código de etica profesional del contador público

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CÓDIGO DE ETICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE: Lea y analice el Códigode Ética Profesional delContador Público y responda las siguientes preguntas: 1. ¿Qué entiende Ud. por honor, dignidad y capacidad profesional, y cu en su carrera profesional que pronto obtendrá? - EL HONOR PROFESIONAL.- es la cualidad que lleva a un profesional a c de acuerdo con las normas sociales y morales que se consideran apr puede emplearse como sinónimo de buena reputación. - LA DIGNIDAD PROFESIONAL.- es el respeto y estima que tiene el profesi profesión y merece que se la tengan las demás personas. - LA CAPACIDAD PROFESIONAL.- se refiere a la realización del trabajo co la profesión, aquella que es necesaria para el desarrollo de la oc acciones y resolver problemas. Estos tres puntos van a permitir que no se realicen actos que sean ne dañar la reputación de la profesión del contador público. Así mismo, la labor que se realiza como contador, tanto en el trabajo honorarios y también la necesidad de desarrollar adecuadamente la pro caso de contadores que aceptan cargo incompatible con el ejercicio de 2. Suponiendo que Ud. ha formulado una denuncia contra un colega y Ud., socio de dos Sociedades de Auditoria ; ¿Cuál sería la condu procedimiento que deberá observar como Contador público? - Según el Código ningún Contador Público Colegiado podrá ser socio Sociedad de Contadores Públicos Colegiados. - Y en primer lugar se tendrá que verificar si éste tiene una conduc transgredido alguna norma para que sea aceptada y se pueda llevar denuncia; y el hecho de ser socio de dos sociedades de auditoría que por pura voluntad maliciosa que busque deslealmente un bene daño de otro al realizar cualquier acto, valiéndose de sutilezas a aprovechándose de la ignorancia ajena.

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CDIGO DE ETICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PBLICOACTIVIDAD DE APRENDIZAJE:Lea y analice el Cdigo de tica Profesional del Contador Pblico y responda las siguientes preguntas:1. Qu entiende Ud. por honor, dignidad y capacidad profesional, y cul es el efecto en su carrera profesional que pronto obtendr?

EL HONOR PROFESIONAL.- es la cualidad que lleva a un profesional a comportarse de acuerdo con las normas sociales y morales que se consideran apropiadas, tambin puede emplearse como sinnimo de buena reputacin. LA DIGNIDAD PROFESIONAL.- es el respeto y estima que tiene el profesional a su profesin y merece que se la tengan las dems personas. LA CAPACIDAD PROFESIONAL.- se refiere a la realizacin del trabajo competente de la profesin, aquella que es necesaria para el desarrollo de la ocupacin, como ejecutar acciones y resolver problemas.Estos tres puntos van a permitir que no se realicen actos que sean negativos, o puedan daar la reputacin de la profesin del contador pblico. As mismo, que haya respeto por la labor que se realiza como contador, tanto en el trabajo como en el monto de los honorarios y tambin la necesidad de desarrollar adecuadamente la profesin como en el caso de contadores que aceptan cargo incompatible con el ejercicio de la profesin.2. Suponiendo que Ud. ha formulado una denuncia contra un colega y a la vez es Ud., socio de dos Sociedades de Auditoria ; Cul sera la conducta tica y el procedimiento que deber observar como Contador pblico?

Segn el Cdigo ningn Contador Pblico Colegiado podr ser socio de ms de una Sociedad de Contadores Pblicos Colegiados.

Y en primer lugar se tendr que verificar si ste tiene una conducta intachable si no ha transgredido alguna norma para que sea aceptada y se pueda llevar a cabo su denuncia; y el hecho de ser socio de dos sociedades de auditora no le da derecho a que por pura voluntad maliciosa que busque deslealmente un beneficio propio o el dao de otro al realizar cualquier acto, valindose de sutilezas as tambin aprovechndose de la ignorancia ajena.

3. En qu casos atentara contra el colegio de tica ProfesionalEn la oferta de servicios o solicitudes de trabajo?

Se atenta contra la tica profesional en la oferta de servicios o solicitudes de trabajo que efecte el Contador Pblico Colegiado, individual o asociadamente, en los siguientes casos:

1) En el envo de cartas o currculos a empresas ofreciendo sus servicios, sin que ellos les fueran requeridos.2) En la distribucin de volantes (utilizacin de nombres, siglas, logos o smbolos de los Colegios de Contadores Pblicos o de otras instituciones representativas de la profesin contable).3) En la contratacin de comisionistas o corredores.

