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CLXXXIII. INFORME FINAL DE AUDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015

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CLXXXIII. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,

DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015

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1

DEPENDENCIA

OFICIALÍA MAYOR

AUDITORÍA FINANCIERA

Compras Consolidadas Capítulos 1000 “Servicios Personales”

y 3000 “Servicios Generales”

Auditoría ASCM/21/15

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II,

sexto, séptimo, octavo y noveno párrafos, en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal; 1; 2, fracciones XIII y XXI, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX y XIX;

9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34;

35; 36, primer párrafo; y 37, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad

de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V y VII; y 30 del Reglamento Interior de la

Auditoría Superior de la Ciudad de México; y de acuerdo con el Programa General de Auditoría

Aprobado.

ANTECEDENTES

En el ejercicio de 2015, la Oficialía Mayor (OM) reportó un presupuesto ejercido de

1,317,675.0 miles de pesos, monto inferior en 8.2% (117,554.4 miles de pesos) respecto

de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014.

Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, con cargo al capítulo 1000 “Servicios Personales” se

gastaron 795,298.8 miles de pesos, que representaron el 60.4% del total erogado por la

dependencia. Dicha cantidad presentó un decremento de 1.3% (10,504.1 miles de pesos)

en relación con el presupuesto ejercido en el año anterior (805,802.9 miles de pesos)

y de 10.1% (72,745.1 miles de pesos) respecto del original autorizado en dicho capítulo

(722,553.7 miles de pesos).

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En la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015, apartado “ECG Análisis de Egresos

por Capítulo de Gasto”, la OM, en relación con el capítulo 1000 “Servicios Personales” informó

que “la diferencia se debe a que durante el ejercicio fue necesario proveer de recursos

adicionales el pago de la nómina SIDEN”.

Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales” fue de 434,042.7 miles de pesos y representó el 32.9% del total erogado por la

dependencia (1,317,675.0 miles de pesos). Dicha cantidad significó un decremento de 28.1%

(169,454.0 miles de pesos) en relación con el presupuesto ejercido en el año anterior

(603,496.7 miles de pesos) y un incremento de 36.8% (116,730.2 miles de pesos) respecto del

original autorizado en dicho capítulo (317,312.5 miles de pesos).

En la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015, apartado “ECG Análisis de Egresos por

Capítulo de Gasto”, la OM, en relación con el capítulo 3000 “Servicios Generales” informó

que “la variación corresponde a que durante el ejercicio se llevó a cabo la contratación de

Servicios Profesionales para la emisión de los recibos electrónicos, también a solicitud

de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario se pagaron Servicios Valuatorios con recursos

Autogenerados, fue necesario aumentar el presupuesto asignado a la difusión de las campañas

del Gobierno del Distrito Federal por medio de radio, prensa y medios electrónicos”.

OBJETIVO

El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Oficialía

Mayor en los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” se haya

registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad

con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la presente auditoría se basó en los criterios generales “Exposición al Riesgo”

y “Propuesta e Interés Ciudadano”, establecidos en el Manual de Selección de Auditorías de la

Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM). En cuanto al primero, se consideraron

los capítulos 1000 “Servicios Personales y 3000 “Servicios Generales” por estar propensos

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a ineficiencias e incumplimientos de objetivos y metas físicas y financieras; y en el segundo,

se seleccionaron los citados capítulos en virtud de la exposición mediática de que ha sido

objeto la OM en relación con el ejercicio de su presupuesto, lo que ha atraído la atención

de la ciudadanía.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos realizados en la

fase de planeación y del estudio y evaluación del sistema de control interno.

La auditoría se llevó a cabo en las Direcciones Generales de Administración; de Recursos Materiales

y Servicios Generales; y Administración y Desarrollo de Personal, todas adscritas a la OM.

La primera, por ser la unidad administrativa encargada de administrar los recursos humanos,

materiales y financieros; de registrar las operaciones financieras; y de conservar la documentación

justificativa y comprobatoria del gasto, de acuerdo con las políticas, lineamientos, criterios

y normas establecidos por la OM y por la Secretaría de Finanzas (SEFIN).

La segunda, por ser el área encargada de programar y realizar las compras consolidadas

del Gobierno de la Ciudad de México con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales”

y 3000 “Servicios Generales” (excepto lo relativo con la difusión y publicidad de programas

gubernamentales) conforme a los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición

o Arrendamiento de Bienes o Servicios de uso Generalizado en la Administración Pública

del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos, publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011, vigentes en 2015, así como el pago

centralizado de la compra consolidada de vales de fin de año para los trabajadores del

Gobierno de la Ciudad de México.

La tercera, por ser la unidad administrativa responsable de consolidar los requerimientos

de los Entes y Órganos Autónomos de la Ciudad de México que se adhieren a la compra

consolidada de vales de fin de año de acuerdo con las especificaciones y características

de dicho bien; así como de calcular los montos que ejercerán dichos órganos cuando procesen de

manera centralizada su nómina mediante el Sistema Integral Desconcentrado de Nómina

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(SIDEN) y resguardar los vales que fueron devueltos por los entes de la Ciudad de México

de conformidad con los mencionados Lineamientos (publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 13 de mayo de 2011) y los Lineamientos por medio de los cuales se Otorga el

Estímulo de Fin de Año a través de Vales para el Ejercicio 2015 publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 20 de noviembre de 2015.

Para los trabajos de auditoría, se realizaron los siguientes procedimientos:

Evaluación del Control Interno

1. Se verificó que la OM haya contado con suficientes mecanismos de control para prevenir

y minimizar los riesgos que pudieran afectar la eficiencia y eficacia de las operaciones, la

obtención de información confiable y oportuna, el cumplimiento de la normatividad

aplicable a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y el logro

de sus objetivos.

2. Se analizaron los antecedentes de la OM en las auditorías practicadas por la ASCM

con motivo de la revisión de las Cuentas Públicas de 1996 y 2000 en relación con el

capítulo 1000 “Servicios Personales” y de 1995, 2001, 2004, 2005, 2008, 2010, 2011, 2012

y 2014 en relación con el capítulo 3000 “Servicios Generales”.

3. Se constató que la OM haya contado con la autorización de su estructura orgánica vigente

en 2015 y la existencia de áreas específicas responsables de llevar a cabo las operaciones

sujetas de revisión.

4. Se analizó el manual administrativo de la OM vigente en 2015, a fin de verificar si el

apartado de organización concuerda con la estructura orgánica aprobada y dictaminada;

y si, junto con los procedimientos aplicables a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y

3000 “Servicios Generales” fueron autorizados por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA).

5. Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control a servidores públicos

de las Direcciones Generales de Administración, de Recursos Materiales y Servicios

Generales y de Administración y Desarrollo de Personal relacionados con las actividades

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de registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio del presupuesto

y pago de operaciones realizadas por la OM con cargo a los capítulos 1000 “Servicios

Personales” y 3000 “Servicios Generales” y de las compras consolidadas de dichos capítulos.

Mediante los cuestionarios, se verificó que los procedimientos y la normatividad relacionados

con las operaciones de las compras consolidadas registradas con cargo a los capítulos

1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”, se hayan difundido entre el

personal encargado de su aplicación, que se encontraran actualizados y autorizados,

y que las actividades se hayan realizado de conformidad con dichos procedimientos.

6. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos

hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a que

estuvieron sujetas las operaciones revisadas.

Registro Contable y Presupuestal del Gasto

1. Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

Personales” y 3000 “Servicios Generales”, reflejaran la evolución del ejercicio presupuestal,

así como cada uno de los momentos contables de gasto (aprobado, modificado, comprometido,

devengado, ejercido y pagado) y que coincidieran con los reportados en la Cuenta Pública

de la Ciudad de México de 2015.

2. Se constató que la OM haya elaborado Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC), Documentos

Múltiples y afectaciones programático-presupuestales por el personal autorizado para

el registro de las operaciones con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales”

y 3000 “Servicios Generales” y que las registrara en la partida de gasto que le correspondiera

de acuerdo a su naturaleza y al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal

vigente en 2015.

3. Se verificó que la OM no haya efectuado pagos de adeudos de ejercicios anteriores

con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y que

éstos se hayan registrado y reportado a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) en el ejercicio en

que se devengaron.

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4. Se verificó que las cifras de los informes y auxiliares coincidieran con lo reportado

en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal y su reglamento; del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012;

y del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, todos vigentes en 2015.

Gasto aprobado

1. Se verificó que la OM hubiese tramitado oportunamente ante la SEFIN la aprobación

de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y su Programa Operativo Anual (POA),

conforme a la normatividad aplicable.

2. Se analizaron el Calendario Presupuestal y el Analítico de Claves correspondientes al

ejercicio fiscal de 2015, a fin de verificar si el techo presupuestal reportado por la dependencia

se ajustó al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al

reportado por la SEFIN.

3. Se verificó que existiera congruencia entre los elementos que se consideraron para determinar

las metas físicas y financieras originales aprobadas en el Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015 publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014 y las operaciones de la OM;

y que la dependencia haya contado con las autorizaciones de su presupuesto y que

las cifras correspondieran con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México

de 2015.

4. Se constató que el proceso de programación, presupuestación, integración (módulos

de integración por resultados y financiera) se hayan ajustado al Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015,

a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y a su Reglamento,

vigentes en 2015; y que la OM tuviera la documentación soporte del citado proceso.

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Lo anterior, en cumplimiento del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal 2015 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre

de 2014; de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y de su Reglamento;

y del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos 2015, todos vigentes en 2015.

Gasto modificado

1. Se analizaron 184 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el presupuesto

asignado a los capítulos 1000 “Servicios Personales” (79 afectaciones) y 3000 “Servicios

Generales” (105 afectaciones).

2. Se verificó que las modificaciones a los presupuestos originales asignados a los capítulos

1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” realizadas mediante afectaciones

programático-presupuestales se hayan sujetado al Manual de Reglas y Procedimientos para

el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 diciembre de 2012 y a la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal, vigentes en 2015.

3. Se constató que las afectaciones programático-presupuestarias contaran con las justificaciones

correspondientes y que las cifras reportadas por la OM coincidieran con lo reflejado

en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

4. Se constató que la OM tuviera identificadas las causas por las cuales modificó los

presupuestos originales de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios

Generales”, que las modificaciones se encontraran autorizadas y que dichas causas

reflejaran un proceso de programación o de planeación.

5. Se verificó que las cifras reportadas por la OM en informes y auxiliares coincidieran

con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

y su reglamento; de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento; del

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; del Manual de Reglas

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y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito

Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 diciembre de 2012; de la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal los días 28 de mayo de 2014 (Circular Uno, 2014), y 18 de septiembre de 2015

(Circular Uno, 2015), todos vigentes en 2015.

Gasto comprometido, devengado, ejercido y pagado

Se efectuaron pruebas de detalle para comprobar si los procedimientos y la normatividad

que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado con cargo a los

capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y a las compras consolidadas

de dichos capítulos se aplicaron durante el período auditado; particularmente, las pruebas

consistieron en lo siguiente:

Gasto comprometido

1. Se analizaron los reportes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de

transferencias federales que fueron ejercidos con cargo a los capítulos 1000 “Servicios

Personales” y 3000 “Servicios Generales”, a fin de conocer el presupuesto comprometido

por la OM en el ejercicio fiscal de 2015 y verificar que los recursos correspondieran

a obligaciones de pago respaldadas con documentos legales.

2. Se verificó que las compras consolidadas de vales de fin de año y del servicio

de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de

México seleccionadas en la muestra de auditoría estuvieran previstas en el Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) de la

OM autorizado; que se encontraran soportadas con requisiciones de compras y de servicios

debidamente justificadas y firmadas por el personal que tuvo atribuciones para autorizarlas;

y que se contara con suficiencia presupuestal.

3. Se verificó que la OM haya conservado evidencia documental de la adhesión de los

Entes y Órganos Autónomos de la Ciudad de México a las compras consolidadas

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de vales de fin de año y de la contratación del servicio de aseguramiento de bienes

patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de México que realizó la OM

para el ejercicio fiscal de 2015; que las citadas compras consolidadas hayan contado

con suficiencia presupuestal previa a la contratación de los servicios; que se contara con la

autorización del titular de la dependencia para llevar a cabo las citadas compras

consolidadas mediante algún procedimiento distinto al de licitación o por que se hayan

excedido los montos de actuación y, en los casos procedentes, con la aprobación del

Comité de Autorizaciones de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

de la Administración Pública del Distrito Federal; que previamente a los procesos de

contratación se hayan realizado los estudios de precios de mercado.

4. Se revisó que los procedimientos de adquisición (licitación pública nacional o internacional,

invitación restringida a cuando menos tres proveedores o adjudicación directa) seleccionados

como muestra se hubieran ajustado a la normatividad y a los montos de actuación autorizados

en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014 y que

los expedientes de dichos procedimientos contaran con la documentación que evidenciara

las diferentes etapas del proceso de contratación de los servicios y el cumplimiento de los

requisitos por parte de los proveedores; y que los citados expedientes contaran con la

documentación legal y administrativa de los participantes y de los proveedores adjudicados

debidamente integrados.

5. Se verificó que las compras consolidadas de vales de fin de año y de la contratación

del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de

Ciudad de México, hayan contado con los formatos de adhesión correspondientes; que se

hubieran formalizado mediante contratos en los plazos establecidos y que reunieran

los requisitos mínimos que señalan la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y su reglamento, ambos vigentes en 2015, y, en su caso, que se hayan realizado los

convenios modificatorios; que los proveedores y prestadores de servicios con los que

la OM formalizó los contratos no se encontraran inhabilitados por la Contraloría General

(CGDF) o por la Secretaría de la Función Pública (SFP), que estuvieran al corriente

en sus obligaciones fiscales y que hayan presentado las garantías correspondientes

por los montos establecidos, y en su caso, los endosos correspondientes.

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6. Se constató que los egresos seleccionados en la muestra de las compras consolidadas de

vales de fin de año y de la contratación del servicio de aseguramiento de bienes

patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de México se hayan comprometido

conforme a la normatividad y ordenamientos aplicables.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su

reglamento; de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal los días 28 de mayo de 2014 (Circular Uno, 2014) y 18 de septiembre

de 2015 (Circular Uno, 2015); el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012; de los Lineamientos Generales

para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado

en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011; de los contratos

revisados; y del manual administrativo en su apartado de organización de la Oficialía Mayor,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 17 de julio de 2013 y 27 de

agosto de 2015 (incluye el apartado de procedimientos), todos vigentes en 2015.

Gasto Devengado

1. Se verificó que los entes y órganos autónomos de la Ciudad de México que se adhirieron

a las compras consolidadas de vales de fin de año y a la contratación del servicio

de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de

México, hayan recibido los servicios consolidados oportunamente y que correspondieran con

las especificaciones establecidas en los contratos respectivos.

2. Se verificó que se contara con controles o evidencia documental de la recepción

de los servicios consolidados a satisfacción de la OM.

3. Se constató que se hayan recibido los servicios consolidados contratados seleccionados

como muestra, que se haya dado cumplimiento a dichos contratos, y en su caso a los

respectivos convenios modificatorios.

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Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento;

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

los días 28 de mayo de 2014 (Circular Uno, 2014) y 18 de septiembre de 2015 (Circular Uno, 2015);

de los contratos revisados; y del Manual Administrativo en su apartado de organización de la

Oficialía Mayor, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 17 de julio de 2013

y 27 de agosto de 2015 (incluye el apartado de procedimientos), todos vigentes en 2015.

Gasto Ejercido

1. Se constató que los expedientes de las operaciones revisadas se encontraran debidamente

integrados, y que se hubiera conservado la documentación justificativa y comprobatoria

de los pagos realizados.

2. Se verificó que los prestadores de servicios a los que se les adjudicaron las compras

consolidadas seleccionadas en la muestra hayan entregado comprobantes de pago

(facturas) a nombre del Gobierno de la Ciudad de México (en el caso de las dependencias,

órganos político-administrativos u órgano desconcentrados) y para el caso de entidades

y órganos autónomos se constató que las facturas se hayan expedido a nombre de dichas

unidades.

3. Se comprobó que las facturas cumplieran los requisitos fiscales establecidos en el Código

Fiscal de la Federación vigente en 2015, y que los pagos se hubieran efectuado por

servicios que cumplieran las especificaciones establecidas en los contratos.

4. Se verificó que los pagos realizados hayan sido por la prestación de servicios que cumplieron

las condiciones pactadas en los contratos; que en su caso, se hayan aplicado correctamente las

penas convencionales o sanciones a los prestadores de servicios por incumplimiento

a las condiciones pactadas en los contratos revisados, y se hayan hecho efectivas las

garantías correspondientes; que se hayan elaborado y tramitado las Cuentas por Liquidar

Certificadas (CLC) de operaciones ajenas por el importe de las sanciones aplicadas

y los impuestos retenidos.

5. Se constató que las CLC de las operaciones revisadas se hayan expedido con los requisitos,

en las condiciones y oportunidad correspondiente.

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Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal y su reglamento; de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 28 de

mayo de 2014 (Circular Uno, 2014) y 18 de septiembre de 2015 (Circular Uno, 2015);

del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 diciembre

de 2012; de los contratos revisados; y del manual administrativo de la Oficialía Mayor,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 17 de julio de 2013 y 27 de

agosto de 2015 (incluye el apartado de procedimientos), todos vigentes en 2015.

Gasto Pagado

1. Se confirmaron operaciones con los prestadores de servicios a quienes la OM y los

entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas en revisión les

realizaron pagos (seleccionados como muestra de auditoría) para verificar los procesos de

contratación, facturación y pago; y que los pagos correspondieran con los servicios recibidos,

por las cantidades establecidas o pactadas, que se hayan cumplido las condiciones pactadas

en los contratos y en su caso, se hayan aplicado descuentos por sanciones o penas

convencionales correspondientes y que los citados pagos se hubiesen realizado vía

electrónica o cheque con las autorizaciones correspondientes.

2. Se verificó que la documentación proporcionada por los prestadores de servicios

correspondiera con la entregada por la OM y por los entes y órganos autónomos de la

Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas en revisión.

3. Se verificó que la OM haya registrado y comunicado a la SEFIN el reporte del pasivo

circulante 2015 con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios

Generales”.

Los procedimientos analíticos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones

relacionadas con las compras consolidadas capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000

“Servicios Generales” produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones

o deficiencias, o si existieron oportunidades de mejora. Los procedimientos consistieron en

integrar por partidas de gasto el presupuesto ejercido por la OM con cargo a dichos capítulos;

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en constatar que los registros contables y presupuestales correspondieran a los establecidos en la

Normatividad Contable de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2015; y

que las cifras presupuestarias reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN coincidieran

con las asentadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

Asimismo, se identificaron y analizaron los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el

presupuesto original de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”

de la OM, que se encontraran debidamente registradas y soportadas con la documentación

correspondiente (afectaciones presupuestarias y programáticas y justificación).

Se verificó que la OM y que las entidades y órganos autónomos de la Ciudad de México

que se adhirieron a las compras consolidadas seleccionadas en la muestra conservaran la

documentación original, justificativa y comprobatoria de los pagos realizados.

Además, se constató que la OM contara con expedientes debidamente integrados con la

documentación legal y administrativa de los prestadores de servicios a los que les fueron

adjudicados los contratos consolidados de los vales de fin de año y de la contratación del

servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad

de México correspondientes al ejercicio fiscal de 2015; y se realizó la confirmación de operaciones

con los citados prestadores de servicios.

La muestra de auditoría se determinó a partir del total de los contratos de las compras

consolidadas que la OM informó que realizó en el ejercicio fiscal 2015 con cargo a los capítulos

1000 “Servicios Personales” (3,972,159.3 miles de pesos) y 3000 “Servicios Generales”

(1,367,451.0 miles de pesos) correspondientes a 166 contratos consolidados con sus

respectivos convenios modificatorios por un total de 5,339,610.3 miles de pesos. Derivado

de los trabajos realizados en la fase de planeación de la auditoría, así como del estudio y

evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar 3,978,937.8 miles de pesos que

representó el 74.5% del universo de los contratos consolidados de los citados capítulos,

de los cuales 3,715,234.9 miles de pesos correspondieron al capítulo 1000 “Servicios Personales”

a las compras consolidadas de vales de fin de año 2015 y los seguros de vida institucional

y colectivo de retiro; y 263,702.9 miles de pesos, con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”

correspondiente a la compra consolidada del seguro de bienes patrimoniales.

