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1. Nombre: junior rico CI: 20924147 Sindicalismo: Sindicalismo. Sindicato denominado. Sindicatos blancos y sindicatos amarillos .. ubicacin de los sindicatos de formacin y registro de un sindicato mixto jerarqua de los sindicatos, sindicatos federaciones confederaciones de los fondos sindicales disolucin , de los sindicatos directivos sindicales extranjeros cuotas sindicales sujetos colectivos del derecho del trabajo Sindicalismo: El significado acadmico de sindicalismo es sistema que propugna un papel decisivo de los sindicatos obreros en la vida orgnica de una nacin esta es una definicin clsica orientada en el origen de las luchas obreras. Por su parte, Cabanellas G. 1972 p 72 concepta el sindicalismo como " tendencia y rgimen de organizacin de los trabajadores a travs de los sindicatos , esta definicin es ms amplia porque el sentido de la expresin trabajador involucra tanto a obreros como a empleados . no obstante , ambos conceptos no consideran la posibilidad de los sindicatos patronales , como si los considera la legislacin venezolana. el sindicalismo nace en Francia y en Italia luego se va desarrollando por los pases de produccin industrial comienza como un movimiento de cooperativismo , para despus girar hacia la organizacin econmica social y moral del proletariado con fines de mejorar la clase trabajadora sin embargo sus ideas originarias fueron contra el capitalismo y el poder del estado dndole carcter de organizaciones netamente revolucionarias que confiaban solo en la accin directa y la huelga como emancipadoras del proletariado admiten la lucha de clases pero no quieren ser absorbidos por ningn partido El sindicalismo gestado en gran parte por autores franceses, constituye un sistema doctrinal poltico o ideolgico que se desenvuelve a finales del siglo XIX. Sus postulados giran entre matices moderados y revolucionarias 2. Aunque se ha utilizado el sindicalismo para involucrarle con doctrinas polticas la mayora considera que principalmente debe ser factor para obtener las mejoras necesarias correspondientes Intereses profesionales, el sindicalista de corazn se puede ubicar pero no se entrega. el sindicalismo se puede politizar , pero el sindicalismo poltico le obliga a estar dentro del estado o frente al estado si se convierte en sindicalismo del estado obligatoriamente convierte las asociaciones sindicales en apndices polticos la OIT ha manifestado que para existir libertad sindical en cada pas los sindicatos deben preservar la independencia y as cumplir con la funcin de colaborar con el desarrollo econmico y social declara adems la OIT que los gobiernos no deben tratar de convertir al sindicato en movimientos polticos para alcanzar objetivo polticos los gobiernos no deben inmiscuirse en las funciones normales del sindicato Sindicato en derecho de trabajo se denomina sindicato a las asociaciones integradas por personas que ejerciendo el mismo oficio profesin o intereses laborales comunes se unen para la proteccin de sus fines de lucr con responsabilidad jurdica laboral y de carcter permanente cuyo objeto es el desarrollo y proteccin de los intereses de sus agremiados el sindicato de primer grado es la afiliacin directa de los sujetos que lo integran , sean trabajadores o patronos en la morfologa de las organizaciones gremiales de trabajadores el sindicato es el ente de mayor representacin aunque no el nico tambin se puede constituir grupos de trabajadores sin que constituyan un sindicato en lo deferentes pases se buscan mecanismo que puedan convertir estos grupos colectivos de trabajador eres en sujeto de derecho y obligaciones el asunto est en darle los beneficios que ofrece el ejercicio de la libertad sindical y hasta donde se les da cuando la normativa laboral nacional e internacional menciona el derecho de libertad sindical y el derecho de asociacin por all se puede legislar o interpretar para concederla fueros a los agremiados en grupos de trabajadores no sindicalizados Denominaciones a los sindicatos se les ha denominado asociaciones , gremios uniones , sociedades , crculos , entre otros tambin en algunas pases como por ejemplo en Mxico se les dan calificativos