4. Explique Ud. Sobre Responsabilidad profesional, secreto profesional y relacin con otros colegas.

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL.- consiste en la responsabilidad que debe asumir el contador frente a las funciones, actos que desarrolla como profesional ya sea en relacin de dependencia o independientemente, tal es el caso se sus informes, dictmenes, declaraciones juradas q estn refrendados en por l. SECRETO PROFESIONAL.- se refiere a la obligacin que tiene el Contador Pblico Colegiado de guardar y de no de revelar los hechos, datos, o circunstancia de los que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesin, excepto aquella informacin requerida por las autoridades jurisdiccionales por mandato de ley. As mismo, el Contador Pblico Colegiado no podr beneficiarse de los hechos pasados de los que tenga conocimiento. RELACIN CON OTROS COLEGAS.- Un profesional debe tratar a su colega con consideracin, manifestaciones de cortesa debe ser colaborador con su colega en la difusin de los conocimientos para la consecuencia de un mismo fin. El contador pblico colegiado deber abstenerse de formular opiniones, comentarios juicios negativos sobre la intervencin profesional o idoneidad de otro colega.Lea Ud. los artculos del Cdigo de tica Profesional del Contador Pblico y desarrolle las siguientes interrogantes:1. En Qu consisten las infracciones y sanciones, segn la gravedad de las faltas cometidas por un Contador pblico?- Consiste en la valuacin de la la trascendencia que tenga la falta cometida, al infringir lo normado en el Cdigo de tica Profesional, en este caso del Contador Pblico, con lo cual se determina el nivel de gravedad y se impone las sanciones considerando esta, llegando a ser desde una amonestacin a la expulsin definitiva.Se considerar infraccin grave cuando:El Contador Pblico Colegiado intervenga directa o indirectamente en actos indebidos con sus clientes y/o empleadores o en cualquier otro organismo para obtener, aceptar o conceder subrepticia o claramente beneficio propio a favor de terceros y cause dao a otros.2. Qu organismo son los encargados de velar por el cumplimiento de las normas del Cdigo de tica del Contador Pblico?, Explique cada uno de los mismos.

Los rganos Institucionales encargados de velar por el cumplimiento de las Normas del presente Cdigo de tica profesional del Contador Pblico son:

a) El Comit de tica Profesional.- es el rgano institucional encargado de evaluar, calificar, investigar y resolver en primera instancia administrativa.b) El Tribunal de Honor.- podr sancionar, conforme a su prudente arbitrio y equidad, toda infraccin a las normas del Cdigo por va de prevencin, censura pblica, suspensin y eliminacin del registro social.c) El Consejo Directivo.- es el rgano institucional encargado del cumplimiento de las resoluciones expedidas por el Comit de tica Profesional y el Tribunal de Honor.3.Cules son los procedimientos que deben seguir los organismos encargados del cumplimiento del cdigo de tica Profesional del Contador Pblico? El procedimiento que deben seguir los organismos encargados del cumplimiento del Cdigo de tica profesional para aplicar las sanciones correspondientes, es el siguiente: A. De carcter resolutivo, primera instancia: -El Comit de tica profesional.B. De carcter resolutivo ltima instancia: -El Tribunal de Honor.C. De carcter ejecutivo: -El Consejo DirectivoLas denuncias sern recibidas por el Consejo Directivo, quien correr traslado de la denuncia al Comit de tica para su calificacin, investigacin y resolucin en Primera Instancia. Una vez emitida la resolucin por el Comit de tica deber ser notificada a las partes concedindoles un plazo perentorio para la interposicin del medio impugnatorio de apelacin. Cumplido el plazo concedido sin que ninguna de las partes interpongan apelacin el Comit de tica declarar el archivamiento definitivo del proceso administrativo o consentida la sancin impuesta, segn corresponda; y, si alguna de las partes interpone el recurso impugnativo de apelacin correr traslado al Consejo Directivo para que ste, en el trmino de 48 horas, lo eleve al Tribunal de Honor rgano institucional que resolver en Segunda y ltima instancia.