código civil artículo 1233º del interpretación...

33
Interpretación del Artículo 1233º del Código Civil Seminario de Títulos Valores Prof. Felipe Iannacone Silva

Upload: others

Post on 09-Feb-2020

9 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Interpretación del

Artículo 1233º del

Código Civil

Seminario de Títulos Valores

Prof. Felipe Iannacone Silva

Page 2: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Efectos de las obligaciones:

Artículo 1233º del Código Civil

Art. 1233 del Código Civil:

“La entrega de títulos valores que constituyen órdenes

o promesas de pago, sólo extinguirá la obligación

primitiva cuando:

•hubiesen sido pagados, o

•por culpa del acreedor se hubiesen perjudicado, salvo

pacto en contrario.

Entre tanto la acción derivada de la obligación primitiva

quedará en suspenso”

Page 3: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Conceptos a definir:

Artículo 1233º del Código Civil

Art. 1233 del Código Civil:

“La entrega de títulos valores que constituyen órdenes o promesas de pago, sólo extinguirá la obligación

primitiva cuando:

•hubiesen sido pagados, o

•por culpa del acreedor se hubiesen perjudicado, salvo pacto en contrario.

Entre tanto la acción derivada de la obligación primitiva quedará en suspenso”

- Entrega de títulos valores.

- Órdenes o promesas de pago.

- Obligación primitiva.

- Título valor perjudicado.

- Acción derivada de la obligación primitiva.

Page 4: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Conceptos a definir:

Artículo 1233º del Código Civil

- “Entrega de títulos valores” ¿equivale a emisión de

los mismos? ¿es dación en pago? o ¿”dación en

pago”?

- Órdenes o promesas de pago. ¿Qué títulos valores

no están en este artículo?

- Obligación primitiva ¿es igual a la obligación causal?.

Page 5: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Interpretación del Art. 1233

¿título valor perjudicado?

“[Debe] considerarse que un título valor no protestado en el

plazo de ley o no renovado dentro de dicho plazo constituye

un título perjudicado [...] que conlleva no solamente a la

extinción de la obligación cambiaria derivada de dicho título

sino además de la obligación primitiva que le sirve de causa

[...]”

(Cas. No. 1801-99, Lima, Sala Civil de la Corte Suprema. Lima 30.NOV.1999 (El Peruano, 20.ENE.2000, p. 4599)

Page 6: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Interpretación del Art. 1233

¿título valor perjudicado?

¿Otros supuestos?

-Vencimiento del plazo para ejercitar las acciones cambiarias. Luego

veremos otros derechos del tenedor de dicho documento.

-¿El título adulterado?

-El título incompleto llenado en contra de lo pactado (¿aplicable

en el contexto del Art. 1233º ?)

Page 7: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Interpretación del Art. 1233

• ¿”la entrega de títulos valores” equivale a la simple aceptación de los mismos [en el caso de la Letra de

Cambio]?¿equivale a emisión?

“[No] se producen los efectos del pago de la obligación en los casos

en que la letra [de cambio] perjudicada habiendo sido girada por el

acreedor a su propia orden es aceptada por el deudor, pues este

efecto sólo se produce cuando se trata de documentos al portador, o

a la orden, aceptados, girados o suscritos por terceras personas y

transferidos por el deudor al acreedor”

(Cas. No. 2625-98, Lima, Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema. Lima 25.MAY.1999 (El Peruano, 24.AGO.1999, p. 3305)

Page 8: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Interpretación del Art. 1233

“[No] se producen los efectos del pago de la obligación en los casos en que la

letra [de cambio] perjudicada habiendo sido girada por el acreedor a su propia

orden es aceptada por el deudor, pues este efecto sólo se produce cuando se

trata de documentos al portador, o a la orden, aceptados, girados o suscritos por

terceras personas y transferidos por el deudor al acreedor”

Sobre la base de esta interpretación:

¿transferidos por la sola entrega y también

por endoso? ¿Cómo se afectarían los

anteriores intervinientes en la cadena de

circulación del título valor?

Veamos…

Page 9: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Compraventa de inmueble:

Vendedor Comprador

Interpretación del Art. 1233

Pago: con cheque de gerencia

Banco Vendedor

Precio

¿este será un supuesto de

aplicación del 1233º del CC?

Page 10: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Interpretación del Art. 1233º

Análisis del caso del Cheque de Gerencia

• Posición de algunos:

• Este cheque como no cuenta con una

regulación especial en la Ley de Títulos

Valores debe tratarse como un cheque común

y corriente y por lo tanto debe presentarse en

los mismos términos y caduca y prescribe

también

Page 11: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Interpretación del Art. 1233º

Análisis del caso del Cheque de Gerencia

• Un Cheque de Gerencia que no nace o no le corresponde

obligación causal ¿es título valor?

• A un Cheque de Gerencia que no es cobrado en el plazo de 3

años ¿se le aplica el plazo de prescripción de la acción

cambiaria?.

• ¿Se le aplicará el plazo de prescripción de las acciones reales y

personales de 10 años a que se refiere el Código Civil?.