como sindicatos blancos y sindicatos amarillos , por sus propsitos a veces no muy gremiales Sindicatos blancos y amarillos en la doctrina , especialmente la mexicana se consideran dos grupos de sindicatos por su 3. naturaleza objeto y propsito as nos a conseguimos con lo que serian los sindicatos blancos y los sindicatos amarillos es decir el sindicato blanco tambin llamado sindicato de paja es una organizacin aparentemente cubierta con las formas y principios de la asociaciones profesionales pero en el fondo es creada o protegida por el empresario para impedir el libre movimiento de los trabajadores muy deferentes a los denominados sindicatos amarillos con una verdadero sentido de defensa del gremio Ubicacin de los sindicatos a los sindicatos se les ha tratado de ubicar en el derecho pblico con la intencin de controlarles a travs del estado como el sentido en el sindicato en el nacimiento alemn y el fascismo italiano . tambin se le ha tratado de ubicar en el derecho privado tendencia pregonada por el autor espaol Prez botija en la actual tendencia venezolana se prefiere ubicarlos en el derecho social Formacin y registro de los sindicatos la LOTTT en su artculos 374 , dispone la creacin de un registro nacional de organizaciones sindicales RNOS con sede en todos los estados del pas con el fin de llevar la informacin sobre el registro de los sindicatos . el artculo 375 de la LOTTT dispone donde debe registrarse cada tipo de sindicato segn tenga caractersticas nacionales regionales o estadales es decir sindicatos regionales nacionales , federaciones y confederaciones o centrales , se registran en la sede nacional en cambio los sindicatos circunscritos a una entidad federal como los sindicatos locales o estadales , debern registrarse en las sedes estadles de RNOS. Las nicas razones para obtenerse al registro de un sindicato, las indica el artculo 387 de la LOTTT. de modo que , aclarado lo de la jurisdiccin o competencia , quien aspire a constituir un sindicato debe seguir los siguientes pasos : Elaborar el acta constitutiva del sindicato en los trminos del articulo 383 LOTTT Elaborar los estudios en los trminos del articulo 384 LOTTT Elaborar nomina de los miembros fundadores en los trminos exigidos en el artculo 385 LOTTT los documentos deben ir firmados por todos los integrantes de la junta directiva provisional en la prueba de autenticacin adems para el caso de las federaciones se presentaran las nominas de los sindicatos involucrados , y para la confederaciones o centrales las nominas de las federaciones fundadoras como tambin las copias de las asambleas de las organizaciones sindicales que aceptan la 4. nueva organizacin . Los procedimientos para concretar el registro del sindicato los expresa el articulo 386 LOTTT es bueno aclarar que para reformar los estatus de un sindicato se siguen los mismo pasos que ase siguieron para su registro con la diferencia que se estaran presentando unos estatus reformados y la junta directiva del sindicato ya no seria provisional , porque se tratara de un sindicato existente . Clases de sindicatos la licitud de la pluralidad sindical no permite restringir a los sindicatos en la representacin colectiva exclusivamente profesional los sindicatos representa al sector de sus miembros por el espacio los oficios las representan o la actividad laboral de modo que puede existir sindicatos de trabajadores formados por empleados por obreros empleados obreros y hasta sindicatos profesionales tambin pueden existir sindicatos de patronos y de profesiones u oficios independientes al igual que estableca la LOT con la LOTTT y el reglamento vigente , los sindicatos en Venezuela se pueden clasificar por sujetos que los integran y por el mbito territorial del sindicato Por los sujetos los sindicatos pueden ser: de trabajadores y de patrono. los sindicatos de trabajadores pueden clasificarse en : sindicatos de empresa articulo 376 LOTTT sindicatos de profesionales articula 377 LOTTT sindicato de industria articulo 378 LOTTT adems el segundo aparte del articulo 3777 LOTTT permite construir sindicatos locales y estadales integrados por trabajadores no dependientes con un mnimo de cuarenta 40 trabajadores, el articulo 