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Carta que el Jefe indio Seattle, de la tribu Suwamish, envió en 1854 al gran Jefe blanco de Washington, Franklin Pierce, en respuesta a la oferta de éste de comprarle una gran extensión de tierras indias y crear una "reserva" para el pueblo indígena. Suponía el despojo de las tierras indias. En el año 1855 se firmó el tratado de Point Elliot, con el que se consumaba el despojo de las tierras a los nativos indios. Noah Sealth, con su respuesta al presidente, creó el primer manifiesto en defensa del medio ambiente y la naturaleza que ha perdurado en el tiempo. El jefe indio murió el 7 de junio de 1866 a la edad de 80 años. Su memoria ha quedado en el tiempo y sus palabras continúan vigentes. El gran jefe de Washington manda palabras, quiere comprar nuestras tierras. El gran jefe también manda palabras de amistad y bienaventuranzas. Esto es amable de su parte, puesto que nosotros sabemos que él tiene muy poca necesidad de nuestra amistad. Pero tendremos en cuenta su oferta, porque estamos seguros de que si no obramos así, el hombre blanco vendrá con sus pistolas y tomará nuestras tierras. El gran jefe de Washington puede contar con la palabra del gran jefe Seattle, como pueden nuestros hermanos blancos contar con el retorno de las estaciones. Mis palabras son como las estrellas, nada ocultan. ¿Cómo se puede comprar o vender el cielo o el calor de la tierra? Esta idea es extraña para mi pueblo. Si hasta ahora no somos dueños de la frescura del aire o del resplandor del agua, ¿cómo nos lo pueden ustedes comprar? Nosotros decidiremos en nuestro tiempo. Cada parte de esta tierra es sagrada para mi gente. Cada brillante espina de pino, cada orilla arenosa, cada rincón del oscuro bosque, cada claro y zumbador insecto, es sagrado en la memoria y experiencia de mi gente. Nosotros sabemos que el hombre blanco no entiende nuestras costumbres. Para él, una porción de tierra es lo mismo que otra, porque él es un extraño que viene en la noche y toma de la tierra lo que necesita. La tierra no es su hermana, sino su enemigo, y cuando él la ha conquistado sigue adelante. él deja las tumbas de sus padres atrás, y no le importa. Así, las tumbas de sus padres y los derechos de nacimiento de sus hijos son olvidados. Su apetito devorará la tierra y dejará detrás un desierto. La vista de sus ciudades duele a los ojos del hombre piel roja. Pero tal vez es porque el hombre piel roja es un salvaje y no entiende. No hay ningún lugar tranquilo en las ciudades de los hombres blancos. Ningún lugar para escuchar las hojas en la primavera o el zumbido de las alas de los insectos. Pero tal vez es porque yo soy un salvaje y no entiendo, y el ruido parece insultarme los oídos. Yo me pregunto: ¿Qué queda de la vida si el hombre no puede escuchar el hermoso grito del pájaro nocturno, o los argumentos de las ranas alrededor de un lago al atardecer? El indio prefiere el suave sonido del viento cabalgando sobre la superficie de un lago, y el olor del mismo viento lavado por la lluvia del mediodía o impregnado por la fragancia de los pinos. El aire es valioso para el piel roja. Porque todas las cosas comparten la misma respiración, las bestias, los árboles y el hombre. El hombre blanco parece que no notara el aire que respira. Como un hombre que está muriendo durante muchos días, él es indiferente a su pestilencia. Si yo decido aceptar, pondré una condición: el hombre blanco deberá tratar a las bestias de esta tierra como hermanos. Yo soy un salvaje y no entiendo ningún otro camino. He visto miles de búfalos pudriéndose en las praderas, abandonados por el hombre blanco

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Carta que el Jefe indio Seattle, de la tribu Suwamish, envió en 1854 al gran Jefe blanco de Washington, Franklin Pierce, en respuesta a la oferta de éste de comprarle una gran extensión de tierras indias y crear una "reserva" para el pueblo indígena. Suponía el despojo de las tierras indias. En el año 1855 se firmó el tratado de Point Elliot, con el que se consumaba el despojo de las tierras a los nativos indios. Noah Sealth, con su respuesta al presidente, creó el primer manifiesto en defensa del medio ambiente y la naturaleza que ha perdurado en el tiempo. El jefe indio murió el 7 de junio de 1866 a la edad de 80 años. Su memoria ha quedado en el tiempo y sus palabras continúan vigentes.

El gran jefe de Washington manda palabras, quiere comprar nuestras tierras. El gran jefe también manda palabras de amistad y bienaventuranzas. Esto es amable de su parte, puesto que nosotros sabemos que él tiene muy poca necesidad de nuestra amistad. Pero tendremos en cuenta su oferta, porque estamos seguros de que si no obramos así, el hombre blanco vendrá con sus pistolas y tomará nuestras tierras. El gran jefe de Washington puede contar con la palabra del gran jefe Seattle, como pueden nuestros hermanos blancos contar con el retorno de las estaciones. Mis palabras son como las estrellas, nada ocultan.

¿Cómo se puede comprar o vender el cielo o el calor de la tierra? Esta idea es extraña para mi pueblo. Si hasta ahora no somos dueños de la frescura del aire o del resplandor del agua, ¿cómo nos lo pueden ustedes comprar? Nosotros decidiremos en nuestro tiempo. Cada parte de esta tierra es sagrada para mi gente. Cada brillante espina de pino, cada orilla arenosa, cada rincón del oscuro bosque, cada claro y zumbador insecto, es sagrado en la memoria y experiencia de mi gente.

Nosotros sabemos que el hombre blanco no entiende nuestras costumbres. Para él, una porción de tierra es lo mismo que otra, porque él es un extraño que viene en la noche y toma de la tierra lo que necesita. La tierra no es su hermana, sino su enemigo, y cuando él la ha conquistado sigue adelante. él deja las tumbas de sus padres atrás, y no le importa. Así, las tumbas de sus padres y los derechos de nacimiento de sus hijos son olvidados. Su apetito devorará la tierra y dejará detrás un desierto. La vista de sus ciudades duele a los ojos del hombre piel roja. Pero tal vez es porque el hombre piel roja es un salvaje y no entiende. No hay ningún lugar tranquilo en las ciudades de los hombres blancos. Ningún lugar para escuchar las hojas en la primavera o el zumbido de las alas de los insectos.

Pero tal vez es porque yo soy un salvaje y no entiendo, y el ruido parece insultarme los oídos. Yo me pregunto: ¿Qué queda de la vida si el hombre no puede escuchar el hermoso grito del pájaro nocturno, o los argumentos de las ranas alrededor de un lago al atardecer? El indio prefiere el suave sonido del viento cabalgando sobre la superficie de un lago, y el olor del mismo viento lavado por la lluvia del mediodía o impregnado por la fragancia de los pinos. El aire es valioso para el piel roja. Porque todas las cosas comparten la misma respiración, las bestias, los árboles y el hombre. El hombre blanco parece que no notara el aire que respira. Como un hombre que está muriendo durante muchos días, él es indiferente a su pestilencia.

Si yo decido aceptar, pondré una condición: el hombre blanco deberá tratar a las bestias de esta tierra como hermanos. Yo soy un salvaje y no entiendo ningún otro camino. He visto miles de búfalos pudriéndose en las praderas, abandonados por el hombre blanco

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que pasaba en el tren y los mataba por deporte. Yo soy un salvaje y no entiendo como el ferrocarril puede ser más importante que los búfalos que nosotros matamos sólo para sobrevivir. ¿Qué será del hombre sin los animales? Si todos los animales desaparecieran, el hombre moriría de una gran soledad espiritual, porque cualquier cosa que le pase a los animales también le pasa al hombre. Todas las cosas está relacionadas. Todo lo que hiere a la tierra, herirá también a los hijos de la tierra. Nuestros hijos han visto a sus padres humillados en la derrota. Nuestros guerreros han sentido la vergüenza. Y después de la derrota convierten sus días en tristezas y ensucian sus cuerpos con comidas y bebidas fuertes.

Importa muy poco el lugar donde pasemos el resto de nuestros días. No quedan muchos. Unas pocas horas más, unos pocos inviernos más, y ninguno de los hijos de las grandes tribus que una vez existieron sobre esta tierra o que anduvieron en pequeñas bandas por los bosques, quedarán para lamentarse ante las tumbas de una gente que un día fue poderosa y tan llena de esperanza.

Una cosa sabemos nosotros y el hombre blanco puede un día descubrirla: Nuestro Dios es el mismo Dios. Usted puede pensar ahora que usted es dueño de él , así como usted desea hacerse dueño de nuestra tierra. Pero usted no puede. El es el Dios del hombre y su compasión es igual para el hombre blanco que para el piel roja. Esta tierra es preciosa para él, y hacerle daño a la tierra es amontonar desprecio al su creador.

Los blancos también pasarán, tal vez más rápidos que otras tribus. Continúe ensuciando su cama y algún día terminará durmiendo sobre su propio desperdicio. Cuando los búfalos sean todos sacrificados, y los caballos salvajes amansados todos, y los secretos rincones de los bosques se llenen con el olor de muchos hombres ( y las vistas de las montañas se llenes de esposas habladoras), ¿dónde estará el matorral? Desaparecido. ¿Dónde estará el águila? Desaparecida. Es decir, adiós a lo que crece, adiós a lo veloz, adiós a la caza. Será el fin de la vida y el comienzo de la supervivencia.

Nosotros tal vez lo entenderíamos si supiéramos lo que el hombre blanco sueña, qué esperanzas les describe a sus niños en las noches largas del invierno, con qué visiones le queman su mente para que ellos puedan desear el mañana. Pero nosotros somos salvajes. Los sueños del hombre blanco están ocultos para nosotros, y porque están escondidos, nosotros iremos por nuestro propio camino. Si nosotros aceptamos, será para asegurar la reserva que nos han prometido. Allí tal vez podamos vivir los pocos días que nos quedan, como es nuestro deseo.

Cuando el último piel roja haya desaparecido de la tierra y su memoria sea solamente la sombra de una nube cruzando la pradera, estas costas y estas praderas aún contendrán los espíritus de mi gente; porque ellos aman esta tierra como el recién nacido ama el latido del corazón de su madre. Si nosotros vendemos a ustedes nuestra tierra, ámenla como nosotros la hemos amado. Cuídenla, como nosotros la hemos cuidado. Retengan en sus mentes la memoria de la tierra tal y como se la entregamos. Y con todas sus fuerzas, con todas sus ganas, consérvenla para sus hijos, ámenla así como Dios nos ama a todos. Una cosa sabemos: nuestro Dios es el mismo Dios de ustedes, esta tierra es preciosa para él. Y el hombre blanco no puede estar excluido de un destino común.

