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Para Publicación Inmediata
10 de Julio, 2020, 4:00pm
* Tenga en cuenta que la información resaltada en amarillo refleja información nueva y actualizada. (Página actualizada 1)
La División de Salud de la Ciudad de Passaic entiende que los residentes están preocupados por la
pandemia de Coronavirus (COVID-19). Por esta razón, estamos continuamente informando a nuestra
comunidad. Al día de hoy, la Ciudad de Passaic tiene seis (6) casos adicionales, llevándonos a un total
de tres mil trescientos treinta y nueve (3339) casos confirmados de COVID-19 y una (1) nueva
muerte, llevándonos a un total de doscientos diecisiete (217) muertes. Nuestras más sinceras
condolencias y oraciones están con los familiares, amigos y seres queridos de nuestros miembros
fallecidos. La División de Salud ha estado trabajando diligentemente bajo la guía del Departamento de
Salud de Nueva Jersey (NJDOH) para prevenir la propagación de COVID-19 y ha estado en
comunicación constante con el Alcalde Héctor C. Lora y toda la comunidad pertinente.
ANUNCIOS Y AVISOS DEL GOBERNADOR PHIL MURPHY
El viernes 10 de Julio de 2020, el Gobernador Phil Murphy anunció que las fechas de vencimiento
de la Comisión de Vehículos Motorizados de Nueva Jersey se han extendido para: licencias de
conducir, identificaciones de no conductores, registros de vehículos, inspecciones y etiquetas
temporales. Los documentos vencidos entre el 13 de Marzo y el 31 de Mayo se han extendido hasta el
30 de Septiembre. Los documentos que vencen del 1 de Junio al 31 de Agosto se han extendido al 31 de
Diciembre. Para obtener más información, visite https://www.state.nj.us/mvc/ o haga clic aquí.
Martes, Julio 7, 2020, El Gobernador Phil Murphy aconsejó a las personas que viajan a Nueva
Jersey desde estados adicionales con una propagación comunitaria significativa de COVID-19 a la
cuarentena por un período de 14 días desde el último contacto dentro del estado identificado. El
aviso actualizado incluye tres estados adicionales, Delaware, Kansas y Oklahoma, con un total de 19
estados. El aviso de viaje se aplica a cualquier persona que llegue de un estado con una tasa de prueba
positiva superior a 10 por cada 100,000 residentes o un estado con una tasa de positividad del 10% o
más en un promedio móvil de 7 días.
A partir del martes 7 de julio, actualmente hay un total de 19 estados que cumplen con los criterios
establecidos anteriormente: Alabama; Arkansas Arizona; California; Delaware,
Florida; Georgia; Iowa; Idaho; Kansas; Luisiana; Oklahoma, Mississippi; Carolina del
Norte; Nevada; Carolina del Sur; Tennesse; Texas; y Utah
Los viajeros y los residentes que regresan de los estados afectados deben someterse a cuarentena en su
hogar, hotel u otro alojamiento temporal. Las personas deben abandonar el lugar de la cuarentena solo
para buscar atención / tratamiento médico u obtener alimentos y otros artículos esenciales.
Los viajeros y residentes que regresan de los estados afectados generalmente no necesitarán registrarse
con funcionarios de salud pública, a menos que estén involucrados en esfuerzos de búsqueda de
contratos o que su empleador o cualquier otra ley u orden federal, estatal o local lo requieran. Se espera
Alcalde Hector C. Lora
Ciudad de Passaic
División de Salud 330 Passaic St.
Passaic, NJ 07055 Phone: 973-365-5603
Fax: 973-365-2242
Email: [email protected]
John E. Biegel, III, MA Oficial de Salud
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que las personas sigan el aviso de salud pública para la cuarentena. La lista de estados se actualizará
de forma continua y se puede acceder, aquí.
El lunes, 6 de Julio de 2020, el Gobernador Phil Murphy anunció que el informe del gobernador se
llevará a cabo los lunes, miércoles y viernes a la 1:00 pm, a menos que sea necesario antes
Viernes 26 de Junio de 2020, el Gobernador Phil Murphy y el comisionado del Departamento de
Educación Lamont O. Repollet anunciaron el lanzamiento de "El camino de regreso: Plan de reinicio y
recuperación para la educación" para ayudar a las escuelas a reabrir en el otoño. La guía anuncia que, a
falta de un cambio en los datos de salud pública, las escuelas públicas abrirán para la instrucción y las
operaciones en persona de alguna manera al comienzo del año escolar 2020-2021.
La guía prevé que las escuelas operen dentro de los estándares necesarios para proteger la salud y la
seguridad de los estudiantes y el personal. La guía incluye estándares mínimos como seguir ciertas
prácticas de distanciamiento social en las aulas y medidas de cobertura de la cara para los estudiantes y
el personal. La guía también proporciona recomendaciones para ayudar a los distritos a alcanzar estos
estándares, como la implementación de entornos de aprendizaje híbridos en los que los estudiantes
reciben instrucción tanto en persona como remota.
Se espera que cada distrito desarrolle, en colaboración con las partes interesadas de la comunidad, un
plan para reabrir las escuelas en el otoño que mejor se adapte a las necesidades locales del distrito. La
guía proporciona estándares mínimos anticipados con respecto a la salud y la seguridad que los distritos
deben usar cuando planean reabrir. La guía también proporciona consideraciones adicionales que
pueden ayudar a los distritos a medida que desarrollan sus planes. Para obtener más información,
consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200626b.shtml
Viernes 26 de Junio de 2020, la Comisión de Vehículos Motorizados anunció que la mayoría de las
transacciones en persona programadas para comenzar el 29 de junio se retrasarán hasta el 7 de julio,
mientras que el sistema de notificación de texto se somete a las pruebas finales. Los examenes de
manejo e inspecciones aún están programadas para comenzar el 29 de junio. Para obtener más
información, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200626a.shtml
Miercoles 24 de Junio de 2020, el Gobernador de Nueva Jersey, Phil Murphy, el Gobernador de
Nueva York, Andrew M. Cuomo, y el Gobernador de Connecticut, Ned Lamont, anunciaron hoy un
aviso conjunto de viaje entrante que todas las personas que viajan de estados con una propagación
comunitaria significativa de COVID-19 deben ponerse en cuarentena durante un período de 14 días
desde el momento del último contacto dentro del estado identificado.
Esta cuarentena, sera efectiva a medianoche de Junio 24, 2020, y se aplica a cualquier persona que
llegue de un estado con una tasa de prueba positiva superior a 10 por cada 100,000 residentes o un
estado con una tasa de positividad del 10% o más en un promedio móvil de 7 días.
Nueva Jersey, Nueva York y Connecticut actualizarán y publicarán continuamente en sus respectivos
sitios web una lista de estados a los que se aplica el nuevo aviso. Esta información se actualizará
periódicamente.
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La medida tri-estatal utilizará parámetros y mensajes uniformes en carreteras, aeropuertos, sitios web y
redes sociales en los tres estados. Los tres estados también solicitarán a los hoteles que comuniquen la
cuarentena de 14 días a los huéspedes que hayan viajado desde uno de los estados afectados.
Para obtener más información, consulte el enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200624a.shtml
También el 24 de junio de 2020, el Gobernador Phil Murphy anunció que los museos, acuarios,
instalaciones recreativas interiores, incluidas las boleras interiores, las jaulas de bateo, los campos de
tiro, las bibliotecas y las arcadas a lo largo de los paseos marítimos se reabrirán el 2 de julio de 2020 al
25% de su capacidad. Para obtener más información, haga clic aquí.
El martes 23 de junio de 2020, el Gobernador Phil Murphy anunció que el 2 de julio de 2020
reabrirán parques de atracciones al aire libre, parques acuáticos al aire libre y parques infantiles. Esto
incluye los juegos en paseos marítimos. Actualmente se está finalizando la orientación específica y se
publicará próximamente. Para obtener más información, haga clic aquí
El jueves 18 de junio de 2020, el Gobernador Phil Murphy anunció que el 29 de junio, 2020 volverán a abrir porciones interiores de centros comerciales. Se requerirá el uso de máscaras, todas las
tiendas estarán limitadas al 50% de su capacidad, los restaurantes pueden ofrecer comidas para llevar o
al aire libre, los asientos de los cursos de comida y las áreas de asientos comunes permanecerán
cerrados, y los teatros y salas de juego permanecerán cerrados. Para obtener más información,
consulte el enlace,
https://www.facebook.com/governorphilmurphy/photos/a.1409364109189605/2880397038752964/?typ
e=3&theater
El Viernes 5 de Junio, 2020, el Gobernador Phil Murphy y La Administradora Sue Fulton de la
Comisión de Vehículos Motorizados de Nueva Jersey (MVC) anunciaron que el 15 de Junio, 2020,
los servicios al cliente en persona se reiniciarían en la Comisión de Vehículos Motorizados (MVC), con
una variedad de servicios de recogida y devolución.
El 29 de Junio, 2020, MVC tiene como objetivo poder ofrecer pruebas de manejo detrás del volante y
emitir licencias y permisos. Para obtener más información, consulte el enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200605c.shtml.
Martes, 26 de Mayo, 2020, El Gobernador Phil Murphy anunció hoy que el Departamento de
Educación de Nueva Jersey (DOE) y la Oficina del Secretario de Educación Superior (OSHE) emitirán
una guía actualizada que permitirá a los distritos escolares y colegios / universidades celebrar
ceremonias de graduación en persona modificadas a partir del 6 de julio. La guía incluirá requisitos para
que las ceremonias se realicen al aire libre, se adhieran a los protocolos de distanciamiento social y
observen restricciones de capacidad. La orientación del DOE y OSHE, incluirá los siguientes
requisitos para las ceremonias de graduación:
o Debe realizarse a partir del 6 de julio de 2020
o Debe llevarse a cabo al aire libre o ser drive-in / drive-through (no se permitirán
ceremonias en interiores)
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o Debe cumplir con la limitación de capacidad relevante vigente en el momento de la
ceremonia (esto puede requerir que los distritos celebren varias ceremonias durante un
período de tiempo para garantizar que no se excedan las restricciones de capacidad)
o Los distritos e instituciones deben determinar la cantidad mínima de personal y facultad
necesaria para facilitar las ceremonias de graduación y ajustar los requisitos de asistencia
en consecuencia.
o Las togas, birretes, diplomas y otros materiales deben enviarse por correo a los hogares
individuales de los estudiantes, enviarse electrónicamente cuando sea posible o
distribuirse de otra manera de manera que cumpla con las pautas de distanciamiento
social.
o Todas las actividades deben coordinarse en consulta con los funcionarios municipales,
como la Oficina local de gestión de emergencias, las fuerzas del orden locales, los
socorristas y los funcionarios de salud locales.
Además, la orientación del DOE estipulará que los comienzos deben realizarse solo para la
graduación de la escuela intermedia o secundaria, y no para otras ceremonias que marcan la
promoción de un grado al siguiente. Los distritos e instituciones de educación superior
pueden continuar optando por ceremonias virtuales o de entrada / salida de acuerdo con la
Orden ejecutiva 142. Solo se pueden celebrar ceremonias virtuales antes del 6 de julio.
Para más información, ver enlace
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200526b.shtml
EL GOBERNADOR PHIL MURPHY FIRMÓ LAS SIGUIENTES ÓRDENES
ADMINISTRATIVAS, LEGISLATIVAS Y EJECUTIVAS:
Miércoles, 8 de Julio de 2020, El Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 163,
que requiere que las personas usen cubiertas faciales en espacios públicos al aire libre cuando no es
posible distanciarse socialmente y mantenerse a una distancia de seis pies de los demás, excluyendo a
los familiares inmediatos, cuidadores, hogar miembros, o parejas románticas, excepto cuando hacerlo
inhibiría la salud de esa persona, donde la persona es menor de dos años de edad, o en situaciones donde
las personas no pueden cubrirse la cara, como cuando comen o beben en comedores al aire libre.