380 LOTTT permite a un mnimo de diez 10 patronos constituir sindicatos de patrones que ejerzan una misma industria o actividad aunque solo sea regionales o conexas por el mbito territorial o alcance y nmero de trabajadores requeridos para constituir sindicatos regionales es decir mnimo ciento cincuenta 150 trabajadores y dos o ms entidades federales colindaste como tambin clasifica sindicato nacionales con un mnimo de promotores de cinco 5 entidades federales Sindicatos por el mbito territorial articulo 372 LOTTT en cuanto el mbito territorial los sindicatos locales sin los que se constituyen para la ms pequea entidad geogrfica su radio de accin es el ms limitado los sindicatos estadales se constituyen con la intencin de que tengan alcance en la jurisdiccin de un estado los sindicatos regionales comprenden dos o ms entidades colindantes , y el sindicato nacional es el que tiene el alcance mayor comprendiendo varias regiones o todo el territorio nacional. 5. los sindicatos locales y estadales se constituyen con el nmero de trabajadores que exige la ley para el respectivo sindicato sin embargo para constituir los sindicatos nacionales o regionales se requiere por lo menos un numero de ciento cincuenta 150 trabajadores Sindicato mixto cuando se habla de sindicatos mixtos se trata de sindicatos integrados por trabajadores y patronos esto va contra el principio de pureza sindical que consiente en que los sindicatos solo deben estar entregaos por trabajadores si se trata de sindicatos o , solo con patronos en el caso de sindicatos de patrono la existencia de sindicatos mixtos , es de origen alemn se ha dicho que fue una idea fracasada de la iglesia catlica apostlica y romana Jerarqua de los sindicatos Federacin y confederacin el artculo 373 de la LOTTT es ms claro que la LOT y que el reglamento al distinguir las jerarquas de los sindicatos determinados cuales sindicatos son de primero, segundo y tercer grado Federacin y confederaciones Cinco o ms sindicatos podrn constituir una federacin y tres o ms federaciones y sindicatos nacionales podrn constituir una confederacin o central articulo 381 LOTTT La federacin no tiene la afiliacin directa de los trabajadores, sino que es una afiliacin indirecta a travs de los sindicatos de primer grado la federacin nace por solidaridad entre organizaciones similares que se unen en bsqueda de intereses comunes y mayor que los sindicatos asilado , segn el articulo 373 LOTTT , las federaciones son sindicatos de segundo grado que afilian organizaciones de primer grado . Confederaciones o centrales Confederacin es alianza, es el conjunto resultante sea un organismo una entidad o un estado en materia colectiva del trabajo se considera confederacin a la cpula sindical ms representativa. De los fondos sindicales en proteccin al gremio se legislo sobre el uso y destino de los fondos sindicales en tal orden de ideas encontramos que el artculo 411 de la LOTTT si bien expresa que las organizaciones sindicales tienen derecho a organizar su gremio administrar sus fondos y a su independencia financiera los afiliados tiene derecho a que se les rinda cuentas segn las regulaciones de los estatutos a tal punto que los directivos sindicales que no cumplan no podr ser reelectos como directivos de la organizacin tal como lo expresa el artculo 415 de la LOTTT Movilizacin de los fondos sindicales 6. establece el artculo 414 de la LOTTT que los fondos sindicales debern depositarse en una institucin bancaria a nombre de la organizacin sindical la LOTTT repite una laguna que exista en la LOT cuando hasta con errores gramaticales transcribe no podr mantenerse dinero efectivo en la caja de la organizacin sindical una cantidad que exceda de la fijada por los estatutos . Esta situacin se ha discutido para la formacin de un sindicato donde se establezca que el cien por ciento puede permanecer en la caja esta duda estaba en la LOT y sigue e la LOTTT Cuotas sindicales el patrono debe descontar del salario de los trabajadores miembros de un sindicato las cuotas ordinarias y extraordinarias por mandato del artculo 412 de la LOTTT antes 446 de la LOT es lo que se conoce como cuotas de membreca , porque tambin existen las cuotas de