetro, indicando la ubicación de los puntos de interconexión.

Respuesta: La información disponible está en el capítulo 8 “memoria versión 05.pdf” de la Iniciativa Privada.

83. No se encuentra en la documentación de la licitación, la indicación de si existen líneas de agua, electricidad o combustible, que lleven dicho servicios hasta la zona del proyecto. Solicitamos si es posible asumir que existen dichas líneas instaladas, y que las mismas llegan hasta el punto de la entrada desde la rambla, a la zona del proyecto. Asimismo, se solicita se confirme que la realización de los trabajos necesarios para llevar las referidas líneas de servicios, hasta la zona del proyecto, se encuentra fuera del alcance de la licitación. Respuesta: Es posible asumir que existen líneas instaladas, pero no sabemos si son suficientes para los usos previstos.

84. Se solicita información acerca de tarifas en el área portuaria para el suministro de energía eléctrica, agua potable y agua no potable. Respuesta: Sugerimos visitar estas páginas: http://www.ute.com.uy/pags/Servicios_Cliente/pliego_tarifario.html http://www.ose.com.uy/descargas/clientes/tarifas/decreto_tarifario_ene_2014.pdf

85. Se solicita información a la ANP, respecto de si en los caminos de acceso fuera del sitio de construcción, existe alguna restricción para el peso de carga del vehículo, tipo de vehículo y/o restricción para el tiempo de acceso vehicular. Respuesta: En los caminos de acceso se deberán respetar las cargas máximas admitidas por la Dirección Nacional de Transporte.

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86. En el artículo 8.1 de los pliegos se indica la necesidad del Contratista de obtener las

autorizaciones y permisos para el acceso al puerto del personal y material. Se consulta respecto de la existencia de tasas o precios aplicables a dichas autorizaciones o permisos. Respuesta: Este artículo es genérico a todas las obras de ANP. En esta zona no se aplican tasas o precios de acceso.

87. Se solicita confirmación al respecto de si el Contratista podrá utilizar sin costo y sin limitación de tiempo, el terreno existente entre el norte del área de relleno de 2,5 hectáreas y el camino que se ha rellenado por la ANP, para realizar actividades relacionadas con la realización de las obras. Respuesta: Ver respuesta 4 de este Comunicado.

88. Se solicita información acerca de la posibilidad de que la ANP proporcione un muelle temporal al Contratista para la carga y descarga de los materiales durante el período de construcción. En caso afirmativo, se solicita se proporcione la ubicación del muelle, y se indique adicionalmente si existe algún costo para el Contratista con relación a la utilización del muelle, así como que se informe respecto de cualquier limitación en el uso del mismo. Respuesta: El eventual uso del muelle se regirá por los procedimientos y tarifas usuales de ANP. Ver: http://www.anp.com.uy/inicio/institucional/cifras/montevideo/tarifas

89. Con relación a los pilotajes para el muelle, se solicita confirmación al respecto de si en el diseño del pilotaje debe considerarse la influencia causada por las cargas de la futura estructura sostenida por pilares y si estos pilares se ubicarán en el área exactamente superior a la los pilotes. Respuesta: La pregunta no es clara. Si los pilares nombrados corresponden al proyecto del depósito frigorífico, corresponde aclarar que: no están comprendidos en el alcance de la obra, ni estarán apoyados directa ni indirectamente sobre ningún pilote de los muelles de descarga. Bajo este supuesto, nuestra respuesta es que no debe considerarse ninguna influencia de dichas cargas en el pilotaje del muelle.

90. Se consulta si el agua que se filtre de los geocontenedores puede salir directamente a la bahía. Asimismo, al respecto se solicita se aporten los resultados de las pruebas y mediciones de la contaminación del agua realizadas por ANP y la pertinente aprobación del mismo por el Ministerio de Medio Ambiental, respecto de la utilización de geocontenedores para el rellenado directo con material contaminado. Respuesta: Ver respuesta 12 de este Comunicado.

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91. Solicitamos si es posible aclarar el perímetro del área de la dársena donde deben realizarse los trabajos de dragados. Respuesta: El perímetro exacto del área de la dársena será determinado en la Etapa 1 del contrato.

92. Solicitamos que se aclare si el cálculo de los 900.000 m3 de dragado fueron calculados considerando las cantidades de sobredragado (dragado adicional por mayor profundidad o mayor ancho), las cantidades para dar forma al talud, y las cantidades de dragado necesaria por la sedimentación posterior, ocurrida durante el periodo de las obras de dragado. Respuesta: No. El volumen se determinó para fijar el alcance de la obra. Ver respuesta 62 de este Comunicado.