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14

Las compras consolidadas seleccionadas fueron adquisición de vales para el pago del estímulo

de fin de año a los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondientes al

ejercicio fiscal 2015 y la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales

y de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015, con cargo

a las siguientes partidas:

(Miles de pesos y por cientos)

Capítulo / Partida

Universo de contratos consolidados Muestra

Concepto de la compra consolidada

Número Importe Número Importe contratado

Porcentaje de compra

consolidada

Porcentaje total

de compras consolidadas

Compras consolidadas capítulo 1000 “Servicios Personales”

1441 “Primas por Seguro de Vida del Personal Civil”

1442 “Primas por Seguro de Vida del Personal de Seguridad Pública y Bomberos”

Seguro de vida institucional 1 842,207.8 1 701,355.5 83.3 13.1

1443 “Primas por Seguro de Retiro del Personal al Servicio de las Unidades Responsable del Gasto del Distrito Federal”

Seguro colectivo de retiro 1 51,500.9 1 9,901.6 19.2 0.2

1541 “Vales” Vales de fin de año 5 3,078,450.6 5 3,003,977.8 97.6 56.3

Subtotal capítulo 1000 “Servicios Personales” 7 3,972,159.3 7 3,715,234.9 93.5 69.6

Compras consolidadas capítulo 3000 “Servicios Generales”

3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”

Seguros: bienes patrimoniales, vehículos, accidentes de personal, semovientes y aeronaves 5 584,706.8 1 263,702.9 45.1 4.9

Otras siete partidas Telefonía, internet, radiocomunicación, fotocopiado, comunicación social 154 782,744.2 0 0.0 0.0 0.0

Subtotal capítulo 3000 “Servicios Generales”

159 1,367,451.0 1 263,702.9 19.3 4.9

Total de compras consolidadas capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”

166 5,339,610.3 8 3,978,937.8 74.5

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15

La selección de las compras consolidadas por revisar se realizó considerando los siguientes

criterios:

1. Se integraron las compras consolidadas de los capítulos 1000 “Servicios Personales”

y 3000 “Servicios Generales” de 2015 que la OM realizó y se seleccionaron las dos compras

consolidadas más representativas de las siete compras consolidadas que realizó la

dependencia en 2015, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Compra consolidada Importe Porcentaje

Vales de fin de año 3,078,450.6 57.6

Seguros 1,478,415.5 27.7

Difusión de programas y actividades del Gobierno del Distrito Federal en medios de comunicación 389,767.2 7.3

Telefonía tradicional 131,593.5 2.5

Servicios de acceso a internet 123,424.2 2.3

Fotocopiado 95,140.7 1.8

Radiocomunicación 42,818.6 0.8

Total de compras consolidadas 5,339,610.3 100.0

2. Se identificaron las partidas en que se registraron los contratos de las compras

consolidadas de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y se

seleccionaron las compras consolidadas más representativas: vales relativos al estímulo de

fin de año de 2015 para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México (3,078,450.6 miles

de pesos del capítulo 1000 “Servicios Personales”) y seguros (1,478,415.5 miles de pesos

que fueron registrados en los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios

Generales”).

3. Para seleccionar el tipo de seguro por revisar, se integró la compra consolidada de seguros

por un monto de 1,478,415.5 miles de pesos y se seleccionaron los dos seguros más

representativos (seguro de vida institucional por un importe de 842,207.8 miles de pesos

y seguro de bienes patrimoniales por un importe de 263,784.6 miles de pesos) y el seguro

que ocupó el quinto lugar (seguro colectivo de retiro por 51,500.9 miles de pesos) de los

siete tipos de seguros que integraron la citada compra consolidada, como se detalla

a continuación:

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(Miles de pesos y por cientos)

Tipo de seguro Contratos consolidados de seguros

Número Importe %

De vida institucional 1 842,207.8 57.0

De bienes patrimoniales 1 263,784.6 17.8

De vehículos 1 231,484.4 15.7

De accidentes de personales de trabajadores que laboran permanentemente en la vía pública 1 51,563.0 3.5

Colectivo de retiro 1 51,500.9 3.5

De semovientes 1 28,936.4 1.9

De aeronaves 1 8,938.4 0.6

Total 7 1,478,415.5 100.0

4. De la compra consolidada de seguro con cargo a la partida 3451 “Seguro de Bienes

Patrimoniales”, únicamente se revisará el seguro de bienes patrimoniales por un monto

de 263,702.9 miles de pesos.

Las operaciones seleccionadas en la muestra de auditoría correspondieron a dos

licitaciones públicas nacionales consolidadas que realizó la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales en coordinación con la Dirección General de Administración

y Desarrollo de Personal ambas áreas adscritas a la Oficialía Mayor.

5. La muestra seleccionada de seguros por un monto de 974,960.0 miles de pesos

(701,355.5 miles de pesos del seguro de vida institucional, 9,901.6 miles de pesos del

seguro colectivo de retiro y 263,702.9 miles de pesos del seguro de bienes patrimoniales)

representó el 65.9% del total contratado (1,478,415.5 miles de pesos).

El alcance de la revisión a nivel de partida de gasto se señala a continuación:

Capítulo 1000 “Servicios Personales”

Partidas 1441 “Primas por Seguro de Vida del Personal Civil”, y 1442 “Primas

por Seguro de Vida del Personal de Seguridad Pública y Bomberos”

Se revisó el 83.3% (701,355.5 miles de pesos) del seguro de vida institucional de los trabajadores

del Gobierno de la Ciudad de México del monto contratado con cargo a las partidas 1441

“Primas por Seguro de Vida del Personal Civil” y 1442 “Primas por Seguro de Vida del Personal

de Seguridad Pública y Bomberos” por un total de 842,207.8 miles de pesos de la compra

consolidada de seguros 2015.

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17

Asimismo, se revisó la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14

correspondiente a la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales

y de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015, de la cual derivó

el contrato administrativo consolidado núm. DAS-17-2015 para la prestación del servicio de

aseguramiento en el ramo de vida de los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México.

Partida 1443 “Primas por Seguro de Retiro del Personal al Servicio

de las Unidades Responsable del Gasto del Distrito Federal”

Se revisó el 19.2% (9,901.6 miles de pesos) de la compra consolidada del seguro colectivo de

retiro de los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México por un monto de 51,500.9 miles

de pesos de la citada licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14

y de la que derivó el contrato administrativo consolidado núm. DAS-12-2015 relativo a la

contratación del servicio de seguro colectivo de retiro de los trabajadores del Gobierno de

la Ciudad de México.

Partida 1541 “Vales”

Se revisó el 97.6% (3,003,977.8 miles de pesos) de la compra consolidada de vales de fin de

año 2015 con cargo a la partida 1541 “Vales” por un monto de 3,078,450.6 miles de pesos.

Se examinó también, la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15

realizada para la adquisición de vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del

Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2015 y de la cual derivó

el contrato administrativo abierto consolidado núm. DA-12-2015 y los convenios modificatorios

consolidados núms. DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2, DA-12-2015-C3 y DA-12-2015-C4.

Capítulo 3000 “Servicios Personales”

Partida 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”

Se revisó el 99.9% (263,702.9 miles de pesos) de la compra consolidada del seguro de bienes

patrimoniales del Gobierno de la Ciudad de México por un monto de 263,784.6 miles de pesos de

la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 relativo a seguros y

de la que derivó el contrato administrativo consolidado núm. DAS-13-2015.

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RESULTADOS

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Se analizó el dictamen de estructura orgánica y los manuales administrativos (apartados

de organización y procedimientos) de la dependencia, vigentes en 2015, a fin de identificar las

unidades administrativas de la OM que estuvieron encargadas del control y registro (aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado) de las erogaciones con cargo a

los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” de dicha dependencia

y de las compras consolidadas de los citados capítulos que realizó con cargo a los

presupuestos de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a ella; y para conocer sus

funciones, objetivos y actividades, al respecto, se determinó lo siguiente:

Estructura Orgánica

En el ejercicio fiscal de 2015 la OM contó con el dictamen de estructura orgánica núm. 4/2014,

el cual fue autorizado por la (CGMA) y se comunicó mediante el oficio núm. OM/080BIS/2014 del

20 de marzo de 2014 y entró en vigor a partir del 16 de marzo de 2014 y estuvo vigente

del 16 de marzo de 2014 al 31 de diciembre de 2015.

En dicho dictamen se establecieron tres Coordinaciones Generales (de Apoyo Administrativo, de

Modernización Administrativa, y de Comunicación Social), además, se reestructuró la OM

con cinco Direcciones Generales (de Administración, de Administración y Desarrollo de Personal,

de Recursos Materiales y Servicios Generales, de Patrimonio Inmobiliario, y de Gobernabilidad de

Tecnologías de la Información y Comunicaciones).

Los trabajos de auditoría se realizaron en las Direcciones Generales de Administración, de

Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Administración y Desarrollo de Personal todas

adscritas a la OM y consideradas en el citado dictamen de estructura orgánica núm. 4/2014,

como se detalla a continuación:

1. En la Dirección General de Administración de la OM, por ser la Unidad Administrativa

que se encargó de administrar los recursos humanos, materiales y financieros, de registrar

las operaciones financieras y de conservar la documentación justificativa y comprobatoria

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del gasto conforme a las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidas por la OM

y por la SEFIN relacionadas con los recursos con cargo a los capítulos 1000 “Servicios

Personales” y 3000 “Servicios Generales”.

2. En la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM porque se

encargó de realizar los procesos de las licitaciones públicas de las compras consolidadas

seleccionadas en la muestra (adquisición de vales relativos al estímulo de fin de año

para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondientes al ejercicio

fiscal 2015 y la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y

de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015); así

como de realizar los pagos correspondientes del sector central del Gobierno de la Ciudad de

México.

3. En la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM, debido

a que fue la encargada de consolidar los formatos de adhesión de los entes de la

Ciudad de México para la compra consolidada de vales relativos al estímulo de fin de

año para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondientes al

ejercicio fiscal 2015; de emitir el dictamen técnico para la adquisición de los citados vales

y de entregar la documentación para la determinación del monto de vales para cada

uno de los trabajadores del sector central del Gobierno de la Ciudad de México; y de

realizar los pagos de los seguros de vida institucional y el colectivo de retiro.

Manual Administrativo

La OM contó con dos manuales administrativos (apartado de organización), como se detalla

a continuación:

1. Con el oficio núm. CG/CGMA/0723/2013 del 22 de abril de 2013, la CGMA notificó el

registro del manual administrativo (apartado de organización) núm. MA-104-9/09, elaborado

con base en el dictamen de estructura orgánica núm. 9/2009, el cual fue publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de julio de 2013. Dicho manual estuvo vigente del

17 de julio de 2013 al 26 de agosto de 2015 y su difusión entre las áreas y el personal

responsable se realizó mediante los oficios núms. OM/CGAA/DEATT/071/2013,

OM/CGAA/DEATT/073/2013 y OM/CGAA/DEATT/074/2013 todos del 23 de julio de 2013;

y OM/DGA/2984/2013 del 30 de julio de 2013.

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2. Mediante el oficio núm. OM/CGMA/1427/2015 del 30 de julio de 2015 con sello de

notificación del 5 de agosto de 2015, la CGMA registró el manual administrativo de la OM

(apartados de organización y de procedimientos) núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014,

elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 4/2014, el cual estuvo vigente

del 27 de agosto al 31 de diciembre de 2015; y fue publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 27 de agosto de 2015.

Se determinó que la CGMA notificó el citado manual a la OM el 5 de agosto de 2015

y ésta lo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015 (dicha

publicación debió ser el 26 de agosto de 2015), es decir, un día después del plazo establecido.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó

información ni documentación que modificara la presente observación.

Por haber publicado el manual administrativo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

un día hábil posterior al plazo establecido, la OM incumplió el lineamiento trigésimo octavo

de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de

Operación de la Administración Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015, que establece:

“Los titulares de los Órganos de la Administración y de los Órganos Administrativos,

que hayan obtenido el registro de sus Manuales, deberán gestionar su publicación

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes

a la notificación del Registro respectivo.”

La difusión interna del manual en mención, se realizó con los oficios núms.

OM/DGRMSG/1444/2015 del 27 de agosto de 2015, OM/DGRMSG/DA/737/2015 del

1o. de septiembre de 2015, DGRMSG/DSG/1649/2015 del 2 de septiembre de 2015

y OM/0556/2015 del 3 de septiembre de 2015; así como con las notas informativas

núms. DCOF/001/2016 y DRL/0002/2016 del 8 de enero de 2016; DDP/005/2016,

DAP/005/2016 y DCPN/029/2016 del 11 de enero de 2016; y DGADP/000054/2016

del 14 de enero de 2016 y que se encuentran incorporados en archivos electrónicos

en la página de transparencia de la OM.

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En relación con el manual administrativo (apartado de procedimientos) vigente 2015, se

determinó lo siguiente:

1. Con los oficios núms. CG/CGMA/DDO/0127/11 del 13 de enero de 2011 y

CG/CGMA/DEDDEO/3273/2011 del 13 de julio de 2011, la CGMA notificó el registro

de 35 procedimientos administrativos al manual administrativo de la Dirección General de

Administración de la OM núm. MA-12007-9/09, elaborados conforme al dictamen

de estructura orgánica núm. 9/2009; los listados de los procedimientos fueron publicados en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 29 de marzo y 11 de agosto de 2011 y estuvieron

vigentes a partir de la fecha de su publicación y hasta el 26 de agosto de 2015 y fueron

difundidos entre el personal encargado de su aplicación con los oficios núms. OM/DGA/191/2011

del 2 de febrero de 2011 y OM/DGA/1589 del 29 de julio de 2011.

Del citado manual, se identificaron 15 procedimientos relacionados con el capítulo 1000

“Servicios Personales” y nueve relativos al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

2. Mediante el oficio núm. CGMA/2079/06 del 9 de agosto de 2006, la CGMA notificó el

registro de 68 procedimientos administrativos en el manual de procedimientos de la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM núm. MA-12003-0505,

elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 05/2005, de los cuales

27 procedimientos se relacionaron con la autorización, aprobación, control, supervisión

y segregación de actividades de las operaciones de las compras consolidadas con cargo

a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”.

La OM proporcionó su manual administrativo (apartados de organización y de

procedimientos) núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014, elaborado conforme al dictamen

de estructura orgánica núm. 4/2014, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 27 de agosto de 2015 (descrito en el numeral 3, inciso b) del presente resultado)

por lo que el sujeto fiscalizado demostró que ha actualizado sus procedimientos, los ha

publicado y difundido entre el personal encargado de su aplicación; por lo tanto no se emite

observación alguna.

3. El manual administrativo de la OM (apartado de organización y procedimientos)

núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 elaborado conforme al dictamen de estructura

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22

orgánica núm. 4/2014 (señalado en el numeral 3, inciso b) del presente resultado) contó

con 324 procedimientos de las Direcciones Generales de Administración (54 procedimientos);

de Recursos Materiales y Servicios Generales (59 procedimientos); y de Administración

y Desarrollo de Personal (211 procedimientos), de los cuales 239 se relacionaron con

los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” como se muestra

a continuación:

Área

Número de procedimientos administrativos

Total Capítulo 1000 “Servicios

Personales”

Capítulo 3000 “Servicios

Generales”

Dirección General de Administración 13 23 36

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 14 42 56

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal 144 3 147

Total de procedimientos 171 68 239

Como se observa en el cuadro anterior, el manual administrativo de la OM contó con

procedimientos que se relacionaron con la operación de los capítulos 1000 “Servicios

Personales” y 3000 “Servicios Generales”, los cuales se clasificaron conforme a los

momentos contables de gasto como se detalla a continuación:

Momento contable

Número de procedimientos administrativos

Total Capítulo 1000 “Servicios

Personales”

Capítulo 3000 “Servicios

Generales”

Aprobado 15 6 21

Modificado 30 12 42

Comprometido 34 17 51

Devengado 14 18 32

Ejercido 11 10 21

Pagado 67 5 72

Total de procedimientos 171 68 239

En el análisis de los 239 procedimientos, se constató que contaron con los elementos

de control interno: ambiente de control, evaluación de riesgos, actividades de control,

información y comunicación, así como actividades de supervisión.

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23

4. La OM es la unidad administrativa de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad

de México, responsable de efectuar los procedimientos de contratación consolidada

de bienes de uso generalizado que requieran las dependencias, delegaciones,

órganos desconcentrados, entidades y, en su caso, órganos autónomos, que se adhieran

a tales procedimientos; así como de efectuar, en su caso, el pago centralizado derivado de

dichas contrataciones, por lo que se analizaron los procedimientos específicos que regulan

estas operaciones y se determinó que 10 estuvieron vigentes en 2015 y se determinó

su clasificación atendiendo el momento contable como parte de los elementos del control

interno como se muestra a continuación:

a) Comprometido: “Proceso de Elaboración de Fichas y Anexos Técnicos de las Partidas

Consolidadas por la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones”;

“Proceso General de Adhesión Consolidada de la Dirección de Seguimiento Sectorial y

Telecomunicaciones”; “Elaboración de Contratos o Convenios Consolidados Derivados

de la Adquisición, Arrendamiento de Bienes o Servicios”; “Sondeo de Mercado

para las Contrataciones Consolidadas”; “Adquisición Consolidada a través de Licitación

Pública”; “Adquisición Consolidada a través de Invitación Restringida a cuando menos

Tres Proveedores”; y “Adquisición Consolidada a través de Adjudicación Directa”.

b) Devengado: “Administración de los Contratos y/o Convenios Consolidados de la Dirección

de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones”; “Coordinación de la Entrega-recepción de

Bienes en los Almacenes de las Unidades Administrativas Adheridas a Contratos

Consolidados” y “Administración de los Contratos y/o Convenios Consolidados”.

En el análisis de los 10 procedimientos relacionados anteriormente, se observó que para

las compras consolidadas la OM cuenta con los elementos de control interno: ambiente de

control, evaluación de riesgos, actividades de control, información y comunicación, así como

actividades de supervisión, parcialmente cubiertos, por lo que su manual administrativo, en

su apartado de procedimientos, debe ser actualizado.

El manual administrativo de la OM (apartados de organización y de procedimientos)

núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 no estuvo actualizado, de acuerdo con lo siguiente:

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1. El apartado de organización de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM no establece la función o atribución para que la Subdirección

de Administración de Riesgos, Aseguramiento y Control de Servicio (autorizara y elaborara)

y la Jefatura de Unidad Departamental de Mejoramiento de Inmuebles elaborara las

CLC de las compras consolidadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y

para que la Jefatura de Unidad Departamental de Registro elaborara las CLC de las compras

consolidadas con cargo al capítulo 1000 “Servicios Personales”, la cual es una atribución

necesaria para la operación de la compras consolidadas de dichos capítulos.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó

información ni documentación que modificara la presente observación.

La OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos Generales

para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración

Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

30 de diciembre de 2014, vigente en 2015, que establece:

“Los Órganos de la Administración y los Órganos Administrativos deberán actualizar

sus Manuales cuando se presenten los supuestos siguientes: […]

”III. Inclusión, actualización o eliminación de procedimientos derivados de la dinámica

organizacional.”

2. La Dirección General de Administración de la OM no acreditó contar con procedimientos

para la realización de licitaciones públicas, invitaciones restringidas a cuando menos

tres proveedores, adjudicaciones directas; elaboración del Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) y sus modificaciones; elaboración y

trámite de requisiciones de compra o servicio; registro de entrada y salida de los bienes en el

almacén; y adhesión a las compras consolidadas del Gobierno de la Ciudad de México.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, la OM no presentó información

ni documentación respecto a la carencia de los mencionados procedimientos.

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25

Por lo expuesto la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación

de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.

3. Las Direcciones Generales de Administración y Desarrollo de Personal y de Recursos

Materiales y Servicios Generales no acreditaron tener un procedimiento para la compra

consolidada de vales de fin de año y su pago, que les permitiera coordinarse y definir

las actividades que cada una realizan en dicha compra, la documentación que se genera y

su salvaguarda y en consecuencia, delimitar las responsabilidades respectivas.

Cabe señalar que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal contó

con el procedimiento denominado “Vales de Despensa de Fin de Año”; sin embargo,

no fue elaborado en coordinación con la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales y careció de los elementos de control interno (ambiente de control, evaluación

de riesgos, actividades de control, información y comunicación y actividades de monitoreo)

para delimitar las responsabilidades de cada área.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no

presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por lo anterior, la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación

de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.

4. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM no

acreditó que su manual administrativo (apartados de organización y de procedimientos)

estableciera documento alguno relativo al control, ejercicio, pago, operación, informes

de las compras consolidadas que realizó y de los pagos que efectuó y periodicidad en

su emisión, con cargo a los presupuestos de los entes de la Ciudad de México que se

adhirieron a las compras consolidadas, así como de la salvaguarda de la información

y documentación que se generó en las compras consolidadas.

Page 28: CLXXXIII. I F A R C P DEL G D F E · adicionales el pago de la nómina SIDEN”. ... Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

26

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no acreditó

información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no establecer los documentos relativos al control, ejercicio, pago, operación, informes

de las compras consolidadas que realizó y de los pagos que efectuó y periodicidad en

su emisión, con cargo a los presupuestos de los entes del Sector Central del Gobierno

de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas, así como de la

salvaguarda de la información y documentación generada en dichas compras consolidadas,

la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos Generales

para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración

Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.

