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CIJ Centro de Información Judicial Frenan ley que crea Registro de Comercio porteño El juez comercial Máximo Astorga hizo lugar a una medida cautelar y suspendió la ejecución de la ley 2.875, que instituyó el Registro de Comercio y Personas de la Ciudad de Buenos Aires, hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión. Fallo completo El Juzgado Nacional en lo Comercial N° 15 hizo lugar a una medida cautelar y ordenó la suspensión de la ejecución de la ley 2.875, dictada por el Poder Legislativo de la Ciudad de Buenos Aires, que creó el Registro de Comercio y Personas Jurídicas porteño. Así, el juez Máximo Astorga dispuso la suspensión de la ejecución de aquella norma hasta tanto se dilucide el fondo de la cuestión, la constitucionalidad o no de aquel registro. El dictado de la cautelar había sido solicitado por la fiscal general ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Alejandra Gils Carbó, que adujo que “la creación de un Registro Público de Comercio paralelo usurpa competencias de la Inspección General de Justicia”. El juez Astorga sostuvo que “la creación del Registro Público de Comercio al que se alude en la ley 2875 podría generar un evidente perjuicio para los terceros que en él se inscriban, ante la situación que acarrearía la eventual declaración de inconstitucionalidad que se persigue con la promoción de esta causa”.

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CIJ Centro de Informacin Judicial

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Frenan ley que crea Registro de Comercio porteo

El juez comercial Mximo Astorga hizo lugar a una medida cautelar y suspendi la ejecucin de la ley 2.875, que instituy el Registro de Comercio y Personas de la Ciudad de Buenos Aires, hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestin. Fallo completo

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El Juzgado Nacional en lo Comercial N 15 hizo lugar a una medida cautelar y orden la suspensin de la ejecucin de la ley 2.875, dictada por el Poder Legislativo de la Ciudad de Buenos Aires, que cre el Registro de Comercio y Personas Jurdicas porteo.

As, el juez Mximo Astorga dispuso la suspensin de la ejecucin de aquella norma hasta tanto se dilucide el fondo de la cuestin, la constitucionalidad o no de aquel registro.

El dictado de la cautelar haba sido solicitado por la fiscal generalante la Cmara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Alejandra Gils Carb, que adujo que la creacin de un Registro Pblico de Comercio paralelo usurpa competencias de la Inspeccin General de Justicia.

El juez Astorga sostuvo que la creacin del Registro Pblico de Comercio al que se alude en la ley 2875 podra generar un evidente perjuicio para los terceros que en l se inscriban, ante la situacin que acarreara la eventual declaracin de inconstitucionalidad que se persigue con la promocin de esta causa.

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