Fdo: Noah Seathl, Jefe de la Tribu Suwamisu. SEATTLE (EE. UU.). VOLVER

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INSTRUCTIONS AU CUISINIER ZEN

"Si eres poeta, puedes ver claramente una nube que flota sobre esta hoja de papel. Sin nube no hay papel, sin lluvia los árboles no crecen, sin árboles no se puede hacer papel. La nube es esencial para el papel. Si la nube no existiera, el papel tampoco existiría. Por lo tanto, se puede decir que la nube y el papel entre-existen. La palabra "entre-existir" no está aún en el diccionario, pero se puede crear combinando el prefijo "entre" y el verbo "existir". Puesto que no hay papel sin nube, digamos que la nube y el papel "entre-existen".

Si miramos esta hoja de papel de más cerca, también vemos en ella el sol. Sin sol los árboles del bosque no crecen. De hecho sin sol nada crece. Ni siquiera nosotros. Así que sabemos que el sol también está en la hoja de papel. Papel y sol "entre-existen".

Acerquémonos aún más y veremos al leñador cortando el árbol y llevándolo a la fábrica para que sea transformado en papel. También vemos el trigo, porque un leñador no puede vivir sin su pan cotidiano: la harina también está en la hoja de papel. El padre y la madre del leñador también. Y, considerando las cosas de esta manera, vemos que sin todos estos elementos esta hoja de papel no podría existir.

Si nuestra mirada penetra aún más profundamente, vemos que nosotros también estamos en esta hoja de papel. Esto es fácil de entender, puesto que si miramos una hoja de papel, esa hoja forma parte de nuestra percepción. Tu espíritu está aquí, en esta hoja y el mío también. Digamos que todo está incluido en esta hoja. Contiene todo: el tiempo, el espacio, la tierra, la lluvia, el mineral, el sol, la nube, el río, el calor. Todas las cosas coexisten con esta hoja de papel. Por eso digo que la palabra "entre-existir" debería estar en el diccionario. Existir es "entre-existir". No puedes existir sólo. Sólo puedes existir en interdependencia con todo lo que existe -igul que esta hoja de papel-.

Imaginemos que pudiéramos devolver cada elemento a su fuente, por ejemplo, el rayo del sol al sol. ¿Piensas que esta hoja de papel podría existir? No, sin sol, nada existe. Y si devolvemos el leñador a su madre, tampoco tendríamos papel. De hecho esta hoja de papel está compuesta por elementos "no papel". Y si devolvemos todos los elementos "no papel" a su orígen, no tendremos nada de papel.

Sin estos elementos "no papel", tales como el espíritu, el leñador y todo lo demás, el papel no existe. El universo entero está contenido en esta fina hoja de papel..:"

Thich Nhat Hanh (1988) The Heart of Understanding.

Sacado del libro de Dogen (1994) Instructions au cuisinier Zen. Paris, Gallimard, coll. Le Promeneur

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Los Papalagi viven como los crustáceos en sus casas de hormigón. Viven entre las piedras, del mismo modo que un ciempés; viven dentro de las grietas de la lava. Hay piedras sobre él, alrededor de él y bajo él. Su cabaña parece una canasta de piedra. Una canasta con agujeros y dividida en cubículos. Sólo por un punto puedes entrar y abandonar estas moradas. Los Papalagi llaman a este punto la "entrada" cuando se usa para entrar en la cabaña y la "salida" cuando se deja, aunque es el mismo y único punto.... Cuando hablas a un europeo sobre el Dios del Amor, sonríe y pone cara divertida. Sonríe por tu estupidez. Pero tan pronto como le muestres una pieza de metal redondo y brillante o una hoja de papel tosco, entonces sus ojos se iluminan y la saliva empieza a babear de sus labios. Dinero es su único amor, el dinero es su Dios.... Existen aquellos que han dado su alegría a cambio de dinero, su risa, su honor, su alma, su felicidad; sí, incluso su esposa y niños. Casi todos ellos han dado su salud por dinero.

Eric Scheurmann (Rec) (2000) Los Papalagi (Los Hombres Blancos) Discurso de Tuiavii de Tiavea, jefe samoano, tras su viaje a Europa

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"Todo el mundo sabe perfectamente lo que se debería o se tendría que hacer si los objetivos fueran realmente un reparto más justo de los ingresos, poner fin al hambre, etc..El problema no es persuadir a quienes impiden que se alcancen estos resultados de que sus políticas son erróneas, sino obtener poder. El problema no es repetir mecánicamente lo que debería o tendría que ocurrir sino comenzar formulando dos sencillas preguntas: ¿Quienes son los responsables de la crisis actual? ¿Cómo podemos detenerlos?"

Susan George (2001) Informe Lugano

Educar en una cultura del espectáculo equivale a navegar en tiempos de crisis, y hablar de crisis es hablar de virus.. o de vacuna que contiene el virus. En la escritura china la palabra crisis está compuesta por dos caracteres: uno significa peligro; el otro, oportunidad. Donde está el peligro está la oportunidad. En los riesgos inherentes a la actual encrucijada cultural está latente la oportunidad de crecimiento. Las mismas imágenes que encadenadas, adormecen, emancipadas pueden proporcionar la liberación"

Joan Ferrés (2000) Educar en una Cultura del Espectáculo

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Si queremos que la Humanidad evite el descalabro general de los sistemas naturales no sólo es necesario retardar la expansión demográfica sino también pasar de la búsqueda del crecimiento a la del progreso preservador: una mejora humana que no se produzca a costa de las generaciones futuras... Produciendo mercancías y servicios con la mayor eficiencia posible y con las tecnologías ecológicamente más benignas de que se dispone las sociedades darán un gran paso hacia la preservación, pero ello no bastará para alcanzarla...

Abandonar el crecimiento como objetivo supremo no significa olvidar a los pobres. Aumentar los ingresos y el consumo material son esenciales para mejorar el bienestar en gran parte del Tercer Mundo. Pero contrariamente a lo que indican los líderes políticos, el crecimiento económico global según se mide en la actualidad no es la solución a la pobreza. A pesar de que la producción económica mundial se ha multiplicado por cinco desde 1950, 1200 millones de personas -más que nunca- viven hoy dia en absoluta pobreza. Más crecimiento como el que hemos conocido en las últimas décadas no salvará a los pobres; sólo las estrategias destinadas a distribuir de manera equitativa los ingresos y la riqueza pueden conseguiirlo...

Hay barreras formidables que bloquean el camino de una transición desde el crecimiento al auténtico progreso como objetivo central de las políticas económicas. La visión de un inmenso pastel de riquezas evocada por la idea de crecimiento constituye una herramienta política poderosa y conveniente porque permite evitar cuestiones peliagudas como son la desigualdad en los niveles de ingresos y la asimétrica distribución de la riqueza. Mientras haya crecimiento habrá esperanza de poder mejorar la vida de los pobres sin sacrificio para los ricos. La realidad, sin embargo es que el logro de una economía mundial ecológicamente preservadora no es posible si los afortunados no ponen límites a su consumo a fin de dejar espacio para que los pobres aumenten el suyo...

Una economía preservadora representa nada menos que un orden social más elevado: un orden social tan preocupado por las generaciones futuras como por la nuestra y dedicado a la salud del planeta y a los pobres más que a las adquisiciones materiales y al podería militar... Los elementos básicos necesarios para llegar ahí no constituyen un misterio; existen las tecnologías, las herramientas y los instrumentos de cambio. El verdadero obstáculo está en que decidamos comprometernos a seguir un nuevo camino

(S.,Postel y C.Flavin en el Informe del Worlwatch Institute sobre el Desarrollo y el Medio Ambiente 1991)

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Los técnicos están

están inclinados sobre la mesa de dibujo:

una cifra equivocada, y las ciudades del enemigo

se salvarán de la destrucción

...

De las bibliotecas

salen los asesinos.

Estrechando contra sí los niños,

las madres vigilan el cielo con terror

a que aparezcan en él los descubrimientos de los sabios

(B. Bretch, Catón de Guerra Alemán)

La carrera armamentística es primordialmente el producto de fuerzas políticas. Pero los mismos científicos contribuyen a esta desastrosa tendencia en los asuntos mundiales. Aproximadamente medio millón de científicos y técnicos -una alta proporción de la capacidad total de trabajo de las ciencias- son empeados directamente para la investigación y el desarrollo militares... Este papel de los científicos es contrario a su vocación tradicional. Los objetivos del empeño científico deben ser los de servicio a la Humanidad, una ayuda para mejorar el destino del hombre y para elevar los niveles materiales y culturales. Las necesidades básicas e incumplidas de una gran mayoría de los pueblos del mundo presentan ya un desafío lo bastante grande como para merecer un esfuerzo considerable y sostenido de los científico... Este mundo sería un sitio más seguro si los científicos de todos los países se negaran simplemente a colaborar con la investigación militar... En todo caso existe la urgente tarea de que todos los científicos colaboren en la detención y la inversión de la carrera armamentística... Apelamos a la comunidad científica para que dedique su tiempo y su reflexión a estos objetivos

(Conclusiones y recomendaciones del Simposio Unesco/Pugwash "Científicos, carrera armamentística y desarme. Ajaccio, Febrero, 1992

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El desarrollo de la sociedad está gobernado por los valores de los hombres: la experiencia de las mujeres no ha dejado huellas significativas en este desarrollo. Ahora estamos frente a una próxima destrucción de la naturaleza y de todos los seres vivos... En este mundo a menudo parece que no hay lugar para las relaciones humanas, para los sentimientos humanos, para la creatividad y para comunicarnos con la naturaleza... Este desarrollo se debe parar: las mujeres se deben unir para pararlo (Manifiesto de las Mujeres de Reykjavik, 1982)

La primera expresión de nuestra responsabilidad mundial será un programa de reconstrucción a nivel mundial. Basado en iniciativas que se han tomado ya en algunos campos, y en nuestra comprensión de la ecología, el objetivo de este programa será restaurar la diversidad biológica por doquiera. Significará la salvaguardia de los centros de diversidad (los diversos biomas ecológicos)... La diversidad habrá de ser también la palabra clave para la forma en que habremos de gestionar nuestros propios asuntos. No sólo tendremos que inspirarnos en un amplio abanico de opciones culturales y minoritarias para mejorar la calidad de nuestras vidas, sino que también tendremos que basarnos en una amplia base participativa en nuestros sistemas políticos para oponernos e invertir las tendencias actuales hacia la homogeneidad, el exceso de centralización, el abuso de poder y las sociedades deshumanizadas (El Atlas Gaia de la Gestión del Planeta)

El año pasado (1987) en los Estados Brasileños de Mato Groso, Goias y Rondonia en Amazonia, a pesar de nuestras luchas, han sido quemadas 20 millones de hectáreas de selva. ¿Sabéis lo que esto significa? Significa que de aquí a diez años la Amazonia será un desierto y si esto sucediera, sería el final tanto para el Brasil como para el mundo entero. Como si no bastase, nosotros estamos también amenazados de genocidio, porque si se continua la despoblación, si se sigue invirtiendo en la creación de grupos agropecuarios de la Amazonia, nuestro futuro como pueblo está minado. Creo que el futuro de la Amazonia depende mucho de la organización y la resistencia de la sociedad brasileña, principalmente de los trabajadores; no sólo de los seringueiros sino también de los estudiantes, de los artistas, de los intelectuales, de los profesores, de todos. (Testamento político de Chico Mendes, asesinado el 22 de Diciembre de 1988)