La Orden, entra en vigencia de inmediato, también reitera la política de Nueva Jersey de exigir
revestimientos faciales en espacios interiores accesibles para los miembros del público, como negocios
minoristas, recreativos y de entretenimiento, áreas de edificios gubernamentales abiertos al público y
masa autobuses de tránsito, trenes y estaciones, nuevamente con excepciones por razones de salud y
niños menores de dos años.
La Orden señala que las situaciones en las que usar una cubierta facial inhibiría la salud de un
individuo incluyen cuando un individuo se dedica a actividades aeróbicas o anaeróbicas de alta
intensidad, cuando está en el agua y en otras situaciones en las que la presencia de una máscara
representaría un riesgo para la persona. Seguridad del individuo.
La Orden también señala que para los espacios comerciales interiores que no están abiertos al público,
como los edificios de oficinas, esos espacios deben tener políticas que, como mínimo, requieran que las
personas usen revestimientos faciales cuando se encuentren cerca de otros. La Orden también señala que
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los centros de cuidado infantil, otras instalaciones de cuidado infantil y los campamentos de verano para
jóvenes no se rigen por esta Orden, y esos entornos continúan rigiéndose por la Orden Ejecutiva No. 149
(2020) y las normas aplicables emitidas por el Departamento de Salud.
Además, la Orden aclara que, para fines de comidas al aire libre, las áreas al aire libre se definirán
como espacios al aire libre que 1) no tienen techo o cubierta, o 2) tienen un techo fijo o toldo o cubierta
temporal o estacional, con al menos dos abiertos lados que constituirían más del 50 por ciento del
espacio total de la pared si el espacio estuviera completamente cerrado.
Por último, la Orden aclara que las prácticas y competiciones para deportes definidos como "Bajo
Riesgo" por la "Orientación para Actividades Deportivas" del Departamento de Salud están permitidos
tanto en exteriores como en interiores. Las prácticas sin contacto para deportes definidos como "Riesgo
alto o medio" pueden reanudarse en entornos exteriores e interiores. Las prácticas de contacto y las
competiciones para deportes definidos como "Riesgo medio" solo pueden reanudarse en exteriores. Las
prácticas de contacto y las competiciones para deportes definidos como "de alto riesgo" siguen
prohibidas tanto en entornos interiores como exteriores. Todas las actividades deportivas están sujetas a
la "Guía para actividades deportivas", y dichas actividades deben cumplir con todas las leyes,
reglamentos y órdenes ejecutivas aplicables. Para obtener más información sobre la Orden
Ejecutiva 163, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200708a.shtml
Jueves, 2 de Julio de 2020, El Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 162 La
Orden extiende la Emergencia de Salud Pública que se declaró el 9 de marzo de 2020 a través de la
Orden Ejecutiva No. 103, que se extendió anteriormente el 7 de abril, el 6 de mayo y el 4 de junio.
Según la Ley de Poderes de Salud de Emergencia, una emergencia de salud pública declarada expira
después de 30 días a menos que se renueve. La Orden Ejecutiva No. 162 extiende todas las Órdenes
Ejecutivas emitidas bajo la autoridad del Gobernador bajo la Ley de Poderes de Salud de
Emergencia. También extiende todas las acciones tomadas por los departamentos y agencias del Poder
Ejecutivo en respuesta a la Emergencia de Salud Pública presentada por el brote de COVID-19. Para
obtener más información sobre la Orden Ejecutiva 162, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200702c.shtml
Jueves, 2 de Julio de 2020, El Gobernador Phil Murphy anunció un mayor límite de capacidad de
recolección al aire libre a medida que los casos de COVID-19 en Nueva Jersey continúan
disminuyendo. Efectiva a las 6 de la mañana del viernes, 3 de julio, reuniones al aire libre está limitado
a 500 personas, y los servicios religiosos al aire libre y las actividades políticas continuará no tener
límites numéricos. Todas las reuniones en interiores siguen estando limitadas al 25% de la capacidad de
las salas en las que se realizarán, con un máximo de 100 personas. Para obtener más información
sobre la Orden Ejecutiva 161, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200702b.shtml
Jueves, 2 de Julio de 2020, El Gobernador Phil Murphy ordenó que las banderas de los EE. UU. Y
Nueva Jersey sean devueltas al personal completo el viernes 3 de julio, habiendo estado a media asta
desde el viernes 3 de abril, en reconocimiento y luto de todos aquellos que han perdido la vida y sido
afectado por COVID-19. Las banderas volverán al personal completo como símbolo de la recuperación
de Nueva Jersey y su resolución continua. Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva
160, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200702a.shtml
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Martes, 30 de junio de 2020, El Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 159, que
extiende temporalmente ciertos plazos legales en todo el gobierno estatal que requieren revisión y acción
por parte de las agencias antes de un plazo específico. Los plazos legales, además de ciertas fechas de
vigencia que se retrasan, se incluyen en el Apéndice adjunto a la Orden. La orden entrará en vigencia de
inmediato. Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva 159, consulte el enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200630e.shtml
El Lunes, 29 de junio de 2020, El Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 158,
pausando temporalmente la reanudación de la comida en el interior, que estaba programada para
reanudarse a fines de esta semana. La Orden también prohíbe el consumo de alimentos o bebidas y
fumar en las instalaciones interiores de cualquier negocio minorista, recreativo o de entretenimiento,
incluidos los casinos, donde se requieren estrictamente máscaras. La Orden señala que hay una
excepción para la salud y la seguridad, como un individuo que se quita brevemente la máscara para
beber agua. A la luz de la Orden, el Departamento de Salud emitió una Directiva Ejecutiva actualizada
para establecimientos de alimentos y bebidas, que continuará restringida al servicio en persona solo en
áreas al aire libre. Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva 158, consulte el enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200629f.shtml .
El viernes 26 de junio de 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 157, que
implementa la reapertura anunciada a principios de esta semana que entrará en vigencia el jueves 2 de
julio. Específicamente, la Orden contiene varios requisitos para comidas en el interior, que pueden
reanudarse el 2 de julio, pero se limitará al 25 por ciento de capacidad y se requerirá que los clientes
ordenen y consuman alimentos o bebidas mientras están sentados. La Orden también contiene los
requisitos básicos para negocios recreativos y de entretenimiento en interiores, que pueden abrir el 2 de
julio al 25 por ciento de su capacidad, con la excepción de gimnasios y centros de acondicionamiento
físico, cines, centros de artes escénicas, otros lugares de conciertos y entretenimiento y agua en
interiores. parques Además, las pistas de baile en cualquier negocio deben estar cerradas o acordonadas.
Sin embargo, los gimnasios y centros de acondicionamiento físico pueden ofrecer instrucción
individualizada en interiores con cita previa.
Los requisitos para las empresas minoristas se actualizan en esta Orden para mayor claridad, pero estos
requisitos no se modifican, aparte de una aclaración de que la limitación de capacidad del 50 por ciento
no incluirá a los empleados del establecimiento minorista. La Orden establece exhaustivamente los
requisitos relacionados con COVID-19 que se aplican a las empresas en los sectores minorista,
gastronómico y de recreación.
Los requisitos para comer en el interior incluyen:
1. Limite el número de clientes en áreas interiores al 25 por ciento de la capacidad interior del
establecimiento de alimentos o bebidas, excluyendo a los empleados del establecimiento de
alimentos o bebidas;
2. Asegúrese de que las mesas donde las personas o grupos están sentados estén separadas por seis
pies en todas las direcciones desde cualquier otra mesa o asiento y que los asientos individuales
en cualquier área compartida que no esté reservada para grupos individuales, como un área de
bar interior, también sean seis pies separados en todas las direcciones de cualquier otra mesa o
asiento;
3. Requerir que los clientes usen coberturas faciales mientras estén dentro de las instalaciones
interiores del establecimiento de alimentos o bebidas, excepto cuando estén sentados en su mesa
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o en su asiento individual. Este requisito no se aplica si el cliente tiene una razón médica para no
usar una cubierta facial o es un niño menor de dos años de edad;
4. Los establecimientos de comidas o bebidas con servicio de mesa solo pueden permitir que los
clientes realicen pedidos cuando estén sentados, y solo los camareros pueden llevar alimentos o
bebidas a los clientes sentados;
5. Los clientes solo pueden consumir alimentos o bebidas mientras están sentados (lo que significa
que no pueden caminar con sus bebidas, por ejemplo); y
6. Cumplir con todas las demás normas de salud y seguridad emitidas por el Comisionado del
Departamento de Salud, incluidas las prácticas de control de infecciones y otros protocolos de
desinfección, de conformidad con su autoridad bajo la Ley de Poderes de Salud de Emergencia
(Emergency Health Powers Act).
El Departamento de Salud emitió una Directiva Ejecutiva actualizada que incorpora los requisitos
anteriores y contiene estándares y protocolos integrales de salud y seguridad para establecimientos de
alimentos o bebidas, incluidas sus áreas exteriores e interiores.
La Orden Ejecutiva describe los requisitos para negocios recreativos y de entretenimiento que
pueden abrir, que incluyen bibliotecas, museos, acuarios y clubes sociales públicos y privados.
Estas empresas deben limitar la capacidad de sus locales interiores al 25 por ciento, y están sujetos a
muchos de los mismos requisitos que se imponen a las empresas minoristas (la Orden incluye una lista
completa de los requisitos). Sin embargo, los gimnasios y centros de acondicionamiento físico, cines,
centros de artes escénicas, otras salas de conciertos y parques acuáticos y de diversiones bajo techo
deben mantener cerrados sus espacios interiores y las pistas de baile en cualquier negocio deben
estar cerradas o acordonadas.
Sin embargo, los gimnasios y los centros de acondicionamiento físico pueden ofrecer instrucción
individualizada en interiores con cita previa solo cuando un instructor ofrezca capacitación a un
individuo y a los familiares inmediatos, miembros del hogar, cuidadores o parejas románticas del
individuo. Si un gimnasio o centro de fitness ofrece múltiples instrucciones simultáneas en la misma
instalación, estas instrucciones deben llevarse a cabo en habitaciones separadas o, si se llevan a cabo en
la misma habitación, deben estar separadas por una barrera de piso a techo que cumpla con todos
requisitos del código de fuego.
Los parques infantiles también se pueden abrir el 2 de julio. Además, los servicios de cuidado
personal que requerirían la eliminación de una cubierta facial, como los tratamientos faciales, también
pueden reanudarse el 2 de julio, sujeto a los requisitos aplicables emitidos por la División de Asuntos del
Consumidor y Departamento de Salud.
En los próximos días, el Departamento de Salud emitirá normas y protocolos para piscinas cubiertas y
parques de atracciones y acuáticos al aire libre. La División de Aplicación de Juegos (Division of
Gaming Enforcement) emitirá estándares y protocolos para los casinos, que estarán abiertos el 2 de julio,
pero estarán sujetos a requisitos adicionales.
Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva 157, consulte el enlace
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200626e.shtml o
https://www.nj.gov/infobank/eo/056murphy/pdf/EO-157.pdf
Para obtener más información sobre la Directiva Ejecutiva del Departamento de Salud sobre
comidas al aire libre y bajo techo, vea el enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/docs/Dining_Guidance.pdf
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Viernes 26 de Junio de 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la legislación (S2437) que establece
límites a las tarifas de servicio cobradas a los restaurantes por aplicaciones de entrega a domicilio y
sitios web durante el estado de emergencia declarado por el gobernador en respuesta a COVID-19. La
legislación proporciona un alivio muy necesario a los restaurantes de Nueva Jersey que se han
enfrentado a tarifas excesivas y se limitan al servicio de comida para llevar y entrega. Para obtener más
información, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200626d.shtml
El lunes 22 de junio de 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 156,
aumentando los límites de capacidad de reunión interior y exterior al 25% de la capacidad del salon o
area en las que se realizarán, con un máximo de 100 personas. Las reuniones al aire libre ahora están
limitadas a 250 personas, y los servicios religiosos al aire libre y las actividades políticas continuarán sin
tener límites numéricos.
Además, la Orden Ejecutiva aclara que para propósitos de comidas al aire libre, las "áreas al aire libre"
deben definirse como espacios al aire libre sin techo fijo, además de un toldo o cubierta temporal o
estacional. Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva 156, consulte el enlace
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200622a.shtml
El viernes 19 de junio de 2020, el Gobernador Phil Murphy y la Comisionada de Salud Judith M.