Por lo anterior, con base en el resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó

que la OM tuvo un grado de madurez inicial al contar con elementos de control que se

encontraron definidos y autorizados y que permitieron la realización de sus actividades

sustantivas; se constató que las áreas estuvieron estructuradas de acuerdo con el dictamen de

estructura orgánica de la OM vigente en 2015; sin embargo, del 1o. de enero al 26 de agosto

de 2015, dichas áreas trabajaron con funciones y procedimientos que no estuvieron actualizados

conforme el citado dictamen de estructura orgánica que promoviera y garantizara el cumplimiento

de la normatividad vigente en 2015 y que mitigara los riesgos de registro y control de las

operaciones de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”

y de las compras consolidadas de dichos capítulos.

Además, la OM publicó su manual administrativo núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal, un día hábil después del plazo establecido en los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 30 de diciembre de 2014, vigentes en 2015. Asimismo, se constató que el citado manual

no estuvo actualizado, ya que presentó las siguientes deficiencias de control:

La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, en el apartado de organización,

no acreditó que haya establecido la función o atribución para que la Jefatura de Unidad

Departamental de Mejoramiento de Inmuebles elaborara y la Subdirección de Administración de

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Riesgos, Aseguramiento y Control de Servicio supervisara las CLC de las compras consolidadas

con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y para que la Jefatura de Unidad Departamental

de Registro elaborara las CLC de las compras consolidadas con cargo al capítulo 1000

“Servicios Personales”.

La Dirección General de Administración no acreditó tener procedimientos administrativos

autorizados para la realización de licitaciones públicas, invitaciones restringidas a cuando

menos tres proveedores, adjudicaciones directas; la elaboración del PAAAPS y sus modificaciones;

la elaboración y trámite de requisiciones de compra o servicio; el registro de entrada y

salida de los bienes en el almacén; y la adhesión a las compras consolidadas del Gobierno de la

Ciudad de México.

Las Direcciones Generales de Administración y Desarrollo de Personal y de Recursos Materiales

y Servicios Generales no acreditaron tener un procedimiento para la compra consolidada

de vales de fin de año y su pago; en el que dichas Direcciones Generales se coordinen

y establezcan los procedimientos y actividades que cada una realizan en dicha compra, la

documentación que se genera y su salvaguarda; y que delimite la responsabilidad de cada una

de las áreas.

En la revisión de la Cuenta Pública 2013, en el informe de la Auditoría con clave AFLA/117/13,

practicada a la OM, resultado número 1, recomendación AFLA-117-13-03-OM, se considera el

mecanismo para prevenir la falta de procedimientos administrativos para la realización de

licitaciones públicas, invitaciones restringidas a cuando menos tres proveedores, adjudicaciones

directas; elaboración del PAAAPS y sus modificaciones; elaboración y trámite de requisiciones de

compra o servicio; registro de entrada y salida de los bienes en el almacén; y adhesión a

las compras consolidadas, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del

seguimiento de la recomendación citada.

Recomendación ASCM-21-15-1-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México, establezca mecanismos de control

que aseguren la publicación de sus manuales administrativos en la Gaceta Oficial de la Ciudad

de México dentro del plazo establecido y realice la difusión entre el personal, en cumplimiento a lo

establecido en los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos

y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes.

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Recomendación ASCM-21-15-2-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México, establezca mecanismos de

control que aseguren el establecimiento de funciones y atribuciones para que la Jefatura

de Unidad Departamental de Mejoramiento de Inmuebles elabore y la Subdirección de

Administración de Riesgos, Aseguramiento y Control de Servicio supervise las CLC de las

compras consolidadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y para que la

Jefatura de Unidad Departamental de Registro elaborara las CLC de las compras consolidadas

con cargo al capítulo 1000 “Servicios Personales” en cumplimiento de los Lineamientos Generales

para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración

Pública del Distrito Federal.

Recomendación ASCM-21-15-3-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México, establezca mecanismos de control

y coordinación que aseguren que las Unidades Administrativas involucradas en el proceso

la compra consolidada de vales de fin de año y su pago, para que se actualice el manual

administrativo en su apartado de procedimientos y los Lineamientos que se emitan para la

adquisición de vales de despensa para el ejercicio correspondientes, a fin de que se delimiten

las actividades y responsabilidades específicas de cada una de ellas; así como de la documentación

que se genera y su salvaguarda en cumplimiento de los Lineamientos Generales para el Registro

de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del

Distrito Federal.

Recomendación ASCM-21-15-4-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México actualice su manual

administrativo a fin de establecer mecanismos de control que aseguren la elaboración,

entrega en tiempo y forma, y resguardo de toda la documentación, informes y reportes relativos

a las operaciones de compras consolidadas en las que participe como Unidad Administrativa

Consolidadora, de conformidad con los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales

Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal

y Lineamientos Generales para Consolidar en la Administración Pública del Distrito Federal,

así como para la Centralización de Pagos.

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Armonización Contable

2. Resultado

Se verificó si la OM, en cuanto al ejercicio de su presupuesto como unidad ejecutora del

gasto con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”,

cumplió lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en las normas

emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), según lo establecido en

los artículos 121 y 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigentes

en 2015. Al respecto, se determinó lo siguiente:

El 31 de diciembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General

de Contabilidad Gubernamental, con vigencia a partir del 1o. de enero de 2009 y vigente

en 2015, con objeto de establecer los criterios generales que regirían la contabilidad gubernamental

y la emisión de información financiera de los entes públicos, y lograr su adecuada armonización,

de conformidad con el artículo 4, fracción I, de dicha ley, vigente en 2015, dispone:

“Armonización: la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables

vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas

que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información

que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características

y contenido de los principales informes de rendición de cuentas.”

En este punto en particular, la OM no emitió información contable y financiera, debido

a que ésta se concentra en la SEFIN, según lo establecido en los artículos 122 y 124 de la

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.

Se verificó el cumplimiento de las conciliaciones programático-presupuestales de conformidad

con lo establecido en el artículo 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2015.

Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/DC/261/2016 del 29 de julio de 2016, la

Dirección de Contabilidad de la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta

Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN proporcionó las cuentas de mayor

afectación y los registros de las operaciones que fueron afectadas en la situación financiera

en el Gobierno de la Ciudad de México durante 2015, por importes de 795,298.8 miles de pesos

y 434,042.7 miles de pesos, recursos de la OM y que ejerció con cargo a los capítulos

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30

1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”, respectivamente, y que correspondieron

a las etapas del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado y ejercido

por la OM. Dicha información correspondió únicamente a la OM y no a los entes de la Ciudad de

México que se adhirieron a las compras consolidadas en el ejercicio fiscal de 2015.

Con el oficio núm. OM/DGA/3713/2016 del 6 de octubre de 2016, la Dirección General de

Administración de la OM remitió respuesta al cuestionario de contabilidad aplicado por esta

entidad de fiscalización para evaluar el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental vigente en 2015; de acuerdo con dicha respuesta y con la información

proporcionada por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

de la SEFIN, la OM (por medio de la SEFIN) ha dado cumplimiento a las disposiciones de

la Ley General de Contabilidad Gubernamental que se refieren a la instauración de medidas para

cumplir los requerimientos y obligaciones relacionadas con la armonización contable, como son la

emisión de información contable y presupuestaria sobre la base de clasificaciones administrativas,

económicas y programáticas; la emisión del Informe de Cuenta Pública 2015, mediante consultas

realizadas a la SEFIN; y el uso del sistema informático implementado por dicha dependencia.

Se concluye que la OM por medio de la SEFIN, mediante la elaboración de las cuentas de

mayor afectación y los registros de las operaciones, realizó el registro contable de las etapas del

presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado y ejercido de la OM, por

795,298.8 miles de pesos y 434,042.7 miles de pesos, con cargo a los capítulos 1000 “Servicios

Personales” y 3000 “Servicios Generales”, respectivamente, de conformidad con la Ley General

de Contabilidad Gubernamental vigente en 2015.

Registro Contable y Presupuestal

3. Resultado

A fin de verificar que el registro presupuestal de los momentos contables del gasto aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de la OM con cargo a los capítulos

1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” (sin considerar el presupuesto

de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas que dicha

dependencia realizó con cargo a los citados capítulos), se haya realizado de acuerdo con

lo establecido en el artículo 121 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, mediante los oficios núms. ACF-A/16/0639 y ACF-A/16/0788 del 4 de julio

y 31 de agosto de 2016, respectivamente, se solicitaron los registros presupuestales correspondientes.

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31

Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/DC/261/2016 del 29 de julio de 2016, la

Dirección de Contabilidad de la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta

Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN proporcionó las cuentas de mayor

afectación y los registros de las operaciones que fueron afectadas en la situación financiera en la

Ciudad de México durante 2015, por un importe de 795,298.8 miles de pesos y 434,042.7 miles

de pesos con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”,

respectivamente, y dichos recursos fueron ejercidos por la dependencia.

1. Los registros presupuestales de los momentos contables del gasto del capítulo 1000 “Servicios

Personales” de la OM fueron los siguientes:

(Miles de pesos)

Momento contable / Cuenta Importe

Variación Debe Haber

Gasto aprobado:

8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 722,553.7

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 722,553.7

Total 722,553.7 722,553.7

Gasto modificado:

8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central”

72,745.1

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 72,745.1

Total 72,745.1 72,745.1

Gasto comprometido:

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 795,298.8

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 795,298.8

Total 795,298.8 795,298.8

Gasto devengado:

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 795,298.8

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 795,298.8

Total 795,298.8 795,298.8

Gasto ejercido:

8261000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 795,298.8

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 795,298.8

Total 795,298.8 795,298.8

Gasto pagado:

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 795,298.8 (795,298.8)

8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 601,754.6 601,754.6

Total 601,754.6 795,298.8 (193,544.2)

Page 34: CLXXXIII. I F A R C P DEL G D F E · adicionales el pago de la nómina SIDEN”. ... Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

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El registro del momento contable del gasto pagado del capítulo 1000 “Servicios Personales”

fue 193,544.2 miles de pesos menor que el gasto ejercido por la OM, lo que denota deficiencias

de control, ya que la dependencia no verificó los registros presupuestales.

Mediante nota informativa del 7 de febrero de 2017, la Dirección de Recursos Financieros

informó que “la diferencia que existe entre el momento ejercido y el momento pagado

se debe a que existen CLC que aplican otros capítulos del gasto”.

2. Los registros presupuestales de los momentos contables del gasto del capítulo 3000 “Servicios

Generales” de la OM se exponen a continuación:

(Miles de pesos)

Momento contable / Cuenta Importe

Diferencia Debe Haber

Gasto aprobado:

8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 317,312.5

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 317,312.5

Total 317,312.5 317,312.5

Gasto modificado:

8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central”

116,730.2

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 116,730.2

Total 116,730.2 116,730.2

Gasto comprometido:

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 434,042.7

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 434,042.7

Total 434,042.7 434,042.7

Gasto devengado:

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 434,042.7

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 434,042.7

Total 434,042.7 434,042.7

Gasto ejercido:

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 434,042.7

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 434,042.7

Total 434,042.7 434,042.7

Registro Presupuestal del Momento del Gasto Pagado:

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 434,042.7 (434,042.7)

8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 486,267.5 486,267.5

Total 486,267.5 434,042.7 (52,224.8)

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El registro del momento contable del gasto pagado del capítulo 3000 “Servicios Generales”

fue mayor, en 52,224.8 miles de pesos, que el gasto ejercido por la OM, lo que denota

deficiencias de control, ya que la OM no verificó los registros presupuestales.

Al respecto, mediante nota informativa del 7 de febrero de 2017, la Dirección de Recursos

Financieros informó a esta entidad de fiscalización que “la diferencia que existe entre

el momento ejercido y el momento pagado se debe a que existen CLC que aplican otros

capítulos del gasto, además de que en los casos de cargos centralizados existen sanciones

aplicadas mismas que reducen el registro del gasto pagado”.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no

presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no verificar que el importe del registro del momento contable del gasto pagado

correspondiera al monto erogado de sus recursos con cargo al capítulo 1000 “Servicios

Personales”, la OM incumplió los artículos 126 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal y el 121 de su Reglamento, vigentes en 2015.

El artículo 126 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente

en 2015, establece:

“Será responsabilidad de las Unidades Responsables de Gasto la confiabilidad de las

cifras consignadas en la contabilidad.”

El artículo 121 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, vigente en 2015, establece lo siguiente:

“El registro presupuestal de las operaciones será responsabilidad de las Unidades

Responsables del Gasto y se efectuará en las cuentas que para tal efecto designe la

Secretaría, las cuales reflejarán, entre otros, los siguientes momentos contables:

ingreso estimado, modificado, devengado y recaudado, así como presupuesto aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, en términos de la normatividad

aplicable.”

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La SEFIN realizó los registros presupuestales de los momentos contables de los gastos

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de la OM con cargo

a su presupuesto de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”, de

conformidad con lo establecido en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012

y vigente en 2015, sin considerar el presupuesto de los entes de la Ciudad de México que

se adhirieron a las compras consolidadas que la OM realizó con cargo a dichos capítulos.

Los registros contables reflejaron cada uno de los momentos contables del gasto y la evolución

presupuestal de dichos capítulos.

No se identificaron pagos de adeudos de ejercicios anteriores.

Se constató que las Direcciones Generales de Administración, de Recursos Materiales y Servicios

Generales, y de Administración y Desarrollo de Personal de la OM elaboraron CLC, documentos

múltiples y afectaciones programático-presupuestales relativos a los recursos con cargo a los

capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y a las compras consolidadas de

estos capítulos. Dicha documentación fue elaborada por el personal autorizado mediante los

oficios núms. OM/0508/2014 del 31 de diciembre de 2014; OM/DGRMSG/0012/2015 y

OM/DGRMSG/0013/2015 del 6 de enero de 2015; OM/DGRMSG/0024/2015 del 8 de enero

de 2015; OM/DGA/0070/2015 y OM/DGA/0071/2015 del 12 de enero de 2015;

OM/DGRMSG/1097/2015 y OM/DGRMSG/1098/2015 del 3 de julio de 2015; OM/DGRMSG/1128/2015

y OM/DGRMSG/1129/2015 del 8 de julio de 2015; OM/DGRMSG/1186/2015 del 17 de julio de 2015.

Se concluye que el registro del momento contable del gasto pagado del capítulo 1000

“Servicios Personales” fue menor en 193,544.2 miles de pesos en relación con el gasto ejercido

en dicho capítulo y lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015; y el

registro del momento contable del gasto pagado del capítulo 3000 “Servicios Generales” fue

superior en 52,224.8 miles de pesos del gasto ejercido por la dependencia y lo reportado

en Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, en el Informe Final de Auditoría con clave ASCM/22/14,

practicada a la OM, resultado número 3, recomendación ASCM-22-14-2-OM, se prevé

la necesidad de emitir el mecanismo de control para prevenir que el registro presupuestal

de las operaciones correspondientes al momento contable del gasto pagado que emite la

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35

Secretaría de Finanzas corresponda al monto erogado por la dependencia, por lo que se

dará tratamiento a dicha circunstancia como parte de seguimiento de la recomendación

citada.

4. Resultado

Se verificó que la OM hubiera enviado a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN las

conciliaciones programático-presupuestales de su presupuesto con cargo a los capítulos

1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” correspondiente al ejercicio de 2015

en cuanto a su presupuesto ejercido como unidad ejecutora del gasto con cargo a los capítulos

mencionados, para la integración de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, sin considerar

lo relativo al presupuesto de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las

compras consolidadas que la OM realizó con cargo a dichos capítulos.

Al respecto, mediante el oficio núm. OM/DGA/2861/2016 del 1o. de agosto de 2016, la OM

proporcionó las conciliaciones en comento.

La OM presentó con desfases las conciliaciones programático-presupuestales a la SEFIN como

se detalla a continuación:

Mes Oficio Fecha

de recepción en la SEFIN

Fecha límite según

normatividad

Días hábiles

de desfase Número Fecha

Febrero OM/DGA/1083/2015 13/III/15 23/III/15 13/III/15 5

Noviembre OM/DGA/4721/2015 4/XII/15 29/XII/15 14/XII/15 10

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó

información ni documentación que modificara la presente observación.

La OM incumplió el artículo 136, fracción I, inciso a), de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2015, que establece:

“Las Dependencias […] deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente información:

”I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente.

”a) Conciliación del ejercicio presupuestal.”

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La OM presentó las conciliaciones programático-presupuestales relacionadas con los recursos

con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” de cierre

del ejercicio. Los datos en dichas conciliaciones correspondieron con lo reportado en la Cuenta

Pública del Gobierno de la Ciudad de México del ejercicio 2015.

Se concluye que la OM remitió a la SEFIN las conciliaciones programático-presupuestales

de febrero y noviembre de 2015, con desfases de cinco a diez días hábiles.

Recomendación ASCM-21-15-5-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de control

que aseguren que las conciliaciones programático-presupuestales sean remitidas a la Secretaría de

Finanzas dentro del término que dispone la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal vigente.

Gasto Aprobado

5. Resultado

Se analizaron el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, el Programa Operativo

Anual (POA), el calendario presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del

sujeto fiscalizado con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios

Generales”, todos correspondientes al ejercicio fiscal de 2015 sin considerar los presupuestos de

los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas que realizó la OM

con cargo a dichos capítulos, con objeto de verificar que la previsión de gasto para la OM con

cargo al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014, se haya asignado

conforme a la normatividad aplicable.

1. Con el oficio núm. SFDF/SE/4337/2014 del 5 de noviembre de 2014, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó a la OM que el techo presupuestal para la elaboración de

su Anteproyecto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2015 sería de 1,067,701.2 miles

de pesos y señaló que “deberá de apegarse estrictamente al techo presupuestal comunicado,

y destinar los recursos en primer término a cubrir conceptos estrictamente indispensables

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37

para su operación, tales como Servicios Personales (nómina) y Servicios Básicos (agua,

energía, teléfono, combustibles, vigilancia, entre otros)”. Asimismo, estableció que el plazo

para la entrega del anteproyecto sería el 20 de noviembre de 2014.

Mediante el oficio núm. OM/0447/2014 del 20 de noviembre de 2014, con sello de

recibido de la misma fecha, la OM remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN

los reportes para la integración por resultados y la integración financiera del Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos de la OM 2015, generados en el Sistema de Planeación

de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP), en el plazo establecido (20 de noviembre de

2014), en cumplimiento del oficio núm. SFDF/SE/4337/2014 del 5 de noviembre de 2014.

2. Con los oficios núms. OM/DGA/3884/2014, OM/DGA/3885/2014, OM/DGA/3886/2014,

OM/DGA/3887/2014, OM/DGA/3888/2014 y OM/DGA/3889/2014 todos del 15 de septiembre

de 2014, la Dirección General de Administración de la OM solicitó a las áreas que

integraron la OM, las metas físicas calendarizadas a nivel mensual y trimestral de las

actividades institucionales, así como la descripción de las principales acciones a desarrollar

para cada actividad; que vincularan las actividades institucionales con las líneas de acción

del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal y que describieran las actividades

específicas a desarrollar; la estimación de los recursos con la justificación correspondiente

para las adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios; y que llenaran

el Marco de Política Pública previo a la integración del anteproyecto de presupuesto

de la dependencia 2015.

En respuesta, mediante los oficios núms. OM/CGAA/323/2014 del 23 de septiembre

de 2014; OM/CGAA/325/2014 y OM/DGGTIC/569/2014 ambos del 25 de septiembre de 2014;

OM/CGCS/0466/2014, OM/CGAA/0383/2014 y CGDF/CGMA/DEIEDGUEI/100/2014 del

22, 29 y 31 de octubre de 2014; OM/CGCS/489/2014, DGADP/004178/2014

y DGAD/004308/2014 del 6, 11 y 21 de noviembre de 2014, respectivamente, dichas áreas

remitieron la documentación solicitada por la Dirección General de Administración, la cual

las conjuntó para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la OM 2015

en cumplimiento de los artículos 11; 24, fracciones I y II; y 26, tercer párrafo de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.

Page 40: CLXXXIII. I F A R C P DEL G D F E · adicionales el pago de la nómina SIDEN”. ... Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

38

Asimismo, se determinó que existió congruencia entre los elementos que se consideraron

para determinar las metas físicas y financieras originadas aprobadas en el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014 y las operaciones

realizadas por la OM en 2015.

3. Con el oficio núm. SFDF/SE/0039/2015 del 5 de enero de 2015, la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN remitió a la OM el Analítico de Claves y el Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014; y le comunicó que el techo aprobado

por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) para el ejercicio de 2015 sería

de 1,067,701.2 miles de pesos. Dicho monto, que correspondió a gasto corriente, se les

asignó un monto de 722,553.7 miles de pesos y 317,312.5 miles de pesos a los capítulos

1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” respectivamente; importes que

coincidieron con el presupuesto aprobado reportado por la dependencia en el apartado

“ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” de la Cuenta Pública de la Ciudad

de México de 2015.

4. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0455/2015 del 28 de enero de 2015, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN comunicó a la OM el calendario presupuestal y el POA correspondientes

al techo presupuestal definitivo para el ejercicio fiscal de 2015, por un total de 1,067,701.2 miles

de pesos, en el cual se determinó un importe de 722,553.7 miles de pesos para el capítulo

1000 “Servicios Personales” y de 317,312.5 miles de pesos para el capítulo 3000 “Servicios

Generales”.

5. En el Analítico de Claves se asignaron recursos a 36 partidas del capítulo 1000 “Servicios

Personales” por un monto de 722,553.7 miles de pesos y 43 partidas del capítulo 3000

“Servicios Generales” por un importe de 317,312.5 miles de pesos; dichas cantidades

correspondieron al presupuesto aprobado en los citados capítulos, lo cual se constató

en el Informe de Cuenta Pública de la OM del ejercicio fiscal de 2015.

6. En relación con las compras consolidadas que realizó la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM con cargo a los capítulos 1000 “Servicios

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39

Personales” y 3000 “Servicios Generales”, la dependencia no acreditó contar con documentos

que estuvieran considerados en un procedimiento de su manual administrativo vigente

en 2015 para el control de los importes de la suficiencia presupuestal, de los montos

aprobados para ejercer, de los importes contratados de los entes de la Ciudad de México que

se adhirieron a dichas compras consolidadas así como del número de entes adheridos a

cada una de las compras consolidadas, por lo que la OM incumplió el lineamiento vigésimo

tercero, fracción III, de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos

y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015

Se concluye que la OM programó recursos con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales”

y 3000 “Servicios Generales” por 722,553.7 miles de pesos y 317,312.5 miles de pesos, importes

que coincidieron con el presupuesto aprobado que se reportó en el apartado “ECG Análisis de

Egresos por Capítulo de Gasto” de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015;

asimismo, los procesos de programación, presupuestación e integración (módulos de integración

por resultados y de integración financiera) se ajustaron a la normatividad vigente en 2015.

Sin embargo, la OM no acreditó contar con documentos para el control de los importes de

la suficiencia presupuestal, de los montos aprobados para ejercer; de los importes contratados

de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a dichas compras consolidadas

así como del número de entes adheridos a cada una de las compras consolidadas, que estuvieran

considerados en un procedimiento de su manual administrativo vigente en 2015.

Recomendación ASCM-21-15-6-OM

Es conveniente que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México implemente mecanismos

de control y coordinación que aseguren como parte de un procedimiento administrativo, que la

documentación respecto de los importes de la suficiencia presupuestal, de los montos

aprobados por ejercer, y el número de entes adheridos a cada una de las compras consolidadas,

se encuentre debidamente soportada de conformidad con los Lineamientos Generales para el

Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública

del Distrito Federal.

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40

Gasto Modificado

6. Resultado

Se analizaron las afectaciones programático-presupuestales de dichos capítulos y su

documentación soporte, a fin de verificar, en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015,

que la OM haya reportado en los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”

un presupuesto modificado por importes de 795,298.8 miles de pesos y 434,042.7 miles

de pesos, respectivamente, sin considerar el presupuesto modificado de los entes de la Ciudad

de México que se adhirieron a las compras consolidadas que la OM realizó con cargo

a dichos capítulos, al respecto, se determinó lo siguiente:

1. En el capítulo 1000 “Servicios Personales”, la dependencia reportó un presupuesto aprobado

de 722,553.7 miles de pesos, al cual le realizó las siguientes adecuaciones presupuestarias:

36 adiciones compensadas por un monto de 68,278.2 miles de pesos, 148 adiciones

líquidas por un importe de 98,651.3 miles de pesos, 1,158 ampliaciones compensadas

por un monto de 297,515.1 miles de pesos, 413 ampliaciones líquidas por un importe de

134,254.7 miles de pesos, 1,274 reducciones compensadas por un monto de 435,800.9 miles

de pesos y 334 reducciones líquidas por un importe de 90,153.3 miles de pesos; en

consecuencia, el presupuesto se incrementó en 72,745.1 miles de pesos para quedar

en un presupuesto modificado de 795,298.8 miles de pesos, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe

Parcial Subtotal Total

Presupuesto aprobado

722,553.7

Adiciones compensadas (36) 68,278.2

Adiciones líquidas (148) 98,651.3

Ampliaciones compensadas (1,158) 297,515.1

Ampliaciones líquidas (413) 134,254.7

Subtotal

598,699.3

Reducciones compensadas (1,274) (435,800.9)

Reducciones líquidas (334) (90,153.3)

Subtotal (3,363)

(525,954.2) 72,745.1

Presupuesto modificado 795,298.8

Presupuesto ejercido 795,298.8

Diferencia

0.0

Page 43: CLXXXIII. I F A R C P DEL G D F E · adicionales el pago de la nómina SIDEN”. ... Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

41

Se constató que los montos de los presupuestos aprobado (722,553.7 miles de pesos),

modificado (795,298.8 miles de pesos) y ejercido (795,298.8 miles de pesos) del capítulo

1000 “Servicios Personales” coincidieron con lo reportado por la OM en la Cuenta Pública

de la Ciudad de México de 2015.

Los 3,363 movimientos derivaron de 79 afectaciones programático-presupuestarias

del capítulo 1000 “Servicios Personales” y de su análisis se determinó que las principales

causas para su realización fueron solicitudes para pagar la nómina de los trabajadores de

la OM, la contratación de personal eventual y para modificar el calendario presupuestal a

las necesidades de gasto de la dependencia.

Se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias y se determinó que las

principales justificaciones por las que la OM modificó el presupuesto aprobado del capítulo

1000 “Servicios Personales” fueron las siguientes:

(Miles de pesos)

Tipo de adecuación

presupuestaria Importe Concepto

Adiciones compensadas 68,278.2 Para adecuar el presupuesto a las necesidades de gasto de la OM;

para pagar entre otras cosas: la nómina del Programa de Estabilidad

Laboral, los gastos de titulación del personal de la OM y el Programa de

Separación Voluntaria 2015; así como para la compra consolidada

de vales de despensa para el personal de base y técnico operativo de

la OM; para apoyar económicamente al Sindicato Único de Trabajadores

del Distrito Federal; y para contratar personal para el Centro de Información

de la Ciudad de México.

Adiciones líquidas 98,651.3 Para cubrir la nómina de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de

2015 del personal de base, de lista de raya y de estructura; para

apoyar económicamente a las 40 secciones sindicales y al Comité

Ejecutivo General del Sindicato de Trabajadores del Distrito Federal

para las festividades de fin de año; para el pago único extraordinario

del personal de honorarios asimilables a salarios y el pago del seguro

colectivo de retiro.

Ampliaciones compensadas 297,515.1 Para pagar principalmente la nómina del Sistema Integral Desconcentrado

de Nómina (SIDEN) de la segunda quincena de marzo de 2015,

los vales del estímulo por el día internacional de la mujer, el obsequio

del Día del Padre, el vestuario administrativo del personal de base,

el otorgamiento de recompensas 2015, los gastos de titulación del

personal de la OM y el Fondo de Ahorro y Fondo del Trabajo; así

como para contar recursos para el pago centralizado por concepto

de aportaciones de seguridad social y cuotas obreras a favor del

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores

del Estado (ISSSTE).

Continúa…

Page 44: CLXXXIII. I F A R C P DEL G D F E · adicionales el pago de la nómina SIDEN”. ... Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

42

… Continuación

Tipo de adecuación

presupuestaria Importe Concepto

Ampliaciones líquidas 134,254.7 Para contar con recursos para el pago de nómina de octubre, noviembre

y diciembre del personal de base, lista de raya y estructura de la OM.

Reducciones compensadas (435,800.9) Para pagar la nómina del Programa de Estabilidad Laboral, la segunda

quincena de marzo y agosto así como la primera quincena de

septiembre del SIDEN, los vales del estímulo por el día internacional de la

mujer y el Premio Nacional de Antigüedad el cual se otorga cada

año al personal de base de la OM.

Reducciones líquidas (90,153.3) Se realizaron debido a que existieron recursos que no se ejercieron del

capítulo en revisión toda vez que la nómina se ejerció con afectaciones

líquidas por tanto se generaron remanentes; el área consolidadora

no ejerció el recurso asignado para el pago de las aportaciones al

sistema de retiro o a la administradora de fondos para el retiro

y ahorro solidario y la proyección de vales de despensa no entregados

en su totalidad lo cual generaron remanentes.

Mediante nota informativa del 1o. de agosto de 2016, la Dirección de Recursos Financieros

de la Dirección General de Administración de la OM informó que las variaciones en

el ejercicio del gasto del capítulo 1000 “Servicios Personales” se debieron a que “durante el

ejercicio se fueron tramitando adecuaciones presupuestales para adecuar la disponibilidad

a las erogaciones correspondientes al pago de las quincenas y nominas especiales.

En este mismo sentido a partir del mes de septiembre se comenzó a atender el déficit

de origen con recursos adicionales originando un aumento en el presupuesto”. Lo anterior

evidencia una planeación deficiente.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó

información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no contar con un proceso de planeación eficiente, la OM incumplió los artículos 77

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 37, fracción IV, de su

Reglamento vigentes en 2015, que establecen:

“Artículo 77.- Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan

un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de las vertientes de gasto a cargo

de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, mismas

que tomarán en cuenta:

”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos

y metas que lleven a cabo mensualmente, y

Page 45: CLXXXIII. I F A R C P DEL G D F E · adicionales el pago de la nómina SIDEN”. ... Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

43

”II. Las situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidan en el desarrollo

de las funciones.”

El artículo 37 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente en su fracción IV

establece:

“Artículo 37.- En la elaboración de sus respectivos calendarios presupuestarios, las

dependencias […] deberán estar a lo siguiente: […]

”IV. Se procurará una presupuestación eficiente que reduzca las solicitudes de Adecuaciones

Presupuestarias.”

2. En el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la OM reportó un presupuesto aprobado de

317,312.5 miles de pesos, al cual le realizó las siguientes adecuaciones presupuestarias: 24

adiciones compensadas por un monto de 82,474.3 miles de pesos, 17 adiciones líquidas por

un importe de 97,911.9 miles de pesos, 547 ampliaciones compensadas por un monto

de 244,763.4 miles de pesos, 610 reducciones compensadas por un monto de

268,300.2 miles de pesos y 169 reducciones líquidas por un importe de 40,119.2 miles

de pesos; por ello, que el presupuesto se incrementó en 116,730.2 miles de pesos para

quedar en un presupuesto modificado de 434,042.7 miles de pesos, como se detalla a

continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe

Parcial Subtotal Total

Presupuesto aprobado

317,312.5

Adiciones compensadas (24) 82,474.3

Adiciones líquidas (17) 97,911.9

Ampliaciones compensadas (547) 244,763.4

Subtotal

425,149.6

Reducciones compensadas (610) (268,300.2)

Reducciones líquidas (169) (40,119.2)

Subtotal (1,367)

(308,419.4) 116,730.2

Presupuesto modificado 434,042.7

Presupuesto ejercido 434,042.7

Diferencia

0.0

Page 46: CLXXXIII. I F A R C P DEL G D F E · adicionales el pago de la nómina SIDEN”. ... Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

44

Se constató que los montos de los presupuestos aprobado (317,312.5 miles de pesos),

modificado (116,730.2 miles de pesos) y ejercido (116,730.2 miles de pesos) del capítulo

3000 “Servicios Generales” coincidieron con lo reportado por la OM en la Cuenta Pública

de la Ciudad de México de 2015.

Los 1,367 movimientos derivaron de 105 afectaciones programático-presupuestarias

del capítulo 3000 “Servicios Generales” y cuyas principales causas para su realización

fueron la necesidad de la dependencia para dictaminar lo relativo al Impuesto sobre Nóminas,

la liberación de los recursos con dígito 2 “consolidados” y que se adecuaron los recursos

a las necesidades de la dependencia.

3. Se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias, y se determinó que las

principales justificaciones por las que la OM modificó el presupuesto aprobado del

capítulo 3000 “Servicios Generales” fueron las siguientes:

(Miles de pesos)

Tipo de adecuación presupuestaria

Importe Concepto

Adiciones compensadas 82,474.3 Para adecuar el presupuesto a las necesidades actuales del gasto del fondo revolvente y cubrir las necesidades de las diferentes áreas de la OM, para que la Coordinación General de Comunicación Social tuviera recursos para la contratación de medios de comunicación, para pagar pasajes y viáticos de diversas comisiones oficiales, realizar el pago de marchas del personal adscrito a la OM; y contratar los servicios de dictaminación de Impuesto sobre Nóminas.

Adiciones líquidas 97,911.9 Para contratar servicios a través de Internet para la publicación de programas y servicios gubernamentales, pago de las nóminas extraordinarias del personal de honorarios y la nómina de aguinaldo de personal de base, de lista de raya y de estructura de la OM.

Ampliaciones compensadas

244,763.4 Para adecuar el presupuesto a las necesidades del gasto y pagar el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y los Derechos por el refrendo de la vigencia anual de placas y de matrícula; para el fondo revolvente; y el pago de la renta de estacionamientos para los vehículos oficiales.

Reducciones compensadas

(268,300.2) Para el pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y los Derechos por el refrendo de la vigencia anual de placas y de matrícula; y adecuar el presupuesto a las necesidades del gasto de acuerdo a la proyección de cierre del ejercicio 2015 de las partidas centralizadas en las cuales se determinó superávit para la conclusión del ejercicio fiscal 2015 de conformidad con lo señalado en el oficio núm. OM/DGRMSG/DSST/1968/2015 emitido por la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM.

Reducciones líquidas (40,119.2) Se dejaron de ejercer recursos de la partida 3982 “Otros Impuestos derivados de una Relación Laboral”; los recursos con digito 2 “consolidado” fueron liberados por área consolidadora para reducir los servicios de vigilancia, de difusión por radio, televisión y otros medios de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales.

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45

Mediante nota informativa del 1o. de agosto de 2016, la Dirección de Recursos Financieros

de la Dirección General de Administración de la OM informó que las variaciones en el

ejercicio del gasto del capítulo 3000 “Servicios Generales” se debieron “a la necesidad

de la Coordinación General de Comunicación Social en llevar acabo un aumento en

actividades en cuanto a la difusión del quehacer Gubernamental en diferentes medios

de comunicación por medio de la información de campañas, programas o acontecimientos

relevantes en beneficio de los habitantes de esta ciudad”; así como para pagar

los reconocimientos que otorga el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México a visitantes

distinguidos Nacionales e Internacionales.

La OM incrementó su presupuesto aprobado (317,312.5 miles de pesos) para el del

capítulo 3000 “Servicios Generales” en 116,730.2 miles de pesos mediante afectaciones

programático-presupuestales, sin reflejar un proceso de planeación eficiente, principalmente

en la contratación de los servicios de medios de comunicación.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó

información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no contar con un proceso de planeación eficiente, la OM incumplió los artículos 77

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 37, fracción IV, de su

Reglamento vigentes en 2015.

Los 4,730 movimientos de las adecuaciones presupuestaria de los capítulos 1000 “Servicios

Personales” (3,363 movimientos) y 3000 “Servicios Generales” (1,367 movimientos) se ampararon

con 184 afectaciones programático-presupuestarias que realizó la OM por medio del sistema

electrónico de la SEFIN, en cumplimiento del artículo 78 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015, y que fueron autorizadas por conducto de la

Dirección General de Egresos “B” y la Dirección de Análisis Sectorial “F” de la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN, en cumplimiento de los artículos 68, fracción V; y 71, fracción VI,

del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2015;

y de la Sección Tercera “Adecuaciones Presupuestarias”, numeral 72, último párrafo, Apartado A

“Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”, numeral 79; y Apartado B “Adecuaciones

Presupuestarias Líquidas”, numeral 83, del Manual de Reglas y Procedimientos para

el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012, vigente en 2015.

Page 48: CLXXXIII. I F A R C P DEL G D F E · adicionales el pago de la nómina SIDEN”. ... Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

46

Se constató que las afectaciones programático-presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

Personales” y 3000 “Servicios Generales” fueron elaboradas, justificadas, autorizadas y tramitadas

por los servidores públicos facultados para ello.

En el capítulo 1000 “Servicios Personales”, la OM programó originalmente recursos en

36 partidas por un monto de 722,553.7 miles de pesos y se ajustó al techo presupuestal aprobado

para dicho capítulo (722,553.7 miles de pesos). Mediante afectaciones programático-

presupuestales, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de

la Administración Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal del 4 de diciembre de 2012, vigente en 2015, la dependencia incrementó su

presupuesto en 72,745.1 miles de pesos, con lo cual su presupuesto modificado ascendió

a 795,298.8 miles de pesos, los cuales ejerció en su totalidad. Dichas cantidades correspondieron al

presupuesto autorizado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado del citado

capítulo.

En el capítulo 3000 “Servicios Generales” la dependencia programó originalmente recursos en

43 partidas por 317,312.5 miles de pesos y se ajustó al techo presupuestal aprobado del

citado capítulo (317,312.5 miles de pesos). Mediante afectaciones programático-presupuestales,

conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de la

Administración Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal del 4 de diciembre de 2012, vigente en 2015, la OM incrementó su presupuesto

por un importe de 116,730.2 miles de pesos, con lo cual su presupuesto modificado ascendió a

434,042.7 miles de pesos, cantidad que fue ejercida en su totalidad por la dependencia. Dichas

cantidades correspondieron a los presupuestos autorizado, modificado, comprometido, devengado,

ejercido y pagado del capítulo 3000 “Servicios Generales”.

Se concluye que las adecuaciones presupuestarias realizadas a los presupuestos aprobados de

los capítulos 1000 “Servicios Personales” (3,363 adecuaciones) y 3000 “Servicios Generales”

(1,367 adecuaciones) contaron con las justificaciones correspondientes (oficios de solicitud de

adecuaciones presupuestarias, circulares de cierre de ejercicio, entre otros documentos);

y que los incrementos realizados a los presupuestos aprobados no reflejaron un proceso

de programación eficiente.

Page 49: CLXXXIII. I F A R C P DEL G D F E · adicionales el pago de la nómina SIDEN”. ... Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios

47

Asimismo, que las cifras de los presupuestos modificados por un monto de 795,298.8 miles

de pesos del capítulo 1000 “Servicios Personales” y de 434,042.7 miles de pesos del capítulo

3000 “Servicios Generales”, coincidieron con las reportadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de

México de 2015.

Recomendación ASCM-21-15-7-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de control a

efecto de que se realice una planeación adecuada, así como una programación eficiente

de los recursos, y evite incrementos de los presupuestos aprobados, de conformidad al Manual de

Programación-Presupuestación para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos y el Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigentes.

7. Resultado

Al analizar el PAAAPS de la OM correspondiente al ejercicio fiscal de 2015 y sus modificaciones

(sin considerar el PAAAPS de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las

compras consolidadas que realizó la OM en 2015 con cargo a los capítulos 1000 “Servicios

Personales” y 3000 “Servicios Generales”), proporcionados por la OM, mediante el oficio

núm. OM/DGA/2872/2016 del 2 de agosto de 2016, se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. OM/DGA/0200/2015 del 20 de enero de 2015, la Dirección General

de Administración de la OM remitió el PAAAPS de 2015, a la Dirección General de Política

Presupuestal de la SEFIN, con copia al titular de la OM, en cumplimiento de los artículos 19,

primer párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 14 de su reglamento,

ambos vigentes en 2015.

2. Mediante el oficio núm. DGPP/0262/2015 del 23 de enero de 2015, la Dirección General

de Política Presupuestal de la SEFIN comunicó a la Dirección General de Administración de

la OM la validación presupuestal del PAAAPS de 2015, por un importe de 340,233.7 miles

de pesos, de los cuales a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios

Generales” les correspondieron un monto de 52,989.9 miles de pesos y 259,468.9 miles

de pesos, respectivamente.

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48

3. La OM publicó su PAAAPS de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero

de 2015, en cumplimiento del artículo 19, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2015; sin embargo, el monto publicado fue por

340,223.7 miles de pesos, es decir, 10.0 miles de pesos menos que el monto autorizado

por la SEFIN (340,233.7 miles de pesos).

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado

no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no verificar que el monto del PAAAPS publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 30 de enero de 2015 correspondiera al monto autorizado por la SEFIN,

la OM incumplió el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2015, que indica:

“Las dependencias […] enviarán a la Secretaría con copia a la Oficialía, su Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, para su validación

presupuestal con apego al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

del Ejercicio Fiscal correspondiente.”