La pregunta fundamenta para el científico socialmente responsable es si la búsqueda de un conocimiento puede ser completamente separada de su uso posterior. La ideología de ese cientifismo está atravesada de falacias y contradicciones que sólamente pueden ser evitadas si se formula una rígida distinción entre el "científico" que hace descubrimientos y el "tecnólogo" que aplica estos descubrimientos para crear útiles dispositivos y técnicas.. Hace un siglo, tal diferenciación quizá habría sido útil.. Pero el mundo ha sido cambiado por la ciencia, y ésta misma ha cambiado en ese proceso... ya no se basan en una marcada división entre "científicos" y "tecnólogos" o entre la investigación para obtener conocimientos y la aplicación de ese conocimiento a una finalidad práctica.. existe tan estrecha convergencia e interpenetración de la ciencia y la tecnología que no se puede distinguir ya entre una y otra por sus papeles sociales o sus resposabilidades sociales (J. Ziman en "Los científicos, la carrera armamentística y el Desarme)

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Pueblos Indígenas - Gobernabilidad Global

Informe Especial para el Proceso Rio+5 por Consejo Mundial de Pueblos Indígenas

Introducción

El siguiente Informe sobre Pueblos Indígenas. Gobernabilidad Global ha sido elaborado con grandes esfuerzos de búsqueda de bibliografía y testimonios de organizaciones y expertos Indígenas de diferentes países y continentes, como asimismo a traves de la consulta directa con varios de ellos. El mismo intenta poner de relieve el contexto en el cual se ha desarrollado el proceso de apertura a los pueblos indígenas en las diferentes actividades del campo internacional, especialmente dirigido a llamar la atención a los aspectos que continúan siendo la prioridad de la Agenda de nuestros Pueblos.

Para finalizar el mismo, intenta abrir la discusión realtiva a los conceptos éticos que debieran tenerse en cuenta al momento de considerar a las tierras y territorios de los pueblos indígenas como objetos de la exploración y extracción de recursos naturales, como también de la realización de los llamados mega- proyectos de inversión y desarrollo.

Consideramos a este trabajo como parte de las discusiones que han de conducirse para mejorar el entendimiento entre los diferentes sectores de la Sociedad Civil, los Pueblos, y los Gobiernos, con la esperanza de contribuir a fortalecer la comprensión y la percepción, sobre las aspiraciones y contribuciones que los Pueblos Indígenas, a el proceso global para intentar devolver la salud a la Tierra, y contribuir así a mejorar la convivencia de todos los pueblos y culturas del mundo. Muchas gracias.

Tierras, territorios y recursos Un número creciente de Constituciones Nacionales está incluyendo en sus textos párrafos que reconocen el ejercicio de los derechos ancestrales de los Pueblos Indígenas sobre la posesión, administración, control y disposición de las tierras y territorios en los cuáles vivimos desde mileños, como también, de los recursos existentes en los mismos. Asimismo, nuevas leyes han sido adoptadas en diversos países referidas a la implementación de estas disposiciones constitucionales

En el campo internacional, la Organización Internacional del Trabajo, adoptó en 1989 el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, el cuál ha sido ratificada por varios países, y se encuentra en vigencia. En la Parte II. Tierras, se manifiesta que "...1. Deberá reconocerse a los pueblos indígenas el derecho de propiedad y posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan...". Asimimo, que "...Los derechos de los pueblos indígenas a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente....".

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El Proyecto de Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas expone en el Preámbulo que "... Celebrando que los Pueblos Indígenas se estén organizando para promover su desarrollo político, económico, social y cultural, para poner fin a todas las formas de discriminación y opresión donde quiera que ocurran; y, "...Convencida de que el control por los Pueblos Indígenas de los acontecimientos que les afecten a ellos y a sus tierras, territorios y recursos les permitirá mantener y reforzar sus instituciones, culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo con sus aspiraciones y necesidades".

Muy a pesar de la existencia de normativa nacional e internacional para promover y proteger los derechos de nuestros pueblos, aún experimentamos extremas dificultades para obtener el efectivo respeto a los mismos. Existen numerosos ejemplos en los cuales los Gobiernos han celebrado convenios y acuerdos con corporaciones económicas, sin la adecuada consulta a los pueblos indígenas. Esta sitaución ha permitido a muchas compañías realizar exploraciones, y la explotación de recursos en las tierras de los pueblos indígenas sin el libre consentimiento de los mismos. El Convenio 169 - OIT establece que "...En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre los otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos indígenas...".

En la treceava sesión del Grupo de Trabajo de Pobalciones Indígenas, Naciones Unidas, Ginebra, Julio 24 28, 1995, un número importante de organizaciones de Pueblos Indígenas, dieron a conocer parte de las limitaciones que experimentan en sus países realtiva a la posesión, propiedad, uso, y disfrute de los recursos naturales existentes en nuestras tierras y territorios. Para dar una idea de la situación en este tópico podemos recordar las palabras de Ms. Ragnhild Nystad, del Consejo Saami, refiriéndose a la situación de los derechos de los pueblos Saami en Rusia, Noruega, Finlandia y Suecia:

"...En los últimos dos años las autoridades de Rusia han estado alquilando, y vendiendo, grandes porciones de las tierras Saami dónde se encuentra la zona para la caza, y aguas y ríos para la pesca, a inversionistas de los países de los países desarrollados...". "...El resultado... es que no permiten a nuestra gente pescar y cazar, ni siquiera para atender las necesidades básicas de alimentación.". "...sin el derecho a usar nuestros recursos naturales ancestrales, nuestro pueblo está pasando un sufrimiento extremo...no teniendo a menudo suficiente alimentación.".

"En Noruega tenemos algunos mecanismos políticos para la promoción de los derechos Saami. Sin embargo, ellos parecen ser aplicables a un limitado tipo de asuntos, los cuáles no incluyen los derechos sobre tierras. Nuestras tierras serán usadas como una área de exploración por compañías de minería multinacionales. Las autoridades han dado la autorización a estas compañías para hacer prospección de minerales en nuestras áreas.".

A nivel comparativo del ejercicio de los derechos sobre tierras y territorios se suele tener la noción que los derechos de los pueblos Saami están bajo una mayor protección de las leyes de los Estados en los que viven. La realidad aparenta ser diferente, ya que el parámetro más adecuado para verificarla es el derecho de los

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pueblos indígenas a la posesión, propiedad, uso y goce de nuestras tierras y recursos naturales, para la reproducción de nuestra vida tradicional.

Valores éticos de los Pueblos Indígenas sobre el manejo del eco-sistema

Los pueblos indígenas basamos nuestra vida en nuestra tierra y el medio ambiente en el que vivimos y nos desarrollamos, con los principios y leyes de cada pueblo indígena. Las tierras en las que vivimos son respetadas por nosotros por ser parte de la creación y no objeto de venta u otras transacciones, son tierras sagradas dónde han vivido nuestros antepasados, dónde se ha desarrollado mileños de desarrollo cultural, que ha permitido mantener el medio ambiente en un constante desarrollo. Todo lo que poseen nuestros Pueblos está basado en el respeto y el desarrollo sostenible de los recursos que existen en nuestras tierras. Sin nuestra tierra, desaparece el pueblo indígena.

Los Pueblos Indígenas han desarrollado durante siglos un conocimiento para convivir con los diferentes ecosistemas, de forma que no destruye la reproducción de los ciclos de la vida. Este conocimiento es parte de nuestras culturas, es parte de nuestra vida cotidiana. En numerosas conferencias y seminarios internacionales sobre los temas de conservación del medio ambiente se ha reconocido este conocimiento.

Es por ello que hallaremos diversidad biológica saludable en las tierras que hasta el presente están en posesión de los pueblos indígenas. En otras palabras, ha quedado demostrado que los pueblos indígenas hemos aportado a la humanidad parte de la salud que ella necesita para supervivir y desarrollarse.

El desarrollo de este conocimiento es una práctica que no se reproduce en condiciones artificiales. Aproximaciones muy imperfectas pueden desarrollarse en los laboratorios experimentales. Sin embargo, no será posible reproducir el trabajo de la naturaleza ni imitar tan facilmente la educación milenaria que nuestros pueblos han desarrollado para vivir integrados a ese trabajo.

Cuando se habla de la ética del desarrollo económico, Espiritualidad, Respeto, Compartir, son valores con los cuales se identifican la mayor parte de los Pueblos Indígenas del mundo. Sin embargo, los mismos no pueden ser definitivamente interpretados desde el punto de vista de los valores del desarrollo de las sociedades industrializadas, los cuales se basan en la mayor ganancia económica medida por la acumulación de bienes los que representan la riqueza material para esa forma de pensamiento.

Numerosos pueblos indígenas han expresado desde muchos años atrás la preocupación creciente dentro de nuestras sociedades por el virtual asalto que están sufriendo los territorios en los cuáles vivimos. Además de la contaminación, destrucción, de la salud de las tierras desde dónde se realizan enormes inversiones, en búsqueda de los materiales naturales, estas actividades han venido denigrando las culturas, la salud, la economía, los derechos, de los pueblos indígenas, comprometiendo la continuidad futura.

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El diálogo intercultural deberá incorporarse en las discusiones entre los representantes de los Pueblos Indígenas, los Gobiernos, y los diversos sectores de la Sociedad Civil, que permita entender el punto de vista de los Pueblos Indígenas sobre el devenir futuro del uso sostenible de los recursos naturales renovables y no renovables, decauerdo a los conocimientos tradicionales de nuestros pueblos.

La diversidad étnica dentro de las fronteras del Estado

El repeto a la diversidad étnica en un Estado es un principio b sico que contribuye al desarrollo pacífico y armónico de las sociedades humanas. Para los Pueblos Indígenas ello está absolutamente asociado con la conservación del medio ambiente y la diversidad biológica. La diversidad étnica representa el interés de preservar y desarrollar nuestras culturas acorde con nuestros principios de vida. Este interés según hemos comprendido a través de los textos de la normativa internacional y nacional debe contribuir a mejorar el conocimiento de la humanidad sobre la importancia de la adopción de estrategias sobre el medio ambiente y a aprender a respetar los derechos fundamentales de los pueblos indígenas.

La diversidad étnica no es sólo la existencia de personas o pueblos con diferentes características físicas, lingísticas, vestimenta, formas de producción e intercambio. La diversidad étnica se expresa también en la actitud que esos pueblos tienen hacia los bienes intrínsecos de la creación. La gestación de la vida como parte del proceso infinito de reproducción y la dinámica de cambio nos hace ver que, conceptos como la estabilidad o la continuidad de una nación, un pueblo, o una institución, son parte de la cultura que nos ha sido trasmitida.