93. En el artículo 35.2 (b), se solicita que el oferente presente una carta de una institución bancaria de plaza que esté en condiciones para la obtención de fianzas, avales o garantías bancarias, que permiten la financiación para la gestión por un monto no inferior a los U$S 15.000.000, considerando para ello los recursos ajenos y el patrimonio neto del oferente. Se consulta si para el caso de oferta bajo la modalidad de consorcio, se requiere una carta por cada una de las partes integrantes del consorcio por dicho monto, o si el requisito refiere a cartas aportadas por los miembros que en su suma alcancen el monto referido. Para dicho caso, se consulta además si es posible que solo algunas de las partes presenten la referida carta, pero otras no, en la medida que las cartas presentadas alcancen el monto de U$S 15.000.000. Respuesta: Se requiere que alguno o la suma de varios integrantes alcancen dicho monto.

94. ¿Existe algún plazo mínimo o máximo para la financiación de la obra? Respuesta: No.

95. De acuerdo con el pliego, para el cálculo del PAR se tiene en cuenta el importe máximo a financiar por el oferente de 85 millones de Unidades Indexadas, ¿podría financiarse un importe menor o mayor? Respuesta: La oferta básica no debe exceder este importe máximo.

96. Con respecto a la financiación: ¿podrán cederse las certificaciones mensuales a la entidad financiera con toma de razón por parte del cliente?

Respuesta: Se estará al régimen vigente en materia de cesión de créditos.

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97. En el caso de las garantías a aportar por parte de la ANP para la financiación, ¿puede el

oferente solicitar a la ANP un aval por un importe mayor al financiado? ¿Acepta la ANP cualquier requisito por parte del oferente con respecto a este aval (por ejemplo: un aval a primer requerimiento)? Respuesta: Se estará a lo dispuesto en el Articulo 35.3 de las bases técnicas y administrativas del llamado, quedando a criterio de cada oferente el contenido de su propuesta en este punto; extremo este que será evaluado por la Administración luego de la apertura de ofertas.

98. La ANP se reserva el derecho de aceptar o no la financiación presentada por el oferente. En ese caso, por favor aclarar cómo se adjudicaría si una oferta con financiación tiene un PAR menor que otra pero con un Po mayor, aunque finalmente la ANP no acepte la financiación. Respuesta: En ese caso hipotético la ANP no rechazará la financiación que tenga el PAR menor.

99. Confirmar que en el rubro "2.1.1 Dragados. Sector Muelles y explanada" la cantidad a valorar incluye todos los dragados necesarios bajo la zona de muelles y el relleno de la retro-área de 2,5 Ha, incluso los necesarios para la ejecución de enrocados de protección y la estabilidad de los taludes definitivos del fondo marino y que no contabiliza contra los 900.000 m3 de dragado de la dársena. Respuesta: Es correcta la interpretación. Ver de todos modos la respuesta 62 de este Comunicado.

100. Confirmar en qué sub-rubro (2.2.1, 2.2.2 o 2.2.3), dentro del rubro ”2.2 Enrocado" se han de incluir los trabajos a los que se refiere el apartado i), de la Etapa 2, del Artículo 6 "Alcance de los trabajos" que estipula: i) La protección con enrocado de hasta 1.000 metros lineales del relleno costero.

Respuesta: La protección con enrocado de hasta 1.000 metros lineales del relleno costero se debe incluir en el sub-rubro 2.2.2.

101. Confirmar que los enrocados y pedraplenes necesarios para la correcta ejecución

de la contención perimetral de todo el relleno de la retro-área de 2,5 Ha se incluirán dentro del sub-rubro "2.2.2 Enrocado posterior del relleno", y que no se hallan incluidos dentro de la mencionada medición tope de 1.000 metros lineales. Respuesta: Lo confirmamos, es correcta esta interpretación.

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102. Explicar la diferencia entre los sub-rubros "2.2.1 Pedraplén bajo muelles de descarga" y "2.2.2 Pedraplén bajo muelles de pilotes", toda vez que los muelles de descarga (descritos en el apartado c), Etapa 2, del Artículo 6) son muelles de pilotes. Respuesta: No tienen diferencia. La discriminación es debida a que el sub-rubro "2.2.1 Pedraplén bajo muelles de descarga" es para los pedraplenes a construir bajo los muelles que rodean la retro-área de 2,5 hectáreas. El sub-rubro "2.2.3 Pedraplén bajo muelles de pilotes” es para los demás muelles, los cuales solo se permitirá construirlos exclusivamente con pilotes.