4. Con el oficio núm. OM/DGA/0307/2015 del 27 de enero de 2015, la Dirección General

de Administración de la OM envió el PAAAPS 2015 a la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM, en cumplimiento del numeral 4.2.1, segundo

párrafo, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo

de 2014, vigente en 2015.

5. La Dirección General de Administración de la OM, en la primera sesión ordinaria del

Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la OM celebrada

el 13 de febrero de 2015, presentó los montos de actuación de la dependencia para el

ejercicio fiscal de 2015; asimismo, presentó el PAAAPS a dicho Subcomité en cumplimiento

del numeral 4.1.8, fracción IX, de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

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de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015.

6. Los Informes trimestrales del PAAAPS de 2015 (sin considerar las operaciones de los

entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas que realizó

la OM en 2015) fueron presentados a la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la OM en los plazos establecidos de conformidad con lo dispuesto

en el numeral 4.2.1, último párrafo, de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2015), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 18 de septiembre de 2015, vigente en 2015.

La información de las modificaciones trimestrales del PAAAPS de 2015 incluyó la adquisición

de vales de fin de año y las contrataciones de servicios seleccionadas en la muestra de

auditoría en las que la OM se adhirió para el ejercicio de los recursos en los capítulos

1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”.

7. Los informes de enero a diciembre de 2015 de las adjudicaciones directas e invitaciones

restringidas realizadas por la OM con fundamento en los artículos 54 y 55 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015 fueron presentados a la SEFIN, con

copia a la Contraloría Interna en la OM y al titular de OM, en los plazos establecidos

en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015.

8. Mediante los oficios núms. OM/DGA/2726/2015 y OM/DGA/83/2016 del 10 de julio de 2015

y 8 de enero de 2016, respectivamente, la Dirección General de Administración de la OM

envió al Secretario Ejecutivo del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal los informes

semestrales de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del sujeto

fiscalizado del ejercicio de 2015, a fin de que fueran analizados por dicho Comité, en

cumplimiento del artículo 21, fracciones IX y XII, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2015.

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50

Se concluye que la Dirección General de Administración de la OM no verificó que el PAAAPS

de 2015 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2015 correspondiera

al monto informado por la SEFIN a la OM.

Recomendación ASCM-21-15-8-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de

control para asegurar que el monto del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero

de 2015 corresponda al autorizado por la Secretaría de Finanzas, en cumplimiento de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Gasto Comprometido

8. Resultado

A fin de verificar si la OM realizó, en el ejercicio fiscal de 2015, compras consolidadas de

los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” mediante los oficios

núms. ACF-A/16/0639 y ACF-A/16/0788 del 4 de julio de 2016 y 31 de agosto de 2016,

se solicitó a la dependencia que informara las citadas compras consolidadas y los contratos

consolidados que formalizó. Al respecto, mediante los oficios núms. OM/DGAJ/0206/2016,

OM/DGRMSG/1651/2016, OM/DGA/2861/2016 del 1 de agosto; OM/DGA/2872/2016 del

2 de agosto; OM/DGAJ/0213/2016 del 8 de agosto; OM/DGRMSG/1774/2016 del 12 de agosto;

OM/DGRMSG/1875/2016 del 25 de agosto; OM/DGRMSG/1913/2016 del 30 de agosto,

y; OM/DGRMSG/1971/2016 del 5 de septiembre todos de 2016, la OM proporcionó la

información requerida y de su análisis se determinó lo siguiente:

En 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

realizó compras consolidadas por las que comprometió mediante contratos consolidados

y convenios modificatorios consolidados formalizados por la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM un monto de 5, 339,610.3 miles de pesos con cargo

a los capítulos 1000 “Servicios Personales” (3, 972,159.3 miles de pesos) y 3000 “Servicios

Generales” (1, 367,451.0 miles de pesos).

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Se seleccionaron para su revisión las compras consolidadas de vales relativos al estímulo

de fin de año para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondiente

al ejercicio fiscal 2015; y a la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales

y de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015.

De la compra consolidada de vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del

Gobierno de la Ciudad de México con cargo a la partida 1541 “Vales”, se determinó revisar un

monto de 3,003,977.8 miles de pesos que representó el 97.6% de dicha compra (3,078,450.6 miles

de pesos) y el 56.2% del total de las compras consolidadas con cargo a los capítulos 1000

“Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” (5,339,610.3 miles de pesos).

De la compra consolidada del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del

Gobierno de la Ciudad de México, se determinó revisar un monto de 974,960.0 miles

de pesos, que representó el 65.9% del total contratado en seguros de forma consolidada

(1,478,415.5 miles de pesos) y el 18.2% del total de las compras consolidadas con cargo

a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” (5,339,610.3 miles de

pesos), como se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Concepto

Importe Porcentaje de la muestra

respecto al total contratado

Contratado Muestra

Seguro de vida institucional 842,207.8 701,355.5 47.4

Seguro colectivo de retiro 51,500.9 9,901.6 0.7

Seguro integral de bienes patrimoniales 263,784.6 263,702.9 17.8

Seguro de vehículos 231,484.4 0.0 0.0

Seguro de accidentes personales 51,563.0 0.0 0.0

Seguro contra daños a semovientes 28,936.4 0.0 0.0

Seguro de daños a aeronaves (helicópteros) 8,938.4 0.0 0.0

Total 1,478,415.5 974,960.0 65.9

Se determinó revisar un monto de 701,355.5 miles de pesos del seguro de vida institucional por

con cargo a la partida 1441 “Primas por seguro de vida del personal civil”; un importe de

9,901.6 miles de pesos del seguro colectivo de retiro por con cargo a la partida 1443 “Primas

por seguro de retiro del personal al servicio de las unidades responsables del gasto del Distrito

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Federal”; y 263,702.9 miles de pesos del seguro integral de bienes patrimoniales por un importe

de con cargo a la partida 3451 “Seguro de bienes patrimoniales”.

La cantidad que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

comprometió en los contratos seleccionados para su revisión se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Contratos y convenios modificatorios consolidados Importe (IVA incluido)

Número Concepto Proveedor Contrato (monto máximo)

Pagado

Compra consolidada de vales de fin de año

DA-12-2015 Vales de fin de año Sí Vale México, S.A. de C.V. 3,078,450.6* 3,003,977.8

Compra consolidada de seguros

DAS-12-2015 Seguro colectivo de retiro

Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. 51,500.9** 22,921.6

DAS-13-2015 Seguro integral (bienes muebles e inmuebles y a la infraestructura urbana)

Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte 263,784.6 263,611.8

DAS-17-2015 Seguro de vida institucional Seguros Atlas, S.A. 842,207.8* 701,355.5

Total 4,235,943.9 3,991,866.7

* El importe de los contratos en revisión no causaron Impuesto al Valor Agregado (IVA). ** El importe incluye los convenios modificatorios consolidados núms. DA-12-2015-C1 y DA-12-2015-C3 y tampoco causó IVA.

La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM realizó la

compra consolidada de vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del

Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2015 mediante la licitación

pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15 con acta de fallo del 2 de diciembre

de 2015 y de la que derivó el contrato administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015

y los convenios modificatorios consolidados núms. DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2,

DA-12-2015-C3 y DA-12-2015-C4 por un monto máximo de 3,078,450.6 miles de pesos.

Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. DGADP/004233/2015 del 27 de octubre de 2015, la Dirección

General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM, solicitó a la Dirección General

de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM, el inicio del procedimiento

para la adquisición consolidada de vales relativos al estímulo de fin de año para los

trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2015 por

un monto máximo a contratar de 3,300,000.0 miles de pesos.

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2. La Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM dio el visto bueno al estudio de precios de vales de fin de año

para el ejercicio 2015, previo al proceso de la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-010-15 con la cotización del 17 de noviembre de 2015 del proveedor

Sí Vale México, S.A. de C.V., en cumplimiento del numeral 4.8.1, fracción II de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2015), publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015, vigente en 2015.

Al respecto, se determinó lo siguiente:

a) Mediante los oficios núms. OM/DGRMSG/DA/1013/2015, OM/DGRMSG/DA/1014/2015,

OM/DGRMSG/DA/1015/2015 y OM/DGRMSG/DA/1016/2015 todos del 17 de noviembre

de 2015, la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la OM solicitó cotizaciones a cuatro empresas para realizar

el estudio de precios de los vales de fin año 2015. El proveedor Sí Vale México,

S.A. de C.V., fue el único en proporcionar su cotización.

Con el oficio núm. SFDF/SE/3944/2015 del 21 de octubre de 2015, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN estableció que la fecha límite para que las dependencias,

órganos desconcentrados, entidades y delegaciones de la Administración Pública

del Distrito Federal establecieran compromisos con cargo al capítulo 1000 “Servicios

Personales” sería el 31 de diciembre de 2015; así como el envío de los reportes de

compromiso a dicha Subsecretaría sería el 31 de diciembre de 2015. Por ello la Dirección

de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de

la OM solicitó las cotizaciones para la elaboración del estudio de mercado dentro

del plazo establecido para comprometer recursos debido a que la compra consolidada de

vales de fin de año se registró en la partida 1541 “Vales” del capítulo 1000 “Servicios

Personales”.

b) El estudio de mercado especificó la fecha de su elaboración, el precio promedio

de los precios ofertados, nombre y firma de los servidores públicos que lo elaboraron

y lo autorizaron, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.8.2, fracciones I, III y V

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54

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno, 2015), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre

de 2015, vigente en 2015.

3. Se adhirieron 76 entes de la Ciudad de México a la compra consolidada de vales de

fin de año 2015 mediante el oficio correspondiente dentro del plazo establecido de acuerdo

con el lineamiento trigésimo sexto, inciso a), de los Lineamientos por medio de los cuales

se otorga el Estímulo de Fin de Año a través de Vales para el Ejercicio 2015, publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de noviembre de 2015 y de la circular

núm. DGADP/000085/2015 del 27 de octubre de 2015 y su alcance correspondiente,

numeral 1, emitido por la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal

de la OM.

4. En la revisión de la suficiencia presupuestal para la compra consolidada de vales de fin

de año 2015, se determinó lo siguiente:

a) Los entes de la Ciudad de México informaron el monto de la suficiencia presupuestal

con la que contaban para adherirse a dicha compra indicando la clave presupuestal a la

que se le aplicaron los cargos derivados de la citada compra consolidada en cumplimiento

de la circular núm. DGADP/000085/2015 del 27 de octubre de 2015, numeral 3,

que emitió la citada Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal

relativa a los requisitos para adherirse a la mencionada compra consolidada

y del numeral 17, inciso a), de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición

o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración

Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos, publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011, vigente en 2015.

Asimismo, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de OM

verifica mediante la consulta en el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

(GRP SAP) el monto de la suficiencia con el que contaron dichos Entes.

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b) Las Direcciones Generales de Administración y Desarrollo de Personal y de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM acreditaron la copia certificada de la

suficiencia presupuestal de los entes de la Ciudad de México, y con ella se cumplió al

lineamiento trigésimo sexto, inciso c) de los Lineamientos por medio de los cuales

se otorga el Estímulo de Fin de Año a través de Vales para el Ejercicio 2015,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de noviembre de 2015.

c) Se revisaron los oficios de adhesión a la compra consolidada de vales que proporcionó

la OM y los remitidos por los 76 entes de la Ciudad de México que se adhirieron a la

compra consolidada de vales de fin de año 2015, así como los formatos de consulta de

suficiencia presupuestal en el GRP-SAP que remitió la OM. Al respecto, se determinó

que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

acreditó la suficiencia presupuestal para cubrir los compromisos que formalizó mediante

los contratos y convenios modificatorios consolidados de la compra consolidada de vales

de fin de año 2015, y cumplió lo dispuesto en los artículos 51, fracción I; y 54, fracción IV,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.

Asimismo, se constató que la suficiencia presupuestal de los entes de la Ciudad de

México cumplieron lo señalado en el numeral 17 de los Lineamientos Generales para

Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado

en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de

Pagos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011,

vigente en 2015.

d) Los entes de la Ciudad de México de los cuales las Direcciones Generales de

Administración y Desarrollo de Personal (área requirente) y de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la OM proporcionaron información sobre el monto de la

suficiencia presupuestal con la que contaban para adherirse a la compra consolidada

de vales de fin de año fueron en atención a lo dispuesto en el numeral 10, incisos b),

fracción IV y c), apartado Normas y Criterios de Operación del procedimiento

administrativo “Adquisición Consolidada a través de Licitación Pública” del Manual

Administrativo de la OM núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015.

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5. Por tratarse de una licitación pública, el Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal no

dictaminó la compra consolidada de vales de fin de año 2015, con fundamento en el artículo

21, fracción VI, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015.

6. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM publicó

la convocatoria núm. 010 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de noviembre

de 2015, relativa a la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15

para la adquisición de vales de despensa relativos al estímulo de fin de año para los

trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2015, en

cumplimiento de los artículos 32 y 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2015.

7. La citada convocatoria núm. 010 reunió los requisitos que estableció el artículo 32 de

la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015; sin embargo, no precisó que

se convocaba a todos los interesados a fin de conseguir los mejores precios y condiciones

de entrega por parte de los proveedores.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó

información ni documentación que modificara la presente observación.

Por ello la OM incumplió el numeral 4.3.1, fracción IV, de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2015), publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015, que establece:

“Adicionalmente a lo dispuesto en el artículo 32 de la LADF, para la elaboración

de convocatorias a licitación pública, se considerará lo siguiente: […]

”IV. Precisar que se convoca a todos los interesados, con la finalidad de conseguir mejores

precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores.”

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8. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM publicó

en su página de internet la descripción genérica de los vales a adquirir, los anexos y en su

caso, la ficha técnica correspondiente, cuando menos un día hábil antes de la publicación de

la convocatoria, por lo que la OM cumplió el numeral 4.3.2 de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2015), publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.

9. Las bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15 para la

adquisición de vales de despensa relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del

Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2015 reunieron los

requisitos establecidos en los artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y 37 de su reglamento, vigentes en 2015, así como lo establecido en los numerales

4.4.1, 4.4.2, 4.4.4, 4.4.5 y 4.4.6 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno, 2015), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 18 de septiembre de 2015.

10. La Subdirección de Compras Consolidadas de la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la OM emitió los formatos “Comprobante de Pago de Bases”

el 24 de noviembre de 2015 a los participantes Sí Vale México, S.A. de C.V.,

y EdenRed, S.A. de C.V., por un total de 8.0 miles de pesos; y acreditó el pago de las

bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15 mediante el

acuse del depósito realizado por los participantes, por lo que la OM dio cumplimiento

a la actividad núm. 49 del procedimiento administrativo “Adquisición Consolidada a

través de Licitación Pública” del Manual Administrativo de la Oficialía Mayor

núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 27 de agosto de 2015, así como al numeral 7.3, incisos a) y b) de las bases de la licitación

pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15.

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58

11. El 27 de noviembre de 2015 se realizó el acto de la junta de aclaración de bases, a la

que asistieron dos participantes, los cuales realizaron 17 cuestionamientos que fueron

aclarados por la Dirección de Adquisiciones, la Subdirección de Compras Consolidadas

ambas de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales y la Jefatura

de Unidad Departamental de Prestaciones Sociales de la Dirección General de Administración

y Desarrollo de Personal, todas adscritas a la OM. Asimismo. Se realizaron modificaciones al

porcentaje requerido para la garantía de cumplimiento. Se dio a conocer el plazo para

la entrega de los vales por parte de la empresa de traslado de valores que “deberá

realizarse en los tiempos necesarios para garantizar la entrega satisfactoria de los vales en

las pagadurías del Gobierno del Distrito Federal”, la vigencia del canje de los vales

o redimirse que sería del 7 de diciembre de 2015 al 6 de diciembre de 2016. El número

de cadenas de tiendas de autoservicios para poder canjear los vales se disminuyó a tres.

Se cambió la fecha y hora del acto de fallo al 2 de diciembre de 2015 a las diecisiete horas.

Además, la dependencia entregó a los participantes copia de la citada acta.

12. El 1o. de diciembre de 2015, la Dirección de Adquisiciones, la Subdirección de Compras

Consolidadas y la Jefatura de Unidad Departamental de Control de Licitaciones todos

adscritos a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales y la

Dirección de Administración de Personal, la Subdirección de Prestaciones y la Jefatura de

Unidad Departamental de Prestaciones Sociales todos adscritos a la Dirección General

de Administración y Desarrollo de Personal, servidores públicos de la OM realizaron el

acto de presentación y apertura de las propuestas en cumplimiento del numeral 8.2 “Primera

Etapa: Acto de Presentación y Apertura de la Propuesta” de las bases de la licitación

pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15. En dicho acto, el participante

que presentó su propuesta fue Sí Vale México, S.A. de C.V., y garantizó el sostenimiento

de su propuesta económica mediante póliza de fianza, en cumplimiento del numeral

4.1 “Garantía de Formalidad de la Propuesta” de las citadas bases.

Con el oficio núm. DAP/SP/14532/2015 del 1o. de diciembre de 2015, la Dirección de

Administración de Personal de la Dirección General de Administración y Desarrollo

de Personal de la OM remitió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM, el dictamen sin fecha de la evaluación de la propuesta técnica de la

citada licitación emitido por la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal

de la OM, en el cual manifestó que el participante Sí Vale México, S.A. de C.V., cumplió los

requisitos establecidos en las citadas bases.

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13. Mediante el acta de fallo del 2 de diciembre de 2015, la Dirección de Adquisiciones, la

Subdirección de Compras Consolidadas y la Jefatura de Unidad Departamental de Control

de Licitaciones todos adscritos a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales y la Dirección de Administración de Personal, la Subdirección de Prestaciones y la

Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones Sociales todos adscritos a la Dirección

General de Administración y Desarrollo de Personal, servidores públicos de la OM determinaron

que el participante Sí Vale México, S.A. de C.V., reunió los requisitos legales

y administrativos y cumplió los requisitos solicitados para la propuesta técnica y económica,

por lo que le adjudicaron el contrato abierto para la adquisición de vales relativos al estímulo

de fin de año para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al

ejercicio fiscal 2015, en cumplimiento del numeral 8.4 “Presentación de Precios más Bajos”,

de las bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15.

En los actos de junta de aclaración de bases, de presentación y apertura de propuestas

y de fallo de la citada licitación, asistió un representante de la Contraloría Interna en la

OM en cumplimiento del artículo 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2015.

14. El 3 de diciembre de 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales y la Dirección de Adquisiciones de la OM formalizaron el contrato administrativo

consolidado abierto núm. DA-12-2015 con el apoderado legal de Sí Vale México, S.A. de C.V.,

por un monto máximo de 2,783,750.4 miles de pesos (no causó IVA), por la adquisición de

vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad

de México, correspondiente al ejercicio fiscal 2015, en cumplimiento del numeral 10

“Contrato” de las bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15

y del artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015.

En la compra de vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del

Gobierno de la Ciudad de México, correspondiente al ejercicio fiscal 2015, originalmente

la OM formalizó el citado contrato por un monto máximo de 2,783,750.4 miles de

pesos (no causó IVA), y realizó cuatro convenios modificatorios consolidados abiertos

por monto máximo de 294,700.2 miles de pesos, que incrementaron la compra consolidada

a 3,078,450.6 miles de pesos, como se detalla a continuación:

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(Miles de pesos)

Número de contrato Fecha Concepto Importe

DA-12-2015 3/XII/15 Vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México. 2,783,750.4

DA-12-2015-C1 3/XII/15 Incremento derivado de los requerimientos del Sistema de Transporte Colectivo y Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal. 172,179.4

DA-12-2015-C2 4/XII/15 Ampliación en el plazo para la entrega de los vales. 0.0

DA-12-2015-C3 7/XII/15 Incremento derivado de la adhesión de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal y aumento en la cantidad de vales para el Instituto Técnico de Formación Policial. 122,520.8

DA-12-2015-C4 11/XII/15 La Secretaría de Salud del Distrito Federal solicitó que las facturas por un monto de 51,868.0 miles de pesos le sean remitidas para que realice el pago correspondiente. 0.0

Total contratos y convenios 3,078,450.6

La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM realizó

los convenios modificatorios consolidados señalados en el cuadro anterior. Las modificaciones

se debieron a que el Sistema de Transporte Colectivo y el Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia del Distrito Federal le solicitaron incrementar el número de vales

a adquirir, los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal y el Instituto Técnico

de Formación Policial le solicitaron adherirse a la compra consolidada de vales de fin de

año 2015; y la Secretaría de Salud del Distrito Federal le solicitó que las facturas por

un monto de 51,868.0 miles de pesos le fueran enviadas para que ella realizara el pago

correspondiente. Además, la empresa Sí Vale México, S.A. de C.V., derivado del incremento

en el número de vales a adquirir, le solicitó la ampliación en el plazo de la entrega de

dichos vales.

