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Breve resumen del RealDecreto 900/2015
Se exceptúan de este RD lasinstalacionesaisladas y gruposde generación deemergencia(utilizados en casode interrupción). Las instalaciones aisladas no están obligadas a inscribirse.
ASPECTOS COMUNES A TODAS LAS
INSTALACIONES:
La potencia del sistema de
autoconsumo será inferior o
igual a la P. Contratada.
Se permite la instalación de
sistemas de almacenamiento (baterías).
La distribuidora puede cortar
suministro por incumplimiento
normativo o peligro
No se puede conectar a
varios consumidores
CLASIFICACIÓN. ASPECTOS PARTICULARES PARA CADA TIPOLOGÍA:A:
Tipo 1. Suministro con autoconsumo.P<100kW
Estarán inscritas en el Registro de Autoconsumidores.
No pueden cobrar los vertidos a la red.
Inscripción:(Art 19,20 y 21) El titular es el obligado.• Las de menos de 10 kW en la
sección 1ª Registro.• Las de más de 10 kW en la
Sección 2ª
Tipo 2. Producción con autoconsumo.consumidor y productor compartiendoconexión a la red. Y producción conautoconsumo mediante línea directa
Estarán inscritas en el Registro de Producción.
Pueden cobrar los vertidos a la red.
Inscripción: (Art 19, 20 y 21) Deben inscribirse en la Sección 2ª
Pueden superar los 100 kW de potencia.
CLASIFICACIÓN. ASPECTOS PARTICULARES PARA CADA TIPOLOGÍA:A:
Tipo 1. Suministro conautoconsumo. P<100kW
El Ministerio puede imponer la instalación
de dispositivos de vertido 0 (Disposición
adicional 5ª)
Menos de 100 kW de potencia.
Los titulares de la instalación de consumo y de producción
coinciden en el mismo titular
Cumplirá requisitos técnicos generales y los del RD 1699/2011 que regula la
instalación P< 100 kW
Tipo 2. Producción con autoconsumo.consumidor y productor compartiendoconexión a la red. Y producción conautoconsumo mediante línea directa
Los titulares del consumo y de la producción pueden ser distintos, pero si existen varias instalaciones de producción, el titular será único para todas ellas.
Cumplirá requisitos técnicos generales y los del RD 1699/2011 que regula la instalación P<100 kW y RD 1955/2000 Y RD 413/2014
PEAJE Y CARGOS AL AUTOCONSUMO Los autoconsumidores aislados del sistema eléctrico, no deben pagar por eluso de las redes ni coste del sistema eléctrico. Sin embargo a las instalaciones de autoconsumo conectado a red:
Peaje de acceso a las redes
Peajes de acceso a las redes de transporte y distribución
Cargos asociados a los costes del sistema eléctrico
Cargos destinados a cubrir costes del sistema eléctrico ajenos a las redes (anualidad del déficit tarifario, extracoste no peninsular, residuos nucleares, moratoria nuclear, primas, etc)
Cargos por otros servicios del sistema
Cargos destinados al pago de los servicios de balance generación-demanda, pago de capacidad, interrumpibilidad industrial y cuotas operadores sistema y mercado.
PEAJE Y CARGOS AL AUTOCONSUMO
PEAJE DE ACCESO A LAS REDES
En inst. Eólica y fotovoltaica sin baterías, el término fijo se aplicará a la potencia contratada por el consumidor. El término variable se aplicará a la energía neta recibida de la red.
CARGOS ASOCIADOS A LOS COSTES DEL SISTEMA ELÉCTRICO
En eólica y fotovoltaica sin baterías, se aplicarán cargos fijos a la potencia contratada por el consumidor. Se aplicará un cargo variable sobre el total de energía recibida de la red y autoconsumida.
CARGOS POR OTROS SERVICIOS DEL SISTEMA
Cargos del sistema definido como el pago por la función de respaldo que considerará el precio de los servicios de ajuste en el mercado.
Aplicación general
RÉGIMEN TRANSITORIO DEL IMPUESTO AL SOL
Aplicación de los peajes actuales a la potencia contratada por el consumidor y energía neta recibida de la red (términos fijo y variable actuales).
1 Peajes de acceso
RÉGIMEN TRANSITORIO DEL IMPUESTO AL SOL
Los cargos fijos en función de la potencia, en €/kW. Para instalaciones hasta 100 kW, el término fijo de potencia del cargo transitorio no será de aplicación (excepto en el caso de instalaciones con baterías). Mas adelante analizaremos esto.
El término variable sobre el autoconsumo horario, por la energía autoconsumida en la instalación (€/kWh). Excepto en las instalaciones de hasta 10 kWp potencia contratada.
