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Seguridad social & integración social Comisión Europea Compendio de las políticas de los Estados miembros en materia de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad

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Comisión Europea

Compendio de las políticasde los Estados miembros en materia de

igualdad de oportunidadespara las personas con discapacidad

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Seguridad social & integración social

Comisión EuropeaDirección General de Empleo, Relaciones Laborales

y Asuntos SocialesUnidad V/E.4

Texto original terminado en octubre de 1998

Compendio de las políticasde los Estados miembros en materia de

igualdad de oportunidadespara las personas con discapacidad

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El presente informe ha sido financiado y elaborado por la Comisión Europea,Dirección General V, Empleo, Relaciones Laborales y Asuntos Sociales,Dirección E, Seguridad Social e Integración Social,Unidad 4, Integración de minusválidos.

El contenido de la presente publicación no refleja necesariamente la opinión de la ComisiónEuropea

La presente publicación, así como otras muchas informaciones, están disponibles en Internet.Se puede acceder a ella a través del servidor Europa (http://europa.eu.int)

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Índice

Prólogo pág. 5

Introducción " 7

Disposiciones organizativas " 9Nota explicativa sobre esquemas y organigramas

Capítulo 1 BÉLGICA " 11

Capítulo 2 DINAMARCA " 17

Capítulo 3 ALEMANIA " 23

Capítulo 4 GRECIA " 29

Capítulo 5 ESPAÑA " 35

Capítulo 6 FRANCIA " 41

Capítulo 7 IRLANDA " 47

Capítulo 8 ITALIA " 53

Capítulo 9 LUXEMBURGO " 59

Capítulo 10 PAÍSES BAJOS " 65

Capítulo 11 AUSTRIA " 71

Capítulo 12 PORTUGAL " 77

Capítulo 13 FINLANDIA " 83

Capítulo 14 SUECIA " 89

Capítulo 15 REINO UNIDO " 95

Lista de miembros del Grupo de Alto Nivel sobre discapacidades " 105

Lista de organizaciones nacionales de personas con discapacidad " 107

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PRÓLOGO

La labor del Grupo de Alto Nivel sobre discapacidadesHace dos años, la Unión Europea decidió reformular sustancialmente su política en materiade discapacidad con la adopción de una nueva estrategia basada en el reconocimiento de losderechos de las personas con discapacidad. Esta estrategia, propugnada por la Comisión ensu Comunicación de julio de 1996 sobre la igualdad de oportunidades de las personas conminusvalía, fue refrendada oficialmente mediante una Resolución del Consejo de Ministrosde diciembre de 1996.

Mientras en el pasado las políticas públicas se fijaban como objetivo readaptar a las personasa sus discapacidades, actualmente se prima la integración, por encima del objetivo máslimitado de la adaptación, como el factor fundamental para permitir la inserción en lasociedad activa. El nuevo planteamiento se sustenta en el compromiso común de todos losEstados miembros de identificar y eliminar los obstáculos a la igualdad de oportunidades yde promover la plena participación en todos los aspectos de la vida.

Actualmente, la Resolución sirve de marco de referencia para estimular la definición precisade objetivos comunes e identificar las mejores prácticas, así como para fomentar elintercambio estructurado de información y experiencia entre los Estados miembros.

En el marco de esta nueva estrategia, se creó asimismo un Grupo de Alto Nivel formado porrepresentantes de los Estados miembros, que se reúne regularmente para seguir la evoluciónde la situación en la Unión Europea.

La labor del Grupo de Alto Nivel se inspira especialmente en las siguientes orientaciones,fijadas en la Resolución adoptada por los representantes de los gobiernos de los Estadosmiembros en la reunión del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 1996:

♦ capacitar a las personas con discapacidad para su participación en la sociedad, incluso laspersonas seriamente discapacitadas, y a la vez prestar la debida atención a las necesidadese intereses de sus familias y cuidadores,

♦ incorporar la perspectiva de la discapacidad en todos los sectores pertinentes deformulación de políticas,

♦ permitir la plena participación en la sociedad de las personas con discapacidad, mediante lasupresión de obstáculos a la misma,

♦ fomentar la receptividad de la opinión pública hacia las capacidades de las personas condiscapacidad y hacia medidas basadas en la igualdad de oportunidades.

El Grupo de Alto Nivel comparte asimismo sus experiencias acerca de la participación de losrepresentantes de las personas con discapacidad en la puesta en marcha y el seguimiento depolíticas y medidas pertinentes a su favor.

Objetivo del CompendioLos Estados miembros siguen sus propias pautas a la hora de crear y poner en prácticaprogramas y servicios dirigidos a las personas con discapacidad. Es preciso, por tanto, hacerseuna idea clara de la diversidad institucional que caracteriza a las políticas sobre discapacidadtanto a escala nacional como regional (local). Sólo así podrá mejorarse el intercambio deinformación, experiencia y especialización y reforzarse la cooperación en pos de estrategiaspolíticas más eficaces que promuevan la igualdad de oportunidades de las personas condiscapacidad.Para poder comparar las políticas nacionales es preciso tener en cuenta el contexto propio decada una de ellas. El reto que se plantea en este sentido consiste en desarrollar un modelocomún que permita definir estos contextos diferentes destacando al mismo tiempo que, a

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pesar de las notables disparidades existentes en la formulación de programas y políticas,todos los sistemas se enfrentan a las mismas cuestiones fundamentales a la hora de hacerrealidad el principio de igualdad de oportunidades. Ese es el objetivo esencial del presenteCompendio de las políticas de los Estados miembros en materia de igualdad deoportunidades para las personas con discapacidad.Cabe destacar que el enfoque adoptado en este trabajo se inspira fundamentalmente en elreconocimiento del principio de la igualdad de oportunidades. En este sentido, la política enmateria de discapacidad va más allá de la prestación de servicios médicos y sociales parareducir las limitaciones funcionales y aumentar la autonomía personal. Una política globalde igualdad de oportunidades deberá incluir asimismo cuestiones de accesibilidad,educación, empleo, seguridad social, etc. El presente Compendio subraya la necesidad deproteger y promover los derechos de las personas con discapacidad y trata de sensibilizar a lasociedad sobre las cuestiones que afectan a esta categoría de personas. Además, se prestaespecial atención a la participación coordinada de las organizaciones de personas condiscapacidad en la planificación, la puesta en marcha y el seguimiento de las políticaspertinentes.

Estructura del CompendioEl presente 'Compendio de las políticas de los Estados miembros en materia de igualdad deoportunidades para las personas con discapacidad' sigue, para cada Estado miembro, elsiguiente esquema:

Parte I - Disposiciones organizativasParte II - OrganigramaParte III - Planes de acciónParte IV - Estructuras de cooperación – consulta.

La Parte I de cada resumen nacional describe las disposiciones organizativas de las políticasen materia de discapacidad desglosadas de la siguiente forma:

A. CoordinaciónB. Derechos civilesC. PrestacionesD. ServiciosE. Accesibilidad.

La Parte II reproduce las disposiciones organizativas en forma de organigrama. Para unaexplicación de las cifras utilizadas, véase má abajo. El objetivo del organigrama consiste enofrecer al usuario la posibilidad de percibir gráficamente los vínculos y relaciones queexisten entre los cinco temas enumerados, así como las dimensiones centralizadas odescentralizadas de las estructuras.

La Parte III presenta un resumen de los planes de acción adoptados por cada Estadomiembro en el marco de sus estrategias en materia de discapacidad siguiendo lasorientaciones propuestas en la Sección II de la Resolución.

La Parte IV se centra en la naturaleza de la cooperación establecida para informar oconsultar a las organizaciones que trabajan en el ámbito de la discapacidad en cada Estadomiembro.

Bajo el epígrafe 'Disposiciones organizativas' (páginas 7 - 9), encontrará una explicación dela terminología utilizada en los esquemas y organigramas.

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INTRODUCCIÓN

DISPOSICIONES ORGANIZATIVASNota explicativa sobre los esquemas y organigramas

Los principales departamentos u organismos que tratan de las políticas de igualdad deoportunidades para las personas con discapacidad pueden agruparse, según su función, encinco categorías:

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

Puesto que la política en materia de discapacidad afecta a muchas áreas y suaplicación es responsabilidad de varios departamentos, muchos Estados miembrosreconocen la necesidad de disponer de organismos o comités específicos decoordinación.Algunos de ellos son organismos gubernamentales que coordinan programas entrediversos ministerios (A1)1, otros son organismos no gubernamentales que asesoran alos gobiernos sobre las necesidades y expectativas de las personas con discapacidad(A2).

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

En esta categoría aparecen los departamentos u organismos interesadosfundamentalmente en la protección de los derechos civiles de las personas condiscapacidad y en la aplicación del conjunto de legislación relativamente recientesobre la antidiscriminación. La política más habitual de derechos civiles protegecontra la discriminación en el empleo o establece el derecho a recibir una educaciónpública gratuita. Otras medidas de esta categoría protegen los derechos de laspersonas confinadas, incluidas las personas con discapacidad física y mental.

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a laspersonas con discapacidad (prestaciones)

Esta categoría incluye a los organismos que trabajan con políticas de mantenimientode rentas. Estas políticas pueden estar incorporadas en disposiciones en materia deseguridad social (C1) o programas de asistencia social (C2).

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

Estos servicios pueden dividirse en las siguientes áreas:

• Educación(D1): organismos que administran educación especial o garantizan elacceso a la educación

• Rehabilitación profesional(D2): organismos responsables de servicios deformación o de reciclaje, así como de aportar ayuda financiera durante larehabilitación

1 A1, A2, etc. = códigos

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• Empleo(D3): organismos responsables de servicios de colocación, incentivos osubvenciones financieras, adaptación del lugar de trabajo, sistemas de cuota oempleo protegido, así como de la normativa laboral

• Salud (D4): organismos responsables de medidas para la prevención de lasdiscapacidades, para el diagnóstico precoz de éstas o para garantizar el acceso aservicios públicos de salud, así como de dispensar rehabilitación médica oaparatos de prótesis y medios de ayuda

• Integración social(D5): organismos responsables de medidas tales como loscuidados a cargo de asistentes, los cuidados de sustitución del cuidador habitual,los servicios de base y la ayuda doméstica e instituciones o servicios socialesrelacionados con el ocio

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

Esta categoría incluye departamentos u organismos responsables de normas deaccesibilidad para entornos de edificios (E1), transporte accesible (E2) o viviendas(E3).

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Columnas grises dela izquierda:

Indicación de los 5 ámbitospolíticos principales

Columnas grises de la derecha:

Indicación del nivel descentralizado desde elcual se toman las decisiones o se aplican las políticas

Ministerios

Organismos gubernamentales (no ministerios)

Organigrama: Explicación de la configuración de la página y de las cifras y símbolos utilizados

Temas

Organismos consultivos gubernamentales

Organizaciones de personas con discapacidad que asesoran al gobierno

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BÉLGICA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio de Asuntos Sociales, Salud Pública y Medio Ambiente- Consejo Nacional Superior de Personas con Discapacidad- Comisiones interministeriales de las Comunidades para la igualdad de oportunidades

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio de Justicia- Centro para la igualdad de oportunidades y la lucha contra el racismo- Comunidades y regiones (ministerios responsables de la asistencia a las personas con

discapacidad y de la política de igualdad de oportunidades)

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio de Asuntos Sociales, Salud Pública y Medio Ambiente

C2. Programas de bienestar social- Ministerio de Asuntos Sociales, Salud Pública y Medio Ambiente

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Comunidades

D2. Rehabilitación profesional- Comunidades

D3. Empleo- Ministerio de Empleo y Trabajo- Comunidades

D4. Salud- Ministerio de Asuntos Sociales, Salud Pública y Medio Ambiente- Comunidades

D5. Integración social- Comunidades

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D6. Tecnologías de la información- Ministerio de Ciencia- Comunidades

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Regiones

E2. Transporte accesible- Ministerio de Transporte e Infraestructura- Regiones

E3. Vivienda- Regiones

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Ministerio de Transportee Infraestructura

Ministerio de Transportee Infraestructura

Ministeriode Ciencia

Ministeriode Ciencia

Tecnologías dela Información

Protección social

Derechos civiles

Comisiones interministeriales delas Comunidades para la igualdad

de oportunidades

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

Ministerio de Asuntos Sociales,Salud Pública y Medio Ambiente

Ministerio de Asuntos Sociales,Salud Pública y Medio Ambiente

ACCESIBILIDAD

SERVCIOS

PRESTACIONES

COORDINACIÓN

Educación

Seguridad Social

Ministerio de Empleoy Trabajo

Rehabilitaciónprofesional

Salud

Empleo

Integración social

Edificios Transporte Vivienda

Ministerio de JusticiaMinisterio de JusticiaCentro para la igualdad

de oportunidades y la lucha contra el racismo

Centro para la igualdadde oportunidades y la lucha

contra el racismo

REGIONES

COMUNIDADES

DERECHOSCIVILES

Consejo Nacional Superiorde Personas con Discapacidad

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación – Plan GeneralEn Bélgica, los aspectos "personales" dela estrategia en favor de las personas condiscapacidad son competencia de lascomunidades y regiones, cuya divisiónterritorial coincide, a grandes rasgos, conlas diferentes áreas lingüísticas.

Numerosos aspectos, sin embargo, soncompetencia del Gobierno federal,especialmente la asistencia financiera alas personas con discapacidad.

La coordinación a escala federal esresponsabilidad de la Secretaría de Estadode Seguridad, Rehabilitación Social yMedio Ambiente, dependiente delMinisterio de Asuntos Sociales, SaludPública y Medio Ambiente.

En un documento estratégico elaboradoen 1998 por esta Secretaría de Estado seespecifica que la política federal en favorde las personas con discapacidad no debeconcebirse únicamente como un régimende prestaciones, sino como parte de unsistema más general. La acción a escalafederal deberá centrarse, pues, en laintroducción de mejoras cualitativas, porejemplo en los procedimientosadministrativos y en los reconocimientosmédicos, así como en la reducción de lostiempos de espera.

La política de igualdad de oportunidadespara las personas con discapacidad sebasa en la Recomendación R92/6 delConsejo de Europa relativa a una políticacoherente para las personas condiscapacidad, y en los principios queinspiran la política de la Unión Europeaen materia de asistencia a las personascon discapacidad.

Las comunidades y regiones también hanadoptado medidas para mejorar lacoordinación. Así, por ejemplo, en laRegión Valona, el Decreto de 6 deabril de 1995 estableció las pautas decooperación entre los Ministerios deAsuntos Sociales, Hacienda, Economía yTransporte a fin de mejorar la integraciónsocial de las personas con discapacidad.

En la Comunidad Flamenca se elaboró unplan general para la integración de laspersonas con discapacidad que cubre elperiodo 1997-2000. Una estrategiageneral de este tipo garantiza laparticipación de todos los ministeriosinteresados.

EducaciónSe han adoptado iniciativas parafavorecer la integración de las personascon discapacidad en los sistemasgenerales de enseñanza. En Bruselas, porejemplo, se ha puesto en marcha unproyecto que tiene como objetivo permitira las personas con discapacidad participaren los cursos de reciclaje o formacióncomplementaria en las pequeñas omedianas empresas, mejorando así susoportunidades de incorporarse oreincorporarse al mercado de trabajo.

Integración social y profesionalLos programas de las comunidades secentran en los siguientes objetivos:integración social, (re)inserción en elmercado de trabajo, mejora de lascondiciones de vida y mayor autonomíade las personas con discapacidadmediante la supresión de los obstáculosfísicos y técnicos. Se prevén asimismoasignaciones personalizadas.

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Entorno sin barrerasLa Ley de 17 de julio de 1975 establecenormas relativas a la accesibilidad de losedificios públicos.

En la Comunidad Flamenca, lacoordinación de las medidas en materiade accesibilidad es competencia delMinisterio responsable de la igualdad deoportunidades. El Fondo Flamenco ofrecea las personas con discapacidad laposibilidad de obtener indemnizacionespara la conversión de sus hogares.

También se han adoptado medidas paraincluir en los programas de formación dearquitectos los problemas específicos alos que se enfrentan las personas condiscapacidad.

En la Región Valona, los Ministerios deAsuntos Sociales, Planificación Urbana yRural e Interior decidieron estudiar losrequisitos que deben cumplir los edificiospúblicos y su entorno.

IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

El Consejo Nacional Superior, órganoconsultivo federal, está compuestoprincipalmente por representantes de lasorganizaciones de personas condiscapacidad. Su Presidente esigualmente miembro de una de estasorganizaciones.

El Consejo tiene como misión principalasesorar al Ministerio de AsuntosSociales, Salud Pública y MedioAmbiente, a petición de éste o a iniciativapropia, sobre las medidas que debenadoptarse para ayudar a las personas condiscapacidad. El Consejo estudia ademáslos problemas de carácter general quepueden afectar a las personas condiscapacidad y entran dentro de lascompetencias federales.

Los dictámenes del Consejo sonelaborados a menudo por grupos detrabajo.

El Ministro responsable de la asistenciafinanciera a las personas condiscapacidad debe consultar al Consejosobre todos los reales decretos propuestosen aplicación de la Ley de 27 de febrerode 1987 relativa a las prestaciones enfavor de las personas con discapacidad.

También en las comunidades se hancreado organismos consultivos en los queparticipan representantes de lasorganizaciones de personas condiscapacidad. Estos organismos asesorana los gobiernos de las comunidades y alos organismos públicos responsables dela asistencia a las personas condiscapacidad a escala comunitaria.

Estos organismos públicos (o entidadesde interés público) son creados por ley ytienen como misión promover laintegración social de las personas condiscapacidad.

Las organizaciones de personas condiscapacidad están representadas en losconsejos de administración de estosorganismos públicos. Se han creadoorganismos consultivos para ámbitosespecíficos como, por ejemplo, larehabilitación profesional o la integraciónsocial.

En Bélgica, las organizaciones privadasde carácter voluntario desempeñan unpapel decisivo en la aplicación de laspolíticas en el ámbito de la discapacidad.

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DINAMARCA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

Nota: De conformidad con el principio de responsabilidad sectorial, todos los ministerios yautoridades públicas son responsables de la integración de la política en materia de discapacidad enla normativa pertinente que de ellos emane. No existe un único organismo gubernamentalresponsable de todos los ámbitos de la política en materia de discapacidad.

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio de Asuntos Sociales- Ministerio de Educación- Ministerio de Asuntos Eclesiásticos- Ministerio de Trabajo- Ministerio de Sanidad- Ministerio de Urbanismo y Vivienda- Ministerio de Tráfico- Ministerio de Cultura- Ministerio de Industria- Ministerio de Investigación

A2. Organismos no gubernamentales- Consejo Nacional de Discapacidad- Centro para la Igualdad de Oportunidades de las Personas con

Discapacidad- Consejo Danés de Organizaciones de Personas con Discapacidad

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio de Justicia

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio de Asuntos Sociales

C2. Programas de bienestar social- Ministerio de Asuntos Sociales- Ministerio de Trabajo- Administraciones comarcales- Administraciones locales

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D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio de Educación

D2. Rehabilitación profesional- Ministerio de Asuntos Sociales- Ministerio de Trabajo

D3. Empleo- Ministerio de Trabajo- Ministerio de Asuntos Sociales- Administraciones comarcales- Administraciones locales

D4. Salud- Ministerio de Sanidad- Ministerio de Asuntos Sociales

D5. Integración social- Ministerio de Asuntos Sociales- Administraciones comarcales- Administraciones locales

D6. Tecnologías de la información- Ministerio de Investigación

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Urbanismo y Vivienda

E2. Transporte accesible- Ministerio de Tráfico

E3. Vivienda- Ministerio de Urbanismo y Vivienda- Administraciones locales

La política danesa en materia de discapacidad se basa en el principio de integración comorequisito previo para garantizar la igualdad de trato en la sociedad. La legislación en generalse plantea como objetivo responder a las necesidades de las personas con discapacidad através de medidas ordinarias. Se han creado un Consejo Nacional de Discapacidad y unCentro para la Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad con el fin degarantizar la eficacia de los servicios públicos y un tratamiento equitativo en todos losaspectos de la vida social.

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Ministerio de Asuntos SocialesMinisterioMinisterio de de Asuntos Sociales Asuntos SocialesCentro para la Igualdadde Oportunidades de las

Personas con Discapacidad

Centro para la Igualdadde Oportunidades de las

Personas con Discapacidad

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

Ministerio de Justicia

Ministerio de Trabajo

Ministerio de Educación

Ministerio de Sanidad Ministerio de Investigación

Ministerio de Urbanismo y Vivienda

Ministerio de Tráfico

ADM.

LOCALES

ADM.