• Los fondos destinados al pago de un Cheque de Gerencia no

cobrado en el plazo de prescripción pasan a un fondo distinto,

ya no corresponde ser administrado por el Banco.

• De demandarse la cobranza del Cheque de Gerencia una vez

prescrito el plazo, ¿qué excepción procesal debería oponer el

Banco? ¿falta de legitimidad para obrar?.

Page 12: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Interpretación del Art. 1233º

Análisis del caso del Cheque de Gerencia

• Conclusiones

Page 13: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

• Seguimos con el Artículo 1233º del

Código Civil.

Page 14: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Dos posiciones

interpretrativas del Art.

1233º CC

Primera posición:

• Considerar extinguida la

“obligación primitiva” a

los casos en que el título

valor ha sido emitido,

girado o aceptado por un

tercero y luego

entregado por el deudor

a su acreedor.

Segunda posición:

Además de lo anterior,

considerar a los casos en

los que el título valor

habiendo sido aceptado

o emitido por el deudor

fue entregado igualmente

por este a su acreedor,

sin haberse producido la

circulación del título.

Page 15: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Primera posición interpretativa del Art. 1233º CC

“[…] la racionalidad del artículo 1233º en lo que a la

extinción de la obligación causal por perjuicio del título

valor se refiere, solo encuentra sentido cuando el título

valor ha circulado, o cuando ha sido emitido con cargo

a un tercero. Ello por cuanto, según se ha visto, se

busca castigar la negligencia del tenedor que perjudicó

el título, y proteger a los obligados que lo anteceden en

la cadena de endosos de tener que accionar por la vía

causal contra cada uno de los deudores”

Cauvi, Juan José y Lazarte Molina, Jorge E., “Los efectos pro soluto y pro solvendo de la entrega de títulos valores” p. 20, en

www.prc.com.pe/np_publicaciones_2003-2004.htm

Page 16: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Primera posición interpretativa del Art. 1233º CC

Es como una especie de sanción frente al

hecho que el acreedor tenía legalmente

habilitadas diferentes vías efectivas e

idóneas de cobranza y no las utilizó.

Page 17: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Segunda posición interpretativa del Art. 1233º CC

Exposición Oficial de Motivos del CC de 1984:

“Es conveniente aclarar que el texto legal se aplica tanto a los

documentos a cargo de terceros o sea de aquellos aceptados,

girados o suscritos por terceras personas y transferidos al deudor

al acreedor mediante entrega o endoso; como aquellos otros,

aceptados, girados o suscritos únicamente por el deudor al

acreedor, que el deudor entrega a este, o sea aquellos documentos

en que la relación cambiaria se circunscribe al deudor y al

acreedor, sin intervención de terceras personas”.

Además se señala que no debemos distinguir

donde la ley no distingue.

Page 18: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Segunda posición interpretativa del Art. 1233º CC

Esta posición también ha sido secundada por

la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema

de Justicia.

Casación 2388-06-LIMA

… se señala que no debemos

distinguir donde la ley no distingue.

“ubi lex non distinguit, nec non distinguere debemos”

Page 19: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Posición de Julio Wong A. JUS Jurisprudencia . Grijley. Febrero 2 2008.

El vendedor recibe del comprador una letra de cambio aceptada

por “tercero” en pago.

Vence la letra y el vendedor le dice al comprador que el título no

ha sido pagado y por tanto que el comprador pague su

obligación.

El comprador pide la letra y ejercitará él las acciones contra

“tercero”…pero si la letra está perjudicada ya no podrá ejercitar

acción alguna.

Aplicamos justificadamente el 1233º del CC pues HABRÍA

PERJUICIO EN EL COMPRADOR.

Page 20: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Letra de cambio a cargo de un tercero:

• El tercero aceptante solo

tiene relación jurídica

cambiaria con el acreedor

(tenedor).

• El deudor del acreedor

(Girador de la Letra de

Cambio) tiene relación

cambiaria y causal con el

acreedor (tenedor).

• El deudor (girador) ha

provisionado de fondos al

tercero (aceptante y

principal obligado de la

Letra de Cambio)

Tercero

aceptante Girador

Cau

sal

Causal

Acreedor

Page 21: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Posición de Julio Wong A.

Situación en la que el título valor no ha circulado o no ha

sido girado por el deudor a cargo de un tercero.

El vendedor recibe del comprador una Letra de Cambio

para que cuando se cobre extinga también la obligación

causal.

Dicha letra se perjudica y el vendedor habría perdido la

acción cambiaria con todos los beneficios.

Pero qué perjuicio habría en el comprador…ninguno…se

beneficiaría con la posición de la Corte Suprema.

Page 22: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Posición de Julio Wong A.

“…es concebible que además de esa sanción

[perder la acción cambiaria] el acreedor sufra

también la pérdida de la obligación causal?,

¿cuál sería la razón detrás de ese doble

castigo?, ¿qué interés aparte del de [“el

vendedor”] sufre daño?, ¿por qué debemos

favorecer a un deudor al que la negligencia

de su acreedor no ha perjudicado sino, por el

contrario, ha favorecido?”

