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CARACTERÍSTICA 2 Proyecto Institucional El proyecto institucional orienta el proceso educativo, la administración y la gestión de los programas y sirve como referencia fundamental en los procesos de toma de decisiones sobre la gestión del currículo, de la docencia, de la investigación, de la internacionalización, de la extensión o proyección social y del bienestar institucional. 7. Existencia y aplicación de políticas institucionales para orientar las acciones y decisiones del programa académico en las funciones sustantivas y áreas estratégicas de la institución. Docencia con pertinencia: “…La docencia en la Universidad se realiza en coherencia con los marcos de referencia institucionales y desde los modelos pedagógicos propios de la naturaleza de cada disciplina, los métodos científicos particulares, y la búsqueda de encuentros interdisciplinares y trandsiciplinares para abordar la complejidad de los fenómenos naturales y sociales.” (PEUL numeral 5.1) Investigación e innovación con impacto social: “…La Universidad fomenta en sus procesos académicos la investigación formativa de los profesores y estudiantes para favorecer su espíritu de indagación, de crítica, de generación de pensamiento autónomo como también el acceso a los avances de la ciencia y al conocimiento de la realidad. La investigación formativa se constituye en camino a la investigación científica en sentido estricto.” (PEUL numeral 5.2) Compromiso con una sociedad más democrática y justa: “ La democratización de la sociedad implica la ampliación de oportunidades tanto para las mayorías, como el reconocimiento de pluralidad y los derechos de las minorías, y la posibilidad de incremento y ampliación de las potencialidades del ciudadano.” (PEUL numeral 5.5)

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Page 1: Característica 2

CARACTERÍSTICA 2 Proyecto Institucional El proyecto institucional orienta el proceso educativo, la administración y la gestión de los programas y sirve como referencia fundamental en los procesos de toma de decisiones sobre la gestión del currículo, de la docencia, de la investigación, de la internacionalización, de la extensión o proyección social y del bienestar institucional.

7. Existencia y aplicación de políticas institucionales para orientar las acciones y decisiones del programa académico en las funciones sustantivas y áreas estratégicas de la institución.

Docencia con pertinencia: “…La docencia en la Universidad se realiza en coherencia con los marcos de referencia institucionales y desde los modelos pedagógicos propios de la naturaleza de cada disciplina, los métodos científicos particulares, y la búsqueda de encuentros interdisciplinares y trandsiciplinares para abordar la complejidad de los fenómenos naturales y sociales.” (PEUL numeral 5.1)Investigación e innovación con impacto social: “…La Universidad fomenta en sus procesos académicos la investigación formativa de los profesores y estudiantes para favorecer su espíritu de indagación, de crítica, de generación de pensamiento autónomo como también el acceso a los avances de la ciencia y al conocimiento de la realidad. La investigación formativa se constituye en camino a la investigación científica en sentido estricto.” (PEUL numeral 5.2)Compromiso con una sociedad más democrática y justa: “La democratización de la sociedad implica la ampliación de oportunidades tanto para las mayorías, como el reconocimiento de pluralidad y los derechos de las minorías, y la posibilidad de incremento y ampliación de las potencialidades del ciudadano.” (PEUL numeral 5.5)

8. Descripción en el proyecto institucional sobre criterios para la toma de decisiones en materia de administración de recursos y gestión académica del programa.

En el Estatuto Orgánico se establece bajo el artículo 6 sobre autonomía: “g. Establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional.”. Igualmente en el artículo 53: “Los recursos económico-financieros de las seccionales deberán invertirse en la planeación y desarrollo de los objetivos de la Universidad de acuerdo con las políticas establecidas por el Consejo Superior de la Universidad.”.

En el Acuerdo (C.S.) 14 del 2 de octubre de 2008 se determina la organización y funcionamiento de las Unidades Académicas (Facultades, Departamentos e Institutos); además, se identifica claramente que los programas académicos se encuentran adscritos a una Facultad, siendo el Consejo de Facultad el responsable de la gestión curricular. Cada programa académico esta bajo la

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orientación de un director de programa (Art. 10-12), asesorado por un comité de programa (Art. 13).

La gestión de la investigación se realiza en coordinación con la Vicerrectoría de Investigación y Transferencia (VRIT); la gestión presupuestal en coordinación con la Vicerrectoría Administrativa (VRAD) y la gestión académica en coordinación con la Vicerrectoría Académica (VRAC).

9. Descripción en el proyecto institucional sobre criterios para la toma de decisiones sobre asignación de cargos, responsabilidades y procedimientos en los programas académicos.