Persichlli anunciaron que los residentes de centros de atención a largo plazo podrán tener visitas al aire
libre con sus seres queridos en un espacio designado al aire libre a partir del domingo 21 de junio: Día
del Padre - en virtud de una directiva para centros de atención a largo plazo emitida por el Departamento
de Salud del Estado.
Antes de transportar a un residente de atención a largo plazo a un espacio exterior designado, los
visitantes deben ser examinados para detectar síntomas de COVID-19, incluido un control de
temperatura, y las instalaciones deben seguir medidas de seguridad y prevención y control de
infecciones para permitir las visitas.
La directiva se aplica a:
Hogares de Cuidado de Demencia,
Dentros de Cuidado a Largo Plazo,
Hogares de Cuidado Pediátrico de Transición,
Residencias y Programas de Vida Asistida y
Hogares de Cuidado Personal Integral.
Solo se permitirán dos (2) visitantes a la vez y deben permanecer a seis pies de distancia del
residente. Se requiere que los visitantes y residentes usen cobertores faciales, y un miembro del
personal, que use una máscara quirúrgica, debe permanecer con el residente durante la visita. Un
residente sospechoso o confirmado de estar infectado con COVID-19 o en cuarentena por una
exposición no puede recibir visitas. Un residente que ha dado positivo puede recibir visitas después de
haber cumplido con los criterios para suspender el aislamiento.
Las instalaciones deben presentar una certificación al menos 24 horas antes de que comiencen las visitas
al aire libre confirmando que han implementado los requisitos de la directiva y que tienen un lugar
designado para las visitas, suficiente personal y equipo de protección personal, y un método para
programar citas. Las instalaciones pueden comenzar a programar citas hoy, pero las visitas no pueden
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comenzar hasta el domingo.
Se requiere que las instalaciones comuniquen la política de visitantes a los residentes, las familias, el
personal y otros, y deben recibir el consentimiento informado por escrito del residente y el visitante de
que cumplirán con las políticas de las instalaciones durante la visita. Como parte del formulario de
consentimiento, el visitante debe aceptar notificar a la instalación si dan positivo por COVID o si
presentan síntomas dentro de los 14 días posteriores a la visita.
Para obtener más información sobre el anuncio, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200619f.shtml
Para obtener información sobre la Directiva Ejecutiva No. 20-017 vea enlace,
https://nj.gov/health/legal/covid19/6-19-20_ExecutiveDirectiveNo20-
017_StandardsProtocolsVisitorsFacilityStaff.pdf
Jueves, 18 de junio, 2020, El Gobernador Phil Murphy firmó hoy la Orden Ejecutiva No. 155, que
permitirá que la programación clínica, de laboratorio y práctica en persona en las instituciones de
educación superior se reanude a partir del 1 de julio de 2020 con mejores protocolos de salud y
seguridad. La Orden Ejecutiva No. 155 también permitirá que las escuelas de comercio y capacitación se
vuelvan a abrir el 1 de julio, siempre que existan políticas específicas de salud y seguridad. Como parte
de este proceso, la Oficina del Secretario de Educación Superior ha emitido estándares de reinicio para
todas las instituciones de educación superior de Nueva Jersey que pueden guiar la reapertura y ayudar a
las instituciones a medida que se preparan para los próximos pasos.
Para abrir, las instituciones bajo la competencia de la Oficina del Secretario de Educación Superior
(OSHE) deben presentar planes que demuestren cómo seguirán los criterios establecidos en las
directrices que OSHE publicará hoy. Esos planes se deben a OSHE 14 días antes de que la institución
tenga la intención de implementar el plan llevando a los estudiantes y al personal de regreso al
campus. Las escuelas de comercio y capacitación, que están fuera del alcance de OSHE, están sujetas a
un conjunto similar de protocolos de salud y seguridad. Para obtener más información sobre la
Orden Ejecutiva 155, consulte el enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200618a.shtml
También el 18 de junio de 2020, el Gobernador Phil Murphy y el superintendente de la policía
estatal, coronel Patrick Callahan anunciaron una Orden Administrativa que permite que las porciones
interiores de los centros comerciales se vuelvan a abrir a los miembros del público, a partir de las 6:00
am del lunes 29 de junio, 2020.
Los negocios minoristas ubicados en el interior de los centros comerciales pueden reabrir al público,
siempre que cumplan con los requisitos contenidos en la Orden ejecutiva No. 122. Los restaurantes
dentro del centro comercial minorista están restringidos a ofrecer servicios de comida para llevar y
entrega , excepto que también pueden proporcionar servicio en persona en áreas al aire libre fuera del
centro comercial de conformidad con la Orden Ejecutiva No. 150.
Los quioscos minoristas ubicados dentro de los centros comerciales pueden operar sujetos a los
requisitos aplicables contenidos en la Orden Ejecutiva No. 122, y deben asegurarse de que los clientes
permanezcan a seis pies de distancia en todo momento.
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Todas las áreas con asientos comunes deben ser removidas o acordonadas. Asientos o bancos aislados
disponibles para uso individual pueden ser accesibles, con el fin de proporcionar a los clientes un lugar
para descansar.
Los operadores de centros comerciales en interiores deben evaluar los planos de planta y establecer
políticas para minimizar los puntos de congestión y mantener el distanciamiento social, como un plan de
flujo de clientes con marcas en el piso o puntos de entrada y salida separados.
Con respecto a los propios empleados del centro comercial, los operadores del centro comercial deben
exigir prácticas de control de infecciones, proporcionar a los empleados un tiempo de descanso para
lavarse las manos y proporcionar materiales de desinfección, entre otros requisitos. La orden también
establece que los empleados y los clientes deben usar cubiertas para la cara mientras se encuentren en
las instalaciones, excepto cuando hacerlo inhibiría la salud de esa persona o donde la persona es menor
de dos años. Si un cliente se niega a usar una cubierta de tela para la cara por razones no médicas y si el
centro comercial no puede proporcionar dicha cubierta al punto de entrada, entonces el centro comercial
debe rechazar la entrada a la persona.
Los siguientes servicios o áreas estarán cerrados en todos los centros comerciales cerrados:
1. El señor que estaciona los autos;
2. Máquinas expendedoras;
3. Alquiler de cochecitos; y
4. Cualquier tipo de área de juego comunitaria.
Las empresas ubicadas dentro de las partes interiores de los centros comerciales minoristas que
permanecen cerradas al público por cualquier Orden Ejecutiva, tales como negocios de entretenimiento
y recreación, incluidos gimnasios, gimnasios, cines, parques de atracciones, parques acuáticos y salas de
juegos, permanecerán cerrados.
Para obtener más información sobre la Orden administrativa, consulte el enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200618d.shtml
El sábado 14 de junio, 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 154, que
permite que las instalaciones de servicios de cuidado personal se vuelvan a abrir al público el lunes 22
de junio a las 6:00 a.m., siempre que las instalaciones cumplan con los estándares emitidos por la
División de Asuntos de. Consumidor y Departamento de Salud.
Bajo la Orden Ejecutiva del Gobernador, las instalaciones de servicios de cuidado personal incluyen:
Tiendas de cosmetología.
Barberías.
Salones de belleza.
Tiendas de trenzas para el cabello.
Salones de uñas.
Instalaciones de electrolisis.
Spas, incluidos spas de día y spas médicos, en los que solo son electivos y se
realizan procedimientos médicos cosméticos.
Salones de masaje.
Salones de bronceado
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Salones de tatuajes.
La División de Asuntos del Consumidor emitió hoy una Orden Administrativa que incluye estándares
integrales de salud y seguridad que deben cumplir los servicios de cuidado personal que son
licenciatarios de la Junta de Cosmetología y Peluquería del Estado de Nueva Jersey y la Junta de Masaje
y Terapia de servicios corporales de Nueva Jersey.
Las medidas incluyen:
Limitar los servicios solo a citas.
Realizar exámenes de salud, incluidos controles de temperatura, en clientes y personal antes de
ingresar a la instalación.
Requerir el uso de equipos de protección personal y exigir a los clientes que usen cobertores
faciales en todo momento, independientemente del servicio que estén recibiendo, a menos que
estén boca abajo en una mesa de masaje o donde hacerlo inhibiría la salud de una persona.
Asegurar que todos los pares de personal-cliente mantengan al menos seis pies de distancia entre
otros pares de personal-cliente, a menos que estén separados por barreras físicas.
Adoptar prácticas mejoradas de limpieza y desinfección.
Mantenerse informado sobre nuevos desarrollos y orientación relacionados con COVID-19.
La Orden además ordena al Comisionado del DOH que emita estándares de salud y seguridad para uso
de salones de tatuajes, salones de bronceado y otros lugares en los que los servicios de cuidado personal
son ofrecidos por personas que no están actuando dentro del alcance de una licencia emitida por una
junta profesional. dentro de la División de Asuntos del Consumidor.
Nada en la Orden impedirá la provisión de servicios a una persona que está confinada a su hogar y que
no puede viajar debido a una discapacidad, si estos servicios
1) están permitidos por los estatutos y reglamentos existentes
2) se proporcionan de manera que cumplan sustancialmente con las
normas emitidas por el División de Asuntos del Consumidor y DOH.
El DOH emitió hoy una Directiva Ejecutiva que incluye estándares integrales de salud y seguridad para
estos lugares.
Las escuelas de cosmetología u otros lugares que brinden instrucción y capacitación para servicios de
cuidado personal permanecerán cerrados en este momento.
Para obtener más información sobre la Orden ejecutiva 154, consulte el enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200613c.shtml
El Martes 9 de Junio, 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó las órdenes ejecutivas No. 152 y No.
153, elevando los límites de las reuniones al aire libre y bajo techo, abriendo piscinas a partir del 22 de
Junio y negocios recreativos al aire libre inmediatamente.
Bajo la Orden Ejecutiva No. 152, efectiva de inmediato:
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Las reuniones en interiores están limitadas al 25 por ciento de la capacidad de la sala, pero
independientemente de la capacidad de la sala, dicho límite nunca debe ser inferior a 10 o
superior a 50 personas.
Todos los asistentes a la reunión deben usar cubiertas para la cara, a menos que por una razón
médica o si la persona es menor de 2 años, las personas deben permanecer a seis pies de
distancia en todo momento, y los elementos físicos no pueden ser compartidos por múltiples
asistentes de la misma reunión a menos que se desinfecte antes y después de su uso.
Las reuniones al aire libre están limitadas a 100 personas, y los asistentes deben estar a seis pies
de distancia. Las personas deben usar cubiertas faciales en todo momento donde las medidas de
distanciamiento social sean difíciles de mantener, y las personas que están en vehículos no
contarán para el límite de recolección.
Nada en la Orden impedirá que una persona en una reunión se quite momentáneamente la
máscara para colocarse o recibir un objeto en la boca, si se hace con fines religiosos, o por
razones de salud y seguridad.
Además, el estacionamiento disponible en los Parques y Bosques del Estado, y en los parques
municipales y del condado, puede reabrirse a su capacidad máxima completa.
Bajo la Orden Ejecutiva No. 153:
Las piscinas al aire libre pueden abrir a partir de las 6:00 a.m. del lunes 22 de junio, siempre
que cumplan con las normas y políticas que emitirá el Departamento de Salud. Las
instalaciones de la piscina pueden abrir con el propósito de entrenamiento y lecciones de
natación de salvavidas antes del 22 de junio.
Además, los negocios de recreación y entretenimiento al aire libre pueden reabrir de inmediato,
con la excepción de los parques de atracciones, parques acuáticos y salas de juegos. Se requiere
que estos negocios recreativos y de entretenimiento cumplan con una serie de protocolos de
distanciamiento social que se especifican en la Orden. Cualquier tipo de evento en un negocio
recreativo o de entretenimiento al aire libre que involucre a personas allí en un momento
específico por una razón común, como una película o un concierto, está sujeto a las
restricciones de las reuniones al aire libre.
