cálculo del tipo de retención irpf
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CÁLCULO DEL TIPO DE RETENCIÓN IRPF
LÍMITE OBLIGACIÓN DE RETENER
Situación del contribuyente Número de hijos o descendientes
0 1 2 o más
1 Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente
- 13662 15617
2.- Contribuyente cuyo cónyuge no obtiene rentas superiores a 1500
euros anuales, excluidas las exentas
13335 14774 16925
3.- Otras situaciones 11162 11888 12519
• Menores de 25 años. O mayores 25 discapacitados• Convivan con el contribuyente• Rentas < 8000 euros
BASE DE RETENCIÓN
• Con carácter general, se tomará la suma de las retribuciones, dinerarias o en especie que, de acuerdo con las normas o estipulaciones contractuales aplicables y demás circunstancias previsibles, vaya normalmente a percibir el contribuyente en el año natural, a excepción de las contribuciones empresariales a los planes de pensiones, a los planes de previsión social empresaria
MINORACIONES I
• Reducción por irregularidad de rendimientos:• 40% rendimientos de generación en más de 2 años o de
generación irregular ( premio por antigüedad, compensaciones por modificaciones...)
• Cotizaciones a la seguridad social a cargo del trabajador
MINORACIONES II
• Reducción por rendimientos de trabajo• Reducción sobre el Rendimiento Neto• a) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo
iguales o inferiores a 9.180 euros: 4.080 euros anuales.• b) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo
comprendidos entre 9.180,01 y 13.260 euros: 4.080 euros menos el resultado de multiplicar por 0,35 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 9.180 euros anuales.
• c) Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo superiores a 13.260 euros o con rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros: 2.652 euros anuales.
MINORACIONES III
• Las reducciones sobre el RN se incrementarán en un 100 %:• Trabajadores mayores de 65 años que continúen trabajando• Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de
empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio
• Personas con discapacidad con rendimientos del trabajo 3.264 euros anuales.
• Dicha reducción será de 7.242 euros anuales que necesiten ayuda de terceras personas o con movilidad reducida, o un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento.
• Por tener 2 o más descendientes 600 euros • Pensión compensatoria a cónyuge
DEDUCCIÓN POR RENDIMIENTOS DE TRABAJO
• Diferencia entre 400 euros y el resultado de multiplicar por 0,1 la diferencia entre la base de retención y 8000 euros.• Límite máximo de 400 euros (BR =8000)• No puede ser negativa, en todo caso sería 0
(BR=12000)
MÍNIMO PERSONAL Y FAMILIAR I
• Resultado de sumar el mínimo del contribuyente y los de descendiente, ascendientes y discapacidad:• Mínimo del contribuyente:• El mínimo del contribuyente será, con carácter general, de
5.151 euros anuales.• Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años,
el mínimo se aumentará en 918 euros anuales. Si la edad es superior a 75 años, el mínimo se aumentará adicionalmente en 1.122 euros anuales.
MÍNIMO PERSONAL Y FAMILIAR II
• El mínimo por descendientes: • 1.836 euros anuales por el primero.• 2.040 euros anuales por el segundo.• 3.672 euros anuales por el tercero.• 4.182 euros anuales por el cuarto y siguientes.• Cuando el descendiente sea menor de tres años se
aumentará en 2.244 euros anuales.
MÍNIMO PERSONAL Y FAMILIAR III
• El mínimo por ascendientes:• Será de 918 euros anuales, por cada uno de ellos mayor de
65 años o con discapacidad cualquiera que sea su edad que conviva con el contribuyente y no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.
• Cuando el ascendiente sea mayor de 75 años, el mínimo a que se refiere el apartado 1 anterior se aumentará en 1.122 euros anuales.
MÍNIMO PERSONAL Y FAMILIAR IV
• Mínimo por discapacidad:• Del trabajador:• El mínimo por discapacidad del contribuyente será de 2.316
euros anuales cuando sea una persona con discapacidad • 7.038 euros anuales cuando sea una persona con
discapacidad y acredite un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento.
• Dicho mínimo se aumentará,, en 2.316 euros anuales cuando acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento.
MÍNIMO PERSONAL Y FAMILIAR V
• Mínimo por discapacidad:• De ascendientes y descendientes• El mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes
será de 2.316 euros anuales por cada uno de los descendientes o ascendientes
• El mínimo será de 7.038 euros anuales, por cada uno de ellos que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento.
• Se aumentará en 2.316 euros anuales por cada ascendiente o descendiente que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento.
CUOTA DE RETENCIÓN I
Base para calcular el tipo de
retención-
Hasta euros
Cuota de retención
-Euros
Resto base para calcular el tipo de
retención-
Hasta euros
Tipo aplicable-
Porcentaje
0,00 0,00 17.707,20 24
17.707,20 4.249,73 15.300,00 28
33.007,20 8.533,73 20.400,00 37
53.407,20 16.081,73 66.593,00 43
120.000,20 44.716,72 55.000,00 44
175.000,20 68.916,72 En adelante. 45
CUOTA DE RETENCIÓN II
• La cuota de retención se obtiene tras:• 1.- Aplicar la tabla a la base de retención• 2.- Aplicar la tabla al mínimo personal y familiar• Restar al paso 1 el paso 2
• Cuando el contribuyente tenga un retribución no superior a 22.000 euros anuales• límite máximo:• el resultado de sumar a la cuantía de la deducción de los 400
euros (o lo que proceda)• el 43 por ciento de la diferencia entre el importe de la cuantía
total de retribución y el de su mínimo de obligación de retener
TIPO DE RETENCIÓN I
• Tipo previo de retención:• Multiplicar por 100 el cociente de dividir la cuota de
retención entre la retribución total
• Importe previo de la retención:• Rendimientos de trabajo X tipo de retención
• Tipo de retención:• ((Importe previo de la retención – deducción por
rendimientos de trabajo)/Rendimientos de trabajo)X100