categorías_laborales_personal de dirección y de confianza

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  • 7/31/2019 Categoras_Laborales_personal de direccin y de confianza

    1/1

    PRESTACIN DE SERVICIOS PERSONAL DE DIRECCIN PERSONAL DE CONFIANZA

    Contenido de la obligacin

    por parte del trabajador

    (prestacin de servicios)

    que emana del contrato de

    trabajo que lo vincula al

    empleador(dependencia.

    Es aquel que ejerce representacin general del

    empleador frente a otros trabajadores o a

    terceros, o que lo sustituye o comparte con

    aquel (funciones de administracin y control) o

    de cuya actividad y grado de responsabilidad

    depende el resultado de la actividad empresarial.

    Es aquel que labora en contacto personal y directo

    con el empleador o con el personal de direccin ,

    teniendo acceso a secretos industriales,

    comerciales o profesionales y, en general, a

    informacin de carcter reservado. Su opinin

    contribuye a laformacin de decisiones del

    empleador.

    PROCEDIMIENTO PARA

    CALIFICAR PUESTOS DE

    DIRECCIN Y DE

    CONFIANZA/CRITERIO

    ADOPTADO POR EL TC.

    1.Identificacin y determinacin de los puestos

    de direccin y de confianza, de conformidad con la

    ley.

    2.Comunicacin por escrito a los trabajadores

    que ocupan los puestos de direccin y de

    confianza que sus cargos han sido calificados como

    tales; y

    3.Consignacin en el libro de planillas y boletas

    de pago la calificacin correspondiente.

    "La calificacin de un cargo como de confianza no

    queda al arbitrio del empleador, sino que debe

    responder a la naturaleza de las funciones y labores

    que demanda el cargo, cuestin que puede ser

    discutida por el propio trabajador, tal como lo

    seala () la ley." (EXP. NRO. 936-2009-AA/TC

    PRESTACIN DE SERVICIOS Y CATEGORAS LABORALES

    Los trabajadores, cuyos

    cargos son indebidamente

    calificados como de

    direccin o de confianza,

    podrn recurrir ante la

    autoridad judicial para que

    deje sin efecto la

    calificacin, siempre y

    cuando la demanda sea

    presentada dentro de lostreinta das naturales

    siguientes a la

    comunicacin hecha por el

    empleador.