Al respecto, el Estatuto Orgánico establece que la dirección y gobierno está a cargo de: el Consejo Superior – el Rector – el Consejo de Coordinación - el Consejo Académico - los Vicerrectores – los Decanos – el Consejo de Facultad (Art. 7) y de los Directores de Programa Académico (Acuerdo C.S. 14 de 2008).

Las funciones de cada uno de los organismos y cargos están descritos en el Estatuto Orgánico, en el artículo 23 para el Consejo Superior; artículo 29 para el Rector; artículo 33 para el Consejo de Coordinación y en el artículo 38 para el Consejo Académico.

El Acuerdo 14 C.S. del 2 de octubre de 2008, establece las definiciones, requisitos y funciones de los Decanos (Art. 4 a 6), del Consejo de Facultad (Art. 7 y 8) y del Director de Programa y el Comité de programa (Art. 10 a 13).

10. Existencia y aplicación de criterios y orientaciones definidos para adelantar los procesos de autoevaluación y autorregulación de los programas académicos.

En el Librillo Institucional No. 14 se establecen los lineamientos generales para el proceso de acreditación basados en la autoevaluación. El Librillo Institucional No. 16 es una guía de aplicación para la autoevaluación de los programas académicos. Estos dos son la base conceptual y metodológica del proceso que aquí se muestra.

En el Librillo Institucional No. 21 se establecen los procedimientos para el proceso de autoevaluación institucional y en el Librillo No. 26 se especifica el proceso de autoevaluación de las Unidades Académicas de Servicios Docentes (Departamento de Ciencias Básicas, Departamento de Formación Lasallista, Centro de Lenguas).

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11. Descripción en el proyecto institucional sobre criterios para la evaluación de estudiantes, profesores y personal administrativo.

Para la evaluación de estudiantes el Estatuto Orgánico establece en su Artículo 69: REGLAMENTO ESTUDIANTIL: El Consejo Superior expedirá un Reglamento Estudiantil que regule, entre otros, los siguientes aspectos:a. Los derechos y deberes.b. Los requisitos de inscripción, admisión y matrículas.c. Las condiciones para optar el título.d. Las distinciones e incentivos.e. El régimen disciplinario.f. Disposiciones académicas varias.

En el Capítulo VIII del Reglamento Estudiantil (Acuerdo del Consejo Superior No. 002 de febrero 14 de 2008) están contemplados los criterios sobre evaluación y calificaciones.

Para la evaluación de profesores el Estatuto Orgánico establece como una función del Consejo Académico diseñar mecanismos para la evaluación, promoción y formación de los profesores (Artículo 38 literal k). El Reglamento del Profesorado (Acuerdo Consejo Superior No. 23 de diciembre 1 de 2005) establece en su capítulo VIII los criterios de evaluación.

Para el personal administrativo el Estatuto Orgánico establece en su ARTÍCULO 74°: Reglamento de Personal Administrativo y de Servicios: El Consejo Superior expedirá un Reglamento de Personal Administrativo y de Servicios que esté en concordancia con las normas vigentes sobre la materia. La evaluación de los empleados se realiza anualmente.

12. Descripción en el proyecto institucional sobre criterios y orientaciones para la internacionalización de la educación y la cooperación interinstitucional.

Dentro de los objetivos contemplados por la Universidad de La Salle, se promulga por la contribución “a la conformación de una comunidad académica, sólida y su articulación con redes internacionales de información; y, de la Institución a redes internacionales de carácter universitario” (cf. Informe Final de Autoevaluación Institucional, pg. 2)

La internacionalización en la Universidad de La Salle se ha centrado en el desarrollo académico y la promoción institucional en el exterior a través de la movilidad de estudiantes, profesores y demás colaboradores internos en diferentes maneras de intercambio educativo, científico- investigativo y cultural (semestres académicos, pasantías, participación en eventos académicos, misiones, etc.). Es a través de la suscripción de convenios recíprocos de cooperación como La Salle estimula la participación socialmente pertinente y

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académicamente responsable con Instituciones de Educación Superior -nacionales e internacionales-, representaciones gubernamentales, empresas, entre otros, para el desarrollo de programas conjuntos, el establecimiento de mecanismos para la doble titulación, la promoción investigativa y el intercambio cultural. Se considera que la colaboración bi – multi lateral sólida y sostenible es la base fundamental para la madurez institucional y el aporte a su comunidad universitaria, al país y al mundo.

Descripción:

Fortalezas:

Debilidades: