comisiones consultivas de seguridad y salud en el trabajo (ccsst)
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Comisiones consultivas de seguridad y salud en el trabajo (ccsst)TRANSCRIPT
COMISIONES CONSULTIVAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (CCSST).PRESENTA:Dra. Y. Anett Pérez y Pérez.
Marco Legal y económicoDe la Seguridad.
• La Comisión Consultiva Nacional y las Comisiones Consultivas Estatales y del Distrito Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, son órganos integrados por representantes de organizaciones de trabajadores y de empleadores, así como de los ámbitos de gobierno federal y, en su caso, local, que tienen por objeto estudiar y recomendar medidas preventivas para abatir los riesgos en los centros de trabajo.
¿ Qué es la COCOESHT ?
• Es una comisión que se encarga de elaborar políticas, estrategias y acciones preventivas en materia de seguridad y salud en el trabajo, considerando el punto de vista de los tres sectores, a fin de operar y dar seguimiento a la prevención de riesgos de trabajo en la entidad. Cabe mencionar que esta Comisión en el Estado a sesionado ininterrumpidamente durante más de 30 años.
¿ Quienes la integran ?
• Esta integrada por el gobernador del Estado quien fungirá como presidente de la comisión, Así mismo el Delegado Federal del Trabajo ocupara la secretaria técnica, los demás integrantes se compondrán de la siguiente manera 3 por la parte patronal 3 por la sindical, así como un miembro por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y la Secretaria de Salud (SS), cada representante propietario podrá nombrar un suplente.
¿ Como Funciona ?
• Esta fundamentada en el Art. 512-B nos indica que en cada Entidad Federativa se constituirá una Comisión Consultiva Estatal de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sesionando 4 reuniones trimestrales, y en las cuales se busca principalmente desarrollar un programa de trabajo en la entidad basado en un diagnostico estatal sobre riesgos de trabajo, mismo que nos es proporcionado cada año por el IMSS y en el cual se plasman las empresas más riesgosas del estado parámetro que se toma en cuenta para fijar acciones de prevención en esas ramas industriales.
• La Comisión C. Nacional celebrará por lo menos dos sesiones plenarias anualmente y podrá invitar a participar a sus sesiones a representantes de los sectores público, social o privado, cuando se traten temas de su competencia, especialidad o interés; asimismo, podrá constituir subcomisiones y grupos de trabajo en función de los temas que son materia de estudio.
La Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, tendrá las siguientes funciones:• Proponer los anteproyectos de Normas que juzgue convenientes, así como
la modificación o cancelación de las que estén en vigor.• Practicar estudios en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de
trabajo y someterlos a consideración de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
• Proponer a la Secretaría, reformas y adiciones reglamentarias en la materia.
• Coordinar, evaluar y presentar a la Secretaría, las propuestas de anteproyectos de Normas formuladas por las Comisiones Consultivas Estatales y del Distrito Federal de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
• Estudiar y proponer medidas preventivas de riesgos de trabajo y contribuir a su difusión.
• Elaborar su programa anual de actividades.• Expedir su reglamento interior, que establecerá su organización y
funcionamiento.
¡¡ GRACIAS !!