2 Cargos transitorios
El Real Decreto 900/2015 busca garantizar un desarrollo ordenado delautoconsumo, compatible con la necesidad de garantizar la sostenibilidadtécnica y económica del sistema eléctrico en su conjunto
Según el legislador…
Lo que nos estábamos jugando, y lo que debería haber sido objetivo delReal Decreto 900/2015 era:
EL DDEESSA
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Generación distribuida
Tecnología de generación a pequeña escala que proporciona electricidaden puntos mas cercanos al consumidor que la generación centralizada, yque puede conectarse directamente al consumidor y/o a la red dedistribución.
El excedente de energía que no se
consuma en la propia red
interior, será vertido a las redes
de distribución para que otro consumidor
cercano pueda consumirla. De forma que se minimicen las perdidas de transporte.
Generación distribuida
Ventajas de la Generación distribuida
Ayuda en la demanda en horas punta. Las
pequeñas plantas de GD son más apropiadas para responder a los cambios
de la demanda.
Aumenta la calidad de la
energía inyectada a la
red.
Reduce las pérdidas de energía eléctrica tanto en las redes de
distribución como de transporte. En nuestro país, más del 10% de la
electricidad producida por el sistema centralizado se pierde en su
transporte y distribución.
Se fomentan las EERR y aumentan nuestras
posibilidades de alcanzar los objetivos
medioambientales internacionales.
Generación distribuidaVentajas de la Generación distribuida
Reducción de las inversiones en infraestructura eléctrica.
Reduce o evita la construcción de nuevas líneas de transporte y distribución,
reduce la construcción de centrales eléctricas
convencionales, y por tanto reduce los costes que
conforman el precio de la electricidad.
La GD se puede acoplar
gradualmente al sistema y suministrar
la demanda exacta que necesite el
cliente.
El uso de sistemas de GD renovables reduce la emisión
de contaminantes a la atmósfera.
Participación de un gran número de pequeñas y
medianas empresas locales en negocios de generación de
energía. Actualmente el negocio está limitado a empresas generalmente
extranjeras multinacionales de gran capital.
Pero el impuesto al sol, y la no consideración del balance neto en la normativa, ha imposibilitado la obtención de todos estos beneficios.
¿Como se debería de haber planteado la normativa, con objeto de fomentarla generación distribuida?
Teniendo en consideración los avances tecnológicos
actuales, principalmente en los equipos inversores
solares, que poseen nuevas funcionalidades que mejoran la operativa del sistema de
autoconsumo.
Con facilidades administrativas, que agilicen el proceso.
Autoconsumo conectado a red, basado en el BALANCE
NETO. permitiendo verter a lared la energía generada en exceso
durante ciertas horas, ycompensarla con el consumo en
otras horas del día.
kWh €/MWh2 1
0,8 60El balance neto permite verter a la red la energía.generada en exceso durante ciertas horas ycompensarla con el consumo en otras horas deldía
0,6
40
El precio de la electricidad varia sustancialmentea lo largo del día
2
0,4
20
0,2
0,0 0
2 4 6 8 10 12 14 16 18 20 22 24
Energía comprada a la red
Autoconsumo directo
Energía vertida
Autoconsumo diferido
Consumo doméstico Generación fotovoltaica
Precio horario del mercado eléctrico(media horaria en 2015)
1
Balance neto
EL BALANCE NETO PERMITE CONSUMIR EN OTRO MOMENTO LAENERGÍA GENERADA EN EXCESO
MEJORA LA RENTABILIDAD DE LAS INSTALACIONES DE
AUTOCONSUMO, AL OBTENER RENDIMIENTO DE
LOS EXCESOS DE PRODUCCIÓN, Y SIEMPRE
CONTANDO CON LA RED DE RESPALDO (SIN NECESIDAD
DE BATERÍAS)
EJEMPLO DE ESQUEMA DE BALANCE NETO PARA UN SISTEMA FOTOVOLTAICO DE AUTOCONSUMO
¿Que se esta haciendo en los países del entorno?
Balance neto en Europea
Con balance neto puro o remuneración del excedente energético.
“La Comisión Europea incentivará la participación ciudadana en el mercado de la energía mediante la generación descentralizada para el consumo eléctrico”
RECIENTEMENTE VARIOS PARTIDOS POLÍTICOS PRESENTARON AL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS UNA
PROPOSICIÓN DE LEY PARA EL FOMENTO DEL AUTOCONSUMO ELÉCTRICO:
AUTOCONSUMIR SIN NINGÚN TIPO DE CARGO. EL AUTOCONSUMO ES UNA MEDIDA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA.
PERMITIR QUE VARIOS CONSUMIDORES COMPARTAN INSTALACIÓN DE AUTOCONSUMO.
LAS INST. QUE NO INYECTEN EXCEDENTES A RED, SERÁN LEGALIZADAS SEGÚN LOS REGLAMENTOS TÉCNICOS CORRESPONDIENTES, SIN NECESIDAD DE PEDIR UN PUNTO DE CONEXIÓN A LA DISTRIBUIDORA ELÉCTRICA.