15. En la revisión de los contratos y convenios modificatorios consolidados abiertos

núms. DA-12-2015, DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2, DA-12-2015-C3 y DA-12-2015-C4

que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales y la Dirección

de Adquisiciones de la OM formalizaron con el apoderado legal de Sí Vale México,

S.A. de C.V., relativos a la compra consolidada de vales relativos al estímulo de fin de año

para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México, se determinó lo siguiente:

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a) La declaración I.6 del contrato administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015,

señala que, “en términos del artículo 28 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal se cuenta con la debida suficiencia presupuestal para cumplir con las obligaciones

que deriven del presente contrato, el cual afecta la partida presupuestal 1541

‘Vales’, conforme a lo establecido por la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal”.

Sin embargo, en dicha declaración no se estableció la autorización específica de

la suficiencia presupuestal, ni, en los convenios modificatorios consolidados abiertos

núms. DA-12-2015-C1 y DA-12-2015-C3, por lo que la OM incumplió el artículo 56,

fracción III, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente

en 2015, que establece:

“Los contratos que celebren las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones

o Entidades, contendrán como mínimo lo siguiente:

”III. La autorización específica de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso

derivado del contrato, así como la partida a afectar.”

La OM cumplió con lo establecido en el numeral 20 de los Lineamientos Generales

para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado

en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de

Pagos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011,

vigente en 2015, como se informó en los numerales 3 y 4 del presente resultado.

b) El proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V., presentó la póliza de fianza y los

endosos correspondientes en los plazos establecidos y por el 10.0% del monto

máximo contratado, sin considerar impuestos, por un total de 307,845.1 miles de pesos,

a nombre de la SEFIN, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones estipuladas

en el contrato administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015 y en los convenios

modificatorios consolidados abiertos núms. DA-12-2015-C1 y DA-12-2015-C3, en

cumplimiento del artículo 73, fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2015 y de las cláusulas décima sexta “Garantía de Cumplimiento” del

citado contrato y la cláusula cuarta y quinta para los citados convenios modificatorios.

El monto de las garantías correspondió con el determinado por este órgano de fiscalización.

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62

c) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

comprobó que el proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V., presentó a la firma del

contrato administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015 del 3 de diciembre de

2015, los originales de las constancias de no adeudos del Impuesto sobre Nóminas,

Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y Derechos por Refrendo de Vigencia

Anual y de Placas de Matrícula y Derechos por el Suministro de Agua a que estaba

obligado el proveedor emitidas por la Subtesorería de Administración Tributaria

Mina del 20 de noviembre de 2015 y por el Sistema de Aguas de la Ciudad

de México del 27 de noviembre de 2015, en cumplimiento del numeral 2.14.2

“Constancia de Adeudos”, de las bases de la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-010-15 y del artículo 51, último párrafo, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.

d) El 4 de diciembre de 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales y la Dirección de Adquisiciones de la OM formalizaron con el apoderado legal

de Sí Vale México, S.A. de C.V., el segundo convenio modificatorio al contrato

administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015-C2, mediante el cual se le otorgó

una ampliación de 8 días hábiles para la entrega de los vales a los Trabajadores

del Gobierno de la Ciudad de México.

16. Mediante los oficios núms. ACF-A/16/0822 y ACF-A/16/0823 ambos del 12 de septiembre

de 2016, la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la Contraloría

General de la Ciudad de México (CGDF) y a la Secretaría de la Función Pública (SFP)

que informaran si la empresa Sí Vale México, S.A. de C.V., se encontraba inhabilitada

para celebrar contratos con el Gobierno de la Ciudad de México.

En respuesta, con los oficios núms. CGDF/DGL/0797/2016 y DGCSCP/312/DGAS/572/2016

del 22 y 20 de septiembre de 2016, respectivamente, la CGDF y la SFP, respectivamente,

informaron que no encontraron registros de que la citada empresa estuviera inhabilitada

en 2015.

Se concluye que la OM en el estudio de mercado realizado previo a la licitación pública

nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15 relativa a la compra consolidada de vales de

fin año 2015, especificó la fecha de su elaboración, el precio promedio de los precios ofertados,

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nombre y firma de los servidores públicos que lo elaboraron y lo autorizaron; recibió los

oficios de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a dicha compra consolidada

dentro del plazo establecido. Contó con la copia certificada de la suficiencia presupuestal de los

entes de la Ciudad de México, y con suficiencia presupuestal para hacer frente de las obligaciones

que se comprometió mediante la formalización del contrato administrativo consolidado

abierto núm. DA-12-2015 y sus convenios modificatorios consolidados núms. DA-12-2015-C1

y DA-12-2015-C3. Sin embargo, en la convocatoria no se precisó que se convocaba a los

interesados, con la finalidad de conseguir los mejores precios y condiciones de entrega, y

tampoco consideró en las declaraciones contenidas en el contrato administrativo consolidado

núm. DA/2-2015 lo referente a la autorización específica de la suficiencia presupuestal.

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, el informe final de auditoría ASCM/23/14, practicada

a la OM, resultado núm. 10, recomendación ASCM-23-14-8-OM, se prevé el mecanismo

de control para garantizar que las convocatorias de la licitaciones públicas consolidadas

contengan los requisitos que establece la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno), por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia

como parte del seguimiento de la recomendación citada.

Recomendación ASCM-21-15-9-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de control

para garantizar que los contratos consolidados y convenios modificatorios que celebre especifiquen

la suficiencia presupuestal correspondiente, de conformidad con el Reglamento de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal.

9. Resultado

Se revisó la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 con acta

de fallo del 23 de diciembre de 2014 para la contratación del servicio de aseguramiento de

bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio

fiscal 2015, que fue realizada por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

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Generales de la OM y en la que se licitaron 21 partidas; asimismo, se revisaron los siguientes

contratos administrativos consolidados que derivaron de dicha licitación:

(Miles de pesos)

Contratos consolidados Importe (IVA incluido)

Número Concepto Proveedor Contrato Pagado

DAS-12-2015 Seguro colectivo de retiro Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.

51,500.9* 22,921.6

DAS-13-2015 Seguro integral (bienes muebles e inmuebles y a la infraestructura urbana)

Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte

263,784.6 263,611.8

DAS-17-2015 Seguro de vida institucional Seguros Atlas, S.A. 842,207.8* 701,355.5

Total 1,157,493.3 987,888.9

* El importe de los contratos en revisión no causaron Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En la revisión de la citada licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 y

de los contratos consolidados seleccionados como muestra de auditoría se determinó lo siguiente:

1. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM elaboró

el estudio de mercado para la contratación del servicio de aseguramiento de bienes

patrimoniales y de personal del Gobierno de la Ciudad de México del ejercicio 2015,

previo al proceso de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, en

cumplimiento del numeral 4.8.1, fracción II de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015. Al respecto, se determinó lo siguiente:

Mediante los oficios núms. OM/DGRMSG/DA/2133/2014 al OM/DGRMSG/DA/2142/2014

y del OM/DGRMSG/DA/2144/2014 al OM/DGRMSG/DA/2146/2014 todos del 10 de noviembre

de 2014, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

invitó a cotizar 13 empresas para el estudio de mercado para la contratación del

servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personal del Gobierno de la

Ciudad de México del ejercicio 2015. Al respecto, únicamente 10 empresas presentaron

su cotización.

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65

El estudio de mercado no especificó el precio promedio de los precios ofertados o de

referencia para el fallo de la citada licitación, a fin de establecer que el precio que ofertó

el participante ganador no haya sido superior a 1.3 veces el precio promedio del mercado.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no

presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por lo expuesto, la OM incumplió el numeral 4.8.1, último y ante antepenúltimo párrafos,

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular

Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014,

vigente en 2015, que establece:

“El estudio de referencia se realizará previo a cualquiera de los procedimientos

de adjudicación indicados en el artículo 27 de la LADF, y podrá ser utilizado como precio de

referencia o bien para calcular el monto de la suficiencia presupuestal. Para la determinación

del precio de referencia se tomará en cuenta el promedio de los precios cotizados […]

”Ninguna adquisición podrá autorizarse si el precio propuesto es superior a 1.3 veces

el precio promedio del mercado de la misma, a pesar de que sea la propuesta ganadora de

una licitación.”

El estudio de mercado especificó la fecha de su elaboración, el área encargada de su

emisión, nombre y firma de los servidores públicos encargados de su elaboración, revisión

y autorización, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 19, apartado Normas y Criterios

de Operación del procedimiento administrativo “Sondeo de Mercado para las Contrataciones

Consolidadas” de su manual administrativo núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014, publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015.

2. A la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del

Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015, se adhirieron 103 entes

de la Ciudad de México.

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3. En relación con los seguros colectivo de retiro, integral (bienes muebles e inmuebles y

a la infraestructura urbana) y de vida institucional seleccionados para su revisión, se determinó

lo siguiente:

a) Mediante el oficio núm. DCOF/1452/2016 del 9 septiembre de 2016, la Dirección

de Control de Obligaciones Fiscales de la Dirección General de Administración y

Desarrollo de Personal de la OM informó que se adhirieron cuatro entes de la Ciudad de

México al seguro colectivo de retiro 2015; sin embargo, mediante oficios de confirmación

de operaciones con los entes de la Ciudad de México se constató que a dicho seguro

se adhirieron nueve de ellos.

Lo anterior evidencia deficiencias de control de la Dirección General de Administración

y Desarrollo de Personal de la OM para el control y determinación del número de entes

de la Ciudad de México que se adhirieron al seguro colectivo de retiro que derivaron de la

falta de un procedimiento administrativo que estableciera los controles, documentos,

funciones, personal encargado de la adhesión, control y pago del citado seguro.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no

presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por ello la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.

b) La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM adhirió

a la contratación consolidada del seguro colectivo de retiro 2015 a los entes de la Ciudad

de México, en cumplimiento de lo dispuesto en la circular núm. DGADP/000087/2014 del

15 de septiembre de 2014.

c) Para la contratación consolidada del seguro de vida institucional 2015, la Dirección

General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM informó que se adhirieron

32 entes de la Ciudad de México. Sin embargo, mediante confirmación de operaciones

con los Entes de Gobierno de la Ciudad de México se constató que fueron 34,

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lo que denota deficiencias de control de la Dirección General de Administración

y Desarrollo de Personal de la OM para el control y determinación del número de

entes de la Ciudad de México que se adhirieron a dicho seguro y que derivaron

de la falta de un procedimiento administrativo que estableciera los controles, documentos,

funciones, personal encargado de la adhesión, control y pago del citado seguro. Por ello,

la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación

de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.

d) La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM adhirió

a la contratación consolidada del seguro de vida institucional 2015 a los entes

de la Ciudad de México dentro del plazo establecido para dicho fin, cumpliendo

lo dispuesto en la circular núm. DGADP/000087/2014 del 15 de septiembre de 2014.

e) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM informó

que se adhirieron 102 entes de la Ciudad de México al seguro integral (bienes

patrimoniales) 2015, y contó con todos los oficios y formatos de adhesión al citado

seguro. Por ello, esta entidad de fiscalización confirmó operaciones con los entes de la

Ciudad de México que se establecieron en el contrato relacionado con el seguro

en mención.

f) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM adhirió a

los entes de la Ciudad de México a la contratación consolidada del seguro integral (bienes

patrimoniales) 2015, dentro del plazo que estableció para tal fin, por lo que la OM

cumplió lo dispuesto en la circular núm. OM/DGRMSG/041/2014 del 28 de agosto de 2014.

g) En el expediente de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14,

la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM no

integró los formatos de adhesión a la contratación del servicio de aseguramiento

de bienes patrimoniales y de personas 2015 dentro del expediente antes citado, derivado

principalmente a la falta de un procedimiento administrativo que estableciera

los documentos que se debieron integrar al expediente de la licitación.

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En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado

no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por ello la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.

4. En la revisión de la suficiencia presupuestal para la realización de la licitación pública

nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 para la contratación del servicio de

aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas, se constató que la OM contó

con una suficiencia presupuestal de 2,042,417.9 miles de pesos, monto que cubrió el importe

adjudicado en el fallo del 23 de diciembre de 2014 (1,938,303.2 miles de pesos, (IVA incluido),

por lo que cumplió lo dispuesto en los artículos 51, fracción I; y 54, fracción IV, de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.

5. Por tratarse de una licitación pública, el Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito

Federal no dictaminó la compra consolidada del servicio de aseguramiento de bienes

patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio

fiscal 2015, con fundamento en el artículo 21, fracción VI, de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2015.

6. El 11 de diciembre de 2014, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

de la OM publicó la convocatoria núm. 14 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

vigente en 2015, mediante la cual invitó a los interesados a participar en la licitación

pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 para la contratación del servicio

de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de

México para el ejercicio fiscal 2015. Al respecto se determinó lo siguiente:

a) La convocatoria únicamente señaló cuatro partidas o conceptos de mayor monto

y no por lo menos cinco partidas.

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En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no

presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por ello la OM cumplió el artículo 32, fracción VII, de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2015, que establece:

“Las convocatorias podrán referirse a uno o más bienes y servicios, las cuales se

publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en los medios electrónicos que,

en su caso, determine la Oficialía para su mayor difusión y contendrán: […]

”VII. La descripción detallada de la cantidad y unidad de medida de los bienes o Servicios

que sean objeto de la Licitación, así como mención específica de por lo menos, cinco de

las partidas o conceptos de mayor monto, en su caso.”

b) En la citada convocatoria no se precisó que se citaba a todos los interesados a fin

de conseguir los mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no

presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por lo que la OM incumplió el numeral 4.3.1, fracción IV de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2014)

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente

en 2015, que establece:

“Adicionalmente a lo dispuesto en el artículo 32 de la LADF, para la elaboración de

convocatorias a licitación pública, se considerará lo siguiente: […]

”IV. Precisar que se convoca a todos los interesados, con la finalidad de conseguir

mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores.”

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c) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM publicó,

en la página de internet de la dependencia, las bases de la licitación pública nacional

consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, en cumplimiento del numeral 4.3.2 de la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo

de 2014, vigente en 2015.

7. Las bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 para la

contratación de del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas

del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015 reunieron los requisitos

establecidos en los artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 37

de su reglamento, vigentes en 2015, así como lo establecido en los numerales 4.4.1,

4.4.2, 4.4.4, 4.4.5 y 4.4.6 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015.

8. La Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM emitió 18 formatos denominados “Comprobante de Pago de Bases” con

fechas del 11(2) 12 (4) y 15 (12) de diciembre de 2014 a los participantes Seguros

Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa; Ace Seguros, S.A.; Aba Seguros, S.A. de C.V.;

Seguros de Vida Sura México, S.A. de C.V.; Metlife México, S.A.; Aseguradora Interacciones,

S.A. de C.V., Grupo Financiero Interacciones; Axa Seguros, S.A. de C.V.; General de

Seguros, S.A.B.; La Latinoamericana Seguros, S.A.; Seguros Argos, S.A. de C.V.;

Royal & Sunalliance Seguros (México), S.A. de C.V.; Seguros Afirme, S.A. de C.V., Afirme

Grupo Financiero; Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte; Grupo

Mexicano de Seguros, S.A. de C.V.; Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.;

Thona Seguros, S.A. de C.V.; Quálitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V.; y Seguros

Atlas, S.A., por un total de 72.0 miles de pesos por la venta de las citadas bases, en

cumplimiento de la convocatoria núm. 014 y de los numerales 7.1 y 7.2 de las bases

de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14.

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El participante Seguros Inbursa, S.A. Grupo Financiero Inbursa realizó el depósito

bancario a nombre de la SEFIN el 22 de diciembre de 2014, es decir, cinco días hábiles

posteriores al plazo establecido (15 de diciembre de 2014). Sin embargo, la Dirección

de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

de la OM emitió el comprobante de Pago de Bases del 11 de diciembre de 2014, por lo

que la OM incumplió el numeral 7.1 “Período de Disponibilidad y Venta de Bases” de las

bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14,

que establece:

“7.1. ‘Período de Disponibilidad y Venta de Bases’

”Las Bases estarán disponibles para su consulta y venta los días 11,12 y 15 de diciembre

de 2014…”

9. La Direcciones de Adquisiciones y de Servicios Generales, y la Subdirección de Administración

de Riesgos, Aseguramiento y Control de Servicios de la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales, así como la Subdirección de Prestaciones y la Jefatura de

Unidad Departamental de Prestaciones ambos de la Dirección General de Administración

y Desarrollo de Personal, todas adscritas a la OM, realizaron el acto de la junta de aclaración

de bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14,

a la que asistieron 10 participantes, los cuales realizaron 711 cuestionamientos. Al respecto,

se determinó lo siguiente:

a) La junta de aclaración de bases se celebró en el día y hora establecidos en las

bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, derivado

del número de cuestionamientos (711) la Dirección de Adquisiciones asistida por

la Subdirección de Control de Adquisiciones y Dictaminación de la Dirección General

de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM declaró un receso a fin de

concluir dicha junta el 17 de diciembre de 2014.

b) Las Direcciones de Adquisiciones y de Servicios Generales así como la Subdirección de

Administración de Riesgos, Aseguramiento y Control de Servicios todos de la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM, dieron contestación a

todas las preguntas presentadas por todos los participantes en forma verbal y escrita,

en cumplimiento del artículo 43, quinto párrafo de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal vigente en 2014.

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c) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM no

entregó copia del acta de la junta de aclaración de bases a cinco participantes derivada

de las modificaciones realizadas a las bases de la licitación en revisión.

Cabe señalar que en el expediente de la licitación en revisión no existió evidencia

documental de que la OM haya recibido de los participantes solicitudes de copias

del acta de la junta de aclaración de bases; requisito para que los licitantes entregaran sus

propuestas técnicas y económicas con las modificaciones realizadas a las bases

para continuar con el proceso de la licitación.

La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM, por

no entregar copia del acta de la junta de aclaración de bases, incumplió el numeral 7.4

“Modificaciones a la Convocatoria y a las Bases”, inciso b), de las bases de la licitación

pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, que establece:

“La Convocante podrá modificar aspectos establecidos en la Convocatoria y las presentes

Bases, siempre que no implique la sustitución, variación o disminución de los bienes

requeridos originalmente, las que podrán realizarse desde la publicación de la Convocatoria y

hasta la(s) Junta(s) de Aclaración a las Bases, en cuyo caso se seguirá el siguiente

procedimiento: […]

”b) Tratándose de las Bases, no será necesaria notificación personal, si derivan de

la(s) Junta(s) de Aclaración a las Bases y se entrega copia del acta respectiva a cada

uno de los licitantes que hayan adquirido las Bases, debiendo notificarse personalmente a

aquellos que habiéndolas adquirido, no asistieron a dicha Junta. La copia del acta

circunstanciada de la junta podrá obtenerse en la Unidad Departamental de Control

de Licitaciones de la Dirección de Adquisiciones, ubicada en el domicilio de la convocante.”

Asimismo, la OM incumplió el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2014, que establece:

“La inasistencia de alguno de los participantes a la junta de aclaraciones será bajo

su estricta responsabilidad, sin embargo, la Dependencia, Órgano Desconcentrado,

Delegación o Entidad de que se trate, estará obligada a entregar copia del acta que

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73

se hubiese levantado en la junta respectiva, en los términos que establece la Ley,

cuando dichos participantes acudan a sus instalaciones a solicitarla.

”En el caso de que durante la junta de aclaraciones se efectúen modificaciones a las bases

de licitación, la convocante estará obligada a entregar copia del acta correspondiente con

acuse de recibo a cada uno de los participantes que hayan adquirido las bases de

licitación, incluyendo aquellos que no hubiesen asistido a dicha junta.”

10. En el análisis del acto de presentación y apertura de propuestas de la licitación pública

nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, se determinó lo siguiente:

a) El acto de presentación y apertura de propuesta fue realizado el 19 de diciembre

de 2014, en la fecha establecida para su realización, y fue presidido por la Dirección de

Adquisiciones y por el área técnica la Dirección de Servicios Generales, ambas

áreas adscritas a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

de la OM. El acta correspondiente a referido acto, fue firmada por los asistentes

en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8.2 “Primera Etapa: Acto de Presentación

y Apertura de la Propuesta” de las bases de la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-014-14. Asimismo, la OM cumplió el artículo 43, último párrafo,

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2014.

b) En el acto de presentación y apertura de propuesta únicamente nueve licitantes entregaron

sus propuestas y la garantía de sostenimiento correspondiente al 5.0% de su propuesta.

11. Mediante el acta de fallo del 23 de diciembre de 2014, las Direcciones de Adquisiciones y de

Servicios Generales, la Subdirección de Administración de Riesgos, Aseguramiento

y Control de Servicios y la Jefatura de Unidad Departamental de Siniestro de la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales, así como la Subdirección Prestaciones

y la Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones de la Dirección General de

Administración y Desarrollo de Personal, todas de la OM determinaron que los siguientes

participantes reunieron los requisitos legales y administrativos y cumplieron los requisitos

solicitados para las propuestas técnicas y económicas y les adjudicaron las partidas en

cumplimiento del numeral 8.4 “Presentación de Precios más Bajos”, de las bases

de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14:

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(Miles de pesos)

Licitante adjudicado Partida

Importe IVA Total Número Concepto

Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.