COMARCALES

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

PRESTACIONES

DERECHOS

CIVILES

COORDINACIÓN

Consejo Danés de Organizaciones de Personas

con Discapacidad

Consejo Danés de Organizaciones de Personas

con Discapacidad

Consejo Nacionalde Discapacidad

Consejo Nacionalde Discapacidad

Derechos civiles

Seguridad Social

Empleo

EducaciónRehabilitación

profesional

Protección social

Tecnologías dela Información

Integración social

ViviendaTransporteEdificios

Salud

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación - Plan generalEl Consejo Nacional de Discapacidad fuecreado en el marco de la reformaadministrativa emprendida en 1980 paradescentralizar la asistencia social y elservicio social, competencias que fuerontransferidas a las administracionescomarcales y locales. La composición delConsejo obedece a la necesidad dereconocer el papel de los usuarios en laformulación de políticas y en la adopciónde normativas a escala central. La políticaen materia de discapacidad no se limitasólo a los servicios sociales sino queimplica decisiones políticas a escalanacional. En cualquier caso, lasdificultades a las que se enfrentan laspersonas con discapacidad deben serresueltas en los diferentes sectores en losque se plantean. Conviene recordar, sinembargo, que los ministerios sólo sonresponsables de la elaboración yaplicación de la normativa pertinente yque es competencia de lasadministraciones locales la prestación deservicios y asistencia financiera a laspersonas con discapacidad.

Al programar sus actividades, el Consejotiene en cuenta la aplicación de lasnormas uniformes de las Naciones Unidassobre la igualdad de oportunidades de laspersonas con discapacidad.

La creación del Centro para la Igualdadde Oportunidades de las Personas conDiscapacidad responde a la voluntad decentrarse en la aplicación práctica de estaestrategia. El Centro actúa de formainterdisciplinar por encima de límitesadministrativos y ministeriales y persiguedos objetivos fundamentales:

- recabar, promover y divulgar, a escalanacional e internacional, lainformación y la especializaciónnecesarias sobre las condiciones queafectan a las personas condiscapacidad así como sobre losefectos de los diferentes tipos dediscapacidad, y

- reaccionar frente a los casos dediscriminación que sufren las personascon discapacidad.

El Centro publica un informe anual quesirve de base para la declaración que elMinistro de Asuntos Sociales, en nombredel Gobierno, presenta al Parlamentodanés.

EducaciónEl Ministerio de Trabajo ha preparado unplan de acción destinado a facilitar a laspersonas con discapacidad el acceso a loscentros de educación para adultos ygarantizar su participación en laformación para conseguir un empleo.

Integración socialEl Ministerio de Cultura ha publicado uninforme titulado “Informe sobre el accesode las personas con discapacidad a lasactividades culturales”, en el que figuranuna serie de recomendaciones quedeberán llevarse a la práctica en el marcode un plan de acción. Uno de los aspectosde este plan consiste en garantizar que losedificios que albergan actividadesculturales sean accesibles para laspersonas con discapacidad. El plancontiene asimismo iniciativas de carácterinformativo tendentes a facilitar a laspersonas con discapacidad suparticipación en actividades culturales.

Tecnología de la informaciónEl Ministerio de Investigación ha creadoun grupo de referencia para garantizarque se toman en consideración lasnecesidades de las personas condiscapacidad a la hora de formulariniciativas en el ámbito de la tecnologíade la información.

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AccesibilidadUn Comité interministerial, dependientedel Ministerio de Urbanismo y Vivienda,ha preparado un plan relativo a laaccesibilidad física. El plan contiene

cuarenta y cuatro iniciativas quecontribuirán a la accesibilidad del entornofísico de las personas con discapacidad.

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IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

El Consejo Nacional de DiscapacidadEl Consejo Nacional de Discapacidadestá compuesto por el mismo número derepresentantes de las organizaciones depersonas con discapacidad y de lasadministraciones locales, comarcales ynacionales responsables de los serviciosde salud, protección social, educación ycultura. Además, participan en lasreuniones del Consejo expertos en losámbitos de la vivienda, transporte,telecomunicaciones y empleo.

Una de las funciones del Consejo consisteen seguir y evaluar las condicionessociales que tienen incidencia sobre lavida de las personas con discapacidad.Con este fin, el Consejo puede presentarpropuestas y promover modificaciones.

El Consejo Nacional de Discapacidadpuede ser consultado por cualquierautoridad administrativa. En laactualidad, es práctica común que losministerios recurran al asesoramiento delConsejo acerca de cuestionesrelacionadas con la discapacidad.

Centro para la Igualdad deOportunidades de las Personas conDiscapacidadEn la primavera de 1993, el Parlamentodanés aprobó una resolución en la que serecomendaba a todas las autoridadespúblicas y empresas privadas querespetasen el principio de la igualdad detrato entre las personas con discapacidady los demás ciudadanos.Simultáneamente, el Parlamento decidiócrear el Centro para la Igualdad deOportunidades de las Personas conDiscapacidad. La resoluciónparlamentaria se inspira en el principio deque, en lugar de introducir normativasespecíficas para las personas condiscapacidad, es preferible desarrollar el

nivel general de concienciación sobre susituación a través de iniciativas deinformación y cooperación con lasautoridades públicas y organizaciones depersonas con discapacidad.

Consejo Danés de Organizaciones dePersonas con DiscapacidadEl Consejo Danés de Organizaciones dePersonas con Discapacidad es unaasociación que integra 28 organizacionesnacionales. Constituye la únicaorganización general en el ámbito de ladiscapacidad. El Consejo tiene comoobjetivo principal proteger los interesescomunes de las organizaciones que loforman. Sus tareas principales consistenen negociar con el Gobierno nacionalcuestiones generales de importancia paratodas las categorías de discapacitados, porejemplo en materia de educación,mercado de trabajo, prestaciones yseguros. Normalmente y siempre que loconsideren oportuno, el Gobierno y lasadministraciones locales consultan alConsejo o le piden que designepersonalidades cualificadas pararepresentar a las personas condiscapacidad.

El Consejo designa siete miembros delConsejo Nacional de Discapacidad,organismo creado por el Gobierno danés.Además, designa una parte de losmiembros de otros comités y comisionespúblicos a escala local y nacional.El Consejo cuenta con una delegaciónregional en cada una de las 15 comarcasdanesas. Cada organización afiliadacuenta con un representante en cada unade las delegaciones regionales y dosrepresentantes en la junta nacional delConsejo. El presidente y el comitéejecutivo son elegidos por la juntanacional del Consejo.

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ALEMANIA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales- Ministerios correspondientes de los Estados federados- Agencias federales y de los Estados federados en materia de discapacidad

A2. Organismos no gubernamentales- Comité Consultivo para la Rehabilitación de las Personas con Discapacidad- Comités correspondientes de los Estados federados

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio Federal de Justicia (para cuestiones generales)- Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales (con particular referencia a los

problemas de las personas con discapacidad)- Agencias federales y de los Estados federados en materia de discapacidad

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Instituto del seguro de enfermedad, instituto del seguro de accidente e instituto del

seguro de pensiones- Oficina Federal de Trabajo, instituto del seguro de asistencia de larga duración

C2. Programas de bienestar social- Institutos de asistencia social locales y supralocales- Instituto responsable de la asistencia a la juventud

C3. Prestaciones que no son responsabilidad de los regímenes de seguridad social o deasistencia social

- Institutos responsables de las indemnizaciones sociales (en particular para inválidosde guerra, víctimas de la violencia y víctimas de vacunas)

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio Federal de Educación, Ciencia, Investigación y Tecnología- Ministerios correspondientes de los Estados federados

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D2. Rehabilitación profesional- Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales- Ministerios correspondientes de los Estados federados- Oficina Federal de Trabajo- Otras instituciones responsables en materia de rehabilitación profesional

D3. Empleo- Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales- Ministerio Federal de Sanidad (para el ámbito de la asistencia social y empleo

protegido)- Ministerios correspondientes de los Estados federados

D4. Salud- Ministerio Federal de Sanidad- Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales- Ministerios correspondientes de los Estados federados

D5. Integración social- Ministerio Federal de Sanidad (por lo que respecta a la asistencia social)- Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales- Ministerios correspondientes de los Estados federados

D6. Tecnologías de la información- Ministerio Federal de Educación, Ciencia, Investigación y Tecnología- Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales- Ministerios correspondientes de los Estados federados

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio Federal de Planificación Regional, Vivienda y Desarrollo Urbano- Ministerios correspondientes de los Estados federados

E2. Transporte accesible- Ministerio Federal de Transporte- Ministerios correspondientes de los Estados federados

E3. Vivienda- Ministerio Federal de Planificación Regional, Vivienda y Desarrollo Urbano- Ministerios correspondientes de los Estados federados

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Ministerio Federalde Sanidad

Ministerio Federalde Sanidad

Empleo

Tecnologías dela información

Ministerio Federal deTrabajo y Asuntos Sociales

MinisterioMinisterio Federal de Federal deTrabajoTrabajo y y Asuntos Sociales Asuntos Sociales

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

ADM.

LOCALES

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

DERECHOS

COORDINACIÓN

Derechos civiles

Seguridad Social

Integraciónsocial

Rehabilitaciónprofesional

Protecciónsocial

ViviendaTransporte

Edificios

Instituto responsable dela asistencia a la juventud

Otras institucionesresponsables en materia

de rehabilitación profesional

Ministerio Federal dePlanificación Regional

Ministerio Federal dePlanificación Regional

Comité Consultivopara la Rehabilitaciónde las personas con

discapacidad

Comité Consultivopara la Rehabilitaciónde las personas con

discapacidad

ComitésconsultivosComités

consultivos

Instituto del seguroPRESTACIONES

ESTADOS

FEDERADOS

Ministerio Federalde Justicia

Ministerio Federalde Justicia

Otrasprestaciones

Instituto Federalde Trabajo

Instituto responsable de lasindemnizaciones sociales

Ministerio Federalde Educación

Ministerio Federalde Educación

Salud

Educación

Ministerio Federalde Transporte

Ministerio Federalde Transporte

25

Agencias federales y de losEstados federados en materia

de discapacidad

CIVILES

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación – Plan generalLa Constitución de la República Federalgarantiza a todas las personas,independientemente de la causa,naturaleza o gravedad de su discapacidad,el respeto de la dignidad humana, elderecho a la vida y a no sufrir dañoscorporales, la libertad de desarrollopersonal, el principio del estado social yla igualdad de trato por parte de lasautoridades públicas.

Mediante una estrategia coordinada, setrata de garantizar que la planificación yfinanciación de las medidas adoptadasresponden a la demanda existente y soncoherentes con las necesidades de laspersonas con discapacidad. Entre losprincipales instrumentos de coordinacióndestacan las actividades de relacionespúblicas, la labor de los distintos comitésy la cooperación con las diferentesinstituciones, en particular por lo que serefiere a la elaboración y posterioraplicación de planes en favor de laspersonas con discapacidad y de suinclusión en la planificación social aescala regional. Este tipo de planes,destinados a satisfacer las necesidades delas personas con discapacidad, ofreceigualmente la oportunidad de decidir,conjuntamente con las organizaciones depersonas con desigualdad, si se cuentacon el número suficiente de servicios ycentros especializados de rehabilitación eintegración a escala regional y si éstoscuentan con la especialización requerida,o si son necesarias nuevas medidas.

Para poder disponer de un panoramageneral de los progresos realizados en losámbitos jurídico y político, el ParlamentoAlemán (Cámara Baja) instó en 1982 alGobierno Federal a que presentara cadalegislatura un informe sobre la situaciónde las personas con discapacidad y susprogresos en materia de rehabilitación. Enel cuarto informe de esta serie, presentadoen diciembre de 1997, figuran, deconformidad con las orientaciones del

Parlamento alemán, descripciones yanálisis generales y plenamentecontextualizados.

Derechos civilesEn noviembre de 1994, el principiogeneral en materia de igualdad de tratoconsagrado en el apartado 1 del artículo 3de la Constitución, que garantiza laigualdad de todos los ciudadanos ante laley, fue completado por medio de unadisposición que hace referencia específicaa las personas con discapacidad,añadiéndose en el apartado 3 del artículo3 una frase en la que se estipula que nadiepodrá recibir un trato desfavorable pormotivo de discapacidad. Aunque ya conanterioridad a esta fecha la Constituciónprotegía a las personas con discapacidadcontra cualquier tipo de discriminaciónpor parte de los poderes públicos, laenmienda vino a consolidar la posición deesta categoría de personas, en la medidaen que impone al Estado la obligación deadoptar las medidas necesarias paragarantizar la participación de las personascon discapacidad en la vida social enigualdad de condiciones con los demásciudadanos.

Rehabilitación profesionalTodas las personas aquejadas de unadiscapacidad física, mental o psicológica,o que corran riesgo de padecerla, tienenderecho, independientemente de la causade la misma, a la asistencia necesariapara:

- prevenir, curar o paliar ladiscapacidad, o prevenir suagravamiento,

- o mitigar sus consecuencias y ocuparun lugar en la sociedad, en particularen la vida laboral, que sea adecuado asus preferencias y capacidades.

Por lo general, se reconoce que este“derecho social” constituye no sólo unprincipio jurídico para la elaboración yaplicación de la normativa social, sino

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también un principio rector de la políticade tratamiento y rehabilitación de ladiscapacidad. Para alcanzar este objetivo,la República Federal cuenta con unsistema de prestaciones sociales general ydiferenciado, aunque conceptualmentecoherente, que abarca igualmente y deforma específica a las personas condiscapacidad. En Alemania, se consideraque la coordinación, eficacia y buenfuncionamiento del sistema son los retosfundamentales que deben abordarse paragarantizar una rehabilitación con nivelesde gasto razonables.

Integración social –Un entorno sin barrerasPara conseguir que la integración socialsea lo más generalizada y eficaz posiblese deberán ampliar las prestacionessociales citadas, así como cualquier otrosistema de asistencia, de modo queincluyan los siguientes aspectos:- atención prioritaria a las cualificaciones

personales de los discapacitados,- definición de las condiciones físicas

necesarias para abordar los problemas alos que se enfrentan y han de adaptarselas personas con discapacidad (porejemplo en lo relativo al transporte o lacomunicación con otras personas),

- voluntad suficiente por parte de laspersonas con discapacidad y de lasociedad en general para hacer todo loposible en pro de la integración, y

- clima general favorable a la integración.

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IV. ESTRUCTURAS DECOOPERACIÓN – CONSULT

Siempre que exista una cooperación porparte de las instituciones competentesanteriormente mencionadas y basada endisposiciones legales armonizadas, unsistema estructurado podría crear ymantener las condiciones necesarias paraque las personas aquejadas de unadiscapacidad, así como las personasamenazadas de padecerla, puedanintegrarse plenamente en la sociedad.

Comités consultivos para larehabilitación de las personas condiscapacidadDe conformidad con el principio deincorporación de la dimensión de ladiscapacidad en todas las políticas ymedidas pertinentes, las medidas queafectan a las personas con discapacidadson responsabilidad de las autoridadescompetentes. En caso de que se trate deorganismos públicos, la atribución decompetencias variará según se trate deautoridades a escala federal, de losEstados federados o local. A escalafederal, el Ministerio Federal de Trabajoy Asuntos Sociales ha asumido laresponsabilidad en materia decoordinación - lo que se aplica asimismoa los Estados federados -, con lacolaboración del Comité Consultivo parala Rehabilitación de las Personas conDiscapacidad y, en su caso, de otrosministerios federales.

El Comité Consultivo está compuesto porrepresentantes de asociaciones patronalesy sindicales, organizaciones de personascon discapacidad, Estados federados,organismos autónomos locales,principales instituciones de asistencia,Oficina Federal de Empleo, regímenesobligatorios de pensiones y del seguro deaccidentes, asistencia social,organizaciones voluntarias de asistencia ycentros responsables de la rehabilitaciónprofesional. En condiciones normales, elComité se reúne varias veces al año,según el procedimiento y el calendarioque dicten las circunstancias.

A escala regional también es necesariocoordinar los distintos tipos de asistenciadisponible, en particular para poderdisponer de un panorama general de losservicios que se pueden ofrecer y facilitarsu reconocimiento por parte de losusuarios. En muchas administracioneslocales, esta responsabilidad recae en los“coordinadores en materia dediscapacidad”, mientras que en otras lacoordinación se garantiza en el marco delas estructuras administrativas y decooperación existentes o de iniciativasemprendidas por institucionesindependientes. Estos centros decoordinación constituyen puntos decontacto para las asociaciones y estánvinculados a los centros de rehabilitaciónque funcionan como puntos de atencióncentralizada para las personas condiscapacidad.

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GRECIA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio de Sanidad y Protección Social

A2. Organismos no gubernamentales- Confederación Nacional de Personas con Discapacidad- Federación Panhelénica de Organizaciones de Padres y Tutores de Niños

Discapacitados

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio de Sanidad y Protección Social en cooperación con otros organismos

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

C2. Programas de bienestar social- Ministerio de Sanidad y Protección Social

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio de Educación Nacional y Asuntos Religiosos

D2. Rehabilitación profesional- Ministerio de Sanidad y Protección Social- Ministerio de Educación Nacional y Asuntos Religiosos- Ministerio de Trabajo (Organización en favor del empleo de la población activa)

D3. Empleo- Ministerio de Trabajo (Organización en favor del empleo de la población activa)- Ministerio de Sanidad y Protección Social- Comité Tripartito

D4. Salud- Ministerio de Sanidad y Protección Social

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D5. Integración social- Ministerio de Sanidad y Protección Social

D6. Tecnología de la información- Ministerio de Sanidad y Protección Social

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Obras Públicas- Ministerio de Interior, Administración Pública y Descentralización- Ministerio de Cultura

E2. Transporte accesible- Ministerio de Transportes y Comunicaciones

E3. Vivienda- Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Obras Públicas

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ConfederaciónNacional de Personas

con Discapacidad

ConfederaciónNacional de Personas

con Discapacidad Federación Panhelénica de Organizaciones de Padres

y Tutores de Niños Discapacitados

Federación Panhelénica de Organizaciones de Padres

y Tutores de Niños Discapacitados

Salud

Vivienda

Integraciónsocial

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

DERECHOS

COORDINACIÓN

Derechos civiles

Seguridad Social

Educación

Tecnologías dela Información

TransporteEdificios

Organización en favor del empleo

Ministerio de Medio Ambiente, ...

Ministerio de Medio Ambiente, ...

PRESTACIONES

Empleo

Ministerio de Trabajo ySeguridad Social

Ministerio de Trabajo ySeguridad Social

Ministerio de CulturaMinisterio de Cultura

Ministerio de Educación Nacional y Asuntos Religiosos

Ministerio de Educación Nacional y Asuntos Religiosos

MinisterioMinisterio de de Sanidad Sanidadyy Protección Protección Social Social

CIVILES

Ministerio de Transportey Comunicaciones

Ministerio de Transportey Comunicaciones

Protecciónsocial

Ministerio deInterior, ...

Rehabilitaciónprofesional

31

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación – Plan GeneralEl Parlamento griego ha ratificado lasnormas uniformes de las Naciones Unidasrelativas al Programa de Acción Mundial(Ley nº 2430/1996). Se ha encargado a uncomité, presidido por el Secretario deEstado de Protección Social y en el queestán representados diferentes partidos, lapreparación del Plan Nacional de Acción.Además, se ha invitado a un comitéinterministerial compuesto porsecretarios de Estado de variosministerios a que elaboren orientacionespara preparar y aplicar una estrategiageneral en materia de discapacidad.

Seguridad social y protección socialLey nº 2646, de 20 de octubre de 1998, porla que se crea un Sistema Nacional deProtección Social mejor adaptado a lasnecesidades de la sociedad moderna, laelectrónica y la evolución de lasprestaciones.

EducaciónEl Ministerio de Educación Nacionalpresentará en breve un decreto por el quese introducen una serie de mejoras en elsistema de educación especial a fin deofrecer a los estudiantes discapacitados unamejor educación general, técnica yprofesional.

El Ministerio de Educación Nacional estáaplicando un plan de formación delprofesorado para facilitar la integración delos estudiantes discapacitados.

EmpleoLey nº 2648, de 29 de septiembre de 1998,relativa a una aplicación más eficaz delsistema de cuotas en favor del empleo delas personas con discapacidad y otrosgrupos sociales vulnerables en los sectorespúblico y privados.Publicación del nuevo programa de laOrganización en favor del empleo:medidas destinadas a aumentar el númerode puestos de trabajo para personas condiscapacidad (mayores subvenciones paraempresarios y jóvenes empresariosdiscapacitados).

Integración socialEntre las medidas más recientes destacanlos siguientes:

- Decreto presidencial nº 210/10, de 10de julio de 1998, por el que seintroduce la tarjeta de discapacidad,que simplificará los procedimientospara acceder a las diferentesprestaciones,

- un decreto por el que se establecencriterios para la creación y elfuncionamiento de estructuras enfavor de la autonomía,

- creación de una red de asistencia adomicilio.

En el contexto del segundo Marco deApoyo Comunitario, el Ministerio deSanidad y Protección Social ha elaboradoun proyecto de ley relativo a la creaciónde 23 centros de apoyo para las personascon discapacidad y centros especializadospara autistas.

AccesibilidadCreación de comités interministerialesresponsables de las cuestiones relativas a laaccesibilidad de servicios, edificios,transportes y comunicaciones públicos.