Los clubes sociales públicos y privados pueden reabrir sus espacios al aire libre, siempre que
cumplan con todos los términos aplicables de la Orden. Y nada en la Orden impide que una
empresa opere un juego de diversiones al aire libre, como un juego en un paseo marítimo,
siempre que el juego no tenga lugar en un parque de diversiones y un empleado esté presente y
cumpla con todos los requisitos del Párrafo 1 de esta Orden, que incluye la desinfección de
todo el equipo antes y después de cada uso.
La Orden Ejecutiva No. 107, que requiere que los residentes de Nueva Jersey permanezcan en sus
hogares con excepciones limitadas, queda formalmente rescindido. Las otras disposiciones de esa
Orden, incluido el requisito de que las empresas o las organizaciones sin fines de lucro adapten su fuerza
laboral para el teletrabajo o los arreglos de trabajo desde el hogar, siempre que sea posible, aún están
vigentes. Para obtener más información, consulte el enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200609a.shtml
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Viernes, 5 de Junio, 2020 El Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 151,
extiendiendo una vez mas, la Emergencia de Salud Pública que fue declarada el 9 de marzo de 2020 a
través de la Orden Ejecutiva No. 103, extendida el 7 de abril de 2020 a través de la Orden Ejecutiva No.
119, y extendida nuevamente el 6 de mayo de 2020 a través de la Orden Ejecutiva No. 138. Según la
Ley de Poderes de Salud de Emergencia, una emergencia de salud pública declarada expira después de
30 días a menos que se renueve.
La Orden Ejecutiva No. 151 extiende todas las órdenes ejecutivas emitidas bajo la autoridad del
gobernador bajo la Ley de poderes de salud de emergencia. También extiende todas las acciones
tomadas por los departamentos y agencias del Poder Ejecutivo en respuesta a la Emergencia de Salud
Pública presentada por el brote de COVID-19. Para obtener más información sobre la Orden
Ejecutiva 151, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200604a.shtml
Miércoles, 3 de Junio, 2020 El Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 150, lo que
permite comer al aire libre a partir del lunes, 15 de Junio de 2020, con una directiva ejecutiva del
Departamento de Salud de Nueva Jersey adjunta, que establece las normas de salud y seguridad que sus
respectivos centros de alimentos o bebidas seguir. Además, el Gobernador anunció una decisión especial
de la División de Control de Bebidas Alcohólicas de Nueva Jersey que crea un camino para que los
titulares de licencias de licores amplíen las instalaciones en las que pueden servir alcohol.
La Orden Ejecutiva No. 150 permite comer al aire libre en los establecimientos de alimentos o bebidas
en Nueva Jersey a partir del lunes 15 de Junio de 2020. Los establecimientos deberán seguir una serie de
protocolos de salud y seguridad relacionadas al COVID-19 emitidos por el Departamento de Salud,
incluido un límite de ocho clientes por mesa y requisitos de al menos seis pies de distancia entre las
partes. Además, mientras no se permita comer en el interior, se requiere que los establecimientos de
alimentos o bebidas prohíban fumar en las áreas exteriores designadas para el consumo de alimentos y /
o bebidas.
La Orden señala además que a los municipios se les permite usar su autoridad existente para permitir
que los establecimientos de alimentos o bebidas expandan su espacio a áreas al aire libre, tanto dentro de
su propiedad como en áreas gobernadas por el municipio, incluidas, entre otras, aceras, calles o parques.
Además, una resolución especial de la División de Control de Bebidas Alcohólicas (ABC) por sus siglas
en inglés, de Nueva Jersey permitirá temporalmente a los establecimientos con licencias de licores
expandir sus locales con licencia a áreas al aire libre que sean contiguas o no contiguas a sus locales con
licencia permanente. Los establecimientos pueden solicitar a través del sistema de licencias POSSE
ABC en línea, y si se aprueba, será emitido un permiso temporal efectiva el 15 de junio que se extenderá
hasta el 14 de noviembre de 2020. ABC no tomara una decisión sobre cualquier aplicación hasta que
reciba un respaldo o aprobación por parte los funcionarios apropiados del cuerpo directivo, y es
responsabilidad del licenciatario cumplir con las ordenanzas locales y los requisitos del plan del espacio.
Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva 150, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200603e.shtml
Sábado, 30 de Mayo, 2020 El Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 149, que
permite la reanudación de los servicios de cuidado infantil, los campamentos de jóvenes y los deportes
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organizados. Esta Orden rescinde el programa de cuidado infantil de emergencia bajo la Orden Ejecutiva
No. 110 a partir del 15 de junio y permite que los centros de cuidado infantil reanuden las operaciones
normales a partir del 15 de junio, sujeto a su cumplimiento con los estándares de salud y seguridad
específicos de COVID-19. Además, los campamentos de día para jóvenes pueden abrir a partir del 6 de
julio y deben cumplir con los estándares de salud y seguridad específicos de COVID-19.
La Orden también suspende la prohibición de que las personas participen en actividades deportivas
organizadas a partir del 22 de junio, siempre que las actividades permanezcan al aire libre y sin contacto,
y el Departamento de Salud emitirá normas de salud y seguridad para estas actividades. Los deportes de
la escuela secundaria bajo la jurisdicción de la Asociación Atlética Interescolar del Estado de Nueva
Jersey (NJSIAA) pueden reanudarse solo de acuerdo con los protocolos de reapertura emitidos por
NJSIAA, y no pueden reanudarse antes del 30 de junio.
Servicios de cuidado infantil A partir de las 6:00 a.m. del 15 de Junio, 2020, los centros de cuidado infantil y otras
instalaciones de cuidado infantil pueden reanudar las operaciones para todos los clientes, siempre
que cumplan con las Normas de Cuidado Infantil COVID-19 y otros estatutos, reglamentos y
Órdenes Ejecutivas aplicables.
Cada centro de cuidado infantil debe presentar un certificado al Departamento de Niños y
Familias a más tardar 24 horas antes de la fecha de apertura anticipada, o en el caso de los
centros de cuidado infantil de emergencia que operan actualmente, dentro de los catorce días
posteriores a la fecha de vigencia de esta Orden, certificando que seguirá todas las normas de
salud y seguridad aplicables, como se detalla en las Normas de Cuidado Infantil COVID-19.
Campamentos de día de la juventud Se permitirá que los campamentos de verano para jóvenes funcionen a partir del Lunes, 6 de
Julio, 2020, siempre que cumplan con las Normas COVID-19 de Cuidado de Niños y
Campamentos de Verano para Jóvenes y otros estatutos, reglamentos y Órdenes Ejecutivas
aplicables.
Los campamentos de verano para jóvenes que deseen operar a partir del 6 de Julio, 2020 deben
presentar un certificado al Departamento de Salud a más tardar 24 horas antes de la fecha de
apertura anticipada, lo que acredita que seguirán todos los estándares de salud y seguridad
aplicables, como se detalla en los Estándares de Campamento de Verano para Jóvenes COVID-
19.
Los campamentos residenciales y nocturnos tienen prohibido operar.
Deportes organizados A partir del 22 de Junio, 2020, las actividades deportivas, incluidas las actividades deportivas
organizadas, están permitidas solo en entornos al aire libre, siempre que no impliquen contacto
de persona a persona o impliquen rutinariamente a personas que interactúen a menos de seis pies
de distancia. Cualquier actividad deportiva que implique contacto de persona a persona o
individuos que interactúen de manera rutinaria cerca (a menos de seis pies de distancia entre sí)
permanecerá prohibida en cualquier entorno.
El Comisionado del Departamento de Salud impondrá normas de salud y seguridad con respecto
a las actividades deportivas antes de esa fecha, y dichas actividades deben cumplir con todas las
leyes, reglamentos y Órdenes Ejecutivas aplicables, incluidas las restricciones a las reuniones en
el momento en que se realicen las actividades deportivas.
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Las actividades deportivas de la escuela secundaria bajo la jurisdicción de NJSIAA pueden
reanudarse de acuerdo con los protocolos de reapertura emitidos por NJSIAA, que considerarán
la orientación del Departamendo de Salud al emitir estos protocolos. Sin embargo, estas
actividades deportivas en la escuela secundaria no pueden reanudarse antes del 30 de Junio,
2020.
Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva 149, consulte el enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200530b.shtml
Jueves, 28 de Mayo, 2020, El Gobernador Phil Murphy firmo hoy la legislación (A4157), que extiende
temporalmente la fecha límite para presentar una apelación de impuestos a la propiedad hasta el 1 de
Julio, 2020, y la fecha límite para que las juntas tributarias del condado tomen decisiones en casos de
apelación de impuestos hasta el 30 de Septiembre, 2020. El proyecto de la ley entra en vigencia de
inmediato y se aplica retroactivamente al 1 de Abril,, 2020. Ver enlace:
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200528b.shtml
Viernes, Mayo 22, 2020 El Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 148, aumentando el límite de reuniones al aire libre de 10 a 25 personas y permitiendo que los campamentos
recreativos se reabran con medidas de distanciamiento social establecidas. El límite para las reuniones
en interiores sigue siendo de 10 personas. La orden entra en vigencia de inmediato.
Reuniones Al Aire Libre : La Orden Ejecutiva del Gobernador permite reuniones al aire libre de hasta
25 personas siempre que se cumplan las siguientes reglas:
La reunión debe llevarse a cabo completamente al aire libre, excepto para el uso del baño;
Limite la capacidad a no más de 25 personas en todo momento;
Requerir que los asistentes estén a seis pies de distancia en todo momento, excluyendo a
los familiares inmediatos, cuidadores, miembros del hogar o parejas románticas;
Prohibir el contacto entre los asistentes y no deportes organizados o de contacto;
Si el evento es una reunión organizada, el organizador debe demarcar seis pies de espacio
en el área de la reunión para demostrar el espacio apropiado para el distanciamiento
social;
El límite proporcionó asientos para individuos solteros, separados seis pies de distancia y
desinfectados después de cada uso;
Prohibir compartir cualquier elemento físico provisto y requerir desinfección antes y
después de cada uso; y
Requerir opciones de pago sin contacto siempre que sea posible.
Barcos de Alquiler y Negocios Recreativos : la Orden rescinde el límite de capacidad para 10
personas en barcos de alquiler y negocios recreativos abiertos bajo la Orden Ejecutiva No. 147,
que incluye campos de tiro con arco, jaulas de bateo, campos de golf, equitación, clubes de tenis
y campos de tiro, e impone una nueva limitación de capacidad para 25 personas siempre
cumpliendo con el requisito de que las personas puedan permanecer a seis pies de distancia en
todo momento.
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Parques, Playas, Paseos Marítimos y Orillas del Lago : La Orden permite reuniones de no
más de 25 personas en parques estatales y bosques, parques municipales y del condado, playas
públicas y privadas, paseos marítimos, lagos y orillas de los lagos, pero continúa prohibiendo
eventos especiales como festivales, conciertos, fuegos artificiales y películas.
Campamentos Recreativos : La Orden permite que los campamentos recreativos privados y públicos se
vuelvan a abrir al público. Lo siguiente permanecerá cerrado en los campamentos recreativos: áreas de
picnic; parques infantiles; pabellones y otros servicios e instalaciones del edificio, excepto baños y
duchas. Los campamentos recreativos que están abiertos al público deben cumplir con las mismas
restricciones requeridas para los negocios recreativos. Se requiere que el Departamento de Protección
Ambiental prepare un plan de reapertura gradual para todos los campamentos ubicados en Parques y
Bosques del Estado dentro de quince días.
Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva No. 147, consulte:
https://nj.gov/infobank/eo/056murphy/pdf/EO-148.pdf
Lunes, Mayo 18, 2020 El Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 147, que permite
ciertas actividades al aire libre en negocios recreativos, incluidos campos de tiro con arco, jaulas de
bateo, campos de golf, equitación, campos de tiro y clubes de tenis, así como jardines comunitarios para
abrir con el distanciamiento social requerido. medidas en su lugar. La Orden entra en vigencia el viernes
22 de Mayo a las 6:00 am.