Page 23: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Interpretación del Art. 1233

¿El vencimiento del plazo para el ejercicio de las acciones cambiarias implica que el título valor (TV) se encuentre perjudicado?

¿Qué derecho tiene el acreedor del

un TV perjudicado por esta causa?

Page 24: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

¿Qué dice la LTV?

• SECCIÓN OCTAVA

DE LA PRESCRIPCIÓN CADUCIDAD DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE

LOS TÍTULOS VALORES

• TÍTULO PRIMERO

DE LA PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES CAMBIARIAS

CAPÍTULO PRIMERO

FORMALIDADES PARA EJERCITAR LA ACCIÓN CAMBIARIA

Artículo 95.- Ejercicio de las acciones cambiarias

CAPÍTULO SEGUNDO

• PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES CAMBIARIAS

• Artículo 96.- Plazos de prescripción de las acciones cambiarias

• 96.1 Las acciones cambiarias derivadas de los títulos valores, prescriben:

Page 25: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

¿Qué dice la LTV?

• Artículo 96.- Plazos de prescripción de las acciones cambiarias

• 96.1 Las acciones cambiarias derivadas de los títulos valores,

prescriben:

• a) A los tres años, …;

• b) Al año, …;

• c) A los seis meses, …

• 96.2 (…).

• 96.3 (…).

Page 26: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Respecto al plazo para el ejercicio de las

acciones cambiarias ¿Norma sustantiva o

procesal? Veamos

• "...el art. 2001 del Código Civil en su integridad, está referido a la prescripción extintiva de la acción, la cual debe ser invocada a petición de parte y mediante la vía de excepción en el marco de un proceso judicial, siendo su efecto el de enervar la relación procesal. Dicha norma legal, asume así un carácter adjetivo, regulador del ejercicio de una acción ante el órgano jurisdiccional; no se debe perder de vista que el carácter material o adjetivo de una norma está estrechamente vinculado a la materia que rige; así, será sustantiva si contiene una regla conforme a la cual el juez debe resolver la litis propuesta para su juzgamiento, y será adjetiva, si regula la actividad del tribunal o las partes..."

• CAS. Nº 2080-2003 MOQUEGUA.

• Publicado 30-05-05 Página 14090

Page 27: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

• Prescripción y caducidad.

Page 28: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Plazos para el ejercicio de las acciones

cambiarias

• “(...) Los plazos para la caducidad y

prescripción de los derechos

emergentes de los títulos valores son

perentorios y se rigen por su ley

especial y no por las normas del Código

Civil que no contiene disposiciones

sobre derecho cambiario” Cas. 1483-96/Cañete

Page 29: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Vencido el plazo para el ejercicio de las acciones

cambiarias ¿qué derecho le asiste al acreedor?

• De acuerdo al Artículo 100 de la LTV la caducidad y

prescripción de las acciones causales

correspondientes a los actos jurídicos que dieron

lugar a la emisión, aceptación, garantía o

transferencia de los TV, operan en los plazos que les

corresponda según la naturaleza de las relaciones

jurídicas de las que ellas se deriven, conforme a la

ley de la materia

¿cuándo procederá

ejercitar la acción

causal?....

Page 30: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Vencido el plazo para el ejercicio de las acciones

cambiarias ¿qué derecho le asiste al acreedor?

• El Artículo 2001º del Código Civil establece que a los

10 años prescribe la acción personal y la acción real.

• A los 2 años prescribe la acción indemnizatoria por

responsabilidad extracontractual.

• De haberse incorporado el monto indemnizatorio

acordado o determinado en un título valor … y

transcurrido el plazo de 3 años del vencimiento de

dicho título no cobrado… ¿qué plazo de prescripción

aplicamos respecto a la acción causal?

Page 31: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

Calidad de los plazos de prescripción de la LTV

Art. 96.3 LTV

• Los plazos de prescripción de la LTV son

perentorios y no admiten interrupción, ni

suspensión.

• El reconocimiento judicial del título valor vencido

no interrumpe los plazos de prescripción

señalados en la LTV para el ejercicio de las

acciones cambiarias derivadas de él.

Page 32: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

¿Algún otro derecho al acreedor de un TV no

ejecutado en el plazo para el ejercicio de las acciones

cambiarias?

• La acción de enriquecimiento

sin causa

• Esta acción prescribe a los 2

años de extinguida la

correspondiente acción

cambiaria derivada del TV.

Page 33: Código Civil Artículo 1233º del Interpretación delderecho.usmp.edu.pe/10ciclo/Seminario_de_Titulos_Valores...Efectos de las obligaciones: Artículo 1233º del Código Civil Art

¿Algún otro derecho al acreedor de un TV no

ejecutado en el plazo para el ejercicio de las acciones

cambiarias?

Esta acción prescribe a los 2 años

de extinguida la correspondiente

acción cambiaria derivada del TV.

¿Cómo se extingue la acción cambiaria?

¿y si nunca estuvo habilitada la acción cambiaria qué

cosa se extingue?