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IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

Confederación Nacional de Personascon DiscapacidadLa Confederación Nacional de Personascon Discapacidad actúa como interlocutorsocial del Gobierno en cuestionesrelativas a la discapacidad.El 3 de diciembre de cada año, laConfederación presenta al Presidente dela Cámara un informe sobre los derechosciviles y sociales de las personas condiscapacidad en Grecia. Además:- el Ministerio de Sanidad y

Protección Social toma enconsideración la opinión de laConfederación por lo que respecta alas condiciones y los procedimientospara conceder subvenciones a lasorganizaciones de personas condiscapacidad;

- a la hora de aplicar el sistema decuotas a escala ministerial, se encargade la supervisión de la colocación depersonas con discapacidad un comitétripartito en el que está representadala Confederación. A escala nacional,es posible solicitar la intervención deun comité especial.

Otras organizacionesUn representante de las organizaciones depersonas con discapacidad participa en lamayoría de los consejos deadministración de las agencias deprotección social que prestan servicios aesta categoría de personas.

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ESPAÑA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losgobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Real Patronato de Prevención y de Atención a Personas con Minusvalía (Ministerio

de Trabajo y Asuntos Sociales)- Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) (Ministerio de Trabajo y

Asuntos Sociales)

A2. Organismos no gubernamentales- Comité Español de Representantes de Minusválidos (CERMI)

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio de Justicia- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales - Secretaría de Estado de la Seguridad

Social

C2. Programas de bienestar social- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales - Secretaría General de Asuntos Sociales*- Comunidades Autónomas. Consejería de Servicios Sociales

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio de Educación y Cultura- Comunidades Autónomas. Consejería de Educación*

D2. Rehabilitación profesional- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

D3. Empleo- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales- Comunidades Autónomas. Consejería de Trabajo*

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D4. Salud- Ministerio de Sanidad y Consumo- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales- Comunidades Autónomas. Departamento de Salud

D5. Integración social- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales - Secretaría General de Asuntos Sociales- Comunidades Autónomas. Departamento de Servicios Sociales- Administraciones locales. Ayuntamiento

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Fomento- Administraciones locales. Ayuntamiento- Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (IMSERSO)

E2. Transporte accesible- Ministerio de Fomento- Administraciones locales. Ayuntamiento- Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (IMSERSO)

E3. Vivienda- Ministerio de Fomento- Administraciones locales. Ayuntamiento- Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (IMSERSO)

* En el caso de los Departamentos o Consejerías de las Comunidades Autónomas a lasque se hace referencia, estos pueden tener diversas denominaciones e incluir distintascompetencias.

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Ministerio de Trabajoy Asuntos Sociales

MinisterioMinisterio de de Trabajo Trabajoyy Asuntos Sociales Asuntos Sociales

Comité Español deRepresentantes de

Minusválidos

Comité Español deRepresentantes de

Minusválidos

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

Ministerio de Justicia

Ministerio de Educacióny Cultura

Ministerio de Sanidady Consumo

COMUNIDADES

AUTÓNOMAS

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

PRESTACIONES

DERECHOS

CIVILES

COORDINACIÓN

Educación

ADMS.

LOCALES

IMSERSO

Seguridad Social

Derechos Civiles

Protección social

Rehabilitaciónprofesional

Empleo

SaludIntegración social

Ministerio de Fomento Ministerio de Fomento

ViviendaTransporteEdificios

Real Patronato de Prevención y de Atención a

Personas con Minusvalía

RealReal Patronato Patronato de de Prevención Prevención y de y de AtenciAtenciónn a a

Personas con Personas con MinusvalíaMinusvalía

Centro Estatal de AutonomíaPersonal y Ayudas Técnicas

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación – Plan GeneralEn 1996 se aprobó el Plan de Acción paralas Personas con Discapacidad a fin deprofundizar y desarrollar los principiosconsagrados en la Ley 13/1982, de 7 deabril, de integración social de laspersonas con minusvalía. El Plan tienecomo objetivo garantizar que las personascon discapacidad puedan acceder a unempleo ordinario o, en caso de que estono sea posible, trabajar en un centroespecial de empleo o asistir a un centroocupacional.

El Plan de Acción, que cubre el periodo1997–2002, se asienta en tres pilaresfundamentales: un compromiso políticode todos los grupos del Congreso de losDiputados, una intervención activa detodas las administraciones competentes yuna participación corresponsable de lasorganizaciones más representativas de laspersonas con discapacidad. Se trata de unplan integral en el que están involucradastodas las administraciones y organi-zaciones competentes en representaciónde las personas con discapacidad.

Los principios de igualdad deoportunidades, integración y participaciónorientan las líneas de actuación y lasmedidas recogidas en el Plan de Acción.Su contenido se organiza en cincograndes Capítulos o Planes Sectoriales:

1. Promoción de la salud y prevención dedeficiencias

2. Asistencia sanitaria y rehabilitaciónintegral

3. Integración escolar y educaciónespecial

4. Participación e integración en la vidaeconómica

5. Integración comunitaria y vida autóno-ma.

EmpleoEn enero de 1997 se constituyó unaComisión Mixta entre representantes delMinisterio de Trabajo y Asuntos Socialesy el Comité Español de Representantes deMinusválidos, a fin de elaborar un planque debería avanzar un conjunto demedidas para fomentar el empleo de losdiscapacitados.Los trabajos de la Comisión Mixtaterminaron en octubre de 1997 con lafirma del Acuerdo entre el Ministerio deTrabajo y Asuntos Sociales y el ComitéEspañol de Representantes deMinusválidos por el que se establece unPlan de Medidas Urgentes para laPromoción del Empleo de las Personascon Discapacidad. Dicho Acuerdo recogeun amplio abanico de medidas que seestructuran en cuatro grandes apartados.Las líneas básicas y principalescontenidas en cada uno de estos apartadosson las siguientes:

a. Participación institucionalb. Intermediación laboralc. Formación profesionald. Contratación e inserción laboral

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AccesibilidadPor lo que se refiere a la accesibilidad, seestán desarrollando iniciativas en favor delas personas con discapacidad en ámbitostales como diseño arquitectónico,transporte y comunicación audiovisual.Se han suscrito acuerdos de cooperaciónentre organismos gubernamentales,empresas públicas y organizaciones depersonas con discapacidad. Existeasimismo un Acuerdo entre la FederaciónEspañola de Municipios y Provincias, laOrganización Nacional de CiegosEspañoles y compañías como RENFE(Red Nacional de FerrocarrilesEspañoles).

Telefónica y Transmediterránea hanofrecido sus servicios para incrementar elnúmero de ayuntamientos que cuentancon sistemas de accesibilidad con el finde promover la adaptación del transporteferroviario y marítimo, la adquisición deautobuses y taxis adaptados y laintroducción de teléfonos digitales parasordos.

De forma similar, Radio TelevisiónEspañola (compañía estatal de radio ytelevisión) ha decidido aumentarprogresivamente el número de programasdestinados a las personas con problemasde audición.

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IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULT

El Plan de Acción para las Personas conDiscapacidad fue elaborado gracias alconsenso y la cooperación entre losministerios competentes, las comunidadesautónomas, la Federación Española deProvincias y Municipios, organizaciones depersonas con discapacidad, sindicatos,patronales y expertos en varios ámbitos. Conel objetivo de alcanzar una mayorcoordinación de los servicios destinados alas personas con discapacidad, el Plan deAcción pretende convertirse en un foropermanente en el que participen las personascon discapacidad, las organizaciones que lasrepresentan, y las entidades gubernamentalesy no gubernamentales responsables decuestiones relacionadas con la discapacidad.

El Comité Español de Representantes deMinusválidos (CERMI)Se ha creado una Comisión Mixta entrerepresentantes del Ministerio de Trabajo yAsuntos Sociales y el Comité Español deRepresentantes de Minusválidos con elobjetivo de elaborar un plan que deberíaavanzar un conjunto de medidas parafomentar el empleo de los discapacitados. Lasección ‘Participación Institucional’ delAcuerdo elaborado por dicha Comisiónrecoge propuestas destinadas a revitalizar laparticipación de los organismosgubernamentales y organizaciones depersonas con discapacidad, entre las quedestacan las siguientes:

- mayor presencia en dinamismo de losÓrganos Consultivos de Discapacitados;

- reestructuración del Real Patronato dePrevención y de Atención a Personascon Minusvalía y creación de unConsejo Estatal de Personas conDiscapacidad;

- establecimiento de cauces para que losintereses y la perspectiva delmovimiento asociativo llegue a otrosórganos consultivos de laadministración: Consejo General deFormación Profesional y ConsejoEconómico y Social;

- acuerdos con otras administraciones(Comunidades Autónomas y FederaciónEspañola de Municipios y Provincias)que permitan el desarrollo conjunto deacciones en favor del empleo depersonas con discapacidad.

Comisión Mixta de SeguimientoA efectos de impulsar y llevar a cabo eldesarrollo de tales medidas, se contemplala creación de una Comisión Mixta deSeguimiento constituida porrepresentantes del Ministerio de Trabajoy Asuntos Sociales y del Comité Españolde Representantes de Minusválidos.

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FRANCIA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio de Trabajo y Solidaridad- Representante Interministerial para las Personas con Discapacidad- Comité Interministerial de Coordinación- Comité Nacional o Comités Regionales de Organizaciones Sociales y Sanitarias

(CNOSS o CROSS)

A2. Organismos semipúblicos- Comité Consultivo Nacional para las Personas con Discapacidad (CNCPH)- Consejo de Rehabilitación Profesional- Centro Técnico Nacional de Estudio e Investigación sobre Discapacidad (CTNERHI)

A3. Organismos no gubernamentales- Comité de Asociaciones en representación de las Personas con Discapacidad y de los

Padres de Niños Discapacitados- Unión Nacional Interfederal de Organismos Sociales y Sanitarios Privados

(UNIOPSS)

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Consejo de Estado- Ministerios

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Fondo nacional del seguro de enfermedad para personas con empleo remunerado- Fondo nacional de subsidios familiares- Fondo nacional de pensiones de jubilación para personas con empleo remunerado- Fondo para regímenes especiales

C2. Programas de bienestar social- Fondo nacional del seguro de enfermedad para personas con empleo remunerado- Fondo nacional de subsidios familiares- Fondo nacional de pensiones de jubilación para personas con empleo remunerado- Fondo para regímenes especiales- Consejo General, Dirección Departamental de Sanidad y Asuntos Sociales

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D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio de Educación Nacional- Ministerio de Empleo y Solidaridad- Comité Departamental de Educación Especial (CDES)

D2. Rehabilitación profesional- Fondo para la integración profesional de las personas con discapacidad (AGEFIPH)- Centro de reciclaje profesional- Comité de orientación técnica y reciclaje profesional (COTOREP)- Asociación de formación profesional para adultos (AFPA)- Delegación general de empleo y formación profesional (DGEFP)- Consejo Regional

D3. Empleo- Ministerio de Empleo y Solidaridad- Fondo para la integración profesional de las personas con discapacidad (AGEFIPH)- Agencias de Empleo nacionales o locales

D4. Salud- Secretaría de Estado de Sanidad- Consejo Regional

D5. Integración social- Fondo nacional de subsidios familiares- Centro Municipal de Acción Social

D6. Tecnología de la información- Ministerios en cooperación con el Ministerio de Educación Nacional, Investigación y

Tecnología

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Vivienda- Comités departamentales de seguridad y accesibilidad

E2. Transporte accesible- Ministerio de Transporte- Comité de Enlace en materia de transporte de las personas con discapacidad

(COLITRAH)

E3. Vivienda- Ministerio de Vivienda- Centro Municipal de Acción Social

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DERECHOS

Fondo para regímenes especiales

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

Ministerio de Trabajo ySolidaridad

Fondos Nacionales

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

PRESTACIONES

COORDINACIÓN

Seguridad Social

Empleo

Consejo de Rehabilitación

Profesional

Consejo de Rehabilitación

Profesional

CNOSSCROSS

Representante Interministerial para las Personas con

Discapacidad

Comité Interministerialde Coordinación

Protección social

Derechos civiles

CNCPHCNCPH

Consejo de Estado

Ministerios Ministerios

Consejo General

EducaciónRehabilitación

Profesional

CDES AFPA AGEFIPH

Ministerio de EducaciónNacional

Ministerio de EducaciónNacional

COTOREP DGEFP Agencias de Empleonacionales o locales

Centro de Reciclaje profesional

Consejo RegionalFondo Nacional de

subsidios familiares Ministerios Ministerios

Secretaría deEstado de Sanidad

Secretaría deEstado de Sanidad

Ministerio de viviendaMinisterio de viviendaMinisterio de

transporteMinisterio de

transporte

COLITRAHVivienda

Transporte

Edificios

TecnologíaIntegración social

Salud

Comité deAsociaciones en representación ...

Comité deAsociaciones en representación ...

ADM

LOCALES

DEPARTAMENTOS

REGIONES

UNIOPSSUNIOPSS

CTNERHI

CIVILES

43

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación - Plan generalDesde su creación en 1995, elRepresentante Interministerial para lasPersonas con Discapacidad esresponsable de la coordinación de lasmedidas adoptadas por los diferentesministerios en favor de la promoción dela integración social y profesional de laspersonas con discapacidad, especialmenteen los ámbitos de la educación,posibilidad de permanecer en el domiciliopropio, accesibilidad, empleo y formaciónprofesional.

Cuenta con el apoyo del ComitéInterministerial de Coordinación enmateria de Adaptación y Rehabilitación,creado en virtud del artículo 1 de la Leyde 30 de junio de 1975 por la que seestablecen directrices para las personascon discapacidad. Este Comité estácompuesto por representantes de todoslos ministerios implicados.

Derechos civilesLos derechos de las personas condiscapacidad se establecen en dos textosjurídicos fundamentales: la Ley de 30 dejunio de 1975 por la que se establecendirectrices para las personas condiscapacidad y la Ley de 10 de julio de1987 relativa a la promoción del empleode las personas con discapacidad. Cadaministerio es responsable de la protecciónde estos derechos en el marco de supropio ámbito de competencia.

El principio que inspira la legislaciónfrancesa en vigor consiste en darprioridad a la integración en un entornoordinario, ya se trate del medio escolar oprofesional o de la posibilidad depermanecer en el domicilio propio. Laintervención especializada es consideradasólo una medida sustitutiva para aquellaspersonas cuya discapacidad sea tan graveo tenga un carácter tan específico quehaga imposible la integración. Laprotección de estos derechos en casosconcretos de discriminación está

garantizada por medio de losprocedimientos vigentes para laresolución de litigios; existe además unprocedimiento especial que garantiza laaplicación de medidas específicas(asignaciones, orientación especializada).

Existe un texto básico que abarca a todoslos grupos afectados. Se trata de la Ley de30 de junio de 1975, relativa a lasinstituciones sociales y médicosociales,que está siendo actualizada para adaptarlaa la evolución de las necesidades y lasrespuestas a las mismas en los últimos 20años.

EmpleoLa Ley de 10 de julio de 1987 refleja lavoluntad del legislador de “promover elacceso al empleo de las personas condiscapacidad tomando en consideraciónlas condiciones económicas de losempresarios y estimulando suparticipación en la estrategia propuesta”.El principio básico en el que se inspiraesta Ley es el reconocimiento de que lasobligaciones de las empresas en esteámbito deben centrarse más en losresultados que en los medios.

El Fondo para la integración profesionalde las personas con discapacidad secentra en “17 medidas en favor delempleo de las personas condiscapacidad”. Los programas se hanfijado cuatro objetivos principales:

- mejorar las cualificacionesprofesionales; desarrollar laformación de las personas condiscapacidad y mejorar la oferta enmateria de formación;

- movilizar a los agentes económicos(empresarios y trabajadores); medidasa largo plazo tendentes a mejorar lareceptividad de los empresarios ymedidas de sensibilizaciónorganizadas y posteriormente puestasen marcha por los sindicatos ydirigidas a sus afiliados;

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- abordar los obstáculos técnicos a losque se enfrentan las personas condiscapacidad.

Integración socialEn la actualidad, la mayoría de losservicios especializados son gestionadospor asociaciones. Para poder operar estosservicios se exige una autorización, y ellopor dos razones: porque es precisogarantizar la calidad de la asistencia yporque, en la mayoría de los casos,reciben financiación pública.

AccesibilidadFrancia cuenta con una serie dedisposiciones en las que se imponenobligaciones en materia de accesibilidadde edificios públicos, viviendas de nuevaplanta y transporte.

Así, por ejemplo, todos los permisos deconstrucción deben someterse al dictamende un comité de seguridad y accesibilidadque actúa a escala ministerial y reúne afuncionarios del Ministerio de ObrasPúblicas, bomberos y representantes delas asociaciones. Esta exigencia esaplicable a construcciones de nuevaplanta y renovaciones sustanciales.

Por lo que respecta al transporte, elMinisterio de Transporte cuenta con unComité de Enlace en materia detransporte de las personas condiscapacidad, que es consultado sobrecualquier asunto relativo al desarrollo deltransporte público. Está compuesto porfuncionarios, organismos públicos yasociaciones.

IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

Comité Consultivo Nacional para lasPersonas con Discapacidad y Consejo deRehabilitación ProfesionalAl elaborar propuestas políticas, losministerios consultan al ComitéConsultivo Nacional para las Personascon Discapacidad o al Consejo deRehabilitación Profesional, según el temade que se trate. Creado de conformidadcon lo dispuesto en la Ley de 30 de juniode 1975, el Comité Consultivo Nacionalestá compuesto por representantes de lasasociaciones de usuarios y de losorganismos públicos y privadosimplicados. Se debe consultar su opiniónsobre los proyectos ministeriales queafecten a las personas con discapacidad.

El Consejo de Rehabilitación Profesionales un órgano consultivo encargado deinformar al Ministerio de Trabajo sobrelas medidas públicas y privadas relativasa la rehabilitación, reciclaje y formaciónprofesional, colocación profesional yorganización de empleo protegido.

Comité Nacional y Comités Regionalesde Organizaciones Sociales y SanitariasEl Comité Nacional y los ComitésRegionales de Organizaciones Sociales ySanitarias son responsables, a escalanacional y regional respectivamente, deevaluar los requisitos y emitir dictámenessobre la conveniencia de crear o convertircentros o servicios en los ámbitossanitario y social.

Comité de Asociaciones enrepresentación de las Personas conDiscapacidadEl Comité de Asociaciones enrepresentación de las Personas condiscapacidad es un grupo informal quecongrega a asociaciones nacionales depersonas con discapacidad, padres yservicios. Su tarea principal consiste enanalizar los problemas a los que seenfrentan las personas con discapacidad,informar sobre ellos y cooperar con lasautoridades para tratar de aportarsoluciones, especialmente a la hora deelaborar nuevas disposicioneslegislativas.

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Unión Nacional Interfederal deOrganizaciones Sociales y SanitariasPrivadasLa Unión Nacional Interfederal deOrganizaciones Sociales y SanitariasPrivadas se encarga de las siguientestareas:

- presentar y coordinar propuestas einiciativas de las asociaciones quetrabajan en los ámbitos social ysanitario;

- ofrecer un foro de debate abierto atodos los interlocutores;

- representar a las asociaciones en losámbitos social y sanitario a la hora detratar con las administraciones localesy nacionales;

- ofrecer asistencia técnica a lasasociaciones sanitarias mediante eldesarrollo de sus capacidades degestión.

Centro Técnico Nacional de Estudio eInvestigación sobre DiscapacidadEl Centro Técnico Nacional de Estudio eInvestigación sobre Discapacidad,organismo de carácter semipúblico,constituye un foro abierto a laparticipación de ministerios,asociaciones, investigadores de campo,empresas y centros de estudio einvestigación. Su cometido consiste enllevar a cabo estudios e investigaciones yen organizar y divulgar información enmateria de discapacidad.

Comité de enlace en materia detransporteEl Comité de enlace en materia detransporte de las personas condiscapacidad es consultado sobre losaspectos relacionados con el transportepúblico. Reúne a funcionarios,organismos públicos y asociaciones.

OtrosEn la actualidad, la mayoría de losservicios especializados son gestionadospor asociaciones. La estrategia del Fondopara la integración profesional de laspersonas con discapacidad fue definidapor una amplia gama de responsables delas asociaciones, las autoridades públicasy los sindicatos implicados en laaplicación de la Ley de 10 de julio de1987. Además, a nivel departamental, losprogramas de integración congregan atodos los interlocutores conresponsabilidad en la inserción laboral.

A nivel departamental y local, existen elConsejo Regional y el Consejo General,que tratan asuntos con incidencia en lavida cotidiana de las personas condiscapacidad. El Consejo Regional esresponsable en materia de formaciónprofesional, planificación regional,cultura y vida social, intervención socialy sanitaria.

El Consejo General es responsable enmateria de asistencia social, ayuda adomicilio, acogida, albergues, comidas adomicilio, asistencia a los niños yalojamiento.