Si una nación, un pueblo, una instutición creen que la continuidad y la estabilidad se basa en la repetición a perpetuidad de determinados comportamientos frente a situaciones diferentes estaremos frente a un grupo que experimentará severas dificultades para continuar desarrolando su civilización en el mediano y largo plazo. Este comportamiento ha impulsado muchas veces a gestar la destrucción de otros pueblos mediante la aparente justificación que el pensamiento y las formas de desarrollo del grupo dominate son superiores al otro, sin darse la oportunidad de conocer que es lo que ofrece una alternativa diferente en el modo de pensar, actuar, tomar decisiones, e interrelacionarse con otros pueblos y culturas.

Evolución de la normativa internacional

El texto del artículo 8 -Conservación In Situ- párrafo j) de la Convención sobre Diversidad Biológica expresa que "en la medida de lo posible y según corresponda cada Estado "...Con arreglo a su legislación nacional; respetará, preservará y mantendrá los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y promoverá su aplicación más amplia, con la aprobación y la participación de quienes posean esos conocimientos, innovaciones y prácticas, y fomentará los beneficios derivados de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan equitativamente".

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La Alianza Mundial de los Pueblos Indígenas Tribales de los Bosques Tropicales, expresa sus justificados temores, con relación a este párrafo. Entre ellos rescatamos el siguiente:

" La soberanía estatal. Los Pueblos Indígenas, vivimos dentro de las fonteras de los Estados, y aún así, tenemos derechos ancestrales inalienables, vigentes, a los territorios desde épocas anteriores ala creación del Estado. Tenemos la propiedad sobre nuestros territorios y, en consecuencia, inisistimos en que nada se puede hacer a nuestros recursos sin nuestro consentimiento previo e informado...".

A ello se suma sin lugar a duda la incertidumbre proveniente del lenguaje utilizado para referirise a los pueblos indígenas, a la cuestión de las "áreas protegidas", el acceso a los recursos naturales, y los mecanismos de financiación como el caso del Fondo Mundial para el Medio Ambiente. Sin lugar a dudas muchas otras organizaciones de pueblos indígenas comparten estas dudas y preocupaciones, cuando aún estamos vivenciando los pasos iniciales sobre la adopción de normativa internacional y nacional que refleje las aspiraciones de los pueblos indígenas.

Es importante destacar que, el interés de los pueblos indígenas sobre el cuidado y la preservación del medio ambiente y la diversidad biológica, expresado a través de sus organizaciones, comunitarias, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, ha estado direccionada en el sentido más genuino de proteger y desarrollar sus propios sistemas de vida por medio de una normativa legal que reconozca los derechos ancestrales y fundamentales de los pueblos pre-existentes a los Estados, de poseer y disponer, sobre los recursos que existen en nuestros territorios, especialmente de aquéllos que son más codiciados por los inversionistas modernos, teniendo en cuenta el interés público del Estado, y asimismo, el interés mundial sobre la preservación de los ambientes naturales, pero que garantice a nuestros pueblos la posibilidad de un desarrollo humano pacífico para nuestras generaciones presentes y futuras.

Hemos mencionado anteriormente el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, y el proyecto de Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, cuyos textos nos permiten tener una visión más desarrollada del estilo de normas que los Estados deberían adoptar a fin de proteger y promover los derechos de los pueblos indígenas.

En el plano regional un proyecto para la Declaración Interamericana sobre los Derechos Humanos, se encuentra bajo el análisis de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, la cual ha iniciado consultas con Gobiernos y Pueblos Indígenas de la Región. Ella debe ser vista como una de las piezas que es necesario evolucionar para que alcance el nivel del proyecto de las Naciones Unidas, puesto que la adopción por parte del sistema inter-americano de una declaración que contenga debilidades en ciertos capítulos, no proveerá de satisfacción adecuada tanto a los puntos de vista de los Pueblos Indígenas, como de los Estados.

En el nivel de políticas del Banco Mundial relativas a los Pueblos Indígenas, existen varios documentos que permiten comprender su postura frente a los pueblos indígenas: las mismas incluyen la Directriz Operacional Relativa a

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Evaluación Ambiental (4.01), Reasentamientos involuntarios (4.30), Participación de las Organizaciones No-Gubernamentales en las actividades que financia el Banco (14.70), la Nota de política operacional 11.03: Protección de la Propiedad cultural en los proyectos financiados por el Banco, el Acceso a la Información operacional (17.50), la Resolución 93-10/ Resolución IDA 93-6: Grupo de Inspección del Banco Mundial; la Directriz Operacional 4.20: Pueblos Indígenas, y los libros sobre Evaluación Ambiental.

El objetivo fundamental de la Directriz Operacional 4.20, expresa que: "La directriz ofrece unaorientación de las políticas para: a) asegurar que las poblaciones indígenas se beneficien de los proyectos de desarrollo, b) evitar o mitigar efectos potenciales adversos en las poblaciones indígenas, causados por actividades asistidas por el Banco. Se requiere acción especial en aquellos lugares en dónde las inversiones del Banco afectan a poblaciones indígenas, tribus, minorías étnicas, u otros grupos, cuyo status social y económico les restringe su capacidad de proteger sus intereses y derechos sobre la tierra y otros recursos productivos".

En lo relativo al lenguaje utilizado -la Directriz fue aprobada en Setiembre de 1991-, la misma coincide con la tendencia prevaleciente de las Cumbres de Naciones Unidas, a incluir en una categoría de "grupos desventajados" a los Pueblos Indígenas, lo cual demuestra la necesidad de insistir en la coherencia de los procesos especializados que se desarrollan en la OIT y la Comisión de Derechos Humanos. En estos proceso hemos experimentado ciertas dificultades en el diseño del lenguaje apropiado que exprese los conceptos intrínsecos de las culturas indígenas.

El Informe, actualizado a mayo de 1995, del Programa para los Pueblos Indígenas del Centro de Información sobre los Bancos Multilaterales de Desarrollo, expresa interesantemente que, "Esta directriz es relativamente nueva. La mayoría de los Jefes de proyectos no conocen bien sus requisitos y su aplicación. Como todavía se está perfeccionando, los pueblos indígenas y sus organizaciones pueden desempeñasr un papel por lo que respecta a la manera en que debe aplicarse". Numerosos Pueblos Indígenas están siendo afectados por proyectos de desarrollo que han recibido la financiación del Banco. Sin embargo, aún no han tenido la oportunidad de hacer conocer sus puntos de vista sobre la directriz, además de que la situación medioambiental, socio- económica, y del ejercicio de los derechos básicos continúa siendo afectado profundamente por estas actividades.

La Organización Mundial de la Salud aprobó en sus Sesión Plenaria del 28 de setiembre de 1993, la Resolución V, Salud de los Pueblos Indígenas. En la misma se hace referencia a las conclusiones y recomendaciones efectuadas por los participantes de la Reunión de Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Salud, Winnipeg, Canada, Abril 13-17, 1993; y "Resuelve: Instar a los Gobiernos Miembros a que: a) Promuevan el establecimiento o fortalecimiento de comisione(s) técnica(s) de alto nivel u otro(s) mecanismo(s) de concertación que considere apropiado, con participación de líderes y representantes de pueblos indígenas, para la formulación de políticas y estrategias, y el desarrollo de actividades de salud y medio ambiente dirigidas hacia las poblaciones específicas;"

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Asimismo, solicita al Director de la OMS, que: "a) promueva la participación de los indígenas y sus comunidades en todos los aspectos del trabajo de la Organización sobre salud de los pueblos indígenas; b) Identifique, dentro de los programas de cooperación, recursos de cooperación técnica y preste apoyo a la movilización de reursos..."; c) Coordine el esfuerzo regional para promover la formación de redes de información y colaboración recíproca entre organizaciones, centros e instituciones que trabajan en el campo de la salud de pueblos indígenas..."; d) Amplíe las actividades de evaluación de las condiciones de vida y situación de salud para incluir a los pueblos indígenas de la región..."; y, e) promueva la investigación colaborativa a nivel de la Región y países seleccionados en temas prioritarios de la salud y la atención de la salud de los pueblos indígenas."

Esta Directiva debe ampliarse a las diversas regiones del mundo dónde los sistemas tradicionales de salud de los pueblos indígenas está siendo afectada. En opinión de un trabajo elaborado en colaboración entre el Consejo Mundial de Pueblos Indígenas y otras Instituciones, participantes del proceso de la Iniciativa Global para los Sistemas de Tradicionales de Salud, destacan que la OMS/OPS deben ampliar sus recomendaciones a los Estados para impulsar el desarrollo de políticas y normas en los niveles nacionales que apunten a la protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas relacionados con el campo de la salud y la medicina tradicional indígena.

El concepto de salud no es un concepto estanco. El mismo ha experimentado una evolución significativa dentro de las diferentes concepciones culturales, influyendo a los organismos especializados. Para los Pueblos Indígenas el concepto de salud incluye muy especialmente la seguridad y el respeto por las tierras que pertenecen a nuestros pueblos y el respeto por los criterios sobre el manejo del ambiente natural, los recursos existentes en el mismo, y la salud comunitaria. Como en otros campos de la actividad humana, el diseño de políticas nacionales, y legislación atinente, a la protección y promoción de los sistemas tradicionales de salud de los Pueblos Indígenas, debe tener en cuenta nuestra plena participación, para que las mismas logre resultados exitosos.

El conocimiento tradicional de los pueblos indígenas

Según informaciones de diversos Organismos Internacionales, la población estimada de los Pueblos Indígenas asciende aproximadamente a 400 millones de personas, pertenecientes a más de 4,500 etnias diferentes, los cuáles están distribuídos en los continentes de Asia, Africa, América, las regiones del Artico y el Océano Pacífico. Estos datos son muy variables de acuerdo con la fuente que los proporciona. Pero también nos proporcionan una idea aproximada de la diversidad cultural, y de las riquezas que albergan.

Hemos observado que esta "riqueza" es considerada como parte de los resursos que pueden proveer de más riquezas a quienes ya han acumulado una buena parte de las mismas. Una parte cada vez mayor de los conocimientos de los pueblos indígenas están siendo convertidos en conocimientos que pueden ser aprovechados para generar más ganancias, sin que estas ganancias se reinviertan en el desarrollo de quiénes han generado estos conocimientos.

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El informe sobre la "Conservación de Conocimientos Autóctonos: Integración de Dos Sistemas de Innovación" elaborado por la Fundación Internacional para el Progreso Rural para el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo destaca en la parte de conclusiones de "Conocimientos Indígenas sobre la Diversidad Biológica", que:

"Las comunidades indígenas aplican un sistema de innovación cooperativo en que se observan los mismos procesos fundamentales de descubrimiento y experimentación que caracterizan al sistema de innovación institucionalizado. La innovación en el sistema cooperativo es paulatina y evoluciona, pero en lo tocante a las plantas y a la cría de animales, lo propio ocurre con el sistema institucional."

