compañia en nombre colectivo

20
*GRACE VARGAS *VALERIA TRAVERSO *PILAR SANCHEZ *ERICK ALVARADO *MARIA DE LOS ANGELES MUÑOZ *DAYANARA JORDAN COMPAÑÍA EN COMPAÑÍA EN NOMBRE COLECTIVO INTEGRANTES

Upload: piliesb

Post on 26-Jan-2015

887 views

Category:

Documents


5 download

DESCRIPTION

 

TRANSCRIPT

Page 1: Compañia en nombre colectivo

*GRACE VARGAS

*VALERIA TRAVERSO

*PILAR SANCHEZ

*ERICK ALVARADO

*MARIA DE LOS ANGELES MUÑOZ

*DAYANARA JORDAN

*GRACE VARGAS

*VALERIA TRAVERSO

*PILAR SANCHEZ

*ERICK ALVARADO

*MARIA DE LOS ANGELES MUÑOZ

*DAYANARA JORDAN

COMPAÑÍA EN COMPAÑÍA EN NOMBRE COLECTIVO

INTEGRANTESINTEGRANTES

Page 2: Compañia en nombre colectivo

CONSTITUCION Y RAZON SOCIAL

La compañía en nombre colectivo se contrae entre dos o

más personas naturales que hacen el comercio bajo una razón social

Sólo los nombres de los socios pueden formar parte de la razón social.

Art. 36

Page 3: Compañia en nombre colectivo

Art. 37

El contrato de compañía en nombre colectivo se celebrará por escritura pública.

No se puede admitir declaraciones de testigos

Para probar contra lo convenido en la escritura de constitución de la compañía

Para justificar lo que se hubiere dicho de su otorgamiento.

Entresocios

Ni

Page 4: Compañia en nombre colectivo

Art. 38 LA ESCRITURA DE FORMACIÓN DE UNA COMPAÑÍA EN NOMBRE COLECTIVO

Será aprobada por el juez de lo civil, el cual ordenará la publicación de un extracto de la misma

Page 5: Compañia en nombre colectivo

El extracto de la escritura de constitución de la compañía contendrá

El nombre, nacionalidad y domicilio de los socios que lo forman

El nombre, nacionalidad y domicilio de los socios que lo forman

La razón social, objeto y domicilio de la compañía

La razón social, objeto y domicilio de la compañía

El nombre de los socios autorizados para obrar, administrar y firmar por ella

El nombre de los socios autorizados para obrar, administrar y firmar por ella

El tiempo de duración de ésta. El tiempo de duración de ésta.

La suma de los aportes entregados, o por entregarse, para la constitución de la compañía

La suma de los aportes entregados, o por entregarse, para la constitución de la compañía

2

3

4

5

1

Page 6: Compañia en nombre colectivo

ART. 39ART. 39

La publicación de que trata el artículo anterior será solicitada al juez de lo civil

dentro del término de quince días, contados a partir de la fecha de

celebración de la escritura pública

La publicación de que trata el artículo anterior será solicitada al juez de lo civil

dentro del término de quince días, contados a partir de la fecha de

celebración de la escritura pública

De no hacerlo el administrador o el notario, podrá pedirla cualquiera de los

socios.

De no hacerlo el administrador o el notario, podrá pedirla cualquiera de los

socios.

Page 7: Compañia en nombre colectivo

ART. 40ART. 40

Cuando se constituyere una compañía en nombre colectivo que tome a su cargo el activo y el pasivo de otra compañía en nombre colectivo, la nueva compañía podría conservar la razón social anterior, siempre y cuando se haga constar:

Cuando se constituyere una compañía en nombre colectivo que tome a su cargo el activo y el pasivo de otra compañía en nombre colectivo, la nueva compañía podría conservar la razón social anterior, siempre y cuando se haga constar:

a) La razón social que se conserve, seguida de la palabra "sucesores”.b) El negocio para el que se forma la nueva compañíac) Su domicilio.d) El nombre, nacionalidad y domicilio de cada uno de los socios colectivos de la nueva compañía. e) La declaración de que dichos socios son los únicos responsables de los negocios de la compañía.

Page 8: Compañia en nombre colectivo

ART. 41ART. 41

Si se prorroga el plazo para el cual la compañía fue constituida, o si se

cambia o transforma la razón social.

Si se prorroga el plazo para el cual la compañía fue constituida, o si se

cambia o transforma la razón social.

Se procederá a la celebración de una nueva escritura pública.

Se procederá a la celebración de una nueva escritura pública.

Page 9: Compañia en nombre colectivo

Capacidad

Page 10: Compañia en nombre colectivo
Page 11: Compañia en nombre colectivo
Page 12: Compañia en nombre colectivo
Page 13: Compañia en nombre colectivo
Page 14: Compañia en nombre colectivo
Page 15: Compañia en nombre colectivo
Page 16: Compañia en nombre colectivo
Page 17: Compañia en nombre colectivo
Page 18: Compañia en nombre colectivo

2. No tomar interés en otra compañía que tenga el

mismo fin sin previo consentimiento de los

demás socios.

1. Pagar el aporte en el tiempo y en la forma

convenidos.

3. Participar en las pérdidas.

4. Resarcir los daños y perjuicios que hubiere

ocasionado a la compañía.

Page 19: Compañia en nombre colectivo

a) Percibir utilidades

b) Participar en las

deliberaciones y resoluciones

c) Controlar la

administración

d) Votar en la designación

de los administradores

e) Solicitar la revocación del nombramiento

de administrador

Page 20: Compañia en nombre colectivo

En el caso de incumplir el literal b) del art. 54, la compañía tiene derecho a reclamar el resarcimiento de los daños. Este derecho se extingue por el

transcurso de tres meses.

No se permite intervenir en la reputación de los socios, para los efectos de la empresa social.

El daño a los intereses de la compañía por malicia, abuso o negligencia de uno de los socios, constituirá a su causante de indemnizarlo, si los demás socios lo exigieren.