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IRLANDA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio de Justicia, Igualdad y Reforma Legislativa- Grupo Operativo Interministerial- Agencia Nacional de Discapacidad

A2. Organismos no gubernamentales- Consejo Irlandés de Personas con Discapacidad

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Consejo de Asistencia Jurídica, dependiente del Ministerio de Justicia, Igualdad yReforma Legislativa

- Dirección de Investigación en materia de Igualdad, dependiente del Ministerio deJusticia, Igualdad y Reforma Legislativa

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio de Asuntos Sociales, Comunitarios y Familiares- Delegaciones de Hacienda- Comunidades

C2. Programas de bienestar social- Ministerio de Asuntos Sociales, Comunitarios y Familiares- Ministerio de Salud e Infancia- Consejos Regionales de Salud- Comunidades

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio de Educación y Ciencia

D2. Rehabilitación profesional- Ministerio de Salud e Infancia- Consejo Nacional de Rehabilitación- Consejos Regionales de Salud

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D3. Empleo- Ministerio de Salud e Infancia- Consejos Regionales de Salud- Consejo Nacional de Rehabilitación- Agencia de Igualdad

D4. Salud- Ministerio de Salud e Infancia- Consejos Regionales de Salud- Servicio Médico General

D5. Integración social- Ministerio de Justicia, Igualdad y Reforma Legislativa- Ministerio de Asuntos Sociales, Comunitarios y Familiares- Consejos Regionales de Salud

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Medio Ambiente y Administración Local- Administraciones locales

E2. Transporte accesible- Ministerio de Empresa Pública

E3. Vivienda- Ministerio de Medio Ambiente y Administración Local- Ministerio de Salud e Infancia- Consejos Regionales de Salud

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Consejo Nacionalde Rehabilitación

Grupo Operativo Interministerial

Ministerio de Justicia, Igualdad y Reforma Legislativa

MinisterioMinisterio de de Justicia Justicia,, Igualdad Igualdad yy Reforma Legislativa Reforma Legislativa

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

Ministerio de Medio Ambiente y Administración Local

Ministerio de Medio Ambiente y Administración Local

CONSEJOS

REGIONALES

DE

SALUD

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

PRESTACIONES

DERECHOS

CIVILES

COORDINACIÓN

ADM.

LOCALES

Ministerio de Asuntos Sociales,Comunitarios y Familiares

Ministerio de Asuntos Sociales,Comunitarios y Familiares

Ministerio de Empresa Pública

Ministerio de Empresa Pública

Educación

Política de derechos civiles

Protección socialSeguridad Social

Integración social

Salud

RehabilitaciónProfesional

TransporteEdificios

Empleo

Consejo Irlandésde Personas conDiscapacidad

Consejo Irlandésde Personas conDiscapacidad

Vivienda

Dirección de Investigaciónen materia de IgualdadConsejo de Asistencia Jurídica

Delegaciones de Hacienda

Ministerio de Salude Infancia

Ministerio de Salude Infancia

Ministerio de Educacióny Ciencia

Ministerio de Educacióny Ciencia

Agencia de Igualdad

Servicio MédicoGeneral

Agencia Nacional deDiscapacidad

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación - Plan generalDesde 1993, el Gobierno irlandés havenido adoptando importantes iniciativasdestinadas a promover la igualdad deoportunidades de las personas condiscapacidad. Destacan en este sentido lacreación de la Comisión sobre el Estatutode las Personas con Discapacidad y elapoyo a la creación del Consejo Irlandésde Personas con Discapacidad.

El 18 de noviembre de 1997, el Gobiernoirlandés anunció su voluntad de crear unaAgencia Nacional de Discapacidad y unServicio de Asistencia a las Personas conDiscapacidad. A tal efecto, se constituyóun Grupo Operativo encargado depresentar propuestas y formularrecomendaciones acerca de la futuraatribución de responsabilidades entre losministerios en materia de empleo de laspersonas con discapacidad. El Grupopresentó un informe en junio de 1998. Afinales de julio de ese mismo año, elGobierno designó a los miembros de laAgencia Nacional de Discapacidad, quedeberá iniciar sus actividades en enero de1999. El Gobierno anunció asimismo lacreación de un Servicio de Asistencia alas Personas con Discapacidad,dependiente del Ministerio de AsuntosSociales, Comunitarios y Familiares, y latransferencia de responsabilidades enmateria de empleo de las personas condiscapacidad del Ministerio de Sanidad eInfancia al Ministerio de Empresa,Comercio y Trabajo. Está en fase deelaboración un programa de iniciativasdestinadas a reducir la marginación ygarantizar la plena igualdad de laspersonas con discapacidad.

Derechos civilesEl antiguo Ministerio de Igualdad yReforma Legislativa, hoy Ministerio deJusticia, Igualdad y Reforma Legislativa,fue creado en enero de 1993. Entre suscompetencias destaca la promoción y

aplicación, a través de reformasinstitucionales, administrativas ylegislativas, del principio de igualdad detrato para las personas discapacitadas,desfavorecidas o discriminadas.

A finales de 1993, el Ministro creó laComisión sobre el Estatuto de lasPersonas con Discapacidad, encargada deformular recomendaciones destinadas agarantizar a las personas condiscapacidad el ejercicio de su derecho aparticipar, en la medida de susposibilidades, en la vida económica,social y cultural. La Comisión presentóun Informe en noviembre de 1996. ElMinisterio de Justicia, Igualdad yReforma Legislativa presidió un GrupoOperativo Interministerial encargado deelaborar, de conformidad con lasorientaciones contenidas en el Informe,un plan de acción en favor de losderechos de las personas condiscapacidad.

El Ministerio ha emprendido unimportante programa de reforma delDerecho de Familia, así como de losderechos de las mujeres y de las personascon discapacidad. También gestiona, através del Consejo de Asistencia Jurídica,un programa de asistencia jurídica civilpara garantizar la igualdad ante la ley detodos los ciudadanos,independientemente de su nivel deingresos.

EmpleoEl Gobierno se ha pronunciado a favor dela promulgación de una Ley dediscapacidad en la que se definan losderechos de las personas condiscapacidad y se prevean losprocedimientos que deben seguir en casode conculcación de sus derechos. En1996, el Parlamento irlandés aprobó dosproyectos de ley en el ámbito de la luchacontra la discriminación: uno relativo a laigualdad en el trabajo, que prohíbe ladiscriminación en el lugar de trabajo, y

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otro relativo al principio de igualdad, queaborda la discriminación en la prestaciónde servicios. Las personas condiscapacidad se encuentran entre losgrupos cubiertos por ambos proyectos.Después de que el Tribunal Supremodeclarara inconstitucionales ambosproyectos de ley, el Gobierno empezó aredactar un nuevo proyecto de ley relativoal Estatuto de Igualdad de conformidadcon las orientaciones expuestas en elveredicto del Tribunal Supremo.La Ley de 1998 relativa a la igualdad enel lugar de trabajo fue ratificada el 18 dejunio de 1998. Este texto legal define ladiscriminación en los siguientes términos:"cualquier forma de trato recibido por unapersona menos favorable que el que hayarecibido, reciba o pueda recibir otrociudadano". Se condena la discriminaciónpor nueve motivos distintos, entre loscuales se menciona específicamente ladiscapacidad. El ámbito de aplicación dela Ley cubre a los trabajadores de lossectores público y privado, así como a lossolicitantes de empleo y formación. Seprohíbe la discriminación en el trabajo yse prevé la posibilidad de adoptaracciones positivas en favor de laspersonas con discapacidad, en especial enlo referente a la inserción profesional.Los empresarios deberán hacer todo loposible para satisfacer las necesidades delas personas con discapacidad, a menosque puedan acreditar que para ello debenincurrir en gastos considerables.

La Ley prevé la creación de una nuevaAgencia de Igualdad, cuya misión seráluchar contra la discriminación ypromover la igualdad de oportunidades enel trabajo, también de las personas condiscapacidad. Se elaborarán nuevoscódigos de conducta, que seránratificados con carácter vinculante por elMinisterio y que serán de utilidad en casode que existan indicios de irregularidadesa fin de determinar la pertinencia de loscasos planteados.

Se ha creado una nueva Dirección deInvestigación en materia de Igualdad,dependiente del Ministerio de Justicia,Igualdad y Reforma Legislativa. Esteorganismo se encargará de dirimir loscasos planteados en el marco deaplicación del Decreto, investigar loscasos que le sean presentados y emitirdecisiones al respecto. Dichas decisionestendrán carácter vinculante y podrán serejecutadas por vía judicial.

El Ministerio de Justicia, Igualdad yReforma Legislativa cuenta con unimportante programa legislativo. En sucalidad de organismo de servicio directoal público, su funcionamiento se canalizaprincipalmente a través de organizacionesque dependen de él, como el Consejo deAsistencia Jurídica, la Agencia deIgualdad en el Trabajo (actualmenteAgencia de Igualdad) y la Dirección deInvestigación en materia de Igualdad.

IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

Comisión sobre el Estatuto de lasPersonas con DiscapacidadLa Comisión sobre el Estatuto de lasPersonas con Discapacidad fue creada el29 de noviembre de 1993. Entre susfunciones destacan la de asesorar alGobierno sobre las medidas prácticasnecesarias para garantizar a las personascon discapacidad el pleno ejercicio de suderecho a participar, en la medida de susposibilidades, en la vida económica,

social y cultural; examinar la situaciónactual de las personas con discapacidad yla organización y adaptación de losservicios existentes a sus necesidades; yformular recomendaciones sobre lasreformas legislativas, políticas,organizativas, prácticas y estructuralesnecesarias para garantizar que lasnecesidades de las personas condiscapacidad son satisfechas de forma

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coherente, general y viable desde el puntode vista económico.La Comisión ha emprendido una revisióndel estatuto jurídico de las personas condiscapacidad que no tiene parangón en lahistoria del Estado. Se mantuvierontreinta “reuniones de sondeo” enlocalizaciones accesibles en todo elterritorio del Estado, en las cualespersonas con discapacidad, familiares ycuidadores pudieron exponer sus puntosde vista sobre las cuestiones que lesafectan. La Comisión recibió más de 600sugerencias por escrito. Toda estainformación se recopiló en un informepublicado el 18 de noviembre de 1996.

Comité de Control sobre el Informe de laComisiónEl Comité de Control, que supervisa laaplicación de las recomendaciones de laComisión, fue creado en abril de 1997.Está compuesto por organizacionesrepresentativas de las personas condiscapacidad, discapacitados, familiares ycuidadores, así como prestadores deservicios, interlocutores sociales yministerios gubernamentales.Sus funciones son las siguientes:- asesorar al Grupo Operativo

Interministerial sobre el orden deprioridad de las recomendaciones de laComisión sobre el Estatuto de lasPersonas con Discapacidad,

- prestar al Grupo Operativo laasistencia y el apoyo necesarios para laelaboración del Plan de Acción sobrelos derechos de las personas condiscapacidad,

- asesorar y formular recomendacionesal Ministerio de Justicia, Igualdad yReforma Legislativa,

- supervisar la aplicación de lasrecomendaciones de la Comisión sobre

el Estatuto de las Personas conDiscapacidad que han sido aceptadaspor el Gobierno.

Grupo Operativo InterministerialA raíz de la publicación del Informe, secreó el Grupo Operativo Interministerial,dependiente del Ministerio de Justicia,Igualdad y Reforma Legislativa, con lamisión de elaborar, a partir de lasconclusiones del Informe, un plan deacción sobre los derechos de las personascon discapacidad. En el Grupo Operativoparticipan especialmente representantesde los ministerios en los que mayorincidencia tiene el informe. Examinaasimismo el informe del Grupo deControl sobre Servicios SocialesPersonales y Sanitarios para las personascon discapacidades físicas y sensoriales,publicado por el Ministerio de Sanidad endiciembre de 1996, conjuntamente con lasrecomendaciones de la Comisión enmateria de salud.

Consejo Irlandés de Personas conDiscapacidad (antiguo Consejo para elEstatuto de las Personas conDiscapacidad)El 6 de abril de 1995, el Ministerio deJusticia, Igualdad y Reforma Legislativacreó el Grupo Especial destinado apreparar la constitución del Consejo parael Estatuto de las Personas conDiscapacidad.Resultado de su labor fue la creación, el11 de marzo de 1997, del ConsejoProvisional de Personas conDiscapacidad, financiado por elMinisterio de Justicia, Igualdad yReforma Legislativa. La creación delConsejo está prevista en 1999.

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ITALIA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio de Asuntos Sociales- Comité Interministerial de Discapacidad- Comité Permanente para las Relaciones entre el Estado, las Regiones y las provincias

autónomas de Trento y Bolzano (Conferencia Permanente)

A2. Organismos no gubernamentales- Consejo de Asociaciones de Personas con Discapacidad y sus Familiares

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Todos los ministerios- Regiones

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio del Interior- Administraciones regionales, provinciales y municipales

C2. Programas de bienestar social- Administraciones regionales, provinciales y municipales

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio de Educación- Ministerio de Universidades e Investigación Científica y Tecnológica- Direcciones Provinciales de Educación

D2. Rehabilitación profesional- Ministerio de Trabajo y Protección Social- Administraciones regionales

D3. Empleo- Ministerio de Trabajo y Protección Social- Administraciones regionales

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D4. Salud- Ministerio de Sanidad- Servicio Nacional de Salud- Autoridades sanitarias locales

D5. Integración social- Ministerio de Sanidad- Ministerio de Asuntos Sociales- Administraciones regionales, provinciales y municipales

D6. Tecnologías de la Información- Ministerio de Telecomunicaciones

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Obras Públicas

E2. Transporte accesible- Ministerio de Transporte- Administraciones regionales y municipales

E3. Vivienda- Administraciones regionales y municipales- Comité de Edificios Residenciales

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Consejo de Asociaciones de Personas

con Discapacidadesy sus Familiares

Consejo de Asociaciones de Personas

con Discapacidadesy sus Familiares

Cada MinisterioCada Ministerio

Ministerio de Asuntos SocialesMinisterioMinisterio de de Asuntos Sociales Asuntos Sociales

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

R

E

G

I

O

N

A

LACCESIBILIDAD

SERVICIOS

PRESTACIONES

DERECHOS

CIVILES

COORDINACIÓN

PROVINCIAL

Ministerio de InteriorMinisterio de Interior

Comité de Edificios Residenciales

Ministerio de Telecomunicaciones

Ministerio de Telecomunicaciones

Educación

Derechos civiles

Protección social Seguridad Social

Integración SocialSalud

Rehabilitaciónprofesional

TransporteEdificios

Empleo

Vivienda

Ministerio de EducaciónMinisterio de Educación

Ministerio de Universidadese Investigación Científica

y TecnológicaMinisterio de Universidadese Investigación Científica

y Tecnológica

Ministerio de SaludMinisterio de SaludServicio Nacional

de Salud

Ministerio de Obras Públicas

Ministerio de Obras Públicas Ministerio de Transporte Ministerio de Transporte

Ministerio de Trabajo y Protección Social Ministerio de Trabajo y Protección Social

Tecnologías dela Información

LOCAL

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Conferencia Permanente

Comité Interministerial de Discapacidad

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación - Plan GeneralLa Ley 104/92, titulada ‘Marco Legalpara la asistencia, la integración social ylos derechos de las personas condiscapacidad’ constituye una declaraciónde carácter político y estratégico enmateria de discapacidad. En ella seabordan cuestiones relativas a laprevención y diagnóstico, tratamiento yrehabilitación, asistencia personal y adomicilio, derecho a la educación, asícomo la integración en los ámbitoseducativo, profesional y social. Seincluyen asimismo una serie de medidasespecíficas en favor de la plenaintegración en el mundo laboral, así comosobre el acceso a edificios y medios detransporte.

Por lo que respecta a la integración, laLey cubre una amplia gama de medidas,entre las que destacan las siguientes:- servicios de asistencia personal,- accesibilidad en materia de educación,

formación profesional y equipo técnico,- formación profesional y programas de

empleo personalizados,- centros diurnos sociales, recreativos y

educativos,- adaptación de instalaciones y equipos

educativos y deportivos,- intervención directa para la supresión de

los obstáculos arquitectónicos,- acceso al transporte público, transportes

especiales y asistencia en materia detransporte privado.

El objetivo fundamental de esta Ley eseliminar los obstáculos, mejorar laaccesibilidad y permitir, de formageneral, que las personas condiscapacidad puedan disfrutar de losservicios e instalaciones ordinarios de quedisponen los demás ciudadanos. Sepretende que el Marco Legal se apliquede forma uniforme en todo el territorionacional.

En virtud de lo dispuesto en el MarcoLegal, el Ministerio de Asuntos Socialeses responsable de coordinar y promover

la asistencia a las personas condiscapacidad, así como de asesorar ysupervisar la aplicación de la legislaciónvigente en este ámbito.La Dirección de coordinación y controlde las políticas de discapacidad y laOficina de asuntos relacionados con ladiscapacidad, la familia, las personasmayores y los marginados (dependientedel Ministerio de Asuntos Sociales)desempeñan un destacado papel en laaplicación de las políticas relativas a laspersonas con discapacidad.

En este sentido, el Ministerio de AsuntosSociales ha asumido una serie deobjetivos, entre los que destacan lossiguientes:

- evaluación continua de todas lasdisposiciones legislativas que tenganincidencia en materia de discapacidad,

- refuerzo de las actividades decoordinación,

- mejora de la aplicación de las políticasen materia de discapacidad,especialmente por lo que se refiere a:· competencias de las administraciones

locales y regionales,· cooperación con las organizaciones de

personas con discapacidad,· iniciativas de la UE.

El Comité Permanente Interministerialsobre Discapacidad está compuesto porrepresentantes de los Ministerios deAsuntos Sociales, AdministraciónPública, Interior, Hacienda, Economía,Trabajo y Asistencia Social, yUniversidades e Investigación Científicay Tecnológica, así como porrepresentantes de la Asociación Italianade Municipios, la Liga de AutonomíasLocales, la Unión de Provincias Italianas,presidentes provinciales y regionales,expertos, centros y organizaciones deinvestigación, y representantes sindicales.La Conferencia Permanente para lasRelaciones entre el Estado y las Regionesy la Conferencia Permanente para lasrelaciones entre el Estado y los

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Municipios son responsables de lasrelaciones entre el Estado, las regiones,las provincias Autónomas de Trento yBolzano y las administraciones locales.

Ambas conferencias determinan, a escalainstitucional, la gravedad de losproblemas a los que se enfrentan laspersonas con discapacidad, reforzando almismo tiempo los vínculos entre laspolíticas en materia de discapacidad querequieren una acción integrada ycoordinada por parte del Estado, lasregiones y los municipios.

Seguridad Social y Protección SocialEn Italia, la protección social seencuentra actualmente en una etapa detransición. Se está reformulando laevaluación de la incapacidad y ladiscapacidad y se están examinando losinstrumentos y métodos que se hanvenido utilizando tradicionalmente.Además, gracias a la nueva estructura dela asistencia personal y de los centros derehabilitación, así como las nuevasdisposiciones organizativas y financieras,existe una mayor descentralización defunciones en la comunidad y se hamejorado la calidad de la asistencia a laspersonas con discapacidad. Paracontinuar este proceso es preciso adoptarmedidas en las redes comunitarias deservicios.

De conformidad con lo dispuesto en eldocumento de planificación económica yfinanciera adoptado por el Gobierno, sereforzará el papel de coordinación delMinisterio de Asuntos Sociales en favorde medidas innovadoras, apoyo eincentivos a la gestión de proyectossociales para satisfacer las necesidades detodos los ciudadanos en todo el territorionacional.

Se prevé, pues, una nueva estrategia, através de la cual se asignarán recursosespeciales para garantizar:- un nivel mínimo garantizado de

subsistencia,- deducciones fiscales para las familias

con miembros discapacitados,- una mejor calidad de vida para las

personas con discapacidades graves,- una intervención efectiva en los

ámbitos de la prevención,rehabilitación y remodelación de lared de servicios comunitarios.

En el futuro se prevé desarrollar:- un fondo social en el Ministerio de

Asuntos Sociales,- un fondo destinado a las personas que

no pueden valerse por sí mismas,- fondos para nuevas iniciativas en el

ámbito de la formación profesional.

EducaciónEl Ministerio de Educación esresponsable de la formación del personaldocente a fin de garantizar que dispone delos conocimientos necesarios parapermitir la plena integración de laspersonas con discapacidad en escuelas yuniversidades. Al adoptar decisiones eneste ámbito, actuará de acuerdo con losMinisterios de Asuntos Sociales, Sanidad,y Universidades e InvestigaciónCientífica y Tecnológica.

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IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

El Comité Permanente Interministerialde DiscapacidadEl Comité Permanente Interministerial deDiscapacidad, entre cuyas funciones seincluyen la supervisión, consulta, estudioy elaboración de propuestas relativas a laspolíticas en materia de discapacidad, fuecreado por Orden Ministerial. El Comitése reúne a instancia del Ministerio deAsuntos Sociales.

El Consejo de Asociaciones de Personascon Discapacidad y sus FamiliaresEl Consejo de Asociaciones de Personascon Discapacidad y sus Familiares fuecreado por Orden Ministerial. Estácompuesto por 30 asociaciones afiliadas,cada una de las cuales ha sido designada

por los dos Consejos Nacionales deDiscapacidad de las Federaciones.

