c o n t e n i d o - metepec · 2019-08-12 · d) en caso de varones la cartilla del servicio...

12
Año: 01 No. 71 25 de julio de 2019 H. Ayuntamiento de Metepec 2019-2021 C O N T E N I D O REQUISITOS QUE SE DEBERÁN CUBRIR PARA LA EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS DE VECINDAD O DE IDENTIDAD QUE SOLICITEN LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO

Upload: others

Post on 25-Apr-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

Año: 01 No. 71 25 de julio de 2019 H. Ayuntamiento de Metepec 2019-2021

C O N T E N I D O

• REQUISITOS QUE SE DEBERÁN CUBRIR PARA LA EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS DE VECINDAD O DE IDENTIDAD QUE SOLICITEN LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO

Page 2: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

25 de julio de 2019

Página 2

EL H. AYUNTAMIENTO DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO 2019-2021, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 113 y 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de México; 3 y 91 fracciones VIII, X y XIV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 3.34 fracciones II, VII, X, XVII y demás relativos y aplicables del Código de Reglamentación Municipal de Metepec, Estado de México; 18, 19, 20 y 21 del Bando Municipal vigente de Metepec, México 2019, establece y dan a conocer los siguientes: “REQUISITOS QUE SE DEBERÁN CUBRIR PARA LA EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS DE VECINDAD O DE IDENTIDAD QUE SOLICITEN LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE

MÉXICO” Lo anterior conforme a las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I.- El Plan de Desarrollo Municipal 2019-2021 de Metepec, Estado de México, prevé como uno de los objetivos primordiales de esta administración pública municipal, promover con base en líneas de acción, una gestión orientada al cumplimiento eficiente de las funciones y facultades que permitan administrar y optimizar sus bienes y servicios e impulsen su desarrollo institucional. II.- En base a lo anterior, resulta necesario implementar acciones adicionales que permitan maximizar la calidad de los bienes y servicios que presta la Secretaría del Ayuntamiento de Metepec, Estado de México, mediante la descripción específica de los requisitos necesarios que los habitantes del municipio deben cubrir para la tramitación de constancias de vecindad e identidad municipal. III.- Que en términos del artículo 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, el Ayuntamiento para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, se auxiliará con las dependencias y entidades de la administración pública municipal, que ejercerán las funciones propias de su competencia y serán responsables por el ejercicio de dichas funciones y atribuciones contenidas en la Ley, sus reglamentos interiores, manuales, acuerdos, circulares y otras disposiciones legales que tiendan a regular el funcionamiento del Municipio. IV.- Que de conformidad con lo dispuesto al artículo 91 fracción X, de la aludida Ley Orgánica, a la Secretaría del Ayuntamiento le corresponde entre otras atribuciones, el expedir las constancias de vecindad y de identidad que soliciten los habitantes del municipio. V.- Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 4, párrafo séptimo, que toda persona "tiene derecho a la identidad", que consiste en el reconocimiento jurídico-social de toda persona como sujeto de derechos, responsabilidades, de su pertenencia a un Estado,