Negocios Recreativos al Aire Libre: Para limitar las interacciones físicas, la Orden requiere negocios
recreativos al aire libre que se vuelvan a abrir para limitar la capacidad a 10 personas a la vez e
implementen restricciones razonables que incluyen:
Utilizando sistemas electrónicos o telefónicos de reserva y pago;
Prohibir reunions ya declaradas no permitidas;
Instalar barreras físicas entre empleados y clientes;
Limitar el uso del equipo a una persona;
Implementar medidas de distanciamiento social en áreas de uso común, incluyendo la
demarcación y señalización;
Control de infecciones y prácticas de higiene;
Proporcionar materiales de desinfección a los empleados;
Desinfección frecuente de áreas de alto contacto; y
Limitar la ocupación de los baños.
Jardines Comunitarios : la Orden ejecutiva del gobernador Murphy permite la reapertura de los
jardines comunitarios siempre que cumplan con las mismas restricciones implementadas en los parques
bajo la Orden ejecutiva No. 133.
Negocios de Alquiler de Vehículos y Motocicletas Todo Terreno y Tierra : La Orden permite
vehículos todo terreno y tierra empresas de alquiler de bicicletas para reabrir al público para la recogida
"en la acera". Dichos negocios deben cumplir con las mismas restricciones requeridas para negocios
minoristas no esenciales.
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Campos de Golf: La Orden relaja cuatro de las restricciones en los campos de golf, lo que les permite
expandir los tiempos de salida a cuatro jugadores, permitir el uso de forecaddies, ofrecer alquileres de
palos y equipos y reabrir baños con protocolos de desinfección e higiene.
La orden aclara aún más que los parques de atracciones y salas de juego, y otros lugares de diversión
pública ubicados en estos negocios permanecen cerrados, incluidos los lugares de diversión pública
que se encuentran en un lugar que de otro modo estaría autorizado para ser abierto por cualquier orden
ejecutiva emitida después del 21 de marzo de 2020, como un paseo marítimo.
Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva No. 147, consulte: https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200518c.shtml
Sabado, 16 de Mayo, 2020, Orden Ejecutiva No. 146, permite que los servicios de pesca charter y las
actividades de alquiler de embarcaciones, así como los negocios de alquiler de embarcaciones, se abran
con las medidas de distanciamiento social requeridas. Estos negocios pueden abrir el domingo 17 de
mayo a las 6 a.m.
Los servicios de pesca chárter y las embarcaciones de alquiler podrán reabrir al público siempre que
adopten políticas que incluyan:
• capacidad reducida a no más de 10 personas en un barco al mismo tiempo;
• sistemas de reserva y pago electrónicos o telefónicos;
• sin maquillaje o viajes en bote abierto;
• medidas de distanciamiento social en los buques y en las áreas de espera y embarque,
incluida la demarcación y señalización;
• prohibir el intercambio de equipos de pesca, cebos y artes de pesca;
• limitar el uso de redes o garfios a la tripulación;
• control de infecciones y prácticas de higiene;
• proporcionar materiales de desinfección a pasajeros y tripulación;
• desinfección frecuente de las embarcaciones y áreas de alto contacto;
• La tripulación y los pasajeros deben usar una máscara mientras están a bordo del buque;
• Prohibir el servicio de alimentos y bebidas. y
• informar a todos los pasajeros antes de embarcarse en distanciamiento social, límites de
capacidad y requisitos de higiene.
Se permitirá la reapertura de las empresas de alquiler de embarcaciones siempre que adopten políticas
consistentes con las restricciones de "recogida en la acera" que se aplican a los establecimientos
minoristas de conformidad con la Orden ejecutiva No. 142.
Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva No. 146, consulte:
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200516b.shtml
Viernes, 15 de Mayo, 2020, firmo legislación (S2356 / A3946), para brindar alivio a los estudiantes
matriculados en varios programas estatales de ayuda financiera de educación superior y abordar las
circunstancias únicas provocadas por la pandemia COVID-19. Esta legislación ordena a la Autoridad de
Asistencia Estudiantil de Educación Superior (HESAA) que excluya el semestre de Primavera 2020 de
los límites de elegibilidad total de por vida de un estudiante para todos los programas estatales de ayuda
financiera si un estudiante no puede terminar el semestre debido a la pandemia COVID-19 en curso.
Además, los estudiantes que retiraron o redujeron los créditos durante este tiempo no tendrán que
reembolsar los montos de ayuda financiera del estado que el estudiante hubiera tenido que devolver
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según la ley anterior. Para obtener más información sobre esta legislación, consulte:
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200515e.shtml
(ACTUALIZADA DEBAJO) Viernes, 15 de Mayo, 2020, Orden Ejecutiva No. 145, permite que las
cirugías electivas y los procedimientos invasivos, tanto médicos como dentales, se reanuden el Martes
26 de Mayo a las 5:00 a.m. Esta orden rescinde la suspensión de todas las cirugías electivas y
procedimientos invasivos realizados en adultos, que se instituyó a partir del 27 de marzo bajo la Orden
Ejecutiva No. 109 para preservar la capacidad del equipo esencial y del sistema de atención médica para
responder a COVID-19.
(ACTUALIZACIÓN) El lunes 18 de Mayo de 2020, el Departamento de Salud emitió pautas sobre las
condiciones para que los hospitales y centros de cirugía ambulatoria comiencen a reanudar las cirugías
electivas.
Para ver la guía para hospitales, visite:
https://nj.gov/health/legal/covid19/5-19-2020_HospitalGuidance_forResumingElectives.pdf
Para ver orientación sobre centros de cirugía ambulatoria, visite:
https://nj.gov/health/legal/covid19/5-19-2020_ASCGuidance_forResumingElectives.pdf
Lo anterior aborda cómo las cirugías electivas y los procedimientos invasivos pueden proceder en los
centros de atención médica y aborda consideraciones relevantes, como las siguientes:
• Qué tipos de instalaciones pueden reanudar estos procedimientos.
• Qué instalaciones específicas son elegibles para reanudar estos procedimientos, en
función de su capacidad actual o potencial.
• Si se requerirá que las instalaciones prioricen ciertos procedimientos y, de ser así, qué
consideraciones deberían guiar estas decisiones.
• Requisitos de equipo de protección personal para instalaciones que reanudan estos
procedimientos.
• Requisitos de personal para las instalaciones que reanudan estos procedimientos.
• Si las instalaciones deben agrupar a los pacientes con COVID-19 y no COVID-19.
• Requisitos para pacientes que buscan estos procedimientos para someterse a pruebas,
cuarentena u otras medidas preventivas, según corresponda.
• Políticas que rodean a los visitantes.
• Políticas que rodean el alta de los pacientes después de que se completen los
procedimientos; y
• Informe de métricas sobre la reanudación de estos procedimientos.
Para obtener más información sobre la Orden ejecutiva No. 145, consulte:
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200515i.shtml
Viernes 15 de Mayo de 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 143,
permitiendo que las playas, los tablados, los lagos y las orillas de los lagos permanezcan abiertos con
medidas de distanciamiento social vigentes. La Orden entra en vigencia el viernes 22 de mayo.
Bajo la Orden Ejecutiva del Gobernador Murphy, lo siguiente permanecerá cerrado en playas privadas y
públicas:
Los tablados, lagos y orillas de los lagos
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fuentes de agua, áreas de picnic, areas infantiles
pabellones, instalaciones recreativas interiores y otros edificios e instalaciones, como
centros de visitantes. Esta orden establece una excepción que permite que los
baños, las duchas y los vestuarios permanezcan abiertos.
Para limitar las interacciones físicas, la Orden requiere que los municipios, las comisiones de los lagos,
las asociaciones o entidades de clubes privados y otros gobiernos locales implementen restricciones
razonables, que incluyen:
Imponer restricciones de capacidad no discriminatorias;
Exigiendo que los miembros del público practiquen el distanciamiento social;
Desarrollar e implementar planes de entrenamiento de salvavidas y operación de
playas que aborden las consideraciones de COVID-19;
Retirar, pegar con cinta adhesiva o bloquear de otro modo todos los bancos y mesas;
Prohibir amarrar embarcaciones para evitar reuniones grupales;
Desarrollar e implementar una campaña continua de divulgación pública, que incluye
señalización, redes sociales, sitios web de ciudades y condados, aplicaciones de
dispositivos móviles, radio y publicidad en pancartas;
Prohibir eventos especiales como festivales, conciertos, fuegos artificiales y películas;
Prohibir todas las actividades o deportes organizados o de contacto;
Limitar la ocupación en baños públicos; y
Implementación de protocolos de saneamiento.
Las restricciones también se aplican a los muelles públicos, marinas, rampas para botes y desembarcos
de botes en todo el estado. Debido a la naturaleza diversa de las comunidades costeras y lacustres, la
Orden no exige medidas específicas de distanciamiento social. Los ejemplos de medidas de
distanciamiento social que quedan a discreción de un municipio incluyen, entre otros, los siguientes:
Demarcar seis pies de espacio en cualquier área donde el público pueda formar una
línea;
Limitar el número de socorristas a cada puesto o torre, mantener la distancia social
entre socorristas y agregar soportes o torres según sea necesario;
Instalar barreras físicas entre el público y los empleados en los puestos de venta de
boletos o insignias de playa; y
Limitar la ocupación del puesto de venta de boletos o insignias de playa a una
persona a la vez.
La Orden prohíbe explícitamente las limitaciones de capacidad que discriminan a los no residentes, las
personas de bajos ingresos y otras clases protegidas. Además, esta Orden reabre los baños en los
parques, a la vez que requiere medidas de desinfección frecuentes, vigentes a partir del Sábado 16
de Mayo.
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Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva 143, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200514b.shtml
Martes, 12 de Mayo de 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 142, que
permite la reanudación de la construcción no esencial, la recogida en la acera en tiendas y negocios
minoristas no esenciales y reuniones de automóviles con el fin de conducir y eventos de
autoservicio. Las disposiciones de construcción y venta minorista no esenciales entrarán en vigencia a
las 6:00 am del lunes 18 de Mayo, mientras que la disposición de reuniones para automóviles entrará en
vigencia de inmediato.
Construcción no esencial : La Orden permite que los proyectos de construcción no esenciales se
reanuden a partir de las 6:00 a.m. del lunes 18 de Mayo. Todos los proyectos de construcción deben
cumplir con los requisitos de distanciamiento social, seguridad y desinfección que se describen en
detalle en el Reglamento del Gobernador.
Recolección en la acera en tiendas y negocios minoristas no esenciales: La orden también permite
que las tiendas y empresas minoristas no esenciales permitan la recogida de mercancías en la acera, a
partir de las 6:00 a.m. del lunes 18 de Mayo, pero las empresas deben continuar cerrando sus
operaciones en las tiendas a los clientes. Las empresas que eligen ofrecer la recogida en la acera deben
cumplir con los requisitos de la orden, que incluyen, entre otros, los siguientes:
Las operaciones en la tienda deben limitarse a aquellos empleados que son responsables de las
operaciones requeridas para la recogida en la acera;
Las transacciones de los clientes deben manejarse por adelantado por teléfono, correo
electrónico, fax u otros medios que eviten el contacto de persona a persona;
Los clientes deberán notificar al minorista por mensaje de texto, correo electrónico o teléfono
una vez que lleguen, o hacer los mejores esfuerzos para programar su hora de llegada con
anticipación. Se debe pedir al cliente que permanezca en su vehículo, si llega en automóvil, hasta
que el personal de la tienda entregue la compra;
Los empleados designados deben llevar bienes fuera del establecimiento minorista y colocarlos
directamente en el vehículo de un cliente cuando sea posible, evitando el contacto de persona a
persona; y
Dichas empresas deben seguir las prácticas de distanciamiento social y mitigación descritas en
pedidos anteriores, incluido el requisito de que los trabajadores usen cubiertas de tela para la cara
cuando estén en contacto con otros trabajadores o clientes y guantes cuando estén en contacto
con productos o clientes.