103. Confirmar que los únicos pilotes dentro del alcance de los trabajos son los que se encuentran en los muelles de descarga y los muelles exteriores, descritos en los apartados a) y c), Etapa 2, del Artículo 6) estando fuera del alcance de los trabajos los pilotes que aparecen en diversos planos facilitados dentro de la zona de relleno de la retro-área de 2,5 Ha. Respuesta: Si se confirma. Los pilotes correspondientes a la fundación del frigorífico están fuera del alcance de la licitación

104. Toda vez que, del informe de IMFIA, "ContenedoresGeotextiles_IMFIA-ANP_20120127" se desprende que: a) La densidad del material una vez llenado los geocontenedores se estima del orden de 1.550 kg/m3 (al día siguiente, en seco), cuando su densidad in situ se estima del orden de 1.680 kg/m3. Teniendo en cuenta el contenido de solidos in situ (1.090 kg/m3), tenemos que, para cada metro cúbico in situ dragado, estamos dragando 410 litros de fango seco, mientras que, una vez producido el drenado del barro disuelto procedente de dragado, en cada metro cúbico de geocontenedor sólo dispondremos 332 litros de fango seco, un 20% menos. Por tanto, el volumen total que será rellenado será un 20% superior al volumen dragado, no comparable como se infiere del informe. b) En el propio informe de IMFIA se refleja que el material sumergido no desarrollará más consolidación que la proveniente del llenado del geocontenedor, pero no se facilita ningún dato de cuál es su densidad dentro del geocontenedor, ya que los datos facilitados son el de un colado-filtrado (1.330 kg/m3) o el de un llenado sin sumergir y tras un día de drenado (1.550 kg/m3). Confirmar que la intención de la ANP es el refular a geocontenedores TODO el material proveniente de dragado, y su disposición en el área definida en el archivo "Adjunto 25" como "Relleno con geocontenedores" directamente sobre un manto antisocavación colocado sobre el lecho marino, esto es, quedando parte de los geocontenedores sumergidos constantemente. Respuesta: La intención de la ANP es refular a geocontenedores la mayor cantidad posible del material proveniente de dragado. Destacamos además que se exigirá que los geocontenedores interiores no estén sumergidos durante todo el proceso de llenado y consolidación.

105. Con respecto a la respuesta a la pregunta 16-d) del Comunicado Nº 5/14, en la que se estipula:

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"La oferta tendrá un precio unitario para un eventual vertido a vaciadero exterior" Se presentan las siguientes consideraciones: a) se entiende que dicho precio unitario tendra Cantidad cero (0) en el Listado de rubros, no afectando por tanto al Total de la oferta. b) el precio del transporte a vaciadero exterior va ligado tanto al volumen total a transportar, como al tipo de draga utilizado para su ejecución. Se solicita por tanto una estimación del total de material a transportar a vaciadero exterior para poder definir el tipo de draga a utilizar para la ejecución de dicho rubro. Respuesta: Ver respuesta 62 de este Comunicado.

106. Con respecto a las respuestas a las preguntas 50 y 64 del Comunicado Nº 5/14, en las que se remite al ofertante a las respuestas 22, 30 y 51 del comunicado anterior, aclarar a qué comunicado anterior se refieren, toda vez que el comunicado Nº 4/14 no contiene respuestas adjuntas. Respuesta: Se trata de un error. Las referencias son al mismo comunicado 5 y no al comunicado 4.

107. Se solicita si será posible una Recepción Provisoria por secciones o fases, o si necesariamente debe darse una única recepción Provisoria una vez finalizadas todas las obras. Respuesta: Sí, es posible otorgar recepciones provisorias parciales.

108. Respecto del procedimiento para las clausulas 59 y 60, con relación a la Recepción Provisoria y Recepción Definitiva, entendemos que: i) Bajo solicitud del contratista, la ANP comenzará la inspección para la Recepción

Provisoria. En el caso en que las condiciones de los trabajos sean satisfactorias, ANP emitirá un acta de Recepción Provisoria indicando que todo se ha entregado de conformidad. Desde la fecha de emisión de dicha acta, se contará el plazo de 1 año tras el cual tendrá lugar la Recepción Definitiva.

ii) Para el caso en que tras la inspección se encuentren defectos menores, la ANP igual emitirá el Acta de Recepción Provisoria, con indicación de las reparaciones o ajustes a realizar y el plazo otorgado para ello. Una vez finalizadas dichas reparaciones o ajustes, comenzará a computarse el período de un año para la Recepción Definitiva.