Page 3: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

25 de julio de 2019

Página 3

un territorio, una sociedad y una familia, en otras palabras, es una condición necesaria para preservar, tanto la dignidad individual, como la colectiva de las personas. VI.- Que los artículos 18 y 19 del Bando Municipal 2019 de Metepec, Estado de México, señalan que son vecinas y vecinos del municipio de Metepec, las personas que cuentan con residencia efectiva de cuando menos seis meses, o en su caso, aquellas que mediante solicitud presentada ante la Secretaría del Ayuntamiento, manifiesten su consentimiento para adquirir esta condición política, previa renuncia a su anterior vecindad y que en el supuesto de ser personas extranjeras con estancia legal en el país, residan en el municipio por más de dos años, tengan su patrimonio en el mismo y estén registradas en el padrón municipal de nacionalidades extranjeras ante la Secretaría del Ayuntamiento. VII.- Que para el caso de extranjeros, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala en su artículo 33 que son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce la Constitución Mexicana. Que la Ley de Migración, establece en su artículo 3, fracciones XI y XXVIII, que Extranjero es la persona que no pasea la calidad de mexicano, conforme a lo previsto en el artículo 30 de la Constitución y cuenta con situación migratoria regular cuando ha cumplido las disposiciones migratorias. Entre otras, la Ley regula lo relativo al ingreso, salida, tránsito y estancia de extranjeros al territorio nacional, en un marco de respeto, protección y salvaguarda de los derechos humanos (art. 1 Carta Magna). Entre los principios en que se sustenta la política migratoria del Estado mexicano es el reconocimiento a los extranjeros con arraigo o vínculos familiares, laborales o de negocios en México, que han generado una serie de derechos y compromisos a partir de su convivencia cotidiana en el país, aún cuando puedan haber incurrido en una situación migratoria irregular por aspectos administrativos y siempre que el extranjero haya cumplido con las leyes aplicables. (párrafos segundo y décimo primero del artículo 2). El extranjero acredita su situación regular de residencia temporal o permanente con la tarjeta de residencia que expide el Instituto Nacional de Migración, con visa para obtener una condición de estancia con intensión de residencia o por la actividad que desarrolla en el país (fracciones VI, XXIX y XXXI artículo 3). Obtenida la tarjeta de residencia, los residentes temporales y permanentes tendrán derecho a obtener de la Secretaría la Clave Única de Registro de Población (artículo 59 párrafo tercero). El Instituto tiene como atribución en materia migratoria llevar y mantener actualizado el Registro Nacional de Extranjeros, éste integra la información relativa a todos los extranjeros que adquieren la condición de estancia de residente temporal o de residente permanente (fracción VI artículo 20 y artículo 63). El extranjero puede permanecer en el territorio nacional en las condiciones de estancia de visitante, residente temporal y residente permanente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en

Page 4: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

25 de julio de 2019

Página 4

las disposiciones jurídicas aplicables (artículo 52). Pueden ser: Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas; Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas; Visitante regional; Visitante trabajador fronterizo; Visitante por razones humanitarias; Visitante con fines de adopción; Residente temporal; Residente temporal estudiante; Residente permanente (fracciones I al IX del artículo 52). VIII.- Que de conformidad con el artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, se deben considerar horas hábiles las comprendidas entre las 9:00 y las 18:00 horas. Y que para los días hábiles, se deben considerar todos los del año, con exclusión de los sábados y domingos, y aquellos que señale el calendario vacacional que se publique en la Gaceta Municipal. IX.- En tal virtud y tomando en cuenta que el artículo 3.34 fracción X del Código de Reglamentación Municipal de Metepec, Estado de México, señala que es atribución del Secretario del Ayuntamiento fijar, establecer y modificar los requisitos que sean considerados necesarios para la expedición de las constancias de vecindad e identidad que soliciten los habitantes del municipio, se establecen y se dan a conocer los: “REQUISITOS QUE SE DEBERÁN CUBRIR PARA LA EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS DE VECINDAD O DE IDENTIDAD QUE SOLICITEN LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO” de conformidad con las siguientes disposiciones: PRIMERA.- Las presentes disposiciones tienen por objeto establecer y dar a conocer los requisitos que se deberán cubrir para la expedición de constancias de vecindad o de identidad que soliciten los habitantes del municipio de Metepec, Estado de México. SEGUNDA.- Para la expedición de las constancias de vecindad o de identidad municipal a que refiere el artículo 91 fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, según sea el caso, se estará a lo siguiente:

CONSTANCIAS DE VECINDAD

LOS REQUISITOS SE DEBERÁN PRESENTAR EN ORIGINAL Y 2 COPIAS FOTOSTÁTICAS (PARA COTEJO Y EXPEDIENTE) PARA EL CASO DE:

TRÁMITE PARA MAYORES DE EDAD:

TRÁMITE PARA MENORES

1.- Presentar por lo menos alguna de las identificaciones, que se enlistan a continuación:

a) Credencial para votar vigente, expedida por el Instituto Nacional Electoral.

b) Pasaporte vigente. c) Cédula profesional, con antigüedad no mayor a 10

años. d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar

Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) Identificación oficial vigente con fotografía y firma,

expedida por el gobierno federal o de alguna entidad federativa.

f) Licencia de conducir vigente expedida por Gobierno del Estado de México.

1.- Presentar por lo menos alguna de las identificaciones, que se enlistan a continuación:

a) Identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el gobierno federal o de alguna entidad federativa.

b) Credencial escolar con fotografía.