Reuniones de automóviles : La orden establece que las reuniones de automóviles no violan la
prohibición del Gobernador de reuniones en virtud de la Orden Ejecutiva No. 107. Los ejemplos de tales
reuniones de automóviles incluyen, entre otros, películas para conducir, servicios religiosos o granjas o
safaris para conducir. . Las reuniones de automóviles estarán sujetas a las restricciones de la Orden, que
incluyen, entre otras, las siguientes:
Los asistentes deben permanecer en su mismo automóvil durante toda la reunión, a menos que 1)
un ocupante necesite salir del vehículo por su salud o seguridad o 2) un ocupante necesite usar el
baño;
El vehículo debe permanecer cerrado en todo momento, a menos que 1) haya una distancia de
seis pies entre otros vehículos o personas o 2) un oficial, funcionario público o guardia requiera
que el vehículo se abra. Existe una excepción adicional que permite la apertura del vehículo si es
necesario por razones de salud o seguridad;
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Las personas que organizan la reunión que no están en vehículos deben seguir el distanciamiento
social y usar mascarillas faciales de tela para la cara; y
En la medida en que una reunión requiera un pago anticipado o busque donaciones de cualquier
tipo, las opciones sin contacto para el pago anticipado o la donación, como en línea o por
teléfono, deben ofrecerse siempre que sea posible.
Las tiendas o empresas minoristas que operan en centros comerciales pueden operar mediante la
recogida en la acera, de acuerdo con los otros requisitos de este párrafo, pero el personal debe llevar los
productos a los clientes en el exterior del centro comercial. Las partes interiores de los centros
comerciales deben permanecer cerradas, como lo requieren las órdenes anteriores del Gobernador.
Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva 142, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200513a.shtml
Viernes 1 de Mayo de 2020, el gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 135, suspendiendo los requisitos en persona para recibir una licencia de matrimonio y ceremonias de
matrimonio, y para recibir documentos de trabajo para menores.
Bajo la orden ejecutiva:
• Las personas pueden usar la tecnología de videoconferencia para el proceso de licencia y la
ceremonia de matrimonio.
• Se suspende el período de espera de 72 horas entre la solicitud de licencia y la emisión, el
período para el que una licencia es válida se extiende de 30 a 90 días y se imponen tarifas por la
emisión de una segunda licencia de matrimonio o unión civil si el original tiene expirado han
sido renunciados.
• Los menores que deseen certificar sus documentos de trabajo con un funcionario designado de
la escuela podrán hacerlo mediante videoconferencia. Los distritos escolares individuales
elaborarán procedimientos que satisfagan los requisitos legales sin requerir el contacto en
persona.
• Tanto las licencias y ceremonias de matrimonio en persona como la certificación en persona de
los documentos de trabajo pueden continuar, sujeto al distanciamiento social, donde las oficinas
están abiertas y los funcionarios están disponibles para supervisar los procesos.
Para obtener más información sobre la Orden Ejecutiva 135, consulte el enlace, https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200501d.shtml
El Miércoles 29 de abril de 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 133,
que permite que los parques y bosques estatales se abran al público para la recreación pasiva, incluida la
pesca, la caza, la navegación, el canotaje, el senderismo, el caminar, correr o trotar, andar en bicicleta
observación de aves y paseos a caballo.
Las áreas de picnic, parques infantiles, estaciones de ejercicio y equipos, servicios de alquiler de
embarcaciones y alquileres, natación, pabellones, baños y otros edificios e instalaciones, como centros
de visitantes, centros de interpretación y sitios históricos interiores, permanecerán cerrados en este
momento. Para limitar la interacción física;
Los parques y bosques Estatales deben implementar restricciones razonables que incluyan:
• Limitar el estacionamiento al 50% de la capacidad máxima y prohibir el estacionamiento en
áreas no designadas;
• Prohibición de picnics;
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• Requerir que se practique el distanciamiento social, excepto con familiares inmediatos,
cuidadores, miembros del hogar o parejas románticas; y
• Prohibir actividades o deportes organizados o de contacto; y reuniones de cualquier tipo.
• La orden también recomienda que las personas usen una cubierta de tela para la cara mientras
están en lugares públicos en los parques y bosques donde las medidas de distanciamiento social
son difíciles de mantener.
Para más información de la Orden Ejecutiva No. 133, ver enlace,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200429c.shtml
El Martes, 28 de Abril 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 130, que
permite a las ciudades extender el período de gracia para los pagos de impuestos a la propiedad que
vencen del 1 de mayo al 1 de junio, lo que permitirá a los propietarios pagar sus impuestos un mes
después de su vencimiento sin incurrir en costos de intereses o multas. El pedido entrará en vigencia de
inmediato. Para más información, ver enlace;
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200428a.shtml.
El Viernes, 24 de Abril 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 128
autorizando a los propietarios de viviendas (luego de recibir previa solicitud escrita o electronica del
inquilino) a aplicar o acreditar los pagos de alquiler vencidos o por vencer, utilizando el deposito de
seguridad requerido en las disposiciones de alquiler estipulados en el codigo N.J.S.A. 46: 8-19, mientras
continue la Emergencia de Salud Pública previamente establecida por medio a la orden Ejecutiva No.
103 (2020) o hasta 60 días después de dicha emergencia termine.Para más información, ver enlace;
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200424c.shtml.
Jueves, 16 de Abril, 2020, El Gobernador Phil Murphy anunció que las escuelas públicas permanecerán
cerradas hasta al menos el Viernes, 15 de Mayo, 2020. La decisión se tomó en cuidadosa consulta con el
Departamento de Salud de Nueva Jersey y el Departamento de Educación de Nueva Jersey, entre otros
actores clave.
El Gobernador continúa organizando asistencia para los afectados por COVID-19, hoy, 13 de abril de
2020, firmó la Orden Ejecutiva No. 126 que prohíbe a los proveedores de cable y telecomunicaciones
terminar el servicio de Internet y de voz por falta de pago hasta 30 días después de la actual emergencia
de salud pública ha terminado. La orden también exige que se prohíban todas las rebajas de servicio, o
recargos por falta de pago a menos que se impongan de acuerdo con una política aprobada por la Junta
de Servicios Públicos de Nueva Jersey. Además, cualquier servicio de Internet o de voz que se
desconectó después del 16 de marzo por falta de pago debe volver a conectarse. Para obtener más
información sobre la Orden ejecutiva No. 126, consulte el enlace
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200413b.shtml.
El Gobernador Phil Murphy también anunció su intención de promulgar un proyecto de ley que extienda
la fecha límite de presentación de impuestos sobre los ingresos y el impuesto de sociedades de Nueva
Jersey hasta el 15 de julio. El proyecto de ley recibió la aprobación final hoy en la Legislatura y será
firmado por el Gobernador mañana. Para obtener más información, consulte el enlace
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200413c.shtml.
El 8 de abril de 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 122, cesando todos
los proyectos de construcción no esenciales e imponiendo requisitos de mitigación adicionales en
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negocios minoristas esenciales e industrias esenciales para limitar la propagación de COVID-19 en
Nueva Jersey. La orden también describe las protecciones y políticas específicas para todas las empresas
esenciales de venta minorista, fabricación y almacenamiento, así como las empresas dedicadas a
proyectos de construcción esenciales. La Orden Ejecutiva del Gobernador Murphy dirige lo
siguiente:
1. Las empresas minoristas esenciales que aún pueden operar bajo la Orden Ejecutiva No. 107
(2020) deben adoptar las siguientes políticas:
• Limite la ocupación al 50 por ciento de la capacidad máxima establecida de la tienda, si
corresponde, al mismo tiempo
• Establecer horarios de operación, siempre que sea posible, que permitan el acceso únicamente a
personas de alto riesgo, según lo definido por los Centro de Control y Prevención de Enfermedades
(CDC)
• Instale una barrera física, como una protección de escudo, entre los clientes y los
cajeros/empacadores siempre que sea factible o asegure una distancia de seis pies entre esas
personas, excepto en el momento del pago y/o intercambio de bienes
• Requerir prácticas de control de infecciones, como lavarse las manos con regularidad, toser y
estornudar, y el usar y desechar de papel apropiadamente
• Proporcionar a los empleados un descanso para lavarse las manos repetidamente durante la
jornada laboral
• Organice las opciones de pago sin contacto, la recogida y/o la entrega de bienes siempre que sea
posible. Dichas políticas deberán, siempre que sea posible, considerar a las poblaciones que no
tienen acceso al servicio de internet
• Proporcionar materiales de desinfección, como desinfectante de manos y toallitas desinfectantes,
para el personal y los clientes
• Requerir desinfección frecuente de áreas de alto contacto como baños, máquinas de tarjetas de
crédito, teclados, mostradores y carritos de compras
• Coloque carteles visibles en las entradas y en toda la tienda, si corresponde, alertando al personal
y a los clientes sobre los seis pies de distancia física requeridos
• Demarcar seis pies de espacio en las lineas de salida para demonstrar el espacio apropiado para
el distanciamiento social
• Requerir que los trabajadores y los clientes usen cubiertas faciales de tela mientras se
encuentran en las instalaciones, excepto cuando hacerlo inhibiría la salud de esa persona o
donde la persona es menor de dos años, y requiere que los trabajadores usen guantes cuando
estén en contacto con clientes o productos. Las empresas deben proporcionar, a su costo, tales
cubiertas faciales y guantes para sus empleados. Si un cliente se niega a usar una cubierta de
tela para la cara por razones no médicas y si la empresa no puede proporcionar dicha cubierta al
individuo en el punto de entrada, la empresa debe rechazar la entrada a la persona, a menos que
la empresa esté proporcionando medicamentos, suministros médicos o alimentos, en cuyo caso
la política comercial debe proporcionar métodos alternativos de recolección y/o entrega de
dichos productos. Nada en la política establecida debe evitar que los trabajadores o clientes usen
una máscara de grado quirúrgico u otra cubierta facial más protectora si el individuo ya posee
dicho equipo, o si la empresa está obligada a proporcionarle a dicho trabajador más equipo de
protección debido a la naturaleza del trabajo involucrado. Cuando una persona se niega a usar
una cubierta facial en las instalaciones de la tienda debido a una afección médica que inhibe
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dicho uso, ni el negocio minorista esencial ni su personal requerirán que la persona presente
documentación médica que verifique la afección declarada.
2. Las operaciones físicas de todos los proyectos de construcción no esenciales cesaran a las
8:00pm del viernes 10 de abril. Los “proyectos de construcción” incluyen lo siguiente.
• Proyectos necesarios para la prestación de servicios de atención médica, incluidos, entre otros,
hospitales, otras instalaciones de atención médica e instalaciones de fabricación farmacéutica.
• Proyectos de transporte, incluidas carreteras, puentes e instalaciones de transporte público o
infraestructura física, incluido el trabajo realizado en aeropuertos o puertos marítimos.
• Proyectos de servicios públicos, incluidos los necesarios para la producción y transmisión de
energía y electricidad, y cualquier desmantelamiento de instalaciones utilizadas para la
generación de electricidad.
• Proyectos residenciales que se designan exclusivamente como viviendas asequibles.
• Proyectos que involucran escuelas pre-K-12, incluidos, entre otros, proyectos en distritos de la
Autoridad de Desarrollo Escolar y proyectos que involucran instalaciones de educación superior.
• Proyectos ya en marcha que involucran viviendas individuales unifamiliares, o una unidad de
apartamento individual donde ya reside una persona, con un equipo de construcción de 5 o
menos personas. Esto incluye adiciones a viviendas unifamiliares, como paneles solares.
• Proyectos ya en marcha que involucran una unidad residencial para la cual un inquilino o
comprador ya ha celebrado un acuerdo legalmente vinculante para ocupar la unidad en una fecha
determinada, y la construcción es necesaria para garantizar la disponibilidad de la unidad en esa
fecha.
• Proyectos que involucran instalaciones en las cuales se lleva a cabo uno o más de los siguientes:
la fabricación, distribución, almacenamiento o servicio de bienes o productos que son vendidos
por negocios minoristas en línea o negocios minoristas esenciales, según lo define la Orden
ejecutiva No. 107 (2020 ) y órdenes administrativas posteriores adoptadas de conformidad con
dicha orden.
• Proyectos que involucran centros de datos o instalaciones que son críticos para la capacidad de
funcionamiento de una empresa.
• Proyectos necesarios para la prestación de servicios sociales esenciales, incluidos los refugios
para personas sin hogar.