"Las formas de protección de la propiedad intelectual propias del sistema de innovación institucionalizado se están ampliando y evolucionan según modalidades que tal vez hagan razonablela incorporación de las innovaciones de los Pueblos Indígenas."

El Informe propone asimismo estrategias tendientes al desarrollo de políticas y legislación para la protección de la propiedad intelectual, entre la cuales cita la evolución del sistema de propiedad intelectual existentes, el desarrollo de un sistema propio, la celebración de arreglos contractuales bilaterales, o la creación de un nuevo sistema que se relacione con los antes mencionados.

Como puede observarse aún es necesario hacer mayores esfuerzos para evolucionar tanto el lenguaje como los conceptos que intentan explicar las formas de interpretación de los sistemas de vida basados en el desarrollo asociado al cuidado de la reproducción de los sistemas naturales, defendidos por los pueblos indígenas. El informe citado puede considerarse como uno de los puntos de vista para la discusión sobre este aspecto. Como comentario general al sistema institucionalizado, es que aún deberá hacer mucho más para comprender y dar el nivel apropiado al conocimiento indígena, que le permita asimismo internalizar conceptos que están aún siendo reaprehendidos en beneficio de las sociedades que lo integran.

Al respecto cabe mencionar algunos párrafos de la Declaración de Mataatua sobre los Derechos de la Propiedad Cultural e Intelectual de los Pueblos Indígenas, organizada en Junio de 1993, especialmente la sección relativa a recomendaciones a los Estados Nacionales y las Agencias Internacionales:

"Hacer notar que los mecanismos de protección existentes son insuficientes para la protección de los Derechos de la Propiedad Cultural e Intelectual de los Pueblos Indígenas".

"Desarrollar en total cooperación con los Pueblos Indígenas un Régimen Adicional sobre los Derechos de la Propiedad Cultural e Intelectual, incorporando lo siguiente:

• los propietarios tanto colectivos como individuales y su orígen • protección retroactiva a los trabajos tanto contemporáneos como históricos • protección contra la degradación de artículos culturalmente significativos

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• contexto cooperativo en lugar de competitivo • los primeros beneficiarios deben ser descendientes directos de los custodios

tradicionales de este conocimiento • cobertura extensiva para todas las generaciones • Progresos en la implementación de los acuerdos de Río y las subsecuentes

conferencias de las NNUU

El Capítulo 26, del Programa 21 de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en 1992, sobre el "Reconocimiento y fortalecimiento del papel de las poblaciones indígenas y sus comunidades", exhorta a "el reconocimiento de sus valores, sus conocimientos tradicionales y sus prácticas de ordenación de los recursos, con miras a promover un desarrollo ecologicamente racional y sostenible", y a "...establecer acuerdos para intensificar la participación activa de las poblaciones indígenas y sus comunidades en la formulación de políticas,leyes y programas relacionados con la ordenación de los recursos en el plano nacional y otros procesos que pudieran afectarles, así como para propiciar que formulen propuestas a favor de políticas y programas de esta índole".

Para sintetizar este punto, nos remitimos a los progresos en el campo internacional, nacional y local, en referencia a los procesos de elaboración de nuevas normas de derecho y su implementación, que explicamos al inicio de este trabajo.

Si bien los acuerdos de Río están direccionados y especializados en las cuestiones relativas al cuidado del medio ambiente y las consecuencias del desarrollo económico, para los pueblos indígenas estos acuerdos significan algo más. En primer lugar la ampliación de los temas de la agenda internacional que involucran a los pueblos indígenas. Sin que esta ampliación signifique por si misma resultados, estamos en condiciones de evaluar que la misma ha aportado una visión a una parte de la comunidad internacional sobre las aspiraciones que confrontan los pueblos indígenas.

En segundo lugar, la agenda internacional se ha visto enriquecida por nuestro aporte. A su vez los Estados han tomado cada vez más conocimiento de las experiencias que se desarrollan en otros Estados.

Son las organizaciones indígenas nacionales y regionales las encargadas de evaluar la situación de implementación de los acuerdos de Río en sus respectivos países. Sin embargo, a partir de la información que se procesa en la oficinas del Consejo Mundial, aún estamos muy lejos de los objetivos previstos. Por ejemplo, si bien ha habido una creciente participación y diálogo para el establecimiento de procesos de paz en algunas regiones, en otras se vive exactamente lo contrario, con el agravamiento de la situación.

La participación en el proceso del diseño de las políticas nacionales que afectan directamente la vida de los pueblos indígenas y nuestras oportunidades de desarrollo autosustentable continúa siendo un proceso que es afectado por los intereses de los inversionistas modernos, cuyas metas se basan en la racionalidad del beneficio económico. Quiénes ejercen esas influencias piensan consideran a los pueblos indígenas como un elemento más en los temas a resolver en sus planes de

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inversión. Obviamente, es necesario incluir en sus estudios la perspectiva de los pueblos indígenas y nuestra determinación a continuar en control del ejercicio de nuestros derechos.

Temas críticos y prioridades

A lo largo de este trabajo hemos expresado nuestra opinión en relación a los temas críticos y a las prioridades de los pueblos indígenas. Es necesario recordarlos en este capítulo, sin entrar a la descripción de los mismos, teniendo en cuenta que esta lista no es en absoluto exhaustiva, ni pretende ser completa, sino más bien una reafirmación de las preocupaciones más visibles.

• Tierras y territorios. Derecho ancestral e inalienable de nuestros pueblos. • Espiritualidad. Componente ético esencial para la visión indígena del medio

ambiente y desarrollo. • Auto-gobierno. Tomar las responsabilidades que constituyen el diseño de

nuestro futuro. • Mujer, joven y niño. Por ser quiénes padecen las mayores discriminaciones

y racismo. • Salud, Educación, y cuidado del Medio Ambiente. Que incluya la

consideración del conocimiento tradicional de los pueblos indígenas basados en nuestras culturas ancestrales.

• Alternativas para el Desarrollo Sustentable. Basada en principios del conocimiento tradicional

• Propiedad cultural e intelectual. La defensa del conocimiento tradicional y su uso para fines pacíficos.

• Evolución de la normativa internacional y nacional. Para garantizar el respeto y la convivencia.

• Acción positiva para llamar la atención internacional sobre los casos de genocidio, represión, persecusiones y violaciones sistemáticas de los derechos humanos básicos.

Experiencias exitosas. Lecciones aprendidas de la implementación de la sustentabilidad

Las experiencias desarrolladas por los pueblos de las regiones del Artico -especialmente de los países Nórdicos, Canada, y Alaska, han sido por el momento las mejor organizadas, tanto en el aspecto de un activo rol en las discusiones sobre el manejo del medio ambiente regional, y también, de las negociaciones encaminadas a obtener una adecuada participación en los asuntos concernientes.

Las organizaciones de los Pueblos Indígenas de la región de la Amazonía, Panamá, y de algunos países del sudeste de Asia, han estado activos en los debates internacionales concernientes a la defensa de la sustentabilidad e integridad de los territorios indígenas. La situación de la protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas en esta región es más débil que en la región del Artico. En muchos de los países de la regiones mencionadas se experimenta aún situaciones de difícil resolución, tales como la represión a los movimientos de los pueblos indígenas, o también la exclusión de las discusiones de los temas concernientes.

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La implementación de la sustentabilidad y la defensa de la integridad de los territorios de los pueblos indígenas puede resumirse, aunque no totalmente, al respeto a los derechos inalienables de los pueblos indígenas a nuestras tierras, territorios, y recursos naturales. La implementación de programas especiales que tengan en cuenta el desarrollo de estas regiones debe provenir de acuerdos entre los pueblos indígenas y los Gobiernos de los Estados. Estos últimos deben garantizar el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas dentro de los cuales debe tenerse en cuenta el derecho de disponer de los recursos existentes en el suelo, subsuelo, ríos, costas y mares, respetando el conocimiento tradicional.

Oponerse a la relocalización forzada en todos los casos es también un derecho de los Pueblos Indígenas. Nuestros pueblos han sido víctimas de estas maliciosas prácticas en casos en que secontruyen puentes, carreteras, represas parala producción de energía hidroeléctrica, canalización de ríos, construcción de puertos, y otras obras de infraestructura, "de interés para el Estado Nacional".

Valores y principios que apuntalan prácticas de la implementación sustentable

La salud de la tierra y de los seres que la componen se ha debilitado con el avance del desarrollo individualista de muchas sociedades. La reconstrucción de las relaciones con la tierra debe iniciarse desde cada persona, cada familia, cada comunidad, cada nación grande o pequeña.

Una visión de quiénes fuimos en el pasado y quiénes queremos ser en el futuro, nos permitirá mejor dirigirnos y conducir el desarrollo en armonía con la naturaleza.

El desarrollo y el restablecimiento de la salud de la tierra deben ser orientados por la verdad, la sabiduría, el conocimiento tradicional, y el respeto a la diversidad cultural de la humanidad.

Toda acción de desarrollo y restablecimiento de la tierra está relacionada a las demás actividades. Cuándo trabajamos en un lugar, una actividad, estamos afectando a toda la comunidad de seres que componen la tierra, incluídos los seres humanos que vivimos en cada porción de ella.

Los pueblos deben ser llamados a participar en el proceso de desarrollo y re-educados para contribuir en el restablecimiento de la salud de la tierra. Sin participación no existe desarrollo sustentable.

Cada persona, cada pueblo, cada nación grande o pequeña debe ser tratada con el respeto que debe tenerse a todo ser que pertenece a la comunidad de la tierra. Todos deben tener el derecho a participar del proceso de desarrollo sustentable y a compartir los beneficios que se derivan de ese proceso.

La espiritualidad es fundamental para el proceso del restablecimiento de la salud de la tierra y el desarrollo sustentable. Cada pueblo debe tener el derecho a expresarla de acuerdo a sus tradiciones.

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El proceso de crecimiento debe ayudarnos a descubrir quiénes realmente somos como seres humanos y la formaen qué armonizamos con las leyes del Universo.

La moral, la ética y el protocolo nos enseñan a caminar el camino de la vida en forma acertada. Si violamos estas enseñanzas, destruímos las posibilidades del restablecimiento de salud de la tierra y de desarrollo sustentable.

Nuestros planes y acciones están fundados en el conocimiento profundo para acceder a los principios del orden de la naturaleza y al proceso de restablecimiento de la salud de la tierra y el desarrollo sustentable.

Aprendiendo a vivir en forma que se promueva la vida y la salud de la tierra es esencial para promover el desarrollo sustentable.

Cuando empezamos a tomar acciones o decisiones para mejorar nuestras vidas o las vidas de otros, lo más importante es evitar destruir los sitemas naturales de los cuáles dependen todas las formas de vida, y que fortalecen la capacidad de los pueblos a continuar en su camino de desarrollo y al restablecimiento de la salud de la tierra.