Nota: Si presenta una identificación en la que no obre el domicilio de Metepec sobre el cual solicita la constancia de vecindad, deberá adicionalmente presentar una constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

2.- Acta de nacimiento del menor.

3.- Presentar por lo menos alguna de las identificaciones

Page 5: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

25 de julio de 2019

Página 5

Nota: Si presenta una identificación en la que no obre el domicilio de Metepec, Estado de México, sobre el cual solicita la constancia de vecindad, deberá adicionalmente presentar una constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

2.- Comprobante de domicilio a nombre del solicitante, no mayor a tres meses, de alguno de los siguientes documentos:

a) Recibo de luz. b) Recibo de agua. c) Recibo de teléfono. d) Recibo del predial. e) Recibo del cable/ internet. f) Recibo de gas.

Nota: Si no cuenta con ninguna de las anteriores o el comprobante no está a su nombre, deberá presentar: constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

3.- Escrito bajo protesta de decir verdad (formato que se le entregará en las oficinas de la Subdirección de Información y Atención Ciudadana).

4.- Una fotografía tamaño infantil a color o en blanco y negro. 5.- Pago de derechos respectivo.

oficiales de la persona responsable del menor, que se enlistan a continuación:

a) Credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral.

b) Pasaporte vigente. c) Cédula profesional, con antigüedad no mayor a 10

años. d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar

Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) Identificación oficial vigente con fotografía y firma,

expedida por el gobierno federal o de alguna entidad federativa.

f) Licencia de conducir vigente expedida por Gobierno del Estado de México.

Nota: Si los padres o tutores del menor presenta una identificación en la que no obre el domicilio de Metepec sobre el cual solicita la constancia, deberá adicionalmente presentar una constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses. 4.- Comprobante de domicilio a nombre del responsable del menor, no mayor a tres meses, de alguno de los siguientes documentos:

a) Recibo de luz. b) Recibo de agua. c) Recibo de teléfono. d) Recibo del predial. e) Recibo del cable/ internet. f) Recibo de gas.

Nota: Si no cuenta con ninguna de las anteriores o el comprobante no está a nombre del responsable del menor, deberá presentar: constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

5.- Escrito bajo protesta de decir verdad (formato que se le entregará en las oficinas de la Subdirección de Información y Atención Ciudadana).

6.- Dos fotografías del menor, tamaño infantil a color o blanco y negro.

7.- Pago de derechos respectivo.

CONSTANCIAS DE IDENTIDAD

LOS REQUISITOS SE DEBERÁN PRESENTAR EN ORIGINAL Y 2 COPIAS FOTOSTÁTICAS (PARA COTEJO Y EXPEDIENTE) PARA EL CASO DE:

TRÁMITE PARA MAYORES DE EDAD

TRÁMITE PARA MENORES

1.- Presentar por lo menos alguna de las identificaciones, que se enlistan a continuación:

a) Credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral.

b) Pasaporte vigente. c) Cédula profesional, con antigüedad no mayor a 10

años.

1.- Presentar por lo menos alguna de las identificaciones, que se enlistan a continuación:

a) Identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el gobierno federal o de alguna entidad federativa.

b) Credencial escolar con fotografía.

Page 6: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

25 de julio de 2019

Página 6

d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años.

e) Identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el gobierno federal o de alguna entidad federativa.

f) Licencia de conducir expedida por el Gobierno del Estado de México.

Nota: Si presenta alguna identificación en la que no obre el domicilio de Metepec sobre el cual solicita la constancia, deberá adicionalmente presentar una constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado.

2.- Acta de nacimiento.

Nota: Si se requiere el documento para corrección de acta de nacimiento, se pide adicionalmente acta informativa expedida por el juez conciliador o alguna autoridad competente.

3.- Comprobante de domicilio a nombre del solicitante no mayor a tres meses, de alguno de los siguientes documentos:

a) Recibo de luz. b) Recibo de agua. c) Recibo de teléfono. d) Recibo del predial. e) Recibo del cable/ Internet. f) Recibo de gas.

Nota: Si no cuenta con ninguna de las anteriores o el comprobante no está a su nombre, deberá presentar: constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

4.- Escrito bajo protesta de decir verdad (formato que se le entregará en las oficinas de la Subdirección de Información y Atención Ciudadana).

5.- Dos fotografías tamaño infantil a color o en blanco y negro.

6.- Pago de derechos respectivo.