Se solicita confirmar si ello es correcto, o si existe otra interpretación en su lugar. Respuesta: La interpretación es correcta. Se destaca que pueden haber más de una Recepción Provisoria Parcial, pero solo habrá una Recepción Definitiva.

109. Proyecto hidráulico: Abastecimiento de agua: en la Pág. 50 del Pliego dice “La conexión de abastecimiento de agua se realizara la red del módulo” Por otro lado el proyecto Barros establece que deberá construirse un tanque de 200m3 desde el cual se bombeara el agua hacia la red.

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Consulta: se debe o no diseñar el tanque y el sistema de bombeo?

Respuesta: Vale lo expresado en la página 50 del pliego. No se debe construir el tanque. 110. Proyecto hidráulico: No está claro el uso de la explanada, y por tanto no pueden

estimarse los requerimientos de bomberos. Consulta: se solicita se especifique el uso de la explanada así como los requerimientos de bomberos y el alcance de suministro que debemos cotizar. Respuesta:

El uso de la explanada será para las operaciones habituales de la actividad pesquera, pudiendo existir de materiales depositados y equipos. 111. Proyecto hidráulico: Planta de tratamientos. Existe saneamiento público muy cerca.

Este colector no figura en las bases públicas de la IMM, pero el colector existe y está en servicio.

Consulta: Debemos prever una planta de tratamiento o podemos considerar la conexión al colector existente?

Respuesta: Se debe prever una planta de tratamiento. 112. Proyecto de instalación eléctrica: ¿Cuál es el alcance de la instalación eléctrica de

esta etapa en lo que respecta a la acometida de energía?

Respuesta: En lo que respecta al puesto de conexión, ver respuesta 28 de este comunicado. No se deberá incluir en la cotización las obras de acometida que deberá realizar UTE para alimentar el puesto de conexión.

113. Proyecto de instalación eléctrica: A qué se refiere el pliego con “modificaciones a la instalación eléctrica existente? Más allá de la eventual acometida de energía desde la red de ANP, está previsto dentro del alcance de esta etapa alguna otra modificación?

Respuesta: No esta prevista ninguna otra modificación. No existe instalación eléctrica actualmente.

114. Proyecto de instalación eléctrica: Solicitamos normativa interna de ANP en lo

referente a instalaciones eléctricas mencionadas en el pliego.

Respuesta: ANP aplica las normativas de UTE en todo lo que corresponda más todo lo expresado en el Anexo I del Pliego.

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115. Proyecto de instalación eléctrica: ¿Qué capacidad (en cantidad de contenedores conectados simultáneamente) deberá tener la playa de contenedores refrigerados mencionados en el pliego?

Respuesta:

La playa de contenedores está fuera del alcance de la obra. 116. Proyecto de instalación eléctrica: Se requiere presentar ante UTE los ensayos de

tipo de las celdas a instalar. Dado que las celdas de la Sub Estación propia no requieren de aprobación de UTE, no queda claro a qué grupo de celdas se refiere el requerimiento.

Respuesta: Se refiere a las celdas del puesto de conexión del lado de ANP. Los ensayos deben presentarse ante ANP.

117. Proyecto de instalación eléctrica: Especificar cuáles son los “ensayos de rutina” a los que se refiere el pliego para las celdas de media tensión, los cables de media tensión y los transformadores. ¿Quién corre con los gastos de traslado, alojamiento y viático de los inspectores de UTE en los casos en que estos ensayos se realicen fuera del país?

Respuesta: Los ensayos de rutina son los que estipula la normativa de UTE y la normativa IEC. Los eventuales gastos de los inspectores no serán de cargo del contratista.

118. Proyecto de instalación eléctrica: Especificar qué áreas deberán contar con

protección contra descargas atmosféricas y el nivel de protección de cada una.

Respuesta: Los grados o nivel de protección deberán responder a la norma IEC 62.305. Deberán cubrir toda el área de muelles y explanadas a construir.

119. Proyecto de instalación eléctrica: Considerando el diseño a nivel de anteproyecto

del suministro de energía ¿qué potencia disponible se debe considerar previendo ampliaciones en la instalación más allá del alcance de esta etapa (por ejemplo una planta procesadora)?