Falta de políticas y políticas retrictivas sobre la implementación de la sustentabilidad

Sobre este capítulo nos remitimos a los análisis formulados previamente. Entre la falta de políticas y otras restrictivas sobre la implementación de la sustentabilidad, el tópico más deficiente para el cumplimiento de los acuerdos de Río, aparece en los casos de ausencia de consulta libre-consensuada a los pueblos indígenas en el proceso de toma de decisiones. Señalamos este elemento como el más pernicioso por ser el que impide que los puntos de vista e intereses de los pueblos indígenas sean tenidos en cuenta. Con diferente grado de intensidad, dependiendo del país o región, es frecuente recibir información sobre acuerdos que se celebran entre las autoridades de un Estado en particular, o grupo de Estados, con una, o un grupo de corporaciones económicas, con el fin de levar a cabo proyectos de inversión, en territorios pertenecientes a los pueblos indígenas, sin haberse realizado consultas con los mismos.

La Gobernabilidad Global

Cuando hablamos de los principales temas que afectan a las Naciones del Mundo nos enfrentamos a una diversidad creciente de tópicos que llenan las páginas de la prensa, las burocracias de los Organismos, los pasillos de los Parlamentos, y las computadoras de los innumeros expertos que se suman todos los días a la red. También experimentamos la sensación que todos estos temas nos llegan en forma muy sintetizada y que no tenemos acceso al fondo de la cuestión que realmente ha producido el problema o la situación de conflicto, y también nos sentimos limitados de tener una visión global.

Desde otro punto de vista presentimos que los procesos que intentan mejorar las situaciones negativas tales como guerra, represión, genocidios, opresión,

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discriminación, violencia, hambre, miseria, desempleo, falta de participación, marginación, racismo, epidemias, analfabetismo, y muchas otras, nos dejan sin la posibilidad de razonar una respuesta colectiva a los problemas. Paradojicamente las sociedades que han experimentado procesos del acentuamiento del individualismo son hoy las más poderosas, y al mismo tiempo, reconocen ser, en parte, causantes de las situaciones en otros países, por ejemplo a través de los procesos históricos de colonialismo, y dan la imágen de estar preocupados en ayudar a paliar las dificultades que segmentos económicos, organizados en sus territorios, y de acuerdo a sus leyes, pueden traer a las relaciones entre sus sociedades y las sociedades no industrializadas.

Evidentemente, aún hay mucho que hacer para lograr un equilibrio entre las aspiraciones de las diverssas sociedades humanas. En algunos casos ellas parecen querer resolver el problema. Sin embargo en la resolución de estos conflictos puede apreciarse que aparece un tercer elemento, casi no previsto, el mediador, o negociador, en la mayoría de los casos otro Estado.

En los últimos tiempos se ha visto numerosos ejemplos en que las situaciones a resolver no son parte de conflictos entre dos Estados diferentes, sino dentro de las fronteras del mismo Estado.

Durante e inmediatamente después de la Guerra Fría, el concepto de primero, segundo y tercer mundo, pararecía muy claramente delimitado. Apenas unos años más tarde no es tan claro. En el tercer mundo afloran nuevos desafíos políticos y económicos, que eran impensados hace algunos años, tales como los planes de industrialización y el desarrollo tecnológico. La revolución de los sistemas de comunicaciones, la internacionalización de las relaciones de intercambio económico, y la ampliación de las diferencias entre países ricos y pobres, son temas visibles de la agenda. El primer mundo va desarrollando dentro de sus fronteras "bolsones" de tercer mundo, con las mismas características del "subdesarrollo", y confronta situaciones de marginalización social, económica y cultural, crónicas. El "segundo mundo" se ha desintegrado, y se integra paulatinamente a los bloques de Europa y Asia.

La Agenda de las Naciones Unidas, el Organismo Internacional de los Gobiernos después de la Segunda Guerra Mundial, ha ido ampliándose y creciendo a un ritmo vertiginoso. Ello dio lugar a la creación de extendidos y priviligiados escritorios internacionales, especializados en diferentes temas tales como, derechos humanos, mujer, salud, educación, ciencia, cultura, desarrollo sostenible, seguridad, medio ambiente, mantenimiento de la paz.

Los Pueblos Indígenas surgen con mayor fuerza en el decenio de los '90. La celebración que organizó un país de Europa sobre "los 500 años del descubrimiento de América", dio a los pueblos indígenas más razones para hacer más visible para la comunidad internacional la vigencia de nuestros derechos fundamentales. En ese año, tres acontecimientos relevantes remarcaron la presencia del "cuarto mundo". Los discursos que los representantes de los Pueblos Indígenas elaboraron para los Gobiernos participantes en la Cumbre de la Tierra, Río de Janeiro, hicieron eco en la comunidad internacional, pues fue una de las primeras oportunidades en que nuestra voz se escuchó en forma directa de parte

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de los afectados. A su vez, el Premio Novel de la Paz fue otorgado a nuestra hermana del Pueblo Maya de Guatemala, Rigoberta Menchu Tum, y Naciones Unidas lanzó el Año Internacional de los Pueblos Indígenas.

A partir de allí la Agenda internacional creció y se diversificó no sólo para los Gobiernos sino para los Pueblos Indígenas. Entre 1992 y 1996, una serie de Cumbres sobre diversos temas convocó a los representantes de los Pueblos Indígenas, con el fin de fortalecer en los debates los conceptos más apropiados, en coherencia con los trabajos iniciados en el Grupo de Trabajo de las Poblaciones Indígenas de las Naciones Unidas. Corresponde por tanto ingresar en una etapa de evaluación-acción de esa agenda y establecer los parámetros que nos permitan medir los resultados de la implementación de esos acuerdos.

Tal como se refleja en el análisis de las Declaraciones, Convenios y Resoluciones de los Organismos Internacionales, los Pueblos Indígenas están situados en espacios estratégicos que incluyen casi todas las regiones del planeta, y todos los bloques político-comerciales. Asimismo, la participación de los pueblos indígenas en un número creciente de temas de la Agenda Internacional, es no solamente una necesidad o una aspiración, sino también poco a poco se ha convertido en una demanda de la sectores diversos de la comunidad internacional.

Conclusiones preliminares. Qué podemos proponer y qué podemos hacer ?

Los pueblos indígenas somos protagonistas de las consecuencias del uso, aprovechamiento, e intentos de protección del medio ambiente. Los efectos de la degradación de nuestros territorios implicará - de acuerdo a los estudios y observaciones realizadas- similar o mayor impacto en el conjunto de las sociedades, tanto por los problemas ambientales directos a que seremos sometidos, como también por el impacto social, cultural, económico y político, que se observa en forma creciente en todos los países de la Tierra.

El establecimiento de Parámetros justos de negociación con los Pueblos Indígenas así como una ampliación de la conciencia pública sobre los derechos y el rol de los Pueblos Indígenas en los aspectos concernientes al desarrollo autosustentable, sería una saludable estrategia para fortalecer estos aspectos.

Los esfuerzos para la conservación de la diversidad biológica deben ser equivalentes y equitativos con el respeto a la diversidad cultural y étnica.

La ciencia a través de su método analítico ha intentado aislar el estudio de ciertos fenómenos naturales o sociales a los efectos de lograr una mejor comprensión de los mismos. En alguna medida ha sido exitosa. Sin embargo es necesario no perder conciencia que cada parte estudiada es un componente de un todo armónico que se desarrolla en parte por las acciones y decisiones que hacemos los seres humanos.

Recomendaciones específicas sobre los aspectos relativos al conocimiento tradicional de los Pueblos Indígenas en evaluaciones medioambientales.

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El Consejo Mundial de Pueblos Indígenas es una Institución Internacional que dirije sus energías al fortalecimiento de procesos y tendencias que impulsen el diálogo y la participación. Como hemos comentado a lo largo de este trabajo una de las principales herramientas que ha sido dejada de lado por motivos muy contradictorios es la consulta plena a los Pueblos Indígenas, cuando se efectúan todo tipo de acuerdos y negociaciones entre los Gobiernos, las corporaciones transnacionales, u otros inversionistas modernos, que consideran los territorios indígenas como una fuente para el acrecentamiento de sus riquezas y poder. Ya hemos señalado el valor que tiene la Tierra, los territorios y las tierras para los Pueblos Indígenas, por lo que vamos a obviar su repetición.

Las siguientes recomendaciones están dirigidas a los gerentes de las corporaciones, bancos multilaterales, y Estados. Las mismas son un resúmen de un estudio que está desarrollando el Consejo Mundial en cooperación con organismos de los Pueblos Indígenas de varios países, entre ellos Canada, Belice, México, Perú, Venezuela, y Argentina. Sin embargo, queremos advertir que el trabajo aún no está terminado y que las siguientes son recomendaciones preliminares, pero que creemos que es útil compartir con los participantes del proceso de Río + 5. Adicionalmente estos procedimientos deberán ser incluídos en la política y la legislación de los países, para su adecuadomonitoreo y cumplimiento.

Recomendaciones:

Toda corporación tiene la tendencia a ignorar los aspectos culturales propios de la comunidad afectada y aplican modelos de comportamiento que consideran universales. Por ello, lo primero que deben tener en cuenta es el respeto a las tradiciones y costumbres de los pueblos indígenas, no intentando imponer su propio criterio cultural y de beneficios económicos, desde el principio mismo de la negociación.

Otra tendencia es creer que los pueblos indígenas no tienen criterios de mediano y largo plazo. Ello constituye un error. Debe analizarse el impacto del proyecto, teniendo en cuenta los criterios de mediano y largo plazo de las comunidades afectadas, para que ellas sean parte de la decisión.

Un tercer aspecto clave es brindar la información adecuada y real a todos los que serán afectados directa o indirectamente por el proyecto, para lo cual deben utilizarse los medios de comunicación más corrientes para la zona de aplicación del proyecto, para convocar la participación de los mismos, por medio de sus organizaciones.

Un elemento esencial de las decisiones de los Pueblos Indígenas es incluir en sus decisiones la participación de los ancianos-sabios, las mujeres, y considerar los intereses de los jóvenes y los niños.

La compañía debe incluir procedimientos adecuados que permitan a las comunidades que serán afectadas por el proyecto, acceder a la comprensión de los verdaderos consecuencias de la implementación del proyecto. No debe ocultarse ninguna información que sea perjudicial para la salud, la continuidad y el desarrollo de los pueblos indígenas.

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Existen lugares considerados sagrados de acuerdo a la tradición de los Pueblos Indígenas que no pueden ser tocados o dañados, a riesgo de destruir el equilibrio ambiental y socio-cultural de la comunidad, que deben ser respetados.

La documentación técnica que la compañía someta a la consideración de la comunidad o comunidades debe ser completa y comprensible. La comunidad debe tener el derecho a rechazar la implementación de los estudios y otros pasos posteriores del proyecto.

Los Gobiernos Nacionales, locales interiores (provincias, estados,), deben garantizar que estos procedimientos se llevan a cabo de buena fe, para proteger los derechos de sus ciudadanos indígenas, promoviendo la adopción de las normas internas necesarias para garantizar tales derechos, y muy esencialmente la continuidad de los Pueblos Indígenas.