Grupos de Trabajo sobre EducaciónA fin de conseguir la integración escolar,cada Departamento provincial deeducación deberá crear un grupo detrabajo compuesto por un Inspectorespecializado (designado por el Directorde Educación), un experto en educación,dos expertos designados por lasadministraciones locales, dos expertos enadministración sanitaria local y tresexpertos designados por las asociacionesde personas con discapacidad másrepresentativas a escala provincial.

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LUXEMBURGO

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio responsable en materia de discapacidad (Ministerio de la Familia)- Consejo de Personas con Discapacidad

A2. Organismos no gubernamentales- Info-Handicap

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio responsable en materia de discapacidad

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio de Seguridad Social (seguro de salud, seguro de personas a cargo)

C2. Programas de bienestar social- Ministerio de Familia / Fondo Nacional de Solidaridad

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Departamento de Educación Especial, dependiente del Ministerio de Educación y del

Ministerio responsable en materia de discapacidad

D2. Rehabilitación profesional- Departamento de Trabajadores Discapacitados, dependiente del Ministerio de

Trabajo y Empleo y del Ministerio responsable en materia de discapacidad

D3. Empleo- Departamento de Trabajadores Discapacitados, dependiente del Ministerio de

Trabajo y Empleo y del Ministerio responsable en materia de discapacidad

D4. Salud- Ministerio de Sanidad- Ministerio responsable en materia de discapacidad

D5. Integración social- Ministerio responsable en materia de discapacidad

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E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio responsable en materia de discapacidad- Ministerio de Obras Públicas

E2. Transporte accesible- Ministerio responsable en materia de discapacidad- Ministerio de Transporte

E3. Vivienda- Ministerio responsable en materia de discapacidad- Ministerio de Vivienda

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Rehabilitaciónprofesional

Ministerio de Trabajoy Empleo

Ministerio de Trabajoy Empleo

Protección social

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

Ministerio responsable enmaterias de discapacidadMinisterio responsable enmaterias de discapacidad

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

PRESTACIONES

COORDINACIÓN

Derechos civilesMinisterio de FamiliaMinisterio de Familia

Educación

Ministerio de Educación

Ministerio de Educación

Departamento de Educación Especial

Ministerio de ObrasPúblicas

Ministerio de ObrasPúblicas

Ministerio de TransporteMinisterio de Transporte

CIVILES

Consejo de Personascon Discapacidad

Ministerio de Seguridad Social

Ministerio de Seguridad Social

Departamento de Trabajadores Discapacitados

Ministerio de SaludMinisterio de Salud

IntegraciónsocialSaludEmpleo

ViviendaTransporteEdificios

Ministerio de ViviendaMinisterio de Vivienda

Seguridad Social

DERECHOS

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AsociaciónInfo - Handicap

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación – Plan generalLas políticas que afectan a las personascon discapacidad son coordinadas, a esclainterministerial, por el Ministerioresponsable en materia de discapacidad.El Departamento de Personas conDiscapacidad garantiza la coordinaciónde las políticas de los diferentesdepartamentos ministeriales.

El Ministerio responsable en materia dediscapacidad propone acciones decooperación con las personas o instanciaspertinentes en las siguientes áreasprioritarias:

EducaciónEl objetivo es la integración escolar delos niños con necesidades especiales y lacombinación de clases ordinarias yespeciales, siguiendo un programaeducativo personalizado para cada niño.Existe, además, un plan para reorganizarla formación básica y continua delpersonal docente a fin de tomar enconsideración la educación de los niñoscon necesidades especiales.

Formación profesional y empleoSe está trabajando para transferir lasestructuras de formación al entornolaboral y garantizar la libre elección enmateria de formación para las personascon discapacidad.

La Ley de Trabajadores Discapacitados,de 12 de noviembre de 1991, deberá sermodificada en diversos puntos paragarantizar que contribuye eficazmente ala integración de las personas condiscapacidad en la vida laboral.

Son asimismo necesarios equipos einstalaciones especiales para las personascon discapacidad que deseen participar enexámenes oficiales de cualificación.

Es preciso ampliar el número de puestosde trabajo protegidos y crear talleresprotegidos a escala local.

Integración socialDescentralización de los grandes centrosespecializados para dar prioridad alalojamiento individual en entornosordinarios dotados de los serviciosnecesarios.

AccesibilidadEstá en fase de elaboración un decretopara mejorar la accesibilidad de edificiosestatales y municipales abiertos alpúblico.

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IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

Consejo de Personas con DiscapacidadEl Consejo de Personas conDiscapacidad, creado por el Reglamentode 13 de diciembre de 1985 delMinisterio de Sanidad y del Ministerio deFamilia, es el único organismo consultivoen materia de discapacidad.

La función del Consejo es examinar losproblemas generales que afectan a laspersonas con discapacidad clínica, emitirdictámenes sobre cuestiones planteadaspor el Gobierno y presentar a éste, ainiciativa propia, propuestas pertinentes.

El Consejo está compuesto en su mayorparte por representantes ministeriales,además de cinco representantes de lasasociaciones de personas condiscapacidad clínica.

Está prevista la reorganización delConsejo de forma que la mayoría de susmiembros pasen a ser representantes deasociaciones de personas condiscapacidad o que actúen a su favor.

Info-HandicapInfo-Handicap es una organización sinfines lucrativos fundada por 16organizaciones que trabajan activamenteen cuestiones relacionadas con ladiscapacidad. Actúa en concertación conel Ministerio de Familia. En la actualidadcuenta con 39 asociaciones afiliadas. En1994 se pidió a Info-Handicap que crearay dirigiera un centro nacional deinformación y un foro sobre discapacidad.

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PAÍSES BAJOS

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio de Sanidad, Asistencia Social y Deporte- Comité interministerial en favor de una política coherente y coordinada para las

personas con discapacidad y los enfermos crónicos- Consejo Nacional del Seguro de Enfermedad e Invalidez- Consejo de Política Social y Cultural- Comisión de Política Social y Cultural

A2. Organismos no gubernamentales- "La iniciativa privada":- Foro Neerlandés de Discapacidad – cuestiones relativas a las discapacidades

físicas/sensoriales- Federación de Asociaciones de Padres– cuestiones relativas a las personas con

discapacidad mental- Fundación en favor de los prestadores de servicios para las personas con

discapacidad- Asociación de organizaciones en favor de los enfermos crónicos

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio de Interior- Ministerio de Sanidad, Asistencia Social y Deporte- Ministerio de Justicia

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de Seguridad Social- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales- Organismos administrativos

C2. Programas de Bienestar Social- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales- Administraciones locales

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio de Educación, Cultura y Ciencia- Administraciones locales- Escuelas

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D2. Rehabilitación profesional- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales- Centros de formación profesional para las personas con discapacidad- Organismos administrativos

D3. Empleo- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales- Administraciones locales- Oficinas de empleo- Organismos administrativos

D4. Salud- Ministerio de Sanidad, Asistencia Social y Deporte- Inspección de Asistencia Sanitaria- Consejo Nacional del Seguro de Enfermedad e Invalidez- Seguros de asistencia sanitaria- Administraciones locales

D5. Integración social- Ministerio de Sanidad, Asistencia Social y Deporte- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales- Administraciones locales- Organismos administrativos

D6. Tecnologías de la Información- Ministerio de Educación, Cultura y Ciencia

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Vivienda, Ordenación Territorial y Medio Ambiente- Ministerio de Transporte y Obras Públicas- Administraciones locales

E2. Transporte accesible- Ministerio de Transporte y Obras Públicas- Compañías de transporte- Administraciones locales

E3. Vivienda- Ministerio de Vivienda, Ordenación Territorial y Medio Ambiente- Administraciones locales

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II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

ADMINISTRACIONES

LOCALES

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

DERECHOS

CIVILES

COORDINACIÓN

Seguridad Social

Protección social

PRESTACIONES

GobiernoGobiernoConsejo de PolíticaSocial y Cultural

Comisión de PolíticaSocial y Cultural

Ministerio de Sanidad,Asistencia Social y Deporte

Comité interministerial

Consejo Nacional delSeguro de Enfermedad e

Invalidez

“La IniciativaPrivada”

Ministerio de Justicia

Ministerio de Interior

Derechos civiles

Organismosadministrativos

Ministerio de Trabajoy Asuntos Sociales

Ministerio de Educación,Cultura y Ciencia

Ministerio de Educación,Cultura y Ciencia

EducaciónRehabilitación

profesional Empleo

Escuelas Centros de formación

profesional Oficinas de empleo

Salud

Integración social

Tecnologías dela Información

Inspección de Asistencia Sanitaria

Seguros de asistenciasanitaria Ministerio de Vivienda, Ordenación

Territorial y Medio Ambiente

Ministerio de Transporte y Obras Públicas

Edificios Transporte Vivienda

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación – Plan generalUna Secretaría de Estado dependiente delMinisterio de Salud Pública, ProtecciónSocial y Deporte es responsable decoordinar las políticas en favor de laspersonas con discapacidad. En 1968 secreó un Comité interministerial encargadode desarrollar y mejorar las políticas eneste ámbito, el actual Comitéinterministerial en favor de una políticacoherente y coordinada para las personascon discapacidad y los enfermos crónicos.

Este Comité interministerial coordina lasmedidas adoptadas por los diferentesministerios en materia de discapacidad.Además del Ministerio de Sanidad,Protección Social y Deporte, estánrepresentados en el Comitéinterministerial los ministerios de Trabajoy Asuntos Sociales, Transporte y ObrasPúblicas, Vivienda, OrdenaciónTerritorial y Medio Ambiente, yEducación, Cultura y Ciencia. Laparticipación de los Ministerios deInterior, Justicia y Defensa depende delas circunstancias y el Ministerio deHacienda asiste en calidad de observador.La Presidencia y la Secretaríacorresponden al Ministerio de Sanidad,Protección Social y Deporte.

El Comité interministerial se centraprincipalmente en los ámbitos de lavivienda, educación, empleo, movilidad yasistencia sanitaria.

Asesora a los diferentes ministerios y alConsejo de Ministros a través delConsejo de Política Social y Cultural yestablece regularmente comitésencargados de examinar aspectosconcretos u ofrecer asesoramientopuntual. Algunos de estos comités tienencarácter permanente, como la AgenciaCentral de Coordinación para laPromoción de la Accesibilidad y elComité de Información, Supervisión eInvestigación. Otros son comitésad hoc,como el Grupo de Trabajo para la

igualdad de oportunidades de las personascon discapacidad y el Comité deLenguaje de Signos.

El Comité interministerial consulta,regularmente o sobre cuestionespuntuales, a organizaciones que actúan afavor de los discapacitados físicos ymentales, la denominada "IniciativaPrivada": el Foro Neerlandés deDiscapacidad, para cuestiones relativas alos discapacitados físicos o sensoriales, laFederación de Asociaciones de Padres,para cuestiones relativas a la discapacidadmental, la Fundación en favor de losprestadores de servicios para las personascon discapacidad y la Asociación deorganizaciones en favor de los enfermoscrónicos.

En 1995, se elaboró el ProgramaPlurianual Intersectorial de Discapacidad(1995-1998) - "Superar las limitaciones" -que recoge los planes del Gobierno y seinspira en los principios básicossiguientes:

- igualdad de derechos, obligaciones ytrato,

- integración y participación,- protección y eventual

indemnización.Estos principios persiguen cuatroobjetivos:1. mejorar la capacidad de los

discapacitados y enfermos crónicospara resolver sus propios problemas, através, entre otras medidas, deasignaciones personalizadas;

2. promover la integración yparticipación de los discapacitados yenfermos crónicos en todos lossectores sociales (especialmente laeducación y el mercado de trabajo);

3. conocer mejor las condiciones en queviven los grupos más vulnerables;

4. estimular al sector para que seorganice de modo que pueda mejorarla calidad, promover medidas másadaptadas a las necesidades de las

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personas con discapacidad y adoptaruna estrategia normalizada y objetivapara determinar grados dediscapacidad.

El Programa Plurianual fue actualizadoen 1996 y en 1997.

Derechos civilesLa política de derechos civiles escompetencia del Ministerio del Interior.

Es responsabilidad de la Secretaría deEstado de Sanidad, Protección Social yDeporte elaborar normativas de luchacontra la discriminación dediscapacitados o enfermos crónicos.

El 31 de marzo de 1998, el Consejo deMinistros presentó al Parlamento undecreto por el que se prohibía cualquiertipo de discriminación injustificada pormotivo de discapacidad o enfermedadcrónica. La Inspección de AsistenciaSanitaria, dependiente del Ministerio deSanidad, Protección Social y Deporte, esresponsable de supervisar la asistencia yhospitalización (obligatoria) de pacientespsiquiátricos y personas con discapacidadmental.

EducaciónLa política educativa es competencia delMinisterio de Educación, Cultura yCiencia. Está prevista la puesta en marchade un nuevo sistema experimental queofrezca a los padres de niños condiscapacidad la opción de enviar a sushijos a una escuela general o a unaescuela especial. Cada niño dispondrá deuna asignación para gastosextraordinarios. El programa "Vamosjuntosa la escuela", puesto en marcha en1992, seguirá desplegando esfuerzos parasuperar la brecha que separa la educaciónespecial y la ordinaria, y en pos de laintegración y la cooperación.

Rehabilitación profesionalLa Ley relativa a la (Re)integraciónProfesional de las Personas conDiscapacidad, elaborada por el Ministerio

de Trabajo y Asuntos Sociales, entró envigor el 1 de julio de 1998. Su objetivoconsiste en mejorar la coordinación de lasmedidas existentes de rehabilitaciónprofesional destinadas a las personas condiscapacidad e introducir nuevasmedidas, entre las que destaca laconcesión a los empresarios de unsubsidio de rehabilitación.

SaludLa política de salud publica escompetencia del Ministerio de Sanidad,Protección Social y Deporte. Sesubvencionan actividades deinvestigación en el ámbito de laprevención. En todos los hospitalesuniversitarios existe un "Instituto deinformación genética". El ConsejoNacional del Seguro de Enfermedad eInvalidez es un importante organismocuya misión consiste en asesorar alGobierno y decidir sobre la financiaciónde equipos y servicios en el ámbito de lasalud pública como, por ejemplo, perrosguía para ciegos y formación en ellenguaje de signos.

Integración socialEl Ministerio de Sanidad, ProtecciónSocial y Deporte es responsable de laaplicación de la Ley relativa a los gastosmédicos extraordinarios, que prevé elpago de indemnizaciones por gastosincurridos por los discapacitados, porejemplo en concepto de asistenciamédica u hospitalización. La Ley sobreequipos para discapacitados, elaboradapor el Ministerio de Trabajo y AsuntosSociales, prevé el reembolso de los gastosincurridos en concepto de equipos nomédicos como, por ejemplo, readaptaciónde hogares o medios privados detransporte. La aplicación de esta Ley escompetencia de las administracioneslocales. Se está trabajando para adaptar,en la medida de lo posible, la asistencia alas necesidades e intereses individualesde las personas con discapacidad y susfamiliares, especialmente en lo referente a

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la asistencia a domicilio. Se prevé laposibilidad de conceder asignacionespersonales.

La estrategia de integración social secentra en el alojamiento a menor escala yen la separación de las condiciones devida, actividades laborales/diurnas ytiempo de ocio. También se llevan a caboesfuerzos encaminados a desarrollar unaestrategia normalizada para determinarlos grados de discapacidad. En laaplicación de esta estrategia desempeñanun papel destacado las administracioneslocales y los servicios sociales.

Un entorno sin barrerasEn el marco del Decreto sobre laConstrucción, el Ministerio de Vivienda,Ordenación Territorial y Medio Ambienteintrodujo normas vinculantes sobreaccesibilidad de edificios públicos yviviendas de nueva planta.El Ministerio de Transporte y ObrasPúblicas ha publicado orientaciones sobrela configuración de las áreas edificadas ysu infraestructura. El Gobierno promueveel concepto de “diseño para todos”.

IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

La participación de las personas condiscapacidad y sus representantes en laadopción, aplicación y seguimiento demedidas políticas se refleja en laexistencia de una serie de estructuras denegociación entre el Gobierno y lasorganizaciones que actúan en favor de laspersonas con discapacidad y susrepresentantes, la denominada "IniciativaPrivada". Ejemplo de ello son lasconsultas permanentes entre el Comitéinterministerial y las organizacionescentrales o las reuniones oficiales quecelebran regularmente la Secretaría de

Estado de Sanidad, Protección Social yDeporte y las organizaciones citadas.Además, se llevan a cabo negociacionesbilaterales sobre cuestiones puntualesentre los ministerios y las organizacionesque actúan a favor de las personas condiscapacidad. En el marco delprocedimiento de adopción de medidas ydisposiciones legislativas en relación conlas personas con discapacidad, secontempla la posibilidad de consultarsobre propuestas concretas a lasorganizaciones que les representan.

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AUSTRIA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio Federal de Trabajo, Sanidad y Asuntos Sociales

A2. Organismos no gubernamentales- Comité Consultivo Federal sobre Discapacidad- Federación Central de Asociaciones Austriacas en favor de las Personas con

Discapacidad

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Oficina del Canciller Federal (G)¹: protección constitucional de las personas condiscapacidad

- Ministerio Federal de Trabajo, Sanidad y Asuntos Sociales (G/V): protección frente ala discriminación en el trabajo

- Ministerio Federal de Educación y Cultura (G/V): integración escolar- Ministerio Federal de Justicia (G/V): administrador legal para las personas con

discapacidad mental, representante legal para las personas con discapacidad mentalinternadas

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio Federal de Trabajo, Sanidad y Asuntos Sociales (G)- Instituciones de Seguridad Social (V): pensiones de invalidez, pensiones de invalidez

profesional y de incapacidad para trabajar, pensiones por accidentes laborales oenfermedades profesionales

C2. Programas de bienestar social- Estados federados (G/V)- Administraciones locales (V): prestaciones económicas para hacer frente al coste de

la vida (protección social, asistencia a las personas con discapacidad)

C3. Prestaciones que no son responsabilidad ni del régimen de la seguridad social ni delsistema de protección social

- Ministerio Federal de Trabajo, Sanidad y Asuntos Sociales (G/V)- Instituciones de Seguridad Social (V)- Estados federados (G y V): subsidio por asistencia permanente- Ministerio Federal de Medio Ambiente, Juventud y Familia (G): subsidio máximo en

caso de hijos con discapacidad

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D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio Federal de Educación y Cultura (G/V)- Estados federados (G/V) y, en cierta medida, administraciones locales (V)

D2. Rehabilitación profesional- Ministerio Federal de Trabajo, Sanidad y Asuntos Sociales (G/V)- Servicio del mercado de trabajo (V)- Instituciones de Seguridad Social (V)- Estados federados (G/V)

D3. Empleo- Ministerio Federal de Trabajo, Sanidad y Asuntos Sociales (G/V): sistema de cuotas,

asistencia financiera (por ejemplo, subsidios por costes salariales, adaptación dellugar de trabajo), empresas integradoras, protección especial en caso de despido paralas personas con discapacidad que reciben asistencia, Derecho del Trabajo, serviciode colocación

- Servicio del mercado de trabajo (V): servicio de colocaciones, asistencia financiera- Instituciones de Seguridad Social (V): asistencia financiera- Estados federados (G/V): asistencia financiera

D4. Salud- Ministerio Federal de Trabajo, Sanidad y Asuntos Sociales (G/ en parte, V)- Instituciones de Seguridad Social (V): hospitalización, rehabilitación médica,

reconocimientos médicos profilácticos, prevención de accidentes, pasaporte madre-hijo, suministro de órtesis y prótesis, ayudas técnicas

- Estados Federados (G/V) / Administraciones locales (en parte, V): hospitalización,rehabilitación médica, suministro de órtesis y prótesis, dispositivos técnicos, cuidadode enfermos a domicilio

D5. Integración social- Estados federados (G/V) / Administraciones locales (en parte, V): servicios sociales,

transporte, instalaciones recreativas, talleres protegidos y terapia ocupacional

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio Federal de Economía: las normas austriacas (Ö-NORMEN) para la

supresión de obstáculos en los edificios sólo tienen carácter de recomendaciones- Estados federados (G/V) / Administraciones locales (V): construcción y vivienda

E2. Transporte accesible- Ministerio Federal de Ciencia y Transporte (G)- Estados federados (G/V) / Administraciones locales (V)

E3. Vivienda- Ministerio Federal de Economía: normas austriacas (Ö-NORMEN)- Estados federados (G/V) / Administraciones locales (V): construcción y vivienda

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Protección Social

Seguridad Social

Rehabilitaciónprofesional Salud

Ministerio Federal de Trabajo,Sanidad y Asuntos Sociales

MinisterioMinisterio Federal de Federal de Trabajo Trabajo,,SanidadSanidad y y Asuntos Sociales Asuntos Sociales

II. ORGANIGRAMA

ADM.

