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Compendio normativo del SBD para fomentar la inclusión
financiera.
Consejo Rector del SBD-Costa Rica-
ContextoIdentificando competencias y ámbitos.
La gobernanza como tema Construyendo credibilidad y legitimidad.
Dotando de capacidadesModelo de Gestión Normativa y primeros pasos.
!Hitos en el
ámbitonormativo
desdereforma de Ley 9274
¡
Asociación entre política y gestión públicaDel diseño a la realidad.
En Costa Rica existe un acervo regulatorio profuso que delimita la actuación de lasinstituciones propio de la observancia del principio de legalidad y tipicidad querige al Derecho Público.
Para competir bajo la nueva dinámica económica se requiere modificar losdiseños empresariales-Institucionales “tradicionales”, claramente insuficientespara afrontar los desafíos del mercado y población.
La amplitud del mandado legal, más la expectativa de los colectivos interesadosy “los tiempos” son parte de los retos.
Marco legal mejorado
Permite la participación de entes no supervisados. Fortalecimiento de microfinanzas.
Brinda la potestad para hacer banca de segundo piso.
Requiere porcentaje del 25% a Microcrédito.
Consideró recursos no reembolsables para desarrollo empresarial y aplicar instrumentos de capital semilla y riesgo.
Brinda pautas específicas para el apoyo que debe brindar el Instituto Nacional de Aprendizaje.
Amplió los sujetos beneficiarios (Emprendedores, Mipymes, modelos asociativos).
Regulación especial para Supervisados por SUGEF (Reconocimiento de particularidades de créditos de desarrollo).
Creación de un CIC-SBD.
Ampliación concepto de Aval, además avales de cartera y avales por pérdida esperada.
LEY REGLAMENTO62 artículos 150 artículos
433 disposiciones
200 temas
Bloque normativo base
Nube Acuerdos Consejo Rector
+ 1.700 Acuerdos
≈70% concentrados
en ámbitosde gestión
“…un modelo de gestión de normativa constituye una decisión estratégica.. a) Contribuir al proceso de mejora regulatoria que impulsa el Poder Ejecutivo con el objeto
de contar con un marco normativo apegado a principios de legalidad, transparencia yrazonabilidad.
b) Salvaguardar la integralidad normativa del SBD. Dicha integralidad se traduce en unesfuerzo por evitar o eliminar eventuales duplicidades regulatorias, trámites y requisitosexcesivos como de disposiciones dispersas contraproducentes a los objetivos dispuestosen la Ley 9274.
ACUERDO AG-1359-172-2015: Aprobación Modelo de Gestión Normativa del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD).
c) Promover la eficiencia normativa del SBD por medio de la mejora continua, al basarseen un enfoque basado en procesos. Este enfoque requiere la identificación e interacciónconstante con las partes interesadas, de manera que las disposiciones puedan serajustadas conforme las nuevas exigencias y expectativas del mercado y el ConsejoRector.
d) Cumplir con disposiciones relacionadas con la documentación en ámbitos como: la conservación, la custodia, la clasificación, la identificación, el acceso y la divulgación.
e) Generar las condiciones para el desarrollo de las facultades, las responsabilidades, los deberes y las conductas de los diferentes sujetos que integran, concurren o participan en el SBD. Tales condiciones deseables son: pleno control, transparencia, participación, y coherencia jurídica y técnica.”
A través de un diseño organizacional (arquitectura) que
permita desarrollar el “modelo de negocio” en forma
eficiente y sostenible, con entrega de servicios y
productos de calidad y con una visión integral de cara a
las múltiples partes interesadas.
Esta realidad demanda una gobernanza corporativa que
tenga presente todos los perímetros y relaciones que
requieren ser gestionados y que sea soporte para un
desempeño exitoso en términos cuantitativos y
cualitativos.
Construyendo credibilidad y legitimidad, iniciando por “casa” con integración y alineamiento.
