burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

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Dr. Pablo Alejandro Burgueño [email protected] 1 CUESTIONES RELATIVAS A CUESTIONES RELATIVAS A LA IMPUTABILIDAD LA IMPUTABILIDAD Art. 34 C.P.

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Page 1: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

Dr. Pablo Alejandro Burgueño [email protected]

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CUESTIONES RELATIVAS A CUESTIONES RELATIVAS A LA IMPUTABILIDADLA IMPUTABILIDAD

Art. 34 C.P.

Page 2: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

Imputabilidad

Imputar.(Del lat. imputāre).

Atribuir a alguien la responsabilidad de un hecho reprobable.

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Imputabilidad

“...es la aptitud ó capacidad de comprender la antijuricidad del hecho ó de dirigir las acciones conforme a dicha comprensión, condicionada por un desarrollo mental suficiente, por una conciencia sin perturbaciones profundas y por un psiquismo exento de alteraciones en el momento del hecho”

Frías Caballero Jorge

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Page 4: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

El delito y su concepción

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Justicia Rafaelo Sanzio de Urbino

1483 - 1520

Page 5: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

El delito está tomado como una trasgresión de la ley

Se basa en el libre albedrío.

La responsabilidad es moral.

La sanción es retributiva

El delito es una conducta humana

Estudia la personalidad del delincuente.

La responsabilidad se basa en la peligrosidad y temibilidad

La sanción es tutiva y educativa

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Escuela clásica Escuela positivista

Page 6: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

Escuela ecléctica ó de política criminal

Estudia el conjunto de las circunstancias subjetivas que

deben encontrarse en el autor de un delito para

considerarlo pasible de responsabilidad.

A partir de la elaboración de este concepto surge la

distinción entre delincuentes imputables y delincuentes

inimputables.

La sanción es retributiva para el imputable y de seguridad

para el inimputable.Dr. Pablo Alejandro Burgueño [email protected]

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Page 7: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

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Las dos escuelas penales básicasEscuela Principio

filosóficoMétodo Concepto de

delitoFundamen-to de la pena

Función de la pena

Relación de la pena

ClásicaSurge como una reacción contra el arbitrio teológico y autocrático

BeccariaCarraraPessina

Libre albedrío

Formulado apriorística-mente. El hombre es libre y un ser voluntario

Lógico. Abstracto Deductivo

CulturalistaEnte jurídicoObjeto ideal

Respon-sabilidad moral

Castigo, retribución, defensa del derecho, prevención, intimidación

Con la cantidad y calidad de daño ó lesión al derecho; con el delito

PositivaNace del campo de las ciencia naturales antropológicas y psiquiátricas

LombrosoFerriGarofalo

DeterminismoLa ley de la conservación de la materia

Comte Lamark

Causal explicativoObservación de la realidad; científico natural

Fenómeno naturalEn dependencia con factores antropológicos, sociales y físicos

Respon-sabilidad social

Defensa social

Con el delincuente; peligrosidad

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Endoso del hecho Presupuesto subjetivo(reproche social)

Presupuesto objetivo (ilicitud)

Inimputable No hay pena Circunstancias excusables

Page 9: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

Artículo 34 del Código Penal

Inciso 1°: "No son punibles: El que no haya podido en el

momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus

facultades, por alteración morbosa de las mismas o por

su estado de inconsciencia, error o ignorancia de hecho

no imputable, comprender la criminalidad del acto o dirigir

sus acciones.

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Page 10: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

Artículo 34 del Código PenalInc. 1 cont:

En caso de enajenación, el tribunal podrá ordenar la reclusión del agente

en un manicomio, del que no saldrá sino por resolución judicial, con

audiencia del ministerio público y previo dictamen de peritos que

declaren desaparecido el peligro de que el enfermo se dañe a sí mismo

o a los demás. En los demás casos en que se absolviere a un

procesado por las causales del presente inciso, el tribunal ordenará la

reclusión del mismo en un establecimiento adecuado hasta que se

comprobase la desaparición de las condiciones que le hicieren

peligroso".