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INSTRUCTIONS AU CUISINIER ZEN

"Si eres poeta, puedes ver claramente una nube que flota sobre esta hoja de papel. Sin nube no hay papel, sin lluvia los árboles no crecen, sin árboles no se puede hacer papel. La nube es esencial para el papel. Si la nube no existiera, el papel tampoco existiría. Por lo tanto, se puede decir que la nube y el papel entre-existen. La palabra "entre-existir" no está aún en el diccionario, pero se puede crear combinando el prefijo "entre" y el verbo "existir". Puesto que no hay papel sin nube, digamos que la nube y el papel "entre-existen".

Si miramos esta hoja de papel de más cerca, también vemos en ella el sol. Sin sol los árboles del bosque no crecen. De hecho sin sol nada crece. Ni siquiera nosotros. Así que sabemos que el sol también está en la hoja de papel. Papel y sol "entre-existen".

Acerquémonos aún más y veremos al leñador cortando el árbol y llevándolo a la fábrica para que sea transformado en papel. También vemos el trigo, porque un leñador no puede vivir sin su pan cotidiano: la harina también está en la hoja de papel. El padre y la madre del leñador también. Y, considerando las cosas de esta manera, vemos que sin todos estos elementos esta hoja de papel no podría existir.

Si nuestra mirada penetra aún más profundamente, vemos que nosotros también estamos en esta hoja de papel. Esto es fácil de entender, puesto que si miramos una hoja de papel, esa hoja forma parte de nuestra percepción. Tu espíritu está aquí, en esta hoja y el mío también. Digamos que todo está incluido en esta hoja. Contiene todo: el tiempo, el espacio, la tierra, la lluvia, el mineral, el sol, la nube, el río, el calor. Todas las cosas coexisten con esta hoja de papel. Por eso digo que la palabra "entre-existir" debería estar en el diccionario. Existir es "entre-existir". No puedes existir sólo. Sólo puedes existir en interdependencia con todo lo que existe -igul que esta hoja de papel-.

Imaginemos que pudiéramos devolver cada elemento a su fuente, por ejemplo, el rayo del sol al sol. ¿Piensas que esta hoja de papel podría existir? No, sin sol, nada existe. Y si devolvemos el leñador a su madre, tampoco tendríamos papel. De hecho esta hoja de papel está compuesta por elementos "no papel". Y si devolvemos todos los elementos "no papel" a su orígen, no tendremos nada de papel.

Sin estos elementos "no papel", tales como el espíritu, el leñador y todo lo demás, el papel no existe. El universo entero está contenido en esta fina hoja de papel..:"

Thich Nhat Hanh (1988) The Heart of Understanding.

Sacado del libro de Dogen (1994) Instructions au cuisinier Zen. Paris, Gallimard, coll. Le Promeneur

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Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas

Asamblea General ONU

La Asamblea General,

Guiada por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y la buena fe en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados de conformidad con la Carta ,

Afirmando que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconociendo al mismo tiempo el derecho de todos los pueblos a ser diferentes, a considerarse a sí mismos diferentes y a ser respetados como tales,

Afirmando también que todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad,

Afirmando además que todas las doctrinas, políticas y prácticas basadas en la superioridad de determinados pueblos o personas o que la propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales son racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas, Reafirmando que, en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación,

Preocupada por el hecho de que los pueblos indígenas hayan sufrido injusticias históricas como resultado, entre otras cosas, de la colonización y enajenación de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses,

Consciente de la urgente necesidad de respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas, que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su concepción de la vida, especialmente los derechos a sus tierras, territorios y recursos,

Consciente también de la urgente necesidad de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Estados,

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Celebrando que los pueblos indígenas se estén organizando para promover su desarrollo político, económico, social y cultural y para poner fin a todas las formas de discriminación y opresión dondequiera que ocurran,

Convencida de que el control por los pueblos indígenas de los acontecimientos que los afecten a ellos y a sus tierras, territorios y recursos les permitirá mantener y reforzar sus instituciones, culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo con sus aspiraciones y necesidades,

Considerando que el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio ambiente,

Destacando la contribución de la desmilitarización de las tierras y territorios de los pueblos indígenas a la paz, el progreso y el desarrollo económicos y sociales, la comprensión y las relaciones de amistad entre las naciones y los pueblos del mundo,

Reconociendo en particular el derecho de las familias y comunidades indígenas a seguir compartiendo la responsabilidad por la crianza, la formación, la educación y el bienestar de sus hijos, en observancia de los derechos del niño,

Considerando que los derechos afirmados en los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos entre los Estados y los pueblos indígenas son, en algunas situaciones, asuntos de preocupación, interés y responsabilidad internacional, y tienen carácter internacional, Considerando también que los tratados, acuerdos y demás arreglos constructivos, y las relaciones que éstos representan, sirven de base para el fortalecimiento de la asociación entre los pueblos indígenas y los Estados,

Reconociendo que la Carta de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1), así como la Declaración y el Programa de Acción de Viena (2) afirman la importancia fundamental del derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual éstos determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural,

Teniendo presente que nada de lo contenido en la presente Declaración podrá utilizarse para negar a ningún pueblo su derecho a la libre determinación, ejercido de conformidad con el derecho internacional,

Convencida de que el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en la

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presente Declaración fomentará relaciones armoniosas y de cooperación entre los Estados y los pueblos indígenas, basadas en los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la no discriminación y la buena fe, Alentando a los Estados a que cumplan y apliquen eficazmente todas sus obligaciones para con los pueblos indígenas dimanantes de los instrumentos internacionales, en particular las relativas a los derechos humanos, en consulta y cooperación con los pueblos interesados, Subrayando que corresponde a las Naciones Unidas desempeñar un papel importante y continuo de promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas,

Considerando que la presente Declaración constituye un nuevo paso importante hacia el reconocimiento, la promoción y la protección de los derechos y las libertades de los pueblos indígenas y en el desarrollo de actividades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas en esta esfera,

Reconociendo y reafirmando que las personas indígenas tienen derecho sin discriminación a todos los derechos humanos reconocidos en el derecho internacional, y que los pueblos indígenas poseen derechos colectivos que son indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral como pueblos,

Reconociendo también que la situación de los pueblos indígenas varía según las regiones y los países y que se debe tener en cuenta la significación de las particularidades nacionales y regionales y de las diversas tradiciones históricas y culturales, Proclama solemnemente la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, cuyo texto figura a continuación, como ideal común que debe perseguirse en un espíritu de solidaridad y respeto mutuo:

Artículo 1

Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como personas, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos (3) y la normativa internacional de los derechos humanos.

Artículo 2

Los pueblos y las personas indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ninguna discriminación en el ejercicio de sus derechos que esté fundada, en particular, en su origen o identidad indígena.

Artículo 3

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Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.

Artículo 4

Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o el autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas.

Artículo 5

Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado. Artículo 6

Toda persona indígena tiene derecho a una nacionalidad.

Artículo 7

1. Las personas indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de la persona.

2. Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo de vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzado de niños del grupo a otro grupo.

Artículo 8

1. Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a no sufrir la asimilación forzada o la destrucción de su cultura

2. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la prevención y el resarcimiento de:

a) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia privar a los pueblos y las personas

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indígenas de su integridad como pueblos distintos o de sus valores culturales o su identidad étnica;

b) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia enajenarles sus tierras, territorios o recursos;

c) Toda forma de traslado forzado de población que tenga por objeto o consecuencia la violación o el menoscabo de cualquiera de sus derechos;

d) Toda forma de asimilación o integración forzadas;

e) Toda forma de propaganda que tenga como fin promover o incitar a la discriminación racial o étnica dirigida contra ellos.

Artículo 9

Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígena, de conformidad con las tradiciones y costumbres de la comunidad o nación de que se trate. No puede resultar ninguna discriminación de ningún tipo del ejercicio de ese derecho.

Artículo 10

Los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso.

Artículo 11

1.Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, utensilios, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas.

2. Los Estados proporcionarán reparación por medio de mecanismos eficaces, que podrán incluir la restitución, establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas, respecto de los bienes culturales, intelectuales, religiosos y espirituales de que hayan sido privados sin su consentimiento libre, previo e informado o en violación de sus leyes, tradiciones y costumbres.

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Artículo 12

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a manifestar, practicar, desarrollar y enseñar sus tradiciones, costumbres y ceremonias espirituales y religiosas; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos privadamente; a utilizar y vigilar sus objetos de culto, y a obtener la repatriación de sus restos humanos.

2. Los Estados procurarán facilitar el acceso y/o la repatriación de objetos de culto y de restos humanos que posean mediante mecanismos justos, transparentes y eficaces establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas interesados. Artículo 13

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas y mantenerlos.

2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar la protección de ese derecho y también para asegurar que los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados.

Artículo 1

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje.

2. Las personas indígenas, en particular los niños indígenas, tienen derecho a todos los niveles y formas de educación del Estado sin discriminación.

3. Los Estados adoptarán medidas eficaces, junto con los pueblos indígenas, para que las personas indígenas, en particular los niños, incluidos los que viven fuera de sus comunidades, tengan acceso, cuando sea posible, a la educación en su propia cultura y en su propio idioma.

Artículo 15

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1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones queden debidamente reflejadas en la educación pública y los medios de información públicos.

2. Los Estados adoptarán medidas eficaces, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas interesados, para combatir los prejuicios y eliminar la discriminación y promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad. Artículo 16

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación alguna.

2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejen debidamente la diversidad cultural indígena. Los Estados, sin perjuicio de la obligación de asegurar plenamente la libertad de expresión, deberán alentar a los medios de comunicación privados a reflejar debidamente la diversidad cultural indígena. Artículo 17

1. Las personas y los pueblos indígenas tienen derecho a disfrutar plenamente de todos los derechos establecidos en el derecho laboral internacional y nacional aplicable.

2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, tomarán medidas específicas para proteger a los niños indígenas contra la explotación económica y contra todo trabajo que pueda resultar peligroso o interferir en la educación del niño, o que pueda ser perjudicial para la salud o el desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social del niño, teniendo en cuenta su especial vulnerabilidad y la importancia de la educación para el pleno ejercicio de sus derechos.

3. Las personas indígenas tienen derecho a no ser sometidas a condiciones discriminatorias de trabajo, entre otras cosas, empleo o salario.

Artículo 18

Los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, por conducto de representantes elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como a mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones.

Artículo 19

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Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas y administrativas que los afecten, para obtener su consentimiento libre, previo e informado.

Artículo 20

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticos, económicos y sociales, a que se les asegure el disfrute de sus propios medios de subsistencia y desarrollo y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas tradicionales y de otro tipo.

2. Los pueblos indígenas desposeídos de sus medios de subsistencia y desarrollo tienen derecho a una reparación justa y equitativa.