Nota: Si presenta una identificación en la que no obre el domicilio de Metepec sobre el cual solicita la constancia, deberá adicionalmente presentar una constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado.

2.- Acta de nacimiento del menor.

3.- Presentar por lo menos alguna de las identificaciones oficiales de la persona responsable del menor, que se enlistan a continuación:

a) Credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral.

b) Pasaporte vigente. c) Cédula profesional, con antigüedad no mayor a

10 años. d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar

Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) Identificación oficial vigente con fotografía y

firma, expedida por el gobierno federal o de alguna entidad federativa.

f) Licencia de conducir expedida por el Gobierno del Estado de México.

Nota: Si el responsable del menor presenta una identificación en la que no obre el domicilio de Metepec sobre el cual solicita la constancia, deberá adicionalmente presentar una constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

4.- Comprobante de Domicilio a nombre de la persona responsable del menor, no mayor a tres meses, de alguno de los siguientes documentos:

a) Recibo de luz. b) Recibo de agua. c) Recibo de teléfono. d) Recibo del predial. e) Recibo del cable/ internet. f) Recibo de gas.

Nota: Si no cuenta con ninguna de las anteriores o el comprobante no está a nombre del responsable del menor, deberá presentar: constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

5.-Escrito bajo protesta de decir verdad (formato que se le entregará en las oficinas de la Subdirección de Información y Atención Ciudadana).

6.- Una fotografía tamaño infantil a color o en blanco y negro.

7.- Pago de derechos respectivo.

TERCERA.- Para la expedición de las constancias de vecindad o de identidad municipal para Extranjeros, a que refiere el artículo 91 fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en concordancia con los artículos 20 y 21 del Bando Municipal de Metepec, Estado de México 2019, se estará a lo siguiente:

Page 7: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

25 de julio de 2019

Página 7

CONSTANCIAS DE VECINDAD CONSTANCIAS DE IDENTIDAD

LOS REQUISITOS SE DEBERÁN PRESENTAR EN ORIGINAL Y 2 COPIAS FOTOSTÁTICAS (PARA COTEJO Y EXPEDIENTE) PARA EL CASO DE:

1.- Presentar por lo menos alguna de las identificaciones, que se enlistan a continuación:

a) Pasaporte vigente. b) Credencial con fotografía expedida por alguna

institución educativa mexicana. c) Identificación oficial vigente con fotografía y

firma, expedida por el gobierno federal, estatal que tenga impresa la Clave Única de Registro de Población Temporal para Extranjeros.

d) Licencia de conducir expedida por Gobierno del Estado de México.

e) Visa, exceptuándo la de turista.

Nota: Si presenta una identificación en la que no obre el domicilio de Metepec sobre el cual solicita la constancia de vecindad, deberá adicionalmente presentar una constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

2.- Documento migratorio vigente que corresponda, emitido por la autoridad federal competente.

3.- Comprobante de domicilio a nombre del solicitante, no mayor a tres meses, de alguno de los siguientes documentos:

a) Recibo de luz. b) Recibo de agua. c) Recibo de teléfono. d) Recibo del predial. e) Recibo del cable/ Internet. f) Recibo de gas.

Nota: Si no cuenta con ninguna de las anteriores o el comprobante no está a su nombre, deberá presentar: Constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

4.- Escrito bajo protesta de decir verdad (formato que se le entregará en las oficinas de la Subdirección de Información y Atención Ciudadana).

5.- Una fotografía tamaño infantil a color o en blanco y negro.

6.- Pago de derechos respectivo.

1.- Presentar por lo menos alguna de las identificaciones, que se enlistan a continuación:

a) Pasaporte vigente. b) Credencial con fotografía expedida por alguna

institución educativa mexicana. c) Identificación oficial vigente con fotografía y firma,

expedida por el gobierno federal, estatal que tenga impresa la Clave Única de Registro de Población Temporal para Extranjeros.

d) Licencia de conducir expedida por el Gobierno del Estado de México.

e) Visa, exceptuándo la de turista.

Nota: Si presenta una identificación en la que no obre el domicilio de Metepec, sobre el cual solicita la constancia, deberá adicionalmente presentar una constancia domiciliaria con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

2.- Documento migratorio vigente que corresponda, emitido por la autoridad federal competente.