Implementando el enfoque Gobierno-Riesgo-
Cumplimiento, visto como un conjunto de capacidades y
prácticas que procuran blindar a la organización, apoyar
su gestión y mejorar su desempeño
Nuestro abordaje:
INTEGRANTES
Sistema de Banca para el Desarrollo
SBDIntermediarios financieros públicos
INFOCOOP
Instituciones públicas prestadoras de servicios
no financieros y de desarrollo empresarial
Instituciones estatales y no estatales que
canalicen recursos públicos para
financiamiento y promoción de proyectos
productivos
Intermediarios financieros privados
Voluntariamente
Entidades privadas acreditadas
Voluntariamente
Instituciones privadas prestadoras de servicios
no financieros y de desarrollo empresaria
Voluntariamente
Mecanismo para promover la movilidad social de los sujetos beneficiarios de esta ley, así
como por su inclusión financiera y económica
Consejo Rector
Secretaría Técnica
-Qué gobernar?-6
OCDE
CELA
BcoMundial
BCIE
Tratados Libre comercio
-Para quién gobernar-
Parte
s inte
resad
as
Principios o fundamentos
1. Integridad y transparencia
2. Cumplimiento y rendición de cuentas
3. Idoneidad
4. Visión Sistémica
5. Acceso equitativo e inclusión financiera
6. Proporcionalidad
7. Innovación y mejora
8. Sostenibilidad financiera
9. Digitalización
10. Sostenibilidad ambiental
-Cómo gobernar?--Filosofía-
-El Modelo -
COBIT 5 (ISACA, 2013)
ISO9001
1960031000260002700122301
(…)
Modelo de Capacidad de GRC (Red book de
OCEG, 2015)
Marco Internacional:
Buen Gobierno de la entidad en el sector
público (2015)
Compendio de legislación de Mejora
Regulatoria y Simplificación de
trámites (MEIC, 2014)COSO ( 2013)
Ámbito Interno
Ámbito Externo
El Conassif emitió un Reglamento particular, que rige a partir de octubre del 2016,
para la gestión y evaluación del riesgo de crédito para el Sistema de Banca para el
Desarrollo (SUGEF 15-16), el cual, entre otras cosas, ofrece una diferenciación técnica
según características particulares de la línea de negocio de banca de desarrollo.
Reglamento operativo sobre la actividad crediticia de primer y segundo piso de los bancos participantes en el Sistema de Banca para el Desarrollo (Acuerdo AG-1583-197-2016, vigente desde enero 2017)
Regulación especial y complementaria
Requerimiento de financiamiento
(40 salarios base)
Literal F) Art 6 Ley 9274
MayorMenor
Cartera de
microcréditoCartera de
banca de
desarrollo
Beneficiariosdefinidos del inciso a) al e) del artículo 6 Ley 9274
exposición crediticia directa
Cartera de banca
de segundo piso
exposición crediticia indirecta
Beneficiarios de ley
Metodologías
Metodología Estándar
! Es una norma complementaria !
Aclara los modelos canalización (roles)
OPERADORES SUPERVISADOS
Programa
Operaciones de 2° PISO(ACREEDOR)
Operaciones de 1° PISO(ACREEDOR)
BENEFICIARIOS(DEUDOR)
Corresponsal
AGENTES ESPECIALES
Colocador1° piso
CRÉDITOs N
CRÉDITO
CRÉDITO 1
3. Requerimientos normativos
Definiciones
Bcasegundo
piso
Operación de 1 y 2
piso
Agente colocador y corresponsa
l
Perfil del beneficiario
y del operador
Procesos de autorización
Acreditación del
Operador
Autorización de
Programas
Registro corresponsale
s
Responsabilidades del Gobierno
Corp.
Sobre beneficiarios
de ley
Sobre metas y límites
Selección de agentes
(contratos)
Gestión de riesgos y
proceso crédito
Riesgos del programa
Proceso crédito
Expediente
Divulgación de información
Planes
Tasa efectiva
Información
Responsabilidad
Captura, verificación,
remisión
Agentes
Responsabilidades
Prohibiciones
Formalidades Responsabilidades InfraestructuraDe cara al
beneficiario Control y transparencia
Acuerdo AG-1583-197-2016
Instructivo:
Para el traslado de los bancos privados a la opción ii), del artículo 59 de la Ley N° 1644.
COMPENDIO NORMATIVO
-Gracias-