LOCALES

ACCESI

BILIDAD

SERVICIOS

DERECHOS

CIVILES

COORDINACIÓN

Derechos Civiles

Integración social

ViviendaTransporteEdificios

Ministerio Federalde Economía

Ministerio Federalde Economía

Comité ConsultivoFederal sobreDiscapacidad

Comité ConsultivoFederal sobreDiscapacidad

Servicio del Mercado de Trabajo

PRESTACIONES

ESTADOS

FEDERADOS

Ministerio Federal de Justicia Ministerio Federal de Justicia

Instituciones deSeguridad Social

Ministerio Federal de Medio Ambiente, Juventud y Familia

Ministerio Federal de Medio Ambiente, Juventud y Familia

Empleo

Ministerio Federal de Ciencia y TransporteMinisterio Federal de Ciencia y Transporte

Ministerio Federal de Educación y Cultura Ministerio Federal de Educación y Cultura

Oficina del CancillerFederal

Oficina del CancillerFederal

Educación

Federación Central deAsociaciones en favor

de las Personas conDiscapacidad

Federación Central deAsociaciones en favor

de las Personas conDiscapacidad

Otrasprestaciones

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación – Plan generalLa declaración política del Gobiernoaustriaco en materia de discapacidad,emitida en 1992 por el Ministerio deTrabajo, Sanidad y Asuntos Sociales y laFederación Central de AsociacionesAustriacas en favor de las Personas conDiscapacidad, parte de una definicióngeneral de la estrategia en materia dediscapacidad. En este sentido, tanto laestrategia como la administración debentomar plenamente en consideración losintereses de las personas condiscapacidad en todos los sectores. Elconcepto de transversalidad, es decir, laintegración de la dimensión de ladiscapacidad en todas las políticaspertinentes, forma parte, pues, de ladeclaración política.

Derechos civiles – La decisión en favorde la igualdad de oportunidadesEl Ministerio Federal de Trabajo, Sanidady Asuntos Sociales defiende los interesesde las personas con discapacidad ygarantiza la revisión en ese sentido de lasdisposiciones vinculantes pertinentes.

En julio de 1997 se modificó el Artículo7 de la Constitución Federal austriaca afin de introducir una disposición contra ladiscriminación. En dicho artículo se fijaasimismo un objetivo a escala nacional envirtud del cual la República secompromete en favor de la igualdad detrato de las personas con discapacidad entodos los aspectos de la vida cotidiana.

Prestación de asistencia prolongadaEn 1993 se reformó la prestación deasistencia prolongada. Tanto en lanormativa federal como en las de losEstados federados se prevé un subsidiopor asistencia prolongada graduado segúnlas necesidades, independientemente delos ingresos o recursos que se perciban yde la causa que justifique la necesidad deasistencia. Este subsidio adopta la formade contribución a tanto alzado y tiene

como objetivo sufragar los gastosadicionales contraídos en concepto deasistencia prolongada a fin de garantizar,en la medida de lo posible, este tipo deasistencia a las personas que lo necesiteny mejorar sus oportunidades de llevar unavida que puedan estructurar por símismas según sus necesidades. En laactualidad, reciben el subsidio más de300.000 personas.

El Gobierno federal y los Estadosfederados firmaron asimismo un acuerdoen virtud del cual se comprometen, entreotras cosas, a ofrecer una coberturageneral en materia de servicios socialesque satisfaga ciertas exigencias mínimas.

El Grupo de Trabajo sobre asistenciaprolongada, creado asimismo en 1993,tiene como función fundamental formularrecomendaciones y propuestas y presentarun informe anual sobre esta cuestión.

EducaciónEn diciembre de 1996 se introdujeron unaserie de reformas que supusieron un pasodecisivo en pos de la integración escolarde los niños con discapacidad. El Decretode 1996 sobre la reforma educativaintrodujo medidas en favor de laintegración de los niños que cursan losniveles 4-8, gracias a las cuales los niñosdiscapacitados de edades comprendidasentre los 6 y los 14 años pueden disponer,con efecto inmediato, de la oportunidadde participar en la educación integrada.

En algunos Estados federados se hansentado los fundamentos jurídicos para lacreación de grupos de guarderíasintegradas. En 1997, las autoridadesfederales asignaron fondos a una serie deproyectos destinados a facilitar laintegración de los niños con discapacidaden centros que ofrecen asistencia infantil.

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EmpleoCon la ayuda del Fondo Social Europeo,se ha patrocinado un número cada vezmayor de proyectos innovadores en favordel empleo de las personas condiscapacidad, especialmente mediante eldesarrollo de empleo asistido.

Un entorno sin barreras

En la actualidad prácticamente sólo seadquieren, para el transporte urbano,autobuses de piso bajo.

IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

El Comité Consultivo Federal sobreDiscapacidad fue creado en virtud de laLey Federal de 1990 sobre discapacidad.Trata, con carácter consultivo, cuestionesrelativas a la estrategia en materia dediscapacidad. El cometido de dichoComité es el siguiente:

- asesorar al Ministerio Federal deTrabajo, Sanidad y Asuntos Socialessobre cualquier cuestión fundamentalrelativa a la estrategia en materia dediscapacidad,

- emitir dictámenes y recomendacionesespecializados sobre los aspectos másdestacados que tengan incidenciasobre las personas con discapacidad,

- colaborar con el Ministerio Federalde Trabajo, Sanidad y AsuntosSociales en la coordinación de lasmedidas vinculantes y de otranaturaleza relativas a la asistencia alas personas con discapacidad.

Los miembros del Comité Consultivo conderecho a voto son:

- el Ministerio Federal de Trabajo,Sanidad y Asuntos Sociales(Presidencia),

- un miembro por cada uno de lospartidos políticos con representaciónparlamentaria,

- representantes de los MinisteriosFederales de Trabajo, Sanidad yAsuntos Sociales, Hacienda, y MedioAmbiente, Juventud y Familia;cuando el Comité trata asuntoscompetencia de otros ministerios,

asiste asimismo a la reunión unrepresentante del ministerio encuestión,

- dos miembros por cada Estadofederado,

- un miembro en representación delInstituto Austriaco de la SeguridadSocial,

- tres miembros en representación delas organizaciones patronales y otrostres, de las asociaciones sindicales,

- siete miembros en representación delas asociaciones de personas condiscapacidad.

Se encarga de la secretaría del ComitéConsultivo el Ministerio Federal deTrabajo, Sanidad y Asuntos Sociales. ElComité se reúne al menos una vez al año.

En algunos Estados federados existenorganismos similares que asesoran a losgobiernos de los Estados federados o sonconsultados sobre cuestiones importantes(Comité Consultivo de Discapacidad,organismos en representación de losintereses de las personas condiscapacidad).

Cabe mencionar asimismo los comitésconsultivos creados en virtud dediferentes disposiciones legislativas enmateria de seguridad social pararepresentar los intereses de categoríasespecíficas de asegurados (por ejemplo,personas que necesitan asistenciaprolongada). Estos comités pueden exigirser consultados sobre cuestionesimportantes.

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Las organizaciones de personas condiscapacidad cuentan con representaciónen estos comités consultivos yrepresentan los intereses de losbeneficiarios de subsidios de asistenciacontinuada. También forman parte delGrupo de Trabajo sobre asistenciaprolongada representantes de lasorganizaciones de personas condiscapacidad.

De conformidad con lo dispuesto en elArtículo 15a de la Constitución Federal,la administración federal y los Estadosfederados pueden concluir acuerdos sobrecuestiones relativas a sus respectivosámbitos de competencia. Por lo que serefiere a la prestación de asistencia delarga duración, existe ya un acuerdo de

este tipo relativo a las medidas adoptadasconjuntamente por la administraciónfederal y los Estados federados en favorde las personas que precisan asistenciaprolongada.

La Federación Central de asociaciones depersonas con discapacidad es consultadapor todos los ministerios federales quedeseen contar con dictámenesespecializados.

En algunos Estados federados se prevénya disposiciones vinculantes quereconocen a las organizaciones depersonas con discapacidad la posibilidadde reclamar su derecho a participar en losprocedimientos.

¹ "G" indica "Autoridad legislativa""V" indica "Autoridad ejecutiva"

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PORTUGAL

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Secretaría de Estado de Integración Social / Ministerio de Solidaridad y Seguridad

Social- Secretaría Nacional para la Rehabilitación e Integración de las Personas con

Discapacidad / Ministerio de Trabajo y Capacitación

A2. Organismos no gubernamentales- Consejo Nacional para la Rehabilitación e Integración de las Personas con

Discapacidad- Grupo de Diálogo

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio de Solidaridad y Seguridad Social

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Secretaría Nacional para la Rehabilitación e Integración de las Personas

con Discapacidad- Ministerio de Solidaridad y Seguridad Social

C2. Programas de bienestar social- Secretaría Nacional para la Rehabilitación e Integración de las Personas

con Discapacidad

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio de Educación

D2. Rehabilitación profesional- Instituto de Trabajo y Formación Profesional- Secretaría Nacional para la Rehabilitación e Integración de las Personas

con Discapacidad

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D3. Empleo- Ministerio de Trabajo y Capacitación- Instituto de Trabajo y Formación Profesional

D4. Salud- Ministerio de Sanidad

D5. Integración social- Ministerio de Sanidad- Ministerio de Solidaridad y Seguridad Social- Ministerio de Hacienda- Ministerio de Cultura, Deporte y Ocio

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Urbanismo y Vivienda

E2. Transporte accesible- Ministerio de Transporte

E3. Vivienda- Secretaría Nacional para la Rehabilitación e Integración de las Personas

con Discapacidad- Ministerio de Urbanismo y Vivienda

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Secretaría Nacional parala Rehabilitación e Integración de las

Personas con Discapacidad

Ministerio de Solidaridady Seguridad Social

MinisterioMinisterio de de Solidaridad Solidaridadyy Seguridad Seguridad Social Social

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

PRESTACIONES

DERECHOS

CIVILES

COORDINACIÓN

Ministerio de Urbanismoy Vivienda

Ministerio de Urbanismoy Vivienda

Educación

Protección socialSeguridad Social

Integración social Salud

Rehabilitaciónprofesional

TransporteEdificios

Empleo

Consejo Nacional para la Rehabilitación e Integración de las

Personas con Discapacidad

Consejo Nacional paraConsejo Nacional para la la Rehabilitación Rehabilitación ee Integración Integración de de las las

Personas conPersonas con Discapacidad Discapacidad

Vivienda

Ministerio de EducaciónMinisterio de Educación

Ministerio de Trabajoy Capacitación

Ministerio de Trabajoy Capacitación

Instituto de Trabajo yFormación Profesional

Ministerio de Cultura,Deporte y Ocio

Ministerio de Cultura,Deporte y Ocio

Ministerio de TransporteMinisterio de Transporte

Ministerio de SaludMinisterio de Salud

Ministerio de HaciendaMinisterio de Hacienda

Grupo de DiálogoGrupo de Diálogo

Derechos civiles

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación - Plan GeneralEl objetivo principal de la SecretaríaNacional de Rehabilitación e Integraciónde las Personas con Discapacidad esgarantizar una coordinación eficaz entrelas medidas sectoriales adoptadas y unaauténtica complementariedad entre lasiniciativas promovidas por los sectorespúblico y privado. Para alcanzar esteobjetivo, la Secretaría Nacional reforzaráespecialmente sus competencias enmateria de coordinación.

Rehabilitación profesionalSe prevé la puesta en marcha de un plan amedio plazo coherente e integrado en elque se detallarán las actividades enmateria de rehabilitación que deberánponer en práctica a escala nacional todoslos sectores afectados. Además, seestimulará y apoyará a las ONG quetrabajan en el ámbito de la discapacidad yla rehabilitación a fin de dotarlas de lascondiciones técnicas y financierasnecesarias para su labor. Se apoyará así lalabor de las ONG, promoviendo eldiálogo, mejorando la calidad de susactividades y afianzando, de formageneral, su participación en el desarrolloy coordinación de la política nacional derehabilitación.

AccesibilidadEl plan de acción aspira a mejorar laaccesibilidad de edificios y medios detransporte, eliminando para ello lasbarreras técnicas (con especial atención aldiseño, y a la educación, información yformación de todos los agentes yprofesionales pertinentes). Por lo querespecta a los dispositivos técnicos, serápreciso reformular las normas y sistemasde financiación actuales a fin degarantizar un acceso más fácil y amplio adichas instalaciones.

Integración socialEl plan nacional en materia derehabilitación deberá ser definido enestrecha cooperación con las ONGnacionales, desarrollando para elloestudios y propuestas encaminadas asatisfacer las necesidades específicas delas personas con discapacidad. En estecontexto, se hace hincapié en laautonomía y en la integración social deesta categoría de personas.

Además, seguirá aplicándose el programaactual en estrecha cooperación con lasONG que trabajan en los ámbitos deldeporte, ocio y cultura.

En el marco de este plan de acción secontemplan asimismo medidas generalesde sensibilización encaminadas amodificar las actitudes sociales de cara ala discapacidad. Para ello, se deberánreforzar las medidas de carácterinformativo dirigidas a las personas condiscapacidad y sus familiares,asociaciones, instituciones privadas ypúblico en general, y mejorar lascompetencias de los dirigentes de ONG ylos profesionales en el ámbito de ladiscapacidad.

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Tecnologías de la informaciónPor lo que se refiere a la informacióntécnica y científica en los ámbitos de ladiscapacidad y la rehabilitación, espreciso desarrollar y apoyar un sistemaespecializado de documentación que estéa disposición de todos los interesados.Dicho sistema incluirá la recopilación,tratamiento y divulgación de datosestadísticos en materia de rehabilitaciónfundados cuantitativa y cualitativamente.

Es preciso, además, invertir enactividades de investigación y enprogramas, proyectos y estudiosinnovadores. Estas inversiones deberíanpromover asimismo actividades deintercambio de conocimientos yexperiencias adquiridos gracias aproyectos de carácter científico,tecnológico y metodológico.

A escala internacional, se prevéincrementar la cooperación con la UniónEuropea, el Consejo de Europa, agenciasde las Naciones Unidas y otrasorganizaciones competentes a escalainternacional, además de con los paísesafricanos de habla portuguesa.

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IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN – CONSULTA

La Ley 35.96, de 2 de mayo de 1996, enla que se define la estructura general delMinisterio de Solidaridad y SeguridadSocial, fija las características de laestructura de cooperación creada parainformar o consultar a las organizacionesde personas con discapacidad.Con arreglo a lo dispuesto en el Artículo4 de dicha Ley, el Ministerio deSolidaridad y Seguridad Social esresponsable del desarrollo y aplicación depolíticas en materia de rehabilitación eintegración de las personas condiscapacidad.

El Ministerio es asesorado por el ConsejoNacional para la Rehabilitación eIntegración de las Personas conDiscapacidad.La composición y las funciones delConsejo Nacional serán establecidas por

Orden Reglamentaria, previo examen yaprobación del Consejo de Ministros.En su calidad de órgano consultivo, elConsejo Nacional – junto con las ONGnacionales que trabajan en el ámbito de ladiscapacidad - actuará como interlocutordel Gobierno y como instrumento deinformación bilateral en lo referente tantoa las políticas en materia de discapacidadcomo a la búsqueda de soluciones paragarantizar la igualdad de oportunidadesde las personas con discapacidad.

En 1992 se creó, con arreglo a lasdirectrices de varios organismosinternacionales, un 'Grupo de diálogo'para promover la participación de lasorganizaciones de personas condiscapacidad.

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FINLANDIA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales- Consejos de discapacidad a escala nacional, provincial y municipal- Consejo Consultivo de Rehabilitación- Consejo de Transporte Público

A2. Organismos no gubernamentales- Organización para la Cooperación entre las Organizaciones de Personas con

Discapacidad

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio de Justicia- Ministerio de Trabajo (discriminación en el trabajo)- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales- Oficina del Defensor del Pueblo para cuestiones relacionadas con la igualdad

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales- Instituto del Seguro Social

C2. Programas de bienestar social- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales- Instituto del Seguro Social- Administraciones locales

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio de Educación, Ciencia y Cultura- Autoridades educativas

D2. Rehabilitación profesional- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales: Departamento de Seguros- Instituto del Seguro Social- Administraciones locales

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D3. Empleo- Ministerio de Trabajo- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales- Instituto del Seguro Social- Administraciones locales

D4. Salud- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales:

· Departamento de Sanidad y Asuntos Sociales· Departamento de Seguros· Departamento de Promoción y Prevención

- Administraciones locales

D5. Integración social- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales: Departamento de Servicios Sociales y

Sanitarios- Ministerio de Educación, Ciencia y Cultura- Administraciones locales

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Medio Ambiente- Administraciones locales

E2. Transporte accesible- Ministerio de Transporte y Comunicaciones- Consejo de Transporte Público

E3. Vivienda- Ministerio de Medio Ambiente- Administraciones locales

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Ministerio de Sanidady Asuntos Sociales

MinisterioMinisterio de de Sanidad Sanidadyy Asuntos Sociales Asuntos Sociales

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

Ministerio de Justicia

Ministerio de Educación, Ciencia y Cultura

Ministerio de Medio Ambiente

Ministerio de Medio Ambiente

ADMINISTRACIONES

PROVINCIALES

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

PRESTACIONES

DERECHOS

CIVILES

COORDINACIÓN

ADM.

LOCALES

PARLAMENTOPARLAMENTO

Ministerio de TrabajoMinisterio de Trabajo

Instituto del Seguro Social

Consejo Nacionalde Discapacidad

Consejo NacionalConsejo Nacionaldede Discapacidad Discapacidad

Consejo Consultivo deRehabilitación

Consejo Consultivo deRehabilitación

Ministerio de Transporte y Comunicaciones

Ministerio de Transporte y Comunicaciones

Oficina del Defensor delPueblo para cuestiones

relacionadas con la igualdad

Educación

Derechos civiles

Protección socialSeguridad Social

Integración socialSalud

Rehabilitaciónprofesional

TransporteEdificios

Empleo

Consejos locales de discapacidad

Consejos locales de discapacidad

Organización para la Cooperación entrelas Organizaciones de

Personas conDiscapacidad

Organización para la Cooperación entrelas Organizaciones de

Personas conDiscapacidad

Consejos provinciales deDiscapacidad

Consejos provinciales deDiscapacidad

Vivienda

Comisión deRehabilitaciónComisión de

Rehabilitación

Consejo de Transporte Público

Consejo de Transporte Público

Autoridades Educativas

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III. PLANES DE ACCIÓN

Plan generalEn 1996, el Consejo Nacional deDiscapacidad publicó un programanacional en materia de discapacidadtitulado 'Hacia una sociedad para todos'.Este programa, que aspira a conseguiruna sociedad integrada, examina, entreotros aspectos, la capacitación de laspersonas con discapacidad, suparticipación en la toma de decisionespolíticas, la supresión de obstáculos a laaccesibilidad, la comunicación, y eldesarrollo de actitudes positivas de cara ala plena participación en la sociedad.

El Ministerio de Sanidad y AsuntosSociales es el máximo responsable por loque respecta a la coordinación de lapolítica nacional de discapacidad, si bientodos los ministerios deben - en virtud delprincipio de transversalidad - tomar enconsideración las necesidades de laspersonas con discapacidad en el procesode toma de decisiones. Se instaigualmente a las administraciones localesa poner en marcha sus propios planes deacción en el marco del programa nacionalde discapacidad.

Protección social e integración socialEn 1996, el Ministerio de Sanidad yAsuntos Sociales organizó un Grupo deTrabajo sobre discapacidad. En suinforme, el Grupo de Trabajo llegó, entreotras, a la conclusión de que deberíaactualizarse el fundamento y contenido dela protección social para las personas condiscapacidad. El Grupo presentóasimismo propuestas relativas a ladefinición, desarrollo y clarificación delas políticas en materia de prestación deservicios de protección social y asistenciasanitaria, aumento de las desgravaciones,uso de las tecnologías de la información yde otros tipos para ayudar a las personascon discapacidad, desarrollo de unentorno sin obstáculos y promoción delempleo para las personas condiscapacidad. Los conceptos

fundamentales en que se basa el informeson los siguientes: estrategia en materiade discapacidad, servicios y prestacionespara las personas con discapacidad,rehabilitación y capacidad para hacerfrente a los problemas y poder ejercer unaactividad profesional.En 1996, el Ministerio de Justicia creó unGrupo de Trabajo encargado de evaluar ygarantizar el estatuto jurídico de losusuarios del lenguaje de signos.

En 1995, el Ministerio de Sanidad yAsuntos Sociales creó un Grupo deTrabajo encargado de seguir la evoluciónde la asistencia a las personas condiscapacidad. El Grupo concluyó susdeliberaciones en 1997.

EducaciónEn 1995, el Ministerio de Educación creóun comité encargado de examinar lasituación por lo que respecta al ejerciciofísico de los grupos con necesidadesespeciales y elaborar un nuevo programanacional de desarrollo.En 1996, el Consejo Nacional deEducación llevó a cabo una evaluacióngeneral de la educación especial enFinlandia.