3.- Comprobante de domicilio a nombre del solicitante, no mayor a tres meses, de alguno de los siguientes documentos:

a) Recibo de luz. b) Recibo de agua. c) Recibo de teléfono. d) Recibo del predial. e) Recibo del cable/ internet. f) Recibo de gas.

Nota: Si no cuenta con ninguna de las anteriores o el comprobante no está a su nombre, deberá presentar: constancia domiciliaria vigente con fotografía y sello expedida por el delegado, con vigencia no mayor a 3 meses.

4.- Acta de nacimiento extranjera o mexicana.

5.- Escrito bajo protesta de decir verdad (formato que se le entregará en las oficinas de la Subdirección de Información y Atención Ciudadana).

6.- Dos fotografías tamaño infantil a color o en blanco y negro.

7.- Pago de derechos respectivo.

La información que se recabe para personas extranjeras, será para la integración del Padrón Municipal de Nacionalidades Extranjeras. CUARTA.- En razón de la normatividad aplicable, no se expedirán constancias de ningún tipo a personas jurídicas colectivas. QUINTA.- La Secretaría del Ayuntamiento de Metepec, Estado de México, ubicada en calle Villada, número 37, barrio del Espíritu Santo, colonia Centro, C.P. 52140, Metepec, Estado de México, es la responsable del uso, tratamiento y protección de los datos personales que se recaban en los trámites

Page 8: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

25 de julio de 2019

Página 8

referidos, observando los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, lealtad, finalidad, proporcionalidad y responsabilidad, previstos en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. SEXTA.- Una vez que surtan efectos las presentes disposiciones, se deroga el texto normativo que se oponga a las mismas en el Manual de Procedimientos aplicables a la Secretaría del Ayuntamiento. SÉPTIMA.- Lo no previsto en las presentes disposiciones, se someterán a consideración del Secretario del Ayuntamiento y se resolverán de común acuerdo con la Presidencia Municipal de Metepec, México. OCTAVA.- Las presentes disposiciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. NOVENA.- Publíquese las presentes disposiciones en la Gaceta Municipal de Metepec, Estado de México, para el conocimiento y efectos a los que haya lugar.

Dado en la Ciudad Típica de Metepec, Estado de México, el veinticuatro de julio de dos mil diecinueve.

ATENTAMENTE

MTRO. RAYMUNDO GUZMÁN CORROVIÑAS SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE METEPEC 2019-2021

Page 9: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

25 de julio de 2019

Página 9

Page 10: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

25 de julio de 2019

Página 10

FUNDAMENTO DE LA PUBLICACIÓN Sirve de fundamento lo dispuesto por los artículos 31 fracción XXXVI y 91 fracción XIII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1.27, 1.28, 1.29, 1.33 fracción II y 1.34, del Código de Reglamentación Municipal de Metepec, Estado de México 2019. Se publica en la Ciudad Típica de Metepec, Estado de México, a los veinticinco días del mes de julio de dos mil diecinueve.

M. en A. P. Raymundo Guzmán Corroviñas Secretario del Ayuntamiento

(Rúbrica)

Page 11: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía

Integrantes del H. Ayuntamiento de Metepec, México

Gabriela Gamboa Sánchez Presidenta Municipal Constitucional

Ricardo Rosales Gómez Síndico Municipal

Ilze Eugenia Torres Enríquez Primera Regidora

Oscar Alejandro González Márquez Segundo Regidor

María del Consuelo Estrada Plata Tercera Regidora

Héctor Vázquez García Cuarto Regidor

Araceli Sánchez Sánchez Quinta Regidora

Jorge Enrique Trujillo Gómez Sexto Regidor

Hilda Camacho Arzate Séptima Regidora

María Luisa García Colín Octava Regidora

Alejandro Rodrigo Falcón Pérez Noveno Regidor

Paola Sandoval Martínez Décima Regidora

Alejandro de Jesús Acevedo Esquivel Décimo Primer Regidor

María del Carmen Camacho Lira Décima Segunda Regidora

María de las Mercedes Bravo Álvarez Malo Décima Tercera Regidora

Raymundo Guzmán Corroviñas Secretario del Ayuntamiento

Page 12: C O N T E N I D O - Metepec · 2019-08-12 · d) En caso de varones la cartilla del Servicio Militar Nacional, con antigüedad no mayor a 10 años. e) domiciliaria con fotografía