• Cualquier proyecto necesario para apoyar a las agencias de aplicación de la ley o las unidades de
primeros auxilios en su respuesta a la emergencia COVID-19.
• Cualquier proyecto ordenado o contratado por el gobierno federal, estatal, del condado o
municipal, o cualquier proyecto que deba completarse para cumplir con una fecha límite
establecida por el gobierno federal.
• Cualquier trabajo en un proyecto de construcción no esencial que se requiera para asegurar
físicamente el sitio del proyector, garantizar de la integridad estructural de cualquier edificio en
el sitio, eliminar cualquier peligro que existiría en el sitio si la construcción se mantuviera en su
estado actual. Condicionar, remediar un sitio, o de otro modo asegurarse de que el sitio y
cualquier edificio en el mismo essten adecuadamente protegidos y seguros durante la suspensión
del proyecto.
• Cualquier reparación de emergencia necesaria para garantizar la salud y seguridad de los
residentes.
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3. Las empresas manufactureras, las empresas de almacenamiento y las empresas dedicadas a
proyectos de construcción esenciales deben adoptar políticas que incluyan, como mínimo, los
siguientes requisitos:
• Prohibir la entrada de visitantes no esenciales al lugar de trabajo
• Limite las reuniones, inducciones y grupos de trabajo en el lugar de trabajo a grupos de menos de
diez personas
• Requerir que los individuos mantengan una distancia de seis pies o más entre ellos siempre que
sea posible
• Escalone los horarios de inicio y finalización del trabajo donde sea posible para limitar el
número de personas que ingresan y salen del lugar de trabajo simultáneamente
• Escalone los descansos para almorzar y los horarios de trabajo donde sea posible para permitir
que las operaciones continúen de manera segura mientras se utiliza el menor número posible de
personas en el sitio
• Restrinja el número de personas que pueden acceder a áreas comunes, como baños y salas de
descanso, al mismo tiempo
• Requerir que los trabajadores y visitante usen cubiertas de tela para la cara, de acuerdo con las
recomendaciones de los CDC, mientras se encuentren en la instalaciones, excepto donde hacerlo
inhibiría la salud de la persona o si la persona es menor de dos años de edad, y requiere que los
trabajadores usen guantes mientras están en las instalaciones. Las empresas deben proporcionar,
a su costo, tales cubiertas faciales y guantes para sus empleados. Si un visitante se niega a usar
una cubierta facial de tela por razones no médicas y si la empresa no puede proporcionar dicha
cobertura al individuo en el punto de entrada, entonces las empresas deben rechazar la entrada a
la persona. Nada en la política indicada debe evitar que los trabajadores o visitantes usen una
máscara de grado quirúrgico u otra cubierta facial más protectora si el individuo ya posee dicho
equipo, o si las empresas están obligadas a proporcionar a dicho trabajador más equipo de
protección debido a la naturaleza del trabajo involucrado. Cuando un individuo se niega a usar
una cubierta facial en las instalaciones debido a una afección médica que inhibe dicho uso, ni la
empresa ni su personal requerirán que la persona presente documentación médica que verifique
la afección indicada.
• Requerir prácticas de control de infecciones, como lavarse las manos con regularidad, toser y
estornudar, y el usar y desechar de papel apropiadamente
• Limite el uso compartido de herramientas, equipos y maquinaria
• Proporcionar materiales de desinfección, como desinfectante para manos y toallitas
desinfectantes, a trabajadores y visitantes; y
• Requerir desinfección frecuente de áreas de alto contacto como baños, salas de descanso,
equipos y maquinaria.
4. Todos los negocios esenciales, negocios de almacenamiento, negocios de manufactura y
negocios que realizan proyectos de construcción esenciales también deben adoptar políticas
que incluyan, como mínimo, los siguientes requisitos:
Separe y envíe inmediatamente a los trabajadores a domicilio que parecen tener síntomas
consistentes con la enfermedad COVID-19 al llegar al trabajo o que se enferman durante el día; y
Notifique de inmediato a los trabajadores sobre cualquier expsición conocida a COVID-19 en el
lugar de trabajo, de conformidad con los requisites de confidencialidad de la Ley de
Estadounidenses con Discapacidades y cualquier otra ley aplicable
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Limpie y desinfecte el lugar de trabajo de acuerdo con las pautas de los CDC cuando un
trabajador en el sitio haya sido diagnosticado con la enfermedad COVID-19
Siga las pautas y directivas emitidas por el Departamento de Salud de Nueva Jersey, los CDC y
la Administración de Salud y Seguridad Ocupacional, según corresponda, para mantener un
ambiente de trabajo limpio, seguro y saludable.
5. Cuando una empresa está autorizada para mantener operaciones en-persona, los propietarios
de edificios utilizados para empresas comerciales, industriales u otras, que incluyen, entre
otros, instalaciones para almacenamiento, fabricación, oficinas comerciales, aeropuertos,
supermercados, universidades, colegios, gobierno, hoteles y los edificios residenciales con al
menos 50 unidades, deberán adoptar políticas que, como mínimo, implementen los siguientes
protocolos de limpieza en las áreas donde se realizan las operaciones:
Limpie y desinfecte áreas de alto contacto de manera rutinaria de acuerdo con las pautas de los
CDC, particularmente en espacios accesibles para el personal, clientes, inquilinos u otras
personas, y asegúrese de que los procedimientos de limpieza después de una exposición conocida
o potencial en una instalación cumplan con las recomendaciones de los CDC
De lo contrario, mantenga los procedimientos de limpieza en todas las demás áreas de la
instalación y
Asegúrese de que la instalación tenga un número suficiente de trabajadores para realizar los
protocolos anteriores de manera efectiva y de una manera que garantice la seguridad de los
ocupantes, visitantes y trabajadores.
La Orden entrará en vigencia el viernes 10 de abril a las 8:00 p.m.
Para obtener mas informacion sobre esta Orden Ejecutiva vea este enlance,
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200408e.shtml
El Martes 7 de Abril, 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 118 que
cierra todos los parques Estatales y bosques y parques del Condado para promover medidas de
distanciamiento social. Según la Orden Ejecutiva 108 (2020), los municipios aún tienen la autoridad de
mantener abiertos o cerrados los parques municipales. La orden entrará en vigencia el Martes 7 de
Abril a las 8:00 p.m. Además, el Gobernador firmó la Orden Ejecutiva No. 119 que extiende la
Emergencia de Salud Pública declarada el 9 de marzo de 2020 a través de la Orden Ejecutiva No. 103.
Según la Ley de Poderes de Salud de Emergencia, una emergencia de salud pública declarada expira
después de 30 días a menos que se renueve. La Orden Ejecutiva 119 extiende todas las órdenes
ejecutivas emitidas bajo la autoridad del Gobernador bajo la Ley de Poderes de Salud de Emergencia.
También amplía todas las acciones tomadas por los departamentos y agencias del Poder Ejecutivo en
respuesta a la Emergencia de Salud Pública presentada por el brote de COVID-19.
Puede encontrar una copia de los comunicados de prensa y la Orden Ejecutiva aquí en los siguientes
enlaces:
Orden Ejecutiva 118: https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200407d.shtml
Orden Ejecutiva 119: https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200407e.shtml
Desde el Viernes, 3 de Abril, 2020, el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC)
recomiendan usar cubiertas faciales de tela en lugares públicos donde otras medidas de distanciamiento
social son difíciles de mantener (por ejemplo, supermercados y farmacias). El CDC recomiendan el uso
de mascarillas simples de tela para frenar la propagación del virus y evitar que las personas que puedan
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tener el virus y que no lo saben, lo transmitan a otros. Las mascarillas de tela hechas de artículos para el
hogar o hechos en casa con materiales comunes a bajo costo se pueden usar como una medida de salud
pública voluntaria adicional.
Los revestimientos de tela para la cara deben: ajustarse de manera justa pero cómoda contra los lados de
la cara, asegurarse con lazos o bandas para las orejas, incluir múltiples capas de tela, permitir la
respiración sin restricciones, poder lavarse y secarse a máquina sin daños o cambiar de forma.
Las cubiertas de tela recomendadas no son máscaras quirúrgicas ni respiradores N-95. Esos son
suministros críticos que deben continuar reservados para los trabajadores de la salud y otros servicios de
primeros auxilios médicos, según lo recomendado por la guía actual de los CDC.
Para obtener más información sobre las máscaras faciales de tela, visite:
https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/downloads/DIY-cloth-face-covering-instructions.pdf.
Adicionalmente, Miércoles, 1 de Abril, 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva
No. 112, autorizando a la División de Asuntos del Consumidor a reactivar temporalmente las licencias
de los profesionales de la salud recientemente retirados y otorgar licencias temporales a los médicos con
licencia en países extranjeros. La orden ejecutiva también permite temporalmente que ciertos
profesionales de la salud realicen actos fuera de su ámbito de práctica habitual y otorga una amplia
inmunidad civil a los profesionales de la salud y las instalaciones que brindan servicios en apoyo de los
esfuerzos de respuesta COVID-19 de Nueva Jersey que actúan de buena fe. Una copia de la nota de
prensa y más detalles sobre esta información están disponible en el enlace a continuación:
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200401b.shtml
Martes, Marzo 31, 2020, el Gobernador Murphy compartió el anuncio del Departamento de Labor, que
establece que los residentes elegible para recibir beneficios de desempleo, recibirán $600 adicionales
por semana hasta el 31 de Julio debido a las facturas federales de alivio la semana pasada. El dinero
debe comenzar a llegar a todos los que ya están recibiendo los beneficios la semana próxima. Los
individuos que acaban de someter su aplicación tendran un periodo de procesamiento un poco más largo.
Una copia de la nota de prensa y más detalles sobre esta información están disponible en el enlace a
continuación:https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200331b.shtml
El Sábado 28 de Marzo, 2020, el gobernador Murphy anunció nuevos medidas de asistencia financiera
para los afectados por el COVID-19. Una copia de la nota de prensa y más detalles sobre esta
información están disponible en el enlace a continuación:
https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200328e.shtml
A partir del jueves, 26 de Marzo, 2020, el Gobernador Phil Murphy anunció que las escuelas han de
permanecer cerradas y que la situación será re-evaluada el 17 de Abril del 2020. También firmó la
Orden Ejecutiva No. 110 la cual instruye a todos los centros de cuidado infantil a certificar que
servirán como centros de cuidados infantil de emergencias para los niños de los empleados esenciales.
Aquellos centros que no se certifiquen deben cerrar sus puertas a partir del 1ro de Abril, 2020 y observar
el mismo periodo de cierre que las escuelas. Los centros de cuidados infantiles incluyen entidades que
proveen cuidados regularmente a niños entre las edades de 0-13, incluyendo los centros de cuidados con
licencias.
Para fines de esta Orden, los empleados esenciales deben incluir, pero no limitarse a:
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Empleados del sector salud, incluyendo aquellos en centros de cuidados médicos y de servicios
de base comunitaria incluyendo cuidados médicos del hogar y salud del comportamiento.
Personal y agentes del orden, bomberos y personal de servicios de emergencia al igual que el
personal de centros correccionales.
Individuos empleados en centros de cuidados infantiles de emergencia en fecha o a partir del 1ro
de Abril, 2020.
Personal laborando en entidades que proveen servicios sociales, incluyendo, pero no limitados a
los empleados de hogares de grupo y refugios.
Empleados esenciales del gobierno que no pueden trabajar desde la casa, incluyendo al personal
de los servicios de protección al menor, bienestar de menores, cuidados de crianza (Foster Care),
empleados de procesamientos de compensación del desempleo y empleados de salud pública, y
Ciertos empleados críticos como se han definido por el comisionado del DCF (Departamento de
niños y familias), que laboren en negocios de ventas esenciales anteriormente definidos en la
Orden Ejecutiva 107 (2020) y ordenes administrativas subsecuentes.
El comisionado del DCF (Departamento de niños y familias) tiene toda la autoridad de hacer cambios a
esta lista. Una copia de la nota de prensa y la Orden Ejecutiva está disponible en el enlace a
continuación: https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200325a.shtml
A partir del lunes 23 de marzo de 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No.