7 Póliza de seguro colectivo de retiro (Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal) 51,500.9 0.0 51,500.9

13 Seguro de vida (Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal) 3,700.9 0.0 3,700.9

19 Seguro de vida (Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal) 3,150.9 0.0 3,150.9

Subtotal 58,352.7 0.0 58,352.7

Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte

1 Póliza de seguro integral (Gobierno del Distrito Federal) 227,400.6 36,384.1 263,784.7

Subtotal 227,400.6 36,384.1 263,784.7

Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V.

3 Póliza de seguros de semovientes (Gobierno del Distrito Federal) 24,945.2 3,991.3 28,936.5

10 Póliza de seguro integral (Metrobús) 8,995.2 1,439.2 10,434.4

15 Póliza de seguro múltiple empresarial (Red de Transporte de Pasajeros) 1,075.2 172.0 1,247.2

Subtotal 35,015.6 5,602.5 40,618.1

Seguros Afirme, S.A. de C.V., Afirme Grupo Financiero

4 Póliza de seguro de aeronaves (Gobierno del Distrito Federal) 7,705.5 1,232.9 8,938.4

21 Póliza de seguro integral (Sistema de Transporte Colectivo) 199,555.5 31,928.9 231,484.4

Subtotal 207,261.0 33,161.8 240,422.8

Quálitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V.

2 Póliza de seguro de vehículos (Gobierno del Distrito Federal) 199,555.5 31,928.9 231,484.4

11 Póliza de seguro de responsabilidad Civil (Red de Transporte de Pasajeros) 15,555.5 2,488.9 18,044.4

12 Póliza de seguro de equipo rodante (Red de Transporte de Pasajeros) 1,515.5 242.5 1,758.0

14 Póliza de seguro de administración de pérdidas de vehículos (Red de Transporte de Pasajeros) 355.6 56.9 412.5

16 Póliza de seguro de autos (Servicio de Transportes Eléctricos) 495.6 79.3 574.9

20 Póliza de seguro de vehículos y camiones (Sistema de Transporte Colectivo Metro) 2,000.6 320.0 2,320.6

Subtotal 219,478.3 35,116.5 254,594.8

Seguros Atlas, S.A. 6 Póliza de seguro de vida institucional (Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal) 842,207.8 0.0 842,207.8

17 Póliza de seguro de equipo rodante (Servicio de Transportes Eléctricos) 27,450.6 4,392.1 31,842.7

18 Póliza de seguro integral (Servicio de Transportes Eléctricos) 33,150.0 5,304.0 38,454.0

Subtotal 902,808.4 9,696.1 912,504.5

Thona Seguros, S.A. de C.V.

5 Póliza de seguro de accidentes personales de trabajadores que laboran permanente en vía pública (Gobierno del Distrito Federal) 44,450.8 7,112.1 51,562.9

8 Póliza de seguro de vida (COMISA) 635.5 0.0 635.5

9 Póliza de seguro de accidentes Personales Escolares (FEGA) 99,851.0 15,976.2 115,827.2

Subtotal 144,937.3 23,088.3 168,025.6

Total 1,795,253.9 143,049.3 1,938,303.2

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El dictamen técnico fue elaborado por la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a

Siniestros, revisado por la Subdirección de Administración de Riesgo, Aseguramiento

y Control de Servicios y autorizado por la Dirección de Servicios Generales, todas de

la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM. En él

manifestaron que los participantes señalados en el cuadro anterior cumplieron los requisitos

establecidos en las citadas bases.

En los actos de junta de aclaración de bases, de presentación y apertura de propuestas y de

fallo de la citada licitación, asistieron un representante de la Contraloría Interna en la OM y

el Jefe de Unidad Departamental de Auditoría Operativa y Administrativa “A” de la

citada Contraloría, en cumplimiento del artículo 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2015.

12. En la formalización de los contratos administrativos consolidados núms. DAS-12-2015,

DAS-13-2015 y DAS-17-2015 seleccionados para su revisión, se determinó lo siguiente:

a) El 31 de diciembre de 2014, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales y la Dirección de Servicios Generales de la OM formalizaron los contratos

administrativos consolidados núms. DAS-12-2015, DAS-13-2015 y DAS-17-2015

con los apoderados legales de Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.;

de Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte; y de Seguros Atlas, S.A.,

en cumplimiento del numeral 10 “Contrato” de las bases de la licitación pública nacional

consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 y del artículo 59 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2015, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Número de contrato

Fecha Proveedor Concepto Importe

(IVA incluido)

DAS-12-2015 31/XII/14 Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.

Seguro colectivo de retiro 51,500.9*

DAS-13-2015 31/XII/14 Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte

Seguro integral (bienes muebles e inmuebles y a la infraestructura urbana) 263,784.6

DAS-17-2015 31/XII/14 Seguros Atlas, S.A. Seguro de vida institucional 842,207.8*

Total 1,157,493.3

* El importe de los contratos no causó Impuesto al Valor Agregado (IVA).

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b) La declaración I.6 de los contratos administrativos consolidados núms. DAS-12-2015,

DAS-13-2015 y DAS-17-2015 señala que “cuenta con la debida suficiencia presupuestal

para el período de su vigencia”. La suficiencia citada se constató mediante la revisión de

los formatos de adhesión y de la nómina del SIDEN por ser la forma idónea para

comprobar que los entes de la Ciudad de México, efectivamente contaron con los

recursos necesarios para formalizar el contrato. Sin embargo, el contrato no contó

con la autorización específica de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso

derivado del contrato, así como las partidas a afectar. Por lo anterior la OM no atendió el

artículo 56, fracción III, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2015, que dispone lo siguiente:

“Artículo 56. Los contratos que celebren las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Delegaciones o Entidades, contendrán como mínimo lo siguiente: […]

”III. La autorización específica de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso

derivado del contrato, así como la partida a afectar.”

c) Los proveedores Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Seguros

Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte y Seguros Atlas, S.A., presentaron el

31 de diciembre de 2014, las pólizas de fianza por el 15.0% del monto contratado

sin considerar el IVA, por un total de 168,166.4 miles de pesos, a nombre de la SEFIN,

para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones estipuladas en los contratos

administrativos consolidados núms. DAS-12-2015, DAS-13-2015 y DAS-17-2015,

respectivamente, en cumplimiento del artículo 73, fracción III, de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2015 y de la cláusula vigésima tercera “Garantía

de Cumplimiento” de dichos contratos. El importe de las garantías correspondió

al determinado por este órgano de fiscalización.

d) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM, mediante

la constancia de adeudo emitida el 16 de diciembre de 2014 por la Subtesorería

de Administración Tributaria Parque Lira, verificó que el proveedor Chubb de México,

Compañía de Seguros, S.A. de C.V., con el que la OM formalizó el contrato administrativo

consolidado núm. DAS-12-2015, se encontrara al corriente del Impuesto sobre Nóminas

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en cumplimiento del numeral 2.18.2 “Constancia de Adeudos”, de las bases de la

licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14.

e) En el expediente del contrato administrativo consolidado núm. DAS-13-2015 del

31 de diciembre de 2014, no se localizó evidencia documental que acredite la entrega

de la Constancia de No Adeudos emitida por la Subtesorería de Administración

Tributaria por parte del proveedor Seguros Banorte S.A. de C.V., Grupo Financiero

Banorte y de la recepción de la misma por parte de la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM, utilizada para comprobar que el proveedor

se encontrara al corriente de su obligación fiscal del Impuesto sobre Nóminas

a que estaba obligado el proveedor, a la firma del contrato.

Con el escrito del 19 de diciembre de 2014, el proveedor Seguros Banorte, S.A. de C.V.,

Grupo Financiero Banorte, manifestó que era sujeto de la obligación fiscal del Impuesto

sobre Nóminas, y con escrito del 16 de diciembre de 2014, solicitó a la Subtesorería

de Administración Tributaria Anáhuac la constancia de no adeudos del citado impuesto.

Asimismo, entregó a la OM el pago realizado el 13 de noviembre de 2014, de dicho

Impuesto correspondiente al mes de octubre de 2014. El ente sólo entregó un pago

del impuesto sobre nómina (mes de octubre) derivado de ser el que corresponde

al período que aplica en la Ciudad de México de acuerdo a las precisiones 2 y 4 realizadas

en la Junta de Aclaración a las Bases celebrada el 16 de diciembre de 2014,

derivada de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14.

En el acto de la junta de aclaración de bases del 16 de diciembre de 2014, la OM

precisó que “en caso de resultar adjudicado, invariablemente deberá presentar a la firma

del contrato el original de la(s) Constancia(s) de No Adeudos y/o cuando las mismas

sean expedidas y entregadas por la Administración Tributaria del Distrito Federal que le

corresponda y, en su caso, por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, y si éstas

presentan adeudo se rescindirá el Contrato”. Sin embargo, en el expediente no se

localizó la citada constancia.

Se concluye que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de

la OM no integró las constancias de no adeudo de los impuestos locales al expediente

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de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, derivado

principalmente de la falta de un procedimiento administrativo que estableciera los

documentos que se debieron integrar al expediente de dicha licitación. Por ello la

OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos Generales

para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.

Asimismo, incumplió lo dispuesto en el numeral 4.7.4 de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2014),

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente

en 2015, que establece:

“4.7.4. En los contratos respectivos además de las señaladas en el artículo 56

del Reglamento de la LADF, deberán insertarse las siguientes declaraciones: […]

”II. La afirmación que el proveedor tiene su domicilio fiscal en México, Distrito Federal, se

encuentra al corriente de su declaración de impuestos, aprovechamientos y productos

referidos en el CFDF, además de que el proveedor deberá presentar constancia

de adeudos expedida por la SF o la autoridad competente que corresponda, de las

contribuciones siguientes: impuesto predial, impuesto sobre la adquisición de inmuebles,

impuesto sobre nóminas, impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, impuesto sobre la

adquisición de vehículos automotores usados, impuesto por la prestación de servicios

de hospedaje y derechos por el suministro de agua, según le resulten aplicables.”

f) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

verificó que el proveedor Seguros Atlas, S.A., se encontrara al corriente de todas

sus obligaciones fiscales del Impuesto Predial y del Impuesto sobre Nóminas a que

estaba obligado el proveedor, a la firma del contrato administrativo consolidado

núm. DAS-17-2015 del 31 de diciembre de 2014, por un monto de 842,207.8 miles

de pesos, como se detalla a continuación:

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Mediante escrito del 19 de diciembre de 2014, el proveedor Seguros Atlas, S.A.,

manifestó que era sujeto de la obligación fiscal de los Impuestos Predial, sobre Nóminas

y sobre Tenencia o Uso de Vehículos y los Derechos por Suministro de Agua; asimismo,

informó que contaba con 56 cuentas prediales, 42 placas de vehículos en el Distrito

Federal y 4 cuentas de agua, lo cual se comprobó mediante la revisión de las

constancias entregadas por dicha aseguradora, en cumplimiento de lo dispuesto en

el artículo 51, último párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2015.

13. Con los oficios núms. ACF-A/16/0822 y ACF-A/16/0823 ambos del 12 de septiembre

de 2016, la ASCM solicitó a la CGDF y a la SFP que informaran si las empresas

Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.; Grupo Mexicano de Seguros,

S.A. de C.V.; Quálitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V.; Seguros Banorte, S.A. de C.V.,

Grupo Financiero Banorte; Seguros Afirme, S.A. de C.V., Afirme Grupo Financiero; Seguros

Atlas, S.A.; y Thona Seguros, S.A. de C.V., se encontraban inhabilitadas para celebrar

contratos con el Gobierno de la Ciudad de México.

En respuesta, con los oficios núms. CGDF/DGL/0797/2016 y DGCSCP/312/DGAS/572/2016

del 22 y 20 de septiembre de 2016, en el mismo orden, la CGDF y la SFP, respectivamente,

informaron que no encontraron registros de que las citadas empresas estuvieran inhabilitadas

en 2015.

Se concluye que la OM adhirió a los entes de la Ciudad de México a los citados seguros

consolidados dentro del plazo que estableció; en la junta de aclaración de bases, la dependencia

contestó las preguntas de todos los participantes, que recibió mediante escrito, el día en

que celebró dicha junta; el acto de presentación y apertura de propuestas se realizó durante

el plazo establecido para su realización; y las fianzas de sostenimiento de las propuestas

de los participantes se entregan dentro del plazo establecido.

Asimismo, la OM en los contratos administrativos consolidados núms. DAS-12-2015, DAS-13-2015

y DAS-17-2015 constató que se contara con la suficiencia presupuestal con la que contaba

para hacer frente a las obligaciones de pago de dichos contratos; y verificó que los

proveedores Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte, y Seguros Atlas, S.A.,

se encontraran al corriente de sus obligaciones fiscales a la firma de los contratos

administrativos consolidados núms. DAS-13-2015 y DAS-17-2015

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Sin embargo, la OM, en el estudio de mercado para la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-014-14 relativa a la contratación consolidada del servicio de aseguramiento

de bienes patrimoniales y de personal del Gobierno de la Ciudad de México 2015, no especificó el

precio promedio o de referencia para el fallo de la licitación para verificar que el precio del

participante ganador no haya sido superior a 1.3 veces el precio promedio. La dependencia tuvo

deficiencias de control para determinar el número de entes de la Ciudad de México que se

adhirieron a los seguros : colectivo de retiro, de vida institucional e integral (bienes patrimoniales)

derivado de la falta de procedimientos administrativos que establecieran los controles, documentos,

funciones, persona encargado de la adhesión, control y pago de dichos seguros; no integró

los formatos de adhesión de los seguros en mención ni las constancias de no adeudos de los

impuestos locales de Seguros Banorte, S.A. de C.V. Grupo Financiero Banorte al expediente de

la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 derivado de la falta

de un procedimiento administrativo que estableciera los documentos que se deben integrar

en los expedientes de las licitaciones que realizó.

En el proceso de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14,

se determinó que la convocatoria no señaló por lo menos cuatro partidas o conceptos de

mayor monto y no precisó que se convocaba a todos los interesados a fin de conseguir

los mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores. El licitante

Seguros Inbursa, S.A., Grupo Financiero realizó el depósito bancario, para comprar las

bases cinco días hábiles posteriores al plazo establecido. Asimismo, no se entregó copia

del acta de la junta de aclaración de bases a cinco participantes.

En las declaraciones de los contratos administrativos consolidados núms. DAS-12-2015,

DAS-13-2015 y DAS-17-2015, no se estableció la información específica a la autorización

de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso derivado del contrato, así como las

partidas a afectar.

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, en el Informe Final de Auditoría con clave ASCM/23/14,

practicada a la OM, resultado número 10, recomendación ASCM-23-14-8-OM, se prevé

la implantación de un mecanismo de control para garantizar que las convocatorias de la

licitaciones públicas consolidadas contengan los requisitos que establece la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

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de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, en el Informe Final de Auditoría con clave ASCM/21/14,

practicada a la OM, resultado número 11, recomendación ASCM-21-14-7-OM, se prevé el

mecanismo de control para garantizar que se entreguen copia de los actos de las licitaciones

consolidadas a los participantes que hayan pagado las bases correspondientes, en cumplimiento de

las bases de la licitaciones públicas consolidadas, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, el informe final de auditoría ASCM/21/14, practicada

a la OM, resultado núm. 11, recomendación ASCM-21-14-4-OM, se prevé el mecanismo

de control para garantizar que en los procesos de las compras consolidadas, se realicen los

estudios de precios de mercado en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno), por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia

como parte del seguimiento de la recomendación citada.

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, el informe final de auditoría ASCM/21/14, practicada a la

OM, resultado núm. 11, recomendación ASCM-21-14-6-OM, se prevé el mecanismo de control

para garantizar que el pago de las bases de las licitaciones consolidadas se realice a la

Secretaría de Finanzas en el plazo establecido en cumplimiento de las bases de las licitaciones

públicas consolidadas, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte

del seguimiento de la recomendación citada.

En el resultado núm. 5, recomendación ASCM-21-15-5-OM del presente informe se prevé

el mecanismo de control que aseguren como parte de un procedimiento administrativo,

que la documentación respecto de los importes de la suficiencia presupuestal, de los montos

aprobados por ejercer, y el número de entes adheridos a cada una de las compras consolidadas,

se encuentre debidamente soportada, por lo que no se emite nuevamente recomendación

al respecto.

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Recomendación ASCM-21-15-10-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México implemente mecanismos de

control que aseguren como parte de un procedimiento administrativo, que la documentación

respecto al número de entes adheridos a cada una de las compras consolidadas, se encuentre

debidamente soportada; asimismo, que se contemplen las funciones del personal encargado de

la adhesión de conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos Generales para el Registro

de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del

Distrito Federal.

Recomendación ASCM-21-15-11-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de

control que aseguren y puntualicen la documentación relacionada al proceso de adjudicación y

contratación, que se debe de integración a los expedientes de las compras consolidadas

en cumplimiento de las bases de los procedimientos licitatorios consolidadas, los Lineamientos

Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de uso Generalizado

en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos y la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento.

Gasto Devengado

10. Resultado

Para verificar si la OM reconoció las obligaciones de pago en favor del proveedor Sí Vale,

México, S.A. de C.V., por la compra consolidada de vales para los trabajadores del Gobierno

de la Ciudad de México 2015, se revisó la documentación que soporta el cumplimiento del contrato

consolidado abierto núm. DA-12-2015 y sus convenios modificatorios consolidados

núms. DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2, DA-12-2015-C3 y DA-12-2015-C4, formalizados

con el proveedor Sí Vale, México, S.A. de C.V., por un total de 3,078,450.6 miles de pesos (no

causó IVA), y se emitieron 76 oficios de confirmación de operaciones a los entes de la Ciudad

de México que se adhirieron a dicha compra consolidada. Al respecto, se determinó lo siguiente:

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1. Mediante los oficios de respuesta de la confirmación de operaciones con los 76 entes

de la Ciudad de México se conoció que la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales elaboró y proporcionó a esta ASCM las Actas Circunstanciadas

de Recepción de Bienes y/o Servicios Consolidados 2015, con folios núms. DA-12-2016-C3/01

y DA-12-2015-C1/01 de fechas 11 y 21 de Diciembre de 2015, mediante los cuales se

entregaron los vales en las pagadurías de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron

a la compra consolidada, en atención a lo dispuesto en la cláusula cuarta “Pago” del contrato

administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015. Asimismo, la OM dio cumplimiento

al numeral 3.2 “Pago”, inciso b) de las bases de la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-010-15

2. Los vales fueron entregados en las pagadurías de los 76 entes de la Ciudad de México

mediante la empresa Compañía Mexicana de Traslado de Valores, S.A. de C.V., quien

emitió un total de 1,208 comprobantes de servicios para la entrega de vales por un total de

3,004,789.1 miles de pesos. Al respecto, se analizaron los comprobantes de servicios

determinando lo siguiente:

a) Los treinta y nueve comprobantes de servicios fueron sellados por todas las pagadurías

de los entes de la Ciudad de México en atención a lo dispuesto en la cláusula novena

“Entrega de los Bienes” del contrato administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015.

“… El proveedor se obliga a verificar que los comprobantes de servicio que amparan la

entrega de vales, se encuentren debidamente firmados por el personal de las pagadurías

de las áreas requirentes y sellados a la fecha de entrega de los mismos, de lo contrario

no se consideraran para efecto de pago.”

b) Con el oficio núm. DAP/SP/009752/2016 del 16 de noviembre de 2016, la Dirección

de Administración de Personal de la Dirección General de Administración y Desarrollo de

Personal de la OM anexó relación en la que los entes de la Ciudad de México

le devolvieron físicamente vales de fin de año 2015 por 4,893.2 miles de pesos.

Respecto a los vales devueltos mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/0889/2017

del 18 de abril del 2017, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM, informó que dichos vales fueron entregados al Sindicato Único

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de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México de conformidad con lo dispuesto en

la segunda cláusula, del Convenio celebrado por la Dirección General de Administración y

Desarrollo de Personal y el Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad

de México.

Por lo anterior, la citada Dirección acreditó el destino final de los vales de fin de año

por 4,893.2 miles de pesos, en atención a lo dispuesto en el artículo 69, fracción I,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.

3. Mediante la confirmación de operaciones con los 76 entes de la Ciudad de México

que se adhirieron a la compra consolidada de vales de fin de año 2015, se constató que

63 entes contaron con el destino final de los vales, los cuales fueron entregados mediante la

firma de los trabajadores que recibieron los vales en las listas de nóminas o en contra recibos

de pago; asimismo, 13 entes informaron que entregaron los vales con listas de nómina. Lo

anterior evidencia que 76 entes contaron con documentación soporte del destino final.