ADAPTAR EL RÉGIMEN SANCIONADOR, AL VERDADERO IMPACTO DE ESTAS INSTALACIONES EN EL SECTOR ELÉCTRICO NACIONAL.
Aspectos técnicos relevantes del RD 900/2015
RD 900/2015 (autoconsumo), se refiere a los requisitos de medida en su art 11
“Los puntos de medida de las instalaciones acogidas a las modalidades de autoconsumo se ajustarán a los requisitos ycondiciones establecidos en el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico … Los equipos demedida se instalarán en las redes interiores correspondientes, en los puntos más próximos posibles al punto frontera”
NO INDICA EXPRESAMENTE QUE DEBA INSTALARSE EN EL EXTERIOR, PERO SÍ JUNTO A LA FRONTERA, QUE ESTÁ EN EL ARMARIO CPM DEL CONTADOR EXTERIOR
Y en el art. 5.1 del mismo RD se refiere a requisitos generales para autoconsumos tipo 1 (es este caso), indicando:
“Las instalaciones de generación y el punto de suministro deberán cumplir los requisitos técnicos contenidos en la normativa del sector eléctrico…En particular los establecidos en el Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia.“
RD 1699/2011 (Productores de pequeña potencia) hace mención al acceso, en art. 18.6:
“Con carácter general, para las instalaciones conectadas a una red interior, los circuitos de generación y consumo habrán de ser independientes y estarán dotados cada uno de su correspondiente equipo de medida, instalados ambos en paralelo y en la misma ubicación La instalación de todos los equipos de medida se efectuará de forma que el encargado de la lectura disponga permanentemente de libre acceso a los mismos, debiendo garantizarse la veracidad e integridad de la medida”
EL RD 900 REMITE AL RD 1699 EN CUANTO A REQUISITOS TÉCNICOS, Y ESTE RD EXIGE QUE LAS DOS MEDIDAS ESTÉN EN LA MISMA UBICACIÓN. TAMBIÉN EXIGE ACCESO LIBRE PERMANENTE.
El posicionamiento del contador de generación
Además, la reglamentación general de instalaciones, va en el mismo sentido
Art. 12 RUPM RD 1110/2007d) El responsable del punto de medida o, en su caso, el propietario de la instalación de red donde este se instale, deberá garantizar el acceso físico al mismo del operador del … del encargado de la lectura, de los demás participantes en la medida, … en condiciones adecuadas para la realización de los trabajos de lectura, comprobación, verificación e inspección en su caso. PARA LAS DISTRIBUIDORAS, TENER QUE PEDIR PERMISO PARA ACCEDER NO ES CONDICIÓN ADECUADA PARA HACER UNA INSPECCIÓN
Punto 2.2 de ITCs Fronteras de cliente
El punto de medida se establecerá en el límite de propiedad, del lado de las instalaciones del cliente, lo más próximo posible al elemento de protección general de la instalación y al mismo nivel de tensión.
PARA LAS DISTRIBUIDORAS, DECIR LÍMITE DE LA PROPIEDAD ES CASI COMO DECIR VÍA PÚBLICA, AUNQUE NO SE USE ESTE TÉRMINO. HAY QUE ENTENDER LÍMITE DE LA PROPIEDAD QUE DA AL EXTERIOR.
El posicionamiento del contador de generación
Para instalaciones de hasta 100 kW, el término fijo de potencia del cargo transitorio no será de aplicación (excepto en el caso de instalaciones con baterías). Dice el RD “….la aplicación de dichos cargos fijos se realizará sobre la diferencia entre la potencia de aplicación de cargos definida en el artículo 3 y la potencia a facturar a efectos de aplicación de los peajes de acceso. En todos los casos se considerará esta diferencia nula cuando el valor sea negativo”. La potencia de aplicación de cargos fijos es la potencia requerida por la instalación del consumidor, cuando hay instalado un contador que mide el consumo total del cliente(consumo compañía + la producción solar – los excedentes), por lo tanto la potencia de aplicación de cargos en ese caso es la que mide este contador. NO ES OBLIGATORIO INSTALARLO POR DEBAJO DE 100 KW. Es decir, si no instalamos este contador la potencia de aplicación de cargos será la medida por el contador de compañía, y por tanto no nos afectara el término fijo de potencia del cargo transitorio.
EL TÉRMINO FIJO DE POTENCIA DEL CARGO TRANSITORIO
Para el caso de instalaciones con baterías
Si el hecho de instalar baterías nos permitiera reducir la potencia máxima demandadade la red, se pagará el término fijo de potencia del cargo transitorio, precisamente por laparte de potencia que dejo de pagar de la red.