109, que ordena la suspensión de todas las cirugías electivas y los procedimientos invasivos realizados
en adultos que se realizarán después de las 5:00 p.m. el viernes 27 de marzo de 2020. La Orden
Ejecutiva del Gobernador se aplica a todas las operaciones médicas y dentales que se pueden retrasar sin
riesgo indebido para la salud actual o futura del paciente, según lo determine el médico o dentista del
paciente.
Además de la suspensión descrita anteriormente, la Orden Ejecutiva del Gobernador Murphy también
requiere lo siguiente
Protección de la capacidad de los hospitales: los médicos y dentistas, que planean realizar
cirugía o procedimientos invasivos en sus consultorios, deben considerar la carga potencial de
complicaciones posteriores a la cirugía en los hospitales locales antes de realizar cualquier
operación.
Exención explícita para la planificación familiar y la terminación de embarazos: la orden
establece que no se interpretará de ninguna manera para limitar el acceso a los servicios de
planificación familiar, incluida la terminación de embarazos.
Inventario del equipo de protección personal que debe tomarse: cualquier negocio, centro de
atención médica no hospitalaria o institución de educación superior que posea Equipo de
protección personal (EPP), ventiladores, respiradores o máquinas de anestesia que no sean
necesarios para la prestación de servicios críticos de atención médica deberá realizar un
inventario de estos suministros y enviar esa información al Estado antes de las 5:00 pm del
viernes 27 de marzo. La Oficina de Manejo de Emergencias establecerá un proceso para que las
entidades afectadas presenten esta información.
La Orden requiere que las instalaciones notifiquen de inmediato a los pacientes cuyas operaciones deben
suspenderse. Para obtener una copia de la Orden Ejecutiva No. 109, haga clic aquí:
https://nj.gov/infobank/eo/056murphy/pdf/EO-109.pdf.
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(ACTUALIZA DEBAJO) 21 de marzo de 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva
No. 107, que ordena a todos los residentes que se queden en sus casas, hasta nuevo aviso.
La Orden prohíbe todas las reuniones de individuos como,
• Fiestas
• Celebraciones, o
• Otros eventos sociales,
A menos que el pedido autorice lo contrario
Cuando están en público, las personas deben practicar el distanciamiento social y mantenerse al menos a
6 pies de distancia siempre que sea posible, excluyendo a los familiares directos, cuidadores, miembros
del hogar o parejas románticas.
La Orden también ordena a todos los negocios minoristas no esenciales (Ejemplos para la Ciudad de
Passaic: Arcadas, Billar, Clubes Sociales, Luncheonettes, etc.) que cierren sus establecimientos al
público, con la excepción de:
• Tiendas de abarrotes, mercados de
granjeros y granjas que venden
directamente a los clientes y otras
tiendas de alimentos, incluidos los
minoristas que ofrecen una variedad
variada de alimentos comparables a lo
que existe en una tienda de comestibles
• Farmacias y dispensarios de marihuana
medicinal
• Tiendas de suministros médicos
• Gasolineras
• Tiendas de conveniencia
• Ferreterías y tiendas de mejoras para el
hogar
• Bancos y otras instituciones financieras
• Servicios de lavandería y tintorería
• Tiendas que venden principalmente
suministros para niños menores de cinco
años
• Tiendas de mascotas
• Licorerías
• Concesionarios de automóviles, pero
solo para mantenimiento y reparación de
automóviles, y mecánica de automóviles
• Imprentas y suministros de oficina
• Tiendas de correo y entrega
Nada en la Orden limitará
1) La provisión de atención médica o servicios médicos.
2) Acceso a servicios esenciales para residentes de bajos ingresos, como bancos de alimentos;
3) Las operaciones de los medios de comunicación
4) Agencias de aplicación de la ley, o
5) Las operaciones del gobierno federal.
Todas las empresas o organizaciones sin fines de lucro, siempre que sea posible, deben acomodar a su
fuerza laboral para el teletrabajo o los arreglos de trabajo desde casa. En la medida en que una empresa o
una organización sin fines de lucro tenga empleados que no puedan realizar sus funciones a través del
teletrabajo o arreglos de trabajo desde el hogar, la empresa o la organización sin fines de lucro deben
hacer los mejores esfuerzos para reducir el personal en el sitio al número mínimo necesario para
garantizar que Las operaciones pueden continuar.
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Los ejemplos de empleados que necesitan estar presentes en su lugar de trabajo para realizar sus tareas
laborales incluyen, pero no se limitan a
• Los agentes del orden
• Bomberos
• Otros socorristas
• Cajeros o empleados de la tienda.
• Trabajadores de la construcción
• Trabajadores de servicios públicos
• Trabajadores de reparación
• Trabajadores de almacén
• Investigadores de laboratorio
• Trabajadores de mantenimiento de
tecnologías (I.T.)
• Personal de conserjería y custodia, y
• Cierto personal administrativo
• Tiendas minoristas y de reparación de
teléfonos móviles
• Tiendas de bicicletas, pero solo para
brindar servicio y reparación
• Tiendas de alimentación para Ganado
• Viveros y centros de jardinería
• Tiendas de equipos agrícolas
Las empresas que permanecen operando deben cumplir con el distanciamiento social.
La Orden continúa las prohibiciones existentes,
• Empresas recreativas y de entretenimiento,
• Requisitos de que todos los restaurantes operan solo por entrega (delivery) y comida para llevar, y
• La directiva de que todas las escuelas de prekínder, primaria y secundaria cierran y todas las
instituciones de educación superior cesan la instrucción en persona.
El Gobernador Murphy también firmó la Orden Ejecutiva No. 108, que invalida cualquier restricción
municipal o del condado que de alguna manera entrará en conflicto con cualquiera de las
disposiciones de la Orden Ejecutiva No. 107.
Los municipios o condados no pueden,
1) Hacer adiciones o eliminaciones de la lista de negocios minoristas esenciales
2) Imponer limitaciones adicionales a las empresas más allá de la orden del gobernador
3) Imponer cualquier densidad adicional o requisitos de distanciamiento social
4) Imponer restricciones adicionales a la libertad de movimiento.
Las únicas excepciones son dos categorías sobre las cuales los municipios o condados pueden
imponer restricciones adicionales:
1) Mercados en línea para organizar u ofrecer alojamiento y
2) Parques municipales o de condado.
Todas las restricciones adicionales de los condados y municipios, sujetas a las disposiciones
anteriores, no solo se invalidan, sino que, en el futuro, los municipios o condados no pueden
promulgar ni hacer cumplir ninguna norma u ordenanza que pueda entrar en conflicto con cualquiera
de las disposiciones de la Orden ejecutiva No. 107. La orden ejecutiva del Gobernador Murphy se
puede ver en el siguiente enlace, https://covid19.nj.gov/faqs/nj-information/general-public/governor-
murphy-announces-statewide-stay-at-home-order-closure-of-all-non-essential-retail-businesses
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El Miercoles, 6 de Mayo de 2020, El Gobernador Phil Murphy y el Superintendente de la
Policía del Estado, Coronel Patrick Callahan, anunciaron hoy una Orden Administrativa que aclara
que las actividades recreativas y de entretenimiento prohibidas bajo la Orden Ejecutiva No. 107
(2020) también están prohibidas dentro de las instalaciones físicas de tiendas minoristas esenciales.
empresas que pueden permanecer abiertas.
Según la orden, las actividades recreativas y de entretenimiento también están prohibidas dentro de
las instalaciones de los programas preescolares públicos, privados y parroquiales, o en las escuelas
primarias y secundarias, incluidas las escuelas charter y renacentistas que permanecen cerradas para
los estudiantes. La orden entrará en vigencia de inmediato.
Una copia de la Orden Administrativa se puede
encontrar aquí https://nj.gov/infobank/eo/056murphy/pdf/EO-107.pdf
A partir del jueves 19 de marzo de 2020, el Gobernador Murphy ha declarado el cierre de todas las
empresas de cuidado personal que no pueden cumplir con las pautas de distanciamiento social,
incluidas las peluquerías, salones de belleza, spas, salones de uñas y pestañas, y salones de tatuajes.
Esto permanecerá vigente hasta nuevo aviso.
18 de marzo de 2020, el Alcalde Héctor C. Lora prohibió toda solicitud de puerta a puerta en la
Ciudad de Passaic. Se insta a los residentes a abstenerse de responder visitas de solicitud en el hogar.
Los residentes pueden denunciar estas solicitudes puerta a puerta llamando al Departamento de
Policía de la Ciudad de Passaic al 973-365-3900.
El 16 de marzo de 2020, el Gobernador Phil Murphy firmó la Orden Ejecutiva No. 104,
implementando medidas agresivas de distanciamiento social para mitigar una mayor propagación de
COVID-19 en Nueva Jersey. Lo siguiente será efectivo de inmediato:
• Todas las escuelas están cerradas a partir del miércoles 18 de marzo de 2020 y permanecerán
cerradas mientras esta Orden permanezca vigente.
• Todas las instituciones de educación superior cesarán la instrucción en persona a partir del
miércoles 18 de marzo de 2020 y permanecerán cerradas mientras esta Orden permanezca
vigente.
• Todos los restaurantes, con o sin licencia de licor, pueden operar sus horarios habituales, pero
se limitan ÚNICAMENTE a los servicios de comida para llevar y entregar. El público no
puede comer adentro del establecimiento, ya que estos servicios de comer adentro se han
cerrado hasta nuevo aviso.
• A partir de las 8 p.m., El lunes 16 de marzo de 2020, los gimnasios, centros de
entretenimiento que incluyen, entre otros, salas de cine, centro de artes escénicas, otras salas
de conciertos y clubes nocturnos están cerrados, hasta nuevo aviso.
Recuerde, como comunidad necesitamos proteger a las personas en un grupo de alto riesgo de
enfermedades graves contra COVID-19. Las personas con mayor riesgo incluyen:
• Adultos mayores
• Personas de cualquier edad con condiciones de salud subyacentes, incluidas enfermedades
cardíacas, pulmonares o diabetes
• Personas con el sistema inmunitario debilitado
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• Las embarazadas
La División de Salud quisiera recordarle las acciones preventivas básicas que deben seguirse
durante esta pandemia. Según los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades,
asegúrese de que:
• Practique el lavado de manos regularmente, lávese las manos con agua y jabón durante al
menos 20 segundos.
• Cúbrase la tos y los estornudos con un pañuelo de papel o use la parte interna del codo.
• Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca
• Limpie y desinfecte objetos y superficies que se tocan con frecuencia diariamente
• Quédese en casa cuando esté enfermo y evite el contacto cercano con personas enfermas
Además, asegúrese de practicar las siguientes medidas de distanciamiento social:
• Mantenga una distancia de al menos 6 pies de todas las personas, especialmente las que están
tosiendo y estornudando
• Evite el contacto físico innecesario, como el saludo de manos.
• Evite asistir a eventos concurridos y reuniones sociales
• Considere reemplazar las reuniones en persona con video chat, mensajes de voz y llamadas
telefónicas.
La División de Salud no realiza pruebas para COVID-19.
Por favor visite el sitio web de la Ciudad de Passaic en www.cityofpassaic.com para ver las
actualizaciones de los lugares que ofrecen las pruebas de COVID-19 o para obtener más información
sobre las pruebas basadas en la comunidad en NJ, consulte este enlace
https://covid19.nj.gov/locations?query=Testing+Centers+schedule.
El Centro de Control de Envenenamiento de Nueva Jersey y NJ 211 se han asociado con el
Estado para proporcionar información al público sobre COVID-19. Si tiene preguntas
generales sobre COVID-19 o si necesita recursos:
Llamar: 2-1-1
Llame 24/7: 1-800-962-1253
Texte: NJCOVID al 898-211
Texte: su código postal al 898-211 para asistencia de texto en vivo
Por último, el nuevo sitio web de COVID-19 está disponible: www.covid19.nj.gov
El sitio web tiene información que los residentes, proveedores de atención médica, empresas y
organizaciones, escuelas y otros encontrarán útiles. El sitio web covid19.nj.gov también tiene
actualizaciones y anuncios EN VIVO, así como recuentos de casos por condado.