Rehabilitación profesional y empleoEn 1997, el Consejo Consultivo deRehabilitación publicó un programanacional de acción relativo a larehabilitación y al empleo de las personascon discapacidad titulado ‘De ladiscapacidad a la capacidad’. Se trata deun manual destinado a todas aquellaspersonas u organizaciones que participanen la aplicación de medidas efectivas paraalcanzar los objetivos de igualdad y plenaparticipación de las personas condiscapacidad en la vida social. Entre losámbitos abordados en el programadestacan la promoción de la formaciónprofesional, la mejora de lascualificaciones laborales y la prevenciónde la exclusión del mercado de trabajo.

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En Junio de 1998, el Consejo deMinistros envió al Parlamento unapropuesta en favor de la promoción del

empleo, la formación y la educación,elaborada a partir de las conclusiones delGrupo de Trabajo sobre discapacidad.

IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

Consejo Nacional de DiscapacidadEl Consejo Nacional de Discapacidad,organismo dependiente del Ministerio deSanidad y Asuntos Sociales, estácompuesto por representantes de lasorganizaciones de personas condiscapacidad y responsables de diferentesministerios. La misión del Consejoconsiste en combatir la discriminación yeliminar los prejuicios existentes contralas personas con discapacidad, además depromover la igualdad de oportunidades deesta categoría de personas y su plenaintegración en la sociedad.

Unos 220 municipios (de un total de 450)cuentan con consejos locales dediscapacidad. Los consejos dediscapacidad locales y provinciales seinspiran en las mismas bases políticas decooperación que el Consejo Nacional deDiscapacidad.

Otros ministerios y organismosgubernamentales han creado grupos detrabajo y organismos consultivos sobrediscapacidad.

Consejo Consultivo de RehabilitaciónEl Consejo Consultivo de Rehabilitaciónrepresenta a los Ministerios de Trabajo,Educación, Sanidad y Asuntos Sociales,organizaciones del mercado de trabajo yorganizaciones de personas condiscapacidad. El Consejo asesora alGobierno sobre cuestiones relativas a larehabilitación profesional y el empleo.

Consejo de Transporte PúblicoEl Consejo de Transporte Públicodepende del Ministerio de Transporte. Enél están representados varios ministerios,la Federación Finlandesa de Municipios,organizaciones de personas condiscapacidad y diferentes empresas detransporte.

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SUECIA

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales- Consejo Nacional de Sanidad y Protección Social- Oficina del Defensor del Pueblo en materia de Discapacidad

A2. Organismos no gubernamentales- Organizaciones de discapacidad

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio de Justicia

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a las personascon discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales- Consejo Nacional de Seguridad Social

C2. Programas de bienestar social- Administraciones locales

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Administraciones locales- Ministerio de Educación

D2. Rehabilitación profesional- Oficinas Regionales del Seguro- Empresas públicas y privadas- Oficinas de empleo

D3. Empleo- Ministerio de Trabajo- Consejos Nacionales de Mercado de Trabajo- Consejos comarcales de trabajo

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D4. Salud- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales- Consejos comarcales- Administraciones locales

D5. Integración social- Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales- Administraciones locales

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Interior- Consejo Nacional de Vivienda, Construcción y Urbanismo- Administraciones locales

E2. Transporte accesible- Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones- Administración Nacional de Carreteras- Administraciones locales

E3. Vivienda- Ministerio de Interior- Consejo Nacional de Vivienda, Construcción y Urbanismo- Administraciones locales

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Ministerio de TrabajoMinisterio de Trabajo

Ministerio de Sanidady Asuntos Sociales

MinisterioMinisterio de de Sanidad Sanidadyy Asuntos Sociales Asuntos Sociales

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

Ministerio de Justicia

ADM.

LOCALES

ADM.

COMARCALES

ACCESIBILIDAD

SERVICIOS

PRESTACIONES

DERECHOS

CIVILES

COORDINACIÓN

Derechos civiles

Seguridad Social

Empleo

EducaciónRehabilitación

profesional

Protecciónsocial

Integración social

ViviendaTransporteEdificios

Salud

Consejo Nacional deSanidad y Protección

Social

Consejo de DiscapacidadConsejo de

Discapacidad

Oficina del Defensordel Pueblo en materia

de Discapacidad

Organizacionesde discapacidad

Organizacionesde discapacidad

Oficinas Regionalesdel Seguro

Empresarios

Consejos comarcalesde trabajo

Consejos Nacionales del Mercado de Trabajo

Ministerio del InteriorMinisterio del Interior

Consejo Nacional de ViviendaConstrucción y Urbanismo

Ministerio de Transportey TelecomunicacionesMinisterio de Transportey Telecomunicaciones

Administración Nacionalde Carreteras

Consejo Nacionalde Seguridad

Social

Ministerio de EducaciónMinisterio de Educación

Oficinas de empleo

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación – Plan generalLa política del Gobierno en materia dediscapacidad se basa en una estrategiageneral centrada principalmente en lacreación de las condiciones necesariaspara que el Estado, consejos comarcales,administraciones locales y otro tipo deorganizaciones puedan, en sentido lato,mejorar la accesibilidad en los diferentessectores sociales. Se promuevenasimismo acciones encaminadas agarantizar la igualdad de oportunidadesde las personas con discapacidad paraparticipar en todas los aspectos de lasociedad. Las administraciones locales,en concreto, desempeñan un destacadopapel de cooperación con lasorganizaciones locales de personas condiscapacidad, las administracionesinvolucradas y demás partes interesadas.La accesibilidad abarca, entre otras,cuestiones relativas al transporte y lastecnologías de la información.

Se reconoce que las cuestiones relativas ala discapacidad afectan a todos losámbitos sociales, no sólo a la sanidad yprotección social. Es preciso, pues, tomaren consideración todas estas cuestionesen todas las políticas referentes aeducación, empleo y mercado de trabajo,economía, vivienda, tráfico y transporte.En esencia, el organismo gubernamentalde que se trate deberá asumir laresponsabilidad en su ámbito decompetencia a fin de garantizar que todosestos aspectos están plenamenteincorporados en su programa. Al mismotiempo, es importante mantener unaperspectiva general con respecto a ladiscapacidad.

El Consejo Nacional de Sanidad yProtección Social es un organismocentralizado dependiente del Gobiernoque se ocupa de la especialización ysupervisión de, entre otras cuestiones, ladiscapacidad.

Entre los cometidos del Consejo destacanla supervisión de las actividades médicas,sanitarias y de protección social relativasa la defensa de los derechos civilesindividuales, su desarrollo y evaluación,transferencia de conocimientos,educación y formación, así comocoordinación de estadísticas.

Derechos civilesLa Oficina del Defensor del Pueblo enmateria de Discapacidad es un organismogubernamental encargado de supervisarlos derechos civiles e interesesespecíficos de las personas condiscapacidad, prestando para ello, entreotros servicios, asesoramiento jurídico.En el marco de sus competencias, laOficina atiende las reclamaciones de losorganismos u organizaciones públicos yprivados, y les presta asesoramiento.Cabe señalar, sin embargo, que elDefensor del Pueblo carece de los medios(o del derecho) para emprender accionesjudiciales.

Además, el Defensor del Pueblo enmateria de discapacidad tiene comomisión evaluar las medidas adoptadas encumplimiento de las obligacionesasumidas por Suecia en el marco de lasnormas uniformes de Naciones Unidassobre igualdad de oportunidades para laspersonas con discapacidad.

Por último, el Defensor del Pueblorecopila conocimientos y elementosfácticos. Así, por ejemplo, ha dirigidorecientemente un estudio relativo a ladiscriminación por motivo dediscapacidad en el mercado de trabajo.Cada año presenta al Gobierno uninforme de actividad.

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Rehabilitación profesional y empleoCon el objetivo de conseguir una mayorigualdad en el mercado de trabajo, se hapresentado una propuesta destinada aestimular a los trabajadoresdiscapacitados para que sigan en activo.En este sentido, se prevé la posibilidad deindemnizar a aquellos empresarios quecontraigan gastos en concepto deadaptaciones o ajustes necesarios para lostrabajadores discapacitados. Además, enun futuro próximo, se estudiará laelaboración de disposiciones legislativasque prohiban la discriminación pormotivo de discapacidad en el mercado detrabajo.

El objetivo del Consejo Nacional deMercado de Trabajo es ofrecer, a escalanacional, orientaciones, metas y objetivosque puedan ser utilizados por los consejoscomarcales de trabajo. Además, elConsejo asigna recursos y evalúa laactuación de los consejos comarcales detrabajo. Dentro del Consejo Nacional, unadelegación especial, la denominadaagencia YR, se encarga de larehabilitación profesional y de lasmedidas de mercado de trabajo para laspersonas con discapacidad. Esta Agencia,de carácter consultivo, sigue y apoya eldesarrollo de medidas en favor delempleo de las personas con discapacidad.Los consejos comarcales de trabajodirigen y coordinan las oficinas deempleo a escala regional.

Integración socialEl Gobierno seguirá apoyando la labor delas Naciones Unidas en materia dediscapacidad y defenderá en la UniónEuropea la posición sueca en este ámbitopolítico.

AccesibilidadLa Administración Nacional deCarreteras es un organismo centralizadoque atiende las necesidades de laspersonas con discapacidad y coordina lasmedidas relativas a su integración en elsistema público de transporte. La funciónprincipal de este organismo es aumentarel número de personas con discapacidadque puede utilizar el sistema de transportepor carretera.

El Consejo Nacional de Vivienda,Construcción y Urbanismo es unorganismo centralizado responsable, entreotros aspectos, de la planificación de losrecursos naturales y el medio ambiente enlas zonas rurales. Gestiona los subsidiosestatales de vivienda y emite ordenanzasde construcción sobre cuestiones talescomo sanidad, seguridad y accesibilidad.

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IV. ESTRUCTURA DE COOPERACIÓN - CONSULTA

A fin de delimitar los problemas y ofrecersoluciones en el ámbito de la estrategia enmateria de discapacidad, es de vitalimportancia que el Gobierno coopere entodo momento con las organizaciones depersonas con discapacidad o que actúan asu favor. En este sentido, el grupo desecretarías de estado coordina la labor delos organismos gubernamentalesencargados de tratar cuestionesrelacionadas con la discapacidad y actúacomo foro de diálogo con lasorganizaciones de personas condiscapacidad y, provisionalmente, comocomité de coordinación. Lasorganizaciones de personas condiscapacidad se reúnen regularmente conrepresentantes gubernamentales. En estegrupo, las organizaciones se reúnen conel Ministro de Sanidad y AsuntosSociales y con los diferentes ministros al

menos una vez al año. La Oficina delDefensor del Pueblo en materia deDiscapacidad, como ya se mencionó, seencarga de las cuestiones relativas a losderechos e intereses de las personas condiscapacidad. Vela igualmente por elcumplimiento de las normas uniformes delas Naciones Unidas. De conformidadcon lo dispuesto en dichas normas, losEstados son responsables de la creaciónde comités nacionales de coordinación uorganismos similares encargados degarantizar la coordinación de las medidasen materia de discapacidad. Al concluirsu primer mandato de tres años, laOficina del Defensor del Pueblo enmateria de Discapacidad será objeto deuna evaluación y se formularánsugerencias sobre su ámbito decompetencia en el futuro.

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REINO UNIDO

I. DISPOSICIONES ORGANIZATIVAS

A. Departamentos u organismos responsables de la coordinación o la asistencia a losGobiernos en la formulación de políticas generales

A1. Organismos gubernamentales- Grupo Interministerial sobre Discapacidad

A2. Organismos no gubernamentales- Consejo Nacional de Discapacidad y Consejo de Discapacidad de Irlanda del Norte- Grupo Operativo sobre Derechos de las Personas con Discapacidad- Comité Consultivo para las Personas con Discapacidad Empleadas y en Formación

(ACDET)- Comité Consultivo sobre Transporte para Personas con Discapacidad (DPTAC)

B. Departamentos u organismos responsables de las políticas de derechos civiles

- Ministerio de Educación y Empleo

C. Departamentos u organismos responsables de la asistencia financiera a laspersonas con discapacidad (prestaciones)

C1. Disposiciones de seguridad social- Ministerio de Seguridad Social- Agencia de Prestaciones- Agencia de Seguridad Social (Irlanda del Norte)

C2. Programas de bienestar- Ministerio de Sanidad- Administraciones locales (pagos directos)

D. Departamentos u organismos responsables de la prestación de servicios

D1. Educación- Ministerio de Educación y Empleo- Ministerio de Educación y Empleo - Oficina Galesa- Oficina Escocesa- Ministerio de Educación para Irlanda del Norte- Consejos de Educación y Bibliotecas de Irlanda del Norte- Autoridades educativas locales- Consejos de Financiación de la Enseñanza Media y Superior

D2. Rehabilitación profesional- Ministerio de Educación y Empleo. Servicio de Empleo- Consejos de Formación y Empresa (Inglaterra y Gales)- Compañías locales (Escocia)- Ministerio de Desarrollo Económico (Irlanda del Norte)- Agencia de Formación y Empleo (Irlanda del Norte)

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D3. Empleo- Ministerio de Educación y Empleo. Servicio de Empleo- Ministerio de Desarrollo Económico (Irlanda del Norte)- Agencia de Formación y Empleo (Irlanda del Norte)

D4. Salud- Ministerio de Sanidad- Ministerio de Sanidad (Oficina Galesa)- Oficina Escocesa- Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales (Irlanda del Norte)- Servicio Nacional de Salud y Servicio Nacional de Salud de Escocia- Consejos de Sanidad y Servicios Sociales (Irlanda del Norte)- Autoridades sanitarias locales

D5. Integración social- Ministerio de Sanidad- Ministerio de Sanidad (Oficina Galesa)- Oficina Escocesa- Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales (Irlanda del Norte)- Departamentos de servicios sociales de las administraciones locales- Consejos de Salud y Servicios Sociales (Irlanda del Norte)

E. Departamentos u organismos responsables de un entorno sin barreras

E1. Edificios- Ministerio de Medio Ambiente, Transporte y Regiones- Ministerio de Medio Ambiente, Transporte y Regiones (Oficina Galesa)- Oficina Escocesa- Ministerio de Medio Ambiente, Transporte y Regiones para Irlanda del Norte- Administraciones locales

E2. Transporte accesible- Ministerio de Medio Ambiente, Transporte y Regiones- Ministerio de Medio Ambiente, Transporte y Regiones (Oficina Galesa)- Oficina Escocesa- Ministerio de Medio Ambiente para Irlanda del Norte

E3. Vivienda- Ministerio de Medio Ambiente, Transporte y Regiones- Ministerio de Medio Ambiente, Transporte y Regiones (Oficina Galesa)- Oficina Escocesa- Ministerio de Medio Ambiente para Irlanda del Norte- Administraciones locales y corporaciones de vivienda

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* Las administraciones regionales incluyen los departamentos territoriales de gobierno para Gales, Escocia e Irlanda del Norte

SaludIntegración social

Ministerio de Seguridad Social

Ministerio de Seguridad Social

Ministerio de Educacióny Empleo

MinisterioMinisterio de de Educación Educaciónyy Empleo Empleo

II. ORGANIGRAMAII. ORGANIGRAMA

ADM.

LOCALES

ACCESIBILIAD

SERVICIOS

PRESTACIONES

DERECHOS

CIVILES

COORDINACIÓN

Derechos civiles

Seguridad Social

Empleo

Educación

Rehabilitaciónprofesional

Protección social

ViviendaTransporteEdificios

Grupo Interministerialsobre Discapacidad

Consejo Nacional de Discapacidad

Consejo Nacional de Discapacidad

Agencia de Prestaciones

Servicio Nacionalde Salud

Servicio de empleo

Ministerio de Medio Ambiente,Transporte y Regiones

Ministerio de Medio Ambiente,Transporte y Regiones

Grupo Operativo sobreDerechos de las

Personas con Discapacidad

Grupo Operativo sobreDerechos de las

Personas con Discapacidad

ACDETACDET

Ministerio de Sanidad

Ministerio de Sanidad

Consejos de Financiación de la Enseñanza Media y Superior

Corporaciones de vivienda

DPTACDPTAC

ADM.

REGIONALES

*

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______________________________________________________________________________________1La Ley de 1995 relativa a la prohibición de la discriminación por motivo de discapacidad introdujomedidas para declarar ilegales las prácticas discriminatorias contra personas con discapacidad en lossiguientes ámbitos: empleo, acceso a bienes, instalaciones y servicios, y venta y alquiler de equipos.

Además, la Ley exige que los centros de enseñanza primaria y secundaria y las universidades informen a laspersonas con discapacidad; permite al Gobierno fijar normas mínimas relativas al uso del transporte públicopor parte de las personas con discapacidad y crea consejos de discapacidad para asesorar al Gobierno enmateria de discriminación contra esta categoría de personas.

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III. PLANES DE ACCIÓN

Coordinación - Plan generalLa estrategia del Reino Unido en materiade discapacidad tiene como objetivopermitir a las personas con discapacidadla plena participación en la sociedad.Aunque los intereses y necesidades deesta categoría de personas pueden serdiferentes, existen aspectos de interéscomún: igualdad de oportunidades enmateria de educación, formación yempleo, especialmente por lo querespecta a las oportunidades de encontrarun puesto de trabajo, necesidad degarantizar el acceso a bienes, servicios,edificios y otras instalaciones, mejorcoordinación de los servicios y accesoapropiado, en su caso, a los sistemas deasistencia y apoyo. A la realización delplan general contribuyen, por tanto,objetivos y políticas de distintosministerios.

El Grupo Interministerial sobreDiscapacidad constituye un foro deencuentro regular para los representantesministeriales y contribuye a lacoordinación de las políticas dediscapacidad de los diferentesministerios.

Derechos civilesLa erradicación de prácticas y actitudesdiscriminatorias constituye un objetivopolítico prioritario. El Gobierno del ReinoUnido mantiene un firme compromiso enfavor de la protección general de losderechos civiles de las personas condiscapacidad y de la posibilidad dedefenderlos ante la justicia, para lo cualha adoptado una estrategia de tres puntos.En este sentido, cabe destacar la creación

de un Grupo Operativo Ministerialencargado de emprender ampliasconsultas sobre la forma de hacerefectivos los derechos civiles de laspersonas discapacitadas. El Gobiernotiene intención asimismo de crear unaComisión de Derechos de las Personascon Discapacidad y sigue aplicando lasdisposiciones más recientes sobrederechos de acceso a bienes y serviciosrecogidas en la Ley de 1995 relativa a laprohibición de la discriminación por

motivo de discapacidad¹. En diciembrede 1997 se creó el Grupo Operativo sobreDerechos de las Personas conDiscapacidad, presidido por el Ministroresponsable en materia de discapacidad.Su misión consiste en determinar la mejorforma de garantizar la protección yejercicio de los derechos civiles de laspersonas con discapacidad en el marco deuna sociedad más amplia y formularrecomendaciones sobre el papel y lasfunciones de la Comisión de Derechos delas Personas con Discapacidad. El GrupoOperativo presentará, antes de julio de1999, un informe en el que se incluiránrecomendaciones acerca de cuestionesgenerales relacionadas con los derechoshumanos (categorías que deberían serprotegidas frente a la discriminación,definición de discapacidad y aspectosrelacionados con la discapacidad quedeberían ser objeto de reglamentación).En julio de 1998 se publicó un LibroBlanco en el que se recogían laspropuestas del Gobierno en favor de lapromulgación de una ley relativa a laprohibición de la discriminación pormotivo de discapacidad, basadas en las

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recomendaciones del Grupo Operativo.En este documento se proponía que lasfunciones principales de la Comisión deDerechos de las Personas conDiscapacidad deberían ser las siguientes:actuar como fuente centralizada deinformación y asesoramiento; asistir a laspersonas en la defensa de sus derechos;gestionar y supervisar un servicio dearbitraje en el ámbito del acceso a bienes,equipos, servicios e instalaciones conarreglo a lo dispuesto en la Parte III de laLey relativa a la prohibición dediscriminación por motivo dediscapacidad; y realizar encuestas einvestigaciones oficiales. Lasdisposiciones legislativas por las que secrea la Comisión de Derechos de lasPersonas con Discapacidad seránadoptadas tan pronto como lo permita elcalendario parlamentario.

Mientras tanto, se sigue avanzando en laaplicación de la Ley relativa a laprohibición de discriminación por motivode discapacidad. A partir de octubre de1999, los prestadores de servicios deberánadoptar las medidas necesarias paramodificar aquellas prácticas, políticas oprocedimientos que impidan o dificultende forma injustificada el uso de unservicio por parte de una persona condiscapacidad (así, por ejemplo, losrestaurantes deberán admitir perros guía).Los prestadores de servicios deberánofrecer, siempre que esté justificado,dispositivos o servicios auxiliares quepermitan a las personas con discapacidadusar sus servicios (por ejemplo,comunicadores para sordos). Además,deberán eliminar las barreras físicas o, ensu caso y siempre que sea razonablementefactible, prestarán sus servicios mediantemétodos alternativos (visitas a domicilioo cualquier otra medida que se estimeoportuna). A partir de 2004, losprestadores de servicios deberán adoptarlas medidas necesarias para modificar ofacilitar medios razonables que permitaneliminar aquellos elementos físicos queimpidan o dificulten de forma

injustificada el uso de sus servicios porparte de las personas con discapacidad.