solidaridad que son las que fija el sindicato para aquellos trabajadores Disolucin y liquidacin de los sindicatos la ley del trabajo de 1936 permita la disolucin de las sindicatos por la va administrativa , autorizacin derogada por el convenio 87 OIT ratificado por Venezuela el 3 de septiembre de 1982 instrumento segn el cual las organizaciones sindicales no estn sujetas a disolucin o suspensin por la va administrativa artculo 4 de convenio de la LOT incorporado las deposicin en el artculo 427 de modo que segn nuestra legislacin laboral los sindicatos tienen carcter disolverse y liquidarse por las causas establecida en la ley o en los estatutos de la organizacin sindical siguiendo un procedimiento de liquidacin como lo indicaba el articulo 461 LOT y 125 del reglamento de la LOT ahora 426 de la LOTTT el artculo 427 de la LOTTT indica el procedimiento para la disolucin de un sindicato insistiendo al igual que lo expresaba la LOT en que ninguna autoridad administrativa podr ordenar la disolucin de una organizacin sindical no obstante cuando existan razones suficientes los interesados podrn solicitar ante el juez del trabajo de la jurisdiccin , la disolucin aunque esta reforma no indica cuantos interesados el reglamento indica quienes son interesados . Extincin de las organizaciones sindicales Las organizaciones sindicales se extinguen por razones autnomas y por razones heternomas Autnomas Cuando son propias del sindicato o sus miembros como: Las consagradas en estatutos. 7. el acuerdo de las dos terceras partes de los afiliados asistentes a la asamblea convocada exclusivamente para ese objeto. La decisin de la asamblea general de afiliados de incorporarse en otro organizacin sindical o de fusionarse con otra organizacin sindical El funcionamiento con un nmero de miembros de aquel que se requiere para su constitucin La inactividad o ausencia de actividad sindical durante ms de tres aos Se consideran autnomas porque dependen de los afiliados al sindicato. Heternomas: cuando las razones o la decisin son extraas al sindicato y sus miembros tal puede ser el caso de que se extinga la empresa en el caso de los sindicatos de empresa o por disposiciones de algn tribunal aunque la actuacin del juez sea a instante de interesados que bien no necesariamente deben ser afiliados artculo 427 de la LOTTT esta posibilidad judicial sustituyo a la disolucin por la va administrativa que existi hasta el 3 de septiembre de 1892 sea cual sea la decisin debe notificarse al registro nacional de organizaciones sindicales para el debido control. Directivos sindicales extranjeros: el pargrafo del derogado artculo 404 de la LOT permita a los extranjeros con ms de 10 aos en el pas previa autorizacin del ministro del roma formar parte parte de la junta directiva y ejercer cargos de representacin sindical sin embargo el artculo 120 del reglamento de la LOT pasando por encima de la LOT estableci que cuando asi lo prevean los estatus de la organizacin sindical podrn integran su junta directiva y , en general ejercer cargos de representacin sin necesidad de autorizacin previa. Pero tomando en cuenta que hoy en da la LOTTT ni considera el tema. Sujetos colectivos del derecho del trabajo El artculo 114 del vigente reglamento de la LOT, presenta como sujetos de derecho colectivos del trabajo los siguientes: los sindicatos de primero , segundo y tercero grado es decir sindicatos de primer grado son los sindicatos propiamente dichos , la institucin mas inmediata al trabajador Sindicatos de segunda grado son las confederaciones estn constituidas por ms de 3 federaciones 8. Hoy en da la LOTTT clasifica sin dejar dudas los pipos de sindicato de primero, segundo o tercer grado. Luego la norma reglamentaria seala las cmaras patronales en los trminos y condiciones de la LOT ahora el artculo 369 de la LOTTT se hace eco de la norma reglamentaria el reglamento de la LOT , en tercer lugar ubica los dems organizaciones de representacin colectiva sean patronos o de trabajadores . el aun vigente reglamento del 28 de abril de 2006 a diferencia del reglamento del 25 de enero de 1999, excluyo como clasificacin expresa , a los colegios profesionales que si se mencionaron en reglamento de 1999.