Parece que el legislador lo único que está buscando es asegurar los ingresos fijos de la red. No tiene sentido que se autorice la instalación de baterías, cuando se impone un cargo fijo que aplica a la instalación de las mismas, y que por lo tanto desincentiva su instalación.
EL TÉRMINO FIJO DE POTENCIA DEL CARGO TRANSITORIO
Desconectado de la red eléctrica.
Dimensionaremos según las
necesidades energéticas de la
vivienda o explotación.
Las baterías permitirán
abastecer los consumos nocturnos.
Posibilidad de acoplar un generador
secundario, si se desea.
- LA DEMANDA ELÉCTRICA ES CUBIERTA POR EL SISTEMA FOTOVOLTAICO Y LA RED.
- No necesita baterías.
- La inversión será en la medida que el cliente desee, ya que siempre existirá la red eléctrica de apoyo.
- ACOGIDO AL RD 900/2015.
El caudal es proporcional a la radiación solar incidente.
Sin necesidad de baterías.
Totalmente probado, fiable y de confianza. Los sistemas de bombeo solares están implementados en el mundo entero.
Consigue independencia energética agrícola.
HORAS DE SOL DIARIAS 2015
Ajuste perfecto a las necesidades hídricas,
ya que hay más irradiación solar en
verano que es cuando más agua se necesita bombear.
- AISLADA DE LA RED ELÉCTRICA. - POTENCIA DE 1KW. - USO FINES DE SEMANA. - ILUMINACIÓN, FRIGORÍFICO, TV,
BOMBA DE AGUA PARA EL CONSUMO, ALARMA, Y PEQUEÑOS ELECTRODOMÉSTICOS.
- AISLADA DE LA RED ELÉCTRICA. - POTENCIA DE 1,5 KW - USO VACACIONAL - ILUMINACIÓN, FRIGORÍFICO,
VITROCERAMICA, LAVADORA, TV, BOMBA DE AGUA, ALARMA, Y PEQUEÑOS CONSUMOS DE CARGA.
- AISLADA DE LA RED ELÉCTRICA.
TRIFÁSICA - POTENCIA DE 6,75 KW. - USO DIARIO. - MOTORES DE CEBADERO,
ILUMINACIÓN Y VENTILACIÓN.
- AISLADA DE LA RED ELÉCTRICA. - POTENCIA DE 1,5 KW. - USO DIARIO. - ILUMINACIÓN INDUSTRIAL, PUERTA
AUTOMÁTICA, HERRAMIENTAS INDUSTRIALES COMO EQUIPO DE SOLDADURA, RADIAL, ETC.
- CONECTADA A LA RED
ELÉCTRICA. - POTENCIA DE 3,75 KW. - USO DIARIO. - TODOS LOS CONSUMOS DE
UNA VIVIENDA HABITUAL, SON ABASTECIDOS POR LA FOTOVOLTAICA Y POR LA RED SIMULTÁNEAMENTE.
- RIEGO AISLADO DE LA RED ELÉCTRICA. - POTENCIA DE 11 KW. - RIEGO CON GOTEROS
AUTOCOMPENSANTES. NECESIDADES HÍDRICAS DE 180 M3/DÍA (30 M3/H).
Conclusiones
1. El RD 900/2015 no fomenta las energía renovables
2. El RD será de aplicación aún cuando se disponga de dispositivos deinyección 0 que evitan el vertido de excedentes a la red eléctrica.
3. El proceso de legalización da las instalaciones será más costoso, y mucho más complejo a nivel burocrático. Y será necesario solicitar un punto de conexión a la compañía distribuidora, entre otras gestiones.
4. Se elimina la posibilidad de tener una instalación fotovoltaica de autoconsumo que alimente a varios titulares. Sin embargo, si es posible por ejemplo, tener una instalación fotovoltaica comunitaria para alimentar los servicios comunes de una comunidad de vecinos.
5. Para instalaciones del Tipo 2. Se pueden vender los excedentes de producción en el mercado de generación de electricidad al precio que cotice el mercado en cada hora.
6. El uso de baterías, esta permitido pero la formulación del RD desincentiva su instalación.
CONCLUSIONES
CONCLUSIONES
7. El impuesto al Sol aplicará, aunque la energía generada por la instalación no transite en ningún momento por la red de distribución eléctrica. 8. El RD introduce el Cargo por otros servicios del sistema, como un pago que el autoconsumidor debe realizar por el respaldo que el sistema eléctrico le da. 9. El término variable transitorio del peaje de respaldo, disminuye entre un 15% y un 40% el ahorro obtenido por una instalación de autoconsumo 10. Para instalaciones de hasta 100 kW, el término fijo de potencia del cargo transitorio no será de aplicación (excepto en el caso de instalaciones con baterías). 11. El no registro de una instalación de autoconsumo está catalogado como infracción muy grave, y puede acarrear sanciones económicas muy importantes.