El Servicio de Asesoría sobreAccesibilidad, creado de conformidadcon lo dispuesto en la Ley relativa a laprohibición de discriminación por motivode discapacidad, ofrece asesoramientoespecializado, telefónico o por escrito, afin de apoyar a las organizaciones queasesoran a las personas con discapacidady a los prestadores de servicios sobre lasdisposiciones de la Ley relativas al accesoa bienes, instalaciones y servicios. Ofreceasimismo a estas organizaciones boletinesinformativos pormenorizados e imparteformación para ayudarles a desarrollarsus conocimientos en la materia. ElServicio de Asesoría sobre Accesibilidadpuede actuar como organismo de arbitrajepara ayudar a las personas condiscapacidad y a los prestadores deservicios a zanjar sus diferencias sin tenerque recurrir a una acción judicial. ElServicio funciona bajo contrato con elGobierno, pero tiene carácterindependiente.

Seguridad SocialEl Gobierno trata asimismo de ayudar alas personas que pueden ejercer unaactividad profesional para que vuelvan aincorporarse al mercado de trabajo,eliminando para ello los posibleselementos disuasorios. En el marco deesta estrategia, se prevé la reforma delsistema fiscal y de prestaciones. Así, porejemplo, se han reformado las normas deseguridad social para las personas quesufren una discapacidad de largaduración, con el objeto de ayudarles aconseguir un puesto de trabajo,garantizando al mismo tiempo que, encaso de que se vean obligados aabandonar su empleo por motivo deenfermedad o discapacidad, puedanmantener durante al menos un año elnivel de prestaciones de que disfrutabananteriormente. También se ha derogado ellímite de 16 horas semanales relativo altrabajo voluntario.

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EmpleoLas disposiciones en materia de empleoque figuran en la Ley relativa a laprohibición de discriminación por motivode discapacidad son aplicables a losempresarios con 20 o más trabajadores.Estas disposiciones protegen a lostrabajadores discapacitados y a lossolicitantes de empleo y obligan a losempresarios a adoptar, siempre que esténjustificadas, las medidas necesarias encaso de que sus instalaciones o prácticaslaborales sean sustancialmentedesfavorables para las personas condiscapacidad. A partir del 1 de diciembrede 1998, estas disposiciones se ampliarána los empresarios con 15 o mástrabajadores. Desde su creación, se puederecurrir a la Comisión de Derechos de lasPersonas con Discapacidad para quesupervise los progresos realizados en esteámbito de cara a la formulación denuevas recomendaciones.

La estrategia del Reino Unido en materiade empleo de las personas condiscapacidad reconoce asimismo lanecesidad de prestar asistencia práctica afin de suprimir los obstáculos quedificultan el acceso a un puesto detrabajo. Existe una amplia gama deservicios generales y especializados, asícomo programas de empleo y formación,destinados a ayudar a las personas condiscapacidad a conseguir y mantener unempleo. Por ejemplo, además de susservicios y programas generales(destinados a la mayoría de las personascon discapacidad), los asesores laboralesen materia de discapacidad del Serviciode Empleo ofrecen asistenciaespecializada a las personas que seenfrentan a graves problemas paraconseguir o mantener un empleo, porejemplo mediante programas derehabilitación profesional y acceso almercado de trabajo. Los programas deacceso al mercado de trabajo ofrecenasistencia a las personas con discapacidaden forma, por ejemplo, de ayudas para

sufragar los gastos suplementarioscontraídos en concepto de desplazamientoal lugar de trabajo, adaptación deinstalaciones, equipos especiales oasistencia en el trabajo. Más de 22 000personas con discapacidades graves hanencontrado un empleo gracias alprograma de empleo protegido. Laestructura y la financiación de losprogramas de formación persiguen elobjetivo de permitir a las personas condiscapacidad disfrutar, en la medida de loposible, de prestaciones ordinarias. Losadultos con discapacidad tienen accesoinmediato a la formación sin necesidad decumplir el periodo de seis meses dedesempleo previsto para los nodiscapacitados. Quince prestadoresespecializados ofrecen formación adomicilio para adultos desempleados. EnIrlanda del Norte existen disposicionessimilares.Además de los servicios y programasdescritos, el Gobierno ha puesto enmarcha un nuevo programa con unadotación de 195 millones de libras (eldenominadoNew Dealpara las personascon discapacidad) con el objetivo deencontrar formas más apropiadas deapoyar a los numerosos beneficiarios deprestaciones de incapacidad que deseantrabajar y que podrían hacerlo si contarancon una asistencia adecuada, así como deasistir a los trabajadores que podríanverse obligados a recurrir a prestacionesde enfermedad o discapacidad. Elprograma incluirá los siguienteselementos: métodos innovadores paraestudiar la mejor forma de asistir a laspersonas con discapacidad a conseguir omantener un puesto de trabajo; asesorespersonales encargados de ayudar a laspersonas con discapacidad y los enfermosde larga duración para que puedansuperar los obstáculos en la búsqueda deun puesto de trabajo; una campaña deinformación para que los trabajadoresdiscapacitados puedan conocer mejor losservicios asistenciales disponibles y paramodificar las actitudes de beneficiarios,

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empresarios y público en general; y unprograma de investigación y evaluación.

La aplicación de los regímenesinnovadores se realizará en dos capítulos:el primero (10 proyectos) entrará enfuncionamiento a finales de 1998. Elplazo para la presentación de propuestaspara el segundo capítulo concluyó el 9 deoctubre de 1998. El Servicio de AsesoríaPersonal actuará en 12 zonas y cubrirá amás de 250.000 personas que recibenprestaciones por discapacidad. Los seisprimeros proyectos, dirigidos por elServicio de Empleo, empezaron afuncionar el 28 de septiembre de 1998.El plazo previsto para presentarcandidaturas a los demás proyectosfinalizó el 25 de noviembre. Losproyectos entrarán en funcionamiento aprincipios de 1999. Se prevé que laaplicación a escala nacional empiece apartir de abril de 2000.

EducaciónLa Ley de Educación de 1996 estableceque todos los niños con necesidadeseducativas especiales, en particular losdiscapacitados, podrán asistir, si así lodesean ellos y sus padres, a escuelasordinarias de enseñanza primaria ysecundaria, siempre que se satisfagan lasnecesidades del niño y ello no vaya endetrimento de la eficacia de los demásalumnos y la utilización de los recursos.Disposiciones similares son aplicables enIrlanda del Norte, con arreglo a lodispuesto en la Orden de Educación de1996. En octubre de 1997 se publicaronuna serie de propuestas destinadas amejorar las prestaciones para niños connecesidades educativas especiales, enparticular para los discapacitados. Ennoviembre de 1998, el Gobiernopublicará un plan de acción sobrenecesidades educativas especiales.

Integración socialPor lo que respecta a la asistenciacomunitaria, las delegaciones de serviciossociales de las administraciones locales

trabajan en cooperación con el ServicioNacional de Salud y otros organismos afin de ofrecer una gama de servicios quepermitan a las personas con discapacidadllevar una vida lo más autónoma posible,preferiblemente en su propio domicilio.Se ha pedido a la Comisión Real para lafinanciación de la asistencia de largaduración a personas mayores, cuyacreación fue anunciada el 4 de diciembrede 1997 y que presentará un informe afinales de 1998, que evalúe la incidenciade sus recomendaciones en las categoríasmás jóvenes. La Comisión Real haconstituido cuatro grupos de trabajo:demografía y niveles de necesidades en elfuturo; modelos de prestaciones; pago delas mismas; aplicación. También hapuesto en marcha un grupo de referenciaque incluye organizaciones, voluntarias yde otra índole, en representación deaquellas personas que podrían necesitarasistencia de larga duración, el sector delos servicios financieros, el ServicioNacional de Salud, las administracioneslocales y otros organismos prestadores deservicios, así como representantes de lasreligiones de mayor arraigo en el ReinoUnido.

AccesibilidadEn el ámbito de la construcción, elgobierno anunció en marzo de 1998 laampliación de la Parte M del Reglamentode la Construcción a fin de incluir losedificios de nueva planta. En laactualidad, la Parte M - Acceso einstalaciones para las personas condiscapacidad - establece la obligación detener en cuenta las necesidades de laspersonas con discapacidad en laconstrucción de edificios noresidenciales, así como en determinadasampliaciones de los mismos. Las nuevasmedidas fijarán normas relativas a laaltura de las entradas principales o laexistencia de entradas alternativas, laobligación de que las puertas de entradatengan la anchura necesaria para las sillasde ruedas y que existan servicios

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sanitarios en el nivel de entrada o en elprimer piso habitable. Gracias a estasmedidas se conseguirán mayores nivelesde adecuación, accesibilidad ysociabilidad para las personas mayores ycon discapacidad, así como para aquelloscon niños en cochecitos.La Ley relativa a la prohibición de ladiscriminación por motivo dediscapacidad autoriza al Gobierno aadoptar normas mínimas relativas al usodel transporte público por parte de laspersonas con discapacidad. El nuevoReglamento sobre accesibilidad seráaplicable a todos los vehículos sobreraíles que entren en servicio a partir del 1

de enero de 1999. También se han llevadoa cabo consultas sobre las propuestas delGobierno relativas a taxis, autobuses yautocares, que preveían plazos concretospara la adopción de las medidas: de 2002a 2012 (taxis), de 2000 a 2015 (autobusesgrandes de un solo piso) y de 2002 a2017 (autobuses de dos pisos). Laadopción de estos plazos obedece a lavida útil de los vehículos.

En la Parte III de la Ley relativa a laprohibición de la discriminación pormotivo de discapacidad se aborda elacceso a estaciones y otrasinfraestructuras de transporte.

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IV. ESTRUCTURAS DE COOPERACIÓN - CONSULTA

El Gobierno ha asumido el compromisode consultar a los grupos de interéspertinentes de forma oficial e informal.Existe una amplia variedad demecanismos de consulta: organismosconsultivos (véase más abajo); consultasescritas que pueden ir desde encuestaspúblicas a gran escala sobre los librosverdes y los libros blancos que abordantemas políticos hasta consultas a pequeñaescala a grupos de expertos sobrecuestiones o técnicas o de menorrelevancia; encuestas de opinión; gruposseleccionados; paneles de usuarios;reuniones regulares y puntuales entreministerios/funcionarios y las partesinteresadas, en particular organizacionespatronales, sindicales y de personas condiscapacidad o que actúen a su favor.

Consejo Nacional de DiscapacidadEl Consejo Nacional de Discapacidad esun organismo oficial de carácterconsultivo e independiente creado deconformidad con lo dispuesto en la Leyrelativa a la prohibición de ladiscriminación por motivo dediscapacidad. Su mandato se limita aGran Bretaña. La misma Ley creó elConsejo de Discapacidad de Irlanda delNorte que presta asesoramiento en esteterritorio. Las competencias del Consejoen materia de consulta y asesoramientoson amplias y abarcan diferentesdepartamentos ministeriales. Por ejemplo,puede decidir prestar asesoramientoacerca de la discriminación en el empleo,la educación, la asistencia sanitaria, eltransporte, etc. Antes de asesorar alGobierno, debe consultar a otrosorganismos creados por los ministerioscon el fin de disponer de asesoramientosobre cuestiones relacionadas con ladiscapacidad, siempre que entre dentro desu ámbito de competencia. Sus miembrospertenecen a organizaciones y empresas

relacionadas con la discapacidad y más dela mitad son discapacitados.

Comité Consultivo para las Personascon Discapacidad Empleadas o enFormaciónEl Comité Consultivo para las Personascon Discapacidad Empleadas o enFormación fue creado en sustitución delanterior consejo consultivo oficial(Consejo Consultivo Nacional sobreempleo de las personas con discapacidad)que se ocupaba de una gama más ampliade cuestiones, algunas de las cuales hansido asumidas desde su creación por elConsejo Nacional de Discapacidad. ElComité está compuesto por 12 miembrosen representación de asociacionespatronales, profesionales y sindicales,prestadores de empleo protegido yformación.

Grupo Operativo sobre derechos de laspersonas con discapacidad:véase el Plande Acción

Comité Consultivo sobre Transportepara Personas con DiscapacidadEl Comité Consultivo sobre Transportepara Personas con Discapacidad fuecreado con arreglo a lo dispuesto en laLey de transporte de 1985 y tiene comomisión asesorar a la Secretaria de Estadode Transporte sobre cuestiones relativas alas necesidades de las personas condiscapacidad en materia de transporte ymovilidad. El Comité está compuesto por20 miembros, la mayoría de los cuales, atenor de lo dispuesto en su reglamentointerno, deben ser discapacitados.También forman parte del Comitéexpertos en diferentes tipos de transporte.

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MIEMBROS DEL GRUPO DE ALTO NIVEL SOBRE

DISCAPACIDADES

Sr. Yves DRUARTAdministrateur général adjointAgence Wallone pour l'Intégration desPersonnes Handicapées (AWIPH)rue de la Rivelaine 21B-6061 CHARLEROITel. (32-71) 20 58 20Fax (32-71) 20 51 60E-mail: [email protected]

Sr. Pol KEMPENEERSVFSIPHSterrekunde laan 30B-1210 BRUXELLESTel. (32-2) 225 84 66Fax (32-2) 225 84 05E-mail: [email protected]

Sra. Birgit ELVANGHead of Special International UnitSocialministerietHolmens Kanal 22DK-1060 KØBENHAVNKTel. (45) 33 92 93 13Fax (45) 33 92 93 33E. mail: [email protected]

Sr. Hartmut HAINESBundesministerium für Arbeit undSozialordnungPostfach 14 02 80D-53107 BONNTel. (49-228) 527 27 52Fax (49-228) 527 11 77E-mail: [email protected]

Sr. Alexandre KONTONIKASDirecteur Général de la PrévoyandeDirection des Personnes âgées ethandicapées17 rue AristolelousATHENS 10187Tel. (30-1) 523 96 80Fax (30-1) 523 59 14

Sr. Héctor MARAVALL GÓMEZ-ALLENDEDirector General del IMSERSOInstituto de Migraciones y ServiciosSocialesMinisterio de Trabajo y Asuntos SocialesC/ Ginzo de Limia 58E-28071 MADRIDTel. (34-91) 347 85 96Fax (34-91) 347 85 95E-mail: [email protected]

Sr. Patrick SEGALDélégué Interministériel aux personneshandicapées8 Avenue de SégurF-75350 PARIS 07Tel. (33) 140 56 48 47Fax (33) 140 56 59 08

Sr. Pat WYLIEAssistant Principal OfficerDisability Equality UnitDepartment of Equality and Law ReformDún Aimhirgin43-49 Mespil RoadIRL- DUBLINTel. (353-1) 660 56 05Fax (353-1) 668 99 33E-mail: [email protected]

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Sra. Palma TERSIGNIServizio DisabiliDipartimento per gli Affari SocialiVia Veneto 5600187 ROMATel. (39-06) 48 16 13 87Fax (93-06) 48 16 13 97

Sra. Joëlle LUDEWIGMinistère de la FamilleService pour personnes handicapées etaccidentées de la vie12/14 Avenue Emile ReuterL-2919 LUXEMBOURGTel. (352) 478 65 65Fax (352) 24 18 89

Sr. A. ROOKDirecteur GehandicaptenbeleidMinisterie van Volksgezondheid, Welzijnen SportPostbus 20350NL-2500 EJ DEN HAAGTel. (31-70) 340 79 11Fax (31-70) 340 71 64

Sr. Max RUBISCHBundesministerium für Arbeit, Gesundheitund Soziales,Abt. IV/1Stubenring 1,A-1010 WIENTel. (43-1) 71100 6262Fax (43-1) 71100 6591

Sr. Vitorino VIEIRA DIASSecretário Nacional de ReabilitaçãoMinisterio do Trabalho e da SolidariedadeSecretariado Nacional para a Reabilitação eIntegração das Pessoas cum DeficiênciaAvenida Conde Valbom 63P-1050 LISBOATel. (351-1) 793 65 17Fax (351-1) 796 51 82E-mail: [email protected]

Sra. Riita VITALAMinistry of Health and Social AffairsPB 267SF- 00171 HELSINKITel (358) 9 160 41 33Fax (358) 9 160 41 89E-mail: [email protected]

Sra. Eva LISSKAR-DAHLGRENMinistry of Health and Social AffairsSocialdepartementetJakobsgatan 26S-103 33 STOCKHOLMTel. (46-8) 405 37 52Fax (46-8) 10 36 33E-mail: [email protected]

Sra. Deirdre FORDHAMDepartment for Education and EmploymentCaxton House6-12 Tothill StreetUK - LONDON SW1H 9NFTel. (44-171) 273 63 23Fax (44-171) 273 59 29E-mail: [email protected]

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ORGANIZACIONES NACIONALES DE PERSONAS CON

DISCAPACIDAD

BélgicaConseil Supérieur National desHandicapésSra. Andrée MAESRue de la Vierge Noire 3cB - 1000 BRUXELLESTel. : 32/2/509.82.79Fax : 32/2/509.85.32

DinamarcaDe Samvirkende Invalideorganisationer(DSI)Sr. John MØLLERKloverprisvej 10BDK - 2650 HVIDOVRETel. : 45/36/75.17.77Fax : 45/36/75.14.03E-mail : [email protected]

AlemaniaV.d.K.Sr. Ulrich LASCHETWurzerstr. 4AD - 53175 BONNTel. : 49/228/82.09.30Fax : 49/228/82.09.346E-mail : [email protected]:http://www.vdk.de

GreciaNational Confederation of DisabledPeople (NCDP)Sr. Yannis VARDAKASTANIS1 Myllerou StreetGR - 10432 ATHENSTel. : 30/1/523.89.61Fax : 30/1/523.89.67E-mail : [email protected]

EspañaComité Español de Representantes deMinusválidos (CERMI)Sr. Alberto ARBIDE MENDIZÁBAL(Presidente)Avda. General Perón, 32 1°E - 28020 MADRIDTel. : 34/91/556.74.13Fax : 34/91/597.41.05E-mail : [email protected]

FranciaConseil Français des PersonnesHandicapées pour les questionsEuropéennes (CFHE)Sr. Henri FAIVREc/o A.P.F. (Association des Paralysés deFrance)17 Boulevard Auguste BlanquiF - 75013 PARISTel. : 33/1/40.78.69.20Fax : 33/1/40.78.69.33E-mail : [email protected]

IrlandaIrish Council of People with Disabilities(ICPD)Sr. Jim CASEY4th FloorPark HouseNorth Circular RoadIRL –DUBLIN 7Tel. : 353/1/868.35.02Fax : 353/1/868.35.26E-mail : [email protected]

ItaliaConsiglio Nazionale sulla DisabilitàProf. Aldo PACIFICIVia di Priscilla 35I - 00199 ROMATel. : 39/6/86.20.49.52Fax : 39/6/86.20.61.57E-mail : [email protected]

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LuxemburgoINFO-HANDICAPSr. François FABER (President)Centre National d'Information et deRencontre du HandicapBP 33L – 5801 HESPERANGETel.:352/36.64.66Fax:352/36.08.85E-mail : [email protected]:http://www.socialnet.lu/org/info-handicap/

Países BajosVereniging Gehandicapten PlatformNederland (VGPN)Sr. B. TREFFERS (Representative forEDF)Binnendijk 50NL - 6852 HT HUISSENTel/Fax : 31/26/325.40.23E-mail : [email protected]

AustriaÖsterreichische Arbeitsgemeinschaft fürRehabilitation (ÖAR)Dr. Anthony WILLIAMSStubenring 2A - 1010 WIENTel. : 43/1/513.15.33Fax : 43/1/513.15.33.150 or –155E-mail : [email protected]:http://www.oear.or.at/oear/

PortugalConfederação Nacional dos Organismosde Deficientes (CNOD)Sr. Albertino Flores SANTANA (CNOD'sSecretary of the Board, Director forInternational Affairs)Av. João Paulo II, Lote 528, 1°AZona J de ChelasP – 1900 LISBOATel. : 351/1/859.56.48Fax : 351/1/859.84.17

FinlandiaFinnish Disability ForumSr. Pekka TUOMINENc/o Invalidiliitto ry (National Associationof the Disabled in Finland)Kumpulantie 1 ASF - 00520 HELSINKITel. :358/9/61.31.91Fax : 358/9/146.14.43E-mail: [email protected]([email protected])Website:http://www.invalidiliitto.fi

SueciaH.S.O. (The Swedish Cooperative Body ofOrganisations of Disabled People )Sr. Lars LÖÖW (President)Box 701S – 10133 STOCKHOLMTel. : 46/8/613.51.91Fax : 46/8/22.55.11E-mail: [email protected]:http://www.hso.se

Reino Unido e Irlanda del NorteUK DISABILITY FORUMSr. Michael A. BARRETT, O.B.E.87 King Harold’s WayBexleyheathUK - KENT DA7 5RETel/Fax : 44/181/310.1284

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CE

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S-C