código organico de la producción comercio e inversiones

7
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE SISTEMA MERCANTILES CARRERA DE CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA, CPA TUTOR: MGS. DIEGO VEGA AUTOR: VICTOR ORTIZ TEMA: DISEÑO GRAFICO SOBRE ARTICULOS DEL COPCI COMERCIO EXTERIOR

Upload: andrechiss-andre

Post on 16-Aug-2015

96 views

Category:

Economy & Finance


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Código Organico de la producción Comercio e Inversiones

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”

FACULTAD DE SISTEMA MERCANTILESCARRERA DE CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA, CPA

TUTOR: MGS. DIEGO VEGA

AUTOR: VICTOR ORTIZ

TEMA: DISEÑO GRAFICO SOBRE ARTICULOS DEL COPCI

COMERCIO EXTERIOR

Page 2: Código Organico de la producción Comercio e Inversiones

Código Orgánico de la producción Comercio e Inversiones

AUTOR: VICTOR ORTIZ

Page 3: Código Organico de la producción Comercio e Inversiones

TÍTULO IIDe la Facilitación Aduanera para el Comercio De lo Sustantivo AduaneroCapítulo I

Art. 104.- Principios Fundamentales.-

Procesos aduaneros rápidos, simplificados, expeditos y electrónicos, procurando el aseguramiento de la cadena logística.

• Facilitación al Comercio Exterior

Las operaciones de comercio exterior se aplicarán controles precisos por medio de la gestión de riesgo

• Control Aduanero

Se procurará el intercambio de información e integración a nivel nacional e internacional tanto con entes públicos como privados.

• Cooperación e intercambio de información.

Se presumirá la buena fe en todo trámite o procedimiento aduanero

• Buena fe

• Publicidad

Toda disposición de carácter general emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador será pública.

• Aplicación de buenas prácticas internacionales

Se aplicarán las mejores prácticas aduaneras para alcanzar estándares internacionales de calidad del servicio

Page 4: Código Organico de la producción Comercio e Inversiones

TÍTULO IIDe la Facilitación Aduanera para el Comercio De lo Sustantivo AduaneroCapítulo I

Art. 105.- Territorio Aduanero

Territorio nacional en el cual se aplican las disposiciones de este Código

Art. 106.- Zonas aduaneras

Primaria.-

- Constituida por el área interior de los puertos y aeropuertos, recintos aduaneros y locales habilitados en las fronteras terrestres.

Secundaria

La parte restante del territorio ecuatoriano incluidas las aguas territoriales y espacio aéreo

Page 5: Código Organico de la producción Comercio e Inversiones

TÍTULO IIDe la Facilitación Aduanera para el Comercio De lo Sustantivo AduaneroCapítulo I

Art. 108.- Tributos al Comercio Exterior.-

Los derechos arancelarios

Los impuestos

Las tasas por servicios aduanero

• Ad-

Valórem

• Específic

os

• Mixtos

Page 6: Código Organico de la producción Comercio e Inversiones

Art. 110.- Base imponible

TÍTULO IIDe la Facilitación Aduanera para el Comercio De lo Sustantivo AduaneroCapítulo I

valor en aduana de las mercancías importadas

será el valor de transacción de las mismas más los costos del transporte y seguro

NOTA:La póliza de seguro no será documento obligatorio de soporte exigible a la declaración aduanera

se determinará de acuerdo a los métodos secundarios de valoración previstos en las normas que regulen el valor en aduana de mercancía

Cuando la B.I. no puede determinarse

Page 7: Código Organico de la producción Comercio e Inversiones

Art. 114.- Extinción de la Obligación Tributaria

a) Pago; b) Compensación; c) Prescripción; d) Aceptación del abandono expreso; e) Declaratoria del abandono definitivo de las

mercancías; f) Pérdida o destrucción total de las

mercancías; y, g) Decomiso administrativo o judicial de las

mercancíasArt. 116.- Plazos para el pago.-

TÍTULO IIDe la Facilitación Aduanera para el Comercio De lo Sustantivo AduaneroCapítulo I

• En la liquidación y declaración sustitutiva dentro de los dos días hábiles siguientes a la autorización del pago.

• En las tasas, el día hábil siguiente a aquel en que sea exigible la obligación

• En las tasas, el día hábil siguiente a aquel en que sea exigible la obligación

NOTA:En caso de pagarse los tributos se generarán intereses, calculados desde la fecha de la exigibilidad de la obligación tributaria