Artículo 21

1. Los pueblos indígenas tienen derecho, sin discriminación alguna, al mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales, entre otras esferas, en la educación, el empleo, la capacitación y el readiestramiento profesionales, la vivienda, el saneamiento, la salud y la seguridad social.

2. Los Estados adoptarán medidas eficaces y, cuando proceda, medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de sus condiciones económicas y sociales. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidades indígenas.

Artículo 22

1. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidades indígenas en la aplicación de la presente Declaración.

2. Los Estados adoptarán medidas, junto con los pueblos indígenas, para asegurar que las mujeres y los niños indígenas gocen de protección y garantías plenas contra todas las formas de violencia y discriminación.

Artículo 23

Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. En particular, los pueblos indígenas tienen derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones.

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Artículo 24

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de salud, incluida la conservación de sus plantas, animales y minerales de interés vital desde el punto de vista médico. Las personas indígenas también tienen derecho de acceso, sin discriminación alguna, a todos los servicios sociales y de salud.

2. Las personas indígenas tienen derecho a disfrutar por igual del nivel más alto posible de salud física y mental. Los Estados tomarán las medidas que sean necesarias para lograr progresivamente la plena realización de este derecho.

Artículo 25

Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras. Artículo 26

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido.

2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma.

3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate. Artículo 27

Los Estados establecerán y aplicarán, conjuntamente con los pueblos indígenas interesados, un proceso equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente, en el que se reconozcan debidamente las leyes, tradiciones, costumbres y sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas, para reconocer y adjudicar los derechos de los pueblos indígenas en relación con sus tierras, territorios y recursos, comprendidos aquellos que tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado de otra forma. Los pueblos indígenas tendrán derecho a participar en este proceso.

Artículo 28

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1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una indemnización justa, imparcial y equitativa, por las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado de otra forma y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado.

2. Salvo que los pueblos interesados hayan convenido libremente en otra cosa, la indemnización consistirá en tierras, territorios y recursos de igual calidad, extensión y condición jurídica o en una indemnización monetaria u otra reparación adecuada. Artículo 29

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos. Los Estados deberán establecer y ejecutar programas de asistencia a los pueblos indígenas para asegurar esa conservación y protección, sin discriminación alguna.

2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar que no se almacenen ni eliminen materiales peligrosos en las tierras o territorios de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado.

3. Los Estados también adoptarán medidas eficaces para garantizar, según sea necesario, que se apliquen debidamente programas de control, mantenimiento y restablecimiento de la salud de los pueblos indígenas afectados por esos materiales, programas que serán elaborados y ejecutados por esos pueblos. Artículo 30

1. No se desarrollarán actividades militares en las tierras o territorios de los pueblos indígenas, a menos que lo justifique una amenaza importante para el interés público pertinente o que se hayan acordado libremente con los pueblos indígenas interesados, o que éstos lo hayan solicitado.

2. Los Estados celebrarán consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, por los procedimientos apropiados y en particular por medio de sus instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares. Artículo 31

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar

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su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales.

2. Conjuntamente con los pueblos indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos derechos.

Artículo 32

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos.

2. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.

3. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la reparación justa y equitativa por esas actividades, y se adoptarán medidas adecuadas para mitigar sus consecuencias nocivas de orden ambiental, económico, social, cultural o espiritual.

Artículo 33

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus costumbres y tradiciones. Ello no menoscaba el derecho de las personas indígenas a obtener la ciudadanía de los Estados en que viven.

2. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus instituciones de conformidad con sus propios procedimientos. Artículo 34

Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

Artículo 35

Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las responsabilidades de los individuos para con sus comunidades.

Artículo 36

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1. Los pueblos indígenas, en particular los que están divididos por fronteras internacionales, tienen derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la cooperación, incluidas las actividades de carácter espiritual, cultural, político, económico y social, con sus propios miembros así como con otros pueblos a través de las fronteras.

2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán medidas eficaces para facilitar el ejercicio y garantizar la aplicación de este derecho. Artículo 37

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos.

2. Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos de los pueblos indígenas que figuren en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos. Artículo 38

Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán las medidas apropiadas, incluidas medidas legislativas, para alcanzar los fines de la presente Declaración.

Artículo 39

Los pueblos indígenas tienen derecho a la asistencia financiera y técnica de los Estados y por conducto de la cooperación internacional para el disfrute de los derechos enunciados en la presente Declaración.

Artículo 40

Los pueblos indígenas tienen derecho a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de controversias con los Estados u otras partes, y a una pronta decisión sobre esas controversias, así como a una reparación efectiva de toda lesión de sus derechos individuales y colectivos. En esas decisiones se tendrán debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, las normas y los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados y las normas internacionales de derechos humanos.

Artículo 41

Los órganos y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales contribuirán a la plena realización de las disposiciones de la presente Declaración mediante la movilización, entre otras cosas, de

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la cooperación financiera y la asistencia técnica. Se establecerán los medios de asegurar la participación de los pueblos indígenas en relación con los asuntos que les conciernan.

Artículo 42

Las Naciones Unidas, sus órganos, incluido el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, y los organismos especializados, en particular a nivel local, así como los Estados, promoverán el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la presente Declaración y velarán por la eficacia de la presente Declaración. Artículo 43

Los derechos reconocidos en la presente Declaración constituyen las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas del mundo.

Artículo 44

Todos los derechos y las libertades reconocidos en la presente Declaración se garantizan por igual al hombre y a la mujer indígenas.

Artículo 45

Nada de lo contenido en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos que los pueblos indígenas tienen en la actualidad o puedan adquirir en el futuro.

Artículo 46

1. Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que confiere a un Estado, pueblo, grupo o persona derecho alguno a participar en una actividad o realizar un acto contrarios a la Carta de las Naciones Unidas o se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de Estados soberanos e independientes.

2. En el ejercicio de los derechos enunciados en la presente Declaración, se respetarán los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos. El ejercicio de los derechos establecidos en la presente Declaración estará sujeto exclusivamente a las limitaciones determinadas por la ley y con arreglo a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Esas limitaciones no serán discriminatorias y serán sólo las estrictamente necesarias para garantizar el reconocimiento y respeto debidos a los derechos y las libertades de los demás y para satisfacer las justas y más apremiantes necesidades de una sociedad democrática.

3. Las disposiciones enunciadas en la presente Declaración se interpretarán con arreglo a los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la igualdad, la no discriminación, la buena administración pública y la buena fe.

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DE LA DECLARACIÓN AL RESARCIMIENTO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

Jubenal Quispe En el mes de septiembre del presente año, luego de dos décadas de debate internacional, la ONU proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas. Éstos son algunos de los derechos colectivos contenidos en los 46 artículos de dicha Declaración: Derecho a la autodeterminación plena (Art. 3º y 4º), que es mucho más que la simple autonomía política. Derecho a participar con sus propias instituciones, si así lo desean, en los estados nacionales (Art. 5º). Derecho a promover la educación en sus territorios según sus propios principios filosóficos y pedagógicos (Art. 12º). Derecho a reestablecer y fortalecer sus propios sistemas de comunicación (Art. 16º). Derecho a poseer y a recuperar sus tierras y territorios, incluyendo la propiedad de los recursos naturales en sus territorios (Art. 26º y 28º). Derecho a la propiedad intelectual (Art. 31º). Derecho a aplicar sus propios sistemas políticos, jurídicos, económicos, espirituales y culturales en sus territorios (Art. 11º-14º, 20º, 25º y 27º). Derecho a la identidad nacional originaria, aparte de la nacionalidad republicana (Art. 33º). Derecho a la reunificación en caso de que los pueblos hayan sido divididos por las fronteras internacionales (Art.36º) Como se puede evidenciar, existe un avance sustancial con relación al Convenio 169 de la OIT. Esta Declaración Universal asume como sujetos de derecho a pueblos e individuos, el Convenio 169 estuvo enmarcado dentro de la lógica individual. Con este avance internacional, los darwinistas sociales quedan aún más trasnochados con sus planteamientos de “integración” o “incorporación” de los pueblos indígenas al proyecto de naciones republicanas. Al respecto, el Art. 8º de la Declaración es claro y contundente. En similar situación se encuentran los terratenientes, patrones y élites racistas que se resistieron y resisten a la demanda de las autonomías indígenas. Esta declaración es un hito más en el largo proceso de la liberación y la descolonización de los más de 300 millones de indígenas que coexistimos en el mundo, distribuidos en cerca de cinco mil pueblos indígenas, en 70 países. El siguiente paso, es exigir a los estados firmantes que conviertan los contenidos de dicha Declaración en un Convenio Internacional con carácter de obligatoriedad jurídica. Además, países como Bolivia deben elevar los contenidos de la mencionada Declaración a rango de Ley de la República. Entre la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y los dos pactos internacionales sobre estos derechos (1967) transcurrieron cerca de dos décadas. Otro ámbito en el que debemos invertir nuestras energías los pueblos indígenas es en impulsar el inédito proceso planetario para el resarcimiento de daños y perjuicios a los que fuimos sometidos como pueblos (Art. 20º y 28º). Este resarcimiento tiene que ser satisfecho tanto por estados nacionales, a los que circunstancialmente estamos

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adscritos, y por los estados extranjeros que nos robaron y aún nos roban nuestra alegría de vivir como pueblos. Alguien tiene que responder por los cerca de 70 millones de indoamericanos asesinados en menos de un siglo y medio durante el inicio de la colonia. Alguien debe responder por los cerca de 8 millones de andinos sacrificados al dios oro en los socavones del Cerro de Potosí. Si por justicia la herencia de los patrimonios es un derecho, también por justicia los herederos tienen que responder por las deudas de sus ancestros. El beneficio de inventario no procede en el derecho hereditario. Esto, sin mencionar cuantificar los vitales recursos naturales (materias primas) que sustrajeron de estas tierras y otras tierras. Hoy, como ayer, continúan clamando respuestas las interpelaciones proféticas de Bartolomé de las Casas (s.XVI): “¿Con qué derecho y con qué justicia tenéis en tan cruel y horrible servidumbre a aquellos indios? ¿Con que autoridad habéis hecho tan detestables guerras… con muertes y estragos nunca oídos? Estas clemencias teóricamente ya fueron resueltas hace como cinco siglos atrás, mediante decretos imperiales y bulas papales. Pero, ¿se aplicaron y materializaron dichos decretos? Incluso el resarcimiento por daños y perjuicios a los indígenas ya fue planteado por el mismo Las Casas ante los tribunales de la Corona. Por ello este cura fue el más odiado de las Indias. Pero su sufrimiento, al igual que el de los millones de indígenas fue fecundo. Ahora, es deber nuestro, de cuantos nos autoafirmamos como indígenas y compañeros de los sobrevivientes a las tribulaciones raciales y culturales, continuar con el proceso de la liberación de los indígenas hasta el justo resarcimiento de daños y perjuicios.

[Ukhamawa: Red de Noticias Indigenas] http://espanol.groups.yahoo.com/group/ukhamawa/