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Artículo 34 del Código Penal Inc. 2 El que obrare violentado por fuerza física irresistible o amenazas

de sufrir un mal grave e inminente;

Inc. 3. El que causare un mal por evitar otro mayor inminente a que ha sido

extraño;

Inc 4. El que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo

ejercicio de su derecho, autoridad o cargo;

Inc 5. El que obrare en virtud de obediencia debida;

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Page 12: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

Artículo 34 del Código Penal Inc 6. El que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que

concurrieren las siguientes circunstancias:

a) Agresión ilegítima;

b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o

repelerla;

c) Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.

Inc 7. El que obrare en defensa de la persona o derechos de otro, siempre que

concurran las circunstancias a) y b) del inciso

anterior y caso de haber precedido provocación suficiente por parte

del agredido, la de que no haya participado en ella el tercero

defensor.

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El doloPara el derecho penal argentino, actúa dolosamente quien

en el momento del hecho comprende la criminalidad de su

acto o la dirección de sus acciones.

Carlos Fontán Balestra dice: “actúa con dolo quien en el

momento del hecho se representa un resultado criminoso

como cierto, probable o posible, que quiere o acepta pues

su producción no lo detiene en su obrar. Se dan de

consuno los aspectos volitivos y cognoscitivos de la acción”

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Page 15: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

La culpa

Para la culpa dice que es la falta de previsión de un

resultado típicamente antijurídico, que pudo y debió

haber previsto. La culpa con representación consiste en

“…la representación de un resultado típicamente

antijurídico que se confía en evitar, obrando en

consecuencia”.

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Tesis de la imputabilidad

Tesis Alienista Tesis Nosológica

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Tesis alienista de Nerio Rojas

Alienación mental es el trastorno general y persistente de las funciones psíquicas, cuyo carácter patológico es ignorado o

mal comprendido por el enfermo.

Tiene que haber:1. afectación general y persistente de las funciones psíquicas 2. se tiene que ignorar o desconocer su afectación.

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Page 18: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

Tesis nosológica de Cabello

La enfermedad mental es el resultado de un proceso

cerebral orgánico ó funcional

Se pone de manifiesto con síntomas típicos que producen

una alteración de la personalidad.

Los enfermos están impedidos de adoptar una conducta

acorde a los valores sociales.

Afectación de las esferas afectivas, volitivas y cognitivas.

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Page 19: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

Criterios para determinar la imputabilidad

Psiquiátrico

Psicológico

Psiquiátrico, Psicológico y Jurídico

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Page 20: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

Criterio Psiquiátrico puroÚnicamente enuncia una serie de estados clínicos que son

los que van a ser declarados inimputables, si un individuo

es un enfermo mental, automáticamente va a ser

declarado inimputable.

Se basa en un sistema nosológico psiquiátrico que no da

respuesta a lo solicitado en el art. 34 (comprender y dirigir)

Para este criterio no haría falta la valoración del juez, si nó

un simple diagnóstico médico.

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Criterio Psicológico puro

• Únicamente toma en consideración el funcionamiento

del psiquismo y su rendimiento

• No toma en cuenta los antecedentes heredados,

sociales, ni las bases biológicas.

• Sin el basamento psiquiátrico no puede dar explicación a

los “delirantes lúcidos”Dr. Pablo Alejandro Burgueño [email protected]

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Page 22: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

Criterio Psiquiátrico, Psicológico y Jurídico

Es el que refleja el C. P.

Enuncia una serie de circunstancias (alteración

morbosa- insuficiencia mental- estados de

inconsciencia-), que impiden:

1. comprender la criminalidad del acto

2. dirigir las acciones.

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Page 23: Burguenio cuestiones relativas a la imputabilidad

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El delicuente sexual serial del Prof. Dr. Juan Carlos RomiTomado de Psiquiatría Forense y Sexología

10 6 - Vol.3 Nº 2- Mayo 1999