Respuesta:

Ver capítulo 10 “memoria versión 05.pdf” de la Iniciativa Privada. 120. Proyecto de instalación eléctrica: ¿Cuáles son los requerimientos eléctricos en el

área de? ¿La instalación en esta área se limita solamente a una iluminación que permita la circulación?

Respuesta:

La pregunta está incompleta. La iluminación en los muelles y explanadas deberá tener un nivel de trabajo y operativa, y otro de circulación y vigilancia. Dichos niveles deberán responder a una normativa internacionalmente reconocida.

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121. Proyecto de instalación eléctrica: ¿Cuál será el sistema de tensión requerido para la

conexión de los barcos que atraquen en el muelle, trifásico 400V o 230V?

Respuesta: El sistema de tensión ser Trifásico 400V 3P+N+T. 122. Relleno de Geotubos: ante los condicionantes de adoptar + 3,60 mt Wh como cota

de recubrimiento para relleno con geotubos y la necesidad de ubicar los geotubos por sobre el pelo de agua + 0.91 ± 0.50 mt Wh (condición necesaria para la deshidratación de los lodos), solo será posible colocar una única camada de geotubos (aprox. 2m espesor).

Considerando que el material a disponer dentro de los geotubos es de aprox. 1.000.000 m3, se hará necesario disponer de un área de 50 Ha, lo cual no se condice con la documentación suministrada e implica un costo considerable para materializar el relleno necesario hasta alcanzar cotas fuera del pelo de agua y su respectiva defensa de costa. Pregunta A: Solicitamos se indique como proceder ante este desbalance de material a dragar y áreas disponibles para el relleno con geotubos según plano 20.538. Pregunta B: Solicitamos se indique si se puede modificar la cota + 3.60 con el fin de disponer más camadas de geotubos con el fin de alojar mayor cantidad de m3 por m2 de relleno. Pregunta C: En virtud del desbalance, solicitamos se aclare la respuesta 16 d) del comunicado Nº 5/14 (ítem vertido a vaciadero exterior).

Respuesta: Ver respuesta 62 de este Comunicado. En la etapa 1 del contrato se podrá ajustar algún metraje en función del diseño final adoptado, no descartando elevar la cota final. 123. En el artículo 35.3 literales d y e se hace referencia a avales o garantías. ¿Estas

garantías o avales son los que la ANP está dispuesta a ofrecer al oferente con el fin de respaldar el financiamiento que se le ofrece? En caso afirmativo, ¿Qué tipo de garantías o avales está dispuesto a ofrecer ANP?, ¿Esta dispuesto a ceder los créditos provenientes de su actividad portuaria como garantía del repago del crédito?

Respuesta:

Se estará a lo dispuesto en el Artículo 35.3 de las bases técnicas y administrativas del llamado, quedando a criterio de cada oferente el contenido de su propuesta en este punto; extremo éste que será evaluado por la Administración luego de la apertura de ofertas.

124. Se solicita que la ANP se expida en relación a un plazo de financiación que

comprenda razonable y se ajuste a sus necesidades de financiamiento. Respuesta: Se trata de un aspecto que deberá ser considerado por el oferente en su propuesta, el cual habrá de ser evaluado al momento del estudio de las ofertas.

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125. En relación al periodo de gracia, ANP lo considera desde la recepción provisoria o

desde cada factura a ser emitida? Es decir, ¿ANP entiende de que haya periodo de garantía o no, el repago del financiamiento debe realizarse a partir de la provisoria o puede realizarse a lo largo del periodo de obra.

Respuesta: Ver Artículo 40 del pliego.

“g = Meses de gracia para el comienzo de la devolución del Importe financiado (PF), contados a partir de la Recepción Provisoria de la obra (Artículo 59°), indicados por el Oferente.”

126. Se solicita que la ANP se expida en relación a un periodo de gracia que considere

razonable y ajustado a sus necesidades.

Respuesta: ANP no se expide al respecto. 127. Tal como se expresa en el artículo 40º, ANP tiene la potestad de utilizar o no el

financiamiento propuesto. En el caso que decida no utilizarlo, aplicara la formula PAR tal como se establece en el artículo 40º? La consulta va por el lado de que si ANP no utiliza el financiamiento e igualmente aplica la formula PAR para determinar el ganador de la licitación podría estar contratando a un proveedor cuyo precio base sea más caro pero que tuvo una propuesta de financiamiento muy atractiva que compensó el mayor precio base.

Respuesta:

Se aplicara el Artículo 40° tal como está establecido.