Se concluye que la OM elaboró las Actas Circunstanciadas de Recepción de Bienes

y/o Servicios Consolidados mediante los cuales entregó los citados vales a las pagadurías

de los entes de la Ciudad de México; los comprobantes de servicio contienen los sellos de dichos

entes que recibieron los vales; y la Dirección General de Administración y Desarrollo de

Personal entregó vales de fin de año por 4,893.2 miles de pesos al Sindicato Único de Trabajadores

del Gobierno de la Ciudad de México.

11. Resultado

Se revisó la documentación que soporta el cumplimiento de los contratos consolidados

núms. DAS-12-2015, DAS-13-2015 y DAS-17-2015 por un total de 1,157,493.3 miles de pesos

(no causó IVA), y se emitieron 100 oficios de confirmación de operaciones con los entes

de la Ciudad de México que se adhirieron a dichos seguros a fin de verificar si la OM reconoció

las obligaciones de pago en favor de los proveedores Chubb de México, Compañía de

Seguros, S.A. de C.V.; Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte; y Seguros

Atlas, S.A., por la contratación de los seguros colectivo de retiro, integral (bienes muebles

e inmuebles y a la infraestructura urbana) y de vida institucional. Al respecto, se determinó

lo siguiente:

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85

La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM acreditó que las

empresas seguradoras entregaron las pólizas correspondientes a los seguros contratados

dentro de los 20 días posteriores al fallo de la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-014-14. Por ello cumplió lo dispuesto en la cláusula décima segunda “Entrega

de Póliza” del contrato administrativo consolidado respectivo.

Mediante los oficios de respuesta de la confirmación de operaciones de 95 de los 100 oficios de

confirmación suscritos a los entes de la Ciudad de México, la información y documentación

proporcionada por dichos entes correspondió con la documentación facilitada por la OM.

Por lo anterior, se concluye que la OM recibió las pólizas de los seguros contratados por parte

de las aseguradoras dentro del plazo establecido en los contratos consolidados.

Gasto Ejercido

12. Resultado

Se verificó que la OM haya emitido las CLC de los entes del Sector Central de la Ciudad

de México debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados

para ello; y que las entidades y órganos autónomos de la Ciudad de México que se adhirieron a la

compra consolidada de vales de fin de año 2015 hayan emitido los documentos que acrediten

el ejercicio de los recursos y que estuvieran soportadas con la documentación comprobatoria del

gasto. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM emitió

20 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) por un monto de 2,517,090.0 miles de pesos

(no causó IVA), que se encontraron soportadas por 55 facturas emitidas por el proveedor

Sí Vale México, S.A. de C.V.

2. En relación con las entidades de la Ciudad de México, se constató mediante confirmación

de operaciones que ejercieron los recursos mediante transferencias electrónicas de

los cuales proporcionaron las pólizas correspondientes por un total de 475,755.0 miles

de pesos (no causó IVA), que estuvieron soportadas por 24 facturas emitidas por el

proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V.

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3. Los tres órganos autónomos de la Ciudad de México que se adhirieron a la compra

consolidada de vales de fin de año 2015, ejercieron los recursos mediante transferencias

electrónicas y proporcionaron las pólizas de cheque correspondientes por un monto

de 11,132.8 miles de pesos (no causó IVA), que estuvieron soportadas con cuatro facturas

emitidas por el proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V.

4. Las CLC que expidió la OM, por un monto de 2,517,090.0 miles de pesos (no causó IVA)

y las pólizas de cheque que emitieron las entidades (475,755.0 miles de pesos que

no causaron IVA) y órganos autónomos del Gobierno de la Ciudad de México

(11,132.8 miles de pesos, no causaron IVA) por 486,887.8 miles de pesos, fue para el

pago de los contratos administrativos consolidados abiertos núms. DA-12-2015, por un

monto máximo de 2,783,750.4 miles de pesos (no causó IVA), DA-12-2015-C1, por un monto

máximo de 172,179.4 miles de pesos (no causó IVA) y DA-12-2015-C3, por un monto máximo

de 122,520.8 miles de pesos (no causó IVA).

5. Las CLC que emitió la OM, fueron elaboradas por la Jefatura de Unidad Departamental de

Registro y autorizadas por la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM, lo que significa que fueron elaboradas

por servidores públicos facultados para ello en el ejercicio fiscal de 2015.

6. Todas las facturas que emitió el proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V., con las que

se pagaron los contratos administrativos consolidados abiertos núms. DA-12-2015, por un

monto máximo de 2,783,750.4 miles de pesos (no causó IVA), DA-12-2015-C1, por un monto

máximo de 172,179.4 miles de pesos (no causó IVA) y DA-12-2015-C3, por un monto máximo

de 122,520.8 miles de pesos (no causó IVA), fueron expedidas a nombre del Gobierno de

la Ciudad de México así como de las entidades y de los órganos autónomos del Gobierno

de la Ciudad de México y reunieron los requisitos fiscales y administrativos establecidos en

los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y del Capítulo III “Registro

de Operaciones Presupuestarias”, Sección Primera “Cuenta por Liquidar Certificada”, del

Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

4 de diciembre de 2012 y vigente en 2015.

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7. Los pagos de los contratos revisados se registraron en la partida de gasto 1541

“Vales” conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015,

en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, vigente en 2015.

8. En la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se verificó la

emisión de los comprobantes fiscales y se constató que fue aprobada la impresión

de las facturas que presentó el proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V., por un total de

3,003,977.8 miles de pesos (no causó IVA).

Se concluye que en la compra consolidada de vales de fin de año 2015, se ejercieron

recursos por un monto de 3,003,977.8 miles de pesos (sin causar IVA) con cargo a la

partida 1541 “Vales”, mediante la expedición de 20 CLC, las cuales contaron con

la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente; asimismo, las entidades

y órganos autónomos de la Ciudad de México ejercieron recursos mediante 28 transferencias

electrónicas que tuvieron la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente; los

pagos se registraron de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal,

vigente en 2015; y la impresión de las facturas fue aprobada por el SAT. Por lo expuesto,

no se hace observación al presente resultado.

13. Resultado

Se verificó que la OM haya emitido las CLC de los entes del Sector Central del Gobierno

de la Ciudad de México debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores

públicos facultados para ello; y que las entidades y órganos Autónomos de la Ciudad de

México que se adhirieron a la contratación del seguro colectivo de retiro 2015 hayan emitido los

documentos que acrediten el ejercicio de los recursos por un monto 9,901.6 miles de pesos

(no causó IVA) seleccionados para su revisión y que estuvieran soportados con la documentación

comprobatoria del gasto. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM emitió CLC

y mediante los escritos del 2 y 15 de diciembre de 2016, el representante legal de Chubb

de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., proporcionó sus estados de cuenta bancarios

donde se constataron transferencias por 12,039.2 miles de pesos (no causaron IVA).

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2. Mediante 43 transferencias electrónicas realizadas por cinco entes de la Ciudad de México le

pagaron a Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., un monto de 9,901.6 miles

de pesos (no causaron IVA) conforme al contrato administrativo consolidado núm. DAS-12-2015.

3. Todas las facturas que emitió el proveedor Chubb de México, Compañía de Seguros,

S.A. de C.V., para el pago respecto del contrato administrativo consolidado núm. DAS-12-2015

(no causó IVA), fueron expedidas a nombre de las entidades de la Ciudad de México

que se adhirieron al seguro colectivo de retiro; y reunieron los requisitos fiscales

y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y en

el Capítulo III “Registro de Operaciones Presupuestarias”, Sección Primera “Cuenta por

Liquidar Certificada”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario

de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012 y vigente en 2015.

4. Los pagos relacionados con el contrato administrativo consolidado núm. DAS-12-2015

se registraron en la partida de gasto 1443 “Primas por Seguro de Retiro del Personal

al Servicio de las Unidades Responsables del Gasto del Distrito Federal” conforme

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015, en cumplimiento

del artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente

en 2015.

5. En la página de internet del SAT, se verificó la emisión de los comprobantes fiscales

y se constató que fue aprobada la impresión de las facturas que presentó el proveedor

Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., por 9,901.6 miles de pesos

(no causaron IVA).

14. Resultado

Se verificó que la OM haya emitido las CLC de los entes del Sector Central de la Ciudad

de México debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados

para ello; y que las entidades y órganos autónomos de la Ciudad de México que se adhirieron a la

contratación del seguro integral (bienes muebles e inmuebles y a la infraestructura urbana) 2015

hayan emitido los documentos que acrediten el ejercicio de los recursos por un monto

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de 263,702.9 miles de pesos (IVA incluido) seleccionados para su revisión y que estuvieran

soportados con la documentación comprobatoria del gasto. Al respecto, se determinó lo

siguiente:

1. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM emitió

76 CLC por un monto de 248,138.0 miles de pesos (IVA incluido), que se encontraron

soportadas por 602 facturas emitidas por el proveedor Seguros Banorte, S.A. de C.V.,

Grupo Financiero Banorte.

2. En relación con las entidades de la Ciudad de México, se constató mediante confirmación

de operaciones que ejercieron los recursos mediante transferencias electrónicas por

15,564.9 miles de pesos (IVA incluido), que estuvieron soportadas por 492 facturas

emitidas por el proveedor Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte.

3. Las CLC que expidió la OM, por un monto de 248,138.0 miles de pesos (IVA incluido),

y las transferencias electrónicas que realizaron las entidades por 15,564.9 miles de pesos

(IVA incluido) fueron para el pago del contrato administrativo consolidado núm. DAS-13-2015,

por un importe de 263,784.6 miles de pesos (IVA incluido).

4. Las CLC que emitió la OM fueron elaboradas por el Jefatura de Unidad Departamental de

Mejoramiento de Inmuebles y autorizadas por la Subdirección de Administración de Riesgo,

Aseguramiento y Control de Servicios de la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la OM, lo que significó que fueron elaborados por servidores

públicos facultados para ello en el ejercicio fiscal de 2015.

5. Todas las facturas que emitió el proveedor Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero

Banorte y con las que se pagó lo relacionado al contrato administrativo consolidado

núm. DAS-13-2015 (IVA incluido), fueron expedidas a nombre del Gobierno de la Ciudad

de México y de las entidades del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron

al seguro integral; y reunieron los requisitos fiscales y administrativos establecidos en

los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y del capítulo III “Registro

de Operaciones Presupuestarias”, Sección Primera “Cuenta por Liquidar Certificada”, del

Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre

de 2012 y vigente en 2015.

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6. Los pagos en relación con el contrato administrativo consolidado núm. DAS-13-2015

se registraron en la partida de gasto 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” conforme

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015, en cumplimiento del

artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2015.

7. En la página de internet del SAT, se verificó la emisión de los comprobantes fiscales

y se constató que fue aprobada la impresión de las facturas que presentó el proveedor

Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte por 263,702.9 miles de pesos

(IVA incluido).

Se concluye que en el pago del seguro integral 2015, se ejercieron recursos por un monto

de 263,702.9 miles de pesos (IVA incluido), con cargo a la partida 3451 “Seguro de Bienes

Patrimoniales”, mediante la expedición de 76 CLC, las cuales contaron con la documentación

justificativa y comprobatoria correspondiente; asimismo, las entidades y órganos autónomos del

Gobierno de la Ciudad de México ejercieron recursos mediante 492 transferencias electrónicas

que tuvieron la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente; los pagos se

registraron de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente

en 2015; y la impresión de las facturas fue aprobada por el SAT. Por lo expuesto, no se hace

alguna observación al presente resultado.

15. Resultado

Se verificó que la OM haya emitido las CLC de los entes del Sector Central del Gobierno

de la Ciudad de México debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores

públicos facultados para ello que se adhirieron a la contratación del seguro de vida 2015

y que haya emitido los documentos que acrediten el ejercicio de los recursos por un monto de

701,355.5 miles de pesos (no causó IVA) seleccionados para su revisión y que estuvieran

soportados con la documentación comprobatoria del gasto. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM emitió 119 CLC

por un monto de 779,423.7 miles de pesos (no causó IVA), que se encontraron soportadas

por 48 facturas emitidas por el proveedor Seguros Atlas, S.A.

Asimismo, dicha Dirección emitió 24 CLC de operaciones ajenas por un monto de

78,068.2 miles de pesos, por lo que el total ejercido fue por 701,335.5 miles de pesos

que no causaron IVA.

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2. Las CLC que emitió la OM fueron elaboradas por el Jefatura de Unidad Departamental de

Programas Especiales y Apoyo a la Vivienda y autorizadas por la Dirección de Control

de Obligaciones Fiscales de la Dirección General de Administración y Desarrollo de

Personal de la OM, lo que significó que fueron elaborados por servidores públicos facultados

para ello en el ejercicio fiscal de 2015.

3. Todas las facturas que emitió el proveedor Seguros Atlas, S.A., para el pago relacionado con

el contrato administrativo consolidado núm. DAS-17-2015 fueron expedidas a nombre

del Gobierno de la Ciudad de México para el seguro de vida; y reunieron los requisitos

fiscales y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de

la Federación y del capítulo III “Registro de Operaciones Presupuestarias”, Sección

Primera “Cuenta por Liquidar Certificada” y apartado D “Cuenta por Liquidar Certificada de

Operaciones Ajenas” del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario

de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 4 de diciembre de 2012 y vigente en 2015.

4. Los pagos del contrato administrativo consolidado núm. DAS-17-2015 se registraron

en las partidas 1441 “Primas por Seguro de Vida del Personal Civil” y 1442 “Primas por

Seguro de Vida del Personal de los Cuerpos de Seguridad Pública y Bomberos” conforme

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015, en cumplimiento del

artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2015.

5. En la página de internet del SAT, se verificó la emisión de los comprobantes fiscales

y se constató que fue aprobada la impresión de las facturas que presentó el proveedor Seguros

Atlas, S.A., por 701,335.5 miles de pesos (no causó IVA).

Se concluye que en el pago del seguro de vida 2015, se ejercieron recursos por un

monto de 701,355.5 miles de pesos (no causó IVA), con cargo a las partidas 1441 “Primas

por Seguro de Vida del Personal Civil” y 1442 “Primas por Seguro de Vida del Personal

de los Cuerpos de Seguridad Pública y Bomberos”, mediante la expedición de 119 CLC

y 24 CLC de operaciones ajenas, las cuales contaron con la documentación justificativa

y comprobatoria correspondiente; los pagos se registraron de acuerdo con el Clasificador por

Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015; y la impresión de las facturas fue

aprobada por el SAT. Por lo expuesto, no se hace observación al presente resultado.

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Gasto Pagado

16. Resultado

Se verificó que los pagos realizados a los proveedores Sí Vale México, S.A. de C.V.; Chubb

de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.; Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero

Banorte; y Seguros Atlas, S.A., hubieran sido para cancelar total o parcialmente las obligaciones a

cargo de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas

de vales de fin de año 2015 y al servicio de aseguramiento colectivo de retiro, integral

y de vida institucional correspondiente a los contratos consolidados núms. DA-12-2015,

DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2, DA-12-2015-C3, DA-12-2015-C4, DAS-12-2015, DAS-13-2015

y DAS-17-2015.

Mediante los oficio núms. ACF-A/16/1163, ACF-A/16/1183, ACF-A/16/1184 y ACF-A/16/1185

todos del 23 de noviembre de 2016; y ACF-A/16/1259, ACF-A/16/1260 y ACF-A/16/1262

todos del 5 de diciembre de 2016, se solicitó a los representantes legales de los proveedores Sí

Vale México, S.A. de C.V.; Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte; Seguros

Atlas, S.A.; y Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., que indicaran la forma en

que fueron pagados la adquisición de vales de fin de año 2015 y los seguros colectivo de retiro,

integral y de vida institucional y el monto de los pagos por el período del 1o. de enero al 31 de

diciembre de 2015. En la respuesta que presentaron los proveedores se conoció lo siguiente:

1. Mediante los escritos del 2 y 16 de diciembre de 2015, el proveedor Sí Vale México,

S.A. de C.V., proporcionó información relativa a los contratos consolidados y sus convenios

modificatorios consolidados celebrados con la OM, facturas y fechas de pago.

Luego de analizar la información proporcionada, se determinó que coincide con la

entregada por la OM y que los pagos que realizó fueron para cancelar los contratos

administrativos consolidados abiertos núms. DA-12-2015, DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2,

DA-12-2015-C3 y DA-12-2015-C4.

2. Con escritos del 15, 16 y 20 de diciembre de 2015, los proveedores Chubb de México,

Compañía de Seguros, S.A. de C.V., Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero

Banorte y Seguros Atlas, S.A., remitieron información relativa a los contratos celebrados con

la OM, a las facturas, pólizas de aseguramiento y fechas de pago. De su análisis se determinó

lo siguiente:

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a) El proveedor Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., remitió la

relación de pagos que le realizó la OM por un importe de 22,921.6 miles de pesos,

respaldado con sus facturas correspondientes.

b) La documentación proporcionada por Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero

Banorte y Seguros Atlas, S.A., y los pagos que realizaron la OM y los entes de la Ciudad

de México que se adhirieron a los seguros de vida institucional e integral constituye la

documentación soporte para cancelar los contratos administrativos consolidados

núms. DAS-13-2015 y DAS-17-2015.

Se concluye que la OM pagó los contratos núms. DA-12-2015, DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2,

DA-12-2015-C3, DA-12-2015-C4, DAS-12-2015, DAS-13-2015 y DAS-17-2015 y que la información

proporcionada por los proveedores Sí Vale México, S.A. de C.V.; Chubb de México, Compañía

de Seguros, S.A. de C.V., Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte y Seguros

Atlas, S.A., corresponden a los pagos realizados tendientes a cancelar las obligaciones contractuales.

17. Resultado

Se verificó que la OM hubiese remitido en tiempo y forma a la SEFIN su informe de pasivo

circulante del ejercicio de 2014 pagado en 2015 y el de 2015 pagado en 2016, por lo que

con el oficio núm. ACF-A/16/0639/2016 del 4 de julio de 2016, se solicitó a la dependencia

que indicara el monto y características de su pasivo circulante con cargo a las partidas

de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y que proporcionara

los oficios mediante los cuales remitió dicha información a la SEFIN.

Mediante los oficios núms. OM/DGA/2861/2016 y OM/DGA/2872/2016 del 1 y 2 de agosto

de 2016, respectivamente, la Dirección General de Administración de la OM proporcionó

la siguiente documentación:

1. Oficio núm. OM/DGA/0082/2016 del 8 de enero de 2016, con sello de recibido en la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN en la misma fecha, con el cual la Dirección

General de Administración de la OM remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, en

forma impresa y en medio magnético, los formatos “Reporte de Pasivo Circulante”

relativos al monto y características del pasivo circulante del ejercicio fiscal de 2015, en el

plazo establecido en el artículo 60 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2015 y en la circular núm. SFDF/SE/3944/2015 del 21 de octubre de 2015.

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2. En los formatos “Reporte de Pasivo Circulante” de 2015, se identificaron 169 registros

por un monto de 370,393.8 miles de pesos con cargo al capítulo 1000 “Servicios Personales”

y 98 registros por un importe de 76,659.2 miles de pesos con cargo al capítulo 3000

“Servicios Generales”.

3. Oficio núm. OM/DGA/0153/2015 del 15 de enero de 2015, con sello de recibido en la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN del 9 de febrero de 2015, con el cual la Dirección

General de Administración de la OM remitió a dicha Subsecretaría, los formatos “Reporte de

Pasivo Circulante” del ejercicio fiscal de 2014, con 19 días hábiles posteriores a la fecha

límite (15 de enero de 2015).

La Dirección General de Administración de la OM, mediante el oficio núm. OM/DGA/6064/2015

del 18 de diciembre de 2015, solicitó a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios

Generales que considerara las medidas que aseguraran la presentación de los reportes de

compromiso del pasivo circulante dentro de los plazos que establece la Ley de Presupuesto y

Gasto Eficiente del Distrito Federal. Asimismo, el sujeto fiscalizado remitió el oficio

núm. OM/DGA/0082/2016 del 8 de enero de 2016, recibido en la SEFIN en la misma fecha,

con el cual la citada Dirección General envió los reportes mencionados en el plazo

establecido en dicha ley. Por ello no se emite observación alguna.

4. Reportes mensuales de los recursos comprometidos sobre los recursos fiscales, crediticios

y provenientes de transferencias federales, correspondientes al ejercicio de 2015, en

los cuales se registraron los recursos comprometidos de los capítulos 1000 “Servicios

Personales” y 3000 “Servicios Generales”.

Se constató que la OM remitió a la SEFIN los reportes correspondientes al ejercicio 2015

en los plazos establecidos en el artículo 56, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.

Se concluye que la OM reportó a la SEFIN el pasivo circulante del ejercicio de 2014

fuera del plazo establecido, sin embargo, ha establecido mecanismos de control que

le han permitido entregar el pasivo circulante del ejercicio fiscal de 2015 en los plazos

establecidos.